ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica la convocatoria para la celebración de la temporada abierta de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en el Estado de Tamaulipas con el objet ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica la convocatoria para la celebración de la temporada abierta de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en el Estado de Tamaulipas con el objeto de establecer un nuevo plazo para la entrega de la garantía correspondiente al 10% del monto total a sufragar. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía. ACUERDO Núm. A/060/2015 ACUERDO POR EL QUE LA COMISIN REGULADORA DE ENERGA MODIFICA LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIN DE LA TEMPORADA ABIERTA DE RESERVA DE CAPACIDAD DE TRANSMISIN Y TRANSFORMACIN DE ENERGA ELCTRICA A DESARROLLARSE EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS CON EL OBJETO DE ESTABLECER UN NUEVO PLAZO PARA LA ENTREGA DE LA GARANTA CORRESPONDIENTE AL 10% DEL MONTO TOTAL A SUFRAGAR RESULTANDO PRIMERO. Que el 8 de agosto de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) emitió una Convocatoria para la celebración de Temporadas Abiertas de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en los Estados de Oaxaca, Puebla, Tamaulipas y Baja California (la Convocatoria). SEGUNDO. Que el 19 de octubre de 2011 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que esta Comisión modificó el diverso por el que emite una convocatoria para la celebración de Temporadas Abiertas de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en los Estados de Oaxaca, Puebla, Tamaulipas y Baja California. TERCERO. Que el pasado 5 de septiembre de 2014 se publicó en el DOF el Acuerdo A/076/2014 (el Acuerdo) por el que la Comisión Reguladora de Energía modificó el diverso por el que emitió una convocatoria para la celebración de Temporadas Abiertas de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en los Estados de Oaxaca, Puebla, Tamaulipas y Baja California, y el Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía modificó el diverso por el que emitió la Convocatoria. CUARTO. Que, en los procesos de Temporada Abierta del Estado de Tamaulipas, las empresas participantes atendieron los requerimientos de esta Comisión y manifestaron su intención para continuar en dichos procesos. QUINTO. Que, de conformidad con el Considerando Sexto del Acuerdo, la capacidad de transmisión asignada en la Temporada Abierta del Estado de Tamaulipas representa un total de 1526.25 MW. SEXTO. Que, a la fecha del presente Acuerdo, quince empresas participantes en la Temporada Abierta del Estado de Tamaulipas han depositado en el Fideicomiso de Administración Número 80685, las garantías de seriedad correspondientes al 5% de la capacidad total a garantizar, mismas que se enlistan a continuación: No. | Participante | Capacidad Asignada (MW) | 1 | Parque Eólico Fenicias, S. de R.L. de C.V. | 168.00 | 2 | Energeo-Los Molinos S.A.P.I de C.V. | 171.00 | 3 | Parque Eólico Reynosa I, S.A. de C.V. | 60.00 | 4 | Parque Eólico Reynosa II, S.A. de C.V. | 60.00 | 5 | Parque Eólico Reynosa III, S.A. de C.V. | 57.00 | 6 | Parque Eólico Reynosa IV, S.A. de C.V. | 57.00 | 7 | Parque Eólico Reynosa V, S.A. de C.V. | 158.25 | 8 | Energía Renovable del Istmo II, S.A. de C.V. | 168.00 | 9 | Delaro, S. de R. L. de C.V. | 117.00 | 10 | Compañía Eoloeléctrica de Matamoros, S.A. de C.V. | 84.00 | 11 | Compañía Eólica Río Bravo, S.A. de C.V. | 66.00 | 12 | Compañía Eólica de Reynosa, S.A. de C.V. | 140.00 | 13 | Compañía Eólica El Palmar, S.A. de C.V. | 60.00 | 14 | Compañía Eólica El Cielo, S.A. de C.V. | 60.00 | 15 | Compañía Eólica Casas, S.A. de C.V. | 100.00 | TOTAL | 1526.25 | SPTIMO. Que conforme a lo señalado en el numeral 13 Quinquies del Acuerdo, la fecha para la entrega de la segunda carta de crédito por el 10% adicional del monto total a sufragar de la capacidad asignada a cada uno de los participantes a que hace referencia el Resultando SEXTO anterior, sería a más tardar el 27 de noviembre de 2015. OCTAVO. Que el 14 de noviembre de 2014, las empresas participantes en el proceso de Temporada Abierta entregaron las garantías correspondientes en tiempo y forma conforme a lo señalado en el numeral CUARTO QUINQUIES del Acuerdo, excepto la empresa Frontera Renovable S. de R.L. de C.V. (Frontera Renovable) con una capacidad asignada de 275 MW; la cual el 19 de noviembre de 2014 solicitó a la Comisión mediante escrito, una extensión al plazo para la entrega de las garantías correspondientes, a la cual la Comisión respondió la pérdida del derecho a la capacidad asignada y la declinación de su participación en el proceso de Temporada Abierta. NOVENO. Que de conformidad con lo previsto en el numeral CUARTO BIS de la Convocatoria, y el Considerando Sexto, número 9 del Acuerdo, y debido al incumplimiento de Frontera Renovable mencionado en el Considerando Tercero anterior, esta Comisión identificó una capacidad residual de transmisión de 275 MW. DCIMO. Que de conformidad con el Acuerdo Primero del Acuerdo A/035/2015 de fecha 2 de julio de 2015, la Comisión ofreció la capacidad residual de transmisión a los participantes de la Temporada Abierta del Estado de Tamaulipas. CONSIDERANDO PRIMERO. Que el 25 de septiembre de 2015 la Comisión recibió un escrito firmado por el Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso de Administración Número 80685, en el que manifiesta que: "Las modificaciones de la Convocatoria, así como el establecimiento de la metodología para la asignación de la capacidad asignada no garantizada, ocasionó un atraso considerable, estimado en aproximados diez meses, que significa en esencia el diferimiento real del inicio del proyecto correspondiente. En esa virtud, resulta indispensable establecer nuevas fechas para otorgar las garantías del 10% y del 85% restantes, que en el Acuerdo A/076/2014 se fijaron, respectivamente, hasta el 27 de noviembre de 2015 y el 31 de mayo de 2016". SEGUNDO. Que las empresas participantes en el proceso de Temporada Abierta, hicieron llegar los siguientes escritos, debidamente firmados por los correspondientes Representantes Legales, a la Comisión: 1. 10 de noviembre de 2015, la Comisión recibió escritos por parte de las empresas: Parque Eólico de Fenicias, S. de R. L. de C.V., Energeo Los Molinos, S.A.P.I. de C.V., Energía Renovable del Istmo II, S.A. de C.V. 2. 12 de noviembre de 2015, la Comisión recibió escrito por parte de la empresa DELARO, S. de R.L. de C.V. 3. 13 de noviembre de 2015, la Comisión recibió escrito por parte de la empresa Parque Eólico Reynosa I, S.A.P.I. de C.V. 4. 17 de noviembre de 2015, la Comisión recibió escritos por parte de las empresas: Compañía Eólica Casas, S.A. de C.V., Compañía Eólica el Palmar, S.A. de C.V., Compañía Eólica Río Bravo, S.A. de C.V., Compañía Eólica el Cielo, S.A. de C.V., Compañía Eoloeléctrica de Matamoros, S.A. de C.V., Compañía Eólica de Reynosa, S.A. de C.V. 5. 18 de noviembre de 2015, la Comisión recibió escritos por parte de las empresas: Parque Eólico Reynosa II, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa III, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa IV, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa V, S.A. de C.V. En tales escritos, las empresas participantes ratifican y puntualizan la solicitud a que hace referencia el Considerando PRIMERO anterior, con respecto a la solicitud de establecer nueva fecha para otorgar la garantía del 10%, y manifiestan que: "Sin perjuicio de que esta H. Comisión Reguladora de Energía adopte los acuerdos y las acciones necesarias para determinar esas nuevas fechas, desde ahora puntualizo y manifiesto, en lo relativo a la garantía del 10% antes referida, mi conformidad para que dicha fecha se señale para el próximo mes de abril de 2016". TERCERO. Derivado de lo anterior, en virtud de que a la fecha del presente Acuerdo las quince empresas participantes han cumplido con las aportaciones y garantías requeridas en el proceso de Temporada Abierta del Estado de Tamaulipas, la Comisión estima procedente establecer un nuevo plazo para la entrega de la garantía establecida en el numeral 13 Quinquies del Acuerdo, toda vez que así lo exige el asunto y no se perjudican los derechos de los interesados o de terceros. CUARTO. Que, con fecha 27 de noviembre de 2015, la Comisión envió por la herramienta electrónica COFEMERSIMIR a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), el anteproyecto del presente Acuerdo y la solicitud de exención de presentación de la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR). QUINTO. Que, mediante Oficio No. COFEME/15/4236, de fecha 1 de diciembre de 2015, la COFEMER opinó que era procedente la solicitud de exención de presentación de la MIR para el anteproyecto de mérito. Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 2, fracción III, 43 Ter, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 4, párrafo primero, 5 y 22, fracciones III, X y XXVII de la Ley de rganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 7, fracción I, de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética; 13, 16, fracciones IX y X y 49 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 31, fracción V, y 34 del Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética; 156 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; y 1, 2, 6, fracciones I y III, 10, 13 y 24, fracciones I, II, IV y VI, del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, esta Comisión emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO. La Comisión Reguladora de Energía modifica la Convocatoria para la celebración de la Temporada Abierta de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en el estado de Tamaulipas con el objeto de establecer un nuevo plazo para la entrega de la garantía correspondiente al 10%, para quedar como sigue: "CONVOCATORIA PRIMERO. (...). SEGUNDO. (...). TERCERO. (...). CUARTO. Las Temporadas Abiertas se ajustarán a los programas de actividades siguientes: Núm. | Actividad | Plazos Máximos | | | Oaxaca | Tamaulipas | Baja California | 1 a 13 (...). | 13 Quinquies | Entrega de información, por cada uno de los participantes en la Temporada Abierta de Tamaulipas, que acredite haber garantizado. | No aplica | El 10% adicional del monto total a sufragar de la capacidad asignada por cada uno de los participantes hasta el día 29 de abril de 2016. | No aplica | 14 a 18 (...). | 19 (...). | SEGUNDO. Se hace la modificación y se ordena a las siguientes empresas presentar en la Comisión, en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo, copia certificada del testimonio del poder notarial en el que se otorgue poder para actos de administración a los correspondientes Representantes Legales que suscribieron los escritos a que hace referencia el Considerando SEGUNDO anterior: DELARO, S. de R.L. de C.V., Energeo Los Molinos S.A.P.I. de C.V., Parque Eólico Reynosa I, S.A.P.I. de C.V., Energía Renovable del Istmo II, S.A. de C.V. TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. QUINTO. Notifíquese el presente Acuerdo a las empresas: Parque Eólico de Fenicias S. de R.L. de C.V., Energeo - Los Molinos S. A. P. I. de C. V., Parque Eólico Reynosa I, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa II, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa III, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa IV, S.A. de C.V., Parque Eólico Reynosa V, S.A. de C.V., Energía Renovable del Istmo II, S.A. de C.V., Delaro S. de R. L. de C. V., Compañía Eoloeléctrica de Matamoros S.A. de C.V., Compañía Eólica Río Bravo, S.A. de C.V., Compañía Eólica de Reynosa, S.A. de C.V., Compañía Eólica El Palmar, S.A. de C.V., Compañía Eólica El Cielo, S.A. de C.V. y Compañía Eólica Casas, S.A. de C.V. SEXTO. Inscríbase el presente Acuerdo con el Núm. A/060/2015 en el registro a que se refieren el Artículo 22, fracción XXVI, de la Ley de los rganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y el Artículo13 del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía. México, Distrito Federal, a 26 de noviembre de 2015.- El Presidente, Francisco J. Salazar Diez de Sollano.- Rúbrica.- Los Comisionados: Marcelino Madrigal Martínez, Cecilia Montserrat Ramiro Ximénez, Noé Navarrete González, Jesús Serrano Landeros, Guillermo Zúñiga Martínez.- Rúbricas. (R.- 424615)
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