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DOF: 23/08/2024 |
DECLARACIÓN de Protección de la Indicación Geográfica Pulpo Maya de la Península de Yucatán DECLARACIÓN de Protección de la Indicación Geográfica Pulpo Maya de la Península de Yucatán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.- Dirección Divisional de Marcas. Con fundamento en los artículos 1, 5 fracción I, 6, 8, 9, 265, 266, 267, 284 y 288 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020, en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo PRIMERO y CUARTO del oficio número 10265.300.2.0.2127.2024 de fecha 06 de agosto de 2024, mediante el cual se otorga a la indicación geográfica "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" la protección prevista en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de la: DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN DE LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA "PULPO MAYA DE LA PENÍNSULA DE YUCATÁN" PRIMERO.- Se declara como Indicación Geográfica Protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán", para el molusco cefalópodo que habita exclusivamente en las aguas marinas de la plataforma continental de la Península de Yucatán, en México, capturado mediante el método de pesca conocido como "gareteo" o "método campechano". SEGUNDO.- Se determinan en definitiva los elementos de la Indicación Geográfica protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán", como a continuación se detalla: I.- La descripción del producto o los productos protegidos, incluyendo sus características, componentes, forma de extracción, procesos de producción o elaboración, envase, empaque o embalaje y comercialización; Descripción del producto protegido El "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" es el molusco cefalópodo que habita exclusivamente en las aguas marinas de la plataforma continental de la Península de Yucatán, en México, capturado mediante el método de pesca conocido como "gareteo" o "método campechano". El pulpo maya tiene cuerpo blando con simetría bilateral, ojos bien desarrollados con una mancha u ocelo debajo de ellos. Tiene ocho brazos con dos filas de ventosas, el tercer brazo derecho de los machos es más corto y ancho con un surco espermático. Se reproduce a lo largo del año, con dos picos anuales de madurez y desove, en primavera y otoño. Es una especie semélpara, las hembras se reproducen solamente una vez en su vida y mueren después de cuidar la puesta. Los huevos de la puesta son grandes con máximo de dos mil unidades y su desarrollo embrionario es directo sin etapas larvarias y crecimiento es rápido con su ciclo de vida corto de 18 meses. Las principales características distintivas, a simple vista, del "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" son las siguientes: I.- Bajo cada ojo tiene una mancha o lunar llamada ocelo que se sitúa en la base de los brazos II y III; II.- El color puede variar entre rojo a gris verdoso, con un entramado de líneas irregulares en la superficie de la piel; III.- La cabeza o manto es grande, con abertura oval amplia, pared muscular gruesa, cuello corto y sifón tubular; IV.- Los brazos son de longitud moderada, gruesos en la base con los extremos adelgazados, y V.- Cada brazo tiene entre 160 y 210 ventosas, agrupadas en dos filas muy cercanas, espaciadas en la porción proximal y media de los brazos y apiñadas en las puntas. Método de Pesca El "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" debe ser capturado exclusivamente durante el día por medio de "gareteo" o "método campechano", que es un método de captura altamente selectivo, caracterizado por capturar únicamente pulpos, sin generar pesca incidental, que permite regresar al mar a los juveniles y es sustentable por proteger, particularmente, a las hembras que han desovado y se encuentran al cuidado de sus huevos, al capturar mayoritariamente ejemplares machos durante la temporada de anidación, y no usar anzuelos. El método de pesca al "gareteo", consiste en dejar la embarcación al garete o a la deriva, arrastrando (sólo con ayuda del viento y las corrientes) varias líneas o cordeles sin anzuelos atados a dos "jimbas" (varas o bambús), que se disponen una en la proa y otra en la popa para incrementar el área de barrido sobre el fondo del mar. En el extremo sumergido del cordel se sujeta la carnada principalmente jaiba y cangrejo araña que se captura en la misma zona de pesca. Por lo anterior, dicho método se considera amigable con el ambiente, debido a que las embarcaciones dedicadas al "gareteo" sólo requieren de combustible para llegar a la zona de pesca, donde operan con el impulso del viento o las corrientes de marea, por lo que su huella de carbono es significativamente menor al de otras pesquerías. Arte de Pesca Las embarcaciones son equipadas con dos "jimbas" de madera o bambú de hasta 8 m de largo, que se disponen una en la proa y otra en la popa para incrementar el área de barrido sobre el fondo del mar; en las lanchas las jimbas sobresalen hasta 6 m del borde, mientras que en los alijos llegan a sobresalir alrededor de 4.5 m. Al ser flexibles, la oscilación producida por el oleaje permite que las jimbas transfieran movimiento a la carnada, haciéndola más atractiva para el pulpo y evitando que ésta se atore al ser arrastrada por el fondo. En las lanchas las jimbas se instalan sujetando uno de sus extremos a la banca más próxima de proa o popa, mientras que el otro extremo se ata a un mástil a través de uno o dos cabos tensores llamados retenidas, cuya función es mantener las jimbas a la misma altura sobre el nivel del mar. En los alijos, ambas jimbas se sujetan por un extremo al banco ubicado en el centro de la embarcación y ante la falta de un mástil por la restricción de espacio, las jimbas son apuntaladas con maderos que se instalan en la borda de proa y popa para mantener su altura sobre el agua. Dependiendo de la longitud, cada jimba puede llevar de cuatro a seis líneas de hilo de monofilamento de nylon (cordeles) de 1.30 mm de diámetro; cada cordel recorre la jimba hasta llegar una argolla (elaborada con hilo de monofilamento, metal o PET) que le permite mantener su posición y una separación de entre 1.5m y 1.7m entre sí durante la maniobra de pesca. La longitud de cada cordel depende de su posición en la jimba, partiendo todos de un mismo carrete (calibrador) ubicado sobre la jimba o en la cubierta, de donde se recogen o arrían a voluntad dependiendo de la profundidad del sitio de pesca. Cada cordel se recupera por medio de un reinal (bigote) de multifilamento de nylon amarillo de calibre #18, que se une en uno de sus extremos a la línea de pesca con un nudo corredizo y el extremo contrario va atado al mástil. En el alijo los bigotes se atan a un tramo corto de monofilamento, que, a su vez, va atado del bode de la embarcación a la sección de jimba que se encuentra en la cubierta. A demás de los cordeles de las jimbas, las embarcaciones cuentan con cordeles adicionales instalados en una de las bordas (babor o de estribor), llevando de cuatro a seis en embarcaciones menores y sólo uno en los alijos. El extremo libre de cada cordel porta un plomo cilíndrico de unos 200 g (plomo pulpero) y empata con una porción de piola de polietileno o multifilamento de nylon calibre #18, a la cual se amarra una o hasta dos carnadas sin anzuelo; como carnada se emplea tradicionalmente el cangrejo Maxquil (Libinia dubia) y jaibas del género Callinectes. Cuando los cordeles no están trabajando, los aparejos se acomodan sobre maderas ranuradas (serretas) instaladas en la cubierta, o en su defecto, se sujetan a un cordel amarrado entre las bancas, en posición paralela a la borda de babor o estribor. Durante la maniobra de pesca se permite que la embarcación o alijo vayan a la deriva aprovechando las corrientes de marea o viento. En caso de que el viento no ejerza empuje suficiente sobre la embarcación, el pescador hace uso de una vela confeccionada con costales de 60 x 80 cm que recibe el nombre de "garete", que se iza en la retenida para incrementar el impulso; cuando el viento es demasiado fuerte el garete es sumergido por la borda con ayuda de un peso rudimentario de piedra o metal de 15 kg aproximadamente (potala) para frenar el movimiento de deriva. En los alijos el garete se iza con ayuda de una palanca que se coloca en una perforación de la banca, mientras que en las lanchas la palanca puede emplearse para apuntalar la retenida y mover el garete hacia babor o estribor. Cuando la línea con carnada pasa cerca de una cueva donde se encuentra un pulpo maya, éste al advertirla se lanza sobre ella atrapándola con sus tentáculos, generando una tensión en el cordel que es recuperado rápidamente con ayuda del bigote cuando el pescador lo percibe. Una vez que el pulpo es llevado a bordo y mientras sigue prendido a la carnada, el pescador sostiene la línea de pesca con una mano y con la otra, sujeta al pulpo con el manto hacia abajo para desprenderlo. Finalmente, el pulpo debe ser colocado de inmediato dentro de una hielera, procurando una proporción de 2 kg de hielo por cada kilogramo de producto. Los hilos cordeles y plomos para el armado de la embarcación son suministrados por proveedores locales, sus características y las partes del arte de pesca en las que son empleados son las siguientes: Forma de extracción y procesos de producción Las materias primas, materiales y equipo usados en los procesos de extracción o producción, son los siguientes: Insumos para la captura de pulpo Los insumos básicos utilizados por salida al mar son: carnada, hielo, combustible, aceite, víveres y la mano de obra. Agua El agua limpia es un elemento indispensable en la captura del pulpo, pues se requiere para lavar el producto, enjuagar utensilios y para el lavado de manos. Para lo anterior, dependiendo del lugar donde se encuentre la embarcación, se puede hacer uso de agua potable o agua de mar; en general el agua de mar puede emplearse cuando la embarcación se encuentra en el sitio de pesca, pues se presume que tiene las mismas condiciones que aquellas en las que se encuentra el producto cuando es capturado. Sin embargo, cuando la embarcación se encuentra cerca de la orilla, se permite el uso de agua potabilizada debido a los posibles contaminantes de origen antropogénico que puede tener el agua de mar. Aunque el cloro es un desinfectante empleado para potabilizar el agua y el hielo, algunas aguas pueden contener sustancia orgánicas conocidas como precursores que pueden reaccionar con el cloro y producir sustancias potencialmente carcinógenas (Trihalometanos). En caso de que el sitio de desembarque cuente con una toma de agua potable, se debe realizar análisis microbiológicos cada 6 meses y análisis fisicoquímicos cada año en laboratorios autorizados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Hielo Para la conservación del producto o carnada en las hieleras, los pescadores o permisionarios pueden emplear hielo en la presentación de su preferencia: en escamas o hielo de barras molido. Cualquiera que sea la presentación el proveedor de hielo debe estar certificado por COFEPRIS. En caso de no haber un proveedor autorizado en la localidad, se debe comprobar la calidad del hielo mediante notas de compra, facturas o cartas de calidad del producto emitidas por el proveedor. El traslado del hielo, de la fábrica a la embarcación, debe realizarse en un transporte especial y condiciones higiénicas, es decir, sin que toque el suelo o superficies sucias. Jimbas Las jimbas son unos de los componentes principales de las embarcaciones para el "gareteo", en los inicios de la pesquería se empleaban varas de mangle, fue reemplazado por bambú sembrado en las parcelas ejidales cercanas a las comunidades pesqueras, ex profeso para la temporada de pulpo. Carnada Dos especies de crustáceos decápodos, las tradicionalmente empleadas como carnada en el "gareteo" son el cangrejo Maxquil (Libinia dubia) y jaibas del género Callinectes; éstas pueden ser abastecidas de manera local por permisionarios locales, o cuando la demanda supera la oferta local, puede darse el abastecimiento de otras especies de jaibas y cangrejos capturados en los estados de Chiapas, Tabasco y Veracruz. Para evitar que la carnada sea un punto de contaminación para el pulpo, debe almacenarse en hielo hasta su uso en el viaje de pesca y de igual modo se debe evitar que tengan contacto directo con el piso durante todo el viaje de pesca. Las Jaibas se capturan con nasas, que constan de dos aros de alambre construidos artesanalmente (con diámetros de entre 44 a 50 cm), amarrados dentro de una bolsa de malla (con abertura de entre 1.9 a 5.5 cm) para dar forma a un fondo y techo, al centro del cual se ata una boya con ayuda de un cabo de longitud variable; en la sección de malla que separa a ambos aros, se construye una abertura por la que entran los cangrejos para alcanzar la carnada (jurel, cojinuda, sardina, posta entre otros) que se encuentra atada de posición concéntrica al techo de la nasa. Esta arte de pesca es llevada por la tarde a zonas de pasto marino con ayuda de una lancha (en números de 150 hasta 200 nasas por lancha), donde permanecen alrededor de 6 h antes de ser recobradas. La captura del cangrejo Maxquil se realiza manualmente con un "jamo", red en forma de bolso que va unida al extremo de una vara, empleado para llevar a los cangrejos de uno por uno a bordo de la embarcación. La captura del Maxquil se lleva a cabo durante la noche con ayuda de lámparas, en sitios de fondo arenoso a profundidades no mayores de una braza (2 metros), abordo de pangas o alijos impulsados con una vara o palanca de madera o bambú. Hielera Cada embarcación debe contar con hieleras en buenas condiciones para preservar con limpieza el producto, el hielo, la carnada y los alimentos de la tripulación, todos de manera independiente. Actualmente las embarcaciones para capturar pulpo maya emplean contenedores de diferentes materiales, medidas y capacidades, y aunque no existe una reglamentación en cuanto a las características o especificaciones de las hieleras, se recomienda que estén fabricadas con materiales de grado alimenticio para evitar que liberen contaminantes en el producto. En caso de que las hieleras presenten roturas o golpes, deben ser reparadas a la brevedad empleando materiales limpios y no porosos. En embarcaciones de mediana altura, la conservación de los productos de la pesca enhielados o refrigerados deberán cumplir con lo siguiente: I.- Contar con un sistema de drenaje que permita la salida del agua de fusión; II.- Mantenerse a 4°C como máximo, y III.- Deberá conservarse el producto en compartimiento colocado exprofeso para su conservación, no debiendo almacenarse en el mismo compartimiento de la carnada y/o víveres de los pescadores, para evitar contaminación cruzada. II.- Los criterios a los que deberá sujetarse el producto para su extracción, producción o elaboración, envase, empaque o embalaje, y en su caso, las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan, El producto protegido por la Indicación Geográfica Protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" se sujetará a lo dispuesto por las "REGLAS QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES QUE DEBERÁ CUMPLIR EL PULPO MAYA DE LA PENÍNSULA DE YUCATÁN PARA SU CAPTURA, PROCESAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN", presentadas el 26 de junio de 2024, así como a las Normas Oficiales y estándares que en las mismas se prevén. Cualquier modificación a las reglas que deberá cumplir el producto protegido mediante la Indicación Geográfica Protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" deberá ser inscrita ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para surtir efectos ante terceros, con fundamento en el artículo 276, último párrafo de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. III.- La delimitación de la zona geográfica protegida. Se delimita como zona geográfica protegida el litoral costero de la Península de Yucatán, la cual incluye a los estados de Campeche, Yucatán y el litoral norte del estado de Quintana Roo, en el polígono que abarca desde la línea de costa hasta una profundidad máxima de 12 a 15 m, teniendo en los extremos al Noroeste de la península de Yucatán el municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, localizado en las coordenadas 21° 48' 05" de Latitud Norte y 86° 48' 10'' Longitud Oeste y al Suroeste de la Península de Yucatán en el poblado de Isla Aguada, Campeche localizado en las coordenadas 18° 59' 23" de Latitud Norte y 91° 11' 29" Longitud Oeste. SEGUNDO.- La Indicación Geográfica Protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" es un bien nacional y sólo podrá usarse mediante autorización que expida el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, una vez que quede acreditada la persona moral responsable de certificar el cumplimiento de las reglas de uso, a que se refiere el artículo 275, fracción V de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y se cumpla con los requisitos que la misma Ley establece. TERCERO.- El usuario autorizado estará obligado a usar la Indicación Geográfica Protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán", tal y como aparece en la presente Declaración, así como a aplicar la leyenda "Indicación Geográfica Protegida" o las siglas "I.G.P.", al producto amparado por ésta, de conformidad con el artículo 302 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. CUARTO.-Los términos de la presente Declaración de Protección de la Indicación Geográfica "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" podrán ser modificados en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte interesada, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. QUINTO.- La vigencia de la presente Declaración de Protección de la Indicación Geográfica "Pulpo Maya de la Península de Yucatán" estará determinada por la subsistencia de las condiciones que la motivaron y sólo dejará de surtir efectos por otra declaración que al efecto emita el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. SEXTO.- El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial realizará los trámites que correspondan en relación al reconocimiento internacional de la Indicación Geográfica Protegida "Pulpo Maya de la Península de Yucatán", conforme a los tratados y acuerdos comerciales internacionales vigentes en México. SÉPTIMO.- La presente Declaración surtirá sus efectos el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. La presente se signa con fundamento en los artículos 1, 5 fracción I, 6, 8, 9, 265, 266, 267, 284 y 288 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020; 1o., 2o., 3o. fracción V, inciso b), 4o., 5o., 7o. fracción III y 11 fracción II del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 1999, modificado por publicaciones en el mismo órgano el 1 de julio de 2002, el 15 y 28 de julio de 2004, el 7 de septiembre de 2007 y el 15 de diciembre de 2017; 1o., 2o., 5o. fracción V, inciso b), 11 fracción III y 15 fracción II de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999, modificado por publicaciones en el mismo órgano el 10 de octubre de 2002, el 29 de julio y 4 de agosto de 2004, el 13 de septiembre de 2007 y el 1 de enero de 2018, y 1 y 6 fracciones I, II y XXI del Acuerdo delegatorio de facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2020, modificado por publicaciones en el mismo órgano el 12 de agosto de 2022 y 24 de octubre de 2023. Ciudad de México, a 12 de agosto de 2024.- La Directora Divisional de Marcas, Mayra Elena Ramos González.- Rúbrica. (R.- 556331)
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