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DOF: 31/10/2003 |
DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-C-423-ONNCCE-2003, NMX-C-424-ONNCCE-2003, NMX-C-425-ONNCCE-2003, NMX-C-426-ONNCCE-2003, NMX-C-427-ONNCCE-2003, NMX-C-428-ONNCCE-2003 y NMX-C-429-ONNCCE-2003. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54, 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las Normas Mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como Proyectos de Normas Mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S.C. (ONNCCE) , lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las Normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo, ubicada en Constitución número 50, planta alta, colonia Escandón, Delegación Miguel Hidalgo, 11800, México, D.F., o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CODIGO | TITULO DE LA NORMA | NMX-C-423-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-PINTURAS-PINTURAS LATEX (ANTES PINTURAS VINILICAS)-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-U-097-1981). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y métodos de prueba que deben satisfacer las pinturas elaboradas con látex en medio acuoso. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-C-424-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-PINTURAS-METODO DE PRUEBA PARA DETERMINAR LA NIVELACION DE PINTURAS (CANCELA A LA NMX-U-085-1981). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método para la determinación en el laboratorio de la nivelación relativa de pinturas arquitectónicas diluidas en agua o en solvente, blancas o de colores claros, mediante la comparación de las crestas producidas en una película rasada contra una serie de estándares de nivelación de plástico. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-C-425-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-DETERMINACION DE MATERIA NO VOLATIL Y VOLATILES TOTALES EN PINTURAS (CANCELA A LA NMX-U-022-1976). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método para la determinación del contenido de materia no volátil y volátiles totales, en pinturas látex y base solvente. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-C-426-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-DETERMINACION DEL CONTENIDO DE PIGMENTO Y DEL CONTENIDO DE VEHICULO EN PINTURAS (CANCELA A LA NMX-U-025-1976). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método para la determinación del contenido de pigmento y del contenido de vehículo en pinturas. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-C-427-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-PINTURAS-DETERMINACION DEL TIEMPO DE SECADO AL TACTO Y TIEMPO DE SECADO DURO DE LOS RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCION ANTICORROSIVA (CANCELA A LA NMX-U-031-1977). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece los métodos para la determinación del tiempo de secado al tacto y tiempo de secado duro de los recubrimientos para protección anticorrosiva. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-C-428-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-PINTURAS-DETERMINACION DEL PODER CUBRIENTE RELATIVO EN RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCION ANTICORROSIVA (CANCELA A LA NMX-U-035-1977). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método para la determinación por comparación de contraste, del poder cubriente ralativo de recubrimientos para protección anticorrosiva cuando se aplica en superficies planas. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-C-429-ONNCCE-2003 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-PINTURAS-DETERMINACION DE LA RESISTENCIA AL DESGASTE POR LAVADO (CANCELA A LA NMX-U-084-1980). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método para la determinación de la integridad de película de una pintura látex y cubre la determinación en el laboratorio con un procedimiento acelerado de la resistencia al desgaste por lavado de las diferentes pinturas látex para interiores y exteriores. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | México, D.F., a 20 de octubre de 2003.- El Director General, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.
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