ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, para el ejercicio fiscal 2013 ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, para el ejercicio fiscal 2013.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
JORGE CARLOS RAMIREZ MARIN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 17 bis, fracción III, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 43, 44, 45, 75, 77, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 177, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9o. de la Ley de Planeación; 72, 74 y 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 25 y 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las Reglas de Operación de los programas.
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 15, "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, que se destinará a los municipios vulnerables y susceptibles a los efectos destructivos de fenómenos hidrometeorológicos y geológicos, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza desincentivando la ocupación del suelo en zonas de riesgo, obras para la reducción y mitigación de los mismos y las acciones ecológicas con fines preventivos. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las Reglas de Operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.
Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las Reglas de programas vigentes, y en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PREVENCION DE
RIESGOS EN LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013
UNICO: Se emiten las Reglas de Operación del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, para el ejercicio fiscal 2013.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, para el ejercicio fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2011.
TERCERO.- Estas Reglas de Operación dan cumplimiento al artículo séptimo del Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2012, en el que se señalan las medidas específicas para reducir los gastos de operación, mismas que ya fueron realizadas en el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil trece.- El Secretario de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, Jorge Carlos Ramírez Marín.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PREVENCION DE RIESGOS EN LOS ASENTAMIENTOS
HUMANOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
1. Introducción
Por las características geográficas que presenta el territorio nacional, éste se encuentra expuesto a la ocurrencia de fenómenos naturales, situación que provoca que más de 90 millones de habitantes en el país residan en zonas de riesgo, de los cuales cerca del 70% habitan en zonas urbanas, el 9.5% en zonas semiurbanas y el resto 20.5% lo hace en zonas rurales(1).
Actualmente, existe una desvinculación de la planeación territorial y las políticas para la prevención del riesgo, lo que ha propiciado la expansión de los asentamientos humanos hacia zonas no aptas. Lo anterior, aunado al aumento de fenómenos relacionados con el cambio climático, la problemática en el manejo de las cuencas hidrológicas, el deterioro ambiental, la marginación y la insuficiente cultura de prevención y mitigación, entre otros, conlleva a desastres cada vez más devastadores, tal como los que se han presentado en las últimas décadas.
El Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos está dirigido a mitigar los efectos de los fenómenos perturbadores de origen natural, para aumentar la resiliencia en los gobiernos locales y la sociedad, a fin de evitar retrocesos en las estrategias para elevar la calidad de vida de la población y contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales para disminuir la pobreza.
La importancia del programa radica en crear y mantener una vinculación directa entre la SEDATU y las autoridades locales para concientizarlas sobre la necesidad de trabajar en la reducción de riesgos, a través de acciones y obras para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo; promover la cultura de prevención de desastres, así como, incrementar la inversión en reducción y mitigación de riesgos.
El Programa se conceptualizó como una política pública a escala municipal, encaminada a evitar la ocupación del suelo en zonas no aptas para los asentamientos humanos y por ende, evitar la ocurrencia de desastres.
A través de este Programa, la SEDATU busca contribuir a la equidad y la eficiencia en la utilización de los recursos. Como Programa que coadyuva al fortalecimiento de las capacidades de los municipios en materia de prevención de riesgos, centra sus esfuerzos en territorios con condiciones de mayor pobreza y en donde se concentra la existencia de grupos vulnerables; así como contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional para la Cruzada Nacional contra el Hambre.
2. Objetivos
2.1 Objetivo general
Contribuir al fortalecimiento de las capacidades de los municipios en materia de prevención de riesgos, a través de las obras y acciones que reduzcan la vulnerabilidad de la población ante el impacto de fenómenos naturales.
2.2 Objetivo específico
Reducir el riesgo de ocurrencia de desastres ante el impacto de fenómenos naturales.
3. Lineamientos
3.1 Cobertura
El Programa tendrá cobertura a nivel nacional.
3.2 Población objetivo
Son los municipios susceptibles al efecto destructivo de fenómenos naturales, que reducen el impacto derivado de la ocurrencia de desastres.
3.3 Criterios y requisitos de elegibilidad
3.3.1. De los municipios
Los municipios susceptibles a ser apoyados por el programa deberán cumplir con lo siguiente:
Cuadro 1. Criterios y requisitos de elegibilidad para municipios |
Criterios | Requisitos |
Aquellos municipios en riesgo de desastres, ocasionados por fenómenos geológicos e hidrometeorológicos. | Presentar en tiempo y forma el oficio de intención que se encuentra en el Anexo VII, con la finalidad de iniciar el proceso de autorización, considerando que el proyecto cumpla con lo estipulado en el numeral 3.3.2. |
3.3.2. De los proyectos:
Los proyectos deberán cumplir con:
Cuadro 2. Criterios y requisitos de elegibilidad para proyectos |
Criterios | Requisitos |
I. Que responda a necesidades de prevención y mitigación de desastres, cumpliendo con la normatividad aplicable y con los criterios técnicos establecidos por las dependencias competentes. II. Que cuenten con objetivos claros y descripción detallada de las características técnicas de acuerdo al tipo de proyecto presentado. III. Que las obras y/o acciones no han sido apoyadas por otros programas para el mismo fin | - Expediente técnico, el cual deberá estar integrado por la documentación que lo respalde, desde su programación hasta su conclusión. Ver Anexo III - Capturar la información del Anexo Técnico; disponible en el sistema de control en línea, el cual contendrá la información básica del proyecto - Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se duplican recursos federales para acciones apoyadas por otros Programas de prevención. |
Los proyectos propuestos en los que participen dos o más municipios, por su naturaleza, magnitud o aspectos técnicos, serán considerados proyectos elegibles, siempre y cuando uno de los municipios que participe sea ejecutor de los mismos.
3.4 Criterios de selección
Se atenderá a los proyectos, dando prioridad a aquéllos que:
1. Se ubiquen en municipios con un índice de riesgo global alto y muy alto, de acuerdo al Anexo IV.
2. Demuestren ser urgentes e impostergables para la prevención de riesgos.
3. Se enfoquen a la identificación de riesgos (elaboración de Atlas de Peligros o de Riesgos).
4. Sean obras o acciones que se deriven de un Atlas de Riesgos.
Tendrán preferencia aquellos municipios que además de cumplir con lo señalado en las fracciones anteriores se encuentren identificados en la Cruzada Nacional Contra el Hambre, establecidas en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, así como los señalados en las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
3.5 Tipos y montos de apoyo
El Programa apoya con subsidios federales la ejecución de obras y acciones, que deberán ser complementados con recursos aportados por los gobiernos locales, de conformidad con lo establecido en numeral 3.5.2. de estas Reglas.
3.5.1 Tipos de apoyo
Cuadro 3. Tipos de apoyo |
Tipos de apoyo | Características |
Acciones para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo. | Elaboración de atlas de peligros o de riesgos.- donde se identificarán los peligros, los riesgos y la vulnerabilidad derivada de los fenómenos naturales que afectan a los asentamientos humanos. |
Estudios.- que permitan conocer con mayor detalle algún fenómeno de interés, ya sea hidrometeorológico o geológico de una zona en particular o de todo el municipio con fines de prevención de riesgos. |
Elaboración y/o actualización de reglamentos de construcción.- que promuevan la prevención de desastres a través de establecer la tipología y técnica constructiva de acuerdo al peligro o riesgo de la zona. |
Obras y acciones para la reducción y mitigación de riesgos. | Obras de prevención y mitigación.- son todas aquellas acciones cuyo propósito es contribuir a reducir la vulnerabilidad de los asentamientos humanos ubicados en zonas de riesgo ante amenazas naturales. |
Cursos, talleres y estrategias de difusión de educación y sensibilización para la prevención de desastres dirigido a autoridades locales y la población. |
Acciones ecológicas con fines preventivos | Reforestación.- acción que permitirá evitar la erosión de las laderas y con ello su deslizamiento, lo anterior con fines de prevención de desastres y de contribuir al mejoramiento ambiental. - Construcción de Terrazas naturales - Barreras de árboles - Aquellas que respetando el expediente técnico del Anexo III contribuyan a este fin |
3.5.2 Monto de los apoyos
Se podrá acceder a los recursos, cuando los proyectos hayan sido aprobados de acuerdo a los requisitos establecidos en el numeral 3.3.2. y cumplan con la coparticipación señalada en el Cuadro 4.
En los casos de las obras de mitigación, los ejecutores no podrán solicitar más de dos millones de pesos del recurso federal por cada municipio, salvo lo establecido en el numeral 3.5.3 y en ningún caso rebasando los tres millones de pesos.
La aportación del Gobierno Federal está en función del recurso aportado por los gobiernos locales, respetando la coparticipación que a continuación se enlista:
Cuadro 4. Montos de apoyo |
Objeto del subsidio | Monto total máximo | Porcentaje de aportación máxima federal | Porcentaje de aportación mínima local |
a) Acciones para disminuir la ocupación de suelo en zonas de riesgo. |
Elaboración de Atlas de peligros naturales o de riesgos | $1,500,000.00 (un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por atlas. | 65 | 35 |
Actualización de Atlas de peligros naturales y/o de riesgos | $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) por atlas. | 65 | 35 |
Elaboración de estudios especiales para la identificación, evaluación, análisis de peligros, vulnerabilidad y riesgos derivados de un atlas. | $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) por estudio. | 60 | 40 |
Elaboración de reglamentos de construcción que establezcan la tipología y técnica constructiva de acuerdo al peligro o riesgo de la zona. | $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M.N) por proyecto. | 60 | 40 |
Actualización de reglamentos de construcción que establezcan la tipología y técnica constructiva de acuerdo al peligro o riesgo de la zona. | $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N) por proyecto. | 60 | 40 |
Estudios para la reubicación de asentamientos humanos hacia zonas aptas. | $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N) por estudio | 60 | 40 |
b) Obras y acciones para la reducción y mitigación de riesgos. |
- Estabilización de taludes y laderas. - Estabilización de rocas. - Tratamiento de grietas u oquedades. - Pavimentación de rutas de evacuación en zonas de riesgo. - Presas de gavión. - Bordos. - Construcción, ampliación de drenaje pluvial y sanitario. - Obras de protección costera. - Pozos de absorción | $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. | 60 | 40 |
Cursos, talleres y estrategias de difusión, de educación y sensibilización para la prevención de desastres. | $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) por evento | 60 | 40 |
c) Acciones ecológicas con fines preventivos |
- Reforestación con fines de prevención - Construcción de Terrazas naturales - Barreras de árboles - Aquellas que respetando el expediente técnico del Anexo III. contribuyan a este fin | $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. | 60 | 40 |
3.5.3 Excepciones de apoyo
Podrán aplicarse porcentajes de participación Federal distintos a los señalados en el cuadro 4, previa autorización del Comité de Prevención de Riesgos, en los siguientes casos:
1. Hasta el 65% del monto total presentado en las propuestas, de obras de mitigación de riesgos, cuando éstas:
- Sean derivadas de un atlas de peligros o de riesgos aprobado por la URP;
- Cuando el Atlas de Riesgos ya aprobado por la URP, se haya incorporado al Plan o Programa de Desarrollo Urbano Municipal, en donde se identifique en las tablas de uso de suelo, la restricción de autorizar asentamientos humanos en las zonas de riesgo, señalándolas como no urbanizables.
- La propuesta se acompañe de un dictamen y autorización de una instancia federal facultada, de acuerdo a lo establecido en el expediente técnico del Anexo III.
3.5.4 Aportaciones federales y locales
Las aportaciones del Gobierno Federal, de las entidades federativas, de los municipios y terceros, se llevarán a cabo, con base en lo señalado en el acuerdo de coordinación establecido y demás normatividad aplicable, el cual se encontrará en el sistema de control en línea. Cada instancia será responsable de mantener un registro de sus aportaciones conforme proceda.
Dichos acuerdos de coordinación, incluirán todos los proyectos autorizados a los municipios de su entidad, pudiéndose firmar más de un acuerdo en los casos de que existieran autorizaciones de recursos de las reasignaciones.
Las aportaciones de los municipios pueden ser complementadas por organismos civiles, otras instancias gubernamentales, la iniciativa privada e instituciones académicas; inclusive, por las entidades federativas o en su caso, se podrán aplicar para sustituir hasta el cien por ciento de la aportación que les corresponda, siempre bajo la estricta responsabilidad del municipio.
3.6. Instancias participantes
3.6.1 Instancias ejecutoras
Podrán ser ejecutores del programa los municipios.
La instancia ejecutora tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Suscribir los Acuerdos de coordinación, que se encuentran en el sistema de control en línea, que en su caso correspondan. En estos Acuerdos deberán incluirse la conformidad de las partes para acatar la normatividad del Programa.
b) Realizar o contratar los proyectos y la construcción de las obras que se requieran, de conformidad con la normatividad aplicable.
c) Ejercer los subsidios federales conforme a lo dispuesto en estas Reglas y en la normatividad federal aplicable.
d) Incorporar en el sistema en línea establecido por la URP, el expediente técnico
e) Georreferenciar las obras o acciones, así como integrar fotografías representativas de la obra o
acción realizada.
f) Proporcionar la información sobre los avances y resultados físicos y financieros de los proyectos, de acuerdo a lo establecido por la URP, así como la que permita el seguimiento del Programa, utilizando para ello el Sistema de Control en línea establecido por la URP.
g) Convenir con las instancias locales competentes la obligación de mantener en buen estado las obras financiadas con recursos del programa, así como vigilar y sufragar su continua y adecuada operación.
h) Elaborar los Atlas de Riesgos y/o Peligros, apegándose a lo establecido en las "Bases para la Estandarización en la Elaboración de Atlas de Riesgos y Catálogo de Datos Geográficos para Representar el Riesgo 2013", que deberán solicitarse a la URP.
i) Convocar con al menos tres días hábiles anteriores al proceso de licitación, al representante de la SEDATU en la Entidad.
j) Garantizar que para la elaboración o actualización de Estudios, Atlas de Riesgos y/o Peligros, y Reglamentos de Construcción, que el proveedor cuente con el currículum, la certificación o antecedente comprobable de capacidad técnica.
k) Considerar que la solicitud de Actualización de los Atlas de Riesgos y/o Peligros no podrá ser menor a 5 años para los elaborados durante el año 2011 y posteriores. En el caso de los realizados antes del año 2010, no se aplicará el criterio anterior.
l) Solicitar a la URP antecedentes sobre la capacidad técnica de los proveedores que presenten propuestas técnicas en los procesos de licitación para la elaboración de los atlas de riesgos, con la finalidad de evitar cancelaciones de recursos por la falta de capacidad técnica.
Las instancias ejecutoras deberán conservar por 5 años los expedientes técnicos correspondientes, así como toda la documentación comprobatoria de los actos que realicen y de los gastos efectuados con recursos del Programa.
En la supervisión directa de las obras o acciones las delegaciones de la SEDATU en los estados, deberán dar acompañamiento al Ejecutor, el cual deberá dar todas las facilidades a los órganos competentes para llevar a cabo la fiscalización y verificación de las acciones y proyectos apoyados por el Programa.
3.6.2 Instancia normativa
La Subsecretaría será la Instancia Normativa del Programa y estará facultada para interpretar lo dispuesto en estas Reglas y para resolver aspectos no contemplados en las mismas.
La URP será la encargada de la coordinación nacional del programa y dará el acompañamiento técnico a los ejecutores en la operación del Programa.
Las Delegaciones participarán en la instrumentación y coordinación del Programa, verificarán el cumplimiento de lo dispuesto en estas Reglas y en la normatividad aplicable, darán seguimiento a la operación del Programa e informarán periódicamente a la URP sobre sus avances y resultados.
3.6.3 Comité de Prevención de Riesgos
El Comité de Prevención de Riesgos se integrará por el Titular de la Subsecretaría, quien lo presidirá, pudiendo delegarse esta atribución a quien designe; y en calidad de vocales, el Titular de la Dirección General de Desarrollo Territorial. Asimismo, un representante del Organo Interno de Control y de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos. Como invitados, podrán participar los Titulares de la Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo y de la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas, quienes podrán emitir su opinión técnica respecto a las atribuciones de su área.
La URP, será la instancia responsable de instalar el Comité de Prevención de Riesgos y de convocar a las sesiones del mismo.
El Comité autorizará proyectos que contribuyan a los objetivos del programa y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) No estén contemplados en el numeral 3.5.1.
b) Que cumplan con las condicionantes de los supuestos de excepción mencionadas en el numeral 3.5.3.
c) Que contemplen acciones urgentes e impostergables relacionadas con la reducción de riesgos de desastre.
3.6.4 Coordinación interinstitucional
La Subsecretaría a través de la URP, establecerá la coordinación necesaria para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal; la coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Con este mismo propósito, podrá establecer acciones de coordinación con los municipios, los cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes Reglas de Operación y de la normatividad aplicable.
Asimismo y con la finalidad de fortalecer la coordinación establecida con la Secretaría de Gobernación, los municipios que se encuentren adicionados al Programa Municipio Seguro: Resistente a Desastres, podrán registrar las acciones realizadas con este Programa de Prevención, para los beneficios que pudieran otorgarles.
4. Mecánica de Operación
4.1 Ejercicio y aprovechamiento de recursos
Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, la URP realizará una calendarización eficiente; asimismo, preverá que las aportaciones se realicen y ejerzan de manera oportuna, en apego a la normatividad aplicable.
Adicionalmente, a partir del 30 de junio del año en curso la SEDATU podrá realizar evaluaciones del avance de las obras y acciones y del ejercicio de los recursos en cada municipio. Los recursos que no hubieran sido ejercidos o comprometidos, o cuyas acciones no tuvieran avance de acuerdo a lo programado, serán reasignados por la URP.
4.2 Proceso de operación
Las instancias ejecutoras deben realizar las actividades relacionadas con la operación, administración y ejecución de los recursos, de acuerdo a lo que se establece en las presentes Reglas y la normatividad aplicable
4.2.1 Presentación de propuestas
La Delegación será la responsable del proceso operativo y presupuestal de los subsidios federales en la entidad federativa que corresponda, pudiendo apoyarse en la URP.
El municipio, con base en las necesidades y prioridades comunitarias y considerando lo establecido en estas Reglas, presentará el oficio de intención a la Delegación, durante el primer trimestre.
La Delegación tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para contestar por escrito si es procedente la solicitud y, en su caso, otorgar el acceso del sistema en línea.
El Ejecutor, a partir de que recibió el acceso al que se refiere el párrafo anterior, en un plazo máximo de tres días hábiles, capturará la propuesta en el sistema en línea con asesoría técnica de la Delegación y la URP comenzando a integrar el expediente técnico.
En un plazo máximo de 5 días hábiles, posteriores a la captura de la propuesta, el ejecutor presentará a la Delegación, el oficio de solicitud de recursos; el expediente técnico y el Anexo Técnico que emite el sistema en línea para su prevalidación.
En caso de que la información o documentación del solicitante esté incompleta o hubiera error, la Delegación tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de haber recibido la solicitud, para informar al solicitante, quien a su vez contará con 5 días hábiles para solventar la información faltante.
La Delegación deberá presentar a la URP, el oficio de propuesta anexando la solicitud de recursos del Ejecutor, el Anexo Técnico mismo que podrá generarse en el sistema de control en línea y el expediente técnico debidamente prevalidados en un plazo máximo de 5 días hábiles.
La URP, recibirá propuestas debidamente integradas y validadas por la Delegación.
4.2.2 Autorización y ejecución de obras y acciones
La URP, una vez recibida de la Delegación la solicitud de propuesta, asignará el número de expediente, y el oficio de autorización, enviándolos a la Delegación para que ésta emita el Oficio de Aprobación de las acciones y obras en un plazo no mayor de 5 días hábiles al Ejecutor.
El Ejecutor, una vez que reciba el Oficio de Aprobación, procederá a la firma del Acuerdo de Coordinación que será proporcionado por la Delegación, así como a la realización de las obras y acciones que para ello, deberá dar cumplimiento a lo establecido en las leyes de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
mismas, y de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Federal, así como a lo dispuesto en otras normas federales y locales aplicables; en el plazo establecido en el calendario de ejecución del Anexo Técnico.
Asignado el número de expediente, los Ejecutores no podrán efectuar modificaciones a los proyectos en el ámbito territorial o la naturaleza de las obras o acciones propuestas; de hacerlo, el número de expediente se anulará y los recursos correspondientes se considerarán no comprometidos y, en su caso, podrán reasignarse a otros proyectos, que cumplan con lo estipulado en esta Reglas.
El Ejecutor gestionará ante la Delegación los pagos respectivos según la normatividad correspondiente hasta la terminación del proyecto y será responsable de presentar a la Delegación la documentación que compruebe su conclusión, conforme a la legislación aplicable.
La radicación de subsidios estará sujeta al calendario de gasto anual que apruebe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La Delegación remitirá a la URP copia del oficio de liberación de recursos que compruebe su transferencia al ejecutor.
En el ejercicio de los subsidios federales, la Delegación deberá verificar, durante la ejecución de las obras y acciones, que el Ejecutor cumpla con las metas y especificaciones aprobadas, así como con las disposiciones de carácter federal, de conformidad con la normatividad vigente.
4.2.3. Reasignación de Subsidios
La URP podrá reasignar los subsidios no comprometidos por el Ejecutor, con el propósito de atender las solicitudes elegibles de otros municipios de la misma entidad federativa o de otras entidades. Para estos propósitos la Delegación y los Ejecutores mantendrán actualizado el sistema de control con las aprobaciones, liberaciones y avance físico-financiero, así como la información adicional relevante para determinar la situación en cada proyecto.
Los subsidios asignados a cada municipio que no se comprometan en las fechas señaladas, podrán ser reasignados a nuevos proyectos, de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Los recursos reasignados se canalizarán a obras y acciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del Programa.
b) Las reasignaciones se harán con base en propuestas presentadas por los Ejecutores, a través de las Delegaciones, en los anexos técnicos de autorización.
c) Los proyectos con cargo a recursos reasignados deberán cumplir los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral 3.3 de estas Reglas.
4.2.4 Actas de entrega-recepción
El Ejecutor deberá formular y firmar la correspondiente acta de entrega-recepción, disponible en el sistema de control en línea de cada una de las obras terminadas. En la elaboración del acta de entrega-recepción podrá participar la comunidad beneficiada, la Delegación, el gobierno de la entidad federativa, en caso que sean aportantes de recursos, y el municipio. El Ejecutor promoverá que en los actos para la entrega recepción de las obras y acciones se encuentren presentes los representantes de las instancias citadas.
El Ejecutor remitirá a la Delegación, al concluir la obra o acción, en un plazo que no exceda de 5 días hábiles, copia del acta de entrega-recepción; en caso de que detecte información faltante, lo hará del conocimiento de la instancia ejecutora en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la verificación, para que ésta a su vez, la complemente y solvente en los siguientes 10 días hábiles.
Para el caso de los Atlas de Peligros o Riesgos y estudios especiales para la identificación, evaluación, análisis de peligros y vulnerabilidad, el acta de entrega recepción se acompañará de un dictamen de aprobación técnica emitido por la URP.
4.2.5 Operación y mantenimiento
La instancia ejecutora o la comunidad que reciba obras financiadas con recursos del Programa deberán hacer explícito en el acta de entrega-recepción, su compromiso de darles mantenimiento, de conservarlos, de vigilarlos y sufragar su continua y adecuada operación.
4.3. Gastos de operación
Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del Programa, la SEDATU podrá destinar hasta el 4.57 por ciento del presupuesto asignado al Programa.
4.4. Registro de operaciones
La información relativa a los recursos financieros del Programa se deberá consignar, invariablemente en todos los documentos y registros, en pesos mexicanos, sin centavos.
4.4.1 Avances físicos-financieros
La instancia ejecutora deberá reportar trimestralmente a la Delegación en la entidad federativa correspondiente, así como capturar en el sistema de control en línea, durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al trimestre que se reporta, los avances físico-financieros de los proyectos y acciones autorizados, a través del formato que se encuentra en el citado sistema.
En el caso de que la Delegación detecte información faltante, informará a la instancia ejecutora detalladamente y por escrito dentro de un plazo no mayor a 10 días naturales a partir de la fecha de recepción del reporte. En este caso, la instancia ejecutora deberá presentar la información y documentación faltante, en un plazo que no exceda 10 días hábiles contados a partir de la recepción del comunicado de la Delegación.
El ejecutor será responsable de actualizar trimestralmente la información física y financiera en el sistema de información en línea, la Delegación verificará y validará lo anterior.
Las Delegaciones efectuarán oportunamente el seguimiento de avances y resultados físicos y financieros de los proyectos, con base en la información de los expedientes técnicos, la registrada en el sistema de control en línea y la obtenida en las verificaciones que realicen en campo.
4.4.2 Recursos no devengados.
Los Ejecutores deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados, y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal. Dentro del mismo plazo, deberán remitir copia del reintegro a la Delegación o en su caso a la URP, para su registro correspondiente.
4.4.3. Cierre de Ejercicio
La Delegación, con apoyo del Ejecutor, integrará el Cierre de Ejercicio y lo remitirá a la URP en impreso y medios magnéticos. La URP verificará la congruencia de la información con la Cuenta Pública.
Esta información considerará todos los movimientos presupuestarios de los subsidios en el ejercicio fiscal y deberá coincidir con lo registrado en los Sistemas de Control que la Dirección General de Recursos Financieros de la SEDATU destine para tal efecto. La Delegación con apoyo de la URP deberá cancelar en el Sistema en línea todos los proyectos que no hayan sido ejecutados o procedentes.
Previo a la conciliación que se efectúe con la Dirección General de Recursos Financieros de la SEDATU, la Delegación deberá revisar y validar con la URP la información del Cierre del Ejercicio.
En el caso de que el gobierno de la entidad federativa hubiera aportado recursos en el marco del Programa, la dependencia que el gobierno de la entidad federativa determine, deberá validar la fracción correspondiente del Cierre de Ejercicio.
4.4.4. Suspensión de los subsidios
Cuando las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano o algún Organo Fiscalizador de los tres órdenes o instancias de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento a lo convenido, o incumplimiento en la entrega oportuna de información relativa a avances y metas alcanzadas, la URP, previamente notificadas la Delegación y la instancia ejecutora, podrá suspender la radicación de los recursos federales e inclusive solicitar su reintegro, así como los rendimientos financieros que, en su caso, se hubieran generado, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables.
En caso de que la Delegación o la URP detecten condiciones inadecuadas de mantenimiento o de operación en obras financiadas con recursos del Programa en el año en curso, la SEDATU podrá suspender la ministración de recursos autorizados al Ejecutor en el presente ejercicio fiscal. En caso de persistir la situación detectada, la URP determinará la procedencia de la autorización de recursos para el siguiente año fiscal.
5. Evaluación externa
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias o entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector deberán realizar una evaluación de resultados, de carácter externo, de los programas sujetos a Reglas de Operación.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por las áreas competentes conforme a lo señalado en los "Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal", y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el Programa Anual de Evaluación que emitan el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el Programa Anual de Evaluación, se podrán llevar a cabo las evaluaciones externas que se consideren apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por el área que designe la SEDATU.
6. Indicadores
Los indicadores del Programa están contenidos en el Anexo V de las presentes Reglas. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por la URP al área que la SEDATU tiene destinada para ese fin para la integración de los Informes correspondientes.
7. Seguimiento, Control y Auditoría
7.1 Seguimiento
Con el propósito de mejorar la operación del Programa, la URP llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de los recursos asignados al Programa y, a las acciones ejecutadas, resultados, indicadores, y metas alcanzadas.
El Ejecutor permitirá a la URP o la Delegación, cuando éstos lo requieran, la realización de visitas de seguimiento de las obras y acciones realizadas con recursos del Programa, materiales, información, registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas. El Ejecutor deberá brindar su más amplia colaboración al personal designado por la SEDATU para cumplir con este propósito.
7.2 Control y Auditoría
Los ejecutores serán responsables de la supervisión directa de las obras o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable. Considerando que los recursos federales de este Programa ejecutados por los municipios y que no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por el Organo Interno de Control en la SEDATU; por la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los órganos de control de los gobiernos de las entidades federativas; así como por la Auditoría Superior de la Federación.
La instancia Ejecutora dará todas las facilidades a dichas instancias fiscalizadoras para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías que consideren necesarias; asimismo, efectuará el seguimiento y la solventación de las observaciones planteadas por los órganos de control. La inobservancia de esta disposición independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitará la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
Será responsabilidad del Ejecutor integrar oportuna y adecuadamente, conforme a la normatividad aplicable, el original del expediente técnico de cada proyecto, así como de remitir a la Delegación copia de los documentos correspondientes.
8. Transparencia
8.1 Difusión
Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles para la población en las Delegaciones y en la página electrónica de la SEDATU
Las Delegaciones, en coordinación con la URP, serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del Programa.
Conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e incluir la siguiente leyenda "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
En todas las obras y acciones que sean intervenidos por este programa, el ejecutor deberá asegurar la presencia en áreas visibles y fachadas el logotipo de la SEDATU, con la firma del gobierno federal.
Adicional a lo anterior, en las obras y acciones, así como en los estudios realizados con apoyo del Programa, el Ejecutor deberá efectuar lo siguiente:
Colocar, desde el inicio de las obras y acciones y en un lugar visible, un letrero que identifique el proyecto e indique el monto de los recursos aportados por la Federación, por los gobiernos locales y, en su caso, por los propios beneficiarios.
Instalar, al concluir la obra y en un lugar visible, una placa en la que se reconozca el correspondiente apoyo del Programa, a través del Gobierno Federal, de los gobiernos locales y, en su caso, de los beneficiarios.
Los letreros y las placas se deberán elaborar, colocar y mantener en buenas condiciones con cargo a los recursos del Ejecutor, considerando que tanto el diseño como el material deberán ser validados por la Delegación.
Para el caso de los estudios se deberá incluir en el documento entregable, el logotipo y el símbolo mencionados en el quinto párrafo de este apartado.
8.2 Contraloría Social
Se propiciará la participación de los beneficiarios del Programa a través de la integración y operación de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
La SEDATU deberá ajustarse a los Lineamientos que se emitan para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales, para que promueva y realice las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública y que se indica en el Anexo II de estas Reglas.
La instancia de Contraloría Social estará integrada y deberá ejercerse por los beneficiarios del Programa. Para la conformación de la instancia de Contraloría Social, se deberá cumplir con lo siguiente: residir en municipio en el que se lleven a cabo obras o acciones apoyadas por este Programa.
8.3 Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales de este programa se deberán observar y atender las medidas que al efecto se emitan.
9. Quejas y denuncias
Los beneficiarios pueden presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes Reglas o contravengan sus disposiciones y de la demás normatividad aplicable.
Las quejas y denuncias derivadas de alguna irregularidad en la Operación del Programa, podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, las cuales se captarán a través de:
a) En la SEDATU
Organo Interno de Control en la SEDATU:
Teléfono: 36 01, 91 76 y 36 01 91 29
Domicilio: Avenida Heroica Escuela Naval Militar No. 701, Edificio Revolución primer piso, colonia Presidentes Ejidales Segunda Sección,
Delegación Coyoacán, C.P. 04470, México, D.F.
b) En la Secretaría de la Función Pública
Teléfono D.F. y área metropolitana: 2000-2000
Larga distancia sin costo: 01-800-3862-466
De Estados Unidos 01-800-4752-393
Correo y: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F.
c) En Delegaciones de la SEDATU y en las entidades federativas:
A través del buzón colocado para tal efecto.
ANEXO 1. Glosario
Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
I. Acuerdo de Coordinación, al Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de los Subsidios del Programa, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios.
II. Anexo Técnico, se refiere al formato que se encuentra en el sistema de control en línea, mismo al que tienen acceso los ejecutores una vez registrado el proyecto.
III. Beneficiarios, a las personas que forman parte de la población atendida por el programa.
IV. Cambio climático, se entiende un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos comparables;
V. Comité de Prevención de Riesgos, al cuerpo colegiado que podrá tomar decisiones para aprobar obras y acciones urgentes e impostergables en beneficio de la reducción de riesgos de desastres.
VI. Delegación o Delegaciones, a las representaciones de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en las entidades federativas.
VII. Desastre, al estado en que la población de una o más entidades federativas, sufre severos daños por el impacto de una calamidad devastadora, sea de origen natural o antropogénico, enfrentando la pérdida de sus miembros, infraestructura o entorno, de tal manera que la estructura social se desajusta y se impide el cumplimiento de las actividades esenciales de la sociedad, afectando el funcionamiento de los sistemas de subsistencia.
VIII. Ejecutor o Ejecutores, a las instancias responsables de llevar a cabo las obras y acciones apoyadas con recursos de este Programa.
IX. Entidades federativas, a los estados de la República Mexicana y el Distrito Federal.
X. Fenómenos Destructivos, a los fenómenos de carácter geológico o hidrometeorológico que pueden producir riesgo, emergencia o desastre. También se les denomina fenómenos perturbadores
XI. Fenómeno Geológico, a la calamidad que tiene como causa las acciones y movimientos violentos de la corteza terrestre. A esta categoría pertenecen los sismos o terremotos, las erupciones volcánicas, los tsunamis o maremotos y la inestabilidad de suelos, también conocida como movimientos de tierra, los que pueden adoptar diferentes formas: arrastre lento o reptación, deslizamiento, flujo o corriente, avalancha o alud, derrumbe y hundimiento.
XII. Fenómeno Hidrometeorológico, a la calamidad que se genera por la acción violenta de los agentes atmosféricos, tales como: huracanes, inundaciones pluviales, fluviales, costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y electricidad; heladas; sequías y las ondas cálidas y gélidas
XIII. Gobiernos Locales, son los estados y municipios participantes en el Programa
XIV. Municipios, Se refiere a los solicitantes de los recursos, incluyendo a las Delegaciones Políticas, como órganos político administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se dividen las entidades federativas y el Distrito Federal.
XV. Peligro, Probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente dañino de cierta intensidad, durante un cierto periodo y en un sitio determinado.
XVI. Perspectiva de Género, Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
XVII. Prevención, al conjunto de acciones y mecanismos implementados con antelación a la ocurrencia de los agentes perturbadores, con la finalidad de conocer los peligros o los riesgos, identificarlos, eliminarlos o reducirlos; evitar o mitigar su impacto destructivo sobre las personas, bienes, infraestructura, así como anticiparse a los procesos sociales de construcción de los mismos.
XVIII. Programa, al Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos.
XIX. Proyecto, a las obras o acciones que corresponden a una modalidad del Programa y que es apoyado con subsidios federales y locales.
XX. Proyectos urgentes e impostergables.- aquellas obras que no se pueden retrasar, debido que su construcción, evitaría un desastre o poner en riesgo la integridad de los Asentamientos humanos.
XXI. Reglamento de Construcción, al conjunto de regulaciones que rigen el diseño, construcción, materiales, remodelación y ocupación de cualquier estructura para la seguridad y el bienestar de la población. Los reglamentos de construcción incluyen estándares técnicos y funcionales.
XXII. Reglas, a las Reglas de Operación del Programa
XXIII. Riesgo, a los daños o pérdida probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad y la presencia de agente perturbador.
XXIV. Riesgo Global, cálculo formal del riesgo que pondera a los municipios o delegaciones políticas tomando en consideración las principales amenazas naturales (sismo, huracán, viento, marea, tormenta, volcánica, inundación y lluvia intensa) estimando el tamaño de las pérdidas máximas esperadas en los asentamientos humanos.
XXV. SEDATU, a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
XXVI. Sistema de Control en Línea, se refiere al Sistema de Información para el control de las obras y acciones, que será implementado por la Dirección General de Desarrollo Territorial, para todos los trámites relativos al Programa.
XXVII. Subsecretaría, a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
XXVIII. Terceros, Personas físicas o morales ajenas a los órdenes de gobierno, interesados en participar con aportación financiera en el desarrollo de obras o acciones enmarcadas en estas Reglas de
Operación.
XXIX. Unidad Responsable del Programa (URP), a la Dirección General de Desarrollo Territorial
XXX. Vulnerabilidad, a la susceptibilidad o propensión de un agente afectable a sufrir daños o pérdidas ante la presencia de un agente perturbador, determinado por factores físicos, sociales, económicos y ambientales.
Anexo II. Esquema de Contraloría Social
Objetivo.
Definir la estrategia conforme a la cual se realizarán las actividades de promoción de contraloría social, comprende lo siguiente:
Difusión.
El instrumento de difusión de la información del Programa, así como de los procedimientos para realizar las actividades de contraloría social será la página electrónica de la SEDATU: www.sedatu.gob.mx.
En la página electrónica de la SEDATU se podrán consultar la Guía de Trabajo de los Comités, la Guía Operativa de la Contraloría Social y el Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social.
Los Ejecutores serán los responsables de organizar la constitución de los Comités de Contraloría Social; de proporcionarles capacitación y asesoría, así como de captar sus cédulas de vigilancia trimestrales e informes anuales.
Capacitación y Asesoría.
La URP entregará a las delegaciones información, las capacitará y asesorará en las actividades de promoción de contraloría social. Las Delegaciones harán lo propio con los Ejecutores.
Las actividades de promoción de contraloría social consistirán en: entrega de información, otorgamiento de capacitación y asesoría, captación de cédulas de vigilancia y de informes, captación y atención a quejas y denuncias, así como seguimiento de los resultados en materia de contraloría social.
El Sistema Informático de la Secretaría de la Función Pública será el instrumento para el seguimiento de las actividades de contraloría social y de sus resultados, así como de la vinculación de estas actividades con el sistema de atención ciudadana de la SEDATU.
Seguimiento.
Los Comités de Contraloría Social elaborarán y entregarán a los Ejecutores las cédulas de vigilancia trimestrales y los informes anuales sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Los Ejecutores capturarán en el Sistema Informático el contenido de estos documentos.
Las Delegaciones o en su caso, la URP podrán convenir con los gobiernos municipales las siguientes actividades: la entrega a los Comités de Contraloría Social de información pública relacionada con el Programa; la organización y constitución de los Comités; la captura en el Sistema Informático de las cédulas de vigilancia trimestrales y los informes anuales, elaborados por los Comités.
Actividades de Coordinación.
Las Delegaciones podrán convenir con los órganos estatales y municipales de control las siguientes actividades: la capacitación y asesoría a los Comités; la recepción de quejas y denuncias presentadas por los Comités o los ciudadanos, así como su atención o canalización a las autoridades competentes; así como el seguimiento de las actividades a cargo de los gobiernos municipales y de los Comités en materia de contraloría social.
ANEXO III
EXPEDIENTE TECNICO
Se presentará el expediente técnico para cada tipo de proyecto solicitado
PARA LA REALIZACION DE ATLAS DE RIESGOS O PELIGROS
Modalidad de ejecución de obras y acciones | Documentos |
Invitación a Cuando Menos Tres Personas | Licitación pública |
|
Fase de aprobación |
x | x | Oficio de intención |
x | x | Documento de dos cuartillas máximo que, justifique la necesidad de las acciones propuestas y su vinculación con la prevención de desastres y la reducción de riesgos, |
x | x | Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se duplican recursos federales para acciones apoyadas por otros programas. |
x | x | Anexo Técnico de autorización |
x | x | Programa de ejecución de acciones por semanas. |
x | x | Anexo técnico que emite el sistema de control en línea, en su caso, el de modificación o cancelación. |
Procedimiento de contratación |
| x | a).-Convocatoria. |
x | | b).-Invitación a contratistas o prestadores de servicios. |
x | | c).-Cotizaciones comparativas en hojas membretadas. |
x | x | d).-Bases del concurso, términos de referencia. |
x | x | e) Garantía de cumplimiento de los trabajos contratados, así como de anticipos |
x | x | f).-Acta de Junta de aclaraciones. |
x | x | g).-Actas de apertura de propuestas. |
x | x | h).-Cuadros comparativos. |
x | x | i).-Dictamen técnico para emisión del fallo. |
x | x | j).-Acta del fallo del concurso. |
x | x | k).-Contrato suscrito por el contratista o prestador de servicios ganador de la adjudicación del proyecto, en su caso |
x | x | l) Nombre de la empresa y/o institución que elaborará los estudios y currícula del personal que acredite la capacidad técnica de elaboración de los proyectos. |
x | x | m).-Propuesta técnica y económica de la empresa adjudicada. |
Fase de ejecución y conclusión |
x | x | Avance físico y financiero trimestral capturado en el sistema de control en línea. |
x | x | Número de beneficiarios, previamente capturado en el sistema de control en línea |
x | x | Procedimiento de Revisión y Aseguramiento de Calidad de atlas de riesgos PRAH |
x | x | En su caso, Oficios de invitación a acto de entrega recepción. |
x | x | Acta de entrega recepción (contratista â ejecutor). |
x | x | Estimación de finiquito, en su caso. |
x | x | Anexo de finiquito financiero que emite el sistema de control en línea. |
PARA LA REALIZACION DE OBRAS DE MITIGACION
Modalidad de ejecución de obras y acciones | Documentos |
Administración directa | Contrato |
Adjudicación directa | Invitación a Cuando Menos Tres Personas | Licitación pública |
|
Fase de aprobación |
x | x | x | x | Oficio de intención |
x | x | x | x | Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se duplican recursos federales para acciones apoyadas por otros programas. |
x | x | x | x | Anexo técnico de autorización que emite el sistema de control en línea. |
x | x | x | x | Convenio que deberán suscribir dos o más municipios que presente un proyecto para aprobación. |
x | x | x | x | En su caso, copia certificada del acta o acuerdo de cabildo donde se aprueban las obras y acciones que se proponen para el ejercicio del recurso del PRAH, así como la suficiencia presupuestal para la aportación municipal. |
x | x | x | x | Estudios técnicos (mecánica de suelos, cálculo estructural, impacto ambiental, entre otros). |
x | x | x | x | Dictamen de factibilidad en el que se consideren los aspectos técnicos y sociales. |
x | x | x | x | En su caso, permisos de construcción, de usos de suelo, autorizaciones y licencias que correspondan. |
x | x | x | x | Proyecto ejecutivo de obra (Catálogo de conceptos de trabajo; especificaciones generales y particulares de construcción; conjunto de planos constructivos arquitectónicos y de ingeniería; memorias de cálculo y descriptivas, entre otras). |
x | x | x | x | Planos de macro y micro localización. |
x | x | x | x | Georreferenciación de obras y acciones |
x | x | x | x | Programa de ejecución de obras y acciones. |
x | | | | Programa de suministros. |
x | x | x | x | Presupuesto base (incluye presupuesto por capítulo, concepto y partida en obras y acciones). Anexando documentación soporte (Matrices). |
x | x | x | x | Acuerdo de coordinación |
x | x | x | x | Oficio de inversión o de solicitud de recursos. |
x | x | x | x | Anexo técnico de modificación o cancelación, en su caso. |
x | | | | Acuerdo administrativo de ejecución de la obra, que contenga: |
| | | | â¢Descripción pormenorizada de los trabajos a ejecutar. |
| | | | â¢Datos relativos a la autorización de la inversión respectiva. |
| | | | â¢Importe total de los trabajos. |
| | | | â¢Plazo de ejecución de los trabajos. |
| | | | â¢Identificación de las áreas y servidores públicos responsables de la autorización y ejecución de los trabajos. |
| | | | â¢Los proyectos de ingeniería y arquitectura u otros requeridos |
| | | | â¢Las normas de calidad y especificaciones de construcción. |
| | | | â¢Los programas de ejecución de los trabajos y de suministro o utilización de los insumos. |
| | | | â¢Lugar, fecha, nombre y firma del servidor público que emite el acuerdo. |
| | | | â¢Apegarse a lo establecido en el Título Cuarto , Artículos 70, 71, 72 y 73 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el Título Tercero, Artículos 258, 259, 260, 261 y 262 de su Reglamento. |
Procedimiento de contratación |
| | | x | a).-Convocatoria. |
| x | x | | b).-Invitación a contratistas o prestadores de servicios. |
| x | x | | c).-Cotizaciones comparativas en hojas membretadas. |
| | x | x | d).-Bases del concurso, términos de referencia. |
| x | x | x | e).-Acta de visita a la obra, en su caso. |
| | x | x | f).-Acta de Junta de aclaraciones. |
| | x | x | g).-Actas de apertura de propuestas. |
| | x | x | h).-Cuadros comparativos. |
| | x | x | i).-Dictamen técnico para emisión del fallo. |
| | x | x | j).-Acta del fallo del concurso. |
| x | x | x | k).-Contrato suscrito por el contratista o prestador de servicios ganador de la adjudicación del proyecto, en su caso |
| x | x | x | l).-Contrato suscrito con la empresa seleccionada para realizar los trabajos de supervisión externa, en su caso. |
x | x | x | x | m).-Propuesta técnica y económica de la empresa adjudicada. |
| x | x | x | n).-Garantías de cumplimiento de los trabajos contrados, así como de anticipos. |
Fase de ejecución y conclusión |
x | x | x | x | Bitácora de obra. |
| x | x | x | Estimaciones de obra (con factura). |
x | x | x | x | Números generadores, reportes fotográficos, pruebas de laboratorio etc. |
| x | x | x | Acta circunstanciada en su caso. |
| x | x | x | Dictamen técnico que fundamenta y justifica la suscripción del convenio modificatorio, así como la suficiencia presupuestal para autorizar dicho convenio en caso de constituirse por monto. |
| x | x | x | Convenio modificatorio. |
| x | x | x | Ajustes de costos, solicitud, documentación soporte, autorizaciones etc. |
x | x | x | x | Memoria fotografica del proyecto (antes durante y después de la ejecución del proyecto) previamente capturada en el Sistema en línea. Incluyendo las de letreros y placas. |
x | x | x | x | Avance físico y financiero trimestral capturado en el Sistema de control en línea. |
x | x | x | x | Número de beneficiarios, previamente capturado en el Sistema. |
| x | x | x | Oficio de terminación de obra emitido por el contratista. |
x | x | x | x | Oficios de invitación a acto de entrega recepción. |
| x | x | x | Acta de entrega recepción (contratista â ejecutor). |
| x | x | x | Estimación de finiquito, en su caso. |
| x | x | x | Acta de finiquito de obra. |
x | x | x | x | Garantía por vicios ocultos con vigencia de un año. |
x | x | x | x | Documentación comprobatoria del gasto (facturas, recibos, listas de raya, entre otros). |
x | x | x | x | formato de finiquito que emite el sistema de información en línea |
x | x | x | x | Cédula o formato resumen de la documentación comprobatoria del gasto (debidamente requisitada que incluya número de obra, fecha y número de factura o recibo, proveedor, registro federal de contribuyentes del proveedor, descripción del gasto, precio unitario y monto total), capturado en el Sistema. |
PARA LA REALIZACION DE CURSOS, TALLERES O ESTRATEGIAS DE DIFUSION
Modalidad de ejecución | Documentos |
Administración directa | Contrato o adjudicación directa |
|
|
Fase de aprobación |
x | x | Oficio de Intención |
x | x | Documento de tres cuartillas máximo que justifique claramente y de manera detallada la necesidad de las acciones propuestas con fines de prevención y mitigación de riesgos. |
x | x | Escrito bajo protesta de decir verdad que no se duplican recursos federales para acciones apoyadas por otros programas |
Fase de ejecución y conclusión |
x | x | Escrito de compromiso para contar con la aprobación de la URP antes de imprimir el Material Didáctico a utilizar. |
x | x | Escrito de compromiso para contar con la aprobación de la URP antes de imprimir el Material de Difusión para validación |
x | x | Descripción breve de Objetivo |
x | x | Experiencia de expositores |
x | x | meta |
x | x | temas |
x | x | estructura y esquema metodológico, |
x | x | evaluación del curso |
x | x | convocatoria |
x | x | Anexo técnico de autorización |
x | x | Copia certificada del acta o acuerdo de cabildo donde se aprueban las acciones que se proponen para el ejercicio del recurso del PRAH, así como la suficiencia presupuestal para la aportación municipal. |
x | x | Minuta de factibilidad en la que se consideren los aspectos técnicos y sociales, adjuntando la firma de los beneficiarios. |
x | x | Georreferenciación de acciones |
x | x | Calendario de Trabajo |
x | x | Oficio de Solicitud de Propuesta |
x | x | Oficio de asignación de número de expediente. |
x | x | Oficio de Autorización |
x | x | Oficio de Aprobación de la Delegación. |
x | x | Convenio que deberán suscribir dos o más municipios que presenten un proyecto para aprobación, en su caso. |
x | x | Acuerdo de coordinación |
x | x | Oficio de liberación de recursos. |
x | x | Anexo técnico de modificación o cancelación, en su caso. |
| CARPETA QUE INTEGRA: |
x | x | A. Beneficiario: especificar la población objetivo. |
x | x | B. Objetivo: deberá integrar en no más de cuatro renglones, la finalidad que tiene la acción y meta. |
x | x | C. Ubicación: georreferenciar, y adjuntar carta compromiso referente a la suficiencia de espacio y mobiliario. |
x | x | D. Fecha y duración de cada acción: integrar un programa de trabajo en el que se especifiquen los días en los que se realizará, así como los horarios de cada actividad a desarrollar. |
x | x | E. Currícula de Expositores: Integrar el currículum de (los) expositor (es), donde deben resaltar los aspectos relacionados con capacitación, cursos y formación en los temas relacionados; así como la experiencia que se tenga en capacitación. |
x | x | F. Meta: medir los resultados de la capacitación |
x | x | G. Temas: Integrar la lista de la temática del evento, contenido de cada apartado y el material didáctico. |
x | x | H. Estructura y esquema metodológico, presentar explicación breve del contenido de cada actividad. |
x | x | I. Material didáctico: integra el material didáctico a usar en la acción, y enlista el equipo a utilizar durante todo el evento. En caso de que no se cuente con él, especificar el contenido y las características del diseño; el equipo que se adquiera para la realización de cualquiera de las acciones, deberá quedar bajo resguardo del ejecutor o del municipio. |
x | x | J. Evaluación: presentar los criterios que se aplican para evaluar los conocimientos adquiridos por los beneficiarios de la acción. |
x | x | K. Marco teórico-conceptual: presentar los conceptos e ideas de prevención de riesgos, que van a ser transmitidos, desarrollados, analizados y discutidos durante el evento. |
x | x | L. Bibliografía: en caso que exista, se integrará un apartado referente a la bibliografía enunciando los libros, revistas, periódicos, direcciones electrónicas o cualquier documento utilizado en la acción. |
x | x | M. Convocatoria: Diseño del tipo y la forma de cómo se realizará la convocatoria y la selección de (los) medio (s). Hacer un análisis preliminar de cuáles son los medios más adecuados para difusión de la acción, incluyendo: ⢠Los recursos económicos con los que se cuenta, ⢠El alcance e impacto de los medios a utilizar, ⢠Las necesidades y características del público seleccionado (cultural, socioeconómico y grupos de edad). ⢠Contar con el visto bueno de la Unidad de Comunicación Social que aplique. |
x | x | N. Inscripción: explicar la logística de inscripción para la acción. |
x | x | O. Controles: especificar cómo realizará el control de asistencia de la población beneficiada y del instructor. |
PARA LA REALIZACION DE REFORESTACION
Modalidad de ejecución | Documentos |
Administració n directa | Contrato |
Adjudicación directa | Invitación a Cuando Menos Tres Personas | Licitación Pública |
|
Fase de aprobación |
x | x | x | x | Oficio de Intención |
x | x | x | x | Documento de tres cuartillas máximo que justifique claramente y de manera detallada la necesidad de las acciones propuestas con fines de prevención y mitigación de riesgos. |
x | x | x | x | Escrito bajo protesta de decir verdad que no se duplican recursos federales para acciones apoyadas por otros programas |
Fase de ejecución y conclusión |
x | x | x | x | Prediagnóstico que integre: ⢠Justificación la necesidad de la acción ⢠El análisis con soporte fotográfico y planos. ⢠Definición y análisis de suelo y de la especie a sembrar. ⢠Minuta de conciliación de la acción con comunidad y la firmas correspondientes |
x | x | x | x | Anexo técnico de autorización |
x | x | x | x | Convenio que deberán suscribir dos o más municipios que presenten un proyecto para aprobación, en su caso. |
x | x | x | x | Copia certificada del acta o acuerdo de cabildo donde se aprueban las obras y acciones que se proponen para el ejercicio del recurso del PRAH, así como la suficiencia presupuestal para la aportación municipal. |
x | x | x | x | Georreferenciación de la obra |
x | x | x | x | Programa de ejecución de obras y acciones. |
x | x | x | x | Programa de suministros. |
x | x | x | x | Presupuesto base (incluye presupuesto por capítulo, concepto y partida en obras y acciones). |
x | x | x | x | *Acuerdo administrativo de ejecución de la obra, que contenga: |
x | x | x | x | â¢Descripción pormenorizada de los trabajos a ejecutar. |
x | x | x | x | â¢Datos relativos a la autorización de la inversión respectiva. |
x | x | x | x | â¢Importe total de los trabajos. |
x | x | x | x | â¢Plazo de ejecución de los trabajos. |
x | x | x | x | â¢Identificación de las áreas y servidores públicos responsables de la autorización y ejecución de los trabajos. |
x | x | x | x | â¢Los proyectos de ingeniería y arquitectura u otros requeridos |
x | x | x | x | â¢Las normas de calidad y especificaciones de construcción. |
x | x | x | x | â¢Los programas de ejecución de los trabajos y de suministro o utilización de los insumos. |
x | x | x | x | â¢Lugar, fecha, nombre y firma del servidor público que emite el acuerdo. |
x | x | x | x | â¢Apegarse a lo establecido en el Título Cuarto , Artículos 70, 71, 72 y 73 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el Título Tercero, Artículos 258, 259, 260, 261 y 262 de su Reglamento. |
|
x | x | x | x | Bitácora de obra. |
x | x | x | x | Estimaciones de obra (con factura). |
x | x | x | x | Números generadores, reportes fotográficos, pruebas de laboratorio etc. |
x | x | x | x | Acta circunstanciada en su caso. |
x | x | x | x | Dictamen técnico que fundamenta y justifica la suscripción del convenio modificatorio, así como la suficiencia presupuestal para autorizar dicho convenio en caso de constituirse por monto. |
x | x | x | x | Convenio modificatorio. |
x | x | x | x | Ajustes de costos, solicitud, documentación soporte, autorizaciones etc. |
x | x | x | x | Documento que contenga: ⢠Estudio de terreno ⢠Estrategia para reforestar ⢠Compromiso del mantenimiento ⢠Esquema de la acción |
x | x | x | x | Memoria fotográfica del proyecto (antes durante y después de la ejecución del proyecto) previamente capturada en el Sistema en línea. Incluyendo las de letreros y placas. |
x | x | x | x | Avance físico y financiero capturado en el Sistema en línea. |
x | x | x | x | Oficio de terminación de obra emitido por el contratista. |
x | x | x | x | Oficios de invitación a acto de entrega recepción. |
x | x | x | x | Acta de entrega recepción (contratista â ejecutor). |
x | x | x | x | Estimación de finiquito, en su caso. |
x | x | x | x | Finiquito de obra. |
x | x | x | x | Garantía por vicios ocultos con vigencia de un año. |
x | x | x | x | Documentación comprobatoria del gasto (facturas, recibos, listas de raya, entre otros). |
x | x | x | x | Cédula o formato resumen de la documentación comprobatoria del gasto (debidamente requisitada que incluya número de obra, fecha y número de factura o recibo, proveedor, registro federal de contribuyentes del proveedor, descripción del gasto, precio unitario y monto total), capturado en el Sistema en Línea. |
Anexo IV. Relación de Municipios con Riesgo Global
En este cuadro sólo se muestran los municipios con un índice de riesgo global alto y muy alto, el resto de los municipios con un índice de riesgo global medio, bajo y muy bajo, se publicarán en la siguiente página: www.sedatu.gob.mx.
ESTADO | CLAVE | MUNICIPIO O DELEGACIONES POLITICAS | INDICE DE RIESGO GLOBAL |
Baja California | 2002 | Mexicali | Muy alto |
Baja California Sur | 3008 | Los Cabos | Alto |
Campeche | 4002 | Campeche | Alto |
4003 | Carmen | Muy alto |
Colima | 6001 | Armería | Muy alto |
6002 | Colima | Muy alto |
6003 | Comala | Muy alto |
6004 | Coquimatlán | Muy alto |
6005 | Cuauhtémoc | Muy alto |
6006 | Ixtlahuacán | Alto |
6007 | Manzanillo | Muy alto |
6008 | Minatitlán | Alto |
6009 | Tecomán | Muy alto |
6010 | Villa de Alvarez | Muy alto |
Chiapas | 7005 | Amatán | Muy alto |
7006 | Amatenango de la Frontera | Alto |
7009 | Arriaga | Alto |
7010 | Bejucal de Ocampo | Alto |
7011 | Bella Vista | Alto |
7013 | Bochil | Alto |
7015 | Cacahoatán | Muy alto |
7018 | Coapilla | Muy alto |
7021 | Copainalá | Muy alto |
7025 | Chapultenango | Muy alto |
7029 | Chicoasén | Alto |
7032 | Escuintla | Alto |
7033 | Francisco León | Muy alto |
7034 | Frontera Comalapa | Alto |
7035 | Frontera Hidalgo | Alto |
7036 | La Grandeza | Alto |
7037 | Huehuetán | Muy alto |
7039 | Huitiupán | Alto |
7040 | Huixtla | Muy alto |
7042 | Ixhuatán | Muy alto |
7043 | Ixtacomitán | Muy alto |
7045 | Ixtapangajoya | Muy alto |
7047 | Jitotol | Alto |
7048 | Juárez | Muy alto |
7051 | Mapastepec | Alto |
7053 | Mazapa de Madero | Muy alto |
| 7054 | Mazatán | Alto |
| 7055 | Metapa | Muy alto |
| 7057 | Motozintla | Muy alto |
| 7060 | Ocotepec | Muy alto |
| 7061 | Ocozocoautla de Espinosa | Alto |
| 7062 | Ostuacán | Muy alto |
| 7063 | Osumacinta | Alto |
| 7067 | Pantepec | Muy alto |
| 7068 | Pichucalco | Muy alto |
| 7070 | El Porvenir | Alto |
| 7071 | Villa Comaltitlán | Alto |
| 7072 | Pueblo Nuevo Solistahuacán | Alto |
| 7073 | Rayón | Muy alto |
| 7074 | Reforma | Alto |
| 7078 | San Cristóbal de las Casas | Alto |
| 7079 | San Fernando | Alto |
| 7080 | Siltepec | Alto |
| 7084 | Solosuchiapa | Muy alto |
| 7085 | Soyaló | Alto |
| 7088 | Sunuapa | Muy alto |
| 7089 | Tapachula | Muy alto |
| 7090 | Tapalapa | Muy alto |
| 7091 | Tapilula | Muy alto |
| 7092 | Tecpatán | Alto |
| 7097 | Tonalá | Alto |
| 7101 | Tuxtla Gutiérrez | Muy alto |
| 7102 | Tuxtla Chico | Muy alto |
| 7103 | Tuzantán | Muy alto |
| 7105 | Unión Juárez | Muy alto |
| 7118 | San Andrés Duraznal | Alto |
Distrito Federal | 9002 | Azcapotzalco | Alto |
| 9003 | Coyoacán | Muy alto |
| 9004 | Cuajimalpa de Morelos | Muy alto |
| 9005 | Gustavo A. Madero | Alto |
| 9006 | Iztacalco | Muy alto |
| 9007 | Iztapalapa | Alto |
| 9008 | La Magdalena Contreras | Alto |
| 9009 | Milpa Alta | Alto |
| 9010 | Alvaro Obregón | Alto |
| 9011 | Tláhuac | Muy alto |
| 9012 | Tlalpan | Alto |
| 9013 | Xochimilco | Muy alto |
| 9014 | Benito Juárez | Muy alto |
| 9015 | Cuauhtémoc | Muy alto |
| 9016 | Miguel Hidalgo | Alto |
| 9017 | Venustiano Carranza | Alto |
Guanajuato | 11008 | Manuel Doblado | Alto |
Guerrero | 12001 | Acapulco de Juárez | Muy alto |
12011 | Atoyac de Alvarez | Alto |
12021 | Coyuca de Benítez | Alto |
12027 | Cutzamala de Pinzón | Muy alto |
12029 | Chilpancingo de los Bravo | Alto |
12038 | Zihuatanejo de Azueta | Muy alto |
12046 | Ometepec | Alto |
12048 | Petatlán | Alto |
12050 | Pungarabato | Alto |
12057 | Técpan de Galeana | Alto |
Hidalgo | 13013 | Atotonilco de Tula | Alto |
13016 | Cuautepec de Hinojosa | Alto |
13063 | Tepeji del Río de Ocampo | Alto |
13067 | Tezontepec de Aldama | Muy alto |
13069 | Tizayuca | Alto |
13074 | Tlaxcoapan | Alto |
Jalisco | 14003 | Ahualulco de Mercado | Alto |
14004 | Amacueca | Alto |
14006 | Ameca | Alto |
14007 | San Juanito de Escobedo | Alto |
14014 | Atoyac | Alto |
14015 | Autlán de Navarro | Muy alto |
14022 | Cihuatlán | Alto |
14023 | Zapotlán el Grande | Muy alto |
14024 | Cocula | Alto |
14032 | Chiquilistlán | Alto |
14034 | Ejutla | Alto |
14036 | Etzatlán | Alto |
14037 | El Grullo | Alto |
14038 | Guachinango | Alto |
14039 | Guadalajara | Alto |
14040 | Hostotipaquillo | Alto |
14052 | Juchitlán | Alto |
14054 | El Limón | Alto |
14055 | Magdalena | Alto |
14065 | Pihuamo | Alto |
14067 | Puerto Vallarta | Muy alto |
14075 | San Marcos | Alto |
14079 | Gómez Farías | Alto |
14082 | Sayula | Alto |
14085 | Tamazula de Gordiano | Alto |
| 14086 | Tapalpa | Alto |
| 14087 | Tecalitlán | Alto |
| 14099 | Tolimán | Muy alto |
| 14102 | Tonaya | Alto |
| 14103 | Tonila | Muy alto |
| 14106 | Tuxcacuesco | Alto |
| 14108 | Tuxpan | Muy alto |
| 14113 | San Gabriel | Muy alto |
| 14121 | Zapotiltic | Muy alto |
| 14122 | Zapotitlán de Vadillo | Muy alto |
México | 15001 | Acambay | Muy alto |
15002 | Acolman | Alto |
15003 | Aculco | Alto |
15005 | Almoloya de Juárez | Alto |
15006 | Almoloya del Río | Alto |
15009 | Amecameca | Muy alto |
15012 | Atizapán | Alto |
15013 | Atizapán de Zaragoza | Alto |
15014 | Atlacomulco | Muy alto |
15015 | Atlautla | Muy alto |
15017 | Ayapango | Alto |
15018 | Calimaya | Alto |
15019 | Capulhuac | Alto |
15020 | Coacalco de Berriozábal | Alto |
15022 | Cocotitlán | Alto |
15023 | Coyotepec | Alto |
15024 | Cuautitlán | Alto |
15025 | Chalco | Alto |
15026 | Chapa de Mota | Muy alto |
15027 | Chapultepec | Alto |
15028 | Chiautla | Alto |
15029 | Chicoloapan | Muy alto |
15030 | Chiconcuac | Alto |
15031 | Chimalhuacán | Alto |
15033 | Ecatepec de Morelos | Muy alto |
15034 | Ecatzingo | Muy alto |
15035 | Huehuetoca | Alto |
15037 | Huixquilucan | Alto |
15038 | Isidro Fabela | Muy alto |
15039 | Ixtapaluca | Muy alto |
15042 | Ixtlahuaca | Muy alto |
15043 | Xalatlaco | Alto |
15045 | Jilotepec | Alto |
15046 | Jilotzingo | Muy alto |
15047 | Jiquipilco | Muy alto |
| 15048 | Jocotitlán | Muy alto |
| 15050 | Juchitepec | Alto |
| 15051 | Lerma | Alto |
| 15053 | Melchor Ocampo | Alto |
| 15054 | Metepec | Alto |
| 15055 | Mexicaltzingo | Alto |
| 15056 | Morelos | Muy alto |
| 15057 | Naucalpan de Juárez | Alto |
| 15058 | Nezahualcóyotl | Muy alto |
| 15060 | Nicolás Romero | Muy alto |
| 15062 | Ocoyoacac | Alto |
| 15063 | Ocuilan | Alto |
| 15064 | El Oro | Muy alto |
| 15067 | Otzolotepec | Muy alto |
| 15068 | Ozumba | Muy alto |
| 15070 | La Paz | Muy alto |
| 15071 | Polotitlán | Alto |
| 15072 | Rayón | Alto |
| 15073 | San Antonio la Isla | Alto |
| 15074 | San Felipe del Progreso | Muy alto |
| 15076 | San Mateo Atenco | Alto |
| 15079 | Soyaniquilpan de Juárez | Alto |
| 15081 | Tecámac | Alto |
| 15083 | Temamatla | Alto |
| 15085 | Temascalcingo | Muy alto |
| 15087 | Temoaya | Muy alto |
| 15089 | Tenango del Aire | Alto |
| 15090 | Tenango del Valle | Alto |
| 15091 | Teoloyucán | Alto |
| 15093 | Tepetlaoxtoc | Alto |
| 15094 | Tepetlixpa | Muy alto |
| 15095 | Tepotzotlán | Alto |
| 15096 | Tequixquiac | Alto |
| 15098 | Texcalyacac | Alto |
| 15099 | Texcoco | Alto |
| 15101 | Tianguistenco | Alto |
| 15102 | Timilpan | Muy alto |
| 15103 | Tlalmanalco | Alto |
| 15104 | Tlalnepantla de Baz | Alto |
| 15106 | Toluca | Alto |
| 15108 | Tultepec | Alto |
| 15109 | Tultitlán | Alto |
| 15110 | Valle de Bravo | Alto |
| 15112 | Villa del Carbón | Muy alto |
| 15114 | Villa Victoria | Alto |
| 15115 | Xonacatlán | Muy alto |
| 15118 | Zinacantepec | Alto |
| 15120 | Zumpango | Alto |
| 15121 | Cuautitlán Izcalli | Alto |
| 15122 | Valle de Chalco Solidaridad | Muy alto |
Michoacán de Ocampo | 16006 | Apatzingán | Alto |
16009 | Ario | Muy alto |
16012 | Buenavista | Alto |
16017 | Contepec | Alto |
16019 | Cotija | Alto |
16021 | Charapan | Muy alto |
16023 | Chavinda | Alto |
16024 | Cherán | Alto |
16025 | Chilchota | Alto |
16029 | Churumuco | Muy alto |
16033 | Gabriel Zamora | Muy alto |
16035 | La Huacana | Alto |
16043 | Jacona | Alto |
16047 | Jungapeo | Muy alto |
16052 | Lázaro Cárdenas | Muy alto |
16055 | Múgica | Muy alto |
16056 | Nahuatzen | Alto |
16057 | Nocupétaro | Alto |
16058 | Nuevo Parangaricutiro | Muy alto |
16059 | Nuevo Urecho | Muy alto |
16064 | Parácuaro | Alto |
| 16065 | Paracho | Muy alto |
16068 | Peribán | Muy alto |
16070 | Purépero | Alto |
16075 | Los Reyes | Muy alto |
16079 | Salvador Escalante | Alto |
16082 | Tacámbaro | Alto |
16083 | Tancítaro | Muy alto |
16084 | Tangamandapio | Alto |
16085 | Tangancícuaro | Alto |
16087 | Taretan | Muy alto |
16090 | Tingambato | Muy alto |
16091 | Tingindín | Alto |
16093 | Tlalpujahua | Alto |
16094 | Tlazazalca | Alto |
16095 | Tocumbo | Alto |
16097 | Turicato | Muy alto |
16102 | Uruapan | Muy alto |
16104 | Villamar | Alto |
16108 | Zamora | Alto |
16111 | Ziracuaretiro | Muy alto |
Morelos | 17002 | Atlatlahucan | Muy alto |
17003 | Axochiapan | Alto |
17004 | Ayala | Alto |
17006 | Cuautla | Muy alto |
17007 | Cuernavaca | Alto |
17008 | Emiliano Zapata | Alto |
17009 | Huitzilac | Alto |
17010 | Jantetelco | Alto |
17011 | Jiutepec | Alto |
17013 | Jonacatepec | Alto |
17016 | Ocuituco | Muy alto |
17018 | Temixco | Alto |
17019 | Tepalcingo | Alto |
17020 | Tepoztlán | Muy alto |
17022 | Tetela del Volcán | Muy alto |
17023 | Tlalnepantla | Alto |
17024 | Tlaltizapán | Alto |
17026 | Tlayacapan | Muy alto |
17027 | Totolapan | Muy alto |
17029 | Yautepec | Alto |
17030 | Yecapixtla | Muy alto |
17031 | Zacatepec | Alto |
17032 | Zacualpan | Muy alto |
17033 | Temoac | Muy alto |
Nayarit | 18002 | Ahuacatlán | Alto |
18003 | Amatlán de Cañas | Muy alto |
18004 | Compostela | Alto |
18006 | Ixtlán del Río | Muy alto |
18007 | Jala | Muy alto |
18008 | Xalisco | Muy alto |
18009 | Del Nayar | Alto |
18011 | Ruíz | Alto |
18013 | San Pedro Lagunillas | Muy alto |
18014 | Santa María del Oro | Muy alto |
18015 | Santiago Ixcuintla | Alto |
18017 | Tepic | Muy alto |
18018 | Tuxpan | Alto |
18020 | Bahía de Banderas | Alto |
Nuevo León | 19039 | Monterrey | Alto |
19046 | San Nicolás de los Garza | Alto |
Oaxaca | 20014 | Ciudad Ixtepec | Muy alto |
20043 | Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza | Alto |
20059 | Miahuatlán de Porfirio Díaz | Muy alto |
20067 | Oaxaca de Juárez | Alto |
20068 | Ocotlán de Morelos | Muy alto |
20079 | Salina Cruz | Alto |
20087 | San Agustín Yatareni | Muy alto |
20103 | San Antonino Castillo Velasco | Alto |
20115 | San Bartolo Coyotepec | Alto |
20124 | San Blas Atempa | Alto |
20157 | San Jacinto Amilpas | Muy alto |
20174 | Animas Trujano | Alto |
20184 | San Juan Bautista Tuxtepec | Muy alto |
20227 | San Lorenzo Cacaotepec | Muy alto |
20293 | San Pablo Etla | Muy alto |
20318 | San Pedro Mixtepec -Dto. 22 - | Alto |
20350 | San Sebastián Tutla | Muy alto |
20385 | Santa Cruz Xoxocotlán | Alto |
20390 | Santa Lucía del Camino | Muy alto |
20401 | Santa María Colotepec | Alto |
20409 | Santa María del Tule | Alto |
20427 | Santa María Petapa | Alto |
20441 | Santa María Xadani | Alto |
20482 | Santiago Pinotepa Nacional | Alto |
20553 | Tlalixtac de Cabrera | Alto |
20565 | Villa de Zaachila | Alto |
Puebla | 21001 | Acajete | Muy alto |
21004 | Acatzingo | Muy alto |
21005 | Acteopan | Muy alto |
21007 | Ahuatlán | Alto |
21010 | Ajalpan | Muy alto |
21012 | Aljojuca | Muy alto |
21013 | Altepexi | Muy alto |
21015 | Amozoc | Muy alto |
21019 | Atlixco | Muy alto |
21020 | Atoyatempan | Alto |
21021 | Atzala | Alto |
21022 | Atzitzihuacán | Muy alto |
21023 | Atzitzintla | Muy alto |
21026 | Calpan | Muy alto |
21033 | Cohuecan | Muy alto |
21034 | Coronango | Muy alto |
21038 | Cuapiaxtla de Madero | Muy alto |
21040 | Cuautinchán | Muy alto |
21041 | Cuautlancingo | Muy alto |
| 21044 | Cuyoaco | Alto |
| 21045 | Chalchicomula de Sesma | Muy alto |
| 21046 | Chapulco | Alto |
| 21048 | Chiautzingo | Muy alto |
| 21050 | Chichiquila | Muy alto |
| 21051 | Chietla | Alto |
| 21058 | Chilchotla | Muy alto |
| 21060 | Domingo Arenas | Muy alto |
| 21062 | Epatlán | Alto |
| 21063 | Esperanza | Muy alto |
| 21065 | General Felipe Angeles | Muy alto |
| 21066 | Guadalupe | Muy alto |
| 21067 | Guadalupe Victoria | Muy alto |
| 21069 | Huaquechula | Muy alto |
| 21070 | Huatlatlauca | Alto |
| 21074 | Huejotzingo | Muy alto |
| 21079 | Huitziltepec | Alto |
| 21083 | Ixtacamaxtitlán | Alto |
| 21085 | Izúcar de Matamoros | Alto |
| 21090 | Juan C. Bonilla | Muy alto |
| 21093 | Lafragua | Muy alto |
| 21094 | Libres | Alto |
| 21095 | La Magdalena Tlatlauquitepec | Alto |
| 21096 | Mazapiltepec de Juárez | Muy alto |
| 21097 | Mixtla | Muy alto |
| 21098 | Molcaxac | Alto |
| 21099 | Cañada Morelos | Muy alto |
| 21102 | Nealtican | Muy alto |
| 21103 | Nicolás Bravo | Alto |
| 21104 | Nopalucan | Muy alto |
| 21105 | Ocotepec | Alto |
| 21106 | Ocoyucan | Muy alto |
| 21108 | Oriental | Muy alto |
| 21110 | Palmar de Bravo | Muy alto |
| 21114 | Puebla | Muy alto |
| 21115 | Quecholac | Muy alto |
| 21116 | Quimixtlán | Muy alto |
| 21117 | Rafael Lara Grajales | Muy alto |
| 21118 | Los Reyes de Juárez | Muy alto |
| 21119 | San Andrés Cholula | Muy alto |
| 21120 | San Antonio Cañada | Alto |
| 21121 | San Diego la Mesa Tochimiltzingo | Muy alto |
| 21122 | San Felipe Teotlalcingo | Muy alto |
| 21125 | San Gregorio Atzompa | Muy alto |
| 21128 | San José Chiapa | Muy alto |
| 21130 | San Juan Atenco | Muy alto |
| 21131 | San Juan Atzompa | Alto |
| 21132 | San Martín Texmelucan | Muy alto |
| 21133 | San Martín Totoltepec | Alto |
| 21134 | San Matías Tlalancaleca | Alto |
| 21136 | San Miguel Xoxtla | Muy alto |
| 21137 | San Nicolás Buenos Aires | Muy alto |
| 21138 | San Nicolás de los Ranchos | Muy alto |
| 21140 | San Pedro Cholula | Muy alto |
| 21142 | San Salvador el Seco | Muy alto |
| 21143 | San Salvador el Verde | Muy alto |
| 21144 | San Salvador Huixcolotla | Muy alto |
| 21148 | Santa Isabel Cholula | Muy alto |
| 21149 | Santiago Miahuatlán | Muy alto |
| 21150 | Huehuetlán el Grande | Alto |
| 21151 | Santo Tomás Hueyotlipan | Muy alto |
| 21152 | Soltepec | Muy alto |
| 21153 | Tecali de Herrera | Muy alto |
| 21154 | Tecamachalco | Muy alto |
| 21156 | Tehuacán | Alto |
| 21159 | Teopantlán | Alto |
| 21161 | Tepanco de López | Alto |
| 21163 | Tepatlaxco de Hidalgo | Muy alto |
| 21164 | Tepeaca | Muy alto |
| 21165 | Tepemaxalco | Muy alto |
| 21166 | Tepeojuma | Muy alto |
| 21168 | Tepexco | Muy alto |
| 21170 | Tepeyahualco | Alto |
| 21171 | Tepeyahualco de Cuauhtémoc | Alto |
| 21174 | Teziutlán | Alto |
| 21175 | Tianguismanalco | Muy alto |
| 21176 | Tilapa | Alto |
| 21177 | Tlacotepec de Benito Juárez | Alto |
| 21179 | Tlachichuca | Muy alto |
| 21180 | Tlahuapan | Alto |
| 21181 | Tlaltenango | Muy alto |
| 21182 | Tlanepantla | Alto |
| 21185 | Tlapanalá | Muy alto |
| 21188 | Tochimilco | Muy alto |
| 21189 | Tochtepec | Alto |
| 21193 | Tzicatlacoyan | Alto |
| 21195 | Vicente Guerrero | Alto |
| 21201 | Xochiltepec | Alto |
| 21203 | Xochitlán Todos Santos | Alto |
| 21205 | Yehualtepec | Alto |
| 21208 | Zacatlán | Alto |
| 21212 | Zautla | Alto |
Querétaro de Arteaga | 22001 | Amealco de Bonfil | Alto |
Quintana Roo | 23001 | Cozumel | Muy alto |
23003 | Isla Mujeres | Alto |
23005 | Benito Juárez | Muy alto |
23008 | Solidaridad | Muy alto |
Sinaloa | 25001 | Ahome | Alto |
25006 | Culiacán | Alto |
25012 | Mazatlán | Alto |
Sonora | 26048 | Puerto Peñasco | Alto |
26070 | General Plutarco Elías Calles | Alto |
Tabasco | 27004 | Centro | Muy alto |
27008 | Huimanguillo | Alto |
27009 | Jalapa | Alto |
27014 | Paraíso | Alto |
27015 | Tacotalpa | Alto |
27016 | Teapa | Muy alto |
Tamaulipas | 28009 | Ciudad Madero | Alto |
28022 | Matamoros | Alto |
28038 | Tampico | Alto |
Tlaxcala | 29001 | Amaxac de Guerrero | Muy alto |
| 29002 | Apetatitlán de Antonio Carvajal | Muy alto |
| 29003 | Atlangatepec | Alto |
| 29004 | Atltzayanca | Muy alto |
| 29005 | Apizaco | Muy alto |
| 29007 | El Carmen Tequexquitla | Muy alto |
| 29008 | Cuapiaxtla | Muy alto |
| 29009 | Cuaxomulco | Muy alto |
| 29010 | Chiautempan | Muy alto |
| 29011 | Muñoz de Domingo Arenas | Alto |
| 29012 | Españita | Alto |
| 29013 | Huamantla | Muy alto |
| 29014 | Hueyotlipan | Alto |
| 29015 | Ixtacuixtla de Mariano Matamoros | Muy alto |
| 29016 | Ixtenco | Muy alto |
| 29017 | Mazatecochco de José María Morelos | Muy alto |
| 29018 | Contla de Juan Cuamatzi | Muy alto |
| 29019 | Tepetitla de Lardizábal | Muy alto |
| 29020 | Sanctórum de Lázaro Cárdenas | Alto |
| 29021 | Nanacamilpa de Mariano Arista | Alto |
| 29022 | Acuamanala de Miguel Hidalgo | Muy alto |
| 29023 | Natívitas | Muy alto |
| 29024 | Panotla | Muy alto |
| 29025 | San Pablo del Monte | Muy alto |
| 29026 | Santa Cruz Tlaxcala | Muy alto |
| 29027 | Tenancingo | Muy alto |
| 29028 | Teolocholco | Muy alto |
| 29029 | Tepeyanco | Muy alto |
| 29030 | Terrenate | Muy alto |
| 29031 | Tetla de la Solidaridad | Muy alto |
| 29032 | Tetlatlahuca | Muy alto |
| 29033 | Tlaxcala | Muy alto |
| 29034 | Tlaxco | Alto |
| 29035 | Tocatlán | Muy alto |
| 29036 | Totolac | Muy alto |
| 29037 | Ziltlaltépec de Trinidad Sánchez Santos | Muy alto |
| 29038 | Tzompantepec | Muy alto |
| 29039 | Xaloztoc | Muy alto |
| 29040 | Xaltocan | Muy alto |
| 29041 | Papalotla de Xicohténcatl | Muy alto |
| 29042 | Xicohtzinco | Muy alto |
| 29043 | Yauhquemehcan | Muy alto |
| 29044 | Zacatelco | Muy alto |
| 29045 | Benito Juárez | Alto |
| 29046 | Emiliano Zapata | Alto |
| 29047 | Lázaro Cárdenas | Muy alto |
| 29048 | La Magdalena Tlaltelulco | Muy alto |
| 29049 | San Damián Texóloc | Muy alto |
| 29050 | San Francisco Tetlanohcan | Muy alto |
| 29051 | San Jerónimo Zacualpan | Muy alto |
| 29052 | San José Teacalco | Muy alto |
| 29053 | San Juan Huactzinco | Muy alto |
| 29054 | San Lorenzo Axocomanitla | Muy alto |
| 29055 | San Lucas Tecopilco | Alto |
| 29056 | Santa Ana Nopalucan | Muy alto |
| 29057 | Santa Apolonia Teacalco | Muy alto |
| 29058 | Santa Catarina Ayometla | Muy alto |
| 29059 | Santa Cruz Quilehtla | Muy alto |
| 29060 | Santa Isabel Xiloxoxtla | Muy alto |
Veracruz de Ignacio de la Llave | 30003 | Acayucan | Alto |
30006 | Acultzingo | Muy alto |
30008 | Alpatláhuac | Muy alto |
30011 | Alvarado | Alto |
30012 | Amatitlán | Alto |
30014 | Amatlán de los Reyes | Muy alto |
30015 | Angel R. Cabada | Muy alto |
30018 | Aquila | Muy alto |
30019 | Astacinga | Alto |
30020 | Atlahuilco | Alto |
| 30021 | Atoyac | Alto |
| 30022 | Atzacan | Muy alto |
| 30024 | Tlaltetela | Alto |
| 30025 | Ayahualulco | Alto |
| 30026 | Banderilla | Alto |
| 30028 | Boca del Río | Alto |
| 30029 | Calcahualco | Muy alto |
| 30030 | Camerino Z. Mendoza | Muy alto |
| 30031 | Carrillo Puerto | Alto |
| 30032 | Catemaco | Muy alto |
| 30038 | Coatepec | Alto |
| 30039 | Coatzacoalcos | Muy alto |
| 30041 | Coetzala | Alto |
| 30043 | Comapa | Alto |
| 30044 | Córdoba | Muy alto |
| 30046 | Cosautlán de Carvajal | Alto |
| 30047 | Coscomatepec | Muy alto |
| 30048 | Cosoleacaque | Alto |
| 30052 | Cuichapa | Alto |
| 30059 | Chinameca | Alto |
| 30062 | Chocamán | Muy alto |
| 30068 | Fortín | Muy alto |
| 30071 | Huatusco | Alto |
| 30073 | Hueyapan de Ocampo | Alto |
| 30074 | Huiloapan de Cuauhtémoc | Muy alto |
| 30077 | Isla | Alto |
| 30079 | Ixhuacán de los Reyes | Alto |
| 30080 | Ixhuatlán del Café | Alto |
| 30081 | Ixhuatlancillo | Muy alto |
| 30082 | Ixhuatlán del Sureste | Alto |
| 30085 | Ixtaczoquitlán | Muy alto |
| 30087 | Xalapa | Alto |
| 30089 | Jáltipan | Alto |
| 30092 | Xico | Alto |
| 30093 | Jilotepec | Alto |
| 30097 | Lerdo de Tejada | Muy alto |
| 30098 | Magdalena | Muy alto |
| 30099 | Maltrata | Muy alto |
| 30101 | Mariano Escobedo | Muy alto |
| 30104 | Mecayapan | Alto |
| 30108 | Minatitlán | Alto |
| 30110 | Mixtla de Altamirano | Alto |
| 30113 | Naranjal | Alto |
| 30115 | Nogales | Muy alto |
| 30116 | Oluta | Alto |
| 30117 | Omealca | Alto |
| 30118 | Orizaba | Muy alto |
| 30120 | Oteapan | Muy alto |
| 30127 | La Perla | Muy alto |
| 30128 | Perote | Alto |
| 30131 | Poza Rica de Hidalgo | Alto |
| 30135 | Rafael Delgado | Muy alto |
| 30136 | Rafael Lucio | Muy alto |
| 30137 | Los Reyes | Alto |
| 30138 | Río Blanco | Muy alto |
| 30139 | Saltabarranca | Muy alto |
| 30140 | San Andrés Tenejapan | Muy alto |
| 30141 | San Andrés Tuxtla | Muy alto |
| 30143 | Santiago Tuxtla | Muy alto |
| 30145 | Soconusco | Alto |
| 30146 | Sochiapa | Alto |
| 30147 | Soledad Atzompa | Muy alto |
| 30149 | Soteapan | Alto |
| 30159 | Tehuipango | Alto |
| 30162 | Tenampa | Alto |
| 30164 | Teocelo | Alto |
| 30165 | Tepatlaxco | Alto |
| 30168 | Tequila | Alto |
| 30171 | Texhuacán | Alto |
| 30178 | Tlacotalpan | Alto |
| 30179 | Tlacotepec de Mejía | Alto |
| 30184 | Tlaquilpa | Alto |
| 30185 | Tlilapan | Muy alto |
| 30186 | Tomatlán | Muy alto |
| 30193 | Veracruz | Alto |
| 30195 | Xoxocotla | Alto |
| 30196 | Yanga | Alto |
| 30199 | Zaragoza | Alto |
| 30200 | Zentla | Alto |
| 30201 | Zongolica | Alto |
| 30204 | Agua Dulce | Alto |
| 30208 | Carlos A. Carrillo | Alto |
| 30209 | Tatahuicapan de Juárez | Alto |
Yucatán | 31044 | Kinchil | Alto |
31050 | Mérida | Alto |
31059 | Progreso | Muy alto |
31089 | Ticul | Alto |
31102 | Valladolid | Alto |
Anexo V. Indicadores del Programa
Indicadores de Propósito |
Nivel de Objetivo | Nombre del Indicador | Fórmula | Unidad de medida | Frecuencia de medición |
Propósito | Porcentaje de acciones realizadas en municipios de alto y muy alto riesgo para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo, mediante la elaboración y/o, actualización de atlas, estudios y reglamentos | (Número de acciones realizadas en municipios de alto y muy alto riesgo para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo mediante la elaboración y/o, actualización de atlas, estudios y reglamentos / Total de municipios de alto y muy alto riesgo)*100. | Porcentual | Trimestral |
Propósito | Porcentaje de municipios de alto y muy alto riesgo que realizan obras y acciones de prevención y mitigación de riesgos | (Municipios de alto y muy alto riesgo que realizaron obras y acciones de prevención y mitigación de riesgos/ Total de municipios de alto y muy alto riesgo)*100. | Porcentual | Anual |
Indicadores de Componente |
Componente | Porcentaje de municipios de alto y muy alto riesgo, que cuentan con atlas actualizado en al menos tres años | (Municipios de alto y muy alto riesgo, que cuentan con atlas actualizado en al menos tres años/ Total de municipios con un alto y muy alto riesgo)*100. | Acciones | Anual |
Actividad | Porcentaje de proyectos para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo, en municipios de alto y muy alto riesgo, validados con respecto al total de municipios de alto y muy alto riesgo. | (Número de proyectos validados para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo en municipios de alto y muy alto riesgo /Total de municipios de alto y muy alto riesgo)*100. | Acciones | Trimestral |
Actividad | Acciones de seguimiento y supervisión de proyectos, para desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo | Suma de acciones de seguimiento y supervisión realizadas. | Acciones | Anual |
Anexo VI. Diagrama de mecánica de operación
ANEXO VII
Oficio No. .................
H. AYUNTAMIENTO DE...............
Asunto: Oficio de Intención
Fecha ...............
C. ......................................
DELEGADO DE LA SEDATU EN EL ESTADO DE
PRESENTE
Con fundamento en los numerales 3.3.1 y 3.3.2 del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos (PRAH), publicadas en el Diario Oficial de la Federación para el ejercicio fiscal 2013, me permito enviarle la presente solicitud de acceso a los recursos del Programa.
El ingreso a este programa federal, tendrá el objetivo de cofinanciar la __________________ (elaboración o ejecución) de _______________________ (nombre del o proyecto preventivo propuesto). Dicho proyecto responderá a las necesidades de prevención y mitigación de riesgos de este municipio. De igual forma solicito acceso al sistema de información en línea con permisos de captura en PRAH para el personal a mi cargo que se menciona enseguida:
NOMBRE DE SOLICITANTE | CARGO | CORREO ELECTRONICO | TELEFONO |
| | | |
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE
H. PRESIDENTE MUNICIPAL DE.............
c.c.p.- _______________.-Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio.- Presente
_______________.- Director General de Desarrollo Territorial.- Presente
______________________________
1 Elizabeth Mansilla Menendez "Diagnóstico Nacional de los Asentamientos Humanos ante el Riesgo de Desastres" México, D.F. Julio, 2009.