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DOF: 18/10/2024 |
OFICIO 500-05-2024-18379 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación OFICIO 500-05-2024-18379 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio: 500-05-2024-18379 Asunto: Se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación. La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente: Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes. Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizó los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la referida presunción. En razón de lo anterior, y en apoyo a las autoridades emisoras de los oficios de presunción ya señalados, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos. Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en correlación al artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten directamente ante las oficinas de las autoridades emisoras del oficio individual señaladas en el Anexo 1 del presente oficio, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado. La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones. Atentamente. Ciudad de México, a 09 de agosto de 2024.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica, del Administrador de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6", con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma: C.P. Nayeli Margarita Ramos Hernández, Administradora de Fiscalización Estratégica "7".- Rúbrica. Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2024-18379 de fecha 09 de agosto de 2024, emitido en suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, por la C.P Nayeli Margarita Ramos Hernández, Administrador de Fiscalización Estratégica "7", de la Administración Central de Fiscalización Estratégica, de la Administración General de Auditoria Fiscal Federal, en el que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, se notifica a los contribuyentes mencionados en el presente anexo, que se ubican en el supuesto de presunción previsto en el párrafo primero del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los que hace referencia el oficio número 500-05-2024-18379 de fecha 09 de agosto de 2024, indicando la fecha en que fue notificado el oficio individual de presunción. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio individual de presunción | Autoridad emisora del oficio individual de presunción | Medio de notificación al contribuyente | Estrados de la autoridad | Notificación personal | Notificación por Buzón Tributario | Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | 1 | ACT190802S67 | ACHTECK, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18302 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 2 | APR180704I79 | ADMI PREES, S. DE R.L. DE C.V. | 500-05-2024- 13018 de fecha 03 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | 03 de julio de 2024 | 02 de agosto de 2024 | | | | | 3 | BGS1007028L6 | BEST GLOBAL SOLUCIONES SEGURIDAD PRIVADA, S.A. | 500-42-00-03-00- 2024-03211 de fecha 25 de junio de 2024 | Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" | | | | | 01 de julio de 2024 | 02 de julio de 2024 | 4 | CCO1501143N6 | CONSULTORIA CONIA, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18335 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 5 | CCO160421MH8 | CONTRUCTORA 108 C, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18318 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 6 | CNU190228AE5 | CONSTRUCTORA NUTA, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18317 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 7 | CTA190519J87 | CONSTRUCTORA TAHDHIB, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18315 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 8 | CTO180315JR7 | COMERCIALIZADORA TELOS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18296 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 9 | CVE1710054D7 | COMERCIALIZADORA VEMX, S.A. DE C.V. | 500-42-00-05-01- 2024-03188 de fecha 19 de junio de 2024 | Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" | | | | | 25 de junio de 2024 | 26 de junio de 2024 | 10 | DEX2104202K6 | DUSO EXPER, S.A. DE C.V. | 500-72-07-01-02- 2024-12537 de fecha 27 de marzo de 2024 | Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Distrito Federal "2" | 25 de abril de 2024 | 14 de mayo de 2024 | | | | | 11 | EHO141024FEA | EVENTI HR ORGANIZACION Y LOGISTICA, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18297 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 12 | FAS2302177S5 | FASBENDER, S.A. DE C.V. | 500-32-00-03-04- 2024-5271 de fecha 01 de agosto de 2024 | Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Jalisco "3" | | | | | 02 de agosto de 2024 | 05 de agosto de 2024 | 13 | FDI130104AJ4 | FREDCO DI, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18298 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 14 | GCS120705A84 | GRUPO CONSTRUCTOR SONSIO, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18319 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 15 | HEPN910822DM1 | NORMA ANGELICA HERNANDEZ PEREZ | 500-05-2024- 18299 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 16 | IAI120628FP1 | INFRAESTRUCTURA & IMAGEN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18301 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 17 | MED1603291D9 | MEDUTEC, S.A. DE C.V. | 500-42-00-05-03- 2024-03285 de fecha 25 de junio de 2024 | Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" | | | | | 01 de julio de 2024 | 02 de julio de 2024 | 18 | OME171213DZ0 | OSMON DE MÉXICO, S.A. DE C.V. | 500-64-00-03-02- 2024-001275 de fecha 31 de mayo de 2024 | Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Veracruz "1" | | | | | 07 de junio de 2024 | 10 de junio de 2024 | 19 | PCJ160805EB5 | PRODUCTOS COMERCIALES JUPITER, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 13804 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 20 | PSC151205US3 | PAPER SCREEN, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 12979 de fecha 03 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 05 de julio de 2024 | 08 de julio de 2024 | 21 | RARV760210A57 | VERÓNICA RAMIREZ RAMIREZ | 500-05-2024- 18300 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 22 | SAH140327HLA | SOURCES & HUMAN RESOURCES, S. DE R.L. DE C.V. | 500-05-2024- 18305 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 23 | TMA210203GY2 | TRANSPORTES MAKITO, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18316 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | 24 | XPR1512049FA | XIE PRODUCCIONES, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 12835 de fecha 03 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 05 de julio de 2024 | 08 de julio de 2024 | 25 | XSO200204259 | XICTEL SOLUCIONES, S.A. DE C.V. | 500-05-2024- 18303 de fecha 31 de julio de 2024 | Administración Central de Fiscalización Estratégica | | | | | 06 de agosto de 2024 | 07 de agosto de 2024 | Datos adicionales de los contribuyentes. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Domicilio Fiscal | Actividad preponderante | Motivo del Procedimiento | 1 | ACT190802S67 | ACHTECK, S.A. DE C.V. | Cuauhtémoc, Ciudad de México. | Otros intermediarios de comercio al por mayor. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 2 | APR180704I79 | ADMI PREES, S. DE R.L. DE C.V. | Tijuana, Baja California | Servicios de administración de negocios. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 3 | BGS1007028L6 | BEST GLOBAL SOLUCIONES SEGURIDAD PRIVADA, S.A. | Monterrey, Nuevo León | Servicios de protección y custodia mediante el monitoreo de sistemas de seguridad y Servicios de investigación y de protección y custodia, excepto mediante monitoreo. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material. | 4 | CCO1501143N6 | CONSULTORIA CONIA, S.A. DE C.V. | Guadalajara, Jalisco | Otros intermediarios de comercio al por mayor. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 5 | CCO160421MH8 | CONTRUCTORA 108 C, S.A. DE C.V. | Miguel Hidalgo, Ciudad de México | Construcción de vivienda unifamiliar. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 6 | CNU190228AE5 | CONSTRUCTORA NUTA, S.A. DE C.V. | Monterrey, Nuevo León | Otros trabajos de acabados en edificaciones. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 7 | CTA190519J87 | CONSTRUCTORA TAHDHIB, S.A. DE C.V. | Querétaro, Querétaro. | Construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 8 | CTO180315JR7 | COMERCIALIZADORA TELOS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V. | Guadalajara, Jalisco. | Comercio al por mayor de artículos de joyería y otros accesorios de vestir. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 9 | CVE1710054D7 | COMERCIALIZADORA VEMX, S.A. DE C.V. | San Nicolas de los Garza, Nuevo León. | Otros Intermediarios de comercio al por mayor. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material. | 10 | DEX2104202K6 | DUSO EXPER, S.A. DE C.V. | Cuauhtémoc, Ciudad de México. | Otros intermediarios de comercio al por mayor. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material. | 11 | EHO141024FEA | EVENTI HR ORGANIZACION Y LOGISTICA, S.A. DE C.V. | Tlalnepantla de Baz, Estado de México. | Servicios de consultoría en administración. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 12 | FAS2302177S5 | FASBENDER, S.A. DE C.V. | Zapopan, Jalisco | Comercio al por mayor de mobiliario, equipo e instrumental médico y de laboratorio. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura. | 13 | FDI130104AJ4 | FREDCO DI, S.A. DE C.V. | Xalapa, Veracruz Ignacio de la Llave. | Servicios de plataformas tecnológicas intermediarias, en las cuales se enajenan bienes y prestan de servicios a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 14 | GCS120705A84 | GRUPO CONSTRUCTOR SONSIO, S.A. DE C.V. | Coyoacán, Ciudad de México. | Construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 15 | HEPN910822DM1 | NORMA ANGELICA HERNANDEZ PEREZ | Tlalpan, Ciudad de México | Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 16 | IAI120628FP1 | INFRAESTRUCTURA & IMAGEN CONTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | San Pedro Tlaquepaque, Jalisco | Construcción de obras de urbanización. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 17 | MED1603291D9 | MEDUTEC, S.A. DE C.V. | San Nicolas de los Garza, Nuevo León. | Construcción de naves y plantas industriales. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material. | 18 | OME171213DZ0 | OSMON DE MÉXICO, S.A. DE C.V. | Xochimilco, Ciudad de México | Comercio al por mayor de cemento, tabique, grava, Comercio por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera, Comercio al por menor de ferretería y tlapalería y Comercio al por mayor de materiales metálicos. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 19 | PCJ160805EB5 | PRODUCTOS COMERCIALES JUPITER, S.A. DE C.V. | Benito Juárez, Ciudad de México | Otros intermediarios de comercio al por mayor. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 20 | PSC151205US3 | PAPER SCREEN, S.A. DE C.V. | Cuauhtémoc, Ciudad de México | Otros Intermediarios de comercio al por mayor. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 21 | RARV760210A57 | VERÓNICA RAMIREZ RAMIREZ | Ecatepec de Morelos, Estado de México | Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 22 | SAH140327HLA | SOURCES & HUMAN RESOURCES, S. DE R.L. DE C.V. | Naucalpan de Juárez, Estado de México. | Servicios de consultoría en administración. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 23 | TMA210203GY2 | TRANSPORTES MAKITO, S.A. DE C.V. | Salvador Alvarado, Sinaloa. | Otro autotransporte local de carga general. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 24 | XPR1512049FA | XIE PRODUCCIONES, S.A. DE C.V. | Cuauhtémoc, Ciudad de México | Otros Servicios recreativos prestados por el sector privado. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | 25 | XSO200204259 | XICTEL SOLUCIONES, S.A. DE C.V. | Álvaro Obregón, Ciudad de México. | Servicios de consultoría en administración. | Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material. | ______________________________
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