LINEAMIENTOS para el registro de los Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples para las operaciones derivadas del Programa de Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa (Programa Escuelas al CIEN)

LINEAMIENTOS para el registro de los Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples para las operaciones derivadas del Programa de Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa (Programa Escuelas al CIEN).

Con fundamento en el artículo 6, 7 y 9 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó los siguientes:
Lineamientos para el registro de los Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples para las operaciones derivadas
del Programa de Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa (Programa Escuelas al CIEN)
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.
Que con base en la cláusula Décimo Segunda de los Convenios de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples celebrados por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa y por los gobiernos de las Entidades Federativas, se establece que el registro contable de los ingresos derivados de estos Convenios se realizará en los términos de la LGCG y las disposiciones que, en su caso, emita el Consejo Nacional de Armonización Contable.
Que se considera necesario emitir los lineamientos para el registro de los recursos por parte de las Entidades Federativas y los Organismos Responsables de la Infraestructura Física Educativa (INFE) en cada entidad federativa.
Por lo expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó los siguientes:
Lineamientos para el registro de los Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples para las operaciones derivadas
del Programa de Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa (Programa Escuelas al CIEN)
Objeto
Establecer los registros contables y presupuestarios para las operaciones derivadas del Programa de Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa conforme a los plazos establecidos en los convenios suscritos para tal efecto y cuya naturaleza de los recursos seguirá identificándose presupuestariamente como gasto programable durante la vigencia de los convenios referidos.
Ámbito de aplicación
Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para las entidades federativas y los Organismos Responsables de la INFE.
Registros contables y presupuestarios
Los registros contables y presupuestarios por los recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) se realizarán de acuerdo a lo establecido en los presentes Lineamientos, que de manera gráfica se muestran en el Anexo 1, atendiendo lo siguiente:
1. Por el 75% de Recursos recibidos del FAM
a) Registros en la Entidad Federativa
Del total de los recursos asignados al FAM, la Entidad Federativa recibirá directamente el 75%, de los cuales, el ingreso se registrará contable y presupuestalmente conforme lo establecido en la Guía Contabilizadora "II.1.8 Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas", contenida en el Capítulo VI. Guías Contabilizadoras del Manual de Contabilidad Gubernamental, y el egreso, se registrará contable y presupuestalmente de acuerdo a la naturaleza de las operaciones que se realicen.
2.- Por el 25% de Recursos del FAM entregados al Fideicomiso Emisor para la realización de las operaciones derivadas del Programa Escuelas al CIEN
 
2.1. Aportaciones del FAM entregadas directamente al Fideicomiso Emisor (25%)
a) Registros en la Entidad Federativa
a.1) Por el registro simultáneo de los ingresos y de los egresos de las aportaciones otorgadas por el Gobierno Federal
Se registrará contablemente con cargo a la cuenta 5.1.3.5 "Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación" y abono a la cuenta 4.2.1.2 "Aportaciones".
Se registrará presupuestariamente afectando las cuentas de orden presupuestarias del ingreso, "Ley de Ingresos por Ejecutar", "Ley de Ingresos Devengada" y "Ley de Ingresos Recaudada"; y del egreso, "Presupuesto de Egresos por Ejercer", "Presupuesto de Egresos Comprometido", "Presupuesto de Egresos Devengado", "Presupuesto de Egresos Ejercido", y "Presupuesto de Egresos Pagado".
Los documentos fuente de la operación son la copia de la transferencia bancaria y el recibo emitido por el Fiduciario del Fideicomiso Emisor.
2.2. Registro de activos derivados de la rendición de cuentas
a) Registros en la Entidad Federativa o Institución Educativa beneficiada
a.1) Por la recepción formal de los activos entregados por los organismos responsables de la INFE, a la entidad federativa o institución educativa beneficiada por cada proyecto realizado
Se registrará con cargo a la cuenta que corresponda del Activo de acuerdo a la naturaleza del bien ya sean en el rubro 1.2.3 "Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso" o en el rubro 1.2.4 "Bienes Muebles" y abono a la cuenta 3.1.3 "Actualización de la Hacienda Pública/Patrimonio" creando la subcuenta correspondiente a "Actualización por el Programa Escuelas al CIEN".
El documento fuente de la operación es el Informe de Rendición de Cuentas y/o documentación comprobatoria original que su caso se requiera.
2.3 Por los Fondos entregados a los organismos responsables de la INFE para el pago de las obligaciones del Programa Escuelas al CIEN
a) Registros en los organismos responsables de la INFE
a.1) Por los recursos recibidos para llevar a cabo el pago de las operaciones derivadas del Programa Escuelas al CIEN
Se registrará con cargo a la cuenta 1.1.1.6 "Depósitos de Fondos de Terceros en Garantía y/o Administración" y abono a la cuenta la 2.1.6.2 "Fondos en Administración a Corto Plazo". El registro de estas operaciones no afecta presupuesto.
El documento fuente de la operación es el comprobante de la transferencia bancaria.
a.2) Por los desembolsos derivados de la ejecución de las operaciones correspondientes al Programa de Escuelas al CIEN
Se registrará con cargo a la cuenta 1.1.9.4 "Adquisición con Fondos de Terceros" y abono a la cuenta 1.1.1.6 "Depósitos de Fondos de Terceros en Garantía y/o Administración". El registro de estas operaciones no afecta presupuesto.
Los documentos fuente de la operación son los documentos comprobatorios originales como son facturas, contratos, notas, etc.
a.3) Por la rendición de cuentas a las Entidades Federativas de las operaciones realizadas con los recursos del Programa Escuelas al CIEN
Se registrará con cargo a la cuenta 2.1.6.2 "Fondos en Administración a Corto Plazo" y abono a la cuenta 1.1.9.4 "Adquisición con Fondos de Terceros".
El documento fuente de la operación es el acta de entrega recepción a la Entidad Federativa o Institución Educativa beneficiada.
2.4 Remanentes del 25% de los recursos del FAM
Los remanentes del 25% de los recursos del FAM entregados para la realización de las operaciones derivadas del Programa Escuelas al CIEN, serán depositados en la misma cuenta de origen y se registrarán
como reintegros, para ser ejercidos de la misma forma que el 75% de los recursos del FAM que correspondan a la entidad federativa.
ANEXO 1
No.
CONCEPTO
DOCUMENTO
FUENTE
PERIODI-
CIDAD
REGISTRO
CONTABLE
PRESUPUESTAL
CARGO
ABONO
CARGO
ABONO
APORTACIONES DEL FAM ENTREGADAS DIRECTAMENTE AL FIDEICOMISO EMISOR (25%) (Registros en la Entidad Federativa)
1
Por el devengado del ingreso de las aportaciones otorgadas por el Gobierno Federal y por las aportaciones para la realización del Programa Escuelas al CIEN.
Copia de la
transferencia
bancaria y recibo
emitido por el
Fiduciario del
Fideicomiso
Emisor.
Frecuente
5.1.3.5
Servicios de
Instalación,
Reparación,
Mantenimiento
y Conservación
4.2.1.2
Aportaciones
8.1.2
Ley de Ingresos
por Ejecutar
8.1.4
Ley de Ingresos
Devengada
8.1.4
Ley de Ingresos
Devengada
8.1.5
Ley de Ingresos
Recaudada
8.2.4
Presupuesto de
Egresos
Comprometido
8.2.2 Presupuesto
de Egresos por
Ejercer
8.2.5
Presupuesto de
Egresos
Devengado
8.2.4 Presupuesto
de Egresos
Comprometido
8.2.6
Presupuesto de
Egresos Ejercido
8.2.5 Presupuesto
de Egresos
Devengado
8.2.7
Presupuesto de
Egresos Pagado
8.2.6 Presupuesto
de Egresos
Ejercido
 
No.
CONCEPTO
DOCUMENTO
FUENTE
PERIODI-
CIDAD
REGISTRO
CONTABLE
PRESUPUESTAL
CARGO
ABONO
CARGO
ABONO
REGISTRO DE ACTIVOS DERIVADO DE LA RENDICIN DE CUENTAS (Registros en la Entidad Federativa o Institución Educativa beneficiada)
1
Por la recepción formal de los activos entregados por los organismos responsables de la INFE a la entidad federativa o institución educativa beneficiada, por cada proyecto realizado.
Informe de
Rendición de
Cuentas y/o
documentación
comprobatoria
original que en su
caso se requiera
Frecuente
1.2.3
Bienes
Inmuebles,
Infraestructura y
Construcciones
en Proceso
o
1.2.4
Bienes Muebles
(En la cuenta que
corresponda a
nivel cuenta de
mayor)
3.1.3
Actualización de
la Hacienda
Pública/
Patrimonio
(Subcuenta
Actualización
por el Programa
Escuelas al
CIEN)
 
 
 
 
FONDOS ENTREGADOS A LOS ORGANISMOS RESPONSABLES DE LA INFE PARA EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES DEL PROGRAMA ESCUELAS
AL CIEN (Estas operaciones serán registradas por los organismos responsables de la INFE)
1
Por los recursos recibidos para llevar a cabo el pago de las operaciones derivadas del Programa Escuelas al CIEN.
Transferencia
bancaria.
Frecuente
1.1.1.6 Depósitos
de Fondos de
Terceros en
Garantía y/o
Administración
2.1.6.2
Fondos en
Administración a
Corto Plazo
 
 
2
Por los desembolsos derivados de la ejecución y anticipo de las operaciones correspondientes al Programa Escuelas al CIEN
Documentos
comprobatorios y
justificativos
originales
(facturas,
contratos, notas,
etc.)
Frecuente
1.1.9.4
Adquisición con
Fondos de
Terceros
1.1.1.6
Depósitos de
Fondos de
Terceros en
Garantía y/o
Administración
 
 
3
Por la rendición de cuentas a las Entidades Federativas o Institución Educativa beneficiada, de las operaciones realizadas con los recursos del Programa Escuelas al CIEN.
Acta de entrega
recepción a la
Entidad
Federativa o
Institución
Educativa
beneficiada.
Frecuente
2.1.6.2
Fondos en
Administración a
Corto Plazo
1.1.9.4
Adquisición con
Fondos de
Terceros
 
 
 
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación por lo que las entidades federativas que hayan realizado registros contables distintos a los contenidos los presentes lineamientos deberán realizar las reclasificaciones que sean necesarias a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en estos Lineamientos.
SEGUNDO.- Las entidades federativas, en términos de lo dispuesto por el artículo 7, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental deberán publicar los presentes Lineamientos, en sus medios oficiales de difusión escritos y electrónicos, dentro de un plazo de 30 días hábiles siguientes a la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO.- En términos de los artículos 7 y 15 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Secretario Técnico llevará un registro público en una página de Internet de los actos que los gobiernos de las entidades federativas realicen para la adopción e implementación de los presentes Lineamientos. Para tales efectos, los gobiernos de las Entidades Federativas remitirán a la Secretaria Técnica la información relacionada con dichos actos. Dicha información deberá ser enviada a la dirección electrónica conac_sriotecnico@hacienda.gob.mx, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la conclusión del plazo fijado en el presente.
En la Ciudad de México, siendo las quince horas del día 23 de febrero del año dos mil dieciséis, con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que el documento consistente 2 fojas útiles, rubricadas y cotejadas, corresponde con el texto de los Lineamientos para el registro de los Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples para las operaciones derivadas del Programa de Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa (Programa Escuelas al CIEN), aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su primera reunión celebrada, en segunda convocatoria, el 23 de febrero del presente año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes. Rúbrica.
La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Armonización Contable, María Teresa Castro Corro.- Rúbrica.