DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-010-ANCE-2011, NMX-J-503-ANCE-2011, NMX-J-593/10-ANCE-2011 y NMX-J-645-ANCE-2011 DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-010-ANCE-2011, NMX-J-503-ANCE-2011, NMX-J-593/10-ANCE-2011 y NMX-J-645-ANCE-2011. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)", aprobadas por el Comité de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (CONANCE), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en avenida Lázaro Cárdenas número 869, Fracc. 3 esquina con Júpiter, colonia Nueva Industrial Vallejo, Delegación Gustavo A. Madero, código postal 07700, México, D.F., o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. Las normas mexicanas NMX-J-503-ANCE-2011, NMX-J-593/10-ANCE-2011 y NMX-J-645-ANCE-2011 entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. La Norma Mexicana NMX-J-010-ANCE-2011 entrará en vigor 180 días naturales después de su publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CODIGO | TITULO DE LA NORMA | NMX-J-010-ANCE-2011 | CONDUCTORES-CONDUCTORES CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2005). | Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para los alambres y cables monoconductores con aislamiento termoplástico para 600 V, para utilizarse en instalaciones eléctricas. Esta Norma también establece los requisitos para los cables para bombas sumergibles, con o sin cubiertas (véase Capítulo 7). Estos cables no se designan por alguna letra que los identifique. En el Apéndice B se establecen los requisitos para los cables multiconductores con aislamiento y cubierta termoplásticos para 600 V. Los productos que se especifican en esta Norma pueden tener aplicaciones que no se especifican en la norma de instalaciones eléctricas. | Concordancia con normas internacionales La presente Norma Mexicana coincide con la Norma Internacional IEC 60227-1, "Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V", edición 3 (2007-10) en la especificación de aislamiento de PVC y en lo general de los tipos de prueba y difiere en lo siguiente: a) Las áreas de la sección transversal en mm2 que se especifican en la Norma Mexicana son diferentes de las que se indican en la Norma Internacional, ya que el cable se destina para su utilización en instalaciones eléctricas en las que se conectan a equipos y dispositivos eléctricos, tales como: receptáculos, apagadores, interruptores termomagnéticos, cajas derivación, entre otros; cuyos medios de conexión internos son de dimensiones con valores acordes a las secciones transversales de los conductores que se especifican en este documento; por lo que esta Norma Mexicana garantiza compatibilidad mecánica con los productos y equipos arriba mencionados. b) La Norma Internacional indica la tensión máxima de utilización, la cual es para fase a tierra de 450 V y entre fases de 750 V, en tanto que la tensión eléctrica máxima de utilización normalizada en baja tensión que se utiliza en México es de 480 V entre fases, por lo anterior en esta Norma Mexicana se indica 600 V como la tensión máxima de diseño del aislamiento de los conductores eléctricos. Especificar una tensión mayor, tal como lo indica la Norma Internacional, daría como resultado un sobredimensionamiento de los conductores eléctricos y todo su equipo asociado, tal como soportería, canalizaciones, dispositivos de protección, entre otros; lo cual incrementa el costo por adquisición y mano de obra de las instalaciones eléctricas de manera innecesaria para los requerimientos técnicos de seguridad que establece la NOM-001-SEDE-2005. Con base en lo anterior esta Norma Mexicana, es no equivalente (NEQ) con la Norma Internacional IEC 60227-1, "Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V", edición 3 (2007-10). | Bibliografía · UL 83, Thermoplastic-Insulated Wires and Cables. Edición 14. · CSA C22.2 No. 75-08, Thermoplastic Insulated Wires and Cables. Edición 9. · IEC 60227-1, Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V, Edición 3. | NMX-J-503-ANCE-2011 | ILUMINACION-BALASTROS PARA LAMPARAS DE DESCARGA DE ALTA INTENSIDAD Y LAMPARAS DE VAPOR DE SODIO DE BAJA PRESION-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-503-ANCE-2005). | Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las especificaciones de seguridad, de calidad y funcionamiento de los balastros para lámparas de descarga de alta intensidad (DAI) y vapor de sodio a baja presión, que operan a tensiones nominales de alimentación de hasta 600 V con una frecuencia de 60 Hz, y se designan para operación en interiores o exteriores. Esta Norma no es aplicable a los balastros siguientes: 1) Balastros que consisten únicamente de resistencias; 2) Transformadores (serie) de corriente constante para operación de lámparas de vapor de mercurio; 3) Balastros que utilicen semiconductores para el control de las lámparas (únicamente las especificaciones del capítulo 3). | Concordancia con normas internacionales La presente Norma Mexicana coincide con la Norma Internacional IEC 60923, "Auxiliaries for lamps-Ballasts for discharge lamps (excluding tubular fluorescent lamps)-Performance requirements" edición consolidada 3.1 (2006-09), en cuanto a los límites de potencia y corriente (cláusula 8.1 con el párrafo 3.6 y la cláusula 8.2 con el párrafo 3.9) y ha sido adecuada a las necesidades del país para lograr los objetivos de seguridad y funcionamiento básicos en los balastros para lámparas de descarga de alta intensidad y lámparas de vapor de sodio de baja presión, como resultado de lo siguiente: a) Que en esta Norma Mexicana sólo se establecen las especificaciones de los balastros para lámparas de descarga de alta intensidad y lámpara de vapor de sodio de baja presión (los métodos de prueba se encuentran en la Norma Mexicana NMX-J-230-ANCE). La Norma Internacional referida además de las especificaciones, contempla los métodos de prueba aplicables a los balastros. b) Las características de las redes de alimentación a los balastros (tensión y frecuencia) están de acuerdo con las que se definen en la NOM-001-SEDE, las cuales son diferentes de las Normas Internacionales. Con base en lo anterior esta Norma Mexicana, es no equivalente (NEQ) con la Norma Internacional IEC 60923, "Auxiliaries for lamps-Ballasts for discharge lamps (excluding tubular fluorescent lamps)-Performance requirements" edición consolidada 3.1 (2006-09). | Bibliografía · NOM-058-SCFI-1999, Productos eléctricos-Balastros para lámparas de descarga eléctrica en gas-Especificaciones de seguridad. · ANSI C 82.4-2002, Ballasts for high-Intensity discharge and low-Pressure sodium lamps (Multiple-Supply type). · IEC 60923 ed3.1, Consol. with am1. Auxiliaries for lamps-Ballasts for discharge lamps (excluding tubular fluorescent lamps)-Performance requirements. | NMX-J-593/10-ANCE-2011 | REDES Y SISTEMAS DE INTERCOMUNICACION EN SUBESTACIONES ELECTRICAS PARTE 10: PRUEBAS DE PUESTA EN MARCHA. | Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana especifica los métodos de prueba de puesta en marcha para la implementación de dispositivos inteligentes IED, así como los métodos de medición específicos a aplicar para comprobar los parámetros de funcionamiento. El uso de estos métodos mejora la capacidad del integrador del sistema para incorporar fácilmente y operar correctamente los IED, así como soportar las aplicaciones tal y como se planean. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana es equivalente (IDT) con la Norma Internacional IEC 61850-10, "Communication networks and systems in substations-Part 10: Conformance testing" edición 1 (2005-03). | Bibliografía · IEC 61850-10, Communication networks and systems in substations-Part 10: Conformance testing. | NMX-J-645-ANCE-2011 | NORMALIZACION DE PRODUCTOS ELECTRICOS-PARTE 1: GUIA PARA ASPECTOS DE SEGURIDAD. | Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece una guía para los aspectos de seguridad aplicables a productos eléctricos, como base para la elaboración de normas mexicanas en el aspecto de seguridad, con objeto de lograr un nivel de seguridad aceptable tomando en cuenta el uso destinado del producto, con un enfoque de riesgo. | Concordancia con normas internacionales La presente Norma Mexicana toma como base los lineamientos internacionales IEC Guide 104, "The preparation of safety publications and the use of basic safety publications and group safety publications", ISO/IEC GUIDE 51 Ed. 2.0 (1999-12), Safety aspects-Guidelines for their inclusion in standards y la ISO/IEC GUIDE 37 Ed. 2.0 (1995-11), Instructions for use of products of consumer interest, referente a los aspectos de seguridad aplicables a productos eléctricos, como base para la elaboración de normas mexicanas en el ámbito de la seguridad, con objeto de lograr un nivel de seguridad aceptable tomando en cuenta el uso destinado del producto, con un enfoque de riesgo, con objeto de proveer protección contra peligros provenientes del propio producto eléctrico y protección contra los peligros derivados por efecto de influencias exteriores sobre el producto eléctrico, como son: ü Protección contra choque eléctrico; ü Protección contra peligros mecánicos; ü Protección contra otros peligros: Explosión; Peligros derivados por campos eléctricos, magnéticos electromagnéticos, otras radiaciones ionizantes y no ionizante; Disturbios eléctricos, magnéticos o electromagnéticos; Radiación óptica; Fuego; Temperatura; Ruido audible; Efectos biológicos y químicos; Funcionamiento no asistido; Conexión e interrupción de la fuente de alimentación; Combinación del producto; Implosión; ü Seguridad funcional e idoneidad de uso (fiabilidad); ü Requisitos para la información. Asimismo, tomando en cuenta los principios generales de cómo reducir los riesgos, en función del uso destinado y el mal uso razonablemente previsible del producto eléctrico, identificando el peligro, estimando y evaluando el riesgo para lograr un riesgo tolerable. También referente a los requisitos para las normas en el ámbito de la seguridad, la información para el uso seguro, las instrucciones y la información incluyendo las condiciones seguras para operar el producto, proceso o servicio. Con base en lo anterior esta Norma Mexicana es equivalente con los lineamientos Internacionales IEC Guide 104, "The preparation of safety publications and the use of basic safety publications and group safety publications", ISO/IEC GUIDE 51 Ed. 2.0 (1999-12), Safety aspects-Guidelines for their inclusion in standards y la ISO/IEC GUIDE 37 Ed. 2.0 (1995-11), Instructions for use of products of consumer interest. | Bibliografía · NMX-J-529-ANCE-2006, Grados de protección proporcionados por los envolventes (Código IP) (Cancela a la NMX-J-529-ANCE-2000). · NMX-J-612-ANCE-2010, Protección contra los choques eléctricos-Aspectos comunes para las instalaciones y equipos. · ISO/IEC GUIDE 37 Ed. 2.0 (1995-11), Instructions for use of products of consumer interest. · ISO/IEC GUIDE 50 Ed. 2.0 (2002-05), Safety aspects-Guidelines for child safety. · ISO/IEC GUIDE 51 Ed. 2.0 (1999-12), Safety aspects-Guidelines for their inclusion in standards. · ISO/IEC GUIDE 71 Ed. 1.0 (2001-11), Guidelines for standards developers to address the needs of older persons and persons with disabilities. · IEC GUIDE 104 Ed. 4.0 (2010-08), The preparation of safety publications and the use of basic safety publications and group safety publications. · IEC GUIDE 108 Ed. 2.0 (2006-08), Guidelines for ensuring the coherency of IEC Publications-Application of horizontal standards. · ISO/IEC 17007 Ed. 1.0 (2009-09), Guidelines for drafting normative documents suitable for use for conformity assessment. | México, D.F., a 6 de abril de 2011.- El Director General de Normas, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.
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