DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-V-034-NORMEX-2016

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-V-034-NORMEX-2016.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-V-034-NORMEX-2016, "BEBIDAS ALCOHLICAS-ALCOHOL ETLICO (ETANOL)-MATERIA PRIMA-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-V-034-NORMEX -2006)".
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 de su Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 22 fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Sociedad Mexicana de Normalización y Certificación S.C." (NORMEX) y aprobada por el Comité "Comité Técnico de Normalización Nacional para Bebidas Alcohólicas (NBAL-02)", lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado calle avenida San Antonio No. 256, colonia Ampliación Nápoles, delegación Benito Juárez, C.P. 03849, Ciudad de México/o al correo electrónico: normas@normex.com.mx, o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, C.P. 53950, Estado de México.
La presente Norma Mexicana entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20161129130234100.
CLAVE O CDIGO
TTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-V-034-NORMEX-2016
BEBIDAS ALCOHLICAS-ALCOHOL ETLICO (ETANOL)-MATERIA PRIMA-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-V-034-NORMEX -2006).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para el "alcohol etílico" (etanol) como materia prima para la elaboración de bebidas alcohólicas.
Esta Norma Mexicana se aplica al "alcohol etílico" (etanol) como materia prima para la elaboración de bebidas alcohólicas que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos.
Concordancia con normas internacionales
·   Esta Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de su elaboración.
Bibliografía
·   Acuerdo por el que se establecen medidas de protección en materia de salud humana para prevenir el alcoholismo y evitar la ingesta de alcohol etílico. Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de julio de 2004 y sus reformas.
·   Acuerdo que establece las medidas para la venta y producción de alcohol etílico y metanol. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de enero de 2014 y sus reformas.
·   Food Chemical Codex (F.C.C.) 4th Edition Published 1996 (and first Supplement, published 1997).
·   Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1992 y sus reformas.
·   Ley General de Salud. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 y sus reformas.
·   NMX-Z-013-SCFI-2015, "Guía Para la Estructuración y Redacción de Normas". Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015, así como su aclaración publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio 2016.
·   NOM-008-SCFI-2002, "Sistema General de Unidades de Medida". Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.
·   NOM-251-SSA1-2009, "Prácticas De Higiene Para El Proceso De Alimentos, Bebidas o Suplementos Alimenticios". Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de marzo de 2010.
·   Official methods of analysis of AOAC International, 19th Edition (2012).
·   Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 1999 y sus reformas.
·   Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1999 y sus reformas.
 
Atentamente,
Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2016.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.