DOF: 15/08/2024
OFICIO mediante el cual se da a conocer la relación de los puestos adscritos al Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, que al separarse de su empleo, cargo o comisión, están obligados a realizar acta administrativa de entrega-recepción individ

OFICIO mediante el cual se da a conocer la relación de los puestos adscritos al Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, que al separarse de su empleo, cargo o comisión, están obligados a realizar acta administrativa de entrega-recepción individual de los asuntos de su competencia, de conformidad con las bases generales para los procedimientos de rendición de cuentas individuales e institucionales, de la Administración Pública Federal; y con los Lineamientos generales para la regulación de los procedimientos de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

OFICIO CIRCULAR
OFICIO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA RELACIÓN DE LOS PUESTOS ADSCRITOS AL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA IGNACIO CHÁVEZ, QUE AL SEPARARSE DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN, ESTÁN OBLIGADOS A REALIZAR ACTA ADMINISTRATIVA DE ENTREGA-RECEPCIÓN INDIVIDUAL DE LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA, DE CONFORMIDAD CON LAS BASES GENERALES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES E INSTITUCIONALES, DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL; Y CON LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA REGULACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Personas Servidoras públicas adscritas al
Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez
Hago de su conocimiento que la Secretaría de la Función Pública, el 5 de junio y 11 de julio de 2023, publicó respectivamente en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen las bases generales para los procedimientos de rendición de cuentas, individuales e institucionales, de la Administración Pública Federal (Bases Generales), y los Lineamientos generales para la regulación de los procedimientos de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal (Lineamientos Generales).
En consecuencia y con la finalidad de cumplir las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública, las personas servidoras públicas con nivel de Titular de dependencia, entidad y de las empresas productivas del Estado, hasta las servidoras públicas con nivel de Director General, que se encuentren en los grupos jerárquicos "G", "H", "J" y "K" de conformidad con el Acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que se ajustan al Tabulador de sueldos y salarios con curva salarial de sector central al separarse de su empleo, cargo o comisión, se encuentran obligados a realizar Acta Administrativa de Entrega-Recepción Individual.
De igual manera, las personas servidoras públicas de niveles inferiores a los descritos en el párrafo anterior quedarán sujetos a la obligación señalada, siempre que estén a cargo de administrar o manejar fondos, bienes o valores públicos; y para el caso de directores, cuando así lo determine la persona titular de la dependencia o entidad, o empresa productiva del Estado correspondiente, por la naturaleza e importancia de la función pública que desempeñan.
En este sentido, se estima conducente que las personas servidoras públicas de niveles inferiores a los antes descritos, también quedarán sujetos a la obligación señalada, toda vez que, mediante el oficio con referencia INCAR/OR/174/2024, de fecha 18 de junio de 2024, la Jefa de la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, emitió Opinión Positiva, para que las personas servidoras públicas con nivel jerárquico inferior al de Director General, también realicen el proceso de entrega-recepción; por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 49, fracción VII, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en el Décimo de las Bases Generales y en los artículos 41 y 44 de los Lineamientos Generales, así como con el propósito de brindar certeza jurídica a los servidores públicos adscritos a este Instituto al separarse de su empleo, cargo o comisión, he tenido a bien determinar lo siguiente:
PRIMERO. En adición a las personas servidoras públicas obligadas a realizar acta administrativa de entrega-recepción individual de los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales asignados, de conformidad con lo establecido en las Bases Generales y en los Lineamientos Generales, los puestos o cargos que se enlistan como anexo único del presente oficio, debido a que tienen a su cargo la administración o manejo de fondos, bienes o valores públicos, o bien, derivado de la naturaleza o importancia de la función que desempeñan, tendrán las mismas obligaciones.
SEGUNDO. La elaboración del acta administrativa de entrega-recepción individual, referida en este oficio, se deberá realizar de conformidad con el Artículo Décimo, Decimoprimero, Decimosegundo, Decimotercero, Decimoquinto de las Bases Generales y el Título IV de los Lineamientos Generales.
TERCERO. Por lo que respecta a los puestos obligados al Informe de Gestión Individual, se atenderá a lo establecido en el artículo 41 párrafo tercero de los señalados Lineamientos, por lo cual, los puestos con nivel de Jefe de Departamento o Jefe de Servicios en este Instituto no señalados en el anexo único del presente oficio circular brindarán dicho Informe de Gestión Individual.
CUARTO. El presente oficio circular entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México a, seis de agosto de dos mil veinticuatro.- Director General, Dr. Jorge Gaspar Hernández.- Rúbrica.
ANEXO
RELACIÓN DE PUESTOS QUE ESTÁN OBLIGADOS A RENDIR ACTA ADMINISTRATIVA DE ENTREGA
RECEPCIÓN INDIVIDUAL
·  Director Médico
·  Director de Administración
·  Director de Enseñanza
·  Director de Investigación
·  Directora de Enfermería
·  Subdirectora de Planeación
·  Subdirector de Finanzas
·  Subdirector de Recursos Materiales
·  Subdirector de Informática
·  Subdirectora de Servicios Generales
·  Subdirectora de Administración y Desarrollo de Personal
·  Subdirector de la Coordinación de Enseñanza
·  Subdirector de Investigación Clínica
·  Subdirector de Investigación Básica y Tecnológica
·  Subdirector de Servicios de Diagnóstico y Tratamiento
·  Subdirector de Especialidades Médico Quirúrgicas
·  Subdirector de Proyectos de Innovación y Desarrollo
·  Jefa de Departamento de la Escuela de Enfermería
·  Jefa del Departamento de Nómina y Selección de Personal
·  Jefa del Departamento de Prestaciones y Capacitación
·  Jefe del Departamento de Adquisiciones Médicas y Hospitalarias
·  Jefa del Departamento de Conservación y Construcción
·  Jefe del Departamento de Mantenimiento
·  Jefe del Departamento de Almacén General
·  Enlace de la Unidad Contable de Proyectos
·  Jefe del Departamento de Tesorería
·  Jefe del Departamento de Contabilidad
·  Jefa del Departamento de Presupuestos
·  Jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos
·  Jefe del Departamento de Farmacia
·  Jefe de Departamento de Hermodinámica
·  Jefe del Departamento de Endocrinología
·  Jefa del Departamento de Dietética y Nutrición
·  Jefe del Departamento de Bioquímica
·  Jefe del Departamento de Inmunología
·  Jefe del Departamento de Cardioneumología
·  Jefe del Departamento de Ingeniería Biomédica
·  Jefa del Departamento de Laboratorio Central
(R.- 555978)
 

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