ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas para el ejercicio fiscal 2015.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. MAR CONSIDERANDO Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas. Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa de Opciones Productivas, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, implementada a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre. Que esta Secretaría recibió el oficio número 312.A.-004600 de fecha 4 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las reglas de operación del Programa de Opciones Productivas; asimismo, recibió con fecha 15 de diciembre de 2014, el oficio número COFEME/14/4447 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACI PRODUCTIVAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2015. SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Opciones Productivas, para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2013. TERCERO.- La implementación del Programa en el uso del Sistema de Focalización para el Desarrollo (SIFODE) para la identificación de personas beneficiarias será de manera gradual durante el primer semestre del ejercicio fiscal y de uso obligatorio al concluir este periodo. CUARTO.- El incremento en el monto de los apoyos establecido en las presentes reglas de operación se llevará a cabo de acuerdo a la suficiencia presupuestal y con los recursos aprobados para el Programa por la H. Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2015. QUINTO.- Se dará prioridad a los proyectos que cuenten con la participación de integrantes de hogares beneficiarios de PROSPERA Programa de Inclusión Social y/o del Programa de Apoyo Alimentario, así como del programa piloto "Territorios Productivos", de acuerdo a la suficiencia presupuestaria. Para este criterio, el Programa determinará los recursos para financiar los proyectos demandados por dichas estrategias. En los casos en que sea necesario, para hacer efectivo el acceso en estos supuestos, el Programa expedirá convocatorias específicas que contendrán las acciones, recursos, metas, así como el procedimiento para el diseño, registro y operación del proyecto, el ejercicio de los recursos y la comprobación de su correcta aplicación. Cuando se trate de los integrantes de hogares beneficiarios de PROSPERA Programa de Inclusión Social, el Programa solicitará el número de folio familia para fines de monitoreo y seguimiento. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 18 días del mes de diciembre de dos mil catorce.- La Secretaria de Desarrollo Social, María del Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica. REGLAS DE OPERACI FISCAL 2015 1. Introducción Opciones Productivas es un Programa que apoya la implementación de proyectos productivos sustentables económica y ambientalmente, mediante la entrega de recursos económicos capitalizables para la adquisición de activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo, así como apoyos no capitalizables para la prestación de servicios de asistencia técnica y capacitación técnico productiva. Adicionalmente, entrega apoyos integrales para la puesta en marcha o consolidación de proyectos capitalizables que permitan ampliar la capacidad productiva de la población objetivo. Está dirigido a personas, cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar integradas en grupos sociales u organizaciones de productoras y productores que cuenten con iniciativas productivas y que habitan en las zonas de cobertura. Para esto, el Programa cuenta con tres modalidades de apoyo: Impulso Productivo, Asistencia Técnica y Acompañamiento y Fondo de Capital para el Desarrollo Social. Asimismo, el programa contribuye al cumplimiento del Objetivo 4.8 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en el que se establece como prioridad el desarrollar los sectores estratégicos del país. Al respecto, las acciones de este programa se alinean a la Estrategia 4.8.5 del Plan Nacional de Desarrollo que busca fomentar la economía social. En cuanto a las prioridades sectoriales, este programa se alinea al Objetivo 6 del Programa Sectorial de Desarrollo Social, el cual tiene como propósito mejorar las fuentes de ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos, así como a la Estrategia 6.1, que busca promover la generación y consolidación de proyectos productivos sustentables en el sector social de la economía para mejorar los ingresos de las personas en situación de pobreza. En el Anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en las presentes Reglas de Operación. 2. Objetivos 2.1. Objetivo General Contribuir a mejorar los ingresos de las personas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos sustentables. 2.2. Objetivo Específico Promover la generación de proyectos productivos sustentables de personas cuyos ingresos se encuentran por debajo de la línea de bienestar, integradas en grupos sociales u organizaciones de productoras y productores, mediante la dotación de activos productivos y la prestación de servicios de asistencia técnica y acompañamiento. 3. Lineamientos 3.1. Cobertura El Programa operará en: a) Las Zonas de Atención Prioritaria Rurales. b) Los municipios catalogados como predominantemente indígenas, de acuerdo a los criterios establecidos por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). c) Las localidades de alta y muy alta marginación con una población hasta de 14,999 habitantes, ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja. La cobertura se puede consultar en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo 3.1.1. Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes reglas de operación, deberá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre. Dichas acciones atenderán a los hogares y sus integrantes que se encuentren en situación de pobreza extrema de alimentación, evaluados e identificados a partir de la información socioeconómica integrada al SIFODE. Lo anterior, con base en los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares de la Sedesol y disponibles en la dirección: www.sedesol.gob.mx Asimismo, cuando aplique, para las acciones de servicios básicos e infraestructura social básica se atenderá a las personas que habitan en las Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales vigentes disponibles en la dirección electrónica: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/ Para implementar dichas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes reglas de operación y de las metas establecidas, así como en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal. La Unidad Responsable del Programa deberá informar sobre las acciones, presupuesto y avances en las metas e indicadores de las acciones que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivos de la Cruzada. 3.1.2 Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia En cumplimiento a los objetivos para prevenir la violencia y la delincuencia, el Programa podrá implementar acciones dedicadas a ese fin, las cuales atenderán a las personas y hogares habitantes de los polígonos ubicados en los municipios de atención de Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Dichas acciones podrán realizarse en coordinación con otras dependencias y entidades, así como con otros órdenes de gobierno, y se llevarán a cabo de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y en función de la capacidad operativa y presupuestal del Programa. 3.2. Población Objetivo Son las personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar integradas en grupos sociales u organizaciones de productoras y productores que cuenten con iniciativas productivas y que habitan en las zonas de cobertura. 3.3. Criterios y Requisitos de Elegibilidad Para tener acceso a los apoyos del Programa, se tendrá que presentar en la Delegación de la SEDESOL en la entidad federativa a la que corresponda (http://www.sedesol.gob.mx/es/sedesol/delegaciones01) o en las sedes que se definan en la convocatoria respectiva, una solicitud de apoyo económico para las modalidades: Impulso Productivo, y Fondo de Capital para el Desarrollo Social. Para el caso de Asistencia Técnica y Acompañamiento, el proceso de selección será a través del Comité de Validación Estatal, quién autorizará el o los Planes de Intervención de las Instituciones de educación media superior o superior o las Incubadoras de empresas seleccionadas. La entrega de documentos será en la Delegación de la SEDESOL en la entidad federativa a la que corresponda (http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/DELEGACIONES01). Los datos personales recabados durante el registro serán protegidos, incorporados y tratados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. a) Para el caso del Impulso Productivo se deberá cumplir con lo siguiente:
b) Para el caso de Asistencia Técnica y Acompañamiento se deberá cumplir con lo siguiente:
c) Para el caso de la modalidad Fondo de Capital para el Desarrollo Social: La banca de desarrollo, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural Forestal y Pesquero y/o fideicomisos públicos de fomento del Gobierno Federal, en términos de los Convenios de Colaboración que suscriban con la Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP), deberán establecer en las convocatorias que emitan el cumplimiento de los criterios del Programa establecidos en los numerales 3.1 y 3.2, así como en los Criterios Técnicos de Operación que emitan, los requisitos de elegibilidad de los proyectos productivos estratégicos susceptibles de apoyo. 3.4 Criterios de Selección a) Los proyectos de la modalidad del Impulso Productivo a apoyar serán los que resulten mejor evaluados por el Comité de Validación Estatal, conforme al tipo de convocatoria, de acuerdo a su viabilidad técnica, económica y social, y a la ponderación que resulte de los criterios de selección (Anexo 8) teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal del Programa. Se dará prioridad a los solicitantes que: · Se dará prioridad a los proyectos que cuenten con la participación de integrantes del conjunto de hogares del padrón de beneficiarios del PROSPERA Programa de Inclusión Social y del Programa de Apoyo Alimentario. · La UARP elaborará los lineamientos para normar la operación de la convocatoria específica para los proyectos que cuenten con la participación de integrantes de hogares beneficiarios de PROSPERA, Programa de Inclusión Social. · Se encuentren en las demarcaciones del Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, dentro de la cobertura del Programa. · Sean mujeres, indígenas, jóvenes o personas con discapacidad. Se dará prioridad a proyectos productivos que: · Provengan de una incubadora de negocios. · Cuenten con aportación económica de los gobiernos estatales, municipales o de terceros. · Cuenten con documentación que garantice la venta de su producto. · Cuenten o estén recibiendo capacitación en su actividad productiva. · Cuenten con acompañamiento técnico en la operación del proyecto. · Aprovechen la vocación productiva de la región. b) Para el caso de la modalidad Fondo de Capital para el Desarrollo Social, los criterios de selección se establecerán en las convocatorias correspondientes. 3.5 Tipos y Montos de Apoyo 3.5.1 Impulso Productivo Son apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos. Los montos de apoyo y de aportación dependerán de los requerimientos del proyecto y de su evaluación y del lugar en que se desarrollen los proyectos y de las características de los beneficiarios, de acuerdo a lo siguiente:
1/ Ver la lista de Municipios considerados en los municipios de Zonas de Atención Prioritaria Rurales en http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo 2/ Se refiere a los municipios y localidades dentro de la cobertura del programa, no incluidos en la lista de Municipios considerados en las Zonas de Atención Prioritaria Rurales. Consultar la lista en: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo Para establecimientos comerciales dedicados únicamente a la venta de productos previamente apoyados, solamente se otorgarán apoyos para su ampliación y escalamiento. No se podrá apoyar a este tipo de establecimientos para surtir su inventario. En el caso de nuevos establecimientos comerciales de este tipo, hasta el 30% de los recursos podrán ser destinados para la compra de mercancías para su venta que no incluya un proceso de transformación. En esta modalidad con el recurso federal se podrán apoyar la adquisición de activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo. En el caso de la adquisición de activos, éstos deberán ser nuevos. En ningún caso se podrán apoyar sueldos, salarios ni jornales. De igual manera no se podrán utilizar los recursos del programa para obras de adaptación, remodelación y/o construcción en terrenos públicos. Los proyectos tendrán un plazo máximo de capitalización de 7 años que dependerá de la rentabilidad del proyecto. El Programa apoyará a un proyecto y a sus beneficiarios, una sola vez en un mismo ejercicio fiscal. En los siguientes ejercicios fiscales, se podrán dar nuevos apoyos al proyecto y a sus beneficiarios si se cumplen en su totalidad las siguientes condiciones: · Estar legalmente constituido y dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). · Que el nuevo apoyo se solicite para escalar a otro tramo de la cadena productiva. · Que se hayan cumplido los objetivos del proyecto apoyado previamente. · Que los beneficiarios estén al corriente en sus capitalizaciones, y · Que los beneficiarios se encuentren bajo lo establecido en el numeral 3.2 Población Objetivo de estas Reglas de Operación. La SEDESOL podrá apoyar proyectos de instituciones de educación media y superior para que los alumnos cumplan con su servicio social participando en labores relacionadas con el Programa. El apoyo por prestador de servicio social será hasta por un máximo de $750.00 (setecientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensuales hasta por seis meses, y en su caso, hasta el término del ejercicio fiscal (Anexo 9). 3.5.2. Asistencia Técnica y Acompañamiento Son apoyos económicos no capitalizables, para proporcionar servicios de Asistencia Técnica y Acompañamiento a los beneficiarios de la Modalidad de Impulso Productivo a través de Instituciones de educación media superior o superior, e Incubadoras de empresas. Los servicios que brindarán conforme al Plan de Intervención (Anexo 7), consistirán en asistir técnicamente y acompañar en actividades relacionadas con el o los proyectos asignados y aprobadas en su Plan de Intervención, en todas o en alguna de las etapas y/o acciones que se señalan a continuación: a) Realizar un proceso de pre incubación · Identificación de los grupos u organizaciones · Integración de los grupos de trabajo · Elaboración del proyecto · Gestión del proyecto b) Proceso de Incubación · Capacitación a los grupos u organizaciones · Acompañamiento en la adquisición de los conceptos señalados en el proyecto y su comprobación · Acompañamiento en la puesta en marcha del proyecto · Brindar asistencia técnico-productiva · Dar seguimiento de la operación del Proyecto El periodo de acompañamiento que requiera cada proyecto se considera a partir de la firma del convenio de concertación sin rebasar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en curso. El monto máximo destinado para el apoyo de Asistencia Técnica y Acompañamiento técnica, será de hasta $300,000.00 (Trecientos mil pesos 00/100 M. N.), incluyendo impuestos y retenciones. El apoyo se podrá proporcionar en todas o en alguna de las etapas que se señalan a continuación: · Etapa de Pre incubación.- Hasta $60,000.00 (sesenta mil pesos 00/100 M.N.) por Plan de Intervención (Anexo 7) a la Firma del Convenio de Concertación. · Etapa de Incubación.- Hasta el 20% del monto federal por proyecto autorizado por el Comité de Validación Estatal y con base al programa de trabajo (Anexo 7), el cual se efectuará al pago de los proyectos de la modalidad de Impulso Productivo. La suma de ambas etapas no podrá rebasar los $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.). 3.5.3 Fondo de Capital para el Desarrollo Social Son apoyos económicos para empresas, intermediarios financieros no bancarios, administradores de fondos y fondos de capital de riesgo, que permitan la implementación de proyectos, ejecutados a través de la banca de desarrollo, de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural Forestal y Pesquero y/o de fideicomisos públicos de Fomento del Gobierno Federal. El monto máximo por beneficiario será de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.). Los proyectos tendrán un plazo máximo de recuperación de hasta 15 años que dependerá de la rentabilidad del proyecto. 3.5.4. Como parte de la Cruzada contra el Hambre, el Programa también apoyará acciones que tengan como propósito mejorar el acceso a la alimentación, dentro de las cuales se encuentran las destinadas a la operación y funcionamiento de Bancos de Alimentos. 3.6 Derechos y Obligaciones de los beneficiarios Los beneficiarios tienen derecho a: · Recibir un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad y equitativo, sin discriminación alguna. · Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado. · Recibir los apoyos conforme a las disposiciones del Programa. Asimismo, tendrán la obligación de: · Proporcionar, sin faltar a la verdad, sus datos personales y aquella información y documentación que se requiera para la validación de los proyectos, según se detalla en las presentes Reglas. · Utilizar los apoyos para los fines que fueron autorizados en el proyecto. · Presentar, durante los 60 días naturales posteriores a la entrega del apoyo, la documentación comprobatoria en original y copia ante la Delegación correspondiente para que previo cotejo se anexe copia al expediente técnico. · Cuando la Instancia Ejecutora sea una figura diferente al grupo social beneficiario, esta deberá presentar la documentación comprobatoria a nombre del grupo social, por ser éste el beneficiario del recurso otorgado. · Conservar durante cinco años la documentación que demuestre el uso de los recursos (tales como comprobantes fiscales, facturas, recibos, entre otros). · En caso de que sea requerido, informar sobre la aplicación de los recursos o, en su caso, informar los motivos por los que los recursos no fueron ejecutados en tiempo y forma. · Permitir a la SEDESOL e instancias ejecutoras efectuar las visitas que ésta considere necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, para verificar la aplicación de recursos y cumplimiento de metas. · Dar aviso a la Delegación Federal correspondiente, en caso de cambio de domicilio del representante social o cambio de domicilio del proyecto, en un plazo máximo de quince días naturales. En caso de requerir información adicional, la Delegación lo hará del conocimiento del representante legal o social. 3.7 Instancias participantes 3.7.1 Instancias Ejecutoras Los recursos de este Programa podrán ser ejecutados por las Delegaciones, la UARP, el Gobierno del Estado, los municipios, organizaciones de la sociedad civil (OSC), las organizaciones de productores y productoras, instituciones educativas, incubadoras de empresas, la población beneficiaria de los proyectos. Así como, por la banca de desarrollo, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y/o de fideicomisos públicos de fomento del Gobierno Federal y otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, dependiendo de la modalidad de apoyo y del tipo de proyecto a realizar. Para ello se suscribirán los acuerdos o convenios de ejecución, coordinación o concertación correspondientes y se observarán las disposiciones aplicables conforme a los Lineamientos para la selección de Instancias Ejecutoras (Anexo 10). 3.7.2 Instancia Normativa La SEDESOL, a través de la Subsecretaría, es la instancia facultada para interpretar las presentes Reglas, así como resolver los casos no previstos en las mismas. 3.7.3 Coordinación Interinstitucional La Instancia Normativa establecerá la coordinación necesaria para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal; la coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Con este mismo propósito, podrá establecer acciones de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes reglas de operación y de la normatividad aplicable. Del mismo modo, se podrán implementar acciones que contribuyan a la prevención social de la violencia y la delincuencia, así como a la erradicación del trabajo infantil, cumpliendo con lo establecido en las presentes reglas de operación. 3.7.4. Comité de Validación Central, Comité de Validación Estatal Comité de Validación Central Es el órgano colegiado de decisión en la modalidad de Fondo de Capital para el Desarrollo Social, el cual se integrará por: · El C. Subsecretario de Desarrollo Social y Humano, quien lo presidirá y podrá designar a un suplente y a un Secretario Técnico. · Los titulares de la Unidad de Microrregiones y de las Direcciones Generales de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, en calidad de vocales. Este comité tendrá la facultad de: · Determinar el monto de recursos que se asignarán en la modalidad de Fondo de Capital para el Desarrollo Social, en términos de los convenios que se suscriban con la Banca de desarrollo, de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y/o de fideicomisos públicos de fomento del Gobierno Federal. · El Presidente podrá designar a un suplente y a un Secretario Técnico. · Autorizar, en casos de excepción fundamentados, extender la aplicación del Programa a zonas de alta concentración de pobreza no incluidas en el numeral 3.1 Cobertura, en beneficio de la población objetivo. Comité de Validación Estatal Para la operación del Programa en las modalidades de Impulso Productivo y Asistencia Técnica y Acompañamiento, en cada Entidad Federativa en la que opere el Programa se integrará un Comité de Validación Estatal (Anexo 11), el cual se integrará por: · El Delegado de la SEDESOL en la entidad, quien lo presidirá. · Un representante de la UARP. · Un representante del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado (COPLADE), o quien el Estado determine, en el Acuerdo de Coordinación correspondiente. · Un representante de una Organización de la Sociedad Civil, con presencia probada en el estado y experiencia en la identificación, promoción y ejecución en proyectos productivos · Un representante de cada una de dos Instituciones de Educación Superior, con presencia probada en el estado y experiencia en la identificación, promoción y ejecución en proyectos productivos, que no participe como Instituciones de Educación Media Superior o Superior en la modalidad de Asistencia Técnica y Acompañamiento. · Un representante de la Delegación Estatal del Instituto Nacional de la Economía Social (INAES). Este Comité tendrá la facultad de: · Realizar funciones de planeación de la inversión en las modalidades de su ámbito (Anexo 11) y dictaminar las propuestas con base en los criterios señalados en las presentes Reglas (Anexo 8 y 12). · Recomendar a la UARP, la no elegibilidad de determinado tipo de proyectos y las ramas de actividad que, no serían elegibles en alguna región. · Evaluar y autorizar los planes de intervención y programa de trabajo de los postulantes interesados en brindar Asistencia Técnica y Acompañamiento. 4 Mecánica Operativa 4.1. Ejercicio y Aprovechamiento de Recursos Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, la UARP realizará una calendarización eficiente; asimismo, preverá que las aportaciones se realicen y ejerzan de manera oportuna en apego a la normatividad aplicable. Adicionalmente, a partir del 30 de junio la SEDESOL podrá realizar una evaluación del avance de las acciones y ejercicio de los recursos en cada entidad. Los recursos que no hubieren sido ejercidos o comprometidos, o cuyas acciones no tuvieren avance de acuerdo a lo programado, serán reasignados por parte de la UARP. 4.2. Proceso de Operación Las instancias ejecutoras del Programa deben realizar las actividades relacionadas con la operación, administración y ejecución de los recursos, de acuerdo con lo establecido en los Lineamientos de Operación de los Programas de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, los cuales se encuentren ubicados en el siguiente sitio: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_ Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_PDSH.pdf a) La SEDESOL, a través de la UARP, emitirá para la modalidad de Impulso Productivo, las convocatorias en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/ SEDESOL/Convocat Las convocatorias se ajustarán a los términos del modelo que forma parte de las presentes Reglas como Anexos 13A y 13B especificando, como mínimo, los requisitos y plazos para la presentación de propuestas y la fecha en que se difundirá el dictamen. b) A partir de la fecha de difusión de la convocatoria, los interesados podrán acudir ante la Delegación en el Estado en el que se pretenda realizar el proyecto, para solicitar aclaraciones sobre los términos de la convocatoria. c) A partir de la fecha de difusión de la convocatoria, los interesados deberán pre registrar sus propuestas en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://opciones.sedesol.gob.mx, hasta cinco días hábiles antes del cierre de la convocatoria, o en el período que ésta defina. En caso de requerirlo, los interesados podrán acudir a la Delegación correspondiente, la cual deberá facilitar los medios para que éstos realicen su pre registro. En el caso de la convocatoria específica para los proyectos que cuenten con la participación de integrantes de hogares beneficiarios de PROSPERA, Programa de Inclusión Social, el prerregistro se llevará a cabo conforme los lineamientos para normar la operación de dicha convocatoria. d) En el plazo señalado en la convocatoria, los interesados deberán presentar en la Delegación en el estado en el que se pretende realizar el proyecto, los documentos señalados en el numeral 3.3 Criterios y requisitos de estas Reglas, para el registro de su propuesta. Trámite que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios www.cofemer.gob.mx. e) Al recibir la propuesta, la Delegación revisará los documentos presentados por las interesadas y los interesados; en caso de que haga falta algún documento, en ese momento se le informará al interesado - por escrito y por única ocasión - de la información faltante, y se le otorgará un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación para que lo solvente. Dicho plazo no será aplicable para la presentación del proyecto y acuse de captura de los CUIS, los cuales deberán ser entregados al momento del registro sin excepción. En caso de no cumplir en el plazo establecido para la entrega de los documentos faltantes, se considerará como no presentada la solicitud. Las Delegaciones no podrán solicitar documentación adicional. f) Tratándose de apoyo a proyectos productivos, la SEDESOL verificará que los solicitantes cumplan con lo establecido en el numeral 3.2 Población Objetivo, conforme a los criterios del CONEVAL, a partir de la información contenida en el CUIS. La UARP proporcionará a las Delegaciones la información contenida en los CUIS para que éstas verifiquen que los nombres proporcionados correspondan a los socios beneficiarios del proyecto y que se encuentren incluidos en las Actas correspondientes. La UARP validara con PROSPERA Programa de Inclusión Social, conforme a la información de los CUIS, si los solicitantes son beneficiarios de PROSPERA. g) La Delegación pre dictaminará los Proyectos de acuerdo a los criterios establecidos en Anexo 12 de estas Reglas, para someterlos a consideración del Comité de Validación Estatal. h) La Delegación, en coordinación con la UARP realizará las visitas en campo para verificar la veracidad, congruencia y pertinencia de lo planteado en los proyectos productivos con las condiciones observadas en el sitio, previamente a la sesión de Comité de Validación Estatal. i) El Comité de Validación Estatal dictaminará los proyectos productivos susceptibles de apoyo. j) La UARP difundirá las listas de proyectos seleccionados en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Fallos dentro de los 60 días hábiles siguientes al cierre de la convocatoria. Los proyectos que no aparecieren en la lista, se entenderán como no seleccionados. k) Una vez verificada la documentación, y posterior a la publicación de los resultados, se firmará el Convenio de Concertación correspondiente (Anexo 6A, 6B y 6C) y se procederá a la entrega de los recursos a través de entidades de ahorro y crédito reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en los territorios donde éstas tengan cobertura. l) En los territorios donde no tengan cobertura las entidades antes mencionadas el pago se realizará a través de instancias que defina la normatividad vigente. m) Los beneficiarios de la modalidad de Impulso Productivo tendrán que comprobar la aplicación del recurso federal, así como de las otras aportaciones dentro de los 60 días naturales posteriores a la entrega del recurso, sin que la fecha de la documentación comprobatoria rebase el ejercicio fiscal correspondiente. n) Las Delegaciones promoverán y difundirán el modelo de intervención de la modalidad de Asistencia Técnica y Acompañamiento para la identificación de las Instituciones de Educación media superior, superior y/o incubadoras de empresas. o) Las Instituciones de Educación Media Superior, Superior y/o Incubadoras de Empresas deberán presentar en la Delegación en el estado en el que se pretende realizar su intervención, los documentos señalados en el numeral 3.3 Criterios y requisitos de estas Reglas, dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de enero del ejercicio en curso. p) Para la modalidad de Asistencia Técnica y Acompañamiento, las Delegaciones presentarán a la UARP, dentro de los primeros 15 días hábiles del mes de enero del ejercicio en curso, propuesta de Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/ o Incubadora de Empresas, con un plan de intervención para realizar acciones de pre incubación e incubación, conforme a lo establecido en el anexo 7 y que fueron pre seleccionadas con base en los criterios de dictaminación Anexo 12. q) La UARP revisará el perfil curricular y el plan de intervención de los postulantes preseleccionados y notificará a la Delegación, el visto bueno de las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas conforme a los criterios establecidos en el anexo 12 de las Reglas de Operación, considerando la disponibilidad presupuestal. r) El Comité de Validación Estatal dictaminará los Planes de Intervención de las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadora de Empresas. s) Las Delegaciones firmaran los Convenios de Concertación (Anexo 14A) con las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadora de Empresas por los Planes de Intervención autorizados. t) Las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas presentarán recibo y/o factura fiscal vigente para comprobar el apoyo recibido del Programa por el Plan de Intervención (etapa de Pre-incubación). u) Las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadora de Empresas al momento de pre registrar los proyectos de Impulso Productivo deberán registrar los Programas de Trabajo respectivos en el sitio: http://opciones.sedesol.gob.mx v) En la sesión del Comité de Validación Estatal en que se dictaminen los proyectos de Impulso Productivo, se revisarán y validarán los Programas de Trabajo de los que resulten elegibles, en caso de contar con ellos. w) Las Delegaciones firmaran los Convenios de Concertación (Anexo 14B) con las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadora de Empresas por los Programas de Trabajo autorizados. x) La Institución de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadora de Empresas presentará recibo y/o factura fiscal vigente para comprobar el apoyo recibido del Programa por los Programas de Trabajo autorizados. y) La Institución de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadora de Empresas presentará a la Delegación los informes correspondientes en los términos y plazos establecidos en el Anexo 7 y en los Convenios de Concertación que se suscriban (Anexo 14A y 14B). z) La UARP y las Delegaciones podrán realizar posteriores visitas a campo para verificar la aplicación de los recursos, el avance de las metas y resultados de los proyectos, planes de intervención y de trabajo Para el caso de Impulso Productivo se realizará a partir de una muestra estadísticamente significativa. aa) Los beneficiarios de los proyectos productivos podrán capitalizar los recursos aportados, a través de la reinversión en activos en el mismo proyecto productivo. También podrán capitalizar los recursos aportados a través de entidades de ahorro y crédito de la banca social, reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en los territorios donde tengan cobertura. Los depósitos que se efectúen serán a su nombre, y los podrán retirar, junto con los rendimientos financieros obtenidos para reinvertirlos en el proyecto. Estas capitalizaciones formarán parte del patrimonio de los beneficiarios. bb) Para el caso de la modalidad de Fondo de Capital para el Desarrollo Social, las convocatorias podrán ser emitidas por la UARP o la banca de desarrollo, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y/o fideicomisos públicos de fomento del Gobierno Federal, atendiendo a la normatividad de éstos y conforme a los Convenios de Colaboración que se suscriban para tales efectos. 4.3. Gastos de Operación Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del Programa, la SEDESOL podrá destinar recursos de hasta el 7.13% del presupuesto asignado al Programa. 4.4 Registro de Operaciones 4.4.1 Avances Físicos-Financieros Las Instancias Ejecutoras deberán reportar trimestralmente a la Delegación en la entidad federativa correspondiente, la información relativa a los avances físicos y financieros de los proyectos o acciones bajo su responsabilidad. La Delegación de la SEDESOL deberá registrar en el SIIPSO la información recibida de la Instancia Ejecutora a más tardar los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al trimestre que se reporta, contados a partir de la fecha en que la reciba, así mismo deberá registrar lo correspondiente a los Gastos de Operación, ejecutados por la misma. En el caso de que la Delegación de la SEDESOL detecte información faltante o la documentación no se encuentre completa, informará a las instancias ejecutoras por escrito quienes deberán presentar la documentación faltante, en un plazo que no exceda 10 días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación correspondiente. 4.4.2 Recursos no Devengados Las Instancias Ejecutoras deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados, y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal. Dentro del mismo plazo, deberán remitir copia del reintegro a la Delegación para su registro correspondiente. 4.4.3 Cierre de Ejercicio La Delegación, con la información recibida de las instancias ejecutoras, integrará el Cierre de Ejercicio y lo remitirá a la Dirección General de Seguimiento (DGS) en impreso y medios electrónicos. La DGS verificará la congruencia de la información con la Cuenta Pública. 5. Evaluación Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y con el objeto de enfocar la gestión del Programa al logro de resultados para mejorar las condiciones de vida de la población beneficiaria, así como fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, realizarán evaluaciones Programa. Las evaluaciones se complementarán con un monitoreo periódico de los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas, orientado a consolidar una presupuestación basada en resultados. Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el Programa Anual de Evaluación (PAE) que emitan el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica www.coneval.gob.mx Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE, se podrán llevar a cabo las evaluaciones que se consideren apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la DGEMPS. La DGEMPS presentará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente y los difundirá a través de la página de Internet de la SEDESOL (www.sedesol.gob.mx). 6. Indicadores Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo 15 de las presentes Reglas de Operación. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por la UARP en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH) y a la Dirección General de Seguimiento para la integración de los Informes correspondientes. La totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente liga: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Opciones_Productivas 7. Seguimiento, Control y Auditoría 7.1. Seguimiento Para la mejora permanente del Programa, así como para la integración de informes, la Dirección General de Seguimiento llevará a cabo el seguimiento a la operación y ejercicio de los recursos asignados al Programa y, en coordinación con la Unidad Responsable, a los resultados, indicadores y metas alcanzadas. Asimismo, participará en el seguimiento a las obras, proyectos y acciones en las entidades federativas, en coordinación con la Unidad Responsable del Programa y las Delegaciones de la SEDESOL. 7.2. Control y Auditoría Las Instancias Ejecutoras serán responsables de la supervisión directa de las obras o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que las Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas serán responsables de verificar la correcta terminación y entrega de las obras y/o acciones, así como de la solicitud y resguardo de la comprobación documental del gasto ejercido debidamente certificada. Considerando que los recursos federales de este programa, ejecutados por las entidades federativas o sus municipios no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes Instancias de Fiscalización, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: Por la Auditoría Superior de la Federación; por el La instancia Ejecutora dará todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías, revisiones o visitas de inspección que consideren necesarias; asimismo, efectuará el seguimiento y la atención de las observaciones planteadas. La inobservancia de esta disposición, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitará la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal. Las Instancias Fiscalizadoras podrán verificar que los recursos asignados para cumplir con los objetivos y la cobertura establecida en la Cruzada contra el Hambre hayan sido ejercidos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. 8. Transparencia 8.1. Difusión Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, están disponibles para su consulta en las Delegaciones, en la página electrónica de la SEDESOL: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/, así como en la página electrónica: http://www.sedesol.gob.mx/en/ SEDESOL/Opciones_Productivas Las Delegaciones en coordinación con la UARP, serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del Programa, informando las acciones institucionales a realizar y las comunidades beneficiadas. Para conocer los servicios que ofrece este Programa así como los demás que están a cargo de la SEDESOL, sus órganos administrativos desconcentrados y entidades del Sector, conforme lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, se puede acceder a la página electrónica www.sedesol.gob.mx, sección "LECTURAS RECOMENDADAS" y consultar la Manual de Servicios Públicos, en donde también se describen los procedimientos y los trámites para solicitar los apoyos, así como los plazos de respuesta a las solicitudes. Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional e incluir la siguiente leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". 8.2. Contraloría Social Se propiciará la participación de las personas beneficiarias del Programa a través de la integración y operación de comités de contraloría social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo. El programa deberá ajustarse a lo establecido por la Secretaría de la Función Pública en materia de Contraloría Social, conforme a los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008, con el fin de promover y realizar las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública y que puede consultarse en el portal: http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/ua/scagp/uorcs/contraloria-social.html y Anexo16 de las presentes Reglas de Operación. 8.3. Proceso para la integración del Padrón El Padrón Para la integración del padrón de personas beneficiarias del Programa al PUB, al inicio del ejercicio fiscal la URP indicará a la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios (DGGPB) sobre el calendario de actualización, tipo de personas beneficiarias y datos del personal responsable y operativo del padrón. Asimismo, la generación del PUB será de acuerdo con los Lineamientos para la Integración del Padrón 8.3.1 Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE) 8.3.1.1 Recolección e Integración de información socioeconómica El Programa realizará la recolección de información conforme al padrón de personas beneficiarias a integrar, y deberá corresponder al menos a la requerida en: · El Cuestionario · El Cuestionario · El Cuestionario La información proveniente de los cuestionarios recolectados por el Programa se incorporará y administrará al SIFODE con base en los Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE, a través de las herramientas diseñadas para este fin, las cuales serán validadas por la DGGPB, de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información Socioeconómica y Captura. 8.3.1.2 Evaluación de información socioeconómica La información de hogares y sus integrantes incorporada en el SIFODE se evaluará de la siguiente manera: · CUIS.- Conforme a la medición multidimensional de la pobreza, probabilidades de ingreso e intensidades de carencias, las cuales se establecen en los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares y será utilizada para la focalización de posibles beneficiarios del Programa. · CUIS/CC.- Conforme a los criterios de elegibilidad, los cuales se establecen en las presentes Reglas de Operación y será utilizada para identificar a su población objetivo. La información de obras y servicios y actores sociales incorporada en el SIFODE corresponderá a acciones ejecutadas y no requerirá de evaluación. 8.3.2 Integración del Padrón El programa integrará su padrón de personas beneficiarias a partir de los registros en los que consten las personas beneficiarias y los beneficios que les fueron entregados. El Programa deberá integrar padrones de Personas, de Poblaciones Beneficiarias de Obras de Infraestructura o Acciones Comunitarias, o de Actores Sociales, de acuerdo a los tipos de personas beneficiarias, para lo cual deberá ajustarse a lo establecido por la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, por conducto de la DGGPB, conforme se establece en los Lineamientos Normativos para la Integración del Padrón La Clave Las claves y nombres geográficos de entidades federativas, municipios y localidades registradas en los padrones de personas beneficiarias, deberán corresponder a las establecidas en el Catálogo Para realizar aclaraciones de las localidades que in situ no existan o difieran en la ubicación geográfica, claves o nombres geográficos a los registrados en el CENFEMUL, las personas interesadas deberán apegarse al procedimiento de actualización permanente del catálogo de claves de entidades federativas, municipios y localidades del INEGI, para lo cual deberán contactarse con la persona responsable del procedimiento de actualización del catálogo en la Delegación SEDESOL correspondiente, o bien con la DGGPB. La documentación que indica el procedimiento de actualización permanente del Catálogo El domicilio geográfico para la integración de los padrones de Personas, de Poblaciones Beneficiarias de Obras de Infraestructura o Acciones Comunitarias, y de Actores Sociales, así como puntos de venta y/o atención, deberá regirse por el modelo de estructura de datos establecido en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el INEGI el 8 de noviembre de 2010 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010. La Norma podrá ser consultada a través de la página de internet: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/dom_geo.aspx El Programa deberá considerar que aquellas localidades levantadas en el último evento censal pudieran sufrir cambios en su clave geográfica, lo que representa que modifiquen o pierdan su información censal. Las localidades que cambien su clave por adscripción a nuevos municipios, cambio de municipio o cambio de entidad, así como aquellas localidades declaradas como inexistentes, tapias o ruinas, no aparecerán en la actualización mensual del CENFEMUL. 8.4. Acciones de Blindaje Electoral En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a las presentes Reglas de Operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionada para la Transparencia, con la finalidad de evitar el uso de recursos públicos y programas sociales con fines particulares, partidistas y/o político-electorales. Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas, se refrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad en la aplicación de los recursos públicos y se busca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que regula la actuación en el servicio público, haciendo énfasis en los principios de ética, legalidad, transparencia, integridad, rendición de cuentas, respeto a los derechos humanos y participación ciudadana. 9. Participación Social Con el objeto de promover la organización y la participación social en las zonas de actuación de los programas sociales del Gobierno Federal, la SEDESOL apoyará la integración y operación de Comités Comunitarios con funciones de planeación, gestión, verificación y seguimiento de las obras y acciones financiadas con recursos de este Programa, conforme se establece en los Lineamientos de Operación de los Comités Comunitarios publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio de 2013 y que se pueden consultar en http://www.dof.gob.mx Con el objeto de promover la organización y la participación social en las zonas de actuación de los programas sociales del gobierno federal, la Sedesol apoyará la integración y operación de Comités Comunitarios con funciones de planeación, gestión, verificación y seguimiento de las obras y acciones financiadas con recursos de este Programa, conforme se establece en los Lineamientos de Operación de los Comités Comunitarios publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio de 2013 y que se pueden consultar en http://www.dof.gob.mx Los Comités Comunitarios estarán integrados por los habitantes de las zonas en que se realicen acciones de los programas sociales del gobierno federal, quienes participarán de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica. El municipio deberá dar las facilidades necesarias para la adecuada integración y operación de los Comités Comunitarios. 10. Perspectiva de Género En el ámbito de su competencia, el Programa incorporará la perspectiva de género para identificar las circunstancias que profundizan las brechas de desigualdad, que generan sobrecargas o desventajas, en particular para las mujeres, a fin de determinar los mecanismos que incidan en su reducción o eliminación y potenciar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, para alcanzar un desarrollo pleno, en condiciones de igualdad, garantizando la vigencia, el reconocimiento y el ejercicio de sus derechos. 11. Enfoque de Derechos Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad, exigibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán mecanismos que hagan efectivo el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se dé únicamente con base en lo establecido en estas Reglas, sin discriminación o distinción alguna. Asimismo, el Programa fomentará la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las personas con discapacidad, jóvenes y de los pueblos indígenas, contribuyendo a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena. El Programa también propiciará que las personas que laboran dentro del servicio público, en particular aquellas en contacto directo con la población, garanticen en todo momento un trato digno y de respeto a las personas en el marco de los derechos humanos. 12. Quejas, denuncias y solicitudes de información Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Reglas de Operación, así como a presentar quejas o denuncias en contra de servidores públicos de la SEDESOL, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes: 12.1 Quejas y denuncias Las quejas y denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, a través de: a) Teléfono: 5328-5000, Ext. 51431, 51439, 51424, 51453, 51411, 51452 y 51450 Larga distancia sin costo: 01-800-714-8340 Correo electrónico: organo.interno@sedesol.gob.mx Página Web: www.sedesol.gob.mx, Ruta: Inicio - SEDESOL â Área de la C. Secretaria - Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, México, D.F. b) En la Secretaría de la Función Pública: D.F. y Área metropolitana: Teléfono: 2000-3000 Larga distancia sin costo: 01-800-3862-466 De Estados Unidos 01-800-4752-393 Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, México, D.F. c) Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del BUZ También, se pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de la presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios y que se puede consultar en la página www.cofemer.gob.mx, con la Homoclave: Sedesol-13-001 12.2. Solicitudes de información Las solicitudes de información, podrán realizarse ante el Área de Atención Ciudadana, por escrito y/o vía telefónica, a través de: a) SEDESOL: Área de Atención Ciudadana Teléfonos: 5141-7972 o 5141â7974 Larga distancia sin costo: 01-800-007-3705 Correo electrónico: demandasocial@sedesol.gob.mx Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma número 116, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, México, D.F. b) Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del Área de Atención Ciudadana. REGLAS DE OPERACI FISCAL 2015 Anexo 1 Glosario Activos productivos: Para efectos del Programa los activos productivos se definen como los bienes que el proyecto productivo utilizará de manera continua en el curso normal de su operación. Para que un bien sea considerado activo fijo debe ser físicamente tangible y tener una vida útil relativamente larga (por lo menos mayor a un año o a un ciclo normal de operaciones). Ejemplo de lo anterior son las construcciones necesarias para la operación del proyecto, la maquinaria y equipo adquiridos. Asistencia Técnica y Acompañamiento: Servicio profesional orientado a proporcionar a los beneficiarios de los proyectos, financiados, apoyo para la gestión de los proyectos, transfiriendo conocimientos y experiencias para la mejora de un proceso productivo y el desarrollo de sus capacidades. Beneficiario: Es la población objetivo que cumplen con los requisitos de elegibilidad señalados en las presentes Reglas de Operación y que ha recibido apoyo por parte de la Sedesol. Capital de Trabajo: Son los recursos económicos que requiere el proyecto para su funcionamiento y operación durante el ciclo productivo y que se tienen que cubrir en el corto plazo, como los destinados al pago de las materias primas, materiales y mano de obra, entre otros. Capitalizable: Condición de los apoyos otorgados por el Programa con el fin de que los beneficiarios, recuperen las utilidades conforme al calendario de recuperaciones por éste para su reinversión en el proyecto, a través de cualquiera de las entidades autorizadas. CENFEMUL: Catálogo Comisión Intersecretarial: El Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre tiene como uno de sus componentes la Comisión Intersecretarial para la Instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, con el objeto de coordinar, articular y complementar las acciones, programas y recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la estrategia presidencial, misma que está integrada por los Titulares de las Dependencias de: Secretaría de Desarrollo Social, quien la presidirá; Secretaría de Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía; Secretaría de Economía; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Educación pública; Secretaría de Salud; Secretaría del trabajo y Previsión Social; Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de Turismo; Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; Instituto Nacional de las Mujeres, y Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Comité de Validación Central: Comité de Validación Estatal: Contraloría Social: Mecanismo de los beneficiarios que de manera organizada, permite verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social. Convenios de Colaboración: Instrumentos jurídicos que suscribe el Ejecutivo Federal a través de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal con los gobiernos de las entidades federativas, con las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y con las Incubadoras de Empresas, mediante los cuales las instituciones que intervienen deciden colaborar entre sí, respetando los compromisos adoptados por cada una de las partes, para determinado fin común. Convenios de Concertación: Convenios celebrados por el Ejecutivo Federal a través de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, con las representaciones de los grupos sociales, las organizaciones de productoras y productores o con los particulares interesados en participar en los programas sociales. Convenio de Ejecución: Instrumento jurídico mediante el cual las partes adquieren compromisos, derechos y obligaciones susceptibles de cumplimiento total en el momento de la celebración del convenio o con posterioridad a él, para el desarrollo eficaz de su objeto. Para el caso del Programa este Convenio se firma cuando el ejecutor no es el beneficiario directo. Cuestionario Complementario: Instrumento de recolección, adicional al CUIS/CUOS/CUAS, que capta información específica que el programa requiere para determinar la elegibilidad de los susceptibles beneficiarios, así como conocer características socioeconómicas adicionales del hogar, sus integrantes, vivienda, localidades u organizaciones. Cuestionario Delegación(es): Se refiere a la(s) Delegación(es) Federal(es) de la Sedesol en la(s) entidad(es) federativa(s) correspondiente(s). Dictamen: Es la resolución final para determinar la elegibilidad de los proyectos a ser apoyados, siendo facultad exclusiva del Comité de Validación Estatal y del Comité de Validación Prospera. DGEMPS: Se refiere a la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de Programas Sociales. DGGPB: Se refiere a la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios. DGS: Se refiere a la Dirección General de Seguimiento. ENCASEH: Encuesta de Características Socioeconómicas de los Hogares; se denomina al conjunto de preguntas que se integran con las plasmadas en el CUIS y las complementarias necesarias PROSPERA , Programa de Inclusión Social y el Programa de Apoyo Alimentario. Entidad Federativa: Se refiere a cualquiera de los 31 estados de la República Mexicana y al Distrito Federal. Extensionismo: Para el caso del Programa es el proceso mediante el cual se brinda asesoría y capacitación a los grupos u organizaciones sociales en la identificación, gestión y operación de proyectos productivos. Grupo Social: Son los grupos de personas físicas organizadas que aún no formalizan la constitución de una figura jurídica. Hogar: Conjunto de personas que hacen vida en común dentro de una misma vivienda, unidos o no por parentesco y que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina. Identificación oficial: Documento emitido por autoridad administrativa competente, que acredite la identidad como ciudadano mexicano (credencial para votar con fotografía vigente, cartilla del Servicio Militar Nacional, cédula profesional). Incubadoras de Empresas: Las Incubadoras de Empresas son instituciones que acompañan el proceso de creación, crecimiento y consolidación de empresas a partir de movilizar y fortalecer las capacidades emprendedoras de los ciudadanos. Su principal labor consiste en desarrollar la visión empresarial para que las ideas de negocio de los emprendedores se concreten y lleven a cabo. Para efectos del Programa las incubadoras de empresas pueden ser; las instituciones de educación media superior y superior y las incubadoras de empresas que estén legalmente constituidas. Línea de bienestar: Según el CONEVAL es el Valor monetario de una canasta de alimentos, bienes y servicios básicos y permite identificar a la población que no cuenta con los recursos suficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades alimentarias y no alimentarias. Lineamientos de Operación de los Programas de Desarrollo Social y Humano: Documento de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de la Sedesol que estandariza los procesos de programación-presupuestación, operación, seguimiento y rendición de cuentas de los recursos aplicados a través de los Programas de Desarrollo Social y Humano, Contiene criterios adicionales a los establecidos en las Reglas de Operación del Programa. Estos Lineamientos son dictaminados por el Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Sedesol, no implican costos de cumplimiento para la población objetivo ni para los beneficiarios del Programa y están disponibles para su consulta en la página electrónica de la Normateca Interna de la Sedesol: http://normatecainterna.sedesol.gob.mx. Localidad: De acuerdo con el Marco Geoestadístico es el lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposición legal o la costumbre. Matriz de Indicadores para Resultados (MIR): Herramienta de planeación que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos de un programa, incorpora los indicadores que miden dichos objetivos y sus resultados esperados. También identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores e incluye los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa. Organización de Productoras y Productores: Se refiere a los grupos de productoras y productores que se encuentran constituidos en una figura asociativa para la producción, legalmente reconocida. Plan de Intervención: Es el documento mediante el cual las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas autorizadas, definen la forma y las acciones a desarrollar en las regiones o comunidades para la identificación de los grupos de trabajo, el tipo de proyectos productivos a apoyar y la detección de proyectos viables susceptibles de apoyo por parte del Programa. Este proceso consta de dos etapas: Pre-incubación: etapa que consiste en la identificación de los grupos de trabajo; asesoría en la definición del proyecto; asistencia técnica para su elaboración; determinación de la viabilidad técnica y financiera; verificación de cumplimiento de los requisitos del Programa; pre registro de los proyectos viables; y su registro ante la Delegación Federal correspondiente. Incubación: etapa que consiste en brindar apoyo a las organizaciones de productoras o productores cuyos proyectos resultaron elegibles para realizar la compra de insumos, maquinaria y equipo; brindar asistencia técnica y capacitación para la puesta en marcha y operación de los proyectos. Realizar visitas de seguimiento para supervisar su grado de avance y operación; detectar sus áreas de oportunidad; brindar capacitación específica acorde a las necesidades de las organizaciones de productoras y productores; y consolidación de mercados. Plan o Programa de Trabajo: Es el documento en el que las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas, proponen las acciones específicas que realizarán con los grupos de trabajo u organizaciones de productoras y productores a los que se les brindará asistencia técnica y acompañamiento, en el proceso que cubre desde la definición de la idea de negocio hasta la asesoría en su etapa de operación. Población en Pobreza: Es aquella cuyos ingresos sean insuficientes para adquirir los bienes y los servicios que requiere para satisfacer sus necesidades y presente carencia en al menos uno de los siguientes seis indicadores: rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación. Pobreza Multidimensional: La palabra multidimensional se refiere a que la metodología de medición de pobreza utiliza tres dimensiones o factores económicos y sociales en su concepción y definición (el del bienestar económico, el de los derechos sociales y el del contexto territorial). Prestadores de Servicio Social: Son los estudiantes y profesionistas que ejecutan un trabajo de carácter temporal para cumplir con su obligación social, en apoyo a las labores del Programa de Opciones Productivas. Programa: Se refiere al Programa de Opciones Productivas. Proyecto Productivo: Se entiende por tal una estrategia de autoempleo soportada en algún tipo de apoyo institucional, orientada a la creación y sostenibilidad en el tiempo de algún tipo de unidad productiva con la meta de operar en la formalidad, independientemente de su tamaño y forma jurídica. Proyecto productivo sustentable: Se considera que un proyecto productivo es sustentable cuando los ingresos y costos esperados garantizan la recuperación de la inversión, actualizando el valor del dinero en el tiempo. Además habrá de preservar el equilibrio ecológico, la protección del medio ambiente y el aprovechamiento de recursos naturales, para mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Reglas: Se entiende como las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas. Reintegro: Devolución de recursos que se realiza a favor de la Tesorería de la Federación, por concepto del subsidio otorgado por el Programa y que por causas imputables al beneficiario, no se destinaron a los conceptos autorizados, o bien que al cierre del ejercicio fiscal correspondiente no se hayan ejercido, incluyendo los intereses que en su caso se hayan generado, conforme al tiempo de posesión de los mismos. SEDESOL: Se refiere a la Secretaría de Desarrollo Social. SFP: Se refiere a la Secretaría de la Función Pública. SIFODE: Sistema de Focalización para el Desarrollo. Base de datos que proporciona información sobre la focalización e identificación de las personas beneficiarias. Subsecretaría: Se refiere a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano. Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP): Se refiere a la Dirección General de Opciones Productivas. UORCS: Se refiere a la Unidad de Operación Regional y Contraloría Social, de la Secretaría de la Función Pública. Vivienda: Espacio fijo delimitado generalmente por paredes y techos de cualquier material, con entrada independiente, que se construyó o adaptó para el alojamiento de personas. "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". ANEXO 2 SECRETAR FORMATO DE SOLICITUD PROGRAMA DE OPCIONES PRODUCTIVAS ..................................................... Municipio, Estado y Fecha C............................... Delegado(a) de la Secretaria de Desarrollo Social en el Estado de.......................... P R E S E N T E Por medio de la presente y atendiendo lo establecido en el numeral 3.3 de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas vigentes, el (la) que suscribe (Nombre del representante del grupo social, organización de productoras y productores, Institución Educativa Media Superior o Superior o Incubadora de Empresas), en representación del (Nombre del grupo social, organización de productoras y productores, Institución Educativa Media Superior o Superior o Incubadora de Empresas), manifiesto nuestro interés por recibir los apoyos del Programa Opciones Productivas en la modalidad de (Impulso Productivo o Asistencia Técnica y Acompañamiento) por un monto de $................ (Monto en letra 00/100 M.N.), para la operación del proyecto o plan de intervención (según sea el caso) denominado........................ Sirva el mismo para manifestar, bajo protesta de decir verdad, que en el presente ejercicio fiscal 2015 no hemos recibido ni solicitaremos apoyos de otros programas federales para los mismos conceptos del Programa, que no se tiene adeudo con otros Programas Federales, Estatales y/o Municipales de naturaleza similar. Agradeciendo de antemano la atención. Atentamente ________________________________ (Nombre del representante del grupo social, organización de productoras y productores, Institución Educativa Media Superior o Superior o Incubadora de Empresas) "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social." ![]() ![]() ![]() ![]()
ANEXO 4. CUESTIONARIO ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ANEXO 5 SECRETAR FORMATO CARTA â COMPROMISO PROGRAMA DE OPCIONES PRODUCTIVAS ..................................................... Municipio, Estado y Fecha C............................... Delegado(a) de la Secretaria de Desarrollo Social en el Estado de.......................... P R E S E N T E Por medio de la presente y atendiendo a lo establecido en el numeral 3.3 inciso a) numeral 8 de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas vigentes, el (la) que suscribe (Nombre del representante del grupo social, organización de productoras y productores), en representación del (Nombre del grupo social, organización de productoras y productores), y una vez revisado el catálogo de Permisos y Licencias más recurrentes que requieren las actividades económicas que apoya el Programa Opciones Productivas en la modalidad de Impulso Productivo. Manifiesto que a nombre del grupo que represento, en caso de necesitarlo(s) realizaré el trámite o los trámites que permitan la puesta en operación del proyecto solicitado conforme sea requerido por las autoridades correspondientes, y me comprometo a presentar junto a la comprobación del apoyo, original (para cotejo) y entregar copia simple (para el expediente) de los permisos autorizaciones y/o concesiones vigentes aplicables al tipo de proyecto. Agradeciendo de antemano la atención, quedo al pendiente para cualquier aclaración o comentario. Atentamente ________________________________ (Nombre del representante del grupo social, organización de productoras y productores) "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". ![]() ANEXO 6-A MODELO DE CONVENIO DE CONCERTACI CONVENIO DE CONCERTACI ANTECEDENTES: 1.- La Ley General de Desarrollo Social contempla dentro de sus objetivos el propiciar las condiciones para garantizar el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social, promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución, mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, así como desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud, así como fortalecer el desarrollo regional equilibrado y garantizar las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de Desarrollo Social. 2.- Conforme a lo establecido en el Artículo (señalar el artículo correspondiente al PEF 2015) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, dentro de los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social", está el Programa Opciones Productivas, cuyas Reglas de Operación fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado (establecer la fecha de publicación de las Reglas de Operación para 2015) en las que se establece como objetivo general contribuir a mejorar los ingresos de las personas en situación de pobreza mediante el desarrollo de proyectos productivos sustentables. Con el propósito de contribuir al cumplimiento de la Cruzada Nacional contra el Hambre y Pobreza Alimentaria anunciada por el C. Presidente de la República el 1 de diciembre de 2012, este Programa dará prioridad a las personas, y localidades que para tales fines se determinen como población objetivo. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone en su Anexo B, los Programas del Gobierno Federal correspondientes al Ramo 20, "Desarrollo Social" que podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, como estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos mencionados en el artículo Segundo de dicho Decreto. Para ello, se deberán identificar las vertientes en las cuales este programa contribuye, a fin de atender la coordinación necesaria según se instituya y cumplir los propósitos de la Cruzada. Dentro de las modalidades del Programa se encuentra la de Impulso Productivo que proporciona apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos a las personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar integradas en grupos sociales, u organizaciones de productoras y productores que cuentan con una iniciativa productiva y que habitan en las zonas de cobertura. DECLARACIONES: DECLARA LA "SEDESOL" QUE: a) Es una Dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que de acuerdo con el artículo 32 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones la de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza. b) (El o La) C. _____________________, en su carácter de Delegado (a) Federal de la "LA SEDESOL" en el Estado de ---------------, tiene facultades para suscribir el presente instrumento, en términos de lo dispuesto por los artículos 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Agosto del 2012. c) Ha recibido de "EL GRUPO SOCIAL" a través del "REPRESENTANTE SOCIAL o LEGAL ", la documentación que ampara la solicitud de apoyo, conforme a la convocatoria difundida el día ____ de ______ del 2015, dando cumplimiento a los requisitos que establece para tal efecto el numeral 3.3 de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, en adelante "LAS REGLAS". d) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. e) Para efectos de este documento señala como su domicilio, el ubicado en: __________________________________________. f) La propuesta presentada por el "EL GRUPO SOCIAL", fue revisada técnica jurídicamente y validada en la visita de campo por "LA SEDESOL", y aprobado por el Comité de Validación Estatal, en la sesión llevada a cabo el día _____ de ______ del 2015 conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015 y a la Convocatoria emitida el pasado ______ de ______ del 2015. DECLARA EL "GRUPO SOCIAL" A TRAV A. Se encuentra constituido en torno al proyecto productivo denominado ______________________________. B. Mediante acta de asamblea social o constitutiva de fecha _____ de ______ del 20__, que se agrega como Anexo UNO, se nombró al C. _________________________________, como Representante Social o Legal. C. Conoce "LAS REGLAS", así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Hacienda Pública de la Federación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. D. El "GRUPO SOCIAL" cuenta con fuentes complementarias para el financiamiento del proyecto apoyado por el Programa Opciones Productivas 2015. E. En caso de haber recibido apoyos previos de este Programa, se encuentra al corriente respecto a sus capitalizaciones. F. En ningún caso ha recibido recursos de otros programas federales o estatales para el financiamiento de los mismos conceptos para los que recibe del Programa Opciones Productivas. G. Acreditó la residencia con comprobante de domicilio previsto en "LAS REGLAS", con el fin de cumplir con los criterios de focalización territorial del Programa Opciones Productivas. H. Para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en ___________________________________. I. El Representante Social no es servidor público, ni su cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 de la Ley General de Desarrollo Social. CLÁUSULAS: PRIMERA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio de Concertación, se prevé una inversión total del proyecto de $___________________00/100 M.N. (monto con letra) cantidad que se desglosa de la siguiente manera: "LA SEDESOL" aporta a favor de "EL GRUPO SOCIAL", por conducto de su Representante Social o legal, la cantidad de $_________________00/100 M.N. (monto con letra). Con los recursos financieros que se compromete a aportar "LA SEDESOL" por el monto a que se refiere el párrafo anterior, se podrán financiar activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo. En el caso de la adquisición de activos, éstos deberán ser nuevos. En ningún caso se podrán apoyar sueldos, salarios, ni jornales. De igual manera no se podrán utilizar los recursos del programa para obras de adaptación, remodelación y/o construcción en terrenos públicos. Los recursos financieros aportados por "LA SEDESOL" serán ejercidos y comprobados por "EL GRUPO SOCIAL", dicha comprobación deberá ser por el monto total de los recursos aportados por "LA SEDESOL" anexando los documentos que así lo demuestren. "EL GRUPO SOCIAL" a través de su Representante Social o Legal se obliga a aportar la cantidad de $ _____________________00/100 M.N.) (monto con letra) (aportada por los beneficiarios, otros subsidios federales o crédito), correspondiente al _____% del monto autorizado por "LA SEDESOL", por lo que "EL GRUPO SOCIAL" se obliga a realizar el proyecto productivo de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa. Esta cláusula aplicará para el caso de que el recurso se aporte a través de una transferencia electrónica realizada por el SIAFF. SEGUNDA.- "LA SEDESOL" aportará recursos a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), a favor del Representante Social o Legal mediante depósito electrónico que se efectúe en la cuenta número ______________________ de la Institución Bancaria denominada _______________, con número de CLABE bancaria ________________________ por la cantidad de $___________________ (___________________ PESOS 00/100 M.N. ) (monto con letra) correspondiente a la inversión autorizada al "GRUPO SOCIAL", para la realización del proyecto denominado _________________ en la modalidad de Impulso Productivo. Esta cláusula aplicará para el caso de que el recurso se entregue a través de Cheque nominativo a nombre del Grupo Social. SEGUNDA.- "LA SEDESOL", aportará los recursos a favor de "EL GRUPO SOCIAL" a través de su Representante Social o Legal, mediante cheque nominativo a su nombre, por la cantidad de $______________(monto con letra), correspondiente a la inversión autorizada a "EL GRUPO SOCIAL", para la realización del Proyecto en la Modalidad Impulso Productivo, denominado (nombre del proyecto), "EL GRUPO SOCIAL" se compromete a depositar dichos recursos en la cuenta número _______________de la Institución Bancaria denominada __________________. TERCERA.- "EL GRUPO SOCIAL", por conducto de su Representante Social expide a favor de "LA SEDESOL", el recibo más amplio que en derecho proceda por la cantidad de $_______________________00/100 M.N., (monto con letra) para comprobar el apoyo recibido del Programa Opciones Productivas y que corresponde a la ministración mencionada en las cláusulas primera y segunda del presente Convenio de Concertación; el recibo contendrá lo siguiente: a) Nombre completo con la firma del Representante Social o Legal, así como nombres del "GRUPO SOCIAL" y proyecto productivo. b) La mención expresa de que el recurso recibido será aplicado única y exclusivamente para el objeto del Convenio de Concertación que refiere al proyecto productivo para el que fue autorizado. CUARTA.- "EL GRUPO SOCIAL", a través de su Representante Social o Legal se obliga a: A.- Llevar a cabo las acciones correspondientes para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Concertación, sujetándose a los principios de eficiencia, eficacia, honestidad y transparencia en el ejercicio de los recursos federales otorgados. B.- Ejercer a más tardar el 31 de diciembre del 2015, la totalidad de los recursos federales que se refiere la cláusula Primera y Segunda. C.- Permitir a "LA SEDESOL", efectuar las visitas de verificación física y/o seguimiento que considere necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleve a cabo el proyecto, para cumplir con lo establecido en el presente Convenio de Concertación. D.- Reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos federales que no se hubiesen destinado a los fines previstos en el Proyecto autorizado por el Programa y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre de 2015, con los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal 2015, debiendo remitir dentro del mismo plazo copia del reintegro a la Delegación de la Entidad Federativa en la que se llevó a cabo el Proyecto, para su registro correspondiente, conforme a lo previsto por el numeral 4.4.2 denominado "Recursos no devengados" de "LAS REGLAS" y lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. E.- Avisar a la Delegación Federal correspondiente, en caso de cambio de domicilio del representante social o Legal o cambio de domicilio del proyecto, en un plazo máximo de quince días naturales. F.- Presentar, durante los 60 días naturales posteriores a la entrega del apoyo sin rebasar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal que corre, la documentación comprobatoria en original y copia ante la Delegación Federal correspondiente, para que previo cotejo se anexe copia al expediente técnico. G.- Realizar la capitalización de los recursos en un plazo máximo de 7 años, que dependerá de la rentabilidad de cada proyecto. H.- Conservar durante cinco años la documentación original que demuestre el uso de los recursos (tales como comprobantes fiscales, facturas, recibos, entre otros). QUINTA.- "EL GRUPO SOCIAL", a través de su Representante Social o Legal, se obliga a no solicitar en ningún momento durante la vigencia del presente instrumento, recursos de otros programas federales y/o estatales para el financiamiento de los mismos conceptos para los que recibe del Programa Opciones Productivas 2015. SEXTA.- El incumplimiento por parte de "EL GRUPO SOCIAL" a lo pactado en este Convenio de Concertación, la desviación de los recursos federales aportados, la presentación de información falseada u otras circunstancias que contravengan disposiciones jurídicas, serán causa de terminación anticipada del mismo; "LA SEDESOL" exigirá el reintegro de los recursos entregados, mismos que deberán ser depositados en la TESOFE en los términos señalados en la Cláusula Cuarta, apartado D, de este Convenio de Concertación y llevará a cabo las gestiones necesarias ante la autoridad competente para que se inicien las acciones jurídicas correspondientes en contra de quien resulte responsable. Independientemente de lo anterior, "EL GRUPO SOCIAL" y quienes ejerzan los recursos del Programa Opciones Productivas, se sujetarán a lo establecido por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que respecta al ejercicio de los recursos públicos, conforme a los procedimientos que la propia normatividad establezca. S "LA SEDESOL", podrá solicitar documentación original comprobatoria de los recursos cuando: 1. Realice las revisiones a la aplicación y comprobación de los recursos que ampara el presente Convenio de Concertación, a fin de comprobar la veracidad de su contenido y su relación con los conceptos de gasto. 2. Se considere que alguno de los datos haya sido alterado o modificado. 3. Presente tachaduras o enmendaduras. 4. Las copias fotostáticas de la documentación comprobatoria no sean legibles en alguna de sus partes. 5. Se lleven a cabo acciones de supervisión, evaluación y vigilancia de los recursos federales. Para el caso de las facturas y recibos fiscales se deberá insertar el sello único en el anverso de cada uno de ellos(as), que amparen los conceptos y montos autorizados para el proyecto productivo. OCTAVA.- "EL GRUPO SOCIAL" a través de su Representante Social o Legal se obliga a dar cumplimiento a la capitalización del apoyo económico en un plazo no mayor a 7 años. Los depósitos serán a nombre del Representante Social o Legal y los podrán retirar junto con los rendimientos financieros obtenidos, para reinvertirlos en el proyecto. NOVENA.- En caso de que por cualquier causa imputable a "EL GRUPO SOCIAL", el proyecto en comento no se pudiera realizar, "EL GRUPO SOCIAL" a través del Representante Social o Legal, se obliga a rembolsar íntegramente a la TESOFE, la cantidad que haya recibido más las cargas financieras que por el transcurso del tiempo se hayan generado, recabando por parte de "LA SEDESOL", el recibo o constancia de dicha devolución. D D 8.2 de "LAS REGLAS", estas acciones de contraloría social deberán ser ajenas a cualquier partido político u organización política. D D No obstante lo anterior, "LA SEDESOL" podrá llevar a cabo en cualquier momento las acciones de seguimiento y verificación en campo. Leído y comprendido en su integridad el presente convenio de concertación y enterados de su valor y fuerza legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de ______________, el día _______ del mes ___________ del año dos mil quince. (Siguen firmas) ANEXO 6-B MODELO DE CONVENIO DE CONCERTACI APORTACI CONVENIO DE CONCERTACI ANTECEDENTES 1.- La Ley General de Desarrollo Social contempla dentro de sus objetivos el propiciar las condiciones para garantizar el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social, promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución, mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, así como desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud, así como fortalecer el desarrollo regional equilibrado y garantizar las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de Desarrollo Social. 2.- Conforme a lo establecido en el Artículo _____ del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 dentro de los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social", está el Programa Opciones Productivas, cuyas Reglas de Operación fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado (fecha de publicación de las Reglas de Operación para 2015) en las que se establece como objetivo general contribuir a mejorar los ingresos de las personas en situación de pobreza mediante el desarrollo de proyectos productivos sustentables. Con el propósito de contribuir al cumplimiento de la Cruzada Nacional contra el Hambre y Pobreza Alimentaria anunciada por el C. Presidente de la República el 1 de diciembre de 2012, este Programa dará prioridad a las personas, y localidades que para tales fines se determinen como población objetivo. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone en su Anexo B, los Programas del Gobierno Federal correspondientes al Ramo 20, "Desarrollo Social" que podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, como estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos mencionados en el artículo Segundo de dicho Decreto. Para ello, se deberán identificar las vertientes en las cuales este programa contribuye, a fin de atender la coordinación necesaria según se instituya y cumplir los propósitos de la Cruzada. Dentro de las modalidades del Programa se encuentra la de Impulso Productivo que proporciona apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos a las personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar integradas en grupos sociales, u organizaciones de productoras y productores que cuentan con una iniciativa productiva y que habitan en las zonas de cobertura. DECLARACIONES: DECLARA LA "SEDESOL" QUE: g) Es una Dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la que de acuerdo con el artículo 32 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones la de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza. h) (El o la) C. _____________________, en su carácter de Delegado (a) Federal de la "SEDESOL" en el Estado de ___________, tiene facultades para suscribir el presente instrumento, en términos de lo dispuesto por los artículos 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Agosto del 2012. i) Ha recibido del "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI j) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. k) Para efectos de este documento señala como su domicilio, el ubicado en: __________________________________________. l) Que el proyecto productivo fue validado técnica y jurídicamente en visita de campo por "LA SEDESOL" y aprobado por el Comité de Validación Estatal o el Comité de Validación PROSPERA, en la sesión llevada a cabo el día _____ de ______ del 2015, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa y a la convocatoria emitida el pasado ________ de ______ de 2015. DECLARA "EL ESTADO" QUE: A. De conformidad a lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado de ________________, es una entidad libre y soberana en lo concerniente a su régimen interior que forma parte de la Federación según los principios de ese ordenamiento. B. (Establecer puntualmente la normatividad con la que comparece la Instancia que representa al Estado). C. El o la C._______________________, en su carácter de ________________ del Estado de __________, se encuentra facultado (a) para que en representación del Gobierno del Estado, de conformidad con lo dispuesto en_____________ (establecer detalladamente las facultades con las que comparece el representante del Estado, conforme a su normatividad) D. Conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Hacienda Pública de la Federación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. E. Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. F. Que señala como domicilio para efectos del presente instrumento el ubicado en __________________________________. DECLARA "EL MUNICIPIO" QUE: a) Ser un municipio libre, investido de personalidad jurídica propia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. b) (Establecer puntualmente la normatividad con la que comparece la Instancia que representa al Municipio). c) Dentro de sus atribuciones se encuentran __________________. d) Sus representantes cuentan con las facultades legales para celebrar el presente Convenio de Concertación en términos de lo dispuesto por los artículos ______________________. e) Conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Hacienda Pública de la Federación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. f) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. g) Para los efectos del presente Convenio de Ejecución señala como su domicilio legal el ubicado en __________________________. DECLARA EL "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI a. Se encuentra constituido en torno al proyecto productivo denominado __________________________. b. Mediante acta de asamblea social de fecha _____ de ______ del 20__, que se agrega como Anexo UNO, se nombró al (la) C. _________________________________, como Representante Social. c. Conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Hacienda Pública de la Federación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. d. Cuenta con fuentes complementarias para el financiamiento del proyecto apoyado por el Programa Opciones Productivas 2015. e. En caso de haber recibido apoyos previos de este Programa, se encuentra al corriente respecto a su calendario de capitalizaciones f. En ningún caso ha recibido recursos de otros programas federales, estatales para el financiamiento de los mismos conceptos para los que recibe del Programa Opciones Productivas. g. Acreditó la residencia con comprobante de domicilio previsto en "LAS REGLAS", con el fin de cumplir con los criterios de focalización territorial del Programa Opciones Productivas. h. Para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en ___________________________________. i. El Representante Social no es servidor público, ni su cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 de la Ley General de Desarrollo Social. CLAUSULAS: PRIMERA.- Para la realización de las acciones objeto del presente convenio de concertación, se prevé una inversión total de $___________________ 00/100 M.N. (monto con letra) cantidad que se desglosa de la siguiente manera: "LA SEDESOL" aporta a favor del "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI Con los recursos financieros que se compromete aportar "LA SEDESOL" por el monto a que se refiere el párrafo anterior, se podrán financiar activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo. En el caso de la adquisición de activos, éstos deberán ser nuevos. En ningún caso se podrán apoyar sueldos, salarios, ni jornales. De igual manera no se podrán utilizar los recursos del programa para obras de adaptación, remodelación y/o construcción en terrenos públicos. Los recursos financieros aportados por "LA SEDESOL" serán ejercidos y comprobados por "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI El "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI "EL ESTADO" aportará la cantidad de $___________ (monto con letra 00/100 M.N.) de sus recursos presupuestarios, mismos que se destinarán para la ejecución del proyecto denominado "______________" en la modalidad de Impulso Productivo. "EL MUNICIPIO" aportará la cantidad de $___________ (monto con letra 00/100 M.N.) de sus recursos presupuestarios, mismos que se destinarán para la ejecución del proyecto denominado "______________" en la modalidad de Impulso Productivo. Los recursos que aporte (n) "EL ESTADO" y/o "EL MUNICIPIO" para la ejecución del objeto de este Convenio y de las Acciones que se deriven de él, estarán sujetos a la suficiencia y disponibilidad presupuestal correspondiente, y a la obtención de las autorizaciones que al efecto correspondan. Esta cláusula aplicará para el caso de que el recurso se aporte a través de una transferencia electrónica realizada por el SIAFF SEGUNDA.- "LA SEDESOL" aportará recursos a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), a favor del Representante Social o Legal mediante depósito electrónico que se efectúe en la cuenta número ______________________ de la Institución Bancaria denominada "______________", con número de clabe bancaria estandarizada ________________________ por la cantidad de $___________________ (___________________ PESOS 00/100 M.N. ) correspondiente a la inversión autorizada al "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI Esta cláusula aplicará para el caso de que el recurso se entregue a través de Cheque nominativo a nombre del Grupo Social. SEGUNDA.- "LA SEDESOL", aportará los recursos a favor del "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI TERCERA.- El "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI a) Nombre completo con la firma del representante social o Legal, así como nombre del proyecto productivo y del "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI b) La mención expresa de-que el recurso recibido será aplicado única y exclusivamente para el objeto del Convenio de Concertación que refiere al proyecto productivo para el que fue autorizado. CUARTA.- El "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI A.- Llevar a cabo las acciones correspondientes para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Concertación, sujetándose a los principios de eficiencia, eficacia, honestidad y transparencia en el ejercicio de los recursos federales otorgados. B.- Ejercer a más tardar el 31 de diciembre del 2015, la totalidad de los recursos federales a que se refiere la cláusula Primera y Segunda. C.- Permitir a "LA SEDESOL", efectuar las visitas de verificación física y/o seguimiento que considere necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleve a cabo el proyecto, para cumplir con lo establecido en el presente Convenio de Concertación. D.- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos federales que no se hubiesen destinado y ejercido a los fines previstos en el Proyecto autorizado por el Programa y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre de 2015 con los rendimientos obtenidos dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal 2015 debiendo remitir dentro del mismo plazo copia del reintegro a la Delegación de la Entidad Federativa en la que se llevó a cabo el Proyecto, para su registro correspondiente, conforme a lo previsto por el numeral 4.4.2 denominado "Recursos no devengados" de las Reglas de Operación del Programa, y lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. E.- Acepta que "LA SEDESOL", pueda asignar prestadores de servicio social, para asistirlos en las tareas de acompañamiento, asistencia, asesoría y capacitación, siempre y cuando así lo determine el Comité de validación estatal o Comité de Validación PROSPERA. F.- Avisar a la Delegación Federal correspondiente, en caso de cambio de domicilio del representante social o Legal o cambio de domicilio del proyecto, en un plazo máximo de quince días naturales. G.- Presentar, durante los 60 días naturales posteriores a la entrega del apoyo sin rebasar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal que corre, la documentación comprobatoria en original y copia ante la Delegación Federal correspondiente para que previo cotejo se anexe copia al expediente técnico. H.- Realizar la capitalización de los recursos en un plazo máximo de 7 años, que dependerá de la rentabilidad de cada proyecto. I.- Informar cada trimestre por escrito o electrónico a la Delegación Federal del avance de su proyecto, adjuntando la documentación soporte. J.- Conservar durante cinco años la documentación que demuestre el uso de los recursos (tales como comprobantes fiscales, facturas, recibos, entre otros). QUINTA.- El "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI SEXTA.- El incumplimiento por parte del "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI Independientemente de lo anterior el "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI S escrito dentro de un plazo no mayor a 20 días naturales a partir de la fecha de detección del faltante. En este caso, las instancias ejecutoras deberán presentar la información y documentación faltante, en un plazo que no exceda 10 días hábiles contados a partir de la recepción del comunicado de la Delegación. "LA SEDESOL", podrá solicitar documentación original comprobatoria de los recursos cuando: 1. Realice las revisiones a la aplicación y comprobación de los recursos que ampara el presente convenio, a fin de comprobar la veracidad de su contenido y relacionado con los conceptos de gasto. 2. Se considere que alguno de los datos haya sido alterado o modificado. 3. Presente tachaduras o enmendaduras. 4. Las copias fotostáticas de la documentación comprobatoria no sea legible en alguna de sus partes. 5. Se lleven a cabo acciones de supervisión, evaluación y vigilancia de los recursos federales. Para el caso de las facturas y recibos fiscales se deberá insertar el sello único en el anverso de cada uno de ellos(as), que amparen los conceptos y montos autorizados para el proyecto productivo. OCTAVA.- El "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI Los depósitos serán a nombre del Representante Social o Legal y los podrán retirar junto con los rendimientos financieros obtenidos, para reinvertirlos en el proyecto. NOVENA.- En caso de que por cualquier causa imputable a "GRUPO SOCIAL Y/O ORGANIZACI D D D D No obstante lo anterior, "LA SEDESOL" podrá llevar a cabo en cualquier momento las acciones de seguimiento y verificación en campo. Leído y comprendido en su integridad el presente convenio de concertación y enterados de su valor y fuerza legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de ______________, el día _______ del mes ___________ del año dos mil quince (Siguen firmas) ANEXO 6-C MODELO DE CONVENIO DE EJECUCI CONVENIO DE EJECUCI ANTECEDENTES: 1.- La Ley General de Desarrollo Social contempla dentro de sus objetivos el propiciar las condiciones para garantizar el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social, promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución, mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, así como desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud, así como fortalecer el desarrollo regional equilibrado y garantizar las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de Desarrollo Social. 2.- Conforme lo establecido en el Artículo __ del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, dentro de los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" está el Programa Opciones Productivas, cuyas Reglas de Operación fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el ________________ de 2013 en las que se establece como objetivo general, contribuir a mejorar los ingresos de las personas en situación de pobreza mediante el desarrollo de proyectos productivos sustentables. Con el propósito de contribuir al cumplimiento de la Cruzada Nacional contra el Hambre y Pobreza Alimentaria anunciada por el C. Presidente de la República el 1 de diciembre de 2012, este Programa dará prioridad a las personas, y localidades que para tales fines se determinen como población objetivo. Para ello, se deberán identificar las vertientes en las cuales este programa contribuye, a fin de atender la coordinación necesaria según se instituya y cumplir los propósitos de la Cruzada. Dentro de las modalidades del Programa se encuentra la de Impulso Productivo que proporciona apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos a las personas en condiciones de pobreza, integradas en grupos sociales y organizaciones de productoras y productores. El numeral 3.7.1 de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, establece que los recursos del Programa Opciones Productivas podrán ser ejecutados por las Delegaciones, la Unidad Responsable del Programa, el Gobierno del Estado, los Municipios, Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), las organizaciones de productores y productoras, Instituciones educativas, incubadoras de empresas, la población beneficiaria de los proyectos. Así como, por la banca de desarrollo, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. DECLARACIONES: DECLARA LA "SEDESOL" QUE: a) Es una Dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la que de acuerdo con el artículo 32 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones la de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza. b) (El o La) C. _____________________, en su carácter de Delegado (a) Federal de "LA SEDESOL" en el Estado de ____________, tiene facultades para suscribir el presente instrumento, en términos de lo dispuesto por los artículos 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Agosto del 2012. c) Ha recibido del representante del grupo social u organización de productores y productoras, a través de "LA INSTANCIA EJECUTORA", la documentación que ampara la solicitud de apoyo, dando cumplimiento a los requisitos que establece para tales efectos el numeral 3.3 de las Reglas de Operación vigentes del Programa Opciones Productivas. d) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. e) Para efectos de este documento señala como su domicilio, el ubicado en: __________________________________________. f) Que el proyecto productivo fue validado técnica y jurídicamente y en visita de campo por "LA SEDESOL" y aprobado por el Comité de Validación Estatal, en la sesión llevada a cabo el día _____ de ______ del 2015 conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015 y a la Convocatoria emitida el pasado ______ de ______ del 2015. DECLARA "EL ESTADO" COMO INSTANCIA EJECUTORA QUE: I.- De conformidad a lo establecido en los artículos 1°, 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos ___ de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de __________, es una entidad libre y soberana en lo concerniente a su régimen interior, que forma parte de la Federación según los principios de ese ordenamiento. II.- (Establecer puntualmente la normatividad con la que comparece la Instancia que representa al Estado). III.- El o la C._______________________, en su carácter de ________________ del Estado de __________, se encuentra facultado (a) para que en representación del Gobierno del Estado suscriba el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en (establecer detalladamente las facultades con las que comparece el representante del Estado, conforme a su normatividad). IV.- Conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos federales y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Nación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. V.- Señala como domicilio para efectos del presente instrumento el ubicado en _____________________. VI. Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. DECLARA "EL MUNICIPIO" COMO INSTANCIA EJECUTORA QUE: h) Es un municipio libre, investido de personalidad jurídica propia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. i) Dentro de sus atribuciones se encuentran __________________. j) El o la C._______________________, en su carácter de ________________ del H. Municipio de __________, se encuentra facultado (a) para que en representación del citado Municipio suscriba el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en (establecer detalladamente las facultades con las que comparece el representante del Municipio, conforme a su normatividad). k) Su representante cuenta con las facultades legales para celebrar el presente Convenio de Ejecución en términos de lo dispuesto por ______________________. l) Conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos federales y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Nación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. m) Para los efectos del presente Convenio de Ejecución señala como su domicilio legal el ubicado en __________________________. n) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. DECLARA LA ORGANIZACI A. Es ________________________(Establecer en este apartado el tipo de Organización de que se trate). B. Mediante acta de _______ de fecha _____ de ______ del 20__, celebrada en _____________, en el Estado de _________, se nombró al C. _________________________________, como representante legal, misma acta que se agrega en copia como Anexo UNO, al cuerpo del presente instrumento. C. Conoce las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, así como las disposiciones que norman el ejercicio de los recursos públicos federales y las penas en que incurren quienes realizan hechos u omisiones que causen daño a la Nación o que contravengan los principios de transparencia, eficiencia y legalidad. D. Debe verificar que en ningún caso los beneficiarios han recibido recursos de otros programas federales para el financiamiento de los mismos conceptos para los que recibe del programa Opciones Productivas 2015. E. Para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en ___________________. F. El representante legal no es servidor público, ni su cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 de la Ley General de Desarrollo Social. G. Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. CLÁUSULAS: PRIMERA.- El presente instrumento jurídico tiene por objeto establecer los compromisos que asumirán "LA SEDESOL" y "LA INSTANCIA EJECUTORA", para el ejercicio de los recursos durante el Ejercicio Fiscal 2015, en el marco de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas. SEGUNDA.- "LA SEDESOL" y "LA INSTANCIA EJECUTORA" promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios y de la población en pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación de la entidad, de conformidad con lo que establecen la Ley General de Desarrollo Social y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015. TERCERA.- "LA SEDESOL" aportará recursos a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), a favor de "LA INSTANCIA EJECUTORA", para su entrega al (los) "GRUPO(S) SOCIAL(ES)", mediante depósito electrónico que se efectúe en la cuenta número ______________________ de la Institución Bancaria denominada _______________, con número de CLABE bancaria ________________________ por la cantidad de $___________________ (___________________ PESOS 00/100 M.N. ), para la ejecución del (de los) proyecto(s) en la modalidad de Impulso Productivo. CUARTA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, se prevé una inversión federal total de $___________________ 00/100 M.N. misma que "LA INSTANCIA EJECUTORA" debe distribuir de la siguiente manera:
Para asegurar la aplicación de los recursos entregados a cada grupo social u organización de productores y productoras arriba detallados, "LA INSTANCIA EJECUTORA", deberá suscribir con los mismos, los Convenios de Concertación correspondientes, sujetándose al modelo establecido en las Reglas de Operación, como Anexo 6-A y recabar de cada representante de los grupos sociales el recibo más amplio que en derecho proceda. Con los recursos financieros que se compromete a aportar "LA SEDESOL" por el monto a que se refieren las cláusulas tercera y cuarta se podrán financiar activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo. En el caso de la adquisición de activos, éstos deberán ser nuevos. En ningún caso se podrán apoyar sueldos, salarios, ni jornales y serán ejercidos y comprobados por el grupo social ante la "INSTANCIA EJECUTORA" y esta a su vez ante "LA DELEGACI . Los siguientes dos párrafos aplicarán sólo para el caso de haber aportaciones de los Gobiernos Estatal y/o Municipal "EL ESTADO y/o "EL MUNICIPIO" aportará la cantidad de $___________ 00/100 M.N.) de sus recursos presupuestarios, mismos que se destinarán para la ejecución del (los) proyecto(s) detallados en el listado de la Cláusula Cuarta, en la Modalidad de Impulso Productivo. Los recursos que aporte "EL ESTADO y/o "EL MUNICIPIO" para la ejecución del objeto de este instrumento y de las acciones que se deriven de él, estarán sujetos al Acuerdo de Coordinación para la concurrencia de recursos federales y estatales para la operación de proyectos productivos en el marco de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, así como a la suficiencia y disponibilidad presupuestal correspondiente, y a la obtención de las autorizaciones que al efecto correspondan. El (Los) grupo(s) social (es) u organización(es) de productores y productoras, a través de su Representante(s) Social(es) se obliga(n) a aportar la(s) cantidad(es) de $_____________________ 00/100 M.N.) detalladas en el listado de la Cláusula Cuarta (Que se integra de las aportaciones de los beneficiarios, otros subsidios federales o crédito), correspondiente al _____% del costo total del proyecto. La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a vigilar que el (los) grupo(s) social (es) u organización(es) de productores y productoras realicen el (los) proyecto(s) productivo(s) de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015. QUINTA.- Tal como se mencionó en la Cláusula Tercera, "LA SEDESOL" entrega a "LA INSTANCIA EJECUTORA", como primera y única ministración la cantidad de $____________ (00/100 M.N.), quien expide a favor de "LA SEDESOL" el recibo más amplio que en derecho proceda, a su vez "LA INSTANCIA EJECUTORA" debe recabar los recibos correspondientes de cada grupo social u organización apoyado. SEXTA.- Con relación a los recibos mencionados en la cláusula que antecede, deberán contener lo siguiente: I. Nombre completo con la firma del Representante del Grupo Social y nombre del proyecto. II. Nombre completo con la firma del Representante de "LA INSTANCIA EJECUTORA". III. La siguiente leyenda: "Este recurso será aplicado única y exclusivamente para el objeto del presente convenio de ejecución y del convenio de concertación que refiere al proyecto productivo para el que fue solicitado. S a) Llevar a cabo las acciones correspondientes para el cumplimiento del proyecto aprobado por el Programa Opciones Productivas, observando que se cumplan los principios de eficiencia, eficacia, honestidad y transparencia en el ejercicio de los recursos federales otorgados. b) Ejercer a más tardar el 31 de diciembre del 2015, la totalidad de los recursos federales a que se refiere la Cláusula Tercera del presente instrumento; en caso contrario, se obligan a reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos, así como sus respectivos intereses que no hayan ejercido al 31 de diciembre del 2015. c) Reportar trimestralmente a la Delegación las acciones correspondientes para el cumplimiento del (los) proyecto (s) aprobado (s), durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al trimestre que se reporta. d) Permitir a "LA SEDESOL" efectuar las visitas que considere necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, para cumplir con lo establecido en el presente Convenio de Ejecución. e) Reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos federales que no se hubiesen destinado y ejercido a los fines previstos en el proyecto autorizado por el Programa Opciones Productivas y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre de 2015, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal 2015, debiendo remitir copia del reintegro a la Delegación de la Entidad en la que se llevó a cabo el Proyecto, para su registro correspondiente, conforme a lo previsto por el numeral 4.4.2 denominado "Recursos no devengados" de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, y lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. f) Realizar por parte del "GRUPO SOCIAL" la capitalización de los recursos en un plazo máximo de 7 años. OCTAVA.- La "INSTANCIA EJECUTORA", se obliga a verificar que el (los) grupo(s) social (es) u organización(es) de productores y productoras no hayan solicitado en ningún momento, durante la vigencia del presente instrumento, recursos de otros programas federales o estatales para el financiamiento de los mismos conceptos para los que recibe del Programa Opciones Productivas 2015. NOVENA.- En caso de que por cualquier causa no imputable a "LA INSTANCIA EJECUTORA" y/o el (los) grupo(s) social (es) u organización(es) de productores y productoras, el proyecto en comento no se pudiera realizar en los términos pactados, se obligan a reembolsar íntegramente a la TESOFE, la cantidad que hayan recibido, remitiendo a "LA SEDESOL" copia del comprobante de reintegro. D D D D "LA SEDESOL", podrá solicitar la documentación original comprobatoria de los recursos cuando: 1. Realice las revisiones a la aplicación y comprobación de los recursos que ampara el presente instrumento, a fin de comprobar la veracidad de su contenido y su relación con los conceptos de gasto. 2. Se considere que alguno de los datos haya sido alterado o modificado. 3. Presente tachaduras o enmendaduras. 4. Las copias fotostáticas de la documentación comprobatoria no sean legibles en alguna de sus partes. 5. Se lleve a cabo cualquier acción de supervisión, evaluación y vigilancia de los recursos federales. Para el caso de las facturas y recibos fiscales se deberá insertar el sello único en el anverso de cada uno de ellos(as), que amparen los conceptos y montos autorizados para el proyecto productivo. D Así mismo, se obliga a presentar a la Delegación la documentación comprobatoria de sus capitalizaciones. Cuando se efectúen depósitos por este concepto, éstos serán a nombre del representante Social o Legal, y los podrán retirar, junto con los rendimientos financieros obtenidos, al término del plazo de capitalización, considerando que formarán parte del patrimonio de los beneficiarios. D a) Transferir al El (los) grupo(s) social (es) u organización(es) de productores y productoras los recursos propios, de conformidad con la Cláusula Cuarta del presente instrumento. b) Vigilar la correcta aplicación de los recursos que se le transfieren en este acto. c) Recabar la documentación comprobatoria de los proyectos productivos apoyados para su entrega a "LA SEDESOL". D D D No obstante lo anterior, "LA SEDESOL" podrá llevar a cabo en cualquier momento las acciones de seguimiento y verificación en campo Leído y comprendido en su integridad el presente Convenio de Ejecución y enterados de su valor y fuerza legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de ______________, el día _______ del mes ___________ del año dos mil quince. (Siguen firmas) ANEXO 7 SECRETAR DIRECCI LINEAMIENTOS PARA INTEGRACI ACOMPAÑAMIENTO. El Plan de Intervención de las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas, es un instrumento que guía sus acciones para elevar las capacidades y habilidades de la población beneficiaria y lograr mejores resultados de los proyectos apoyados por el Programa Opciones Productivas en los estados. 1.- Objetivo general Aplicar una estrategia de intervención a través de Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas, para brindar acompañamiento y asistencia técnica en la identificación, formulación, gestión, puesta en marcha y seguimiento de proyectos productivos del Programa de Opciones Productivas de la SEDESOL que propicien mejores condiciones para su incorporación al el mercado, la generación de mayores ingresos a los beneficiarios y su sustentabilidad. 1.1 Objetivos específicos 1. Apoyar la integración de los grupos de trabajo y fomentar su organización y funcionamiento. 2. Formular los proyectos productivos conforme a los criterios y requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas. 3. Asesorar a los beneficiarios en el trámite de los permisos y documentos necesarios para la presentación de su proyecto. 4. Acompañar a los beneficiarios en el pre-registro y registro de los proyectos. 5. Acompañar y apoyar a la población beneficiaria en el proceso de compra de los bienes y servicios señalados en la Estructura Financiera del Proyecto Simplificado (anexo No. 3 de las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas). 6. Proporcionar asistencia técnica y acompañamiento para la puesta en marcha y operación de los proyectos aprobados. 7. Brindar asistencia técnica y capacitación especializada en aquellos temas o áreas que se considere necesario reforzar para que los proyectos se consoliden y logren el objetivo de ser sustentables. 8. Apoyarlos en la identificación y acceso al mercado. 2.- Alcances del Plan de intervención. a) Por la SEDESOL
b) Por las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas.
ESTRUCTURA BÁSICA PLAN DE INTERVENCI I. IDENTIFICACI Nombre de la Institución: Dirección: Representante Periodo de acompañamiento Cobertura actual de incubación II. Experiencia de la Institución a) Experiencia b) Proyectos incubados en 2012-2014 c) Proyectos exitosos
III. CUADRO RESUMEN a) Desarrollo
b) Cobertura de atención, por regiones, municipios, comunidades y actividad productiva.
c) Cronograma de actividades IV. RECURSOS 4.1 HUMANOS 4.2 INFRAESTRUCTURA 4.3 MATERIALES 4.3 INSTITUCIONALES V. ENTREGABLES VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ![]() ![]() ![]() ANEXO 8 ![]()
Los criterios de elegibilidad y los requisitos establecidos en estas Reglas de Operación, son de cumplimiento obligatorio para acceder al proceso de predictamen del proyecto. · Contar con el folio de prerregistro. · Entregar formato solicitud (Anexo 2). · Presentar copia de identificación oficial de cada uno de los solicitantes. · Presentar copia de comprobante de domicilio de cada uno de los solicitantes. · Entregar croquis de localización del predio en que se instalará el proyecto. · En caso de haber recibido apoyos previos de este Programa, estar al corriente respecto a su calendario de capitalizaciones. · Capturar y entregar Proyecto Simplificado (Anexo 3). · Capturar CUIS de cada uno de los socios del proyecto y entregar acuse de captura. · Presentar, en su caso, carta compromiso de entregar el documento que acredite el permiso de la dependencia federal, estatal y/o municipal dependiendo del giro del proyecto. · Presentar, en su caso, cartas de intención de compra. · Presentar, en su caso, constancia donde se certifique el proceso de pre incubación por parte de una Institución de Educación media superior o superior, o una Incubadora de Empresas. Para grupos sociales: · Entregar Acta de Asamblea en la cual se acredita a un representante social. Para el caso de Organizaciones: · Estar dado de alta en la SHCP y entregar copia RFC de la organización. · Entregar copia de documento con validez oficial de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales que se obtiene a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT). · Entregar copia del acta constitutiva y de las actas de asamblea en que se acredite a los socios vigentes y los poderes de los representantes legales, así como la duración de la sociedad, inscritas en el registro correspondiente.
En este apartado se evalúa la viabilidad técnica, productiva, de mercado y ambiental del proyecto, la cual deberá ser positiva para considerarse elegible, para lo cual se considera lo siguiente: â Pertinencia: Se refiere al hecho de que, a partir del conocimiento de un diagnóstico territorial, la idea del proyecto contribuya efectivamente a resolver un problema o aproveche una oportunidad, que sea de interés y relevancia para el grupo de productores y que toma en cuenta sus capacidades y las condiciones del entorno, así mismo, que dé cumplimiento con lo estipulado en la convocatoria emitida. â Coherencia: Un proyecto se considera coherente cuando existe articulación entre las partes que componen al proyecto simplificado. â Veracidad: La información contenida en la propuesta se considera veraz, cuando expresada de manera razonable los rendimientos, precios de venta, requerimiento de insumos, costos de insumos, recursos disponibles y monto de la inversión. Es una relación entre valores y magnitudes. â Relación beneficio costo: El resultado de este indicador financiero deberá ser igual o mayor a 1. â Permite la capitalización del apoyo: Es cuando la utilidad anual generada por el proyecto productivo permita la capitalización del recurso federal otorgado dentro de los 7 años siguientes, periodo máximos establecidos en las Reglas de Operación. â Cumplimiento de criterios ambientales: Se valora si el proyecto productivo contempla mecanismos de mitigación sobre posibles impactos ambientales.
En el caso de solicitantes: · Sean beneficiarios vigentes de PROSPERA, Programa de Inclusión Social y del Programa de Apoyo Alimentario. · Solicitantes que se encuentren en las Zonas de Atención Prioritarias Rurales. · Se encuentren en las demarcaciones consideradas en el Programa Nacional para la Prevención Social contra la Violencia y la Delincuencia. · Solicitantes mujeres · Solicitantes indígenas. · Solicitantes jóvenes. · Solicitantes con discapacidad. En el caso de los proyectos: · Cuenten con aportación económica de los gobiernos estatales, municipales o de terceros. · Cuenten o estén recibiendo capacitación en su actividad productiva. · Aprovechen la vocación productiva de la región. · Cuenten con cartas de intención de compra y/o con documentación que garantice la venta de su producto. · Provengan de un proceso previo de incubación de proyectos. · Cuenten con acompañamiento técnico para la operación del proyecto. ANEXO 9 MODELO DE ACUERDO DE COLABORACI EDUCATIVAS ACUERDO DE COLABORACI ANTECEDENTES 1.- La Ley General de Desarrollo Social contempla dentro de sus objetivos el propiciar las condiciones para garantizar el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social, promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución, mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, así como desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud, así como fortalecer el desarrollo regional equilibrado y garantizar las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de Desarrollo Social. Asimismo, establece que se fomentarán las actividades productivas para promover la generación de empleos, ingresos y organización de personas, familias, Grupos Sociales y Organizaciones Productivas, destinando recursos públicos para incentivar los proyectos productivos; identificar oportunidades de inversión y brindar capacitación, asistencia técnica y asesoría para la organización. Dicha Ley establece entre sus objetivos: lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. Para conducir a México hacia un desarrollo económico y social sustentable hay que resolver a fondo las graves diferencias que imperan en el país. Gobierno y Sociedad deben ser capaces de mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, así como desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud. 2.- Conforme lo establecido en el Artículo XX del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, dentro de los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" está el Programa Opciones Productivas "EL PROGRAMA", cuyas Reglas de Operación fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado _____________ de ____ del 2014, en las que se establece como objetivo general, contribuir a mejorar el bienestar económico de la población cuyos ingresos se encuentran por debajo de la línea de bienestar, mediante el desarrollo de proyectos productivos sustentables. Con el propósito de contribuir al cumplimiento de la Cruzada Nacional contra el Hambre y Pobreza Alimentaria anunciada por el C. Presidente de la República el 1 de diciembre de 2012, este Programa dará prioridad a las personas, y localidades que para tales fines se determinen como población objetivo. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone en su Anexo B, los Programas del Gobierno Federal correspondientes al Ramo 20 Desarrollo Social que podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre. Para ello, se deberán identificar las vertientes en las cuales este programa contribuye, a fin de atender la coordinación necesaria según se instituya y cumplir los propósitos de la Cruzada. DECLARACIONES DECLARA LA "SEDESOL" QUE: a) Es una Dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la que de acuerdo con el artículo 32 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones la de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza. b) (El o La) C. _____________________, en su carácter de Delegado (a) Federal de "LA SEDESOL" en el Estado de ___________, tiene facultades para suscribir el presente instrumento, en términos de lo dispuesto por los artículos 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Agosto del 2012. Ha recibido de "LA INSTITUCI c) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________________. d) Para efectos de este documento señala como su domicilio, el ubicado en: __________________________________________. DECLARA "LA INSTITUCI a) (Establecer la normatividad con la que comparece "LA INSTITUCI b) (Establecer las facultades con las que comparece el representante de "LA INSTITUCI c) (Hacer referencia a la personalidad jurídica de la institución educativa y su constitución). d) Señala como domicilio para efectos del presente instrumento el ubicado en __________________________________. DECLARAN LAS PARTES: ventajas y los compromisos derivados de sus participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento de los objetivos que persiguen, por lo que es su libre voluntad obligarse en los términos que el mismo establece al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El presente instrumento tiene por objeto establecer las bases y condiciones de colaboración, con la finalidad de que "LA SEDESOL" apoye a instituciones de educación media superior y superior, para que los alumnos cumplan con su servicio social participando en labores relacionadas con el programa, quienes deberán estar matriculados en "LA INSTITUCI SEGUNDA.- Para la realización del presente Acuerdo de Colaboración se prevé una inversión total de $ _________________ (________________ pesos 00/100 M.N.), recursos provenientes del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" y que serán aportados por "LA SEDESOL" para la ejecución de las acciones objeto del presente instrumento, los cuales "LA SEDESOL", podrá cubrir en un máximo de 3 exhibiciones, llevándose a cabo una vez que sean entregados los servicios e informes a entera satisfacción de "LA SEDESOL". Dichos recursos federales, que se asignan en los términos del presente instrumento, no pierden su carácter de federal y estarán sujetos a la disponibilidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2015 y a las autorizaciones jurídicas y administrativas que correspondan para su ejercicio. Esta cláusula aplicará para el caso de que el recurso se aporte a través de una transferencia electrónica realizada por el SIAFF. TERCERA.- "LA SEDESOL" aportará recursos a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), a favor del "LA INSTITUCI Esta cláusula aplicará para el caso de que el recurso se entregue a través de Cheque nominativo a nombre de "LA INSTITUCI TERCERA.- "LA SEDESOL" aportará los recursos a favor de "LA INSTITUCI CUARTA.- Para efectos de operación, coordinación y supervisión de las acciones descritas en el ANEXO UNO del presente instrumento, en el cual se define la designación y descripción de las actividades tanto en campo como en oficina a desarrollar por cada prestador de servicio social, formando parte integral del mismo. "LA INSTITUCI QUINTA.- Las acciones a desempeñar por los alumnos de "LA INSTITUCI llevar a cabo tanto en las oficinas de la Delegación como en las oficinas de "LA INSTITUCI A).- ACTIVIDADES DE CAMPO: â Verificar la correcta aplicación de los recursos; â Proporcionar asistencia técnica; y, â Apoyar logísticamente en los eventos de entrega de recursos. "LA SEDESOL" acuerda que en las actividades de campo serán, sin excepción alguna, acompañados por personal del Programa Opciones Productivas de la Delegación correspondiente. B).- ACTIVIDADES DE OFICINA: â Revisar e integrar expedientes; â Colaboración en la formulación y evaluación de proyectos productivos; â Integrar propuestas para ser dictaminadas por el Comité; y, â Capturar en los sistemas informáticos de "LA SEDESOL" la información contenida en los proyectos productivos. Las acciones que realicen los prestadores de los servicios no podrán estar ligadas al otorgamiento de algún servicio dentro del Programa Opciones Productivas; por lo que no podrán tener contacto directo con los solicitantes de los apoyos del Programa Opciones Productivas o sus beneficiarios. SEXTA.- El apoyo por prestador de servicio social será hasta un máximo de $750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), hasta por seis meses considerando 4 horas diarias, para completar un total de 480 horas de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa. S OCTAVA.- "LA SEDESOL" recibirá por conducto de "LA INSTITUCI COMPROMISOS DE "LA INSTITUCI A) Llevar a cabo el seguimiento, registro, control y evaluación de los reportes de actividades mensuales, que para tales efectos entreguen los prestadores de los servicios. B) Cumplir con las disposiciones establecidas en las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, así como lo establecido en el presente acuerdo y demás normatividad aplicable. C) Entregar el comprobante de recepción de apoyo a los prestadores de servicio social, de acuerdo a los montos establecidos en las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2015 y en la cláusula sexta del presente instrumento. D) Entregar listado de prestadores validados por "LA INSTITUCI E) Integrar y entregar informes trimestrales a "LA SEDESOL" de los apoyos entregados, así como entregar el cierre de ejercicio presupuestal anual en documento y medio magnético a más tardar dentro de los primeros 10 días naturales de enero del ejercicio fiscal siguiente. F) Expedir la carta de liberación del servicio social a los estudiantes que hayan cumplido satisfactoriamente con las actividades asignadas. "LA SEDESOL", a través de la Coordinación del Programa Opciones Productivas en el Estado se compromete a: A) Dar seguimiento en coordinación con "LA INSTITUCI B) Brindar, en la medida de las posibilidades, los recursos necesarios para la realización de las labores asignadas a los prestadores del servicio social. C) Poner en conocimiento de "LA INSTITUCI NOVENA.- Las comunicaciones de tipo general, administrativo y académico, producto de este acuerdo deberán ser dirigidas a los responsables coordinadores nombrados en la cláusula cuarta del presente instrumento. D D D D D D D D D La parte afectada podrá optar por exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la contraparte, o bien declarar administrativamente la terminación. En caso de que "LA INSTITUCI D VIG Leído y comprendido en su integridad el presente acuerdo de colaboración y enterados de su valor y fuerza legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de ______________, el día _______ del mes ___________ del año dos mil quince. (Siguen firmas) ANEXO 10 LINEAMIENTOS PARA LAS INSTANCIAS EJECUTORAS DEL PROGRAMA OPCIONES PRODUCTIVAS Instancias Ejecutoras.- Dependencia, Entidad u Organismo responsable de la realización de los proyectos o acciones. Pueden ser los municipios, gobiernos de los estados, las dependencias o entidades federales, las Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, organizaciones sociales y de productoras y productores, instituciones académicas o de investigación, incubadoras de empresas y la población beneficiaria de los proyectos, de conformidad con lo que señalen las Reglas de Operación. Dada la importancia de las instancias ejecutoras en el proceso de ejecución de los proyectos y acciones que se llevan a cabo a través del Programa Opciones Productivas, se relacionan las actividades que destacan por su importancia: · Suscribir los acuerdos, anexos, contratos o convenios que correspondan, con la SEDESOL para la ejecución de las obras, proyectos o acciones. · Ejecutar los proyectos y/o acciones, directamente o mediante la contratación de terceros. · Efectuar la supervisión directa de los proyectos y acciones y verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable, así como dar todas las facilidades a los órganos competentes para llevar a cabo la fiscalización y verificación de los proyectos apoyados por los Programas. · Resguardar la comprobación documental del gasto ejercido. · Proporcionar oportunamente a la SEDESOL, por los medios que correspondan, la información relativa al avance físico y financiero y, en general, toda la información que permita integrar los informes institucionales y de rendición de cuentas. · Justificar las variaciones que surjan entre el presupuesto aprobado y ejercido, así como entre las metas aprobadas y las alcanzadas. · Generar las actas de certificación de acciones, cuando estos estén concluidos. · Reintegrar a la TESOFE los recursos no destinados a los fines autorizados y los no ejercidos al cierre de ejercicio, con las cargas financieras correspondientes. Se considera incluir en las reglas de operación los siguientes criterios y requisitos de selección:
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Los criterios para conformar el Comité de Validación Estatal establecidos en estas Reglas de Operación, son de cumplimiento obligatorio para instalar dicho comité.
El Delegado de la SEDESOL en la entidad. Un representante de la Unidad Administrativa Responsable del Programa. Un representante del Comité de Planeación Para el Desarrollo del Estado (COPLADE), o quien el Estado determine, en el Acuerdo de Coordinación Correspondiente. Un representante de una Organización de la Sociedad Civil con presencia probada en el estado y experiencia en la identificación, promoción y ejecución en proyectos productivos. Un representante de cada una de dos Instituciones de Educación Superior, con presencia probada en el estado y experiencia en la identificación, promoción y ejecución de proyectos productivos. Las Instituciones de Educación Superior que participen con propuestas en las Modalidad de Asistencia Técnica y Acompañamiento, no podrán ser integrantes del Comité de Validación Estatal. Un representante de la Delegación Estatal del Instituto Nacional de la Economía Social (INAES). Cuando en sesión de Comité exista interés de alguno de sus miembros por alguna de las propuestas presentadas, este se abstendrá de participar. De considerarlo conveniente, el Comité podrá invitar a otros representantes de la Sociedad Civil, así como a otros representantes de Instituciones de Educación Superior, los cuales tendrán voz, sin voto.
A más tardar en la primera quincena del mes de diciembre del año fiscal por finalizar, se reunirá en sesión de cierre, el Comité de Validación Estatal, donde la Delegación presentará a sus miembros los resultados de los apoyos otorgados, así como de las actividades económicas atendidas en el transcurso del ejercicio correspondiente. En esta misma sesión, la Delegación presentará información diagnóstica a nivel territorial, que permita identificar la problemática del sector rural y de las actividades agropecuarias en el estado, así como las estrategias de atención a dicha problemática, considerando las vocaciones productivas, ventajas competitivas y cadenas productivas estratégicas existentes, que permita orientar de manera más eficaz la inversión del Programa Opciones Productivas en el estado. Una vez analizada la información por sus miembros, realizarán la planeación de la inversión para el siguiente año fiscal, en las zonas y actividades económicas que a criterio del Comité deberán ser apoyadas, así como, en su caso, de las ramas económicas que en base al análisis no deben ser apoyadas. Los criterios de política que resulten del diagnóstico elaborado, deberán ser turnados a la UARP, para que esta unidad emita la Convocatoria correspondiente al siguiente ejercicio fiscal, con base a los criterios de política asentados en el Acta de Sesión de Cierre. ANEXO 12. CRITERIOS PARA LA DICTAMINACI ACOMPAÑAMIENTO Objetivo Establecer los elementos a considerar en el proceso de selección de los Planes de Intervención y/o Programas de Trabajo de Asistencia Técnica y Acompañamiento, que presenten las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas que pretenden participar en la modalidad. En el proceso de pre dictamen por las Delegaciones de la Sedesol y la Unidad Administrativa Responsable del Programa, y de dictamen por el Comité de Validación Estatal, de las propuestas presentadas por las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas, se deberán tener en consideración los siguientes criterios (Cuadros 1 y 2): Plan de Intervención 1. El currículo de las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas deberá contener como mínimo los siguientes elementos: a. En el caso de las Instituciones Educativas, la información de sus unidades académicas o de investigación distribuidas en el territorio estatal. En el caso de las Incubadoras de Empresas, la de las Oficinas o Representaciones ubicadas fuera de su sede. b. En el caso de las Instituciones Educativas, si cuentan con áreas de investigación o extensionismo vinculadas con el sector rural. En el caso de las Incubadoras de Empresas, la currícula de su personal en la incubación de proyectos en el medio rural. c. Descripción de su experiencia profesional en la incubación o acompañamiento de empresas rurales y los casos exitosos de proyectos que continúan en operación una vez concluida la intervención de la institución. d. Evidencia de contar con los recursos humanos y materiales necesarios para atender a los grupos de trabajo en las diversas zonas o regiones de la entidad federativa. e. El perfil profesional del personal que proporcione el acompañamiento deberá ser acorde a los requerimientos organizativos, técnicos, administrativos y de comercialización de los proyectos productivos susceptibles de solicitar apoyo en el medio rural. 2. Los Planes de Intervención deben estar alineados a los objetivos del Programa Opciones Productivas y preferentemente ser acordes con las líneas de atención del diagnóstico de la Entidad Federativa correspondiente. 3. Los objetivos, estrategias y metas forman un cuerpo integrado y con posibilidades de ser cumplidos en los tiempos programados. 4. Presentan una metodología para la identificación y selección de la población susceptible de participar en el Programa; 5. Se considera la evaluación de la capacidad productiva del grupo de trabajo y su perfil emprendedor. 6. Contemplan en los criterios de selección de los grupos y actividades productivas: a. Población beneficiaria de Prospera Programa de Inclusión Social b. Promover la actividad económica en municipios de las Zonas de Atención Prioritaria Rural c. Que se integren por jóvenes, mujeres o personas con discapacidad 7. Incorporan la participación de estudiantes que estén realizando o hayan concluido el servicio social o las prácticas profesionales, según sea el caso, en el trabajo de gabinete e o de atención a los Grupos de Trabajo. 8. Consideran la logística para el acompañamiento a los grupos u organizaciones en el pre registro y registro de los proyectos. Etapa de Incubación Una vez seleccionados los proyectos de Impulso Productivo que serán apoyados y las Instituciones de Educación Media Superior y Superior y/o Incubadoras de Empresas que proporcionarán los servicios de Asistencia Técnica y Acompañamiento, el Comité de Validación Estatal deberá considerar los siguientes criterios en el proceso de selección de los Programas de Trabajo de los proyectos que contarán con acompañamiento. 1. El perfil profesión y experiencia del personal asignado a cada proyecto es acorde a las necesidades de los grupos u organizaciones. 2. Se definen metas específicas y son susceptibles de cumplirse dentro del ejercicio fiscal. 3. Se contemplan acciones para la atención de los siguientes temas: a. Organización b. Proceso Productivo c. Mercado d. Administración e. Impacto en medio ambiente 4. Se considera el acompañamiento y asesoría al Grupo de Trabajo en la etapa de adquisición, de los activos y/o capital de trabajo del proyecto. 5. Se prevé el asesorar a los grupos en caso de haber construcción de instalaciones y/o instalación de maquinaria o equipos. 6. Las actividades de capacitación y asistencia programadas son consistentes con los resultados del diagnóstico del Grupo de Trabajo. ![]() ![]() ANEXO 13 A CONVOCATORIA A GRUPOS SOCIALES U ORGANIZACIONES DE PRODUCTORAS Y PRODUCTORES INTEGRADOS MAYORITARIAMENTE POR BENEFICIARIOS DE PROSPERA, CUYOS INGRESOS ESTÁN POR DEBAJO DE LA L La Secretaría de Desarrollo Social, por conducto de la Dirección General de Opciones Productivas, con fundamento en los artículos 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 y 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.3 3.5.1 y 4.2 de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2014, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el XX de XXXXXX de XXXX CONVOCA A grupos sociales y organizaciones de productoras y productores, cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar, que cuenten con una iniciativa productiva y estén interesadas /os en desarrollar un proyecto productivo que se realice en la zona de cobertura definida en la presente Convocatoria, de acuerdo con las siguientes: BASES Objetivo de la Convocatoria Invitar a grupos sociales y organizaciones de productoras y productores, con una iniciativa productiva y que estén interesadas/os en presentar propuestas para ser apoyadas a través de la modalidad de Impulso Productivo con los fondos previstos por las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas 2014. Dichas propuestas deberán impulsar procesos para el desarrollo económico local y regional, que además de cubrir los requisitos de elegibilidad que se establecen en las citadas Reglas de Operación, cuenten con potencial para promover que personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar desarrollen capacidades productivas y técnicas para generar proyectos productivos sustentables. Características del Apoyo Son apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos. Para establecimientos comerciales dedicados únicamente a la venta de productos previamente apoyados, solamente se otorgarán apoyos para su ampliación y escalamiento. No se podrá apoyar a este tipo de establecimientos para surtir su inventario. En el caso de nuevos establecimientos comerciales de este tipo, hasta el 30% de los recursos podrán ser destinados para la compra de mercancías para su venta que no incluya un proceso de transformación. En esta modalidad con el recurso federal se podrán apoyar la adquisición de activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo. En el caso de la adquisición de activos, éstos deberán ser nuevos. En ningún caso se podrán apoyar sueldos, salarios ni jornales. De igual manera no se podrán utilizar los recursos del programa para obras de adaptación, remodelación y/o construcción en terrenos públicos. Los proyectos tendrán un plazo máximo de capitalización de 7 años. El Programa apoyará a un proyecto y sus beneficiarias /os una sola vez en un mismo ejercicio fiscal. En los siguientes ejercicios fiscales, se podrán dar nuevos apoyos al proyecto y sus beneficiarias /os si se cumplen en su totalidad las siguientes condiciones: · Estar legalmente constituido y dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). · Que el nuevo apoyo se solicite para escalar a otro tramo de la cadena productiva, · Que hayan cumplido los objetivos del proyecto apoyado previamente, · Que las /os beneficiarias /os estén al corriente en sus capitalizaciones y, · Que las /os beneficiarias /os se encuentren bajo lo establecido en el numeral 3.2. de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2014 que refieren a la población objetivo. Cobertura El Programa operará en los municipios de la Cruzada Nacional contra el Hambre que cumplan con los siguientes criterios: a) Las Zonas de Atención Prioritaria Rurales. b) Los municipios catalogados como predominantemente indígenas, de acuerdo a los criterios establecidos por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). c) Las localidades de alta y muy alta marginación con una población hasta de 14,999 habitantes, ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja. La cobertura se puede consultar en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo Población objetivo Son las personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar integradas en grupos sociales u organizaciones de productoras y productores que cuenten con iniciativas productivas y que habitan en las zonas de cobertura. Periodo de ejecución La ejecución de los proyectos, deberán cumplir con el principio de anualidad del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que los recursos previstos para este Programa no deberán rebasar el presente ejercicio fiscal, esto es 31 de diciembre de 2015. Criterios y requisitos de elegibilidad Para tener acceso a los apoyos del Programa se tendrá que presentar, una solicitud de apoyo económico en la Delegación de la SEDESOL en el estado en que se va a desarrollar el proyecto y podrán ser susceptibles de ser elegibles para recibir apoyo, las personas y organizaciones que cumplan los siguientes criterios y requisitos: Una vez que el proyecto ha sido seleccionado por el Comité de Validación Estatal, el representante legal o social, deberá presentar en la Delegación de la SEDESOL en el estado correspondiente, previo a la firma del convenio, los originales de la documentación entregada anteriormente para cotejo. Asimismo, deberá cumplir con los siguientes requisitos y presentar original y copia de lo siguiente:
Una vez que el proyecto ha sido seleccionado por el Comité de Validación Estatal, el representante legal o social, deberá presentar en la Delegación de la SEDESOL en el estado correspondiente, previo a la firma del convenio, los originales de la documentación entregada anteriormente para cotejo. Asimismo, deberá cumplir con los siguientes requisitos y presentar original y copia de lo siguiente: Para todos los casos:
Para el caso de organizaciones de productoras y productores:
Montos de Apoyo Son apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos. Los montos de apoyo dependerán de los requerimientos de proyecto y de su evaluación y del lugar en que se desarrollen los proyectos y de las características de los beneficiarios, de acuerdo a lo siguiente:
1/ Ver la lista de Municipios considerados en las Zonas de Atención Prioritaria Rurales http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo 2/ Se refiere a los municipios y localidades dentro de la cobertura del programa, no incluidos en la lista de Municipios considerados en las Zonas de Atención Prioritaria Rurales. Consultar la lista en: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo El monto del apoyo asignado a los proyectos seleccionados dependerá del análisis de su viabilidad, la fortaleza de la propuesta, así como las estimaciones que el Comité de Validación Estatal correspondiente, realice de las necesidades de apoyo presentadas. Entrega de los Proyectos La recepción de los proyectos será a partir de la difusión de la presente Convocatoria y hasta el día XX de XXXXX de 2014, en las oficinas de la Delegación Federal de la SEDESOL en el Estado en que se pretende a llevar a cabo el proyecto. A partir de la fecha de difusión de la presente convocatoria, las y los interesados podrán acudir ante la Delegación en el Estado en el que se pretenda realizar el proyecto, para solicitar aclaraciones sobre los términos de la convocatoria. Desde la fecha de difusión de la convocatoria, las y los interesados deberán pre registrar sus propuestas en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social http://opciones.sedesol.gob.mx., hasta 5 días hábiles antes del cierre de la convocatoria, es decir hasta el XX de XXXX de 2014. En caso de requerirlo, las y los interesados podrán acudir a la Delegación correspondiente, la cual deberá facilitar los medios para que éstos realicen su pre registro. Al recibir la propuesta, la Delegación revisará los documentos presentados por las interesadas y los interesados; en caso de que hiciere falta algún documento, en ese momento se le informará a las y los interesados por escrito y por única ocasión de la información faltante, y se le otorgará un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación para que lo solvente. Dicho plazo no será aplicable para la presentación del Proyecto Simplificado y acuse de captura de los CUIS los cuales deberán ser entregados al momento del registro sin excepción. En caso de no cumplir en el plazo establecido para la entrega de los documentos faltantes, se considerará como no presentada la solicitud. Selección de los Proyectos En esta modalidad de Impulso Productivo, las propuestas serán evaluadas por el Comité de Validación Estatal, el cual tiene como facultades las siguientes: · Realizará funciones de planeación de la inversión en las modalidades de su ámbito (anexo 11) y dictaminar las propuestas con base en los criterios señalados en las presentes Reglas (Anexo 8). · Recomendar a la UARP, la no elegibilidad de determinado tipo de proyectos y las ramas de actividad que no serían elegibles en alguna región. Los proyectos a apoyar serán los que resulten mejor evaluados por el Comité de Validación Estatal, de acuerdo a su viabilidad técnica, económica y social, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal del Programa. Para efectos de la selección de las propuestas, se considerarán los criterios de elegibilidad, la disponibilidad presupuestal, en apego a las Reglas de Operación, en específico en lo que se refiere a cobertura y población objetivo e impacto social, regional y sectorial, así como a los que de manera específica señale la presente Convocatoria. En cuanto a los solicitantes, se dará prioridad a que: · Sean beneficiarios vigentes del PROSPERA Programa de Inclusión Social. · Se encuentren en los municipios considerados como Zonas de Atención Prioritarias Rurales dentro de la cobertura del Programa. · Se encuentren en las demarcaciones del Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, dentro de la cobertura del Programa. · Sean mujeres, indígenas, jóvenes o personas con discapacidad. Además se dará prioridad a proyectos productivos que: · Cuenten con aportación económica de los gobiernos estatales, municipales o de terceros. · Cuenten con documentación que garantice la venta de su producto. · Provengan de una incubadora de negocios. · Cuenten o estén recibiendo capacitación en su actividad productiva. · Cuenten con acompañamiento técnico en la operación del proyecto. · Aprovechen la vocación productiva de la región. Las propuestas que resulten seleccionadas para recibir apoyo deberán suscribir los convenios de concertación correspondientes y sujetarse a las Reglas de Operación del Programa en la Modalidad de Impulso Productivo. El fallo del Comité de Validación será inapelable. Difusión de resultados La Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP), difundirá las listas de los proyectos seleccionados, en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Fallos_de_las_Convocatorias, dentro de los 60 días hábiles siguientes al cierre de la convocatoria. Los proyectos que no aparezcan en la lista, se entenderán como no seleccionados. En ese caso, las y los interesados, cuyos proyectos no hayan sido seleccionados, podrán acudir a la Delegación para conocer las consideraciones que hayan aplicado al caso. En todos los casos, la documentación presentada en los expedientes no será devuelta al solicitante. Información, quejas y denuncias Los beneficiarios pueden presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes Reglas o contravengan sus disposiciones y de la demás normatividad aplicable. Las quejas y denuncias de la ciudadanía derivadas de alguna irregularidad en la operación del Programa, podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, las cuales se captarán a través de: a) Las quejas y denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, a través de: Teléfono: 5328-5000, Ext. 51431, 51439, 51424, 51453, 51411, 51452 y 51450 Larga distancia sin costo: 01-800-714-8340 Correo electrónico: organo.interno@sedesol.gob.mx Página Web: www.sedesol.gob.mx, Ruta: Inicio - SEDESOL â Área de la C. Secretaria - Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, México, D.F. b) En la Secretaría de la Función Pública: D.F. y Área metropolitana: Teléfono: 2000-3000 Larga distancia sin costo: 01-800-3862-466 De Estados Unidos 01-800-4752-393 Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, México, D.F. c) Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del BUZ También, se pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de la presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios y que se puede consultar en la página www.cofemer.gob.mx, con la Homoclave: Sedesol-13-001 En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, a lo estipulado en el artículo 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 y en el numeral 8.1 Difusión de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, la papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este Programa deberán incluir las siguientes leyendas: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". Cabe destacar que las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles para la población en las Delegaciones, así como en la página electrónica de la Sedesol, específicamente en la liga siguiente: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Opciones_Productivas Las Delegaciones, en coordinación con la Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP), serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del Programa; informando las acciones institucionales a realizar y las comunidades beneficiadas. Para conocer los servicios que ofrece este Programa, así como de todos los que están a cargo de la Sedesol, sus órganos administrativos desconcentrados y entidades del Sector, se puede acceder a la página electrónica, http://www.sedesol.gob.mx sección "Enlaces Destacados" y consultar la "Guía Interactiva de Servicios a la Ciudadanía", en donde además se describen los procedimientos y los trámites para solicitar los apoyos. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, XX de XXX de 2014.- C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX- Director General de Opciones Productivas. ANEXO 13 B CONVOCATORIA A GRUPOS SOCIALES U ORGANIZACIONES DE PRODUCTORAS Y PRODUCTORES, CUYOS INGRESOS ESTÁN POR DEBAJO DE LA L La Secretaría de Desarrollo Social, por conducto de la Dirección General de Opciones Productivas, con fundamento en los artículos 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 y 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.3 3.5.1 y 4.2 de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2014, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el XX de XXXXXX de XXXX CONVOCA A grupos sociales y organizaciones de productoras y productores, cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar, que cuenten con una iniciativa productiva y estén interesadas /os en desarrollar un proyecto productivo que se realice en la zona de cobertura definida en la presente Convocatoria, de acuerdo con las siguientes: BASES Objetivo de la Convocatoria Invitar a grupos sociales y organizaciones de productoras y productores, con una iniciativa productiva y que estén interesadas/os en presentar propuestas para ser apoyadas a través de la modalidad de Impulso Productivo con los fondos previstos por las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas 2014. Dichas propuestas deberán impulsar procesos para el desarrollo económico local y regional, que además de cubrir los requisitos de elegibilidad que se establecen en las citadas Reglas de Operación, cuenten con potencial para promover que personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar desarrollen capacidades productivas y técnicas para generar proyectos productivos sustentables. Características del Apoyo Son apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos. Para establecimientos comerciales dedicados únicamente a la venta de productos previamente apoyados, solamente se otorgarán apoyos para su ampliación y escalamiento. No se podrá apoyar a este tipo de establecimientos para surtir su inventario. En el caso de nuevos establecimientos comerciales de este tipo, hasta el 30% de los recursos podrán ser destinados para la compra de mercancías para su venta que no incluya un proceso de transformación. En esta modalidad con el recurso federal se podrán apoyar la adquisición de activos, conceptos de inversión diferida y capital de trabajo. En el caso de la adquisición de activos, éstos deberán ser nuevos. En ningún caso se podrán apoyar sueldos, salarios ni jornales. De igual manera no se podrán utilizar los recursos del programa para obras de adaptación, remodelación y/o construcción en terrenos públicos. Los proyectos tendrán un plazo máximo de capitalización de 7 años. El Programa apoyará a un proyecto y sus beneficiarias /os una sola vez en un mismo ejercicio fiscal. En los siguientes ejercicios fiscales, se podrán dar nuevos apoyos al proyecto y sus beneficiarias /os si se cumplen en su totalidad las siguientes condiciones: · Estar legalmente constituido y dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). · Que el nuevo apoyo se solicite para escalar a otro tramo de la cadena productiva, · Que hayan cumplido los objetivos del proyecto apoyado previamente, · Que los beneficiarias /os estén al corriente en sus capitalizaciones y, · Que las /os beneficiarias /os se encuentren bajo lo establecido en el numeral 3.2. de las Reglas de Operación del Programa Opciones Productivas 2014 que refieren a la población objetivo. Cobertura El Programa operará en los municipios de la Cruzada Nacional contra el Hambre que cumplan con los siguientes criterios: d) Las Zonas de Atención Prioritaria Rurales. e) Los municipios catalogados como predominantemente indígenas, de acuerdo a los criterios establecidos por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). f) Las localidades de alta y muy alta marginación con una población hasta de 14,999 habitantes, ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja. La cobertura se puede consultar en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo Población objetivo Son las personas cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar integradas en grupos sociales u organizaciones de productoras y productores que cuenten con iniciativas productivas y que habitan en las zonas de cobertura. Periodo de ejecución La ejecución de los proyectos, deberán cumplir con el principio de anualidad del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que los recursos previstos para este Programa no deberán rebasar el presente ejercicio fiscal, esto es 31 de diciembre de 2015. Criterios y requisitos de elegibilidad Para tener acceso a los apoyos del Programa se tendrá que presentar, una solicitud de apoyo económico en la Delegación de la SEDESOL en el estado en que se va a desarrollar el proyecto y podrán ser susceptibles de ser elegibles para recibir apoyo, las personas y organizaciones que cumplan los siguientes criterios y requisitos: Una vez que el proyecto ha sido seleccionado por el Comité de Validación Estatal, el representante legal o social, deberá presentar en la Delegación de la SEDESOL en el estado correspondiente, previo a la firma del convenio, los originales de la documentación entregada anteriormente para cotejo. Asimismo, deberá cumplir con los siguientes requisitos y presentar original y copia de lo siguiente:
Una vez que el proyecto ha sido seleccionado por el Comité de Validación Estatal, el representante legal o social, deberá presentar en la Delegación de la SEDESOL en el estado correspondiente, previo a la firma del convenio, los originales de la documentación entregada anteriormente para cotejo. Asimismo, deberá cumplir con los siguientes requisitos y presentar original y copia de lo siguiente: Para todos los casos:
Para el caso de organizaciones de productoras y productores:
Montos de Apoyo Son apoyos económicos capitalizables para proyectos productivos. Los montos de apoyo dependerán de los requerimientos de proyecto y de su evaluación y del lugar en que se desarrollen los proyectos y de las características de los beneficiarios, de acuerdo a lo siguiente:
1/ Ver la lista de Municipios considerados en las Zonas de Atención Prioritaria Rurales http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo 2/ Se refiere a los municipios y localidades dentro de la cobertura del programa, no incluidos en la lista de Municipios considerados en las Zonas de Atención Prioritaria Rurales. Consultar la lista en: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Mapa_Interactivo El monto del apoyo asignado a los proyectos seleccionados dependerá del análisis de su viabilidad, la fortaleza de la propuesta, así como las estimaciones que el Comité de Validación Estatal correspondiente, realice de las necesidades de apoyo presentadas. Entrega de los Proyectos La recepción de los proyectos será a partir de la difusión de la presente Convocatoria y hasta el día XX de XXXXX de 2014, en las oficinas de la Delegación Federal de la SEDESOL en el Estado en que se pretende a llevar a cabo el proyecto. A partir de la fecha de difusión de la presente convocatoria, las y los interesados podrán acudir ante la Delegación en el Estado en el que se pretenda realizar el proyecto, para solicitar aclaraciones sobre los términos de la convocatoria. Desde la fecha de difusión de la convocatoria, las y los interesados deberán pre registrar sus propuestas en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social http://opciones.sedesol.gob.mx., hasta 5 días hábiles antes del cierre de la convocatoria, es decir hasta el XX de XXXX de 2014. En caso de requerirlo, las y los interesados podrán acudir a la Delegación correspondiente, la cual deberá facilitar los medios para que éstos realicen su pre registro. Al recibir la propuesta, la Delegación revisará los documentos presentados por las interesadas y los interesados; en caso de que hiciere falta algún documento, en ese momento se le informará a las y los interesados por escrito y por única ocasión de la información faltante, y se le otorgará un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación para que lo solvente. Dicho plazo no será aplicable para la presentación del Proyecto Simplificado y acuse de captura de los CUIS los cuales deberán ser entregados al momento del registro sin excepción. En caso de no cumplir en el plazo establecido para la entrega de los documentos faltantes, se considerará como no presentada la solicitud. Selección de los Proyectos En esta modalidad de Impulso Productivo, las propuestas serán evaluadas por el Comité de Validación Estatal, el cual tiene como facultades las siguientes: · Realizará funciones de planeación de la inversión en las modalidades de su ámbito (anexo 11) y dictaminar las propuestas con base en los criterios señalados en las presentes Reglas (Anexo 8). · Recomendar a la UARP, la no elegibilidad de determinado tipo de proyectos y las ramas de actividad que no serían elegibles en alguna región. Los proyectos a apoyar serán los que resulten mejor evaluados por el Comité de Validación Estatal, de acuerdo a su viabilidad técnica, económica y social, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal del Programa. Para efectos de la selección de las propuestas, se considerarán los criterios de elegibilidad, la disponibilidad presupuestal, en apego a las Reglas de Operación, en específico en lo que se refiere a cobertura y población objetivo e impacto social, regional y sectorial, así como a los que de manera específica señale la presente Convocatoria. En cuanto a los solicitantes, se dará prioridad a que: · Sean beneficiarios vigentes del PROSPERA Programa de Inclusión Social. · Se encuentren en los municipios considerados como Zonas de Atención Prioritarias Rurales dentro de la cobertura del Programa. · Se encuentren en las demarcaciones del Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, dentro de la cobertura del Programa. · Sean mujeres, indígenas, jóvenes o personas con discapacidad. Además se dará prioridad a proyectos productivos que: · Cuenten con aportación económica de los gobiernos estatales, municipales o de terceros. · Cuenten con documentación que garantice la venta de su producto. · Provengan de una incubadora de negocios. · Cuenten o estén recibiendo capacitación en su actividad productiva. · Cuenten con acompañamiento técnico en la operación del proyecto. · Aprovechen la vocación productiva de la región. Las propuestas que resulten seleccionadas para recibir apoyo deberán suscribir los convenios de concertación correspondientes y sujetarse a las Reglas de Operación del Programa en la Modalidad de Impulso Productivo. El fallo del Comité de Validación será inapelable. Difusión de resultados La Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP), difundirá las listas de los proyectos seleccionados, en el sitio de la Secretaría de Desarrollo Social: http://www.sedesol.gob.mx/es/SEDESOL/Fallos_de_las_Convocatorias, dentro de los 60 días hábiles siguientes al cierre de la convocatoria. Los proyectos que no aparezcan en la lista, se entenderán como no seleccionados. En ese caso, las y los interesados, cuyos proyectos no hayan sido seleccionados, podrán acudir a la Delegación para conocer las consideraciones que hayan aplicado al caso. En todos los casos, la documentación presentada en los expedientes no será devuelta al solicitante. Información, quejas y denuncias Los beneficiarios pueden presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes Reglas o contravengan sus disposiciones y de la demás normatividad aplicable. Las quejas y denuncias de la ciudadanía derivadas de alguna irregularidad en la operación del Programa, podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, las cuales se captarán a través de: d) Las quejas y denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, a través de: Teléfono: 5328-5000, Ext. 51431, 51439, 51424, 51453, 51411, 51452 y 51450 Larga distancia sin costo: 01-800-714-8340 Correo electrónico: organo.interno@sedesol.gob.mx Página Web: www.sedesol.gob.mx, Ruta: Inicio - SEDESOL â Área de la C. Secretaria - Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, México, D.F. e) En la Secretaría de la Función Pública: D.F. y Área metropolitana: Teléfono: 2000-3000 Larga distancia sin costo: 01-800-3862-466 De Estados Unidos 01-800-4752-393 Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx |