RESOLUCIN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China, independientemente del país de pro RESOLUCIN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE GLOBOS DE PLÁSTICO METALIZADO ORIGINARIAS DE LA REPBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAS DE PROCEDENCIA Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 01/17 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes RESULTANDOS A. Solicitud 1. El 22 de febrero de 2017 Convertidora Industrial, S.A.B. de C.V. ("Conver" o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia. 2. Conver manifestó que la creciente presencia de globos de plástico metalizado de China en el mercado mexicano, a precios cada vez más bajos, ha causado una importante afectación, de forma que es inminente un daño importante y es necesario aplicar cuotas compensatorias para evitar que se agrave la afectación a la rama de producción nacional de dicho producto. 3. Propuso como periodo investigado el comprendido de julio de 2015 a junio de 2016 y como periodo de análisis de daño el comprendido de julio de 2013 a junio de 2016. B. Solicitante 4. Conver es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal objeto consiste en la compra, venta, maquila, diseño, fabricación, conversión, transformación, elaboración, importación y exportación de toda clase de artículos de cualquier material utilizable para envolturas, envases, empaques y sus derivados, incluyendo todo tipo de globos, productos y componentes para los mismos. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Prolongación Paseo de la Reforma No. 600, edificio Plaza Reforma, despacho 010-B, Col. Santa Fe Peña Blanca, C.P. 01210, Ciudad de México. C. Producto investigado 1. Descripción general 5. La Solicitante señaló que el producto objeto de investigación se conoce comercialmente como globos de plástico metalizado, globos metálicos o globos metalizados, que son recipientes de material flexible laminado de dos caras, de nylon o poliéster, adheridos en todo su perímetro, salvo por donde se inflan, mediante una película de polietileno. También se conocen como "foil balloons" y aunque el aluminio no es un insumo para su fabricación, se denomina así por la apariencia de aluminio que tiene el poliéster o nylon cuando llevan color metalizado. 6. Indicó que cuando comenzó la fabricación de globos de plástico metalizado todos eran de color metálico, por eso se afianzó su nombre comercial como "globos de plástico metalizado" o "globos metálicos"; no obstante, en los últimos años se han popularizado los globos con colores no metálicos o mates, pero que siguen el mismo proceso de fabricación y usan los mismos insumos; a pesar de ello, siguen llamándose comercialmente "globos de plástico metalizado", y así se conocen en la industria y en el mercado. 2. Características 7. La Solicitante señaló que las siguientes características describen el producto objeto de investigación: a) están hechos de materiales flexibles (películas de nylon, poliéster y polietileno, principalmente); b) presentan en su perímetro un espacio libre de adhesivo, lo cual permite que se puedan inflar con aire o helio; c) muestran costuras y bordes, debido a que pasan por un proceso de laminación y globeo que consiste en unir las laminaciones de nylon/poliéster y polietileno, y cortarlas en la forma deseada para obtener un globo, y d) se cierran mediante una válvula que es parte del mismo globo o, en el caso de los globos pequeños, se sellan con calor después de inflarlos. 8. Conver indicó que el diseño, dimensiones, colores y figuras del producto objeto de investigación pueden variar entre un globo y otro, pero no por ello dejan de formar parte de la cobertura del producto objeto de investigación. 3. Tratamiento arancelario 9. La Solicitante indicó que el producto objeto de investigación ingresa a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente: Descripción arancelaria | Codificación arancelaria | Descripción | Capítulo 95 | Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios. | Partida 9503 | Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. | Subpartida 9503.00 | Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. | Fracción 9503.00.23 | Juguetes inflables, incluso las pelotas de juguete fabricadas exclusivamente de materias plásticas, excepto lo comprendido en la fracción 9503.00.22. | Partida 9505 | Artículos para fiestas, carnaval u otras diversiones, incluidos los de magia y artículos sorpresa. | Subpartida 9505.90 | - Los demás. | Fracción 9505.90.99 | Los demás. | Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI). 10. La unidad de medida para operaciones comerciales son piezas, cajas, decenas, docenas, millares y juegos; conforme a la TIGIE, es el kilogramo. 11. De acuerdo con el SIAVI, las importaciones que ingresan a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE están sujetas a un arancel ad valorem del 15% para los países con los que México no tiene celebrados tratados de libre comercio o acuerdos de integración. 4. Proceso productivo 12. La Solicitante indicó que los principales insumos para la fabricación del producto objeto de investigación son: películas de poliéster (de color metalizado o no metalizado), películas de nylon (de color metalizado o no metalizado), resinas de polietileno, adhesivos y tintas. Las laminaciones pueden ser en dos combinaciones, poliéster más polietileno, o bien, nylon más polietileno. La diferencia entre ambas composiciones es que el nylon es utilizado para producir globos con formas distintas a las convencionales, porque es un material más resistente y el poliéster se utiliza para producir formas convencionales (redondos, corazón, estrella y cuadrados). El proceso de fabricación de las dos combinaciones es exactamente el mismo y utilizan los mismos insumos restantes (adhesivos y tintas). 13. La Solicitante señaló que, en general, el proceso productivo de los globos de plástico metalizado se describe conforme a lo siguiente: a. Inicia con la recepción de las materias primas (películas de nylon y de poliéster, resinas de polietileno, adhesivos y tintas, entre otros) en la zona de almacén. b. Con las resinas de polietileno, se crea una película de polietileno, mediante un proceso de coextrusión. c. Con la película de polietileno y la película de nylon o poliéster, se lleva a cabo la laminación. El sustrato en el que se imprime un globo de plástico metalizado consiste de 50% película de nylon o poliéster y 50% película de polietileno. La presencia de este último es necesaria porque las películas de nylon o poliéster no se pueden adherir a sí mismas, por tanto, la película plástica de polietileno que va en el interior del globo tiene la única función de adherir las dos caras del globo, mientras que la película metalizada se encarga de dar resistencia al mismo. De esta forma, el proceso de manufactura involucra la combinación de una película de nylon o poliéster con una película de polietileno sumamente delgada. d. Una vez que la película laminada está lista y se cura por unos días, se continúa con el proceso de impresión que empieza por la creación de los grabados que contienen los diseños de cada globo; los grabados se montan en las impresoras, y con éstas se imprime la película. e. Posteriormente, se pasa al proceso de globeo, en el cual la película impresa se corta con la forma del globo, se sella y, mediante un estricto control de calidad, se prueba que no tenga fisuras que permitan que se salga el helio o aire, según corresponda. f. Finalmente, se etiqueta y se empaca. 5. Normas 14. La Solicitante señaló que los globos de plástico metalizado deben cumplir con la norma NOM 015-SCFI-2007 de "Información comercial-etiquetado para juguetes". 6. Usos y funciones 15. La Solicitante indicó que los principales usos y funciones de los globos de plástico metalizado son: para uso decorativo, como juguete de niños y como medio de expresión social. D. Partes interesadas 16. Los posibles importadores y exportadores que podrían tener interés en comparecer en la investigación, y de que tiene conocimiento la Secretaría son: 1. Importadores 1. | Abjota, S.A. de C.V. 5 de Mayo No. 29-A Col. Santa Clara C.P. 55540, Ecatepec, Estado de México | 2. | Acuérdate de Abril, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14, Interior 10 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 3. | Administración de RH Alcantar, S.A. de C.V. Comerciantes No. 5395 Col. Arcos de Guadalupe C.P. 45030, Zapopan, Jalisco | 4. | Adrián Ramírez Estrada Av. Álvaro Obregón S/N Col. 10 de Abril C.P. 83459, San Luis Río Colorado, Sonora | 5. | Ahuacan Logk, S.A. de C.V. Prolongación 100 Metros, Edificio B6-2, Interior 504 Col. Tenayo C.P. 54140, Tlalnepantla de Baz, Estado de México | 6. | Alejandro Federico San Pedro Gutiérrez De la Reyna No. 472 Col. Jardín de San Ignacio C.P. 45040, Zapopan, Jalisco | 7. | Alfredo Sebastián Domínguez García Av. Libertad No. 700 Col. Comercial C.P. 83449, San Luis Río Colorado, Sonora | 8. | Almacenes Distribuidores de la Frontera, S.A. de C.V. Plutarco Elías Calles No. 744 Norte Col. Progresista C.P. 32310, Juárez, Chihuahua | 9. | Amscan de México, S.A. de C.V. Circuito de la Productividad No. 223-A Parque Industrial Guadalajara Las Pintas C.P. 45690, El Salto, Jalisco | 10. | Arcoef, S.A. de C.V. 10 de Mayo No. 14 Col. Manzanillo Centro C.P. 28200, Manzanillo, Colima | 11. | Armandi Servicios Profesionales, S.A. de C.V. San Juan de los Lagos No. 411 Altos Col. Jardines del Moral C.P. 37340, León, Guanajuato | 12. | Artesanías Naturales la Esperanza, S.A. de C.V. República de Uruguay No. 80 Col. Centro C.P. 06000, Ciudad de México | 13. | Artículos Canider, S.A. de C.V. Calle 33 No. 210 Col. Campestre Guadalupana C.P. 57120, Nezahualcóyotl, Estado de México | 14. | Artículos Míos del Oriente, S. de R.L. de C.V. Arandas No. 2 Col. San Juan Cuautlancingo C.P. 72700, Cuautlancingo, Puebla | 15. | Astro Comercializadora, S.A. de C.V. Blvd. Garita de Otay No. 210 Col. Nueva Tijuana C.P. 22435, Tijuana, Baja California | 16. | Autotransportes Especializados Romji, S.A. de C.V. Retorno Margaritas No. 43 Col. Izcalli Ecatepec C.P. 55030, Ecatepec, Estado de México | 17. | Batercell, S.A. de C.V. Nezahualcóyotl No. 79 Col. Centro C.P. 06080, Ciudad de México | 18. | Beraca Comestibles, S.A. de C.V. Av. Paseo Triunfo de la República No. 2408, Interior 6 Col. Partido Escobedo C.P. 32330, Juárez, Chihuahua | 19. | Blanc Plus, S.A de C.V. Blvd. Isla de la Concepción No. 82 Col. Prado Vallejo C.P. 54170, Tlalnepantla de Baz, Estado de México | 20. | Br Química, S.A. de C.V. Belén No. 183 Col. Centro Barranquitas C.P. 44280, Guadalajara, Jalisco | 21. | Brenda Corona Andrés Fray Junípero Serra No. 115 Col. Garita de Otay C.P. 22509, Tijuana, Baja California | 22. | Buntu Kuma, S.A. de C.V. Rabaul Edificio 25, Entrada A Col. Unidad Cuitláhuac C.P. 02500, Ciudad de México | 23. | Caliserimex, S.C. Juárez No. 507 Col. San Luis Río Colorado C.P. 83449, Hermosillo, Sonora | 24. | Camitrans, S.A. de C.V. Luis Moya No. 87, Departamento 112 Col. Centro C.P. 06070, Ciudad de México | 25. | Cargo Servicios Profesionales, S. de R.L. de C.V. Carretera Federal Libre San Lucas Todos los Santos Km. 1.9, 11 Fracc. Brisas del Pacífico C.P. 23473, Los Cabos, Baja California Sur | 26. | Carmen Fernanda Murillo Sotelo Av. Topacio No. 3015 Col. Santa Eduwiges C.P. 44580, Guadalajara, Jalisco | 27. | Casa Biblos, S.A. de C.V. Labrador No. 1668 Col. Providencia Quinta Sección C.P. 44638, Guadalajara, Jalisco | 28. | Casa Enrique de Monterrey, S.A. de C.V. Mariano Arista No. 211 Col. Monterrey C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León | 29. | Central Anáhuac, S.A. de C.V. Av. Paseo de la Reforma No. 505, Piso 30 Col. Cuauhtémoc C.P. 06500, Ciudad de México | 30. | Chaeny, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 31. | CLA Pliego, S. de R.L. de C.V. Hacienda Buenavista No. 314 Col. Jardines de la Hacienda C.P. 76180, Santiago de Querétaro, Querétaro | 32. | CLS Commercial and Logistic Shipping, S.A. de C.V. Blvd. Vasco de Quiroga No. 101 Col. Los Gavilanes C.P. 37270, León, Guanajuato | 33. | Coloring Caps, S.A. de C.V. Francisco Murguía No. 141 Col. Valle de Guadalupe Ecatepec C.P. 55270, Ecatepec, Estado de México | 34. | Comercializador Internacional de Estilos, S.A. de C.V. Vialidad las Torres No. 100 Col. San Mateo Atenco C.P. 52105, San Mateo Atenco, Estado de México | 35. | Comercializadora Californiana, S. de R.L. de C.V. Sinaloa No. 15-3 Col. El Manglito C.P. 23060, La Paz, Baja California Sur | 36. | Comercializadora Chavena, S.A. de C.V. Hermanos Escobar No. 2751 Col. América C.P. 32575, Juárez, Chihuahua | 37. | Comercializadora Cielo Mar y Tierra, S.A. de C.V. Norte 198 No. 613 Col. Pensador Mexicano C.P. 15510, Ciudad de México | 38. | Comercializadora e Importadora GYA, S.A. de C.V. Ex-Arzobispado No. 14 Col. Daniel Garza C.P. 11830, Ciudad de México | 39. | Comercializadora e Importadora Padiza, S. de R.L. de C.V. Morelos Norte No. 450 Col. Riveras del Celio C.P. 59810, Jacona, Michoacán | 40. | Comercializadora e Importadora Rodalu, S.A. de C.V. República de Bolivia No. 41, Manzana 016 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 41. | Comercializadora Exelaris, S. de R.L. de C.V. Prolongación Corregidora Sur No. 37 Col. Villas del Sur C.P. 76040, Santiago de Querétaro, Querétaro | 42. | Comercializadora Grams, S.A. de C.V. Leona Vicario No. 134 Col. San Juan de Dios C.P. 44360, Guadalajara, Jalisco | 43. | Comercializadora Heiidy, S.A. de C.V. Ignacio Pichardo Pagaza, Manzana 10, Lote 24, Planta Baja, Local A Col. Ecatepec C.P. 55290, Ecatepec, Estado de México | 44. | Comercializadora Industrial y Empresarial Jofamex, S.A. de C.V. Huastecos No. 1011 Col. Viveros 2 C.P. 88240, Nuevo Laredo, Tamaulipas | 45. | Comercializadora Internacional Hopmar, S.A. de C.V. Ricardo B. Anaya No. 1533 Col. Providencia C.P. 78390, San Luis Potosí, San Luis Potosí | 46. | Comercializadora Jesjor México, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 47. | Comercializadora Leviar, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 48. | Comercializadora Luross, S.A. de C.V. Centenario No. 1701 Col. Bosques de Tarango C.P. 01580, Ciudad de México | 49. | Comercializadora México Americana, S. de R.L. de C.V. Av. Nextengo No. 78 Col. Santa Cruz Acayucan C.P. 02770, Ciudad de México | 50. | Comercializadora Ninnerarte, S. de R.L. de C.V. Río Júcar No. 800 Fracc. Los Nogales C.P. 32350, Juárez, Chihuahua | 51. | Comercializadora Ocever, S.A. de C.V. Miguel de Servantes Saavedra 397/23, Col. Irrigación C.P. 11500, Ciudad de México | 52. | Comercializadora Rotbel, S.A. de C.V. Héroes de Granaditas No. 171 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 53. | Comercializadora Sol de Oriente, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 18 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 54. | Comercializadora Visión del Valle, S.A. de C.V. Calzada Mariano Escobedo No. 114, Interior 3-B Col. Anáhuac C.P. 11320, Ciudad de México | 55. | Comercializadora Xi-Li, S.A. de C.V. Av. González Ortega No. 10, Interior 7 y 8 Col. Centro Área 3 C.P. 06020, Ciudad de México | 56. | Comercio e Importaciones Jucapa, S.A. de C.V. Av. De Las Granjas No. 113 Col. Jardín Azpeitia C.P. 02530, Ciudad de México | 57. | Comercio Exterior Lumahe, S.A. de C.V. Cerrada Dalia No. 153 Col. San Cristóbal C.P. 16080, Ciudad de México | 58. | Comerintra Mundial, S.A. de C.V. Miraflores No. 837 Col. Miravalle C.P. 03580, Ciudad de México | 59. | Compañía Interamericana de Negocios, S.A. de C.V. Norte 37 No. 106 Col. Moctezuma C.P. 15520, Ciudad de México | 60. | Concepto e Imagen Digital, S.A. de C.V. Arzobispado No. 14 Col. Observatorio C.P. 11860, Ciudad de México | 61. | Conecciones Internacionales y Comercio, S.A. de C.V. José Vargas No. 50 Col. Tapeixtles C.P. 28239, Manzanillo, Colima | 62. | Confección Textil de México Elohim, S.A. de C.V. Av. Miguel Hidalgo No. 838, Interior 5 Col. Centro C.P. 91700, Veracruz, Veracruz | 63. | Confecciones Jomage, S.A. de C.V. Perla No. 82 Col. Pedregal C.P. 72350, Puebla, Puebla | 64. | Contacto Punto Empresarial, S.A. de C.V. Nuevo León No. 240, Interior 203 Col. Hipódromo C.P. 06100, Ciudad de México | 65. | Convergram México, S. de R.L. de C.V. Rio de la Loza No. 2078-A Col. Atlas C.P. 44870, Guadalajara, Jalisco | 66. | Corporación Saleduhec, S.A. de C.V. Ajusco No. 49, Interior 4 Col. Portales Norte C.P. 03303, Ciudad de México | 67. | Corporativo Aduanal Morris, S.A. de C.V. Norte 9 No. 175, Local 1 Col. Moctezuma Segunda Sección C.P. 15530, Ciudad de México | 68. | Corporativo Comercial e Industrial del Noroeste, S.A. de C.V. Alejandro Von Humboldt No. 17502 Col. Nueva Tijuana C.P. 22500, Tijuana, Baja California | 69. | Corporativo Escomexa, S.A. de C.V. Av. Conchitas No. 4629, Suite 36 Col. Lomas de la Victoria C.P. 45607, Zapopan, Jalisco | 70. | Corporativo Internacional de Comercio Shijeheca, S.A. de C.V. Calle 602 No. 208, Interior 10 Col. San Juan de Aragón Tercera Sección C.P. 07970, Ciudad de México | 71. | Cositas Orientales en México, S.A. de C.V. Argentina No. 61 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 72. | Creaciones Saya, S.A. de C.V. Vid No. 272, Interior 2 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 73. | Creciendo Riendo y Aprendiendo, S. de R.L. de M.I. Retorno Margaritas No. 43 Col. Izcalli Ecatepec C.P. 55030, Ecatepec, Estado de México | 74. | Dava Importaciones, S.A. de C.V. Guanábana No. 105 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 75. | DEMP, S.A. de C.V. Prolongación Paseo de la Reforma No. 51, Interior 704 Col. Paseo de las Lomas C.P. 01330, Ciudad de México | 76. | Denice Alvarado Ríos Blvd. Bellas Artes No. 17686 Col. Garita Otay C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 77. | Desarrollo y Proyectos Lama, S.A. de C.V. De las Granjas No. 113 Col. Jardín Azpeitia C.P. 02530, Ciudad de México | 78. | Diseños Gelga, S.A. de C.V. Plaza San Roque No. 106 Col. El Rosario C.P. 37340, León, Guanajuato | 79. | Distribuidora Ariel, S.A. de C.V. Xocongo No. 65, Piso 5 Col. Tránsito C.P. 06820, Ciudad de México | 80. | Distribuidora Artesanal, S.A. de C.V. Miguel Negrete No. 875 Col. Centro C.P. 22000, Tijuana, Baja California | 81. | Distribuidora de Muñecos y Pelotas, S.A. de C.V. Vicente Riva Palacio No. 354 Col. Centro C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León | 82. | Distribuidora Fesa, S.A. de C.V. Industria Maderera No. 142 Col. Industrial C.P. 45130, Zapopan, Jalisco | 83. | Distribuidora Gemini, S.A. de C.V. Blvd. Díaz Ordaz No. 15503 Fracc. Ramos C.P. 22116, Tijuana, Baja California | 84. | Distribuidora S+E, S. de R.L. de C.V. Jesús del Monte No. 37 Col. Huixquilucan C.P. 52764, Huixquilucan, Estado de México | 85. | Distribuidora Toymark, S.A. de C.V. Belisario Domínguez No. 58 Col. Centro Área 2 C.P. 06010, Ciudad de México | 86. | Dulces las Delicias, S.A. de C.V. Galeana No. 1501 Col. Santa Ana Tepetitlán C.P. 45230, Zapopan, Jalisco | 87. | Ecopen, S.A. de C.V. Av. De Las Granjas No. 239, Interior 6-B Col. Jardín Azpeitia C.P. 02530, Ciudad de México | 88. | EIC Global, S.A. de C.V. Tuxpan No. 41, Departamento 101-A Col. Roma Sur C.P. 06760, Ciudad de México | 89. | Enlace de Comercio Internacional Mercantil, S. de R.L. de C.V. Av. República de Brasil No. 1570 Col. Alamitos C.P. 21210, Mexicali, Baja California | 90. | Escamexport, S.A. de C.V. Margaritas No. 153 Col. Atenor Salas C.P. 03010, Ciudad de México | 91. | Ethem, S.A. de C.V. Av. González Ortega No. 11 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 92. | Factor Sales de México, S.A. de C.V. Calzada Constitución 2A y Guerrero No. 240 Col. Cuauhtémoc C.P. 83400, San Luis Río Colorado, Sonora | 93. | Factory Br5, S.A. de C.V. Callejón Pio Pico No. 2400 Col. Zona Este C.P. 22000, Tijuana, Baja California | 94. | Fernando Ávalos Fernández Carretera Libre a Ensenada Km. 20 FTE Col. Gas Costa Azul C.P. 22710, Rosarito, Baja California | 95. | Fiestas Land, S.A. de C.V. Río Tamazunchale No. 328 Col. Del Valle C.P. 66220, San Pedro Garza García, Nuevo León | 96. | Flelicom, S. de R.L. de C.V. Gorrión 1A y 2A Sección No. 1431 Col. 8 de Julio C.P. 44910, Guadalajara, Jalisco | 97. | Flexo Universal, S. de R.L. de C.V. Calle 3 No. 1374 Zona Industrial C.P. 44940, Guadalajara, Jalisco | 98. | Fuhrer & Stark, S.A. de C.V. Calle 655 No. 76, Interior 7, 4-A y 5-A Col. San Juan de Aragón C.P. 07979, Ciudad de México | 99. | GCC Soluciones, S.A. de C.V. Caracol No. 171, Lote 1 Col. La Joya II C.P. 28869, Manzanillo, Colima | 100. | GIFT Express, S.A. de C.V. Av. Coba Smza No. 35, Mzna. L 27 Col. Sector Infonavit C.P. 77509, Cancún, Quintana Roo | 101. | Globoprint, S.A. de C.V. Industria Maderera No. 142 Col. Zapopan Industrial Norte C.P. 45130, Zapopan, Jalisco | 102. | Globos al Mayoreo, S. de R.L. de C.V. Blvd. Insurgentes No. 829, Interior 3 Col. Los Álamos C.P. 22110, Tijuana, Baja California | 103. | Globos Qualatex de Pioneer, S.A. de C.V. San Bernardo No. 301, Letra A y B Corredor Industrial Sanctorum C.P. 72730, Cuautlancingo, Puebla | 104. | Greentaste, S.A. de C.V. Cerrada de Miguel Noreña No. 27 Col. San José Insurgentes C.P. 03900, Ciudad de México | 105. | Grupo Comercial RO-CO, S.A. de C.V. San Buenaventura No. 211 Col. Miravista C.P. 66050, General Escobedo, Nuevo León | 106. | Grupo Empresarial al Comercio Exterior, S.A. de C.V. Norte 184 No. 621 Col. Pensador Mexicano C.P. 15510, Ciudad de México | 107. | Grupo Galway, S.A. de C.V. Amores No. 927-10 Col. Del Valle C.P. 03100, Ciudad de México | 108. | Grupo Importador SRCC, S.A. de C.V. Membrillo No. 277 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 109. | Grupo Logístico VAP, S.A. de C.V. Privada Alcantud, Manzana 6, Lote 4, Interior 106 Col. Real Del Cid C.P. 55767, Tecámac, Estado de México | 110. | Grupo Parisina, S.A. de C.V. Venustiano Carranza No. 77 Col. Centro C.P. 06000, Ciudad de México | 111. | Guillermo Beltrán Fonseca Blvd. Tercera Oeste 17686 No. 124 Col. Garita Otay C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 112. | HAK Logistics, S.A. de C.V. Av. Insurgentes, Manzana 6, Lote 14 Col. Tierra Blanca C.P. 55020, Ecatepec, Estado de México | 113. | Héctor Daniel Arce Manjarrez Av. Garita de Otay No. 462 Col. Vista Alamar C.P. 22435, Tijuana, Baja California | 114. | Hemsa, S.A. de C.V. Av. 5 de Mayo No. 110 Col. Centro C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León | 115. | Iberoamérica Trading, S.A. de C.V. 5 de Mayo No. 313, Altos Col. Obregón C.P. 37320, Guanajuato, Guanajuato | 116. | Iesga Logística, S.A. de C.V. Ajusco No. 49 Col. Portales Sur C.P. 03300, Ciudad de México | 117. | Import & Export Itzayana, S.A. de C.V. Pensamiento No. 842 Col. Los Laureles C.P. 91726, Veracruz, Veracruz | 118. | Import & Export RHUEL, S.A. de C.V. Membrillo No. 277 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 119. | Import Management, S. de R.L. de C.V. Indiana No. 408 Col. María Isabel Norte C.P. 32409, Juárez, Chihuahua | 120. | Importaciones Keila, S.A. de C.V. Irapuato No. 51 Col. Benito Juárez C.P. 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México | 121. | Importaciones León de Oriente, S.A. de C.V. República de Costa Rica No. 54 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 122. | Importaciones Olimpic, S. de R.L. de C.V. Fray Junípero Serra No. 115, Interior 326 Col. Garita de Otay C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 123. | Importaciones Saith, S.A. de C.V. Guanábana No. 105 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 124. | Importaciones Shing-Gon, S.A. de C.V. Guanábana No. 105 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 125. | Importaciones Universales Manolo, S.A. de C.V. 5 de Mayo No. 1203 Col. Centro C.P. 72000, Puebla, Puebla | 126. | Importaciones Vapel, S.A. de C.V. Costero No. 1000 Col. Bellas Artes C.P. 22435, Tijuana, Baja California | 127. | Importaciones Xing Chew, S.A. de C.V. Guanábana No. 105 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 128. | Importadora 168, S.A. de C.V. Av. Central No. 45 Col. Nueva Industrial Vallejo C.P. 07700, Ciudad de México | 129. | Importadora Habimex, S.A. de C.V. Av. Homero No. 538, Interior 801 Col. Chapultepec Morales C.P. 11560, Ciudad de México | 130. | Importadora HGMD, S.A. de C.V. Av. Paseo del Alba, Edificio J1 Fracc. Cuautitlán Izcalli C.P. 54750, Cuautitlán Izcalli, Estado de México | 131. | Impulsora Euro, S.A. de C.V. Damián Carmona No. 485-B Col. Zapata C.P. 64390, Monterrey, Nuevo León | 132. | Info Trade, S.A. de C.V. Circunvalación Oriente No. 128 Col. Jardines Del Moral C.P. 37160, León, Guanajuato | 133. | Interbussines, S.A. de C.V. 28 de Noviembre No. 37 Col. Lomas del Mar C.P. 28864, Manzanillo, Colima | 134. | Interjar, S.A. de C.V. Amberes No. 38, Interior 102 Col. Juárez C.P. 06600, Ciudad de México | 135. | Intermetro de Acuña, S. de R.L. de C.V. Zacatecas No. 505 Col. Santa Rosa C.P. 26220, Ciudad Acuña, Coahuila | 136. | Intermodal Services Agency, S.A. de C.V. Bosque de Ciruelos No. 180 Col. Bosques de las Lomas C.P. 11700, Ciudad de México | 137. | Isabel Cristina Echeagaray Casillas Fray Junípero Serra No. 115 Col. Garita de Otay C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 138. | Isipros Ingenieros Industriales de México, S.A. de C.V. Bruno Traven No. 2, Interior 201-A Col. General Anaya C.P. 03340, Ciudad de México | 139. | J & P Enterprises, S.A. de C.V. Norte 198 No. 604 Col. Peñón de los Baños C.P. 15520, Ciudad de México | 140. | JAC Imports, S.A. de C.V. Poniente No. 9, Manzana 11 Col. Cuchilla del Tesoro C.P. 07900, Ciudad de México | 141. | Jacobo Rosendo Pérez Ruiz Av. Enida Carlos G. Calles No. 4 Col. Cuauhtémoc C.P. 83400, San Luis Río Colorado, Sonora | 142. | Jaime Daniel Baños Kern Juan Alonso de Torres No. 1401-2 Col. Valle del Campestre C.P. 37150, León, Guanajuato | 143. | Jilhan, S.A. de C.V. Av. González Ortega No. 11 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 144. | JK Trading Comercializadora, S.A. de C.V. Manuel R. Alatorre No. 3674 Col. Jardines del Nilo C.P. 44860, Guadalajara, Jalisco | 145. | José Cruz Francisco Montalvo Lugo Fernando Montes de Oca No. 82 Col. San Simón Ticumac C.P. 03660, Ciudad de México | 146. | JR Toys, S.A. de C.V. Correo Mayor No. 9 Col. Centro C.P. 06060, Ciudad de México | 147. | Juan Guillermo Villa Sánchez Av. Garita de Otay No. 526 Col. Nueva Tijuana C.P. 22435, Tijuana, Baja California | 148. | Juan Manuel Casillas Vázquez Fray Junípero Serra No. 115 Col. Garita de Otay C.P. 22509, Tijuana, Baja California | 149. | Justao Internacional, S.A. de C.V. Av. González Ortega No. 3 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 150. | Kartec, S.A. de C.V. Blvd. Bellas Artes No. 17686 Col. Garita Internacional C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 151. | Komerco Hodiau, S.A. de C.V. Pensador Mexicano No. 5 Col. San Cristóbal Centro C.P. 55000, Ecatepec, Estado de México | 152. | La Zota de Oro, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 201 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 153. | Laihloo, S.A. de C.V. Del Carmen No. 82 Col. Centro Área 3 C.P. 06020, Ciudad de México | 154. | LAO Commercial Services, S.A. de C.V. Oriente 182 No. 357 Col. Moctezuma Segunda Sección C.P. 15530, Tlalnepantla de Baz, Estado de México | 155. | Lempres, S.A. de C.V. Del Carmen No. 82 y 86 Col. Centro C.P. 06000, Ciudad de México | 156. | Lice Logistica Internacional, S. de R.L. de C.V. Blvd. Bellas Artes No. 17686 Col. Garita Internacional C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 157. | Literatura Bíblica Arco Iris, A.C. Ojocaliente No. 161 Col. Ojocaliente I C.P. 20190, Aguascalientes, Aguascalientes | 158. | Logística y Asesoría DIES, S.A. de C.V. Geranios No. 63 Col. Jardines de San Mateo C.P. 53240, Naucalpan de Juárez, Estado de México | 159. | Logistics Service Brakev, S.A. de C.V. Calle 33 No. 210 Col. Campestre Guadalupana C.P. 57120, Nezahualcóyotl, Estado de México | 160. | Logistics Service Yanvin, S.A. de C.V. Calle 33 No. 210 Col. Campestre Guadalupana C.P. 57120, Nezahualcóyotl, Estado de México | 161. | Logistik Domhanda, S.A. de C.V. Pinon No. 268-A Col. Hogar y Seguridad C.P. 02820, Ciudad de México | 162. | Logitronics de México, S.A. de C.V. Josefina Rendón No. 412 Col. Nueva Tijuana C.P. 22435, Tijuana, Baja California | 163. | Lucero Internacional, S.A. de C.V. Héroe de Granaditas No. 171 Col. Centro C.P. 06200, Ciudad de México | 164. | Magogos de México, S.A. de C.V. Correo Mayor No. 201-C Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 165. | Mango Operaciones México, S. de R.L. de C.V. Presidente Masaryk No. 111 Col. Polanco C.P. 11570, Ciudad de México | 166. | Mayoreo Iluminación LDLED, S.A. de C.V. Colorín No. 1840 Col. Paraísos del Colli C.P. 45069, Zapopan, Jalisco | 167. | MCI Sinergia México, S.A. de C.V. Lago Aral Sección Lagos 4A Fracc. Jardines de Morelos C.P. 55070, Ecatepec, Estado de México | 168. | Me 4 You, S.A. de C.V. Latagunca No. 826 Col. Lindavista C.P. 07300, Ciudad de México | 169. | Mega Toys de México, S.A. de C.V. Av. Central No. 223 Fracc. Bosques de Aragón C.P. 57170, Nezahualcóyotl, Estado de México | 170. | Melissa Mora Ojeda Av. Misión de Mulegé No. 2917 Col. Zona Urbana Río Tijuana C.P. 22010, Tijuana, Baja California | 171. | Michelle Enrique Ramos González Calle 595 No. 32 Col. San Juan de Aragón Tercera Sección C.P. 07970, Ciudad de México | 172. | Midea México, S. de R.L. de C.V. Arquitecto Pedro Ramírez Vázquez No. 200-4 Col. Valle Oriente C.P. 66265, San Pedro Garza García, Nuevo León | 173. | Miguel Ángel Rascón Molina Sierra Guacomea No. 489 Col. Benito Juárez C.P. 84015, Nogales, Sonora | 174. | Mila Importaciones, S.A. de C.V. Guanábana S/N Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 175. | Milato Importaciones, S.A. de C.V. Guanábana No. 105 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 176. | Minería AV y Asociados, S. de R.L. de C.V. Av. Texcoco No. 8 Col. Cuchilla del Tesoro C.P. 07900, Ciudad de México | 177. | Moda Actual Contemporánea, S.A. de C.V. Harlington No. 29 Col. Granjas, Valle de Guadalupe C.P. 55330, Ecatepec, Estado de México | 178. | Monasc Logistics, S. de R.L. de C.V. Calzada Aviación No. 1101 Col. Prohogar C.P. 21240, Mexicali, Baja California | 179. | Munay, S.A. de C.V. Monte Pelvoux No. 110 Col. Lomas de Chapultepec C.P. 11000, Ciudad de México | 180. | New Lifan México, S.A. de C.V. Zaragoza No. 255 Col. Zapopan C.P. 45200, Zapopan, Jalisco | 181. | Nihao México, S.A. de C.V. 5 de Mayo No. 29-A Col. El Charco C.P. 55540, Ecatepec, Estado de México | 182. | Non Stop Logistics, S.A. de C.V. Frambuesa No. 310 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 183. | Non Stop Premium, S.A. de C.V. Frambuesa No. 310 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 184. | Núcleo de Grandeza, S.A. de C.V. Frambuesa No. 310 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 185. | Omar Polo Cruz Rtn. Jardines de Morelos S/N, Manzana B Col. Jardines de Morelos C.P. 55070, Ecatepec, Estado de México | 186. | Omniglow de México, S.A. de C.V. Diagonal Lorenzo De La Garza No. 65-A Col. Ciudad Industrial C.P. 87494, Matamoros, Tamaulipas | 187. | One-Hundred-Years, S.A. de C.V. Av. González Ortega No. 3 Col. Centro C.P. 06020, Ciudad de México | 188. | Organización Empresarial de Alimentos, S.A. de C.V. Av. México No. 3370, Sub Ancla 4 Col. Monraz C.P. 44670, Guadalajara, Jalisco | 189. | Osuru Trading de México, S.A. de C.V. Melchor Ocampo No. 321 Col. Centro C.P. 82000, Mazatlán, Sinaloa | 190. | Papelería Breva, S.A. de C.V. Prolongación Villasana No. 12045 Col. 20 de Noviembre C.P. 22100, Tijuana, Baja California | 191. | Papelería Laredo, S.A. Guerrero No. 1639 Fracc. Ojo Caliente C.P. 88050, Nuevo Laredo, Tamaulipas | 192. | Personalika, S.A. de C.V. Río Orinoco Oriente No. 227, Local 5 Col. Del Valle C.P. 66220, San Pedro Garza García, Nuevo León | 193. | Portenntum de México, S.A. de C.V. Apodaca No. 1604 Oriente Col. Nuevo Repueblo C.P. 64700, Monterrey, Nuevo León | 194. | Pravieth, S.A de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 195. | Prestigium, S. de R.L. de C.V. Blvd. La Joya No. 35208 Col. Lázaro Cárdenas C.P. 22510, Tijuana, Baja California | 196. | Productora Internacional de Bebidas, S.A. de C.V. Autopista Libramiento a Chihuahua No. 701 Col. Delicias C.P. 33029, Ciudad Delicias, Chihuahua | 197. | Productos Decorativos Color´s, S.A. de C.V. Av. Santa Cruz, Manzana 4, Lote 6 Col. Santa Cruz C.P. 55767, Tecámac, Estado de México | 198. | Promociones Below 0, S. de R.L. de C.V. Carolina No. 84 Col. Ciudad de los Deportes C.P. 03710, Ciudad de México | 199. | Proregalo, S.A. de C.V. Bahía de Santa Bárbara No. 38 Col. Verónica Anzures C.P. 11300, Ciudad de México | 200. | Proveedora de Seguridad Industrial de Chihuahua, S.A. de C.V. Lateral Periférico de la Juventud No. 9905 Col. Ignacio Allende C.P. 31410, Chihuahua, Chihuahua | 201. | Regalos Mundo Arcoíris, S.A. de C.V. Aztecas No. 31-5 Col. Morelos C.P. 06200, Ciudad de México | 202. | Representaciones Internacionales JYR, S.A. de C.V. Camino al Milagro No. 104 Col. El Milagro C.P. 66634, Apodaca, Nuevo León | 203. | Rincón Canela de Baja California, S.A. de C.V. Av. Garita de Otay No. 526 Col. Nueva Tijuana C.P. 22435, Tijuana, Baja California | 204. | Rofel Distribuciones, S.A. de C.V. Coras No. 447 Col. Ajusco C.P. 04300, Ciudad de México | 205. | Rubio de B.C., S.A. de C.V. Carretera a San Luis Km. 7.5 Col. González Ortega C.P. 21600, Mexicali, Baja California | 206. | Sagui Internacional, S.A. de C.V. Carretera a Dulces Nombres No. 781 Parque Industrial Valle de las Flores C.P. 67110, Guadalupe, Nuevo León | 207. | Samanxi Comercio Global, S.A. de C.V. Bermudas No. 309, Interior B-3 Col. Cosmopolita C.P. 02670, Ciudad de México | 208. | Sealand International Logistics Services, S.A. de C.V. Norte 192 No. 681 Col. Pensador Mexicano C.P. 15510, Ciudad de México | 209. | Sendya International, S.A. de C.V. República de Colombia No. 51 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 210. | Servicios de Importación Pc, S. de R.L. de C.V. Prolongación Paseo de la Reforma No. 1235 Col. Cuajimalpa de Morelos C.P. 05348, Ciudad de México | 211. | Servicios Integrales de Importación, S. de R.L. de C.V. Av. Lázaro Cárdenas No. 2540 Col. Maestros Universitarios C.P. 22457, Tijuana, Baja California | 212. | Servicios Logísticos e Integrales de México, S.A. de C.V. Olivos No. 452 Col. Chávez C.P. 21440, Tecate, Baja California | 213. | Servicios Profesionales Ramgel, S.A. de C.V. Bruma No. 99 Col. Jardines del Moral C.P. 37160, León, Guanajuato | 214. | Servicola Promotional Company, S.A. de C.V. Del Río No. 8 Col. Industrial Alce Blanco C.P. 53730, Naucalpan de Juárez, Estado de México | 215. | Spin Master México, S.A. de C.V. Guillermo González Camarena No. 1450, Interior 5-A Col. Santa Fe C.P. 01210, Ciudad de México | 216. | St. Trading Group, S.A. de C.V. Blvd. Marcelino García Barragán No. 1667 Col. Ciudad Universitaria C.P. 44840, Guadalajara, Jalisco | 217. | Supermercados Internacionales HEB, S.A. de C.V. Av. Hidalgo No. 2405 Col. Obispado C.P. 64060, Monterrey, Nuevo León | 218. | Superrabbit, S.A. de C.V. Leandro Valle No. 287 Col. Irapuato Centro C.P. 36500, Irapuato, Guanajuato | 219. | Taliesin West Importaciones, S. de R.L. de C.V. Río Jucar No. 800 Col. Los Nogales C.P. 32350, Juárez, Chihuahua | 220. | Teresa de Jesús Ibarra Estrada Fray Junípero Serra No. 115 Col. Garita de Otay C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 221. | Teza Import & Export, S.A. de C.V. Av. Javier Mina No. 557 Col. San Juan de Dios C.P. 44360, Guadalajara, Jalisco | 222. | The Best Maquilas, S. de R.L. de C.V. Kelvin No. 8 Col. Anzures C.P. 11590, Ciudad de México | 223. | Tial Importaciones, S.A. de C.V. Guanábana No. 105 Col. Nueva Santa María C.P. 02800, Ciudad de México | 224. | Tianwang Internacional, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14, Interior 108 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 225. | TLC Border Solutions, S. de R.L. de C.V. Garita de Otay No. 9260 Col. Vista Alamar C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 226. | TLC Importex del Noroeste, S.A. de C.V. Blvd. Luis Donaldo Colosio No. 10 Col. Obrera C.P. 04100, Encino Nogales, Sonora | 227. | Toneles y Vasijas, S.A. de C.V. Ajusco No. 49, Interior 4 Col. Portales Norte C.P. 03303, Ciudad de México | 228. | Top Mart Holdings, S.A.P.I. de C.V. Av. Paseo de las Palmas No. 239 Col. Lomas Virrelles, Lomas de Chapultepec Quinta Sección C.P. 11000, Ciudad de México | 229. | Trading Freight Fowarding, S. de R.L. de C.V. Montes de Oca No. 22620 Col. Villa Fontana C.P. 22560, Tijuana, Baja California | 230. | Unique Party Goods, S.A. de C.V. Roble No. 384 Col. Urdiales C.P. 64430, Monterrey, Nuevo León | 231. | Unlimited International Commerce, S. de R.L. de C.V. Blvd. Bellas Artes No. 17686 Col. Garita Internacional C.P. 22430, Tijuana, Baja California | 232. | Vara Importaciones, S. de R.L. de C.V. Av. Paseo Triunfo de la República No. 2708, Interior L-6 Col. Partido Escobedo C.P. 32330, Juárez, Chihuahua | 233. | Vela Trading Servicios, S.A. de C.V. San Juan de los Lagos No. 411 Col. Industrial C.P. 37340, León, Guanajuato | 234. | Vonetty, S. de R.L. de C.V. Plaza Niza No. 17441 Col. Delicias C.P. 22510, Tijuana, Baja California | 235. | Waldos Dolar Mart de México, S. de R.L. de C.V. Paseo Cucapah No. 16822 Col. El Lago C.P. 22210, Tijuana, Baja California | 236. | Wemp Fashion, S.A. de C.V. Av. Insurgentes, Manzana 6, Lote 14 Col. El Calvario C.P. 55020, Ecatepec, Estado de México | 237. | Wenjel, S.A. de C.V. Manuel de la Peña y Peña No. 14 Col. Centro C.P. 06010, Ciudad de México | 238. | Yawill, S.A. de C.V. Francisco Murguía No. 141, Manzana 68 Col. Granjas Valle de Guadalupe C.P. 55270, Ecatepec, Estado de México | 239. | Yi Hong Ding, S.A. de C.V. Poniente 134 No. 682, Bodega C Col. Industrial Vallejo C.P. 02300, Ciudad de México | 240. | Zag Moto Importaciones, S. de R.L. de C.V. Av. Ejército Mexicano No. 650 Col. Lauro Aguirre C.P. 89140, Tampico, Tamaulipas | 2. Importadores de los que no se tienen datos de localización 1. | A.O.I. Logística, S. de R.L. de C.V. | 2. | Adolfo Ramírez Funcke, S.A. de C.V. | 3. | Blanca Alicia Alcocer Pacheco | 4. | Bling, S.A. de C.V. | 5. | Camrod Servicios Comerciales Internacionales, S. de R.L. de C.V. | 6. | Chun Zin Internacional, S.A. de C.V. | 7. | Comercialización y Servicio de Nogales, S.A. de C.V. | 8. | Comercializadora Fiesta Regia, S.A. de C.V. | 9. | Comercializadora Saac, S. de R.L. de C.V. | 10. | Cristal Vianey Félix Ávila | 11. | Desarrollo Comercial, S.A. de C.V. | 12. | Ensambles y Adornos, S.A. de C.V. | 13. | Erika Selenne Aguirre Osuna | 14. | Estrategias Aduanales Rodza, S.A. de C.V. | 15. | Grupo Lomir, S.A. de C.V. | 16. | Helg Group, S.A. de C.V. | 17. | Importaciones Dannca, S.A. de C.V. | 18. | Importadora Jhasselin, S.A. de C.V. | 19. | Industrializadora Pares, S.A. de C.V. | 20. | Itsimagical México, S.A. de C.V. | 21. | Juan Christian Estrada Reyes | 22. | Karen Innovaciones, S.A. de C.V. | 23. | Line Brief, S.A. de C.V. | 24. | Logística Universal de México LUM, S.A. de C.V. | 25. | Marina Hernández Hernández | 26. | Meggi, S.A. de C.V. | 27. | Mercado Aviña, S. de R.L. de C.V. | 28. | Morales Landin Importadores, S.A. de C.V. | 29. | Operadora Futurama, S.A. de C.V. | 30. | Oscar Raymundo Torres Soto | 31. | Palola Distribuciones, S.A. de C.V. | 32. | Proyectos Mercadotécnicos Vazse, S.A. de C.V. | 33. | Recuerdos Para Siempre, S. de R.L. de C.V. | 34. | Rubí Diseños y Creaciones, S.A. de C.V. | 35. | Ruvalcaba Fantasías y Novedades, S.A. de C.V. | 36. | SGI Comercial, S.A. de C.V. | 37. | Surtidora Comercial del Pacífico, S.A. de C.V. | 38. | Tz3, S. de R.L. de C.V. | 39. | Vacheron, S.A. de C.V. | 40. | Villa Ahumada Multiservicios, S.A. de C.V. | 41. | Welch Allyn de México, S. de R.L. de C.V. | 42. | Xóchitl Valentina Valencia Obeso | 1. | ABI USA Sales Corporation 4550 Maywood Ave. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 2. | American Greetings Corporation One American Blvd. Cleveland, Ohio Zip Code 44145-8151, United States of America | 3. | Americhina International, Inc. 917 South Alameda St. Los Angeles, California Zip Code 90021, United States of America | 4. | Amscan the Party People 80 Grasslands Rd. Elmsford, New York Zip Code 10523, United States of America | 5. | Ana Marketing, Int. 287 Kraemer Cir Brea, California Zip Code 92821, United States of America | 6. | Anagram International, Inc. 7700 Anagram Dr. Eden Prairie, Minnesota Zip Code 55344, United States of America | 7. | Ansafe Industrial Safety Products Limited No. 20 Tianzhi Rd., Puli Innovation Plaza 4th Floor Hefei Zip Code 230088, Anhui, China | 8. | Asny Craft Factory/Luckyballoons Limited 2nd FanMo Rd., ShiMei Village, Wanjiang Town Dongguan Zip Code 523040, Guangdong, China | 9. | B&H Publishing Group One Life Way Plaza Nashville, Tennessee Zip Code 37234, United States of America | 10. | Bargain Wholesale 4000 Union Pacific Ave. Commerce, California Zip Code 90023, United States of America | 11. | Bazic Products Bangkit USA, Inc. 10511 Valley Blvd. El Monte, California Zip Code 91731, United States of America | 12. | Boatswains Locker, Inc. 931 W. 18th St. Costa Mesa, California Zip Code 92627, United States of America | 13. | Branders.com, Inc. 11870 Hialeah Gardens Blvd. Unit 129B-297 Hialeah Gardens, Florida Zip Code 33018, United States of America | 14. | Chintina National Group, Inc. 9th St. Los Angeles, California Zip Code 90021, United States of America | 15. | Creative Converting, Inc. 255 Spring St. Clintonville, Wisconsin Zip Code 54929, United States of America | 16. | CTI Industries 6 Consul Rd. Rugby Warwickshire Zip Code CV21IPB, England, United Kingdom | 17. | Decor Craft, Inc. 133 Mathewson St. Providence, Rhode Island Zip Code 02903, United States of America | 18. | Dexian Yiwu Import & Export, Co. Ltd. Chazhou North Rd., Fuitan Building Yiwu Zip Code 322000, Zhejiang, China | 19. | Dollar Empire LLC. 4423 E Bandini Blvd. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 20. | Editorial Mundo Hispano/Baptist Spanish House 7000 Alabama St. El Paso, Texas Zip Code 79904, United States of America | 21. | El Dorado Trading Company 2325 W Midway Blvd. Broomfield, Colorado Zip Code 80020, United States of America | 22. | Factor Sales, Inc. 676 North Archibald St. San Luis, Arizona Zip Code 85349, United States of America | 23. | Fast Import & Export, LLC. 552 Alta Rd. St. B1 San Diego, California Zip Code 92154, United States of America | 24. | Fierno, LLC. 3065 Beyer Blvd. San Diego, California Zip Code 92154, United States of America | 25. | Four Seasons General Merchandise 2801 E. Vernon Los Angeles, California Zip Code 90058, United States of America | 26. | Gala Trading Limited 13 Bridge St., Thrapston Ketterin, Northamptonshire Zip Code NN144JW, United Kingdom | 27. | Ganz USA, LLC. 140 Colony Center Dr. Ste. 100 Woodstock, Georgia Zip Code 30188, United States of America | 28. | Global E-Grow, Co. Ltd. Block Minqi Xili Town Nanshan District Zip Code 518055, Shenzhen, China | 29. | Global Impex Connections, Inc. 2637 Viaduct Valdez Palos Verdes Estates, California Zip Code 90274, United States of America | 30. | Global Video, LLC. 2317 Hunters Ridge Dr. Irving, Texas Zip Code 75063, United States of America | 31. | Golden Bell Products, Inc. 1200 N. Jefferson St. M. Anaheim, California Zip Code 92807, United States of America | 32. | Good Impex Corporation 2637 Via Valdes Palos Verdes Península, California Zip Code 90274, United States of America | 33. | Good Seller, Co. Ltd. No. 113 Qiushi Rd., Beiyuan Yiwu City Zip Code 322000, Zhejiang, China | 34. | Great Flow Int./L Development, Ltd. Seven St. Yiwu Zip Code 322000, Zhejiang, China | 35. | HF Trading, Inc. 1981 Belgrave Ave. Huntington Park, California Zip Code 90255, United States of America | 36. | Hong Kong Fuda International Trading Industry, Co. Ltd. 5-401, Building 2, No. 518 Yiwu City Zip Code 322000, Zhejiang, China | 37. | Hot Focus, Inc. 1253 W State St. Ontario, California Zip Code 91762, United States of America | 38. | Hott Products Unlimited 20700 Dearborn S. Chatsworth, California Zip Code 91311, United States of America | 39. | Int´L Stationery Imports, Inc. 9865 Marconi Dr. Ste. C. San Diego, California Zip Code 92154, United States of America | 40. | Jacobsen West 1715 S Holbrook Ln. Ste. 102 Tempe, Arizona Zip Code 85281, United States of America | 41. | JC Sales General Merchandise Wholesale 2600 S. Soto St. Los Angeles, California Zip Code 90058, United States of America | 42. | JCF Wholesale Foods, Inc. 2375 Michael Faraday Dr. Ste. 7 San Diego, California Zip Code 92154, United States of America | 43. | Joker Party Supply 1512 E. Olympic Blvd. Los Angeles, California Zip Code 90021, United States of America | 44. | Kinnex International, Inc. 122 Winston St. Los Angeles, California Zip Code 90013, United States of America | 45. | Kole Imports, Inc. 24600 Main St. Carson, California Zip Code 90745, United States of America | 46. | L&P Import Corp. 3724 East 26th St. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 47. | Lucky Star Import & Export, Inc. 1640 N. Indiana St. Los Angeles, California Zip Code 90063, United States of America | 48. | Mans Trading Company A-39, Flat No. 202, Second Floor, Krishna Apartment Neb Sarai Zip Code 10068, New Delhi, India | 49. | Markets Sources, Inc. (Commercial) P.O. Box 13348 Spokane Valley, Washington Zip Code 99213, United States of America | 50. | Maswell International Limited Rm. 1101 11 F San Toi Building No 139, Connaught Rd. Central Fujian Zip Code 999077, Hong Kong, China | 51. | MBA Trading Group 16253 Gale St. City of Industry, California Zip Code 91745, United States of America | 52. | Midea Electric Trading (Singapore), Co. Pte. Ltd. 50 Raffles Place No. 38-05 Singapore Land Tower Zip Code 048623, Singapore | 53. | MKTO Catal Importaciones, S.L. Ctra. De Lorca Pulpi, Almería Zip Code 04640, España | 54. | Natural Star, Inc. 2226 E. 52nd St. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 55. | New Crown Wholesale, Inc. 2455 East Vernon Ave. Vernon, California Zip Code 90025, United States of America | 56. | Ningbo Hooya Imp. & Exp., Co. Ltd. No. 8 Lianfeng Industrial Zone Lishe ShiQi Town YinZhou, Ningbo Zip Code 315154, Zhejiang, China | 57. | Ningbo V.K. Industry & Trading Limited 18th Floor, Yuehu Jinmao Tower No. 225, Liu Ting St. Haishu District Zip Code 315010, Ningbo, China | 58. | Ningbo Winnprime Import and Export, Co. Ltd. Winnprime Industrial Flat C, 8/F Bihua Block China Town, Ningbo Zip Code 315043, Zhejiang, China | 59. | Ningbo Zhongrui Import & Export, Co. Ltd. 12/F Changchun Mansion, No. 159 Lingqiao Rd., Ningbo Zip Code 315040, Zhejiang, China | 60. | OKK Trading, Inc. 2721 East 45th St. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 61. | Oriental Trading Company, Inc. P.O. Box 2308 Omaha, Nebraska Zip Code 68103-2308, United States of America | 62. | Peace and Rich Import, Inc. 2202 Troy Ave. South El Monte, California Zip Code 91733-2538, United States of America | 63. | Pioneer Balloon Company 5000 E. 29th St. North Wichita, Kansas Zip Code 67220-2111, United States of America | 64. | Portofino International Trading USA, Inc. 6541 E. Washington Blvd. City of Commerce, California Zip Code 90040, United States of America | 65. | Premium Balloon Accessories, Inc. 6935 Ridge Rd. P.O. Box 352 Sharon Center, Ohio Zip Code 44274-0352, United States of America | 66. | Provision-ISR Limited No.101, Block 1, Huanuo Building Chiwan 6th Rd., Nanshan Zip Code 518067, Shenzhen, China | 67. | Publicaciones Faro de Gracia P.O. Box 1043 Graham, North Carolina Zip Code 27253, United States of America | 68. | Qingdao Huiyuanfeng Import & Export, Co. Ltd. Room 202, Unit 1, Building 7, Xiawang E District Yiwu City, Jinhua Zip Code 322000, Zhejiang, China | 69. | Rainbow Trade, Co. Ltd. 601 Jingxiujiannan MeiLong Rd., Shenzhen Zip Code 518109, Guangdong, China | 70. | Rhode Island Novelty 350 Commerce Dr. Fall River, Massachusetts Zip Code 02720, United States of America | 71. | S.B. Custom Furniture 6200 Avalon Blvd. Los Angeles, California Zip Code 90003-1635, United States of America | 72. | Seek International Trading Limited Floor 2 of Building 118, Jiangnan 4th Area Yiwu City Zip Code 322000, Zhejiang, China | 73. | Sew Many Parts 933 Shroyer Rd. Dayton, Ohio Zip Code 45419, United States of America | 74. | Shantou Dihua Trading, Co. Ltd. No. 71 Hengshan Rd. Longhu Shantou Zip Code 515041, Guangdong, China | 75. | Shantou Lifa Trading, Co. Ltd. No. 69 Hengshan Rd. Longhu District, Shantou Zip Code 515000, Guangdong, China | 76. | Shenzhen Xinqicai Trade, Co. Ltd. 3/F, No. 5, The Five Alley, Nanwan St., Jixia Village Long Gang Zone Zip Code 518000, Shenzhen, China | 77. | Siu & Sons International Trading Corporation 2460 Viking Way Richmond Zip Code V6V 1N2, British Columbia, Canada | 78. | Super Nature, Inc. 9661 Telstar Ave. El Monte, California Zip Code 91733, United States of America | 79. | Supreme Silk 2240 East Locust Ct. Ontario, California Zip Code 91769, United States of America | 80. | Suzhou Xingcheng Emulsion Products Co., Ltd. No.185 Huashan Rd., Tongan Town, Suzhou New District Suzhou Zip Code 215000, Jiangsu, China | 81. | TCB Imports, Inc. 4151 Bandini Blvd. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 82. | Total Branding Limited Belbins Business Park 13, Cupernham Ln. Romsey Zip Code SO51 7JF, United Kingdom | 83. | Toy Plus International, S.A. Cocosolo, Warehouses 3-2A Y 3-3A Colon Free Zone Ruc.2074702-1-752121, Panamá | 84. | Turtle King Corporation 3288 East Vernon Ave. Vernon, California Zip Code 90058, United States of America | 85. | Uma Enterprise, Inc. 350 W Apra St. Compton, California Zip Code 90220, United States of America | 86. | Unimex Trading Company, L.C. 12014 Sara Rd. Laredo, Texas Zip Code 78045, United States of America | 87. | Unique Industries, Inc. 4750 League Island Blvd. Philadelphia, Pennsylvania Zip Code 19112, United States of America | 88. | USA-MEX Group, LLC. 2365 Michael Faraday Dr. San Diego, California Zip Code 92154, United States of America | 89. | USI Floral Imports, Inc. 5827 Smithway St. Commerce, California Zip Code 90040, United States of America | 90. | Vida Enterprise Corporation 901 Alameda St. Los Angeles, California Zip Code 90021, United States of America | 91. | Visan Stationery Products 8684 Ave. De La Fuente 9 San Diego, California Zip Code 92154, United States of America | 92. | Viva America Craft, Inc. 6042 Primrose Ave. Temple City, California Zip Code 91780-2033, United States of America | 93. | Whenzhou Yunhui Rain Tool, Co. Ltd. Zhenglou Lianfeng Rd. 8 Pingyang Zip Code 325200, Zhejiang, China | 94. | Winner International, Inc. 1557 Chico Ave. South El Monte, California Zip Code 91733, United States of America | 95. | Wintime, Inc. 930 S. Alameda St. Los Angeles, California Zip Code 90021, United States of America | 96. | WT World Trade Corporation 7362 Remcon Circle El Paso, Texas Zip Code 79912, United States of America | 97. | Yiwu Changyuan Imp. & Exp., Co. Ltd. Rm. 902, Block A, Jinfuyuan, 8020 Choucheng St. Yiwu City, Jinhua Zip Code 322000, Zhejiang, China | 98. | Yiwu Hengyun Import and Export Co, Limited 35 Ivor Place Lower Ground Zip Code NW1 6EA, London, United Kingdom | 99. | Yiwu Sunshine Trade, Co. Ltd. No. 185 Sufu Rd. Suxi Town Yiwu City Zip Code 322000, Zhejiang, China | 100. | Yuyao Hualun Import and Export, Co. Ltd. Rm. 21 A4 Donghaishuguang, No. 455 East Zhongshan Rd. Ningbo Zip Code 315000, Zhejiang, China | 101. | Zhe Jiang Sijia Trade, Co. Ltd. 2F No. 472-2 Ixicheng Rd. Yiwu City Zip Code 322000, Zhejiang, China | 102. | Zhejiang Onetouch Business Service, Co. Ltd. 710-712 Shun Hing Square, Di Wang Commercial Ctr. 5002 Shennan Rd. East Shenzhen Zip Code 518008, Guangdong, China | 103. | Zhejiang Yiwu China Small-Commodities City Trading, Co. Ltd. G5-19909, 2nd Section International Trade Market, Jinhua Yiwu City Zip Code 322000, Zhejiang, China | 4. Exportadores de los que no se tienen datos de localización 1. | Aihua Holding Group, Co. Ltd. | 2. | AMCO International, Co. | 3. | Anfu County Chunhe Foreign Trade, Co. Ltd. | 4. | Aquaspa Corp. | 5. | Asia Star Import and Export, Co. Limited | 6. | B & I Collections, Inc. | 7. | BX3 China, Inc. | 8. | Candies Supplier, Inc. | 9. | Cashmere Pashimina Group, Inc. | 10. | Chaoan County Falali Printing Industry Limited, Co. Ltd. | 11. | Chaoan Hengsheng Industrial, Co. Ltd. | 12. | Charmind Investment Limited | 13. | Chongqing Lifan Industry (Group) Imp. & Exp., Co. Ltd. | 14. | Deussophi Hong Kong, Ltd. | 15. | Emay Craft, Co. Ltd. | 16. | Familia Imp and Exp, Co. Ltd. | 17. | Ganghong International Trading, Co. Limited | 18. | Gemini Trade Company, Inc. | 19. | GNP International Company Limited | 20. | Halsall Toys Hong Kong Limited | 21. | Hendray Trading, Co. Ltd. | 22. | HK Xingchi Import & Export, Co. Limited | 23. | Holiday Products | 24. | Hongkong Modu Trading Limited | 25. | Imperial Entertainment International Limited | 26. | Intermetro Industries Corporation | 27. | J&F Wholesale, Inc. / La Mexicana | 28. | Jinsheng Trading (HK) Limited | 29. | Join International Trading, Co. Ltd. | 30. | Kings Trading International, Co. Limited | 31. | Lianyungang Huibang Import and Export, Ltd. | 32. | Lianyungang Shilin International Trade, Co. Ltd. | 33. | Longwell Industrial Limited | 34. | Lucky Max International Limited | 35. | Luckyballoons Limited | 36. | Masswealth Trading Limited | 37. | Milken International Limited | 38. | Nextrade International Limited | 39. | Ningbo Bairong International Trade, Co. Ltd. | 40. | Ningbo Haishu High Lan Trading, Co. Ltd. | 41. | Ningbo Linyoo International Trading, Co. Ltd. | 42. | Performance Food Group Inc. Dba Roma Arizona | 43. | Premium Wholesale | 44. | Punto FA S.L. | 45. | Qingdao Jiyangfeng Imp. & Exp Corp. Ltd. | 46. | Qingdao Junjihui International Trading, Co. Ltd. | 47. | Rome Da Industrial, Co. Limited | 48. | Roth Turf Service | 49. | Servicola Company Limited | 50. | Shandong Fortune International Trading, Co. Ltd. | 51. | Shanghai Boshang International Trade, Co. Ltd. | 52. | Shanghai Unique Imp. & Exp. Corp. Ltd. | 53. | Shen Zhen Nan Fei Yan Technology, Co. Ltd. | 54. | Shenzhen Jiada Zhong Trading, Co. Ltd. | 55. | Shenzhen Jingxing Mei Commercial & Trade, Co. Ltd. | 56. | Simple Symbol, Ltd. | 57. | Sinoven International Group Limited | 58. | Stahlwerk Welding Group Limited | 59. | Unique Far East, Limited | 60. | Wham-O International, Ltd. | 61. | Wuhan Sanxin Trading, Co. Ltd. | 62. | Xiament Betopper Mining Machinery, Co. Ltd. | 63. | Xiong Xiang Xinhuarui Plastic, Co. Ltd. | 64. | Yite Trading Limited | 65. | Yiwu Amanda Import & Export, Co. Ltd. | 66. | Yiwu Avatar Import and Export, Co. Ltd. | 67. | Yiwu Banner Import & Export, Co. Ltd. | 68. | Yiwu City Heer, Co. Ltd. | 69. | Yiwu Dongwei Imp. & Exp., Co. Ltd. | 70. | Yiwu Eagle Import & Export, Co. Ltd. | 71. | Yiwu Everwin Import and Export, Co. Ltd. | 72. | Yiwu Guang Xun Import & Export, Co. Ltd. | 73. | Yiwu Hongyun Import and Export, Limited | 74. | Yiwu Morenice Imp & Exp, Co. Ltd. | 75. | Yiwu Pei Yi Trading, Co. Ltd. | 76. | Yiwu Qiangsheng International Freight Forwarding | 77. | Yiwu Shengzhuang Trading, Co. Limited | 78. | Yiwu Titan Import & Export, Co. Ltd. | 79. | Yiwu Trustever Import and Export, Co. Ltd. | 80. | Yiwu Xietu Trading Company | 81. | Yiwu Yishun Import & Export, Co. Limited | 82. | Yiwu Yishun Import and Export, Co. Limited | 83. | Zhe Jiang Heng Ji International Trade, Co. Limited | 84. | Zhe Jiang Yi Feng International Freight Transportation, Co. Ltd. | 85. | Zhejiang Hanyang, Co. Ltd. | 86. | Zhejiang Hengyi Petrochemicals, Co. Ltd. | 87. | Zhejiang Wanbang International Trade, Co. Limited | 88. | Zhejiang Xuanwei Import & Export, Co. Ltd. | 89. | Zongheng International Enterprise Group Limited | 5. Gobierno Consejero de Asuntos Económicos y Comerciales Embajada de China en México Platón No. 317 Col. Polanco C.P. 11560, Ciudad de México E. Prevención 17. El 19 de abril de 2017 la Solicitante respondió la prevención que la Secretaría le formuló el 17 de marzo de 2017. F. Argumentos y medios de prueba 18. Con la finalidad de acreditar la práctica desleal de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, la Solicitante argumentó lo siguiente: A. El periodo de recopilación de datos se actualizó al comprendido de septiembre de 2013 a agosto de 2016, por cuanto hace al periodo analizado, y de septiembre de 2015 a agosto de 2016, por cuanto hace al periodo investigado, toda vez que en la medida que se consideren las importaciones posteriores a junio de 2016, se reduce la exactitud de las mediciones fundamentales para determinar los efectos de las importaciones objeto de dumping sobre la rama de producción nacional, ya que el comportamiento de los importadores cambió, de realizar un gran número de sus operaciones de importación exclusivamente de globos de plástico metalizado a cada mes más y en forma creciente de globos de plástico metalizado con otros productos. Por lo que se tuvo que decidir sobre realizar la actualización de información de importaciones que fuera lo mínimo indispensable para evitar añadir información con mayor sesgo, pero que a su vez fuera aceptable desde el punto de vista de los precedentes o exigencias legales. B. La actualización del periodo de recopilación de datos a agosto de 2016 no contraviene ninguna disposición legal ni práctica administrativa, menos aún si se consideran las características específicas del caso, que ha requerido de tiempo para recabar información exacta y objetiva sobre los indicadores vitales que requiere la investigación. 1. Discriminación de precios a. Precio de exportación C. El precio de exportación presentado se aproximó a partir de los precios promedio de todas las operaciones de importación del producto objeto de investigación que ingresaron a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, reportadas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el periodo investigado, toda vez que en dicha fuente no se indica el tipo de producto ni su tamaño. D. Los importadores deberán presentar la información para acreditar si los precios de importación de globos de plástico metalizado de China reportados ante el SAT son netos de descuentos y reembolsos al importador, toda vez que para Conver no fue posible identificarlo. En su caso, la Secretaría deberá realizar el ajuste necesario para una comparación equitativa, de conformidad con el artículo 2.4 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (el "Acuerdo Antidumping"). E. El precio de exportación debe ajustarse para llevarlo a nivel comercial libre a bordo ("FOB" por las siglas en inglés de Free on Board) puerto de China, por los conceptos de flete marítimo y crédito. b. Valor normal F. Las investigaciones antidumping sobre bienes cuyo origen es China pueden iniciar bajo el supuesto de que es una economía de no mercado, de acuerdo con el párrafo 15 del Protocolo de Adhesión de China a la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual dispone que China debe demostrar criterios de economía de mercado establecidos en las leyes del país importador, para que se le trate como tal. G. Existe la presunción legal de que China es una economía de no mercado, toda vez que el fundamento legal de dicha presunción sigue vigente y no expiró en diciembre de 2016. Trasladar la carga probatoria de demostrar que China es una economía de no mercado a la Solicitante carece de fundamento legal. H. En China prevalecen condiciones de economía de no mercado, en razón de lo siguiente: a. las distorsiones de la economía china debido a la intervención gubernamental la hacen inadecuada para ser considerada como una economía de mercado. La intervención gubernamental alcanza todas las esferas de la economía china y sectores productivos, pues tiene que ver con el control para definir planes económicos a nivel macro y micro, por zonas geográficas y de la economía en general. El sector productor chino de globos de plástico metalizado no puede quedar exento de dicha intervención; b. se estimula el comercio en China vía la reducción artificial de los precios en una gran diversidad de productos, a través de subsidios y manipulación del tipo de cambio del yuan frente al dólar (moneda de curso legal en los Estados Unidos). Asimismo, las industrias reciben apoyos gubernamentales para incrementar sus exportaciones, tales como subsidios financieros, servicios públicos subsidiados, incentivos fiscales, tasas de interés subsidiadas, entre otras; c. no se han eliminado del todo las medidas que distorsionan los precios. Se otorgan devoluciones, reducciones o exenciones de impuestos y otros pagos que ordinariamente las empresas constituidas en China pagarían al gobierno, supeditadas a la condición de que las empresas compren productos nacionales con preferencia a los importados o que cumplan determinados criterios relativos a los resultados de exportación; d. las políticas de subsidios, apoyos y beneficios en China impiden que los precios de los insumos, producción y distribución sean determinados por las leyes del mercado y traen como consecuencia precios artificialmente bajos; e. los salarios de la región de Guangdong, donde se encuentran los productores de globos de plástico metalizado, no se determinan mediante libre negociación entre trabajadores y patrones, toda vez que el gobierno decidió congelar el salario mínimo durante 2016 y 2017 para ayudar a los manufactureros a cortar costos. Al mantener el costo de la mano de obra bajo en dicha región, se interviene en el costo de producción y se evita que dicho factor se rija por principios de mercado, y f. China no satisface los criterios para ser una economía de mercado, según los enuncian los Estados Unidos, la Unión Europea o Canadá, países que no han reconocido a China como una economía de mercado. I. Estados Unidos cumple con los requisitos previstos por los artículos 33 de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 48 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE) para ser considerado como país sustituto de China, en razón de lo siguiente: a. fabrica mercancía similar a la investigada; b. únicamente existen en el mundo cinco países productores de globos de plástico metalizado, además de México: China, los Estados Unidos, Italia, España y Reino Unido; c. es el único país productor de la mercancía similar que se asemeja a China en número de productores de globos de plástico metalizado, por lo que la capacidad instalada para la producción de dicho producto en ambos países es más comparable que con la de los otros países; d. en ambos países se siguen procesos que derivan en productos muy semejantes entre sí. Las similitudes en los procesos de fabricación derivan del uso de insumos y procesos productivos muy similares; e. ambos países tienen disponibilidad y consumen los principales insumos del producto objeto de investigación de manera importante (nylon y polietileno); f. China y los Estados Unidos son los principales consumidores y productores de electricidad en el mundo. Asimismo, dada la población existente en ambos países, la mano de obra es un factor abundante y a pesar de la diferencia de cifras entre ambos países, ningún otro país productor de globos de plástico metalizado aparece cercano a China; g. los factores de producción que se utilizan intensivamente en la fabricación de globos de plástico metalizado en China y los Estados Unidos son similares, siendo intensivos en capital por el tipo de tecnología que se emplea en el proceso productivo; h. las importaciones de los Estados Unidos de productos por las fracciones arancelarias 9503.0000.71 y 9503.0000.73 son relevantes, con lo cual se puede estimar un consumo relevante de dichos productos, y i. respecto a la capacidad exportadora de ambos países, los datos disponibles muestran que Estados Unidos es un país productor de globos de plástico metalizado que se asemeja a China, siendo el quinto país con más exportaciones de las subpartidas 9503.00 y 9505.90, por las que se comercializan los globos de plástico metalizado. J. Estados Unidos es un país con economía de mercado, en razón de lo siguiente: a. los países miembros de la OMC son economías de mercado, en tanto no se señale lo contrario, ya sea en sus protocolos de adhesión, o bien, en los exámenes de políticas comerciales llevados a cabo por la OMC; b. continúa con su compromiso de respeto a la aplicación de políticas comerciales abiertas, lo que se traduce en una economía no intervenida por el gobierno, sino dirigida por las fuerzas del mercado y sus actores. Asimismo, su régimen de inversión extranjera es abierto y liberal, es un firme defensor del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio y participa activamente en negociaciones encaminadas a una mayor liberalización del comercio; c. en los Estados Unidos, las decisiones de mercado se toman de manera libre por empresas e individuos que gozan de una flexibilidad notable para expandir capital, tomar decisiones en torno al empleo y el desarrollo de nuevos productos, lo que corresponde a criterios de una economía de mercado; d. es una economía orientada hacia el mercado y su moneda se mantiene como una de las más fuertes a nivel mundial y la más popular a nivel mundial de las reservas. Asimismo, en los Estados Unidos es bienvenida la inversión extranjera directa y su gobierno federal otorga igualdad de trato, tanto a inversiones domésticas como extranjeras, y e. tiene una economía de mercado en la que los productores y consumidores determinan el tipo de bienes y servicios producidos y sus precios. Además, los individuos y empresas privadas controlan los factores de producción y son libres de contratar trabajadores y adquirir insumos para sus productos. K. Para calcular el valor normal, se considera razonable utilizar referencias de precios de globos de plástico metalizado destinados al consumo interno en el mercado de los Estados Unidos, obtenidas a partir de las listas de precios de Pioneer Balloon Company ("Qualatex") y Anagram International, Inc. ("Anagram"). L. Las referencias de precios obtenidas de Qualatex y Anagram son representativas del mercado interno de los Estados Unidos, ya que dichas empresas son las principales productoras de globos en dicho país, con una participación de mercado conjunta de entre 65% y 75%. M. Derivado de que las referencias de precios internos en el mercado de los Estados Unidos tienen como base información de precios de lista, deben ajustarse por concepto de descuentos y/o bonificaciones a los distribuidores y crédito. N. Se deben utilizar como base para el cálculo del valor normal las referencias de precios en el mercado interno de los Estados Unidos, por haberse demostrado los supuestos para tomar en cuenta dichos precios. No obstante, se presenta como alternativa para el cálculo del valor normal una metodología basada en la aproximación de precios en el mercado interno de China, para el caso que la Secretaría considere que la primera opción es insuficiente, y se tenga una alternativa de mostrar que los fabricantes chinos exportan globos de plástico metalizado a México a precios significativamente más bajos que los internos o los de exportación a terceros países, implicando elevados márgenes de discriminación de precios. Para tal efecto, se proporcionan referencias de precios de globos de plástico metalizado en el mercado interno de China, correspondientes a la información de cada empresa fabricante o comercializadora que ofrece y cotiza el producto objeto de investigación en la plataforma de Internet Alibaba. O. A partir de las cotizaciones de precios internos de globos de plástico metalizado en China se puede estimar un precio representativo, ya que son aplicables a mercados internos o de exportación, mercados a los que normalmente habría un precio más bajo, por lo que, aun siendo una alternativa conservadora, muestra que existen considerables márgenes de dumping cuando se exportan globos a México. 2. Daño y causalidad P. Conver representó aproximadamente el 98% de la producción total nacional de globos de plástico metalizado en 2014 y 2015, porcentaje que es una proporción importante de la producción nacional de dicho producto, en términos del artículo 4.1 del Acuerdo Antidumping. nicamente realizó importaciones de muestras del producto objeto de investigación durante el periodo investigado, por lo que dichas importaciones no fueron consideradas dentro de su análisis. Q. Las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China han registrado aumentos sustanciales durante el periodo analizado, tanto en términos absolutos como en relación con la producción nacional y el Consumo Nacional Aparente (CNA), lo que ha ocasionado una afectación a la rama de producción nacional y pone en riesgo a la industria de globos de plástico metalizado en México. R. Más de la mitad de las importaciones de globos de plástico metalizado a México provinieron de China durante el periodo investigado, mismas que presentaron un aumento de más del 100% en el periodo analizado, mientras que en el periodo investigado el aumento fue de 72.6%, con respecto al periodo anterior comparable, y no existen elementos para suponer que esa tendencia cambiará, pues el mercado creció durante el periodo investigado. El aumento de las importaciones, en cantidades cada vez más elevadas, se explica por el precio tan bajo de las mismas. S. Los precios del producto objeto de investigación se posicionaron por debajo de los precios del producto nacional similar y de las importaciones de otros países. China posee los precios de importación más bajos durante el periodo analizado, siendo significativamente más bajos que el precio de referencia internacional, que es el precio de importación de los Estados Unidos. T. El nivel de precios del producto objeto de investigación, aunado al tamaño de China a nivel mundial y su potencial disponible para exportar dicho producto a México, ha impactado negativamente en los precios de la industria nacional. En el periodo analizado, la Solicitante tuvo que disminuir sus precios debido a la presión de los precios chinos, para poder mantener su participación de mercado, lo cual le impide subir el precio ante los costos crecientes, derivado de que los insumos se encuentran dolarizados. U. De continuar las tendencias registradas en el periodo investigado, aun en un escenario conservador, se proyecta que en el corto plazo la rentabilidad de Conver desaparezca por completo y tenga que suspender operaciones. V. Las importaciones de globos de plástico metalizado de China representan una amenaza de daño inminente para la rama de producción nacional, cuyos efectos ya comenzaron a notarse, con el deterioro de algunos indicadores financieros y económicos de Conver. W. Clientes de Conver están sustituyendo compras de producto nacional por producto importado e incluso algunos han disminuido sus compras durante el periodo investigado. Las empresas distribuidoras que son el principal canal de comercialización disminuyeron sus compras de globos de plástico metalizado de fabricación nacional durante el periodo investigado, a causa de los bajos precios de los globos de plástico metalizado que ofrece China. X. Las ventas en valor de la Solicitante disminuyeron de manera significativa durante el periodo investigado, respecto al periodo comparable previo, como resultado de la caída de los precios que ha sufrido, ante la competencia desleal de China. Y. La producción destinada al mercado interno presentó un crecimiento de 7% en el periodo investigado, respecto del periodo anterior comparable, mientras que el CNA aumentó en el mismo periodo 32.5%. Lo anterior, es indicio de que las importaciones de globos de plástico metalizado de China producen efectos negativos en la rama de producción nacional, al limitar la producción destinada al mercado interno, como consecuencia de no poder colocar su producto, a pesar del aumento significativo del CNA. Z. Conver se preparó con inversiones para sostener el ritmo de crecimiento del mercado, por lo que de no haberse registrado un crecimiento significativo del volumen importado de globos de plástico metalizado de origen chino a precios dumping en el mercado mexicano, la rama de producción nacional habría registrado un crecimiento muy similar al registrado por el CNA. AA. El ritmo de pérdida de participación de la producción nacional de globos de plástico metalizado en los últimos meses, muestra la gravedad del problema para la rama de producción nacional, misma que podría perder completamente el mercado nacional en un lapso relativamente corto de continuar esta tendencia, ya que no puede reducir sus precios a los niveles de los globos de plástico metalizado chinos sin incurrir en pérdidas. BB. La capacidad utilizada aumentó ligeramente durante el periodo analizado, respecto al periodo comparable previo, sin embargo, el crecimiento es principalmente por el aumento en las ventas al mercado externo. Al respecto, la colocación de producto en el mercado externo ha permitido aminorar el daño producido por la competencia desleal en el mercado interno, pero es inminente que el daño se agravará y hará insostenibles las operaciones. CC. Ante el crecimiento del mercado de globos metálicos que se observa desde 2013, en 2014 y 2015 la Solicitante decidió adquirir nuevas máquinas de globeo, con la expectativa de aumentar su producción dirigida al mercado interno. Sin embargo, debido a la imposibilidad de colocar la producción que se esperaba, al aumentar la demanda del mercado de globos metálicos en México y la capacidad productiva de Conver, por la creciente participación de las importaciones de origen chino a precios muy bajos en el mercado nacional, no se ha podido utilizar toda la capacidad instalada, ya que las ventas internas en unidades han caído y se espera que en el corto plazo caigan aún más, ampliando con ello la capacidad ociosa. DD. El comportamiento de los activos totales, el flujo de caja y los principales indicadores financieros ha presentado un deterioro. En el caso del margen operativo, éste ha caído durante el periodo investigado, respecto al periodo comparable previo. Asimismo, los principales ratios financieros, como son los activos totales, el ratio circulante, la prueba del ácido y el flujo de caja, han presentado ya una disminución durante el periodo analizado, el cual se acentuó en el periodo investigado, por lo que la Solicitante se encontraría en una situación precaria para solventar el siguiente periodo. EE. A partir de la situación de la rama de producción nacional y las condiciones distorsionadas del mercado mexicano durante el periodo investigado, generadas por la penetración del producto originario de China, las proyecciones para el periodo posterior al investigado demuestran que, de no imponerse cuotas compensatorias a las importaciones de globos de plástico metalizado de origen chino, se observaría una afectación importante en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional, en razón de lo siguiente: a. las importaciones de globos de plástico metalizado de origen chino podrían aumentar en el periodo proyectado, representando casi el 70% de las importaciones totales, lo que reduciría la producción y ventas al mercado interno, generando un desplazamiento importante de la producción nacional; b. con la caída en el volumen de ventas y precio al mercado interno, se prevé que los ingresos por ventas al mercado interno disminuyan. Lo anterior, aun manteniendo el volumen y el precio de ventas al mercado externo en valores iguales que en el periodo investigado, representaría una disminución en los ingresos por ventas totales; c. como resultado de la caída en ventas y precio al mercado interno, se pronostican pérdidas operativas. Lo que, en conjunto con un aumento del costo de la mercancía vendida, da como resultado que la utilidad bruta caiga de manera significativa, y d. derivado de la caída proyectada de la producción, la utilización de la capacidad instalada también se reduciría. FF. Debido al crecimiento del mercado, la situación de la rama de producción nacional no ha sido peor, sin embargo, de no imponerse cuotas compensatorias a las importaciones de globos de plástico metalizado de origen chino, empeorará la afectación a la rama de producción nacional en el corto plazo. GG. México es un destino importante para los globos de plástico metalizado originarios de China, en razón de lo siguiente: a. en el periodo analizado, el producto objeto de investigación se abrió espacios en canales donde no competía, como tiendas al menudeo, persistiendo en los distribuidores de mayoreo; b. el crecimiento de la demanda hace a México un mercado atractivo, lo que se ve en el crecimiento que presentó el CNA durante el periodo analizado, como señal de un mercado en crecimiento idóneo para recibir el flujo de exportación de China, y c. México se ubica como el segundo destino más importante al que China exportó en 2015. HH. En los últimos años, China consolidó su prevalencia como el principal país exportador de las subpartidas 9503.00 y 9505.00 donde se comercializan los globos de plástico metalizado a nivel mundial. Las exportaciones de China representaron el 71% de las exportaciones mundiales en 2015, lo que la confirma como un jugador indiscutible en el mercado. II. Las exportaciones de China al mundo de 2013 a 2015 crecieron 46.72% y las destinadas a México tuvieron un incremento de 61.57%, y aun mayor para el producto investigado de 266.41%. Al respecto, la rápida aceleración en el ritmo de las importaciones de globos de plástico metalizado de China en el periodo investigado es muestra de la facilidad con que China puede exportar grandes cantidades de producto en periodos relativamente cortos. JJ. No se conoce ni se considera ningún otro factor distinto a las importaciones en condiciones de competencia desleal de China, que haya causado afectación a la rama de producción nacional en el periodo investigado, ni que amenace causar daño a la misma, considerando lo siguiente: a. ningún país tiene precios tan bajos como China. El precio de los globos de plástico metalizado de China está muy por debajo del precio promedio mundial y es el más bajo de todos los orígenes, y b. la demanda de globos de plástico metalizado ha ido en aumento, por lo que no se trata de un problema en el mercado y es claramente previsible que este seguirá creciendo. 19. La Solicitante presentó: A. Listado de importaciones realizadas a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, para el periodo de enero de 2013 a agosto de 2016 y resumen muestra para el periodo de enero de 2013 a junio de 2016, cuya fuente es la base de importaciones del SAT. B. Metodología para la depuración de la base de importaciones del SAT. C. Volumen, valor y precio de las importaciones totales de globos de plástico metalizado en México para el periodo analizado, por país de origen, cuya fuente es la base de importaciones del SAT. D. Listado de claves de los pedimentos de importación y exportación, elaborado por Conver, con base en información del Anexo 22 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior. E. Información sobre diversos pedimentos de importación correspondientes a operaciones realizadas a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE e impresiones de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (www.ventanillaunica.gob.mx), con información de valor y comercialización de operaciones de importación de globos de plástico metalizado y sus facturas correspondientes. F. Precio de exportación y ajustes de la mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, originarias de China, en el periodo investigado, obtenido a partir de la base de importaciones del SAT. G. Cálculo de ajustes al precio de exportación por concepto de crédito y flete de China a México, cuya fuente es la base de importaciones del SAT. H. Impresión de pantalla de la página de Internet del Banco Mundial (http://datos.bancomundial.org) que contiene la tasa de interés activa de China para 2015. I. Copia de una factura de flete para globos de plástico metalizado de China a México del 31 de diciembre de 2015. J. Imágenes de globos de plástico metalizado importados de China, con detalle del importador. K. Recibo de compra de globos de plástico metalizado del 23 de septiembre de 2016, con detalles de la operación, así como las características físicas e imágenes del producto adquirido. L. Información general de la empresa Papelería Breva, S.A. de C.V., obtenida de la página de Internet www.empleonuevo.com del 22 de marzo de 2017. M. Catálogo de productos de la empresa Latex Occidental Exportadora, S.A. de C.V., obtenido de su página de Internet www.globospayaso.com. N. Cálculo del valor normal en el mercado interno de los Estados Unidos y sus ajustes, calculado a partir de referencias de precios en el mercado interno de los Estados Unidos obtenidas de las empresas Qualatex y Anagram. O. Carta emitida por el presidente de Anagram el 19 de enero de 2017, por la cual proporciona a la Solicitante la lista de precios de distribuidor de globos de plástico metalizado en el mercado interno de los Estados Unidos para 2016, por tamaño, pieza y kilogramo. P. Lista de precios de distribuidor de Qualatex para globos de plástico metalizado en el mercado interno de los Estados Unidos a febrero de 2016, por tamaño, pieza y kilogramo. Q. Catálogos de globos de plástico metalizado de Qualatex para 2016 y de Anagram para 2017. R. Precio de globos de plástico metalizado en el mercado interno de los Estados Unidos en 2016, por tamaño, cuya fuente son las listas de precios de distribuidor de dos empresas estadounidenses. S. Carta expedida por The Balloon Council el 21 de octubre de 2016, con información sobre la participación de Anagram y Qualatex en el mercado interno de globos de plástico metalizado de los Estados Unidos. T. Volumen de ventas al mercado interno de globos de plástico metalizado de Convergram México, S. de R.L. de C.V. ("Convergram") para el periodo investigado. U. Impresiones de pantalla del sistema de ventas de Conver, con el reporte detallado de sus ventas totales de globos de plástico metalizado en el mercado interno para el periodo investigado, por tamaño. V. Metodología para la conversión de medida de globos de plástico metalizado de pieza a kilogramos, elaborado por la Solicitante el 7 de febrero de 2017. W. Factor de conversión de medida de globos de plástico metalizado de cajas a kilogramos, así como las impresiones de pantalla del sistema de ingreso de mercancía de la Solicitante, con información sobre la conversión de caja a piezas. X. Reporte titulado "Evaluación del marco jurídico normativo y de las políticas que regulan la economía china y su impacto en la competencia internacional" del 25 de junio de 2015, elaborado por AEGIS Europe. Y. Declaración escrita de Alan H. Price ante la Comisión Estados Unidos-China de Revisión Económica y de Seguridad del 24 de febrero de 2016. Z. Resultado de una búsqueda para globos en las páginas de Internet de las bolsas de valores Shanghai Stock Exchange (www.english.sse.com) y HKEX Group (www.hkex.com) del 22 de marzo de 2017. AA. Cuadro comparativo de las características físicas de los globos de plástico metalizado de China y de los Estados Unidos, con información obtenida de las páginas de Internet de dos empresas estadounidenses, así como de diversas empresas productoras en China. BB. Reporte de gastos de mano de obra, gastos de fábrica y depreciaciones de Conver, acumulado a los meses de septiembre y diciembre de 2015, así como a septiembre de 2016. CC. Información sobre la producción y consumo mundial de electricidad en 2015, obtenida de la página de Internet de la consultora Enerdata (www.enerdata.net). DD. Carta expedida por The Balloon Council el 19 de enero de 2017, con información sobre los países productores de globos de plástico metalizado en el mundo. EE. Valor de las exportaciones realizadas por la fracción 9503.0000.00 del Sistema Armonizado y las importaciones por las fracciones 9503.0000.71 y 9503.0000.73 del Sistema Armonizado de los Estados Unidos para los años de 2013 a 2016, por país, cuya fuente es la página de Internet de la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (www.usitc.gov). FF. Listado de productores de globos de plástico metalizado en China y en los Estados Unidos, con datos de localización obtenidos de diversas páginas de Internet. GG. Impresiones de las páginas de Internet de los productores de globos de plástico metalizado de China y de los Estados Unidos del 4, 14, 15 y 16 de noviembre de 2016, con información general de las empresas. HH. Cálculo del valor normal en el mercado interno de China y sus ajustes, obtenido a partir de diversas cotizaciones de precios en el mercado interno de China, obtenidas de la página de Internet www.alibaba.com. II. Listado de productores y comercializadores de globos de plástico metalizado en China, con información general de las empresas y el porcentaje de participación de las exportaciones en el total de sus ventas, obtenida de la página de Internet www.alibaba.com el 11 de abril de 2017. JJ. Listado de cotizaciones de precios de diversas empresas chinas para globos de plástico metalizado en el mercado interno de China, obtenidas de la página de Internet www.alibaba.com, del 3, 4, 5, 6, 7 y 11 de abril de 2017. KK. Estimación de la inflación para los meses comprendidos en el periodo de agosto de 2016 a febrero de 2017, cuya fuente es la página de Internet de Global Rates (www.globalrates.com). LL. Estimación del margen de discriminación de precios del producto objeto de investigación para el periodo investigado. MM. Tipo de cambio promedio mensual y anual, de enero de 2013 a julio de 2016, para solventar obligaciones denominadas en dólares, pagaderas en México, cuya fuente es la página de Internet del Banco de México, (www.banxico.org.mx). NN. Listado de empresas importadoras de globos de plástico metalizado de China identificadas de acuerdo a su relación comercial con el proveedor chino, cuya fuente es la base de importaciones del SAT. OO. Listados de importadores y exportadores del producto objeto de investigación en el periodo analizado, con datos de localización obtenidos de diversas páginas de Internet. PP. Descripción física, especificaciones e imágenes del producto objeto de investigación y del similar de producción nacional, cuya fuente es la información de Conver, así como las páginas de Internet de diversas empresas en China. QQ. Catálogo de Conver con las fotografías y especificaciones técnicas de los globos de plástico metalizado de fabricación nacional. RR. Análisis de laboratorio realizados por el Centro de Investigación en Química Aplicada el 10 de febrero de 2017, sobre la estructura de los globos de plástico metalizado de fabricación nacional y de origen chino. SS. Muestras físicas de globos de plástico metalizado de fabricación nacional y de origen chino. TT. Diagrama y video del proceso productivo utilizado por Conver para fabricar globos de plástico metalizado. UU. Diagrama del proceso productivo de globos de plástico metalizado en China e impresiones de la página de Internet http://www.alibaba.com del 7 de junio y 1 de noviembre de 2016 y 18 de enero de 2017, que contienen el proceso productivo de diversas empresas chinas para el producto objeto de investigación. VV. Cuadro comparativo de los procesos productivos de los globos de plástico metalizado originarios de China y de fabricación nacional, elaborados con información de Conver, así como de las páginas de Internet de diversas empresas en China. WW.Información sobre el proceso productivo de globos de látex, obtenida de las páginas de Internet www.balloonhq.com y www.tiendadeglobos.com del 12 de enero de 2017. XX. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SCFI-2007 "Información comercial-etiquetado para juguetes". YY. Copia de diversas notas de compra del producto objeto de investigación en México, así como una fotografía de su exhibición. ZZ. Estudio de mercado con información sobre la participación de las empresas fabricantes de globos de plástico metalizado en México para 2014 y 2015, elaborado por la consultora Reliable Source, S.C. ("Reliable Source") el 14 de abril de 2016 y nota metodológica del 17 de enero de 2017. AAA. Carta emitida por el director general de la empresa consultora Reliable Source el 5 de abril de 2017, mediante la cual informa la fecha de conclusión de la actualización a 2016 del estudio de mercado referido en el punto anterior. BBB. Estimación del CNA de globos de plástico metalizado para los periodos julio 2013-junio 2014, julio 2014-junio 2015, julio 2015-junio 2016 y proyecciones para julio 2016-junio 2017. CCC. Listado de exportaciones por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE de enero de 2013 a junio de 2016, cuya fuente es la base de datos del SAT. DDD. Muestra del listado de exportaciones por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE de enero de 2013 a junio de 2016, cuya fuente es la base de datos del SAT. EEE.Margen de subvaloración de precios del producto objeto de investigación, elaborado por Conver, a partir de la base de importaciones del SAT. FFF. Análisis paralelo de las importaciones del producto investigado, precio de exportación, margen de discriminación de precios, CNA, así como de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional, con la corrección de un dato atípico encontrado por la Solicitante en la base de importaciones del SAT. GGG. Valor y volumen de las exportaciones de China por las fracciones 9505.90.00 y 9503.00.90 del Sistema Armonizado, por país, para 2013, 2014 y 2015, así como su participación porcentual en 2016, cuya fuente es Datamyne. HHH. Carta expedida por The Balloon Council el 26 de enero de 2017, con información sobre la producción y consumo mundial de globos de plástico metalizado en 2015, por país. III. Cotización de globos de plástico metalizado de China para los Estados Unidos emitida por una empresa china el 23 de octubre de 2015. JJJ. Estudio sobre una inversión de la Solicitante del 6 de julio de 2016, elaborado por la empresa Especialistas en Valuación y Asesoría Industrial, S.C. KKK. Diagrama de la estructura corporativa de Conver. LLL. Listado de los principales clientes de Convergram en el mercado interno, con información sobre el valor y volumen vendido en los periodos septiembre de 2014-agosto de 2015 y septiembre de 2015-agosto de 2016. MMM. Los siguientes indicadores: a. económicos de la Solicitante, consistentes en valor y volumen de producción, ventas al mercado interno, externo y totales, importaciones, empleo, inventarios, así como precios de venta en el mercado interno y externo, flete interno y salarios, para cada uno de los meses de 2013, 2014, 2015 y de enero a agosto de 2016, con proyecciones para el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017; b. del mercado nacional de globos de plástico metalizado, consistentes en volumen de producción, volumen y precios de ventas de la rama de producción nacional al mercado interno y de exportación, así como volumen y valor de importaciones originarias de China y de otros países, para cada uno de los meses del periodo comprendido de enero de 2013 a agosto de 2016 y proyecciones para el periodo comprendido de septiembre de 2016 a agosto de 2017; c. económicos de la industria nacional de globos de plástico metalizado y de Conver, consistentes en volumen de producción, capacidad instalada y su utilización, empleo e inversiones en capital fijo, para los periodos septiembre de 2013-agosto de 2014, septiembre de 2014-agosto de 2015 y septiembre de 2015-agosto de 2016, y d. económicos de la industria de globos de plástico metalizado en China, consistentes en capacidad instalada, producción, ventas al mercado interno, inventarios y exportaciones totales a México y a otros países, para los años de 2013 a 2016 y proyecciones para 2017, elaborado con información de la empresa Datamyne, Inc. ("Datamyne"), The Balloon Council y la base de importaciones del SAT. NNN. Proyecciones de los principales indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional, para el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017. OOO. Los siguientes estados financieros: a. consolidados de Conver al 31 de diciembre de 2013 y 2012, al 31 de diciembre de 2014 y 2013 y al 31 de diciembre de 2015 y 2014, así como estados de resultados a junio de 2016; b. auditados de Conver para el tercer y cuarto trimestre de 2016, y c. de costos, ventas y utilidades de la Solicitante para la mercancía nacional, al mercado interno, externo y producto importado, para los periodos septiembre de 2013-agosto de 2014, septiembre de 2014-agosto de 2015, septiembre de 2015-agosto de 2016, así como proyecciones para el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017. PPP.Lista de los países exportadores e importadores de las subpartidas 9503.00 y 9505.90 del Sistema Armonizado, por volumen, valor y precio, en 2013, 2014, 2015 y 2016, así como las bases de exportaciones e importaciones obtenidas de la United Nations Commodity Trade Statistics Database ("UN Comtrade"). QQQ. Extractos de los siguientes documentos: a. Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; b. Exámenes de las Políticas Comerciales de China número WT/TPR/S/342 y de los Estados Unidos número WT/TPR/S/350, elaborados por el rgano de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC el 15 de junio y 14 de noviembre de 2016, respectivamente; c. "Reporte al congreso del cumplimiento de China a la OMC 2015" emitido por el Representante de Comercio de los Estados Unidos en diciembre de 2015; d. "Informe Trimestral" de julio-septiembre de 2015 del Banco de México, con información sobre la inflación y el tipo de cambio, y e. "Informe Semanal del Vocero" del 7 al 11 de noviembre de 2016, obtenido de la página del Gobierno de la República (www.gob.mx), con información sobre el tipo de cambio. RRR. Las siguientes comunicaciones electrónicas: a. del 23 de octubre de 2015, emitida por personal de una empresa china, mediante la cual remite una cotización de globos de plástico metalizado de China para los Estados Unidos; b. del 18 de enero de 2017, emitida por un empleado de Anagram, con un diagrama de flujo del proceso productivo que se emplea para la fabricación de globos de plástico metalizado; c. del 20 de enero de 2017, emitida por un directivo de Qualatex, con información sobre su producción en Canadá y Japón; d. del 20 de enero de 2017, emitida por un empleado de Anagram, con información sobre sus ventas de globos de plástico metalizado en el mercado interno de los Estados Unidos en el periodo del 1 de julio de 2015 al 30 de junio de 2016; e. del 22 de marzo de 2017, emitida por un directivo de The Balloon Council, mediante la cual informa que la información sobre la producción y consumo mundial de globos de plástico metalizado para 2016 aún no se encuentra disponible, y f. del 6 de abril de 2017, emitida por un empleado de la empresa Artoy Trading, LLC., mediante la cual informa que su empresa no comercializa globos de plástico metalizado. SSS.Las siguientes publicaciones: a. "The World Factbook", obtenida de la página de Internet de la Agencia Central de Inteligencia de los Estados Unidos (www.cia.gov) el 25 de enero de 2017, con información sobre la economía de los Estados Unidos, así como la fuerza laboral mundial en 2016, por país; b. "Country Guides: United States" de diciembre de 2014, obtenida de la página de Internet de HSBC Global Connections (www.globalconnections.hsbc.com), con información sobre la economía de los Estados Unidos; c. "U.S. Economic System", obtenida de la página de Internet de The USA Online (www.theusaonline.com) el 29 de marzo de 2017, con información sobre la economía de los Estados Unidos; d. "Resinas de Polietileno de Alta Densidad" de octubre de 2014, obtenida de la página de Internet www.ihs.com, con información sobre la producción y consumo mundial de polietileno y nylon, y e. "Encuesta sobre las expectativas de los especialistas en economía del sector privado: Marzo de 2017" elaborada por el Banco de México el 3 de abril de 2017, con proyecciones sobre inflación y tipo de cambio para 2017. TTT. Las siguientes notas periodísticas: a. "4 Consecuencias de la intervención gubernamental en los mercados de China" del 27 de febrero de 2016, obtenida de la página de Internet www.investopedia.com, y b. "Guangdong congelará el salario mínimo de la provincia por dos años" del 4 de marzo de 2016, obtenida de la página de Internet de China Economic Review (www.chinaeconomicreview.com). UUU. Impresión de las páginas de Internet de diversas empresas, con información sobre los productos que comercializan. G. Requerimientos de información 20. La Secretaría se allegó de información relacionada con operaciones de importación de diversos agentes aduanales. 21. El 28 de abril de 2017 la Secretaría requirió a la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA), la Cámara de la Industria de Transformación de Nuevo León (CAINTRA) y la Cámara Regional de la Industria de Transformación del Estado de Jalisco (CAREINTRA), para que indicaran si dentro de sus afiliados existen productores de globos de plástico metalizado y, en su caso, proporcionaran el volumen de producción por empresa y su participación porcentual para 2013, 2014, 2015 y 2016. El 8 y 10 de mayo de 2017 la CAINTRA presentó su respuesta al requerimiento de información. 22. El 2 de mayo de 2017 la Secretaría requirió a Innovación en Plástico, S.A. de C.V. ("Innovación en Plástico"), para que señalara si es productora de globos de plástico metalizado y, en su caso, proporcionara su volumen de producción para el periodo analizado, manifestara su posición respecto a la presente investigación e indicara si tiene conocimiento de otros productores nacionales de globos de plástico metalizado. El 10 de mayo de 2017 Innovación en Plástico presentó su respuesta al requerimiento de información. CONSIDERANDOS A. Competencia 23. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 apartado B fracción III y 15 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 5 y 12.1 del Acuerdo Antidumping, y 5 fracción VII y 52 fracciones I y II de la LCE. B. Legislación aplicable 24. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos tres últimos de aplicación supletoria. C. Protección de la información confidencial 25. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas le presenten, ni la información confidencial que ella misma se allegue, de conformidad con los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping, 80 de la LCE y 152 y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas podrán obtener el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE. D. Legitimidad procesal 26. De conformidad con lo señalado en los puntos 91 a 100 de la presente Resolución, la Secretaría determina que Conver está legitimada para solicitar el inicio de la presente investigación, de conformidad con los artículos 5.4 del Acuerdo Antidumping y 50 de la LCE. E. Periodo investigado y analizado 27. La Solicitante propuso como periodo investigado el comprendido de julio de 2015 a junio de 2016 y como periodo de análisis de daño el comprendido de julio de 2013 a junio de 2016. 28. Con fundamento en el artículo 76 del RLCE y de acuerdo con la recomendación del Comité de Prácticas Antidumping de la OMC (documento G/ADP/6 adoptado el 5 de mayo de 2000) que precisa que el periodo de recopilación de datos debe ser normalmente de doce meses y terminar lo más cercano posible a la fecha de inicio de la investigación, la Secretaría previno a Conver para que actualizara la información presentada. 29. En su respuesta a la prevención, Conver manifestó que a partir de los meses posteriores a junio de 2016, el comportamiento de los importadores cambió, de realizar un gran número de sus operaciones de importación exclusivamente de globos de plástico metalizado a cada mes más y en forma creciente de globos de plástico metalizado con otros productos, por lo que al aumentar significativamente el volumen de importaciones de globos de plástico metalizado con otros productos es indispensable incluir al menos una proporción de dichos registros. 30. Señaló que en la medida que se agreguen volúmenes de globos que ingresaron mezclados con otros productos, se reduce la exactitud de las mediciones fundamentales para determinar los efectos de las importaciones objeto de dumping sobre la rama de producción nacional, por lo que tuvo que decidir entre realizar la actualización de información de importaciones que fuera lo mínimo indispensable para evitar añadir información con mayor sesgo, pero que, a su vez, fuera aceptable desde el punto de vista de los precedentes o exigencias legales, por lo que actualizó la información considerando como periodo analizado el comprendido de septiembre de 2013 a agosto de 2016 y como periodo investigado el comprendido de septiembre de 2015 a agosto de 2016. 31. La Secretaría analizó la justificación presentada por Conver y consideró que el periodo de recopilación de datos actualizado que propone es razonable, tomando en cuenta las complicaciones en el análisis de la información que no es posible solventar debido a las limitaciones materiales y temporales prácticas que enfrentan los productores nacionales para recopilar la información, ya que no cuenta con el acceso a los pedimentos de importación, lo cual reduce la exactitud de la información en cuanto a la identificación específica del producto objeto de investigación para determinar los efectos de las importaciones objeto de dumping sobre la rama de producción nacional. 32. Por lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del RLCE y la recomendación del Comité de Prácticas Antidumping de la OMC, se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2016 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de septiembre de 2013 al 31 de agosto de 2016, los cuales fueron utilizados para el análisis de la solicitud. F. Información que la Secretaría no tomó en cuenta 33. La Secretaría determinó no tomar en cuenta la información correspondiente a producción de la industria china fabricante de globos de plástico metalizado, así como producción y consumo de globos metálicos en piezas por país en 2015, cuya fuente es The Balloon Council y que aportó la Solicitante en los documentos descritos en el punto 19 incisos HHH y MMM.d, de la presente Resolución, toda vez que no se justificó el carácter de confidencial asignado por Conver, al no encuadrar en alguno de los supuestos previstos en los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping y 149 del RLCE. G. Análisis de discriminación de precios 1. Precio de exportación 34. Para el cálculo del precio de exportación, la Solicitante presentó las operaciones de importación de globos de plástico metalizado que se realizaron en el periodo septiembre de 2015-agosto de 2016 y que ingresaron por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, a partir de la base de importaciones que obtuvo del SAT. 35. Debido a que por ambas fracciones arancelarias ingresa tanto producto investigado como no investigado, la Solicitante propuso la metodología para la identificación de los globos de plástico metalizado que se describe a continuación: a. mediante procedimientos automáticos de búsqueda en Excel, identificó las operaciones que incluían la palabra "globo", sin importar su material, así como sus distintas variantes y faltas de ortografía. La Solicitante nombró a este conjunto de operaciones subconjunto "SUB1"; b. aplicó un segundo filtro y ubicó las descripciones que contenían además de la palabra "globos", las palabras "metálicos" y "metalizados", y los identificó como "Categoría 1: producto objeto de investigación" (CAT1). Excluyó las importaciones que contenían la palabra "muestra" en la descripción de producto, así como aquellas de origen distinto al del país investigado; c. posteriormente, del resto de las operaciones de la CAT1 identificó las importaciones que en un mismo registro contenían, además de los globos metálicos, otros productos que no son investigados. Estas operaciones las clasificó como "Categoría 2: producto objeto de investigación mezclado con otros productos". Para ello, indicó que, si una operación contiene dos productos, se considerará una proporción del 50% para cada uno y así se aplicarían las proporciones, dependiendo del número de productos que contenga la operación; d. las importaciones originarias de Canadá y Japón se excluyeron, porque en esos países no se producen globos de plástico metalizado; e. las operaciones aún sin clasificar del conjunto SUB1 fueron ordenadas en: i. "Categoría 3: globos que no se identifica su material", es decir, operaciones que contenían únicamente la palabra "globos" sin especificar el material, y ii. "Categoría 4: globos que no se identifica su material con otros productos", operaciones que contenían la palabra "globos" con productos distintos al investigado. f. sin embargo, la Solicitante señaló que con la finalidad de no sobreestimar el precio de exportación optó por un enfoque conservador, aplicando mayores condicionales a los criterios de clasificación: i. para las categorías 2 y 4, en las que dijo identificar el producto objeto de investigación, estimó el número de productos que contenía cada operación de importación, el precio unitario y su participación en el volumen total para China en el periodo investigado. Posteriormente, comparó el precio implícito de las operaciones con el precio promedio ponderado que estimó, considerando las categorías 1 y 3. Incluyó en el cálculo del precio de exportación las importaciones con diferencias mínimas entre ambos precios y que presentaran una participación acumulada menor o igual al porcentaje de globos de plástico metalizado por registro, y ii. para la categoría 3, identificó el material del producto mediante la consulta del perfil de cada importador y sus distintos proveedores, a través de búsquedas de catálogos en Internet, revisión de pedimentos de importación o mediante su conocimiento del mercado y visitas comerciales, así como patrones encontrados en la información reportada en la base de datos. g. consideró en la base de importaciones las operaciones realizadas por la propia Solicitante y su empresa relacionada, y h. proporcionó impresiones de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, con información de valor y comercialización, para algunas operaciones de importación, copia de facturas de venta, impresiones de páginas de Internet con el perfil de las empresas importadoras, exportadoras o de las marcas comerciales, entre otros. 36. Una vez depurada la base de importaciones del SAT, Conver consideró las operaciones cuya descripción corresponde a globos de plástico metalizado, así como aquellas que identificó como este producto, con base en los criterios expuestos en los incisos e y f del punto anterior. Explicó que la presencia de accesorios no afecta la comparación equitativa entre el precio de exportación y el valor normal, ya que se comercializan de manera conjunta y no presentan diferencias. 37. Debido al nivel de información disponible, Conver señaló que la descripción de las operaciones no le permite identificar si los precios son netos de descuentos y rembolsos al importador ni la forma en que se comercializa el producto objeto de investigación (tamaño y características distintivas), por lo que estimó un precio de exportación promedio ponderado de todas las importaciones que consideró objeto de investigación. 38. Por su parte, la Secretaría se allegó del listado oficial de pedimentos de las importaciones originarias de China que ingresaron a México a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, durante el periodo investigado, que obtuvo del Sistema de Información Comercial de México (SIC-M). Cotejó dicha información con la que proporcionó la Solicitante, entre otros datos, la descripción de los productos, el valor en dólares y el volumen en kilogramos, encontrando diferencias en cuanto al número de operaciones y, por tanto, en valor y volumen. 39. Por lo anterior, la Secretaría determinó calcular el precio de exportación a partir de las estadísticas del SIC-M, en virtud de que la información contenida en dicha base de datos se obtiene previa validación de los pedimentos aduaneros que se dan en un marco de intercambio de información entre agentes y apoderados aduanales, por una parte, y la autoridad aduanera por la otra, misma que es revisada por el Banco de México y, por tanto, se considera como la mejor información disponible. 40. Para contar con mayores elementos, en cuanto a la identificación de los productos que ingresaron por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, la Secretaría se allegó de diversos pedimentos de importación y documentación anexa a los agentes aduanales, cuya información se incorporó a la base de datos. 41. Con base en la metodología propuesta por la Solicitante, la Secretaría identificó las importaciones correspondientes al producto objeto de investigación. Acotó las importaciones, para efecto estricto de comparabilidad en el análisis de discriminación de precios, a las que se refieren al periodo investigado, originarias de China y que corresponden a la "Categoría 1", la cual se refiere, sin lugar a dudas, a producto objeto de investigación. 42. Con fundamento en el artículo 40 del RLCE, la Secretaría calculó un precio de exportación promedio ponderado en dólares por kilogramo para los globos de plástico metalizado de origen chino. a. Ajustes al precio de exportación 43. Conver propuso ajustar el precio de exportación por términos y condiciones de venta, en particular, por los conceptos de flete marítimo y crédito. Adicionalmente, indicó que los precios estimados incluyen el flete interno en China y seguro, razón por la cual se requiere aplicar dichos ajustes con la finalidad de llevar el precio a nivel ex fábrica, sin embargo, no proporcionó la información y metodología de cálculo correspondiente. 44. Explicó que los ajustes los determinó a partir de la información que razonablemente tuvo disponible, con base en la revisión de diversos pedimentos de operaciones de importación de globos de plástico metalizado de China, realizadas en el periodo investigado y considerando su ingreso por las principales aduanas de México. i. Flete marítimo 45. La Solicitante calculó el flete marítimo a partir de los pedimentos que reportaron el monto por ese concepto y el peso bruto del producto importado. ii. Crédito 46. Conver presentó la tasa de interés de préstamos bancarios a corto plazo, así como la diferencia promedio en días de las fechas de pago del pedimento y la de expedición de la factura. Indicó que la tasa es la asignada al sector privado que prevalece en China. Presentó los datos publicados por el Banco Mundial correspondiente a China en 2015. 47. Al respecto, la Secretaría considera que la diferencia en días entre la fecha de pago del pedimento y la fecha de la factura no refleja el costo financiero directo o incidental a la venta del producto objeto de investigación, toda vez que la fecha de factura refleja el momento en que se concreta la venta, mientras que la fecha de pago del pedimento se relaciona con el pago de las contribuciones y, en su caso, cuotas compensatorias, es decir, con la salida de la mercancía de la aduana del país importador. Por lo anterior, la Secretaría, en esta etapa de la investigación, considera improcedente el ajuste por crédito en los términos propuestos por la Solicitante. iii. Determinación 48. De conformidad con los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, y 53 y 54 del RLCE, la Secretaría aceptó ajustar el precio de exportación por concepto de flete marítimo, considerando el término de venta reportado en el SIC-M y en las facturas anexas a los pedimentos de los que se allegó. Para el cálculo del flete marítimo, la Secretaría incluyó los montos observados en los pedimentos proporcionados por la Solicitante y los que se allegó. 2. Valor normal a. China como economía de no mercado 49. Conver señaló que conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la LCE, en el caso de importaciones originarias de un país con economía centralmente planificada, el valor normal de la mercancía sujeta a prácticas desleales se calculará con base en la información de mercancías idénticas o similares originarias de un país con economía de mercado que sirva como sustituto del país que tiene una economía centralmente planificada, para propósitos del procedimiento. 50. Agregó que de acuerdo con el artículo 48 del RLCE, se entenderá por economías centralmente planificadas, independientemente del nombre con el que se designe, salvo prueba en contrario, aquellas cuyas estructuras de costos y precios no reflejen principios de mercado o en las que las empresas del sector o industria bajo investigación tengan estructuras de costos y precios que no se determinen conforme a dichos principios. 51. Señaló que en el caso particular de las investigaciones antidumping sobre bienes cuyo origen es China, éstas pueden iniciar bajo el supuesto de que se trata de una economía de no mercado, de acuerdo con el párrafo 15 del Protocolo de Adhesión de China a la OMC. No obstante lo anterior, proporcionó diversas pruebas con objeto de demostrar el comportamiento económico de China. 52. Presentó un extracto del Sexto Examen de las Políticas Comerciales de China redactado por la Secretaría de la OMC el 15 de junio de 2016 (WT/TPR/S/342), en el que se señala que la economía china estimula su comercio vía la reducción artificial de los precios en diversos productos, a través de subsidios y manipulación del tipo de cambio; apoyos gubernamentales a las empresas para incrementar sus exportaciones, como subsidios financieros, servicios públicos subsidiados, incentivos fiscales, tasas de interés subsidiadas, entre otras. 53. Puntualizó que en la publicación titulada "Evaluación del marco jurídico normativo y de las políticas que regulan la economía china y su impacto en la competencia internacional" del 25 de junio de 2015, elaborada por AEGIS Europe, se resumen puntos clave respecto a las distorsiones dentro de la economía china, por ejemplo: el papel continuo y central del Partido Comunista Chino en la economía, los 71 planes quinquenales detallados que dirigen y administran la economía, los 22 planes sectoriales de la industria nacional y los planes provinciales y locales para implementar los planes industriales nacionales. Agregó que los planes quinquenales y sectoriales impactan a toda la cadena productiva china y en todos los sectores, por lo que el sector productor de globos de plástico metalizado chino no es la excepción. 54. Asimismo, señaló que en la publicación referida en el punto anterior se evidencia el papel de las asociaciones industriales como herramienta del Estado, el papel limitado de los mercados, únicamente para bienes de consumo, la ausencia de mercados de capital, trabajo, energía y la ausencia de reglas reales de competencia, legislación de bancarrota y mecanismos para salir de los mercados, así como el control y la dirección de la inversión extranjera directa hacia el exterior. 55. Presentó la declaración escrita de Alan H. Price ante la Comisión Estados Unidos-China de Revisión Económica y de Seguridad del 24 de febrero de 2016, en la que confirmó que China no satisface ninguno de los criterios para ser una economía de mercado, según lo enuncian los Estados Unidos, la Unión Europea y Canadá. 56. Adicionalmente, Conver proporcionó el "Reporte al congreso del cumplimiento de China a la OMC 2015" emitido por el Representante de Comercio de los Estados Unidos en diciembre de 2015, donde se confirma que, a pesar de que el progreso se ha alcanzado en temas importantes, muchos asuntos siguen siendo materia de preocupación. 57. En vista de que la información aportada por la Solicitante no se refiere en específico al sector o industria bajo análisis, la Secretaría le previno para que, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del RLCE, presentara los argumentos y las pruebas que acreditaran que en la producción y venta de globos de plástico metalizado fabricado por las empresas del sector o industria en China prevalecen estructuras de costos y precios que no se determinan conforme a principios de mercado. Asimismo, se le pidió considerar en su análisis los criterios previstos en el segundo párrafo del artículo 48 del RLCE, sin que estos pudieran considerarse exhaustivos o limitativos, con la finalidad de determinar si ese sector, en particular, opera o no bajo principios de mercado. 58. Conver presentó la nota periodística "Guangdong congelará el salario mínimo de la provincia por dos años" del 4 de marzo de 2016, obtenida de la página de Internet de China Economic Review, así como el resultado de una búsqueda en las páginas de Internet de las bolsas de valores Shanghai Stock Exchange y HKEX Group, sin embargo, no presentó información alguna respecto a la producción y venta de globos de plástico metalizado fabricado por las empresas del sector en China. 59. En virtud de lo anterior, la Secretaría consideró que la información aportada por la Solicitante no sustenta la presunción de que en las empresas que producen globos de plástico metalizado en China prevalecen estructuras de costos y precios que no se determinan conforme a principios de mercado, de conformidad con los artículos 33 de la LCE y 48 del RLCE. 60. Conver presentó información referente a precios en el mercado interno de los Estados Unidos, mismo que propuso como país sustituto de China para el cálculo del valor normal, sin embargo, como consecuencia de lo descrito en el punto anterior, si bien la Secretaría analizó y valoró dicha información, considera que resulta innecesario hacer pronunciamiento alguno al respecto. b. Precios en el mercado interno de China 61. La Solicitante presentó una base de datos con referencias de precios de globos de plástico metalizado en China que obtuvo de la página de Internet www.alibaba.com, con las que calculó un precio promedio en dólares por kilogramo para dicho producto. En la misma base se observan datos del proveedor, el perfil de la empresa (fabricante, comercializador o ambos), tamaño de la planta de producción, ingreso, condiciones de pago, tiempo de entrega, descripción de la mercancía y dimensiones, entre otros. Proporcionó impresiones de dicha página de Internet, para cada una de las referencias de precios incluidas en el cálculo del valor normal. 62. Mencionó que Alibaba es una plataforma de Internet líder en la venta al por mayor, donde proveedores y compradores entran en contacto, incluyendo a los productores chinos del producto objeto de investigación. 63. Con la información reportada en la página de Internet aludida en el punto anterior, Conver clasificó a los vendedores en dos grupos: i) productores que reportan ventas internas del producto objeto de investigación, y ii) empresas que únicamente comercializan el producto objeto de investigación. Proporcionó impresiones de dicha página de Internet, en las que se observa el perfil de las empresas. Explicó que las referencias de precios se obtuvieron de las empresas identificadas en el primer grupo, es decir, como productores chinos que reportan ventas en su mercado interno. 64. Para obtener el precio en dólares por kilogramo, empleó factores de conversión de piezas a kilogramos, de los cuales proporcionó el soporte documental. 65. La Secretaría corroboró los datos y funciones de la plataforma de Internet de la que se obtuvieron las referencias de precios y verificó el perfil, los indicadores y productos en venta, para cada una de las empresas que identificó como productores. 66. Para las empresas que cubrieron el criterio de producir, en algunas de ellas la Secretaría observó su participación en el mercado interno y la inclusión del producto objeto de investigación en sus catálogos de productos. 67. Respecto a las referencias de precios proporcionadas por la Solicitante, la Secretaría verificó que se tratara del producto objeto de investigación, que correspondiera a empresas fabricantes, los precios de venta, dimensiones, el origen y peso del producto, así como los términos y condiciones de venta. 68. La Solicitante propuso ajustar los precios por inflación, toda vez que las referencias de precios son de fechas posteriores al periodo investigado. Proporcionó el ndice de Precios al Consumidor de China obtenido de la página de Internet Global Rates (www.globalrates.com), considerando el último mes del periodo investigado hasta el dato más reciente publicado en dicho índice. A partir de esta información, estimó la inflación y la descontó del precio promedio calculado con información de la plataforma de Internet de Alibaba. 69. De conformidad con los artículos 2.1 y 2.4 del Acuerdo Antidumping, 31 de la LCE y 58 del RLCE, la Secretaría calculó un precio en dólares por kilogramo, a partir de las referencias de precios aportadas por Conver que cubrieran los criterios propuestos. c. Ajustes a los precios en el mercado interno de China 70. La Solicitante propuso ajustar los precios aportados por crédito, y para el cálculo consideró como plazo el promedio de días del tiempo de entrega de la mercancía al cliente, las condiciones de pago (anticipos de pago) y el remanente a pagar. Proporcionó la tasa de interés a corto plazo en China que obtuvo del Banco Mundial. 71. De conformidad con los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, y 53 y 54 del RLCE, la Secretaría no aceptó ajustar el valor normal por concepto crédito en esta etapa de la investigación, ya que observó que las empresas cobran un anticipo para garantizar la venta y liquidan el pago contra entrega del producto, por lo que no se genera un gasto para financiar la venta. 3. Margen de discriminación de precios 72. De conformidad con lo establecido en los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE y 38 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal con el precio de exportación y determinó que existen indicios suficientes, basados en pruebas positivas, para presumir que, durante el periodo investigado, las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China, que ingresaron por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, se realizaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis. H. Análisis de daño y causalidad 73. La Secretaría analizó los argumentos y las pruebas que la Solicitante aportó, a fin de determinar si existen indicios suficientes para sustentar que las importaciones de globos de plástico metalizados originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, causaron daño a la rama de producción nacional del producto similar. Esta evaluación comprende, entre otros elementos, un examen de: a. el volumen de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, su precio y el efecto de estas en los precios internos del producto nacional similar; b. la repercusión del volumen y precio de esas importaciones en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar, y c. la probabilidad de que las importaciones aumenten sustancialmente, el efecto de sus precios como causa de un aumento de las mismas, la capacidad de producción libremente disponible del país exportador o su aumento inminente y sustancial, la demanda por nuevas importaciones y las existencias del producto objeto de investigación. 74. El análisis de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional comprende la información que proporcionó la Solicitante, ya que esta representa el 98% de la producción nacional del producto similar al que es objeto de investigación, tal como se determinó en el punto 100 de la presente Resolución. Para ello, la Secretaría consideró datos de los periodos septiembre de 2013-agosto de 2014, septiembre de 2014-agosto de 2015 y septiembre de 2015-agosto de 2016 que constituyen el periodo analizado e incluyen el periodo investigado para el análisis de discriminación de precios, así como las proyecciones del periodo posterior al investigado septiembre de 2016-agosto de 2017. Salvo indicación en contrario, el comportamiento de los indicadores económicos y financieros en un determinado año o periodo se analiza con respecto al inmediato anterior comparable. 2. Similitud del producto 75. Conforme a lo establecido en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE, la Secretaría evaluó la información y las pruebas que la Solicitante aportó para determinar si los globos de plástico metalizado de fabricación nacional son similares al producto objeto de investigación. a. Características 76. La Solicitante señaló que los globos de plástico metalizado de fabricación nacional y los globos objeto de investigación tienen características similares entre sí, como las descritas en los puntos 7 y 8 de la presente Resolución. Las diferencias entre ambos productos son mínimas y se registran en aspectos no esenciales del producto, como en ligeras variaciones en colores y diseños. 77. En general, la Solicitante manifestó que tanto el producto nacional como el chino presentan las siguientes características: Característica | Producto nacional | Producto chino | Materiales | Poliéster, nylon, polietileno, adhesivos y tintas. | Poliéster, nylon, polietileno, adhesivos y tintas. | Diseño | Redondos, cuadrados, corazones, estrellas, lunas, figuras, letras y números, entre otros. | Redondos, cuadrados, corazones, estrellas, lunas, figuras, letras y números, entre otros. | Color | Puede ser metalizado o no metalizado, mate y transparente. | Puede ser metalizado o no metalizado, mate y transparente. | Tamaño | Por ejemplo, de 4 a 36 pulgadas. | Por ejemplo, de 4 a 36 pulgadas. | 78. Para sustentar sus afirmaciones, la Solicitante proporcionó un cuadro comparativo con las principales características físicas, así como fotografías de su catálogo de productos, imágenes de páginas de Internet del producto chino y muestras físicas. 79. Con base en la información anterior, la Secretaría observó que tanto el producto nacional como el producto objeto de investigación se presentan en diversas formas, tamaños, colores y diseños con diferentes estampados, por ejemplo, de personajes famosos, con mensajes conmemorativos y/o publicitarios. 80. Asimismo, la Solicitante proporcionó dos análisis de laboratorio realizados por el Centro de Investigación en Química Aplicada, acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), donde se registran los resultados obtenidos por dicho organismo al comparar estructural y químicamente globos de plástico metalizado nacionales y chinos. El análisis se realizó para dos muestras que representan las combinaciones en que se fabrican los globos de plástico metalizado: muestra 1 de nylon más polietileno y muestra 2 de poliéster más polietileno. 81. De acuerdo con los resultados de laboratorio, la Secretaría observó que tanto el producto objeto de investigación como el nacional tienen una estructura similar, dado que contienen los mismos elementos en la composición de esta: tintas, aglomerado aluminizado. En la muestra 1: poliamida 6 (Nylon6). En la muestra 2: polietilentereftalato (PET), poliuretano (como adhesivo) y mezcla de polietilenos: polietileno de baja densidad (PEBD) más polietileno lineal de baja densidad (PELBD). 82. Asimismo, el resultado de laboratorio reportó una determinación sobre el número y espesor de capas en películas. A partir de ello, la Secretaría observó que ambas muestras contienen el mismo número de capas y en los espesores no se advirtieron diferencias significativas. 83. Por otra parte, la Solicitante señaló que el aspecto metalizado de los globos de plástico metalizado se le da al globo al momento de laminar la película de polietileno con la de nylon o poliéster. Agregó que puede existir producto objeto de investigación y nacional con colores no metálicos o mates. 84. De acuerdo con lo descrito en los puntos anteriores, la Secretaría determinó que existen elementos suficientes para considerar, inicialmente, que los globos de plástico metalizado de origen chino y los de fabricación nacional presentan características físicas y composición similares. b. Proceso productivo 85. La Solicitante manifestó que el producto objeto de investigación y el de fabricación nacional utilizan los mismos insumos y el proceso de producción es prácticamente el mismo, conforme a lo descrito en los puntos 12 y 13 de la presente Resolución. Para sustentar lo anterior, proporcionó diagramas de flujo de los procesos productivos, un comparativo de dichos diagramas y videos donde se observa la fabricación de ambos productos. 86. Con base en lo descrito en los puntos anteriores, la información disponible en el expediente administrativo indica que los globos de plástico metalizado de fabricación nacional y los de origen chino se fabrican a partir de los mismos insumos y mediante procesos productivos análogos. c. Normas 87. La Solicitante indicó que la norma NOM 015-SCFI-2007 de "Información comercial-etiquetado para juguetes" aplica para los globos de plástico metalizado. Para acreditarlo, proporcionó copia de la norma, en la cual se indica que tiene como objetivo establecer la información comercial que deben ostentar los juguetes que se comercialicen en el territorio nacional. d. Usos y funciones 88. La información disponible en el expediente administrativo indica que tanto los globos de plástico metalizado de fabricación nacional como los que son objeto de investigación tienen los mismos usos y funciones a que se refiere el punto 15 de la presente Resolución. Ambos productos se utilizan para uso decorativo, como juguetes de niños y medio de expresión social. e. Consumidores y canales de distribución 89. La Solicitante indicó que los globos de plástico metalizado de fabricación nacional y los de origen chino se adquieren por los mismos tipos de clientes (distribuidores mayoristas, minoristas y venta directa a tiendas detallistas), hasta llegar al punto de venta final. Con base en la información que consta en el expediente administrativo, la Secretaría observó que algunos clientes de la Solicitante realizaron importaciones del producto objeto de investigación. f. Determinación 90. A partir de lo descrito en los puntos anteriores, la Secretaría contó con elementos suficientes para determinar, inicialmente, que los globos de plástico metalizado de fabricación nacional son similares al producto objeto de investigación, en virtud de que tienen características físicas y composición semejantes, se fabrican con los mismos insumos y mediante procesos productivos que no muestran diferencias sustanciales y atienden a los mismos consumidores, lo que les permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables, de manera que puedan considerarse similares, en términos de lo dispuesto en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE. 3. Rama de producción nacional y representatividad 91. De conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de producción nacional del producto similar al investigado, como una proporción importante de la producción nacional total de globos de plástico metalizado, tomando en cuenta si son importadoras del producto objeto de investigación o si existen elementos para presumir que se encuentran vinculados con empresas importadoras o exportadoras del mismo. 92. La Solicitante señaló que representó el 98% de la producción nacional del producto similar al investigado en el periodo analizado y que tiene conocimiento de la existencia de otra empresa productora de globos de plástico metalizado en México con la razón social de Innovación en Plástico, S.A. de C.V. ("Innovación en Plástico") y con el nombre comercial "Balum". Para sustentar lo anterior, presentó el estudio de mercado elaborado por la empresa consultora Reliable Source que se describe en el punto 19 inciso ZZ de la presente Resolución. 93. Con base en dicho estudio, la Secretaría observó que la participación de la Solicitante en la producción nacional de globos de plástico metalizado fue estimada a partir del resultado de encuestas personales levantadas en 120 puntos de venta de diversas localidades del país. Con dichas encuestas se estimó la participación de los competidores, a partir de las marcas de producción nacional. 94. La Secretaría previno a Conver para que actualizara la información del estudio de mercado a 2016, toda vez que lo presentó únicamente para 2014 y 2015. Al respecto, Conver respondió que se está llevando a cabo la actualización de dicho estudio con datos de 2016, pero que estará disponible hasta finales de abril de 2017. 95. Por otra parte, la Secretaría realizó requerimientos de información a la CANACINTRA, la CAINTRA, la CAREINTRA, así como a la productora nacional Innovación en Plástico. 96. CAINTRA indicó que dentro de sus afiliados no hay productores de globos de plástico metalizado, en tanto que la CAREINTRA y la CANACINTRA no dieron respuesta al requerimiento que les fue formulado. 97. Por su parte, Innovación en Plástico manifestó ser productora de globos de plástico metalizado y presentó sus datos de producción para el periodo analizado e indicó que no tiene conocimiento de otros productores nacionales de globos de plástico metalizado. Asimismo, expresó que no tiene interés en formar parte de la presente investigación. 98. De acuerdo con la información descrita en los puntos anteriores, la Secretaría observó que la información proporcionada por la Solicitante es congruente con la proporcionada por la productora nacional Innovación en Plástico y confirma de manera inicial, la participación de Conver en la producción nacional de globos de plástico metalizado. 99. Con base en la información del listado oficial de pedimentos de importación del SIC-M, la Secretaría identificó que la Solicitante realizó importaciones del producto objeto de investigación, sin embargo, éstas fueron insignificantes. 100. A partir de lo descrito en los puntos anteriores, la Secretaría determinó que la Solicitante constituye una proporción importante de la producción nacional de los globos de plástico metalizado similares a los investigados, de conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, toda vez que, en el periodo investigado, su producción representó el 98% de la producción nacional total. Adicionalmente, no se contó con elementos que indiquen que la Solicitante se encuentre vinculada a exportadores o importadores del producto objeto de investigación. 4. Mercado internacional 101. La Solicitante señaló que no cuenta con información referente a los principales productores y consumidores de globos de plástico metalizado en el mundo. 102. En este sentido, la Solicitante proporcionó información estadística de la UN Comtrade, referente a exportaciones de China por país de destino para 2013 a 2015 y exportaciones e importaciones mundiales del mismo periodo, para las subpartidas 9503.00 y 9505.90 del Sistema Armonizado, por donde ingresan globos de plástico metalizado. 103. De acuerdo con la información anterior, las exportaciones mundiales registraron una disminución de 22% en 2014 y crecieron 47% en 2015. El principal exportador mundial en 2015 fue China, con una participación de 71%, seguido de Alemania, República Checa y México, con 3%, respectivamente. Exportaciones por país de origen al mundo Subpartidas: 9503.00 y 9505.90 PAS | VOLUMEN (MILES DE TONELADAS) | PARTICIPACIN (%) Vol. | 2013 | 2014 | 2015 | 2013 | 2014 | 2015 | China | 2,512 | 1,633 | 2,997 | 68 | 57 | 71 | Alemania | 113 | 120 | 121 | 3 | 4 | 3 | República Checa | 108 | 107 | 120 | 3 | 4 | 3 | México | 106 | 100 | 112 | 3 | 3 | 3 | Estados Unidos | 80 | 84 | 85 | 2 | 3 | 2 | Otros países (127) | 754 | 819 | 762 | 21 | 29 | 18 | TOTAL | 3,673 | 2,863 | 4,197 | 100 | 100 | 100 | Fuente: UN Comtrade. 104. Las importaciones mundiales registraron una disminución de 6% en 2014 y 3% en 2015. Los principales países importadores del mundo en 2015 fueron: Estados Unidos con 26%, seguido de China con 7% (incluye Hong Kong), Reino Unido con 6%, Alemania con 5% y Francia con 4%. Importaciones del mundo por país Subpartidas: 9503.00 y 9505.90 PAS | VOLUMEN (MILES DE TONELADAS) | PARTICIPACIN (%) Vol. | 2013 | 2014 | 2015 | 2013 | 2014 | 2015 | Estados Unidos | 1,055 | 1,090 | 1,154 | 22 | 24 | 26 | China | 337 | 318 | 293 | 7 | 7 | 7 | Reino Unido | 274 | 316 | 282 | 6 | 7 | 6 | Alemania | 189 | 204 | 209 | 4 | 5 | 5 | Francia | 165 | 165 | 169 | 3 | 4 | 4 | Otros países (157) | 2,785 | 2,425 | 2,277 | 58 | 54 | 52 | TOTAL | 4,804 | 4,517 | 4,384 | 100 | 100 | 100 | Fuente: UN Comtrade. 5. Mercado nacional 105. La Secretaría calculó el mercado nacional de globos de plástico metalizado, a través del CNA, medido como la producción nacional, más importaciones, menos exportaciones. La producción nacional se calculó con la información de la Solicitante y la de Innovación en Plástico. Las exportaciones se calcularon con base en la información que proporcionó la Solicitante para el periodo analizado. De acuerdo con lo anterior, se observó que el CNA se incrementó 26% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 20% en el periodo investigado, lo que significó un incremento acumulado del 52% durante el periodo analizado. 106. La producción nacional registró un crecimiento de 25% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y del 17% en el periodo investigado, con ello, acumuló un incremento del 45% en el periodo analizado. La Producción Nacional Orientada al Mercado Interno (PNOMI) registró participaciones en el CNA de 22% en los periodos septiembre de 2013-agosto de 2014 y septiembre de 2014-agosto de 2015, respectivamente, y de 26% en el periodo investigado, lo que significó un incremento de 4 puntos porcentuales en el periodo analizado. 107. Las importaciones totales obtenidas conforme a lo descrito en el punto 114 de la presente Resolución, aumentaron 24% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 17% en el periodo investigado, por lo que acumularon un incremento de 44% en el periodo analizado. Dichas importaciones registraron una participación en el CNA de 78% en el periodo septiembre de 2013-agosto de 2014, 76% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y de 74% en el periodo investigado, lo que representó una disminución de 4 puntos porcentuales durante el periodo analizado. 108. Las exportaciones aumentaron 21% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 11% en el periodo investigado, lo que significó un incremento acumulado de 34% durante el periodo analizado. 109. La oferta nacional de los globos de plástico metalizado de origen chino y de otras fuentes de abastecimiento provino de 17 países en el periodo analizado. Los principales proveedores fueron China y los Estados Unidos, los cuales representaron, en conjunto, el 99% de las importaciones totales en el periodo investigado. 110. La Solicitante indicó que los globos de plástico metalizado de origen chino y los de fabricación nacional se distribuyen en todo el territorio nacional, principalmente, en las ciudades más importantes y se venden a través de los mismos canales de comercialización. 111. De acuerdo con la razón social de los importadores y clientes de la Solicitante, así como la información que la Secretaría obtuvo de sus páginas de Internet, se observó que los principales clientes e importadores del producto objeto de investigación se ubicaron en ciudades de diversos estados como: Jalisco, Ciudad de México, Nuevo León, Tamaulipas, Michoacán, Sinaloa, Estado de México, San Luis Potosí, Puebla, Guanajuato y Aguascalientes. La Secretaría observó que, en general, son distribuidores, lo que permite presumir que, en efecto, los globos de plástico metalizado de origen chino y los de fabricación nacional se destinan a los mismos consumidores y mercados, lo que refleja su intercambiabilidad comercial. 6. Análisis real y potencial de las importaciones 112. De conformidad con lo establecido en los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 fracción I y 42 fracción I de la LCE y 64 fracción I y 68 del RLCE, la Secretaría evaluó el comportamiento y la tendencia de las importaciones del producto objeto de investigación, efectuadas durante el periodo analizado, tanto en términos absolutos como en relación con la producción o el consumo nacional. Asimismo, analizó si el comportamiento del volumen de las importaciones originarias de China sustenta la probabilidad de que éstas aumenten sustancialmente en el futuro inmediato. 113. La Solicitante manifestó que las importaciones del producto objeto de investigación ingresan a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE y que por éstas ingresan productos distintos al investigado; por ello, presentó una metodología para identificar las importaciones de globos de plástico metalizado (originarias de China y de otros países), a partir de la base de importaciones del SAT, conforme a los criterios descritos en el punto 35 de la presente Resolución. 114. Con la finalidad de estimar el valor y el volumen de las importaciones de globos de plástico metalizado, la Secretaría se allegó del listado de pedimentos de importación del SIC-M, correspondientes a las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, para el periodo analizado y consideró lo siguiente: a. identificó y consideró en su análisis las operaciones de importación cuya descripción registraba "globos metálicos", "globos metalizados", "globos" y "globo"; b. se allegó de una muestra de pedimentos de importación, con sus respectivas facturas. A partir de dicha información, excluyó algunas transacciones que no correspondían al producto objeto de investigación y modificó una operación que registraba piezas en lugar de kilogramos, en particular, un pedimento de septiembre de 2015 que registraba un volumen significativo; c. la Secretaría replicó la metodología propuesta por la Solicitante que se describe en el punto 35 de la presente Resolución. Cabe señalar que al revisar la información sobre las páginas de Internet de las empresas importadoras y exportadoras, se encontró coincidencia con las afirmaciones hechas por Conver, por lo que, en general, se consideró que los criterios aplicados para identificar las importaciones son razonables, para efectos del inicio de la investigación, y d. la Secretaría consideró las operaciones de importación correspondientes a globos de plástico metalizado con otros productos y globos con otros productos, sin aplicar los porcentajes de proporción por operación propuestos por la Solicitante, al representar un volumen que no modificaría de manera significativa los indicios observados en esta etapa de la investigación, en promedio, el 4% del volumen total de las importaciones que ingresaron por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, en el periodo analizado. 115. La Secretaría consideró que la Solicitante proporcionó la información que tuvo razonablemente a su alcance, en virtud de no tener acceso a los pedimentos de importación. No obstante, en la siguiente etapa de la investigación, se allegará de mayor información. 116. La Solicitante señaló que se registró un crecimiento considerable en el volumen de las importaciones de globos de plástico metalizado de origen chino en el periodo analizado y el investigado, así como que no existen elementos para suponer que esa tendencia cambiará, pues el mercado creció durante el periodo investigado. También indicó que el incremento de las importaciones se debe a los precios tan bajos de las mismas. 117. Con base en la información descrita en los puntos anteriores, la Secretaría observó que las importaciones totales aumentaron 24% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 17% en el periodo investigado, con ello, acumularon un incremento del 44% en el periodo analizado. 118. Por su parte, las importaciones originarias de China registraron un aumento de 22% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 45% en el periodo investigado, lo que significó un crecimiento acumulado de 76% en el periodo analizado. Dichas importaciones mostraron una participación creciente en el total importado, al representar el 39% en el periodo septiembre de 2013-agosto de 2014, 38% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 48% en el periodo investigado, lo que significó un incremento acumulado de 9 puntos porcentuales en el periodo analizado. 119. Las importaciones originarias de países distintos a China crecieron 25% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y en el periodo investigado registraron una caída del 1%, con lo que acumularon un crecimiento del 24% en el periodo analizado. 120. La Solicitante manifestó que el incremento de las importaciones investigadas también ha significado un incremento de la participación de éstas en el CNA y, a su vez, han desplazado la participación de los globos de plástico metalizado de fabricación nacional del mercado. 121. En términos del mercado nacional, la Secretaría observó que las importaciones originarias de China tuvieron una participación en el CNA del 30% en el periodo septiembre de 2013-agosto de 2014, 29% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015, mientras que en el periodo investigado incrementaron su participación a 35%, lo que significó un incremento de 6 puntos porcentuales en el periodo investigado y de 5 puntos porcentuales en el periodo analizado. 122. La participación de las importaciones originarias de países distintos a China en el CNA disminuyó durante el periodo analizado 9 puntos porcentuales, al registrar una participación del 48% en el periodo septiembre de 2013-agosto de 2014, 47% en septiembre de 2014-agosto de 2015 y bajar al 39% en el periodo investigado. 123. En relación con la producción nacional, las importaciones originarias de China se mantuvieron constantes en los periodos septiembre de 2013-agosto de 2014 y septiembre de 2014-agosto de 2015, con una participación del 34%, respectivamente. Sin embargo, en el periodo investigado aumentaron 8 puntos porcentuales, para situarse en 42%. Lo anterior, significó un aumento en el periodo analizado de 8 puntos porcentuales. 124. Ante un contexto de crecimiento de mercado, de acuerdo con lo descrito en el punto 106 de la presente Resolución, la rama de producción nacional fue la que menos se benefició, al aumentar su participación en el CNA en solo 4 puntos porcentuales durante el periodo analizado, al pasar del 20% al 24%: incrementó su participación 2 puntos porcentuales en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 1 punto porcentual en el periodo investigado; en tanto que en este último periodo, las importaciones investigadas en presuntas condiciones de discriminación de precios registraron un incremento de 6 puntos porcentuales. 125. Los resultados descritos en los puntos anteriores indican que las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China tuvieron un crecimiento en el periodo analizado en términos absolutos y relativos. En particular, en relación con el CNA, dichas importaciones aumentaron 6 puntos porcentuales en el periodo investigado, mientras que la PNOMI registró un incremento en el CNA de 1 punto porcentual en el mismo periodo. Este comportamiento podría atribuirse al crecimiento de las importaciones del producto objeto de investigación registrado durante el periodo analizado, situación que así lo sustenta lo descrito en el punto 118 de la presente Resolución. 126. La Solicitante manifestó que se prevé que las importaciones del producto objeto de investigación sigan creciendo al menos a la mitad de la tasa que se registró en el periodo investigado, de no existir algún evento o cambio en el mercado y que hasta el momento no se prevé que exista. Por tanto, de continuar la tendencia a la baja en los precios de dichas importaciones, la rama de producción nacional continuará siendo desplazada por el producto chino, en un corto plazo. 127. La Solicitante estimó que las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China podrían incrementarse 36% en el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017. Para obtener dicha proyección, consideró que dichas importaciones aumentarían la mitad del periodo anterior comparable. 128. Adicionalmente, señaló que las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de otros países se mantienen constantes, derivado del crecimiento de las importaciones de origen chino que inundan el mercado nacional, por lo que, cuando mucho, colocarán en el mercado el mismo volumen del periodo investigado. 129. La Secretaría consideró de manera inicial que la metodología propuesta por la Solicitante para estimar las importaciones de globos de plástico metalizado de China y de otros orígenes es razonable, dado que refleja el comportamiento observado en el periodo investigado y la replicó en el listado oficial de importaciones del SIC-M. Con ello, la Secretaría observó que las importaciones del producto objeto de investigación aumentarían en el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017 en la mitad de la variación del periodo investigado, en tanto que su participación en el CNA se incrementaría en 4 puntos porcentuales, situándose en 39%. 130. Por el contrario, la PNOMI de la rama de producción nacional representaría el 24% del CNA en el periodo proyectado, lo que significaría mantener su participación de mercado igual a la registrada en el periodo investigado, como consecuencia de la situación que se prevé que enfrente la rama de producción nacional para seguir compitiendo con niveles de precios bajos con significativos márgenes de subvaloración del producto objeto de investigación. 131. Con base en lo descrito en los puntos anteriores, la Secretaría determinó inicialmente que existen indicios suficientes que sustentan la probabilidad fundada de que en el futuro inmediato aumenten considerablemente las importaciones del producto objeto de investigación, a un nivel que, dada la tasa significativa de incremento que registraron en el mercado nacional y los precios a los que concurrieron, incrementen su participación en el mercado, en detrimento de la rama de producción nacional. 7. Efectos reales y potenciales sobre los precios 132. De conformidad con los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 fracción II y 42 fracción III de la LCE y 64 fracción II y 68 del RLCE, la Secretaría analizó si las importaciones del producto objeto de investigación concurrieron al mercado mexicano a precios considerablemente inferiores a los del producto nacional similar, o bien, si el efecto de dichas importaciones fue hacer bajar los precios internos o impedir el aumento que, en otro caso, se hubiera producido; si el nivel de precios de las importaciones del producto objeto de investigación fue determinante para explicar su comportamiento en el mercado nacional y si existen indicios que sustenten que los precios a los que se realizan harán aumentar la cantidad demandada de dichas importaciones. 133. La Solicitante manifestó que el incremento de las importaciones del producto objeto de investigación se explica completamente por sus precios bajos y los altos márgenes de discriminación de precios. Agregó que los precios de dichas importaciones se posicionaron muy por debajo de los precios de México y de las importaciones de otros países, y que estos niveles de precios, aunado al tamaño de este país a nivel mundial y el potencial disponible para exportar a México, han impactado negativamente los precios de la industria nacional, por lo que ha tenido que disminuir sus precios debido a la presión de los precios dumping de China. 134. Con el fin de evaluar los argumentos de la Solicitante, la Secretaría consideró la información de las importaciones, conforme a lo descrito en el punto 114 de la presente Resolución. Con base en dicha información, la Secretaría calculó los precios implícitos promedio de las importaciones del producto objeto de investigación y las de otros orígenes. Al respecto, observó que el precio promedio de las importaciones investigadas disminuyó 23% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y se incrementó 33% en el periodo investigado, con lo que acumuló un crecimiento del 2% en el periodo analizado. 135. El precio promedio de las importaciones de otros orígenes disminuyó 14% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 4% en el periodo investigado, lo que representó una disminución acumulada del 17% en el periodo analizado. 136. Por su parte, el precio promedio de venta al mercado interno de la rama de producción nacional, medido en dólares, disminuyó 7% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 17% en el periodo investigado, lo que significó un decremento acumulado del 22% en el periodo analizado. 137. Con la finalidad de evaluar la existencia de subvaloración, la Secretaría comparó los precios de las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China y de otros orígenes a nivel frontera, más gastos de internación (arancel y derechos de trámite aduanero), con el precio nacional de venta al mercado interno de la rama de producción nacional. 138. Al respecto, la Secretaría observó que el precio promedio de las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, se ubicó por debajo del precio nacional durante el periodo analizado: 95% en el periodo septiembre de 2013âagosto de 2014, 96% en el periodo septiembre de 2014-agosto de 2015 y 94% en el periodo investigado. Con respecto al precio promedio de las importaciones de otros orígenes, la subvaloración observada en los mismos periodos fue de 88%, 90% y 86%, respectivamente. Este comportamiento sustenta el argumento de la Solicitante, en el sentido de que la subvaloración observada del precio de las importaciones de globos de plástico metalizado de China presionó a la baja al precio nacional, tal como se observa en la siguiente gráfica: Precios de las importaciones vs precio nacional y otros países Fuente: SIC-M y la Solicitante. 139. La Solicitante señaló que los precios de las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China registran importantes niveles de subvaloración y éstos siguen aumentando, dada la caída de los precios de dichas importaciones. Agregó que esta subvaloración, aunada a la gran disponibilidad de producto para exportar de China, es suficiente para dejar a la producción nacional sin clientela. Destacó que se ha visto forzada a disminuir sus precios y que, de continuar las tendencias registradas en el periodo investigado, aun en un escenario conservador, se proyecta que en el corto plazo su rentabilidad desaparezca por completo y tenga que suspender su operación. 140. Con base en las estadísticas de importación del producto objeto de investigación que obtuvo del SAT, la Solicitante estimó que en el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017, el precio de las importaciones originarias de China y de otros orígenes se mantendrían constantes. Por lo que se refiere al precio nacional, consideró que seguirá cayendo en el periodo posterior al investigado, con la misma tendencia a la baja del periodo investigado. 141. La Secretaría consideró razonable, de manera inicial, que para el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017, los precios de las importaciones originarias de China y de otros orígenes, así como el precio nacional mantengan el comportamiento registrado en el periodo investigado. 142. De acuerdo con lo señalado en el punto anterior, la Secretaría replicó la metodología para estimar los precios de las importaciones de globos de plástico metalizado en las estadísticas de importación del SIC-M. Al respecto, observó que en el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017, el precio de las importaciones originarias de China y el de otros orígenes se mantendrían constantes, en tanto que el precio de venta de la rama de producción nacional se reduciría 17%. 143. Dicho comportamiento traería como consecuencia que los niveles de subvaloración entre el producto originario de China y el nacional sería del 93% en el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017. Con respecto al precio de las importaciones de otros orígenes, las importaciones de China mantendrían niveles de subvaloración del 86% en el mismo periodo proyectado. 144. De acuerdo con lo descrito en los puntos anteriores, la Secretaría determinó de manera inicial que durante el periodo analizado y, en particular, en el periodo investigado, las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, se realizaron con niveles significativos de subvaloración, con respecto a los precios nacionales, así como a los precios de las importaciones originarias de otros países. Asimismo, se estima que en el periodo septiembre de 2016-agosto de 2017 los precios nacionales disminuirán de manera significativa, como consecuencia de la subvaloración que registró el precio de las importaciones originarias de China durante el periodo analizado. Lo anterior, indica que de continuar concurriendo las importaciones del producto objeto de investigación en tales condiciones, constituirían un factor determinante para incentivar la demanda por mayores importaciones en el mercado mexicano, en detrimento de la rama de producción nacional. 8. Efectos reales y potenciales sobre la rama de producción nacional | |