DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-F-108-SCFI-2016

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-F-108-SCFI-2016.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-F-108-SCFI-2016 ALIMENTOS-MARGARINA PARA MESA-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-F-016-SCFI-2007).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22, fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada y aprobada por el Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria de Aceites y Grasas Comestibles y Similares, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto de la Norma Mexicana que se indica puede ser consultado en la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, código postal 53950, Naucalpan de Juárez, Estado de México o en la página de Internet http://www.economia-nmx.gob.mx/normasmx/index.nmx. SINEC-20160922130725711
La presente Norma Mexicana NMX-F-108-SCFI-2016 entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CDIGO
TTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-F-108-SCFI-2016
ALIMENTOS-MARGARINA PARA MESA-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-F-016-SCFI-2007).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones que debe cumplir el producto denominado margarina que se comercializa para consumo de mesa en lo referente a su identidad, clasificación y requisitos sanitarios; este ordenamiento aplica a personas físicas o morales que se dediquen a este proceso, así como a la importación y comercialización en Territorio Nacional.
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana, no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional por no existir al momento de su elaboración.
Bibliografía
      CODEX STAN 256:2007 Norma del Codex para grasas para untar y mezclas de grasas para untar.
      NORDIC COMMITTEE ON FOOD ANALYSIS. NMKL 139, 1991 Metals. Determination by atomic absorption spectrophotometry in foods tuffs. 1991.
 
Ciudad de México, a 22 de septiembre de 2016.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.