ACUERDO CCNO/12/2015 de la Comisión de Creación de Nuevos <CHAR: 8220/>rganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos de los Juzgados Cuarto, Decimoquinto y Decimoséptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en

ACUERDO CCNO/12/2015 de la Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos de los Juzgados Cuarto, Decimoquinto y Decimoséptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, respectivamente, con residencia en los reclusorios Oriente, Sur y Norte de esta ciudad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos rganos.

ACUERDO CCNO/12/2015, DE LA COMISIN DE CREACIN DE NUEVOS RGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS DE LOS JUZGADOS CUARTO, DECIMOQUINTO Y DECIMOSPTIMO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL DISTRITO FEDERAL, RESPECTIVAMENTE, CON RESIDENCIA EN LOS RECLUSORIOS ORIENTE, SUR Y NORTE DE ESTA CIUDAD.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito o de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos rganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42, fracción III del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. El 18 de junio de 2008, el Ejecutivo Federal promulgó un Decreto con modificaciones a diversos artículos constitucionales, mediante el cual se instaura en nuestro país el modelo de justicia penal acusatorio, caracterizado por la oralidad, publicidad, inmediación del juez y continuidad de los procedimientos. Como resultado de lo anterior, las autoridades estatales y federales se encuentran obligadas, por mandato constitucional, a realizar las modificaciones legales y organizacionales necesarias en las instituciones responsables de la administración de justicia penal, de manera tal que antes del 18 de junio de 2016, todo el territorio nacional opere bajo el nuevo modelo procesal.
QUINTO. Para la implementación del Sistema Procesal Penal Federal Acusatorio, es necesaria la creación de nuevos órganos jurisdiccionales para cumplir el mandato constitucional referido, objetivo fundamental que implica una óptima administración de los espacios inmobiliarios que tiene el Consejo de la Judicatura Federal, en órganos especializados en procesos penales actualmente laborando, los cuales necesariamente concluirán funciones por la implementación de ese Sistema.
SEXTO. En sesión del 22 de mayo de 2013, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, respectivamente, ordenó la creación de 2 nuevos juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, y reservó su fecha de inicio de funciones.
SPTIMO. En ese contexto, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de 9 de julio de 2014, aprobó la propuesta de un plan alternativo en tanto se concluyen y entran en funcionamiento de manera definitiva los Centros de Justicia Penal Federal, para la implementación de la Reforma Penal en el Poder Judicial de la Federación.
OCTAVO. Dentro de las medidas alternativas en comento, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión del 4 de junio de 2014, por unanimidad de votos, respectivamente, aprobó la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto, Decimoquinto y Decimoséptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, y también determinó que el personal de dichos órganos, se aplicara, entre otros, para integrar la plantilla de los órganos referidos en el considerando Sexto.
NOVENO. En sesión del 13 de mayo de 2015, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, estableció
una Ruta Crítica para la transformación de los Juzgados Cuarto y Decimoquinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, en juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal; así como la aplicación del personal faltante de la plantilla justificada de esos últimos dos nuevos órganos, y la de los 14 órganos homólogos, que se tomará de la plantilla del Juzgado Decimoséptimo en la misma especialidad y localidad de los citados en primer término.
Ruta Crítica en la cual, se instruyó que para la conclusión de funciones de los órganos especializados en procesos penales federales en cita, previamente se les debe excluir de turno, esto para lograr que en el momento de esa conclusión, no tengan asuntos de término constitucional pendientes de resolver.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1. Se excluye del turno de todo tipo de nuevos asuntos, incluyendo los relacionados a los Juzgados Cuarto, Decimoquinto y Decimoséptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, en días y horas hábiles e inhábiles, a partir del 20 de mayo de 2015, y hasta que concluyan funciones.
Los asuntos relacionados de los órganos que se excluyen, se distribuirán entre los que estén de turno, en la forma aleatoria acostumbrada.
Artículo 2. A partir de la exclusión indicada, los nuevos asuntos que se presenten en días y horas hábiles e inhábiles, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, se distribuirán bajo el sistema de turno que enseguida se describe:
En cada uno de los reclusorios Norte, Sur y Oriente, la distribución de asuntos la realizará la Oficina de Correspondencia Común referida, durante dos semanas como es costumbre, pero en la primer semana, el turno se efectuará entre dos juzgados; en la segunda, entre otros dos juzgados, y en esas dos semanas, uno de los cinco juzgados se irá alternando para no recibir asuntos en ellas; y así sucesivamente.
Los dos juzgados a quienes corresponda la guardia de turno, recibirán asuntos tanto en días y horas hábiles como en días y horas inhábiles.
Lo anterior se estructura en el siguiente cuadro general:
ROLES DE TURNO DE LOS 5 JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL DISTRITO FEDERAL, DE
CADA RECLUSORIO, EN EL ORDEN ALFABTICO DE LETRAS A, B, C, D y E, QUE SUSTITUYE EL ORDEN ASCENDENTE DE
LOS NMEROS QUE CADA RGANO TIENE ASIGNADO
PRIMER ROL DE 5 QUINCENAS
Quincena 1ra.
Quincena 2da.
Quincena 3ra.
Quincena 4ta.
Quincena 5ta.
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
B y C
D y E
A y C
D y E
A y B
D y E
A y B
C y E
A y B
C y D
No recibe asuntos: A
No recibe asuntos: B
No recibe asuntos: C
No recibe asuntos: D
No recibe asuntos: E
SEGUNDO ROL DE 5 QUINCENAS
Quincena 6ta.
Quincena 7ma.
Quincena 8va.
Quincena 9na.
Quincena 10ma.
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
1era.
Semana
2da.
Semana
B y C
D y E
A y C
D y E
A y B
D y E
A y B
C y E
A y B
C y D
No recibe asuntos: A
No recibe asuntos: B
No recibe asuntos: C
No recibe asuntos: D
No recibe asuntos: E
 
Las letras A, B, C, D y E del cuadro anterior, corresponden a los órganos que enseguida se describen, según la residencia de cada uno de los reclusorios:
 
RECLUSORIO ORIENTE
RECLUSORIO SUR
RECLUSORIO NORTE
JUZGADOS DE
DISTRITO DE
PROCESOS PENALES
FEDERALES EN EL
DISTRITO FEDERAL
Quinto ( A )
Séptimo (A)
Primero (A)
Sexto ( B )
Octavo (B)
Segundo (B)
Décimo ( C )
Noveno (C)
Tercero (C)
Decimoprimero ( D )
Decimotercero (D)
Decimosexto (D)
Decimosegundo (E)
Decimocuarto (E)
Decimoctavo (E)
 
Conforme a dicho esquema, en cada uno de los reclusorios, las 2 primeras quincenas quedan como enseguida se expone:
ROLES DE TURNOS DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL DISTRITO FEDERAL, SE
CITAN NICAMENTE SUS NMEROS DE RGANO JURISDICCIONAL
1era. QUINCENA EN CADA RECLUSORIO
Reclusorio Sur
Reclusorio Norte
Reclusorio Oriente
Del 11 al 24 de mayo de 2015
Del 25 de mayo al 7 de junio de 2015
Del 8 al 21 de junio de 2015
 
Primera
Del
11/05/2015
al
17/05/2015
Segunda
Del
20/05/2015
al
24/05/2015
Primera
Del
25/05/2015
al
31/05/2015
Segunda
Del
1/06/2015
al
7/06/2015
Primera
Del
8/06/2015
al
14/06/2015
Segunda
Del
15/06/2015
al
21/06/2015
------
y
-----
Decimotercero y
Decimocuarto
Segundo y
Tercero
Decimosexto
Y Decimoctavo
Sexto
y
Décimo
Decimoprimero y
Decimosegundo
No recibe asuntos: Séptimo (en este
caso sólo a partir del día 20 de mayo de
2015, de la segunda semana indicada).
No recibe asuntos: Primero
No recibe asuntos: Quinto
 
ROLES DE TURNOS DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL DISTRITO FEDERAL, SE
CITAN NICAMENTE SUS NMEROS DE RGANO JURISDICCIONAL
2da. QUINCENA EN CADA RECLUSORIO
Reclusorio Sur
Reclusorio Norte
Reclusorio Oriente
Del 22 de junio al 5 de julio de 2015
Del 6 al 19 de julio de 2015
Del 20 de julio al 2 de agosto de 2015
 
Primera
Del
22/06/2015
al
28/06/2015
Segunda
Del
29/06/2015
al
5/07/2015
Primera
Del
6/07/2015
al
12/07/2015
Segunda
Del
13/07/2015
al
19/07/2015
Primera
Del
20/07/2015
al
26/07/2015
Segunda
Del
27/07/2015
al
2/08/2015
Séptimo
y
Noveno
Decimotercero y
Decimocuarto
Primero
y
Tercero
Decimosexto y
Decimoctavo
Quinto
y
Décimo
Decimoprimero y
Decimosegundo
No recibe asuntos: Octavo
No recibe asuntos: Segundo
No recibe asuntos: Sexto
 
Las otras quincenas 3ra., 4ta. y 5ta. del primer roll de 5, así como las de los roles subsecuentes, deberán desarrollarse con la misma secuencia descrita.
Artículo 3. Al concluir funciones los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, indicados en el artículo 1, los otros órganos continuarán con el sistema de turno expuesto en el artículo 2.
Artículo 4. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultados para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 20 de mayo de 2015.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, y para mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
EL MAGISTRADO JORGE ANTONIO CRUZ RAMOS, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL Y CREACIN DE NUEVOS RGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/12/2015, de la Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos de los Juzgados Cuarto, Decimoquinto y Decimoséptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, respectivamente, con residencia en los Reclusorios Oriente, Sur y Norte de esta ciudad, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el dieciocho de mayo de dos mil quince, por los señores Consejeros: Presidente Felipe Borrego Estrada, Alfonso Pérez Daza y Martha María del Carmen Hernández Álvarez.- México, Distrito
Federal, a dieciocho de mayo de dos mil quince.- Conste.- Rúbrica.