PROGRAMA Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018B

PROGRAMA Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018.

PROGRAMA INTEGRAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA
CONTRA LAS MUJERES 2014-2018
NDICE
MARCO NORMATIVO
CAPTULO I. DIAGNSTICO
CAPTULO II. ALINEACIN A LAS METAS NACIONALES
CAPTULO III. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LNEAS DE ACCIN
CAPTULO IV. INDICADORES
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES QUE PARTICIPAN EN LA EJECUCIN DEL PROGRAMA
TRANSPARENCIA
SIGLAS Y ACRNIMOS
GLOSARIO
ANEXO 1. CORRESPONDENCIA DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES PARTICIPANTES POR ESTRATEGIA DEL PIPASEVM
MARCO NORMATIVO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Instrumentos internacionales
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador".
Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité contra la Tortura, de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Enmiendas a los artículos 17 párrafo 7 y 18 párrafo 5 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo.
Retiro de la Declaración Interpretativa a favor de las Personas con Discapacidad, formulada por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos al depositar su instrumento de ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar todas las Formas de Violencia contra las Mujeres, "Convención de Belém do Pará".
Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer.
Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer.
Convención Internacional con el objeto de asegurar una protección eficaz contra el Tráfico Criminal conocido bajo el nombre de Trata de Blancas.
Convención Internacional para la supresión de la trata de mujeres y menores.
Convención Internacional relativa a la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad.
Protocolo que modifica el Convenio para la represión de la trata de mujeres y niños, concluido en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y el Convenio para la represión de la trata de mujeres mayores de edad, concluido en la misma ciudad el 11 de octubre de 1933.
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
 
Convención relativa a la esclavitud.
Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud.
Protocolo que Enmienda la Convención sobre la Esclavitud, firmada en Ginebra el 25 de septiembre de 1926.
Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios.
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Retiro de la Declaración Interpretativa que el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos formuló al aprobar la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Convención sobre Nacionalidad de la Mujer.
Retiro de la Reserva que el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos formuló al aprobar la Convención sobre Nacionalidad de la Mujer.
Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada.
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo.
Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer.
Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (Convenio de la Organización Internacional del Trabajo, 1989).
Convenio Internacional con el fin de asegurar una protección efectiva contra el Tráfico Criminal conocido bajo el nombre de Trata de Blancas.
Convenio (Número 100) relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y femenina por un trabajo de igual valor (Convenio de la Organización Internacional del Trabajo, 1951).
Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena y Protocolo Final.
Convenio relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación (Convenio Número 111 de la Organización Internacional del Trabajo, 1958).
Convenio relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio (Convenio Número 29 de la Organización Internacional del Trabajo, 1930).
Convenio sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación (Convenio Número 182 de la Organización Internacional del Trabajo, 1999).
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Retiro Parcial de la Reserva que el Gobierno de México formuló al artículo 25 Inciso B) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Declaraciones y otros documentos internacionales
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
Declaración Sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Declaración Sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado.
Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder.
 
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, 1995.
Declaración y Programa de Acción aprobado por la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 1994.
Declaración y el Programa de Acción de Viena, Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 1993.
Consenso de México, IX Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, 2004.
Consenso de Quito, X Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, 2007.
Consenso de Brasilia, XI Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, 2010.
Consenso de Santo Domingo, XII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, 2013.
Objetivos de Desarrollo del Milenio, Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas, Nueva York, 2000.
Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones.
Programa de Acción Regional para las Mujeres de América Latina y el Caribe (1994).
Programa Interamericano sobre la Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Género (2000).
Recomendaciones y otras resoluciones de organizaciones internacionales
Conclusiones Acordadas en el 57o. Periodo de Sesiones de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, 2013.
Documentos finales de las Conferencias Mundiales sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (México, 1975; Copenhague, 1980; Nairobi, 1985, y Beijing, 1995).
Estudio a Fondo sobre todas las Formas de Violencia contra la Mujer, División para el Adelanto de la Mujer del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría de las Naciones Unidas, 2006.
Informe del Comité Especial Plenario del Vigésimo Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, 2000.
Informe final sobre México, Mecanismo de Seguimiento para la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar Erradicar la Violencia Contra la Mujer (MESECVI), Cuarta Conferencia de Estados Parte, 2012.
Observaciones finales del Comité de Expertas de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres a los Séptimo y Octavo Informes consolidados de México, 2012.
Recomendación General 19, adoptada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 11o. periodo de sesiones, 1992.
Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok).
Segundo Informe Hemisférico sobre la implementación de la Convención de Belém do Pará, Mecanismo de Seguimiento para la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar Erradicar la Violencia Contra la Mujer (MESECVI), 2012.
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Fernández Ortega y Otros vs. México (30 de agosto del 2010).
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso González y otras ("Campo Algodonero") vs. México (16 de noviembre del 2009).
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Rosendo Cantú y Otra vs. México (31 de agosto de 2010).
Leyes
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
 
Ley de Planeación.
Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Ley Federal de Archivos.
Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Ley General de Víctimas.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Reglamentos
Reglamento de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Reglamento de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Reglamento Interior del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Decretos
Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Acuerdos
 
Acuerdo 01/2013 por el que se emiten los Lineamientos para dictaminar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
Acuerdo por el que se adecuan las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Gobernación.
Nota Aclaratoria al Acuerdo por el que se adecuan las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Gobernación, publicado el 19 de octubre de 2012.
Acuerdo por el que se establecen las Bases del mecanismo de colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, para el diseño y construcción de manera conjunta, de políticas públicas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo político del país.
Lineamientos
Lineamientos generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Lineamientos generales y normas técnicas para el funcionamiento del Sistema de Compilación de las Disposiciones Jurídicas aplicables al Poder Ejecutivo Federal para su difusión a través de la red electrónica de datos.
Lineamientos que habrán de observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la publicación de las obligaciones de transparencia señaladas en el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Plan y programas
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
Programa Nacional de Procuración de Justicia 2013-2018.
Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018.
Programa para Democratizar la Productividad 2013-2018.
Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018.
Programa Sectorial de Defensa Nacional 2013-2018.
Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018.
Programa Sectorial de Educación 2013-2018.
Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018.
Programa Sectorial de Salud 2013-2018.
Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2013-2018.
CAPTULO I. DIAGNSTICO
Las manifestaciones de violencia contra las mujeres y las niñas en lo privado y lo público, se han registrado desde los años noventa. Sin embargo, fue hasta 2003 cuando se realizaron las primeras encuestas nacionales en materia de violencia contra las mujeres, tales como, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2003 (ENDIREH 2003), que realizó el Instituto Nacional de las Mujeres con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), y la Encuesta Nacional sobre Violencia contra las Mujeres 2003 (ENVIM 2003) de la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de Salud Pública. Aunque tienen metodologías distintas, en el caso de la violencia física de pareja, la prevalencia fue similar: 9.3 en la ENDIREH 2003(1) y 9.8 en la ENVIM 2003(2). Estas encuestas pusieron de manifiesto que la violencia contra las mujeres no era un fenómeno aislado, sino que afectaba a un importante número de mujeres, con lo cual se dejó de ver como un problema de carácter privado y se reconoció como un problema público, formando parte de la agenda gubernamental.
De acuerdo con la última encuesta del INEGI(3), 62.7% de las mujeres de 15 años o más han padecido, al menos, un incidente de violencia en cualquier ámbito y momento de su vida.
 

Como se desprende de la gráfica anterior, los actos de violencia en contra de las mujeres son ejercidos por diversos sujetos con quienes las mujeres establecen relaciones, desde los más cercanos como la pareja y familiares, personas no tan cercanas como directivos o compañeros de trabajo, autoridades y personal de los centros o instituciones educativas, hasta desconocidos.
Este clima de violencia no sólo ha generado señalamientos por parte de organismos internacionales, sino que casos particulares han llegado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). En efecto, el tribunal interamericano ha sentenciado en seis ocasiones al Estado mexicano. La mitad de estas sentencias se refieren a violaciones a los derechos humanos de las mujeres: González y otras ("Campo Algodonero"), Fernández Ortega y Rosendo Cantú.
No obstante, en México existe un compromiso para adoptar políticas públicas y medidas legislativas de acción afirmativa necesarias para eliminar disposiciones legales y otro tipo de obstáculos, valores y prácticas sociales que discrimen a las mujeres y a las niñas, o que reproducen situaciones de desigualdad o marginación.
De ahí la importancia de seguir fortaleciendo los mecanismos legales y administrativos que permitan de manera directa y sin escatimar esfuerzos, garantizar los derechos humanos de las mujeres, para erradicar las causas de violencia, armonizando los contenidos legislativos nacionales y estableciendo estrategias para impulsar la transformación cultural hacia la no violencia contra las mujeres.
En este sentido, a continuación se enumeran las principales falencias que deben ser atendidas por el Gobierno para garantizar los derechos humanos de las mujeres:
1.    Insuficiente armonización legislativa y escasa cultura de la no violencia contra las mujeres.
a.    Insuficiente armonización legislativa para contribuir al acceso a una vida libre de violencia para las mujeres.
La protección de los derechos humanos incluyendo los de mujeres y niñas, es un eje rector y transversal de la política nacional del Estado mexicano. Durante los últimos años se ha desarrollado un robusto marco normativo para su protección, partiendo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la misma y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección.
Además, indica que los derechos humanos deberán garantizarse favoreciendo la protección más amplia a las personas, a la luz de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Igualmente, el mismo precepto prohíbe tajantemente cualquier tipo de discriminación que atente contra la dignidad humana y que tenga por objeto anular los derechos y libertades de las personas.
Aunado a ello, México se ha adherido a instrumentos internacionales derivados de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, cuyos mecanismos de seguimiento son parte sustancial del sistema universal. La CEDAW, la Plataforma de Acción de Beijing, el Plan de Acción de la Conferencia de El Cairo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará y las Metas de Desarrollo del Milenio, los cuales se han convertido en una guía para el Estado mexicano en materia de igualdad y erradicación de la violencia contra las mujeres y obligan a plantear políticas públicas en los tres poderes de la Unión y en los tres órdenes de gobierno. Es importante mencionar que el Estado mexicano debe rendir cuentas e informar avances ante estas instancias.
Partiendo de ese espíritu, en México existen dos leyes que han tenido una vocación transformadora en la tutela de los derechos de las mujeres: (i) en primer lugar, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la cual sienta las bases para garantizar la igualdad formal y sustantiva entre mujeres y hombres, y desarrolla mecanismos institucionales para el cumplimiento de dicho objetivo; y (ii) en segundo lugar, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ordenamiento que busca erradicar todas las formas de violencia en contra de las mujeres, para lo cual se creó el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (SNPASEVM) y es la base para elaborar el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (PIPASEVM).
Ambas leyes parten del reconocimiento de que la existencia de normas no basta, aunque sin duda contribuye para generar una cultura de respeto a los derechos de las mujeres. Estos instrumentos normativos, mecanismos y sistemas que de ellas se desprenden, norman la participación de distintas autoridades de los tres órdenes de gobierno para que, en colaboración con la sociedad civil, generen un cambio social.
Las leyes precitadas deben entenderse en conjunto con los instrumentos emitidos para la protección de diversos grupos en situación de vulnerabilidad, como las niñas y niños, las personas con discapacidad, las indígenas y las migrantes, que deben ser aplicadas e interpretadas en conjunto con las disposiciones emitidas para la protección de los diversos grupos enunciados en la Ley General de Víctimas, pues cada uno de estos ordenamientos refiere la necesidad de adoptar la perspectiva de género.
La falta de armonización de leyes estatales en relación con la legislación federal (que cumple con los mandatos internacionales) en materia de derechos humanos de las mujeres, da lugar a tratamientos diferenciados que constituyen un impedimento para garantizar su acceso a la justicia, principalmente cuando las legislaciones de las entidades federativas del país siguen contemplando disposiciones que atentan contra el derecho de las mujeres a no ser violentadas en su persona.
A manera de ejemplo, en algunos ordenamientos jurídicos estatales, la privación de la libertad con propósitos sexuales, el rapto y el estupro todavía consideran como mecanismos de reparación del daño el matrimonio, con niñas a partir de los 12 años de edad. Del mismo modo, el hostigamiento sexual no ha sido legislado como delito en todos los códigos penales y sus sanciones pueden ser de tres días de prisión a una multa de 20 días de salario mínimo. Asimismo, el abuso sexual se enmascara bajo distintas denominaciones en los estados, como "impudicia", "atentados al pudor" y "actos libidinosos", cuyo bien jurídico tutelado es la moral o las buenas costumbres, en lugar de la integridad de la persona y el derecho a una vida libre de violencia. Igualmente, en materia de homicidios cometidos en contra de mujeres se admiten atenuantes mediante las figuras de "emoción violenta" o "razones de honor".
Respecto a la tipificación del feminicidio, en la LGAMVLV se definió por primera vez la violencia feminicida como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. Si bien, a partir de ese momento algunas entidades federativas comenzaron a incorporar este tipo penal en sus ordenamientos jurídicos, no fue sino hasta el 30 de abril de 2012 cuando el Poder Legislativo Federal aprobó una serie de reformas en materia de delitos contra las mujeres, entre las que se ubicó la tipificación del feminicidio en el artículo 325 del Código Penal Federal.
Hasta enero de 2014, 30 entidades federativas y el Distrito Federal habían incorporado la figura del feminicidio en sus respectivas legislaciones. No obstante, sigue faltando una plena armonización con el Código Penal Federal ya que en algunos casos, no se tiene un tipo debidamente homologado o las probanzas de las causales son extremadamente difíciles de realizar porque involucran cuestiones subjetivas y suponen la acreditación de un delito previo.
Por ello, sigue siendo necesario fomentar mecanismos que permitan implementar acciones para que las diversas normas que regulan estos comportamientos atípicos en las entidades federativas, se armonicen con la legislación federal y diversos tratados internacionales, con la finalidad de crear condiciones que eviten en los tres órdenes de gobierno la violencia contra las mujeres.
b.          Cultura de la desigualdad de género y violencia contra las mujeres
 
La violencia contra las mujeres que más afecta es aquella que ocurre en el ámbito de lo familiar o de las relaciones cercanas, como la violencia de pareja. De acuerdo con los datos de la ENDIREH 2011:
·         De las mujeres de 15 años o más que han tenido al menos una pareja, 47% han sido agredidas por la actual o última pareja en algún momento de su vida marital o durante su relación o noviazgo.
·         En las mujeres casadas o en unión la prevalencia de violencia de pareja es aún más alta, alcanzando a casi la mitad de ellas (49.3%).
·         37.2% de las mujeres que han sostenido una relación sin cohabitar con su pareja, fueron víctimas de violencia.
·         45 de cada cien mujeres de 15 años y más han experimentado actos de violencia de agresores distintos a la pareja.
La prevalencia de actos de violencia emocional, física y sexual en lo familiar, también es alta:
·         42.4% sufrió agresiones emocionales o psicológicas.
·         24.5% fue víctima de violencia económica.
·         13.5% sufrió alguna agresión física; de éstas, 16.2% de mujeres casadas o unidas padecieron ataques de extrema gravedad a lo largo de su relación y 5.1% recibió atención médica o psicológica en los últimos 12 meses.
·         7.3% fue víctima de alguna forma de violencia sexual.
Estos tipos de violencias suelen generar problemas graves de salud mental, angustia, depresión y baja autoestima que pueden derivar en comportamientos suicidas como una forma de liberación. Así, según la información de la ENDIREH 2011, 8.1% de las mujeres casadas o en unión libre violentadas por su pareja han pensado en quitarse la vida, y de ellas 38.8% lo intentó, por lo menos, en una ocasión.
De acuerdo con la ENDIREH 2011, entre las mujeres de 15 años y más que en el último año han sufrido violencia por parte de su pareja, existen las siguientes creencias:
·         17.7% está de acuerdo en que "una esposa debe obedecer a su esposo o pareja en todo lo que él ordene".
·         15.4% cree que "es obligación de la mujer tener relaciones sexuales con su esposo o pareja".
·         29.3% considera que "si hay golpes o maltratos en la casa es un asunto de familia y ahí debe quedar".
En otro contexto, es importante mencionar que la falta de atención en grupos en situación de vulnerabilidad y, en específico, en las comunidades indígenas se ha incrementado. Así, 8.1 millones de mujeres indígenas viven en condiciones de violencia familiar, abusos y agresiones a su integridad física y moral, además de la falta de acceso a servicios de salud y educación, de acuerdo con lo reportado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en su Agenda Nacional 2013 (ANDH)(4).
Una forma de violencia común en estas comunidades son los matrimonios forzados cuya práctica es frecuente. La Encuesta de Salud y Derechos de las Mujeres Indígenas (ENSADEMI 2008, INSALUD/CONADI) reveló que además de sufrir golpes y humillaciones de manera muy frecuente (97 y 87%) por parte de padres de ambos sexos (48.5% de los padres y 45.2% de las madres), las indígenas son víctimas de abuso sexual (7%) y violencia en la infancia (26%).
Por otra parte, en el "Estudio Nacional sobre las Fuentes, Orígenes y Factores que Producen y Reproducen la Violencia contra las Mujeres"(5) se presenta un análisis sobre la reproducción de la violencia contra las mujeres y sus mecanismos de legitimación en los medios de comunicación en México. Al respecto, se señala que la televisión es el medio que reproduce más contenidos de violencia contra las mujeres: 33% del total de programas, excluyendo los noticieros; 82.4% de los contenidos de este tipo de violencia se concentra en cuatro géneros mediáticos: "talk shows", telenovelas, mini dramas y revistas de entretenimiento. En ellos, el tema de las mujeres violentadas se utiliza sistemáticamente, ya que aparece en un 56.3% de las emisiones como eje de la historia o parte del programa.
Esto ha generado que prevalezca la noción de que la víctima es la responsable de la violencia que es ejercida en su contra, y que depende de su esfuerzo y entereza superarla. También, dicho estudio reporta que la violencia contra las mujeres es usada como estrategia de marketing para ganar audiencias y que los conductores de programas y revistas de farándula reproducen escenas de violencia verbal, física o sexual entre ellos, en contexto de broma y diversión, banalizando y perpetuando la percepción social de que la
violencia que viven las mujeres es un asunto menor.
2.          Violencia en contra de las mujeres en el sector educativo, laboral y en el Sistema Nacional de Salud.
a)          Sector educativo
Las prácticas de la violencia se reproducen, amplían, aprenden y transmiten de generación en generación, por lo que las personas que han sufrido o presenciado violencia en su temprana edad, tienen una elevada probabilidad de convertirse en víctimas, victimarios o ambos, independientemente de su sexo.(6)
La prevalencia de prácticas de acoso (bullying), riñas y agresiones físicas fueron señaladas por 47% de los escolares de ambos sexos en primarias y secundarias. Más del 30% de los agresores son varones, de suerte que las agresiones físicas entre compañeros escolares alcanzaron a 33 de cada cien niños y 30 de cada cien niñas en primarias. Por otro lado, el 41.7% de las niñas señalaron haber sido maltratadas y humilladas por sus compañeros y el 6.8% por sus propios maestros o maestras(7) .
Aunado a lo anterior, México se encuentra entre los siete países de América Latina con mayores porcentajes de bullying en las escuelas secundarias. En este aspecto, las prácticas de la violencia contra y entre las niñas, adolescentes o púberes mexicanos, parecen naturalizarse.
Asimismo, una barrera de carácter cultural que pudiera detonar la violencia de género y contra las mujeres es el rezago escolar y el nivel académico de la población. El censo refiere que del total de las personas entre 5 y 17 años de edad, 8.9% están fuera del sistema educativo, de las cuales 48% son mujeres y 52% son hombres. La eficiencia terminal de secundaria y media superior es del 84% y 65% respectivamente, y el promedio de estudios alcanzado de la población mexicana es de 9 años, es decir de nivel secundaria.
El Informe Nacional sobre Violencia de Género en la Educación Básica en México en 2009(8), ofrece un panorama sobre las concepciones misóginas que tienen los niños y las niñas sobre la asignación de roles con base en el sexo. Dicho informe, refiere que 50.1% de los niños de primaria está de acuerdo con que "el hombre es el que manda y decide lo que le conviene a la familia"; asimismo, 31.7% de las niñas opinan lo mismo, 79.2% de las niñas y los niños está de acuerdo en que "el hombre es el que debe tener la mayor responsabilidad para traer el dinero al hogar". Además, 60.3% de los adolescentes y 54.8% de las adolescentes en nivel de secundaria están de acuerdo en que "la mujer es la que tiene que cuidarse para no quedar embarazada".
El informe reflejó que las situaciones que las niñas y los niños comentan suceden en sus hogares, por ejemplo 42.8% de niños y niñas de 4o. y 5o. de primaria mencionaron "En casa mi papá manda", en 4.5% de los casos mencionan "...mi papá le pega a mi mamá".
A lo largo de su infancia, niños y niñas incorporan valores y tendencias de comportamiento que se consolidarán en su adultez. Así, este estudio indagó sobre distintas situaciones que pudieran constituir agresiones en contra de las mujeres en las escuelas, reflejando que los principales generadores de violencia psicológica, fueron varones. Respecto a las agresiones físicas 32% del alumnado de sexto de primaria entrevistado, señaló haber recibido dichas agresiones de parte de los varones y tan sólo 19% por parte de las mujeres.
Los actos de violencia contra las niñas y adolescentes cobran altas cuotas en el ámbito escolar. Esta modalidad de violencia se refiere a situaciones de discriminación, hostigamiento, acoso y abuso sexual experimentadas en los planteles educativos.
Estos comportamientos reflejan la necesidad de implementar políticas públicas integrales para garantizar la prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas en el sector educativo, ya que es ahí en donde puede generarse una mayor incidencia y cambio en las personas para promover masculinidades no violentas.
b)          Sistema Nacional de Salud
 
El Sistema Nacional de Salud debe tener un papel decisivo en la prevención de la violencia contra la mujer, contribuyendo a la detección temprana de los malos tratos, proporcionando a las víctimas el tratamiento requerido y canalizando a las mujeres a los servicios idóneos para facilitarles la atención e información necesarias.
Asimismo, una de las principales herramientas con las que cuenta el Sistema Nacional de Salud, es la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres (NOM-046). Criterios para la prevención y atención, la cual tiene por objeto establecer los criterios a observar en la detección, prevención, atención médica y la orientación que se proporciona a las y los usuarios de los servicios de salud en general, y en particular a quienes se encuentren involucradas en situaciones de violencia familiar o sexual, así como en la notificación de los casos(9).
Esta NOM es de observancia obligatoria para las instituciones del Sistema Nacional de Salud, su incumplimiento puede dar origen a diversas sanciones de tipo penal, civil o administrativo según corresponda, conforme a las disposiciones legales aplicables(10).
c)          Sector laboral
Según datos de la ENDIREH 2011, los espacios laborales son el tercer ámbito donde las mujeres son violentadas en sus derechos humanos; 26 de cada 100 asalariadas que trabajaron enfrentaron actos de discriminación laboral.
En 2011, 19.3% de las mexicanas fueron víctimas de acoso y 91.3% de discriminación, de éstas últimas 53.4% declaró tener menos oportunidades que un hombre para ascender de nivel o puesto, 52.1% mencionó que le pagaron menos que a un hombre por el mismo trabajo o puesto, y 27.9% dijo que le exigieron una prueba de embarazo, tal como se muestra en la siguiente gráfica.
Gráfica 2
Porcentaje de mujeres de 15 años y más que declararon haber trabajado y enfrentado algún acto de
discriminación por tipo 2011

A partir de los años ochenta, la participación de las mujeres en los sectores productivos creció aceleradamente ante la necesidad de aportar al ingreso familiar por la pérdida del poder adquisitivo salarial. Actualmente 38.3%(11) de la Población Económicamente Activa (PEA) está constituida por mujeres, la
mayoría de ellas desempeñan una doble jornada porque además de su empleo son responsables de las labores domésticas.
Pocas mujeres son las que gozan de condiciones laborales adecuadas; 38% de las jóvenes con licenciatura no ejercen su carrera, dos de cada tres profesionistas ganan menos de tres salarios mínimos y las tasas de desocupación son más altas en las mujeres con mayor instrucción(12).
Muchas de ellas son madres, lo que les impide ascender a puestos de mayor jerarquía y se les castiga por no tener disponibilidad de tiempo, viajar o cambiar de residencia. A esto se suma que son altamente susceptibles a ser víctimas de hostigamiento o acoso sexual por parte de sus compañeros y superiores. Sufren lo que las especialistas han llamado el "Techo de cristal" que hace referencia metafóricamente al tope invisible generado por estereotipos y las construcciones culturales de la sociedad a través del tiempo, que las mismas mujeres se auto asignan en su crecimiento profesional y laboral.
En este sentido el 15.6% de todas las mujeres casadas que han trabajado alguna vez en su vida o que han solicitado empleo, confirman que sí les han pedido una prueba de embarazo, como requisito para la selección e ingreso. Por otra parte, 3.4% de todas las mujeres han sufrido alguna repercusión por haberse embarazado, tales como disminución del salario, despido o la no renovación del contrato.
d)          Comportamiento violento en contra de las mujeres en la comunidad y Seguridad ciudadana
La tercera Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE-2013)(13), refiere que los problemas de mayor preocupación que reconoce la población de 18 años y más son la inseguridad, desempleo, aumento de precios y la pobreza.
La preocupación por su seguridad tiene razones y causas objetivas que se encuentran vinculadas directamente con las condiciones de su entorno social, territorial, económico y particularmente las relacionadas con las acciones que los tres órdenes de gobierno llevan a cabo para cumplir con su encomienda básica de garantizar su seguridad y con lo que de manera inmediata la población percibe y recibe.
En algunos espacios públicos dentro de las ciudades se ha recrudecido particularmente la violencia en los últimos años. La percepción de inseguridad está más arraigada en las mujeres, pues suelen pasar más tiempo en su comunidad con el temor de ser agredidas sexualmente.
En el ámbito comunitario, en el transporte público o zonas de esparcimiento, son también frecuentes los eventos de violencia hacia las mujeres. Como resultado del crecimiento de las actividades criminales, la violencia hacia las mujeres se ha incrementado ya sea en forma de trata, desapariciones, violaciones, o feminicidios, aunque también los asaltos y robos en contra de mujeres han crecido en los espacios públicos, sobre todo de ciudades con más de un millón y medio de habitantes.
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE, INEGI 2013), refiere que 2% de la población femenina encuestada mayor de 18 años, dijo haber sido victimizada por delitos sexuales (hostigamiento, manoseo, exhibicionismo, intento de violación y violación sexual); asimismo de acuerdo a la ENDIREH 2011, 31.8% de las mujeres declaró haber vivido alguna situación de violencia en los espacios públicos a lo largo de su vida. De cada cien mujeres que experimentaron violencia comunitaria 86 fueron víctimas de intimidación; 38 sufrieron abuso sexual y 87 agresiones físicas.
En el caso de la forma más extrema de violencia hacia las mujeres que es la privación de la vida, de acuerdo con las Estadísticas Vitales de la Secretaría de Salud, los cuerpos de mujeres cuyo Certificado de Defunción indicaba haber sufrido un homicidio pasaron de 1,214 en 2004 a 2,590 en 2012. Esto explica que la percepción de inseguridad esté más extendida entre las mujeres.
Por lo anterior, las mujeres han modificado sus rutinas cotidianas y se inhiben de hacer uso de los espacios públicos, lo que repercute negativamente en su bienestar y limita sus posibilidades de desarrollo educativo, laboral, social y el ejercicio pleno de su ciudadanía.
3.          Escasos servicios de atención a mujeres y niñas víctimas de violencia.
A pesar de las políticas públicas que hasta este momento se han realizado para atender la violencia contra las mujeres y niñas, algunas en colaboración con la sociedad civil, aún queda un largo camino por recorrer para que todas ellas tengan acceso integral a los servicios que proporciona el Estado.
 
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha observado una serie de fallas en el funcionamiento de los programas de gobierno destinados a prestar servicios multidisciplinarios e integrales a las víctimas de la violencia, en las que México no está exento. Entre los problemas se destaca la falta de coordinación y colaboración entre los programas; deficiencias en la provisión de los servicios interdisciplinarios requeridos por las víctimas; la falta de recursos para hacer sostenible su funcionamiento; y su limitada cobertura geográfica. Igualmente, la CIDH destaca la necesidad de legitimar, proteger y apoyar la labor de las organizaciones no gubernamentales que prestan servicios interdisciplinarios a las víctimas de violencia, a través de recursos financieros y de políticas públicas, especialmente en lo que se refiere a la provisión de información sobre la forma de interponer denuncias ante actos de violencia contra las mujeres y sobre la forma de acceder a una tutela judicial efectiva(14).
Algunas de las instituciones de gobierno que tienen como mandato promover y proteger los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, son las que muchas veces se encuentran influidas por un sistema simbólico, discursivo y práctico en el que perpetúa la dominación masculina; esto lo vemos reflejado en negligencia, ausencia de registros, obstáculos y deficiencias en el acceso a los servicios que proporcionan dichas instituciones y, por consiguiente, en una deficiente impartición de justicia.
Por su parte, la Ley General de Víctimas (LGV)(15) incluye obligaciones en materia de igualdad de género e impone al Estado el deber de atender a las víctimas con un enfoque diferencial y especializado, conforme al cual las autoridades deban tomar en cuenta la edad, sexo, etnia, condición de discapacidad, orientación sexual y otras características de las víctimas, además de reconocer el derecho a que las políticas públicas en la materia tengan un enfoque transversal de género y diferencial, particularmente en la atención a la infancia, los adultos mayores y la población indígena. Lo anterior, es particularmente relevante ya que empodera a las mujeres y niñas víctimas para superar su condición de vulnerabilidad, defenderse y nunca más ser victimizadas y solamente podrá lograrse si en la atención se toman en cuenta las características particulares de la desigualdad de género que constituyen la base de su victimización.
Finalmente, la violación reiterada y sistemática de sus derechos humanos, tales como el acceso a los programas de vivienda, alimentación, educación y al ámbito laboral, puede considerarse institucionalizada, pues frente al rezago social las acciones de los gobiernos no han sido suficientes para remontar tales inequidades. Dicho rezago determina un acceso limitado a los servicios de atención y de procuración de la justicia, hecho que dificulta la reparación del daño en los casos de violencia.
4.          Acceso limitado a la justicia para las mujeres.
De acuerdo con los datos de la ENVIPE 2013, en 2012 ocurrieron 27.7 millones de delitos (27,769 ,447). Los más frecuentes fueron los de robo o asalto en calle o transporte público (28.6%); extorsión (21.6%); seguidos por los de robo parcial y total de vehículo (14.3%); amenazas verbales (10.3%); fraude (9.4%); robo en casa habitación (7.6%); lesiones (3.9%) y otros delitos (3.0%) que incluyen secuestro y delitos sexuales (hostigamiento, manoseo, exhibicionismo, intento de violación y violación sexual), de los cuales en un 78.6%, las víctimas fueron mujeres.
Asimismo, de las mujeres y hombres de 18 años y más que declararon haber sido víctimas de algún delito, sólo 12 de cada 100 acudieron ante el Ministerio Público a presentar una denuncia, lo cual quiere decir que 88% de los delitos ocurridos durante 2012, no se denunciaron y no existe ningún registro ministerial que dé cuenta de los mismos.
Finalmente, las mujeres enfrentan obstáculos particulares para acceder a la justicia. De acuerdo con el informe "Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas" de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en los países de la región existen graves deficiencias en la respuesta judicial y la debida diligencia en los casos de violencia contra las mujeres.
a)          Inadecuada procuración de justicia para mujeres en situación de violencia
De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el país se interponen casi 15,000 denuncias por violación al año, a las cuales no corresponde una cantidad similar de averiguaciones previas que hayan concluido con la detención del presunto culpable y, eventualmente, con una sentencia condenatoria.
Según la CIDH(16), México debe proveer recursos judiciales idóneos para remediar las violaciones de derechos humanos denunciadas. Para tal efecto, se deben remover los obstáculos normativos, sociales o económicos que impiden o limitan la posibilidad de acceso a la justicia, los cuales resultan particularmente graves en el caso de las mujeres.
 
En este sentido, el derecho internacional establece tres obligaciones básicas: i) respetar los derechos protegidos; ii) reconocer y garantizar el goce de estos derechos a las personas que se encuentran bajo su jurisdicción; y iii) adoptar las medidas necesarias para hacerlos efectivos(17).
Así, la violencia de género y, en general, la omisión de garantizar los derechos humanos de las mujeres, además de que pueden conllevar la emisión de sentencias condenatorias en contra del Estado mexicano, constituyen un tema de gobernabilidad democrática. Es un deber del Estado visualizarla como uno de los grandes problemas nacionales y, por consiguiente, darle a su prevención y erradicación un lugar y un presupuesto en la agenda política nacional de la administración federal(18).
Lo anterior, se refuerza por lo dispuesto en la Convención de Belém do Pará, tratado internacional que establece obligaciones para el Estado mexicano en casos de violencia contra las mujeres, entre las cuales se encuentran las de establecer mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer víctima de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación.
En este sentido, el Comité de Expertas de la CEDAW recomendó, en su último informe al Estado mexicano, desarrollar diversas medidas, entre las que destacan la elaboración de un registro oficial sistemático de desapariciones forzadas; simplificar los procedimientos existentes para activar el Protocolo Alba; normalizar los protocolos de investigación policial para el feminicidio en todo el país; e informar sin demora a las familias de las víctimas sobre los hechos ocurridos y el desarrollo de las investigaciones.
Finalmente, en nuestro país el tema de reparación del daño a mujeres víctimas de violencia ha presentado graves dificultades en el sistema penal, en gran medida por la falta de datos que proporcionen de manera específica un panorama real sobre la incidencia delictiva, visibilizando la magnitud y la intensidad de la violencia.
b)          Insuficientes servicios de justicia para atender a mujeres en situación de violencia
En México, las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 y 10 de junio de 2011, significaron la aplicación de un nuevo paradigma en la administración de justicia que favorece a los derechos de las personas; sin embargo, su implementación en el Sistema de Justicia Mexicano, se ha enfrentado a distintos retos y dificultades, siendo particularmente relevantes aquéllas que se han presentado con motivo de las decisiones emitidas por juezas y jueces quienes, con base en estas reformas, realizan interpretaciones que, en adición a la solución del problema jurídico sometido a su consideración, exigen la implementación de acciones y medidas de política pública de compleja instrumentación. Si bien esta situación ha representado un reto para la tutela de los derechos humanos en general, ha sido frecuente la emisión de sentencias que ordenan la implementación de políticas públicas u otras acciones análogas para proteger los derechos de las mujeres.
Ahora bien, partiendo del nuevo paradigma constitucional, lo interesante de las sentencias antes descritas es que evidencian un renovado compromiso de las instituciones de procuración e impartición de justicia con la atención integral al problema de la violencia de género. Esto supone, en primer lugar, la exigencia de que en México las instituciones de procuración e impartición de justicia y aquéllas que prestan servicios a las víctimas de violaciones a derechos humanos en general y de las mujeres en particular, generen âo faciliten el ejercicio deârecursos legales internos capaces de reparar el daño, tomando en consideración los estándares más altos para la protección y defensa de los derechos humanos establecidos en los instrumentos internacionales ratificados por México. En segundo lugar, el nuevo paradigma constitucional ha puesto un fundamental énfasis en la necesidad de que nuestras juezas y jueces actúen con perspectiva de género, lo que implica cuestionar la aparente neutralidad de las normas, así como tomar en consideración los efectos diferenciados que las normas tienen cuando se aplican a hombres y a mujeres, dado el arreglo social en torno al género, es decir, justo en razón de esta asignación diferenciada de roles, tareas y valoraciones. Este problema de igualdad sustancial en la impartición de justicia fue recientemente abordado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el amparo directo en revisión 1464/2013.
Una de las respuestas actuales del Estado mexicano para reducir los obstáculos que enfrentan las mujeres víctimas de violencia y sus familias, así como para mejorar los servicios interdisciplinarios para que las mujeres puedan acceder a la justicia, es la creación de Centros de Justicia para las Mujeres (CJM). stos centros se crearon como respuesta a la falta de acceso a la justicia que enfrentan las mujeres en nuestro país; son espacios donde se integran bajo un mismo techo diferentes instancias gubernamentales y de la sociedad
civil para brindar atención de manera integral, interinstitucional y multidisciplinaria, en aras de facilitarles el acceso a éstos servicios. Parte fundamental de la labor de estos centros es el otorgamiento de asesoría, acompañamiento y patrocinio legal, pues así se podrá fomentar una efectiva cultura de denuncia de los delitos en un ambiente de seguridad y protección.
La concentración de servicios de salud médica y psicológica, de procuración de justicia y del poder judicial, así como la prestación de servicios sociales y económicos, son necesarios para impulsar el empoderamiento de las mujeres. Al respecto, debe ponerse especial énfasis en la necesidad de brindar capacitación, ofertar esquemas de inserción laboral, acompañamiento para la obtención de créditos con proyectos productivos y de subsidios para la construcción o remodelación de la vivienda.
Para fortalecer todo lo anterior, es indispensable la participación de los gobiernos estatales y municipales, la creación de unidades integrales (refugios, casas de acogida, centros de atención a las mujeres, casas de mujeres, centros de justicia, entre otros) con la finalidad de ofrecer a las víctimas de cualquier tipo de violencia, centros integrales de atención y justicia para mujeres y niñas víctimas en el país, fomentando con ello una cultura de la denuncia y de reducción de la impunidad.
5.          Limitada coordinación institucional en materia de violencia contra las mujeres.
Una vez implementadas las acciones principales de la política pública en materia de combate a la violencia contra las mujeres, es primordial dar seguimiento a los esfuerzos enmarcados mediante el vínculo y cooperación de la Sociedad Civil, los tres órdenes de gobierno y los diversos actores competentes. En este sentido, la consolidación y coordinación institucional en el rubro de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, permitirá que dichas acciones integrales cumplan su cometido.
Asimismo, la creación de herramientas informáticas adecuadas, la homologación de registros administrativos y el diseño de tableros de control, permitirán que exista una adecuada sistematización de la información generada, con el fin de transparentar los resultados obtenidos que robustecerán el propósito y la vinculación de los esfuerzos en materia de combate a la violencia contra las mujeres.
Por otra parte, la profesionalización y certificación en el tema de violencia contra las mujeres, permitirá que los prestadores de servicios y el los funcionarios públicos tengan un enfoque diferenciado y especializado que fortalezca el conocimiento y a su vez permita una mayor ramificación de las acciones aplicadas a la problemática concerniente. En este sentido, la erradicación de la violencia exige un conjunto de acciones de monitoreo y seguimiento para evaluar y en su caso modificar la política de combate a la violencia contra las mujeres.
CAPTULO II. ALINEACIN A LAS METAS NACIONALES
Alineación a las metas nacionales y programas sectoriales
Meta
Nacional
Objetivo de la
Meta
Nacional
Estrategia del Objetivo de la
Meta Nacional
Objetivo del Programa
Sectorial
Objetivo del Programa
Integral para Prevenir,
Atender, Sancionar y
Erradicar la Violencia
contra las Mujeres
 
México en Paz
 
 
1.5. Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación.
 
 
1.5.1      Instrumentar una política de Estado en derechos humanos.
1.5.2      Hacer frente a la violencia contra los niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, sobre la base de una coordinación eficiente que asegure la participación de todos los sectores responsables de su prevención, atención, monitoreo y evaluación.
1.5.3      Proporcionar servicios integrales a las víctimas u ofendidos de delitos.
1.5.4      Establecer una política de igualdad y no discriminación.
 
 
De Gobernación
3. Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las mujeres.
3.5.       Establecer una política nacional de promoción de la igualdad y combate a la discriminación.
3.6.       Coordinar la política nacional de prevención, atención y sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres.
 
 
1. Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar la transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres.
2. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas.
3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
4. Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción.
5. Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres
 
México Próspero
 
4.3 Promover el empleo de calidad.
 
4.3.1 Promover el trabajo digno y decente.
4.3.4 Perfeccionar los sistemas y procedimientos de protección de los derechos del trabajador.
 
De Trabajo y Previsión Social
2. Democratizar la productividad laboral, la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.
3. Salvaguardar los derechos de los trabajadores y personas en situación de vulnerabilidad y vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral.
 
 
2. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas.
 
 
México Incluyente
 
2.3 Asegurar el acceso a los servicios de salud.
 
2.3.1 Avanzar en la construcción de un Sistema Nacional de Salud Universal.
2.3.2 Hacer de las acciones de protección, promoción y prevención un eje prioritario para el mejoramiento de la salud.
2.3.3 Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad.
2.3.4 Garantizar el acceso efectivo a servicios de salud de calidad.
 
De Salud
4. Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país.
 
 
3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
 
México con educación de calidad
 
3.1 Desarrollar el potencial humano de los mexicanos con educación de calidad.
3.2 Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo.
 
 
3.1.2 Modernizar la infraestructura y el equipamiento de los centros educativos.
3.1.3 Garantizar que los planes de estudio sean pertinentes y contribuyan a que los estudiantes puedan avanzar exitosamente en su trayectoria educativa, al tiempo que desarrollen aprendizajes significativos y competencias que les sirvan a lo largo de la vida.
3.2.2 Ampliar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad.
3.2.3 Crear nuevos servicios educativos, ampliar los existentes y aprovechar la capacidad instalada de los planteles.
 
De Educación Pública
1. Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población
3. Asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa.
Líneas de acción transversales.
 
 
2. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas.
 
México Incluyente
México Próspero
 
 
2.2 Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
4.2 Democratizar el acceso al financiamiento de proyectos con potencial de crecimiento.
 
 
2.2.3 Fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas, fortaleciendo su proceso de desarrollo social y económico, respetando las manifestaciones de su cultura y el ejercicio de sus derechos.
4.2.1 Promover el financiamiento a través de instituciones financieras y del mercado de valores.
4.2.2 Ampliar la cobertura del sistema financiero hacia un mayor número de personas y empresas en México, en particular para los segmentos de la población actualmente excluidos.
 
 
De Desarrollo Social
4. Construir una sociedad igualitaria donde exista acceso irrestricto al bienestar social mediante acciones que protejan el ejercicio de los derechos de todas las personas.
5. Fortalecer la participación social para impulsar el desarrollo comunitario a través de esquemas de inclusión productiva y cohesión social.
6. Mejorar el ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos.
Estrategias Transversales
III. Perspectiva de Género
2. Promoción y difusión de los derechos humanos
3. Participación ciudadana y laboral
7. Vida libre de violencia
 
 
3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
 
 
México en Paz
 
1.3 Mejorar las condiciones de seguridad pública.
1.4 Garantizar un Sistema de Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente.
 
 
1.3.1 Aplicar, evaluar y dar seguimiento del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
1.3.2 Promover la transformación institucional y fortalecer las capacidades de las fuerzas de seguridad.
1.4.1 Abatir la impunidad.
1.4.2 Lograr una procuración de justicia efectiva.
 
De la Procuraduría General de la República
1. Fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones de Procuración de Justicia.
Objetivo transversal 2: Prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres y niñas, y garantizarles acceso a una justicia efectiva.
 
4. Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción.
 
México Incluyente
 
2.2 Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
2.5 Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna.
 
2.2.1 Generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social.
2.5.1 Transitar hacia un Modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente que procure vivienda digna para los mexicanos.
2.5.2 Reducir de manera responsable el rezago de vivienda a través del mejoramiento y ampliación de la vivienda existente y el formato de la adquisición de vivienda nueva.
 
De Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
3. Consolidar ciudades compactas, productivas, competitivas, incluyentes y sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de vida de sus habitantes.
4. Fomentar el acceso a la vivienda mediante soluciones habitacionales bien ubicadas, dignas y de acuerdo a estándares de calidad internacional.
 
3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
 
México Incluyente
 
2.4 Ampliar el acceso a la seguridad social.
 
2.4.1 Proteger a la sociedad ante eventualidades que afecten el ejercicio pleno de sus derechos sociales.
2.4.2 Promover la cobertura universal de servicios de seguridad social en la población.
 
De Hacienda y Crédito Público
5. Fomentar la inclusión, educación, competencia y transparencia de los sistemas financiero, asegurador y de pensiones para incrementar su penetración y cobertura, a la vez que mantengan su solidez y seguridad.
 
 
3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
 
México Incluyente
 
2.5 Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna.
 
2.5.1 Transitar hacia un Modelo de Desarrollo Urbano sustentable e Inteligente que procure vivienda digna para los mexicanos.
 
De Comunicaciones y Transportes
Estrategias transversales
3. Perspectiva de Género
5. Generar entornos seguros y amigables de convivencia familiar y social, actividades de tiempo libre y movilidad segura para las mujeres y las niñas.
 
2. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas.
 
CAPTULO III. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LNEAS DE ACCIN
Objetivo 1. Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar la transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres.
Si bien es cierto que con la publicación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Estado mexicano ha impulsado estrategias para eliminar la violencia en contra de las mujeres, la falta de armonización de leyes estatales da lugar a tratamientos diferenciados que impiden el acceso a la justicia, sin perder de vista que algunas entidades federativas, contemplan disposiciones que atentan contra los derechos de las mujeres.
Por ello, es necesario propiciar acciones que aseguren la homologación, armonización de leyes y reglamentos, así como de las disposiciones administrativas, tales como manuales, protocolos, circulares, acuerdos y lineamientos para garantizar un marco normativo consistente con los principios de igualdad entre
mujeres y hombres, la no discriminación, el respeto a la libertad y los derechos de las mujeres.
Asimismo, se propone un esquema de capacitación y sensibilización desde la perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres, a fin de que las y los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, desempeñen sus labores con respeto a la dignidad, integridad y derechos de las mujeres, promoviendo así el cambio cultural para la no violencia contra las mujeres y niñas y el desarrollo de las relaciones igualitarias.
Resulta indispensable, difundir el contenido de la Ley General y los servicios que otorgan a nivel nacional, acompañado con campañas de difusión y sensibilización para la no violencia contra las mujeres; así como llevar a cabo acciones para fortalecer el empoderamiento de las mujeres y su autonomía.
Estrategia 1.1 Promover la armonización de la legislación nacional con tratados y convenciones internacionales, eliminando disposiciones discriminatorias en contra de las mujeres.
Líneas de acción
1.1.1      Promover reformas a leyes y reglamentos que eliminen los preceptos discriminatorios contra las mujeres.
1.1.2      Impulsar la armonización de la legislación sustantiva y adjetiva en materia civil, penal, laboral y adecuaciones de disposiciones administrativas vinculadas.
1.1.3      Impulsar la armonización de la legislación de los derechos de la niñez y adolescencia de acuerdo con la normatividad internacional.
1.1.4      Promover en la armonización de la legislación la inclusión de las mujeres con discapacidad de acuerdo con la normatividad internacional.
1.1.5      Promover la tipificación del delito de violencia sexual dentro del matrimonio o uniones de hecho.
1.1.6      Promover la tipificación del delito de violencia obstétrica.
1.1.7      Promover la tipificación del delito de matrimonio o uniones de hecho forzadas.
1.1.8      Impulsar la prohibición de la conciliación o mediación en casos de violencia contra las mujeres.
1.1.9      Promover la armonización del delito de feminicidio acorde al código penal federal en las entidades federativas.
1.1.10     Impulsar la armonización de la legislación que norma la actuación de los medios de comunicación conforme a los estándares internacionales.
Estrategia 1.2 Promover la cultura de la no violencia contra las mujeres para fomentar la igualdad de género.
Líneas de acción
1.2.1      Impulsar campañas nacionales permanentes sobre los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
1.2.2      Promover los derechos de las mujeres, niñas, indígenas, con discapacidad, migrantes, adolescentes, adultas mayores y mujeres privadas de su libertad.
1.2.3      Impulsar lineamientos para eliminar la apología de la violencia contra las mujeres en los medios de comunicación y productos publicitarios.
1.2.4      Promover que los medios de comunicación difundan las relaciones familiares igualitarias y respetuosas.
1.2.5      Promover la sensibilización a profesionales de la comunicación sobre causas e impactos de la violencia contra las mujeres.
1.2.6      Impulsar el reconocimiento de las mejores prácticas de publicidad libre de estereotipos sexistas y del uso de lenguaje incluyente.
Estrategia 1.3 Difundir a nivel nacional los contenidos de la LGAMVLV y las acciones para su
cumplimiento.
Líneas de acción
1.3.1      Difundir el contenido y aplicación de las disposiciones de la LGAMVLV a nivel nacional.
1.3.2      Promover la traducción con enfoque de interculturalidad de la LGAMVLV en lenguas indígenas y las acciones para su cumplimiento.
1.3.3      Realizar campañas radiofónicas en lenguas indígenas para difundir la LGAMVLV y los servicios que se brindan.
1.3.4      Capacitar y sensibilizar a las autoridades indígenas en los contenidos de la LGAMVLV.
1.3.5      Difundir los contenidos de la LGAMVLV entre mujeres con discapacidad, migrantes, adultas mayores y privadas de su libertad.
1.3.6      Difundir el contenido y aplicación de las disposiciones de la LGAMVLV entre las usuarias de los servicios de salud.
1.3.7      Difundir el contenido y aplicación de las disposiciones de la LGAMVLV entre las y los servidores públicos.
Objetivo 2. Garantizar la prevención integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y niñas.
Las actitudes discriminatorias contra las mujeres, la prevalencia de prejuicios y estereotipos que las denigran y las percepciones sobre la supuesta superioridad "natural" de los hombres, son algunas de las causas que fomentan la violencia contra ellas. Para modificar estas ideas y concepciones se plantea la instrumentación de estrategias de sensibilización, concientización y capacitación, dirigidas tanto a los funcionarios públicos, como a la ciudadanía en general. Asimismo, resulta fundamental erradicar los esquemas patriarcales, misóginos y discriminatorios garantizando que la educación impartida en las aulas fortalezca el principio de igualdad entre las mujeres y los hombres y la condena a la violencia en todas sus manifestaciones.
La violencia genera una secuela de profundos trastornos psicológicos y físicos que requieren de atención integral, oportuna y adecuada para evitar que se traduzcan en padecimientos severos, adicciones y suicidios que afectan a la familia y a su entorno. Dicha atención debe ir acompañada de acciones que favorezcan el empoderamiento y la autonomía de las mujeres como condición para que puedan salir del círculo de la violencia.
El Gobierno de la República impulsa esquemas precautorios dentro de la escuela, el trabajo, los servicios de salud y en la comunidad, por medio de la ejecución de diversas acciones de coordinación interinstitucional.
Estrategia 2.1 Establecer acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas en el sector educativo.
Líneas de acción
2.1.1      Incorporar en planes y programas de estudios de niveles y modalidades educativas, la perspectiva de género y prevención de violencia.
2.1.2      Eliminar de los libros de texto y en materiales educativos, cualquier contenido sexista y discriminatorio contra las mujeres y niñas.
2.1.3      Promover masculinidades no violentas y relaciones igualitarias en los centros escolares, culturales y deportivos incluyendo a los generadores de violencia.
2.1.4      Difundir entre la comunidad educativa las causas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, niñas y niños.
2.1.5      Promover la formación y capacitación en derechos humanos, perspectiva de género y prevención de la violencia en el sistema educativo.
 
2.1.6      Desarrollar campañas y acciones de difusión y prevenir en las familias, sobre causas y consecuencias de la violencia de género.
2.1.7      Establecer en el sistema escolar, mecanismos de detección, denuncia y atención de la violencia de género y contra las mujeres.
2.1.8      Promover ambientes escolares, culturales y deportivos libres de acoso, hostigamiento y violencia de género y contra las mujeres.
2.1.9      Integrar una Red de Promotores de no violencia hacia las Mujeres y nuevas masculinidades no violentas, en comunidades indígenas.
Estrategia 2.2 Promover acciones integrales de prevención, detección y atención oportuna de violencia contra las mujeres en los centros de trabajo.
Líneas de acción
2.2.1      Crear áreas especializadas para detectar, atender y denunciar maltrato, hostigamiento y acoso sexual en los centros de trabajo.
2.2.2      Promover y difundir el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en el ámbito laboral.
2.2.3      Fortalecer las acciones para prevenir el acoso y hostigamiento sexual en el marco de la NMX-R-025-SCFI-2012.
2.2.4      Visibilizar como riesgo psicosocial el acoso y hostigamiento sexual y laboral hacia las mujeres.
2.2.5      Promover esquemas de sensibilización entre empleadores para prevenir y erradicar el acoso laboral y hostigamiento sexual hacia las mujeres.
2.2.6      Promover la elaboración y aplicación de un protocolo de atención del acoso y hostigamiento sexual y laboral en el trabajo.
2.2.7      Promover como causa de incapacidad para fines laborales, el reconocimiento de la violencia que requiera atención en refugios.
2.2.8      Promover la elaboración y aplicación de modelos de prevención con equidad y género, dirigidos a generadores de violencia.
Estrategia 2.3 Fortalecer los servicios para la detección oportuna de la violencia contra las mujeres en el Sistema Nacional de Salud.
Líneas de acción
2.3.1Difundir la NOM 046 SSA2 2005 y monitorear su cumplimiento.
2.3.2Promover la aplicación de procedimientos de detección oportuna de violencia en mujeres a lo largo del ciclo de vida.
2.3.3Establecer procedimientos institucionales para la identificación de marcadores de riesgo y detección oportuna de violencia.
2.3.4Ampliar los servicios de atención médica y psicológica de violencia de género en unidades de salud.
2.3.5Promover políticas institucionales para erradicar la violencia de género que ocurre en los servicios de salud, incluyendo violencia obstétrica.
2.3.6Establecer mecanismos de referencia, ágiles y respetuosos de los derechos humanos de las usuarias.
Estrategia 2.4 Establecer acciones integrales de seguridad ciudadana para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas en la comunidad.
Líneas de acción
 
2.4.1      Promover acciones a favor de la movilidad segura de las mujeres y niñas en los espacios y transporte públicos.
2.4.2      Detectar los factores de riesgo de violencia contra las mujeres y niñas en el espacio y transporte públicos.
2.4.3      Promover la instalación de servicios de denuncia de violencia contra las mujeres y niñas en los espacios y transporte públicos.
2.4.4      Impulsar la instalación de botones de emergencia ante riesgos de violencia en transportes, parques, jardines, juegos, espacios deportivos, centros comerciales.
2.4.5      Promover la formación de cuerpos de seguridad especializados en la atención de la violencia contra las mujeres y niñas.
2.4.6      Impulsar la participación ciudadana en campañas de prevención y acciones de movilidad segura para mujeres.
2.4.7      Mejorar las condiciones de infraestructura y alumbrado público para reducir los riesgos de violencia.
Objetivo 3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
Con el fin de lograr solucionar los problemas padecidos por las mujeres víctimas de violencia y protegerlas frente a los riesgos de sufrir una doble victimización, se han implementado estrategias de intervención de servicios especializados, que ofrecen asistencia y apoyo, antes, durante y después de su proceso de victimización.
El objetivo es garantizar que las víctimas reciban información, atención y protección, reforzando la actuación de los servicios de apoyo.
Lo anterior se hace imprescindible, ya que la debida y pronta intervención y acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia es de gran utilidad para minimizar el riesgo de sufrir una doble victimización. Se trata de garantizar que cualquier víctima de violencia de género tenga acceso a servicios integrales que necesite, y que sin duda, contribuye de forma eficaz para lograr su recuperación, ayudándolas a superar las secuelas del delito y las tensiones que puede provocarles el proceso de ser víctima de violencia.
Los servicios otorgados en la primera etapa de intervención, también deberán estar vinculados al conjunto de actividades que permitan cambiar los elementos que marginan a la mujer a su desarrollo personal.
En este sentido, promover espacios y servicios de aprendizaje y capacitación en donde las mujeres víctimas de violencia tengan la oportunidad de superar su desventaja social, económica y laboral, será clave para romper con su círculo viciosos de marginación e impulsar los procesos de cambio que les permitirán avanzar hacia la normalización, regularización de sus vidas y así lograr un proceso de empoderamiento.
Estrategia 3.1 Establecer servicios integrales de atención a mujeres en situación de violencia en su ciclo de vida.
Líneas de acción
3.1.1      Promover y ampliar servicios gratuitos y accesibles de atención con enfoque diferencial y especializado para mujeres.
3.1.2      Estandarizar los servicios de atención telefónica mediante su vinculación a los Centros de Control, Comando Comunicación Cómputo C-4.
3.1.3      Promover la participación de las OSC en la atención de mujeres víctimas de violencia así como
sus hijas e hijos.
3.1.4      Impulsar la creación de módulos itinerantes multidisciplinarios para atender en un nivel inmediato y de primer contacto a las mujeres.
3.1.5      Facilitar la permanencia de mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos en programas educativos, incluyendo alfabetización y guarderías.
3.1.6      Promover que los protocolos interinstitucionales de atención a las víctimas de violencia que se elaboren tengan perspectiva de género.
Estrategia 3.2 Facilitar la capacitación, inserción laboral, el acceso a créditos productivos y de vivienda para contribuir al empoderamiento de las mujeres.
Líneas de acción
3.2.1      Promover que en las unidades integrales capaciten y entrenen a las mujeres en diversos oficios.
3.2.2      Impulsar incentivos a la iniciativa privada que ofrezcan bolsas de trabajo a mujeres con enfoque diferencial y especializado.
3.2.3      Promover esquemas que faciliten el acceso a créditos para la vivienda a mujeres con enfoque diferencial y especializado.
3.2.4      Incentivar capacidades administrativas y financieras de mujeres en estado de riesgo y víctimas de violencia para emprender proyectos productivos.
3.2.5      Promover la participación de las OSC en el proceso de empoderamiento de las mujeres víctimas de violencia.
3.2.6      Promover el empoderamiento de las mujeres en riesgo de trata, venta o matrimonio forzado en los ámbitos comunitario y familiar.
3.2.7      Implementar programas y servicios reeducativos para agresores.
3.2.8      Promover el diseño e implementación de las medidas de reeducación de agresores y formación de especialistas para su ejecución.
3.2.9      Desarrollar mecanismos de concertación con la iniciativa privada y OSC para la inserción laboral de mujeres en situación de violencia.
Objetivo 4. Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción.
En los últimos años se ha desarrollado un esfuerzo conjunto para atender de manera prioritaria la situación de violencia que viven las mujeres en nuestro país. Sin embargo, el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia afronta una importante brecha en la calidad de implementación de la respuesta judicial.
Las mujeres en nuestro país enfrentan diversos obstáculos cuando procuran acceder a una tutela judicial efectiva para remediar los actos de violencia de los que son víctimas. Con frecuencia la mujer que acude a denunciar se enfrenta a la falta de sensibilidad y especialización en materia de género por parte de las y los policías, ministerios públicos, instancias policiales involucradas en la investigación de los delitos y de los impartidores de justicia, esto aunado a la debilidad estructural del sistema judicial. Esta situación propicia una sensación de inseguridad, indefensión y desconfianza en la administración de justicia por parte de las víctimas, y a su vez genera un contexto de impunidad que contribuye a perpetuar la violencia contra las mujeres.
En este sentido, este Programa busca fortalecer el acceso de las mujeres de jure y de facto a instancias y recursos judiciales de protección frente a actos de violencia, de conformidad con los parámetros
internacionales de derechos humanos.
Estrategia 4.1 Garantizar la debida diligencia en la procuración de justicia para mujeres en situación de violencia.
Líneas de acción
4.1.1      Garantizar asesoría jurídica gratuita y promover atención médica y psicológica oportuna a mujeres en situación de violencia y sus familias.
4.1.2      Diseñar un protocolo único para la emisión de órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia en el país.
4.1.3      Promover la consolidación del fondo de garantía para reparación del daño a las mujeres víctimas de violencia y sus familiares.
4.1.4      Impulsar la sanción a personal de servicio público que den trato discriminatorio e incumplan con la debida diligencia en el proceso.
4.1.5      Promover sanciones a empresas omisas ante actos de violencia contra las mujeres y niñas, así como a agresores reincidentes.
Estrategia 4.2 Asegurar la reparación del daño vinculados a delitos por violencia en contra de las mujeres.
Líneas de acción
4.2.1      Establecer mecanismos que garanticen la reparación integral del daño de acuerdo con estándares internacionales.
4.2.2      Consolidar la instrumentación y aplicación del Protocolo Alba.
4.2.3      Homologar con perspectiva de género manuales y protocolos de investigación y dictámenes periciales de delitos contra las mujeres.
4.2.4      Integrar un registro nacional de feminicidios, homicidios dolosos y por razones de género con datos sociodemográficos de víctimas y agresores.
4.2.5      Garantizar que los documentos, partes médicos, peritajes sean científicos-técnicos y con perspectiva de género en los procedimientos administrativos y judiciales.
4.2.6      Canalizar a las unidades integrales de atención a familiares de mujeres y niñas víctimas de trata, feminicidio y desapariciones.
Estrategia 4.3 Fortalecer los servicios de justicia para atender a mujeres en situación de violencia.
Líneas de acción
4.3.1      Promover la creación de unidades integrales de atención y de justicia.
4.3.2      Promover que las unidades integrales de atención y de justicia cuenten con espacios físicos de transición.
4.3.3      Desarrollar y proponer ordenamientos jurídicos para creación y operación de las unidades integrales de atención.
4.3.4      Establecer protocolos que estandaricen los niveles de riesgo, con procedimientos de protección adecuados y accesibles que involucren a las víctimas.
4.3.5      Impulsar un protocolo de guarda y custodia de niñas y niños víctimas directas o indirectas de violencia contra las mujeres.
4.3.6      Promover la aplicación de protocolos para juzgar con perspectiva de género.
4.3.7      Promover a nivel municipal y delegacional, una autoridad administrativa competente, para emitir
y dar seguimiento a órdenes de protección.
4.3.8      Impulsar el cumplimiento de las recomendaciones y sentencias internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.
4.3.9      Promover la sistematización y registro de sentencias de delitos cometidos contra mujeres con perspectiva de género.
4.3.10     Fortalecer las agencias de los ministerios públicos especializadas de los delitos contra las mujeres.
Objetivo 5. Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
La complejidad inherente a las políticas sociales, en especial a las destinadas a combatir la violencia contra las mujeres y niñas, supone un desafío que involucra a los tres niveles de gobierno; es por ello que resulta imprescindible generar mecanismos de coordinación para verificar su implementación. En este sentido, es importante vincular a los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados en la gestión de políticas públicas en la materia, así como el trabajo realizado con las organizaciones de la sociedad civil, para articular los esfuerzos en el combate a la violencia de género, garantizando su implementación de una manera efectiva y contribuyendo a reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.
Asimismo, se pretenden utilizar instrumentos de gestión de políticas sociales, con particular énfasis en aquellas dirigidas a desarrollar y establecer medidas para consolidar la eficiencia de las acciones de erradicación de la violencia contra las mujeres, en donde se toma como base la LGAMVLV y su Reglamento. Por último, es importante impulsar la generación de estudios, investigaciones y estadísticas que permitan evaluar la situación actual y así tomar decisiones para en su caso diseñar la intervención, implementación, mejoramiento y medir su grado de éxito.
Estrategia 5.1 Fortalecer los mecanismos de coordinación y seguimiento.
Líneas de acción
5.1.1      Consolidar las comisiones del Sistema Nacional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
5.1.2      Promover la armonización de los programas estatales y municipales con la legislación Federal.
5.1.3      Impulsar la participación de las OSC en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
5.1.4      Difundir los alcances y los avances en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Estrategia 5.2 Generar y establecer instrumentos para el seguimiento y evaluación del avance en la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Líneas de acción
5.2.1      Impulsar el fortalecimiento de la integración y administración del BANAVIM para obtener información estadística confiable.
5.2.2      Promover la elaboración de protocolos para expedir, registrar y dar seguimiento a las órdenes de protección e incorporarlas al BANAVIM.
5.2.3      Diseñar un tablero de control en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
5.2.4      Suscribir convenios de coordinación para homologar registros administrativos sobre los casos de violencia contra las mujeres.
5.2.5      Integrar el registro nacional de agresores de violencia de género y delincuentes sexuales con
datos sociodemográficos.
5.2.6      Integrar y actualizar la información de mujeres y niñas desaparecidas y localizadas de las páginas web en las entidades federativas.
5.2.7      Consolidar la integración del Banco Nacional de Información Genética, con registros de familiares de desaparecidas y víctimas de feminicidio.
5.2.8      Diseñar y operar el sistema de monitoreo de comportamiento violento de los individuos y la sociedad contra las mujeres.
Estrategia 5.3 Generar información y sistematizar buenas prácticas en materia de violencia de género para su intercambio y difusión.
Líneas de acción
5.3.1      Realizar un diagnóstico nacional y estudios complementarios sobre los diferentes tipos y modalidades de violencia contra las mujeres.
5.3.2      Realizar un diagnóstico nacional de refugios para mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia.
5.3.3      Generar espacios para la sistematización e intercambio de buenas prácticas en materia de casas de acogida y CJM.
5.3.4      Promover la integración de redes académicas y de investigación en violencia contra las mujeres y políticas públicas.
5.3.5      Integrar el informe anual de seguimiento de la política de promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres.
5.3.6      Georreferenciar todos los servicios que requieran las mujeres víctimas de violencia.
5.3.7      Georreferenciar todas las instancias públicas y privadas, encargadas de atender mujeres víctimas de violencia, para identificar las fuentes de información.
Estrategia 5.4 Promover esquemas de profesionalización a prestadores de servicios y funcionariado público en la atención a la violencia contra las mujeres.
Líneas de acción
5.4.1      Capacitar y certificar al personal que interviene en el procedimiento de denuncias de acoso sexual y laboral de las mujeres.
5.4.2      Promover que la capacitación y certificación en violencia contra las mujeres tenga un enfoque diferencial y especializado.
5.4.3      Impulsar la certificación de los prestadores de servicio, en la Norma Técnica para el funcionamiento de unidades integrales de atención.
5.4.4      Promover la certificación de operadoras y operadores de las líneas telefónicas en el estándar de Competencia S029.
5.4.5      Especializar al personal policial, militar y ministerial en investigación de delitos derivados de la violencia contra las mujeres.
5.4.6      Promover la capacitación en el Sistema Penal Acusatorio a personal ministerial y judicial en materia de violencia contra las mujeres.
5.4.7      Promover la capacitación en derechos humanos de las mujeres y no violencia al personal del servicio público federal.
5.4.8      Fortalecer la formación de traductoras, psicólogas, intérpretes, jueces y juezas con perspectiva
de género e interculturalidad.
5.4.9      Capacitar en derechos humanos, género, protección integral, derechos de la infancia e interculturalidad a encargados de atender a víctimas.
5.4.10     Impulsar la formación de psicólogas y abogadas hablantes de lenguas indígenas con perspectiva de género e interculturalidad.
CAPTULO IV. INDICADORES
A continuación se presentan los indicadores correspondientes a cada uno de los objetivos del Programa:
Objetivo
Indicador
Objetivo 1. Fomentar la armonización de
contenidos legislativos e impulsar la
transformación cultural para contribuir a
la no violencia contra las mujeres
1.1.  ndice de avance en la armonización legislativa a nivel nacional.
1.2.  Porcentaje de mujeres casadas o unidas, víctimas de violencia por parte
de su pareja que acuden a pedir ayuda a las instituciones públicas.
Objetivo 2. Garantizar la aplicación del
Modelo de Prevención Integral para
reducir los factores de riesgo de la
violencia contra las mujeres
2.1    Escuelas con personas capacitadas para intervenir ante situaciones y
quejas de violencia de género en el ámbito educativo.
2.2    Documentos normativos que regulan el proceso educativo y el proceso
institucional del sector educativo que tienen perspectiva de igualdad de género,
derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y
contra las mujeres
2.3    Porcentaje de egresos hospitalarios totales femeninos por causas
directamente relacionadas a la violencia.
Objetivo 3. Garantizar el acceso a los
servicios de atención integral a mujeres y
niñas víctimas de violencia.
3.1.  ndice de atención a mujeres, niñas y niños víctimas de violencia de
género por servicios seleccionados en las Entidades Federativas.
3.2.  ndice de poder de decisión de las mujeres.
Objetivo 4. Asegurar el acceso a la
justicia de las mujeres mediante la
investigación efectiva, reparación del
daño y la sanción
4.1.  Porcentaje de órdenes/medidas de protección otorgadas a las mujeres
víctimas de violencia de género.
Objetivo 5. Fortalecer la Coordinación
Institucional en materia de prevención,
atención, sanción y erradicación de la
violencia contra las mujeres
5.1.  Centros de Justicia para las Mujeres creados o fortalecidos en las
entidades federativas.
5.2.  Prevalencia total de violencia contra las mujeres de 15 años y más
 
FICHA DEL INDICADOR 1.1.
Elemento
Características
Indicador
ndice de avance en la armonización legislativa a nivel nacional (IA).
Objetivo del programa
especial
1. Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar la transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres.
Descripción general:
Mide el avance porcentual de armonización legislativa a nivel nacional. Se consideran las leyes en materia de igualdad y violencia contra las mujeres, así como sus reglamentos.
Observaciones:
Se contabiliza el número de leyes y reglamentos materia de igualdad y violencia contra las mujeres armonizadas con el marco normativo internacional de la CEDAW y Belém do Pará, con que cuenta cada entidad federativa.
Cada instrumento jurídico de un de total 4 (2 leyes con sus 2 reglamentos: la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres) de cada entidad federativa será ponderada con un factor de 0.25.

Periodicidad
Bienal
Unidad de medida:
Porcentaje
Fuente(s):
Congresos Locales y estudios de armonización.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Valor de la Línea Base:
15.63%
Año de la Línea Base:
2012
Meta 2014
20.83%
Meta 2016
26.03%
Meta 2018
31.23%
 
Anexo Indicador 1.1. Consideraciones para el cálculo de la meta 2018.
Para cálculo de la meta se consideraron diversos documentos sobre el tema de armonización legislativa en nuestro país referente a LGAMVLV y a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMVH), así como información sobre la tendencia de los procesos de compatibilidad de las disposiciones federales o estatales referentes a estas leyes con los tratados internacionales sobre igualdad de género y violencia contra las mujeres de los que México forma parte.
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (por sus siglas en inglés), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención Belém do Pará" y el Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (realizada en Beijing), son el marco normativo internacional por excelencia que tutela el derecho a la igualdad entre los géneros y a una vida libre sin violencia para las mujeres.
En los informes sobre la Armonización Legislativa LGAMVLV(19) en el de Armonización Legislativa de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMVH)(20) y en diversos documentos(21), el tema de la armonización de ambas leyes y sus reglamentos con la CEDAW y Belém do Pará plantean grandes retos desde su publicación en 2007 y 2006, respectivamente.
Estos informes presentaron un análisis de la armonización de las Leyes General de Acceso y de las Leyes Generales para la Igualdad en las entidades federativas con la CEDAW y Belém do Pará durante 2012 del cual se desprende que el 15.63% de los estados están armonizados con ambas Convenciones en cuanto a sus 4 principios rectores:
·   La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre;
·   El respeto a la dignidad humana de las mujeres;
·   La no discriminación; y
·   La libertad de las mujeres.
No obstante los adelantos en esta materia, entre 2006 y 2012 se avanzó a un ritmo de 5.20 puntos porcentuales cada dos años, por lo que la meta para este indicador se calculó con base en este crecimiento
bianual, suponiendo que se comporte de manera similar.
 
FICHA DEL INDICADOR 1.2
Indicador
Porcentaje de mujeres casadas o unidas víctimas de violencia por parte de su pareja que acuden a pedir ayuda a las instituciones públicas
Objetivo del programa
especial
1. Fomentar la armonización de contenidos legislativos e impulsar la transformación cultural para contribuir a la no violencia contra las mujeres.
Descripción General
Mide el porcentaje de mujeres de 15 años y más, casadas o unidas, víctimas de violencia, que acuden a pedir ayuda a las instituciones públicas respecto al total de mujeres de 15 años y más casadas o unidas que padecen violencia de pareja.
Se consideraran para el cálculo como instituciones públicas ministerios públicos, presidencias municipales, policía, DIF, Institutos de la mujer, alguna autoridad escolar, autoridad laboral, personal de salud, otras que se especifiquen en la encuesta (ENDIREH).
Observaciones:


Mujeres casadas o unidas víctimas de violencia de pareja que acudieron a pedir ayuda a instituciones públicas

Total de mujeres casadas o unidas víctimas de violencia de pareja
Se contabilizan las mujeres de 15 años y más casadas o unidas que son víctimas de violencia de pareja y que pidieron ayuda a las instituciones públicas por entidad federativa respecto del total de mujeres de 15 años o más casadas o unidas que padecieron violencia de pareja por entidad federativa.
Unidad de medida:
Porcentaje
Frecuencia de medición:
Quinquenal
Fuente(s):
Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), 2011. Dirección General de Estadísticas de Gobierno, Seguridad pública y Justicia, INEGI.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Valor de la Línea Base:
9.2%
Año de la Línea Base:
2011
Meta 2018
14.2%
 
Anexo Indicador 1.2. Consideraciones para el cálculo de la meta 2018.
Se estima que el número de mujeres casadas o unidas víctimas de violencia de pareja que acudan a pedir ayuda a instituciones públicas se incremente en un 1% en promedio anual, lo anterior de acuerdo con las tendencias de las ENDIREH revisadas.
La frecuencia de medición de este indicador es quinquenal, esto se debe a la fuente de información seleccionada y se justifica en lo siguiente:
Se ha seleccionado como fuente primaria de este indicador los datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), considerando que han sido fundamentales para la definición de Políticas Públicas, para la adecuación y modificación del marco normativo nacional y estatal, y que han probado su enorme potencial y gran utilidad para la recopilación de información sobre el problema de la violencia contra las mujeres en nuestro país.
FICHA TCNICA DEL INDICADOR 2.1.
Indicador
Escuelas con personas capacitadas para intervenir ante situaciones y quejas de violencia de género en el ámbito educativo
Objetivo del programa especial
2. Garantizar la aplicación del Modelo de Prevención Integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres
Descripción General
Mide el número de escuelas con personas que tienen capacidades para intervenir (prevenir, detectar, recibir identificar, atender de manera inmediata y de primer contacto, dar seguimiento y registrar) tanto a nivel individual como colectivo, a víctimas o actos de violencia laboral, docente e institucional de género y contra las mujeres para su referencia y elaboración de propuestas.
Observaciones
Se contabiliza a nivel nacional el número de escuelas que cuentan con las personas capacitadas para intervenir ante situaciones y quejas de violencia laboral, docente e institucional de género y contra las mujeres en centros educativos de Educación Básicas, Media Superior y Superior.
Unidad de medida:
Número absoluto
Periodicidad
Anual
Fuente(s):
Secretaría de Educación Pública, Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Públicas y Educativas, Dirección General Adjunta de Igualdad de Género.
Referencias adicionales
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Determinación de metas
Valor de la Línea Base:
32
Año de la Línea Base:
2013
Meta 2014
97
Meta 2015
293
Meta 2016
887
Meta 2017
2,684
Meta 2018
8,122
 
Anexo Indicador 2.1 Consideraciones para el cálculo de la meta 2018.
La Secretaría de Educación Pública planteó en su Programa Sectorial una serie de acciones referentes a la estrategia transversal correspondiente a la Perspectiva de Género, a través de la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Públicas y Educativas y de la Dirección General Adjunta de Igualdad de Género, se plantearon metas referentes a dicha estrategia, considerando el número de escuelas con personas capacitadas para intervenir ante situaciones y quejas de violencia de género en el ámbito educativo.
La Secretaria de Educación Pública consideró una meta para el final del sexenio de 8,122 escuelas con personas capacitadas para intervenir en los procesos de prevención, detección, identificación y atención de manera inmediata y de primer contacto, así como para dar seguimiento y registrar actos de violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas en el ámbito escolar. La meta se determinó considerando las acciones y concertaciones que ha realizado de 2013 a la fecha en 32 escuelas de distintos niveles educativos.
 
FICHA DEL INDICADOR 2.2
Indicador:
Documentos normativos que regulan el proceso educativo y el proceso institucional del sector educativo que tienen perspectiva de igualdad de género, derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y contra las mujeres.
Objetivo del programa especial:
2. Garantizar la aplicación del Modelo de Prevención Integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres
Descripción general:
Documentos normativos que regulan el proceso educativo y el proceso institucional del sector educativo que tienen perspectiva de igualdad de género, derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y contra las mujeres (NDNSE).
Observaciones:
Se mide el número de documentos normativos que inciden en los procesos educativos y en los cuales se ha incorporado las perspectivas de igualdad de género, derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y contra las mujeres. Dentro de estos se encuentran los programas y planes de estudio, protocolos de atención, reglas de operación, reglamentos, entre otros.
Se contabiliza el número de documentos normativos que inciden en los procesos educativos y en los cuales se ha incorporado las perspectivas de igualdad de género, derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y contra las mujeres.
Unidad de medida:
Número absoluto
Periodicidad:
Anual
Fuente(s):
Secretaría de Educación Pública, Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Públicas y Educativas, Dirección General Adjunta de Igualdad de Género.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Determinación de metas
Valor de la Línea Base:
22
Año de la Línea Base:
2013
Meta 2014
28
Meta 2015
35
Meta 2016
44
Meta 2017
56
Meta 2018
70
 
Anexo Indicador 2.2 Consideraciones para el cálculo de la meta 2018.
La Secretaria de Educación Pública planteó en su Programa Sectorial una serie de acciones referentes a
la estrategia transversal correspondiente a la Perspectiva de Género, a través de la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Públicas y Educativas y de la Dirección General Adjunta de Igualdad de Género, se plantearon metas referentes a dicha estrategia, considerando que el número de documentos normativos que inciden en los procesos educativos y en los cuales se ha incorporado las perspectivas de igualdad de género, derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y contra las mujeres tendrán un incremento anual de 26 por ciento en promedio.
La SEP programó una meta para el final del sexenio de 70 documentos normativos para regular los procesos educativo e institucional que tienen perspectiva de igualdad de género, derechos humanos, no discriminación y prevención de la violencia de género y contra las mujeres, con perspectiva de incorporarlos en los planes de estudio el tema de la igualdad de género. La meta para este indicador consideró un incremento anual de 26% en promedio con base en las acciones y proyecciones que la SEP ha venido desarrollando de 2012 a la fecha, en torno a líneas de acción transversales relativas a la igualdad de género.
FICHA DEL INDICADOR 2.3
Indicador:
Porcentaje de egresos hospitalarios totales femeninos por causas directamente relacionadas a la violencia
Objetivo del programa
especial
2. Garantizar la aplicación del Modelo de Prevención Integral para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres
Descripción general:
Mide el porcentaje de egresos hospitalarios femeninos de unidades hospitalarias de la Secretaría de Salud y Servicios Estatales de Salud, por causas de violencia y lesiones.
Observaciones:
 

Donde:
TEHFV = Total de egresos hospitalarios femeninos por causa de violencia y lesiones.
TEHF= Total de egresos hospitalarios femeninos.
Unidad de medida:
Porcentaje.
Periodicidad:
Anual
Fuente(s):
Secretaría de Salud, Dirección General de Información en Salud, Secretaría de Salud.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Valor de la Línea Base:
1.15%
Año de la Línea Base:
2012
Meta 2014
3.15%
Meta 2015
4.15%
Meta 2016
5.15%
Meta 2017
6.15%
Meta 2018
7.15%
 
Anexo Indicador 2.3 Consideraciones para el cálculo de la meta 2018.
La Secretaría de Salud, en su Sistema Nacional de Información (SINAIS) cuenta con registros de los egresos hospitalarios femeninos por causas de violencia y lesiones del 2008 al 2012, este registro se ha incrementado en promedio en un 1 punto porcentual anual. El indicador está relacionado con la detección oportuna y eficiente de la violencia contra las mujeres en los centros de salud, por ello la tendencia debe ser ascendente como consecuencia de los mecanismos, normas e instrumentos para detectar la violencia en el diagnóstico inicial, facilitando la prevención de la violencia contra las mujeres.
Las consideraciones para el cálculo de la meta están basadas en los registros del Sistema Nacional de Información de Salud, los cuales durante 5 años crecieron para este indicador en un punto porcentual en promedio anual.
FICHA TCNICA DEL INDICADOR 3.1
Indicador
ndice de atención a mujeres, niñas y niños víctimas de violencia de género por servicios seleccionados en las Entidades Federativas (IPAV)
Objetivo del programa
especial
3. Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
Descripción general:
Mide el índice de atención a mujeres, niñas y niños víctimas de violencia de género en los distintos servicios seleccionados en las Entidades Federativas.
Mostrará la tendencia de crecimiento del número de mujeres, niñas y niños atendidos en los distintos servicios ofrecidos en las Entidades Federativas a lo largo de cinco años.
Observaciones:
El número de mujeres, niñas y niños atendidos durante 2013 fue de 27,922, el cual se igual a 100 en el año de la línea base.

Donde:
Mn=Mujeres atendidas en los distintos servicios durante el año n
Mb= Mujeres atendidas en los distintos servicios durante el año base
n = enésimo año
b= año base
Unidad de medida:
ndice
Periodicidad:
Anual
Fuente(s):
Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Los datos se obtendrán de los registros administrativos de la CONAVIM solicitados a los Centros de Justicia, refugios, casas de acogida, módulos municipales y áreas responsables de dichos registros.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Valor de la Línea Base:
100
Año de la Línea Base:
2013
Meta 2014
116.9
Meta 2015
136.7
Meta 2016
159.8
Meta 2017
186.7
Meta 2018
218.3
 
Anexo Indicador 3.1 Consideraciones para el cálculo de la meta 2018.
Se contabilizó el número de mujeres, niñas y niños atendidos en los siguientes servicios:
·   Los que otorgan los Centros de Justicia para las Mujeres.
·   Líneas telefónicas para la atención y canalización de mujeres y niñas víctimas de violencia.
·   Módulos estatales y municipales (fijos e itinerantes) para orientar, asesorar y atender a las mujeres en situación de violencia.
·   De refugios y casa de acogida.
Este número de 27,922 mujeres, niñas y niños atendidos se estandariza a 100 y se planea para 2018 aumentar en un 118.3% respecto al año base, el número de personas atendidas en los servicios en comento, lo que significa un aumento anual del 16.9 por ciento. La planeación de las metas anuales tienen como sustento los registros sobre el número de mujeres, niñas y niños que fueron atendidos en los Centros de Justicia para Mujeres y la línea telefónica, así como del incremento programado en el número de Centros de Justicia para Mujeres que se construirán, en las casas de acogida y refugios y la creación de módulos estatales y municipales para el periodo 2014-2018.
FICHA DEL INDICADOR 3.2.
Definición del indicador:
ndice de poder de decisión de las mujeres(22) (IDM)
Objetivo del programa
especial
3 Garantizar el acceso a los servicios de atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia.
Descripción general
Mide la influencia efectiva o capacidad de intervención de las mujeres en el proceso de toma de decisiones de pareja o familiares.
Observaciones:


Cada subíndice será ponderado () de acuerdo a su componente.
Unidad de medida:
ndice
Periodicidad:
Quinquenal
Fuente(s):
Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2011
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Determinación de metas
Valor de la Línea Base:
0.6495
Año de la Línea Base:
2011
Meta 2018
0.6827
 
Anexo Indicador 3.2 Consideraciones para el cálculo de la meta.
Algunos autores señalan que este indicador es una medición sobre el poder de decisión de la mujer en el ámbito doméstico o del hogar, su relevancia reside en que explora decisiones sobre aspectos de la vida familiar y de la vida de las mujeres, que han estado dominadas en muchas ocasiones por la voluntad de la pareja masculina, esposo o novio, limitando las posibilidades de una participación equitativa de la mujer en las decisiones familiares, además de reforzar el control sobre la vida de las mujeres.
El índice de poder de decisión es un indicador compuesto, que está en función del desempeño de la capacidad de la mujer en la toma de decisiones en tres áreas: aspectos personales de la mujer, de reproducción y decisiones clave.
Los valores del índice cercanos a 0 (cero), representan los casos de aquellas mujeres sin ningún poder de decisión, es decir, todas o casi todas las decisiones las toma la pareja sin involucrarla.
Los valores cercanos a 1 equivalen a los casos de mujeres que toman todas y cada una de las decisiones de manera autónoma, sin involucrar a la pareja.
El subíndice de decisiones personales de la mujer hace referencia a quién decide si la mujer puede trabajar o estudiar, si la mujer puede salir de su casa, qué hacer con el dinero que ella gana, si ella puede comprar cosas para sí misma, si ella puede participar en la vida social o política y cómo se gasta o economiza el dinero.
Subíndice de decisiones reproductivas: quién decide si se usan anticonceptivos, quién decide quién debe usar los métodos anticonceptivos y quién decide cuántos hijos tener.
Subíndice de decisiones clave: quién decide qué hacer con el dinero que él gana, quién decide sobre los permisos a los hijos y quién decide si cambiarse de casa o ciudad.
 
Para el cálculo de la meta se consideraron las bases de datos de la ENDIREH 2006 y 2011 actualizada. El índice de decisión de la mujer tuvo un valor de 0.6179 para 2006 y 0.6495 para 2011, lo que implicó un aumento del 5.11 por ciento.
Se esperaría que este indicador se comporte de manera similar (5.11%) en el periodo de 2011 y 2018.
La frecuencia de medición de este indicador es quinquenal, esto se debe a la fuente de información seleccionada y se justifica en lo siguiente:
Se ha seleccionado como fuente primaria de este indicador los datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), considerando que han sido fundamentales para la definición de Políticas Públicas, para la adecuación y modificación del marco normativo nacional y estatal, y que han probado su enorme potencial y gran utilidad para la recopilación de información sobre el problema de la violencia contra las mujeres en nuestro país.
 
FICHA DEL INDICADOR 4.1
Definición del indicador:
Porcentaje de órdenes/medidas de protección otorgadas a las mujeres víctimas de violencia de género (ISP).
Objetivo del programa
especial
4. Asegurar el acceso a la justicia de las mujeres mediante la investigación efectiva, reparación del daño y la sanción.
Descripción general:
Mide el porcentaje de órdenes/medidas de protección otorgadas a las mujeres víctimas de violencia de género a nivel nacional.
Se contabilizan:
§     Número de órdenes/medidas de protección solicitadas por mujeres que padecen violencia de género.
§     Número de órdenes/medidas de protección otorgadas a mujeres que padecen violencia de género.
Observaciones:
 

Donde:
PV=Número de órdenes/medidas otorgadas a mujeres víctimas de violencia de género a
nivel nacional
P= Número de órdenes/medidas solicitadas a mujeres víctimas de violencia de género a
nivel nacional
Unidad de medida:
Porcentaje
Periodicidad:
Anual
Fuente(s):
Procuraduría General de la República, Fiscalías Estatales.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación
Determinación de metas
Valor de la Línea Base:
7%
Año de la Línea Base:
2013
Meta 2014
8%
Meta 2015
9%
Meta 2016
10%
Meta 2017
11%
Meta 2018
12%
Anexo Indicador 4.1 Consideraciones para el cálculo de la meta.
Se consideran órdenes de protección las definidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como las medidas cautelares definidas en la legislación penal y civil de cada entidad federativa.
 
Según la información revisada y los informes de observatorios ciudadanos el porcentaje de órdenes de protección otorgadas a mujeres y niñas en situación de violencia se han mantenido en niveles bajos, alrededor del 7%, se estima que en cinco años este indicador pueda crecer en un punto porcentual anual debido al conjunto de acciones que se realizarán para promover la eficiencia en este tipo de servicios. Con esta información se calcula que el porcentaje de órdenes de protección otorgadas pasa de un 7% a un 12% para 2018.
 
FICHA DEL INDICADOR 5.1.
Definición del indicador:
Centros de Justicia para las Mujeres creados o fortalecidos en las entidades federativas
Objetivo del programa
especial.
5. Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres
Observaciones:
Mide el número total de centros de justicia apoyadas por la CONAVIM en coordinación con las entidades federativas
Se considerará el total de centros de justicia creados y o fortalecidos
Método de cálculo:

Donde:
EFi = Número total de Centros de Justicia.
Unidad de medida:
Número absoluto
Frecuencia de medición:
Anual
Fuente(s):
Matriz de Indicadores de Resultados, CONAVIM, Secretaría de Gobernación.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaría de Gobernación.
Determinación de metas
Valor de la Línea Base:
10
Año de la Línea Base:
2013
Meta 2014
13
Meta 2015
18
Meta 2016
23
Meta 2017
28
Meta 2018
32
 
Anexo Indicador 5.1 Consideraciones para el cálculo de la meta.
La Secretaría de Gobernación, a través de la CONAVIM destina recursos públicos a la creación y fortalecimiento de Centros de Justicia para las Mujeres, con el propósito de concentrar instancias gubernamentales, del poder judicial y Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), para brindar servicios de manera interdisciplinaria, secuencial, interinstitucional, coordinada y especializada a mujeres víctimas de violencia y a sus hijas e hijos.
Actualmente, la CONAVIM cuenta con presupuesto autorizado para apoyar la creación o fortalecimiento de Centros de Justicia para las Mujeres en las entidades federativas y se estima que se apoyen entre 3 y 5 por año.
FICHA DEL INDICADOR 5.2
Definición del indicador:
Prevalencia total de violencia contra las mujeres de 15 años y más (PTVM)
Objetivo del Programa
Especial
5. Fortalecer la coordinación institucional en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres
Observaciones:
La prevalencia de la violencia se refiere a la proporción de mujeres de 15 años y más que declararon haber experimentado al menos un acto de violencia durante un periodo de referencia, respecto del total de mujeres de 15 años y más. La prevalencia de la violencia expresada en porcentajes.
Este indicador considera 5 componentes relacionados con la violencia contra las mujeres:
1. La violencia de pareja ocurrida a lo largo de la actual o última relación
2. La violencia perpetrada por cualquier agresor diferente a la pareja
3. La discriminación ocurrida en el trabajo en el año anterior
4. La violencia patrimonial perpetrada por cualquier persona diferente a su pareja actual
5. La discriminación por razones de embarazo
Método de cálculo:

Donde:
MV= Mujeres de 15 años y más que experimentaron al menos un evento de violencia a lo largo de su vida.
TM= Total de mujeres de 15 años y más.
Unidad de medida:
Porcentual
Frecuencia de medición:
Quinquenal
Fuente(s):
Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Dirección General de Estadísticas de Gobierno, Seguridad pública y Justicia, INEGI.
Referencias adicionales:
CONAVIM, Secretaria de Gobernación
Determinación de metas
Valor de la Línea Base:
62.8%
Año de la Línea Base:
2011
Meta 2018
59%
 
Anexo Indicador 5.2 Consideraciones para el cálculo de la meta.
El indicador se calcula con base a la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), específicamente del cuestionario que se aplica a mujeres que están casadas o unidas, y sólo se inferirá en aquellas mujeres entrevistadas en dicho cuestionario que experimentaron al menos un acto de violencia, respecto a un periodo de referencia con 15 años y más. El porcentaje en la ENDIREH 2006 de este indicador fue que 67% de las mujeres habían sufrido algún acto de violencia a lo largo de su vida, y para 2011, esta cifra mostró un pequeño descenso de casi 5 puntos porcentuales (62.8%).
En este sentido, a partir de las políticas públicas que se implementen en esta administración se espera un comportamiento similar a la baja en el indicador, estimando una reducción de entre 3 y 5 puntos porcentuales en la Prevalencia total de la violencia contra las mujeres. Se espera que al final de la presente administración, los resultados de la nueva Encuesta muestren al menos un 59% de la Prevalencia total de violencia contra las mujeres.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES QUE PARTICIPAN EN LA EJECUCIN DEL PROGRAMA
Dependencias
·         Secretaría de Gobernación
 
·         Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
·         Secretaría de Salud.
·         Secretaría de la Función Pública.
·         Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
·         Secretaría de Educación Pública.
·         Secretaría de Economía.
·         Secretaría de Desarrollo Social.
·         Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano.
·         Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
·         Procuraduría General de la República
Entidades
·         Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
·         Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
·         Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
·         Instituto Nacional de las Mujeres.
·         Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
·         Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
·         Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
·         Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Sistema Nacional de Salud
·         Secretaría de Salud
·         Instituto Mexicano del Seguro Social
·         Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
·         Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
·         Servicios Médicos de Petróleos Mexicano
·         Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
La relación de dependencias y entidades aquí referida no es exhaustiva ni limitativa pues podrán incorporarse otras que, en el marco de sus atribuciones, contribuyan a la ejecución del Programa. Además, la perspectiva nacional y de cooperación interinstitucional del Programa comprende la participación y/o colaboración de los poderes de la unión, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, los órganos autónomos y las demás instancias e instituciones nacionales e internacionales que coadyuven a su adecuado cumplimiento, en estricto apego a lo establecido en la Constitución, las leyes y demás disposiciones normativas aplicables.
La correspondencia entre las dependencias y entidades participantes y los objetivos y estrategias del Programa se detallan en el Anexo 1.
TRANSPARENCIA
Con el propósito de cumplir con el mandato de transparencia y rendición de cuentas, el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres será publicado en la página web,
www.conavim.gob.mx al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La CONAVIM pondrá a disposición de la sociedad mexicana, no sólo este Programa sino los informes, reportes de avance, evaluaciones y evolución de los indicadores que den cuenta de su cumplimiento.
SIGLAS Y ACRNIMOS
ANDH
Agenda Nacional de Derechos Humanos
APF
Administración Pública Federal
BANAVIM
Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres
BELM DO PARÁ
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, 1994
CDI
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
CEAV
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
CEDAW
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer
CIDH
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
CJM
Centros de Justicia para las Mujeres
CNDH
Comisión Nacional de Derechos Humanos
CNS
Comisión Nacional de Seguridad
COIDH
Corte Interamericana de Derechos Humanos
CONADIS
Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad
CONAPRED
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
CONAVIM
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
CSW
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer
DIF
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
DOF
Diario Oficial de la Federación
ENDIREH
Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares
ENSADEMI
Encuesta de Salud y Derechos de las Mujeres Indígenas
ENVIM
Encuesta Nacional sobre Violencia contra las Mujeres
ENVIPE
Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública
FEVIMTRA
Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas
INALI
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas
INAPAM
Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores
INDESOL
Instituto Nacional de Desarrollo Social
INEGI
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
INM
Instituto Nacional de Migración
INMUJERES
Instituto Nacional de las Mujeres
LGAMVLV
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
MAM´S
Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en las Entidades Federativas
MESECVI
Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará
NOM 046-SSA2-2005
Norma Oficial Mexicana NOM 046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la atención y prevención
NMX-R-025-SCFI-2012
Norma Mexicana para la igualdad entre hombres y mujeres.
OIM
Organización Internacional para las Migraciones
OIT
Organización Internacional del Trabajo
ONU
Organización de las Naciones Unidas
ONU MUJERES
Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer
PGR
Procuraduría General de la República
PIPASEVM
Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018
PND
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
PROIGUALDAD
Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018
RLGAMVLV
Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
SAGARPA
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
SCT
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
SE
Secretaría de Economía
SEDATU
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
SEDESOL
Secretaría de Desarrollo Social
SEGOB
Secretaría de Gobernación
SEP
Secretaría de Educación Pública
SESNSP
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
SFP
Secretaría de la Función Pública
SNPASEVM
Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
SS
Secretaría de Salud
STPS
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
UNICEF
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
WHO
Organización Mundial de la Salud
GLOSARIO
 
Agresor: La persona que inflige cualquier tipo de violencia contra las mujeres.
Debida diligencia: El Estado deberá realizar todas las actuaciones necesarias dentro de un tiempo razonable para lograr el objeto de la Ley General de Víctimas, en especial la prevención, ayuda, atención, asistencia, derecho a la verdad, justicia y reparación integral a fin de que la víctima sea tratada y considerada como sujeto titular de derecho.
Derechos Humanos de las Mujeres: Refiere a los derechos que son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales contenidos en la Convención para la Eliminación de Todos las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención sobre los Derechos de la Niñez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará) y demás instrumentos internacionales en la materia.
El Estado deberá remover los obstáculos que impidan el acceso real y efectivo de las víctimas a las medidas reguladas por la Ley General de Víctimas, realizar prioritariamente acciones encaminadas al fortalecimiento de sus derechos, contribuir a su recuperación como sujetos en ejercicio pleno de sus derechos y deberes, así como evaluar permanentemente el impacto de las acciones que se implementen a favor de las víctimas.
Empoderamiento de las Mujeres: Es un proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades.
Enfoque diferencial y especializado: La Ley General de Víctimas, reconoce la existencia de grupos de población con características particulares o con mayor situación de vulnerabilidad en razón de su edad, género, preferencia u orientación sexual, etnia, condición de discapacidad y otros, en consecuencia, se reconoce que ciertos daños requieren de una atención especializada que responda a las particularidades y grado de vulnerabilidad de las víctimas.
Este principio incluye la adopción de medidas que respondan a la atención de dichas particularidades y grado de vulnerabilidad, reconociendo igualmente que ciertos daños sufridos por su gravedad requieren de un tratamiento especializado para dar respuesta a su rehabilitación y reintegración a la sociedad.
Las autoridades que deban aplicar esta Ley ofrecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantías especiales y medidas de protección a los grupos expuestos a un mayor riesgo de violación de sus derechos, como niñas y niños, jóvenes, mujeres, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, migrantes, miembros de pueblos indígenas, personas defensoras de derechos humanos, periodistas y personas en situación de desplazamiento interno. En todo momento se reconocerá el interés superior del menor.
Misoginia: Son conductas de odio hacia la mujer y se manifiesta en actos violentos y crueles contra ella por el hecho de ser mujer.
Modalidades de Violencia: Las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta
la violencia contra las mujeres.
Perspectiva de Género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
Unidades integrales: Refugios, casas de acogida, centros de atención a las mujeres, casas de mujeres, centros de justicia, CEAV.
Víctima: La mujer de cualquier edad a quien se le inflige cualquier tipo de violencia.
Violencia contra las Mujeres: Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.
Violencia económica: Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
Violencia familiar: Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho.
Violencia física: Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.
Violencia patrimonial: Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
Violencia psicológica: Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio.
Violencia sexual: Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto.
ANEXO 1. CORRESPONDENCIA DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES PARTICIPANTES POR
ESTRATEGIA DEL PIPASEVM
A continuación se establece de manera enunciativa y no limitativa la correspondencia por objetivo, estrategia y/o línea de acción de las instituciones participantes en la ejecución del Programa Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018.
ESTRATEGIA
Institución
1.1   Promover la armonización legislativa nacional con los tratados y convenciones internacionales, eliminando disposiciones discriminatorias en contra de las mujeres.
SNPASEVM(23)
1.2   Promover la cultura de la no violencia contra las mujeres para fomentar la igualdad de género.
SNPASEVM
1.3   Difundir a nivel nacional los contenidos de la LGAMVLV y las acciones para su cumplimiento.
SNPASEVM-CDI-INALI
 
ESTRATEGIA
Institución
2.1   Promover la armonización legislativa con la normatividad nacional e internacional para eliminar disposiciones discriminatorias en contra de las mujeres.
SEP
2.2   Promover acciones integrales de prevención, detección y atención oportuna de violencia contra las mujeres en los centros de trabajo.
SNPASEVM-SISTEMA NACIONAL DE SALUD (SNS)(24)
2.3   Fortalecer los servicios para la detección oportuna de la violencia contra las mujeres en el Sistema Nacional de Salud.
SNS
2.4   Establecer acciones integrales de seguridad ciudadana para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas en la comunidad.
SNPASEVM-SCT
 
ESTRATEGIA
Institución
3.1   Establecer servicios integrales de atención a mujeres
en situación de violencia en su ciclo de vida.
SNPASEVM CEAV
3.2   Facilitar la capacitación, inserción laboral, el acceso a créditos productivos y de vivienda para contribuir al empoderamiento de las mujeres.
SNPASEVM-SE-SEDATU-CDI
 
ESTRATEGIA
Institución
4.1   Garantizar la debida diligencia en la procuración de justicia para mujeres en situación de violencia.
SNPASEVM-SFP CEAV
4.2   Asegurar la reparación del daño vinculados a delitos por violencia en contra de las mujeres.
SNPASEVM CEAV
4.3   Fortalecer los servicios de justicia para atender a mujeres en situación de violencia.
SNPASEVM CEAV
 
ESTRATEGIA
Institución
5.1   Consolidar las comisiones del Sistema Nacional en
materia de prevención, atención, sanción y erradicación de
la violencia contra las mujeres.
SNPASEVM
5.2   Generar y establecer instrumentos para el seguimiento y evaluación del avance en la erradicación de la violencia contra las mujeres.
SNPASEVM
5.3   Generar información y sistematizar buenas prácticas en materia de violencia de género para su intercambio y difusión.
SNPASEVM
5.4   Promover esquemas de profesionalización a prestadores de servicios y funcionariado público en la atención a la violencia contra las mujeres.
SNPASEVM-CEAV, INALI, CDI
 
Estrategia 1.1 Promover la armonización de la legislación nacional con tratados y convenciones internacionales, eliminando disposiciones discriminatorias en contra de las mujeres.
Líneas de acción
Institución
1.1.1Promover reformas a leyes y reglamentos que eliminen los preceptos discriminatorios contra las mujeres.
SNPASEVM
1.1.2Impulsar la armonización de la legislación sustantiva y adjetiva en materia civil, penal, laboral y adecuaciones de disposiciones administrativas vinculadas.
SNPASEVM
1.1.3Impulsar la armonización de la legislación de los derechos de la niñez y adolescencia de acuerdo con la normatividad internacional.
SNPASEVM
1.1.4Promover en la armonización de la legislación la inclusión de las mujeres con discapacidad de acuerdo con la normatividad internacional.
SNPASEVM, CONADIS
1.1.5Promover la tipificación del delito de violencia sexual dentro del matrimonio o uniones de hecho.
SNPASEVM
1.1.6Promover la tipificación del delito de violencia obstétrica.
SNPASEVM
1.1.7Promover la tipificación del delito de matrimonio o uniones de hecho forzadas.
SNPASEVM
1.1.8Impulsar la prohibición de la conciliación o mediación en casos de violencia contra las mujeres.
SNPASEVM
1.1.9Promover la armonización del delito de feminicidio acorde al código penal federal en las entidades federativas.
SNPASEVM
1.1.10    Impulsar la armonización de la legislación que norma la actuación de los medios de comunicación conforme a los estándares internacionales.
SEGOB, INMUJERES
 
Estrategia 1.2 Promover la cultura de la no violencia contra las mujeres para fomentar la igualdad de género.
Líneas de acción
Institución
1.2.1Impulsar campañas nacionales permanentes sobre los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
SNPASEVM
1.2.2Promover los derechos de las mujeres, niñas, indígenas, con discapacidad, migrantes, adolescentes, adultas mayores y mujeres privadas de su libertad.
SNPASEVM, CDI
1.2.3Impulsar lineamientos para eliminar la apología de la violencia contra las mujeres en los medios de comunicación y productos publicitarios.
SEGOB
1.2.4Promover que los medios de comunicación difundan las relaciones familiares igualitarias y respetuosas.
SEGOB
1.2.5Promover la sensibilización a profesionales de la comunicación sobre causas e impactos de la violencia contra las mujeres.
SEGOB
1.2.6Impulsar el reconocimiento de las mejores prácticas de publicidad libre de estereotipos sexistas y del uso de lenguaje incluyente.
SEGOB, INMUJERES
 
Estrategia 1.3 Difundir a nivel nacional los contenidos de la LGAMVLV y las acciones para su cumplimiento.
Líneas de acción
Institución
1.3.1Difundir el contenido y aplicación de las disposiciones de la LGAMVLV a nivel nacional.
SNPASEVM
1.3.2Promover la traducción con enfoque de interculturalidad de la LGAMVLV en lenguas indígenas y las acciones para su cumplimiento.
SEDESOL, INALI, CDI
1.3.3Realizar campañas radiofónicas en lenguas indígenas para difundir la LGAMVLV y los servicios que se brindan.
SEDESOL, INALI, CDI
1.3.4Capacitar y sensibilizar a las autoridades indígenas en los contenidos de la LGAMVLV.
SEDESOL, CDI, INALI
1.3.5Difundir los contenidos de la LGAMVLV entre mujeres con discapacidad, migrantes, adultas mayores y privadas de su libertad.
SEGOB, SEDESOL, INAPAM, CDI, PGR
1.3.6Difundir el contenido y aplicación de las disposiciones de la LGAMVLV entre las usuarias de los servicios de salud.
SNPASEVM, SNS
 
1.3.7Difundir el contenido y aplicación de las disposiciones de la LGAMVLV entre las y los servidores públicos.
SNPASEVM
Estrategia 2.1 Establecer acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas en el sector educativo.
Líneas de acción
Institución
2.1.1Incorporar en planes y programas de estudios de niveles y modalidades educativas, la perspectiva de género y prevención de violencia.
SEP
2.1.2Eliminar de los libros de texto y en materiales educativos, cualquier contenido sexista y discriminatorio contra las mujeres y niñas.
SEP
2.1.3Promover masculinidades no violentas y relaciones igualitarias en los centros escolares, culturales y deportivos incluyendo a los generadores de violencia.
SEP
2.1.4Difundir entre la comunidad educativa las causas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, niñas y niños.
SEP
2.1.5Promover la formación y capacitación en derechos humanos, perspectiva de género y prevención de la violencia en el sistema educativo.
SEP
2.1.6Desarrollar campañas y acciones de difusión y prevenir en las familias, sobre causas y consecuencias de la violencia de género.
SEP
2.1.7Establecer en el sistema escolar, mecanismos de detección, denuncia y atención de la violencia de género y contra las mujeres.
SEP
2.1.8Promover ambientes escolares, culturales y deportivos libres de acoso, hostigamiento y violencia de género y contra las mujeres.
SEP
2.1.9Integrar una Red de Promotores de no violencia hacia las Mujeres y nuevas masculinidades no violentas, en comunidades indígenas.
SEP
 
Estrategia 2.2 Promover acciones integrales de prevención, detección y atención oportuna de violencia contra las mujeres en los centros de trabajo.
Líneas de acción
Institución
2.2.1Crear áreas especializadas para detectar, atender y denunciar maltrato, hostigamiento y acoso sexual en los centros de trabajo.
STPS
2.2.2Promover y difundir el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en el ámbito laboral.
STPS
2.2.3Fortalecer las acciones para prevenir el acoso y hostigamiento sexual en el marco de la NMX-R-025-SCFI-2012.
STPS
2.2.4Visibilizar como riesgo psicosocial el acoso y hostigamiento sexual y laboral hacia las mujeres.
STPS
2.2.5Promover esquemas de sensibilización entre empleadores para prevenir y erradicar el acoso laboral y hostigamiento sexual hacia las mujeres.
STPS
2.2.6Promover la elaboración y aplicación de un protocolo de atención del acoso y hostigamiento sexual y laboral en el trabajo.
STPS
2.2.7Promover como causa de incapacidad para fines laborales, el reconocimiento de la violencia que requiera atención en refugios.
SNPASEVM ,SNS
2.2.8Promover la elaboración y aplicación de modelos de prevención con equidad y género, dirigidos a generadores de violencia.
SNPASEVM
Estrategia 2.3 Fortalecer los servicios para la detección oportuna de la violencia contra las mujeres en el Sistema Nacional de Salud.
Líneas de acción
Institución
2.3.1Difundir la NOM 046 SSA2 2005 y monitorear su cumplimiento.
SNS
2.3.2Promover la aplicación de procedimientos de detección oportuna de violencia en mujeres a lo largo del ciclo de vida.
SNS
2.3.3Establecer procedimientos institucionales para la identificación de marcadores de riesgo y detección oportuna de violencia.
SNS
2.3.4Ampliar los servicios de atención médica y psicológica de violencia de género en unidades de salud.
SNS
2.3.5Promover políticas institucionales para erradicar la violencia de género que ocurre en los servicios de salud, incluyendo violencia obstétrica.
SNS
2.3.6Establecer mecanismos de referencia, ágiles y respetuosos de los derechos humanos de las usuarias.
SNS
 
Estrategia 2.4 Establecer acciones integrales de seguridad ciudadana para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas en la comunidad.
Líneas de acción
Institución
2.4.1Promover acciones a favor de la movilidad segura de las mujeres y niñas en los espacios y transporte públicos.
SNPASEVM
2.4.2Detectar los factores de riesgo de violencia contra las mujeres y niñas en el espacio y transporte públicos.
SNPASEVM
2.4.3Promover la instalación de servicios de denuncia de violencia contra las mujeres y niñas en los espacios y transporte públicos.
SNPASEVM
2.4.4Impulsar la instalación de botones de emergencia ante riesgos de violencia en transportes, parques, jardines, juegos, espacios deportivos, centros comerciales.
SNPASEVM
2.4.5Promover la formación de cuerpos de seguridad especializados en la atención de la violencia contra las mujeres y niñas.
SNPASEVM
2.4.6Impulsar la participación ciudadana en campañas de prevención y acciones de movilidad segura para mujeres.
SNPASEVM
2.4.7Mejorar las condiciones de infraestructura y alumbrado público para reducir los riesgos de violencia.
SNPASEVM, SCT
Estrategia 3.1 Establecer servicios integrales de atención a mujeres en situación de violencia en su ciclo de vida.
Líneas de acción
Institución
3.1.1Promover y ampliar servicios gratuitos y accesibles de atención con enfoque diferencial y especializado para mujeres.
SNPASEVM, CEAV
3.1.2Estandarizar los servicios de atención telefónica mediante su vinculación a los Centros de Control, Comando Comunicación Cómputo C-4.
SNPASEVM, CEAV
3.1.3Promover la participación de las OSC en la atención de mujeres víctimas de violencia así como sus hijas e hijos.
SNPASEVM, CEAV
3.1.4Impulsar la creación de módulos itinerantes multidisciplinarios para atender en un nivel inmediato y de primer contacto a las mujeres.
SNPASEVM, CEAV
3.1.5Facilitar la permanencia de mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos en programas educativos, incluyendo alfabetización y guarderías.
SNPASEVM CEAV
3.1.6Promover que los protocolos interinstitucionales de atención a las víctimas de violencia que se elaboren tengan perspectiva de género.
CEAV, PGR
 
Estrategia 3.2 Facilitar la capacitación, inserción laboral, el acceso a créditos productivos y de vivienda para contribuir al empoderamiento de las mujeres.
Líneas de acción
Institución
3.2.1Promover que en las unidades integrales capaciten y entrenen a las mujeres en diversos oficios.
STPS
3.2.2Impulsar incentivos a la iniciativa privada que ofrezcan bolsas de trabajo a mujeres con enfoque diferencial y especializado.
SHCP, STPS
3.2.3Promover esquemas que faciliten el acceso a créditos para la vivienda a mujeres con enfoque diferencial y especializado.
SEDESOL, SE, SEDATU
3.2.4Incentivar capacidades administrativas y financieras de mujeres en estado de riesgo y víctimas de violencia para emprender proyectos productivos.
SEDESOL, SE, SEDATU, CDI
3.2.5Promover la participación de las OSC en el proceso de empoderamiento de las mujeres víctimas de violencia.
SEDESOL
3.2.6Promover el empoderamiento de las mujeres en riesgo de trata, venta o matrimonio forzado en los ámbitos comunitario y familiar.
SEDESOL-CDI
3.2.7Implementar programas y servicios reeducativos para agresores.
SNPASEVM
3.2.8Promover el diseño e implementación de las medidas de reeducación de agresores y formación de especialistas para su ejecución.
SNPASEVM
3.2.9Desarrollar mecanismos de concertación con la iniciativa privada y OSC para la inserción laboral de mujeres en situación de violencia.
STPS, SE, SEDESOL
 
Estrategia 4.1 Garantizar la debida diligencia en la procuración de justicia para mujeres en situación de violencia.
Líneas de acción
Institución
4.1.1 Garantizar asesoría jurídica gratuita y promover atención médica y psicológica oportuna a mujeres en situación de violencia y sus familias.
SNPASEVM, CEAV
4.1.2 Diseñar un protocolo único para la emisión de órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia en el país.
SNPASEVM, CEAV
4.1.3 Promover la consolidación del fondo de garantía para reparación del daño a las mujeres víctimas de violencia y sus familiares.
SNPASEVM, CEAV
4.1.4 Impulsar la sanción a personal de servicio público que den trato discriminatorio e incumplan con la debida diligencia en el proceso.
SEGOB, CEAV, SFP, PGR
4.1.5 Promover sanciones a empresas omisas ante actos de violencia contra las mujeres y niñas, así como a agresores reincidentes.
SEGOB, CEAV, PGR, STPS
 
Estrategia 4.2 Asegurar la reparación del daño vinculados a delitos por violencia en contra de las mujeres.
Líneas de acción
Institución
4.2.1Establecer mecanismos que garanticen la reparación integral del daño de acuerdo con estándares internacionales.
SEGOB, CEAV, PGR
4.2.2Consolidar la instrumentación y aplicación del Protocolo Alba.
SNPASEVM, CEAV
4.2.3Homologar con perspectiva de género manuales y protocolos de investigación y dictámenes periciales de delitos contra las mujeres.
SEGOB, CEAV, PGR
4.2.4Integrar un registro nacional de feminicidios, homicidios dolosos y por razones de género con datos sociodemográficos de víctimas y agresores.
SEGOB, PGR, CEAV
4.2.5Garantizar que los documentos, partes médicos, peritajes sean científicos-técnicos y con perspectiva de género en los procedimientos administrativos y judiciales.
SEGOB, PGR, CEAV
4.2.6Canalizar a las unidades integrales de atención a familiares de mujeres y niñas víctimas de trata, feminicidio y desapariciones.
SNPASEVM, CEAV
 
Estrategia 4.3 Fortalecer los servicios de justicia para atender a mujeres en situación de violencia.
Líneas de acción
Institución
4.3.1Promover la creación de unidades integrales de atención y de justicia.
SEGOB, CEAV, PGR
4.3.2Promover que las unidades integrales de atención y de justicia cuenten con espacios físicos de transición.
SNPASEVM, CEAV
4.3.3Desarrollar y proponer ordenamientos jurídicos para creación y operación de las unidades integrales de atención.
SNPASEVM, CEAV
4.3.4Establecer protocolos que estandaricen los niveles de riesgo, con procedimientos de protección adecuados y accesibles que involucren a las víctimas.
SNPASEVM, CEAV
4.3.5Impulsar un protocolo de guarda y custodia de niñas y niños víctimas directas o indirectas de violencia contra las mujeres.
SEGOB-CEAV, PGR, SNDIF
4.3.6Promover la aplicación de protocolos para juzgar con perspectiva de género.
CEAV, SNPASEVM
4.3.7Promover a nivel municipal y delegacional, una autoridad administrativa competente, para emitir y dar seguimiento a órdenes de protección.
SNPASEVM, CEAV
4.3.8Impulsar el cumplimiento de las recomendaciones y sentencias internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.
SNPASEVM, CEAV
4.3.9Promover la sistematización y registro de sentencias de delitos cometidos contra mujeres con perspectiva de género.
SNPASEVM, CEAV
4.3.10    Fortalecer las agencias de los ministerios públicos especializadas de los delitos contra las mujeres.
SNPASEVM, CEAV, PGR
 
Estrategia 5.1 Fortalecer los mecanismos de coordinación y seguimiento.
Líneas de acción
Institución
5.1.1Consolidar las comisiones del Sistema Nacional para dar seguimiento a la Política Integral Nacional.
SNPASEVM
5.1.2Promover la armonización de los programas estatales y municipales con la legislación Federal.
SNPASEVM
5.1.3Impulsar la participación de las OSC en la Política Integral Nacional.
SNPASEVM
5.1.4Difundir los alcances y los avances de la política nacional en la materia.
SEGOB, INMUJERES
 
Estrategia 5.2 Generar y establecer instrumentos para el seguimiento y evaluación del avance en la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Líneas de acción
Institución
5.2.1Impulsar el fortalecimiento de la integración y administración del BANAVIM para obtener información estadística confiable.
SEGOB
5.2.2Promover la elaboración de protocolos para expedir, registrar y dar seguimiento a las órdenes de protección e incorporarlas al BANAVIM.
SEGOB
5.2.3Diseñar un tablero de control para el seguimiento y evaluación de la política Nacional.
SEGOB
5.2.4Suscribir convenios de coordinación para homologar registros administrativos sobre los casos de violencia contra las mujeres.
SEGOB
5.2.5Integrar el registro nacional de agresores de violencia de género y delincuentes sexuales con datos sociodemográficos.
SEGOB, PGR
5.2.6Integrar y actualizar la información de mujeres y niñas desaparecidas y localizadas de las páginas web en las entidades federativas.
SEGOB
5.2.7Consolidar la integración del Banco Nacional de Información Genética, con registros de familiares de desaparecidas y víctimas de feminicidio.
PGR
5.2.8Diseñar y operar el sistema de monitoreo de comportamiento violento de los individuos y la sociedad contra las mujeres.
SNPASEVM
 
Estrategia 5.3 Generar información y sistematizar buenas prácticas en materia de violencia de género para su intercambio y difusión.
Líneas de acción
Institución
5.3.1Realizar un diagnóstico nacional y estudios complementarios sobre los diferentes tipos y modalidades de violencia contra las mujeres.
SEGOB
5.3.2Realizar un diagnóstico nacional de refugios para mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia.
SEGOB
INMUJERES
5.3.3Generar espacios para la sistematización e intercambio de buenas prácticas en materia de casas de acogida y CJM.
SNPASEVM
5.3.4Promover la integración de redes académicas y de investigación en violencia contra las mujeres y políticas públicas.
SEGOB
5.3.5Integrar el informe anual de seguimiento de la política de promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres.
SEGOB
5.3.6Georreferenciar todos los servicios que requieran las mujeres víctimas de violencia.
SNPASEVM
5.3.7Georreferenciar todas las instancias públicas y privadas, encargadas de atender mujeres víctimas de violencia, para identificar las fuentes de información.
SNPASEVM
 
Estrategia 5.4 Promover esquemas de profesionalización a prestadores de servicios y funcionariado público en la atención a la violencia contra las mujeres.
Líneas de acción
Institución
5.4.1Capacitar y certificar al personal que interviene en el procedimiento de denuncias de acoso sexual y laboral de las mujeres.
INMUJERES, CEAV, PGR, STPS, SEGOB
5.4.2Promover que la capacitación y certificación en violencia contra las mujeres tenga un enfoque diferencial y especializado.
SNPASEVM, CEAV
5.4.3Impulsar la certificación de los prestadores de servicio, en la Norma Técnica para el funcionamiento de unidades integrales de atención.
CEAV, INMUJERES
5.4.4Promover la certificación de operadoras y operadores de las líneas telefónicas en el estándar de Competencia S029.
SEGOB, PGR, CEAV
5.4.5Especializar al personal policial, militar y ministerial en investigación de delitos derivados de la violencia contra las mujeres.
PGR, SEGOB, CEAV
5.4.6Promover la capacitación en el Sistema Penal Acusatorio a personal ministerial y judicial en materia de violencia contra las mujeres.
PGR, CEAV
5.4.7Promover la capacitación en derechos humanos de las mujeres y no violencia al personal del servicio público federal.
SEGOB, CEAV, PGR
5.4.8Fortalecer la formación de traductoras, psicólogas, intérpretes, jueces y juezas con perspectiva de género e interculturalidad.
CEAV, SEGOB, INALI, CDI, PGR
5.4.9Capacitar en derechos humanos, género, protección integral, derechos de la infancia e interculturalidad a encargados de atender a víctimas.
CEAV, PGR, SEGOB
5.4.10    Impulsar la formación de psicólogas y abogadas hablantes de lenguas indígenas con perspectiva de género e interculturalidad.
INALI, CDI, SNPASEVM
 
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1     Véase INEGI (2004), Resultados de la ENDIREH 2003, disponible en: http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/encuestas/especiales/endireh/2004/EUM_endireh.pdf
2     Véase INSP (2003), ENVIM 2003, disponible en: http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Ceameg/violencia/sivig/doctos/envim03.pdf
3     Véase INEGI (2013), Estadísticas a propósito del día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, disponible en: http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/estadisticas/2013/violencia0.pdf
4     http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/conocenos/Agenda_2013_1.pdf
5     http://www.conavim.gob.mx/es/conavim/Estudio_sobre_las_Fuentes
6     Uno de los factores que ha mostrado tener importancia en el acoso escolar es la violencia sufrida en casa (física, sexual y emocional) y la conflictividad en las relaciones familiares (Aguilera García, et al., 2007; Frías & Castro, 2011a). Para ambos sexos, el sufrir violencia física en el hogar está asociado al riesgo de ser agresores/as. Igualmente, las mujeres y hombres que han atestiguado violencia física en su hogar están más involucrados en situaciones de acoso escolar como víctimas-agresoras (Santoyo Castillo, 2012).
7     La Encuesta Nacional de Juventud (ENJ,-IMJUVE; 2005) indica que 49.1% de los jóvenes acudió a escuelas donde había violencia entre compañeros y compañeras escolares; en 23.6 % delas escuelas había violencia entre maestros y alumnos y en 26.9% agresiones de alumnos hacia docentes. En centros escolares de nivel Medio Superior y Superior a que da acceso la Encuesta Nacional de Juventud 2005, muestra que 6.4% de los varones y 4.7% de las mujeres señalaban una fuerte percepción de violencia en el ámbito escolar
8     http://www.unicef.org/mexico/spanish/Estudio_violencia_genero_educacion_basica_Part1.pdf
9     Criterios para la atención médica de la violencia familiar, para quedar como NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
10    Ibídem.
11    STPS-INEGI. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo.
12    http://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2013_147.html
13    http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/Proyectos/Encuestas/Hogares/regulares/envipe/envipe2013/default.aspx
14    CIDH. Relatoría sobre los derechos de la mujer, organización de los Estados Americanos, disponible en: http://www.cidh.oas.org/women/Acceso07/resumeneje.htm.
15    Publicada en el DOF de 9 de enero de 2013, última reforma publicada en el DOF de 3 de mayo de 2013.
16    CIDH. Relatoría sobre los derechos de la mujer, organización de los Estados Americanos, disponible en: http://www.cidh.oas.org/women/Acceso07/resumeneje.htm.
17    Patiño, Mónica. Temas de Derechos Humanos. Editores del Puerto, Buenos Aires, 2009 en âConsultoría sobre el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia en el sistema de procuración y administración de justiciaâ. Secretaría de Gobernación, CONAVIM. Accesible en: www.conavim.gob.mx/Pdf/investigacionesConavim/Consultoria.pdf
18    Secretaría de Gobernación. Tercer Informe de Gestión. Mayo 2005-Septiembre 2006 de la Comisión para Prevenir y Eliminar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez.
19    Cámara de Diputados, Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, 2012. Informe de la Armonización Legislativa de la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), ciudad de México.
20    Cámara de Diputados, Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, 2012. Armonización Legislativa de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, ciudad de México.
21    CRIM, UNAM, 2013. Estudio sobre fuentes, orígenes y factores que producen y reproducen la violencia contra las Mujeres, Conavim, SEGOB, Ciudad de México.
22    Castro, Roberto y Casique, Irene (2008), Violencia de género en las parejas mexicanas. Análisis de resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2006, ciudad de
México.
23    El Sistema Nacional para Prevenir, Atender, sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres está integrado por las siguientes instituciones de acuerdo con el artículo 36 de LGAMVLV: SEGOB-SEDESOL-PGR-SEP-SALUD-STPS-INMUJERES-CONAPRED-SNDIF.
24    El Sistema Nacional de Salud está conformado por las siguientes instituciones: Secretaría de Salud-Instituto-Mexicano del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Servicios Médicos de Petróleos Mexicanos, Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.