RESOLUCI<CHAR: 8220/>N del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos del Partido del Trabajo

RESOLUCIN del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos del Partido del Trabajo. (Continúa en la Tercera Sección).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG332/2017.

RESOLUCIN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS BÁSICOS DEL PARTIDO DEL TRABAJO
ANTECEDENTES
I.     En sesión ordinaria celebrada el trece de enero de mil novecientos noventa y tres, el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral otorgó el registro como Partido Político Nacional al Partido del Trabajo, toda vez que cumplió con los requisitos y el procedimiento establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
II.     En sesiones celebradas los días veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y tres, diez de octubre de mil novecientos noventa y seis, catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve, nueve de agosto de dos mil uno, tres de julio de dos mil dos, veintiuno de septiembre de dos mil cinco, veintinueve de septiembre de dos mil ocho, veintisiete de octubre de dos mil diez, veinticinco de mayo de dos mil once y veinticuatro de octubre de dos mil catorce el Consejo General aprobó diversas modificaciones a los Documentos Básicos del Partido del Trabajo.
III.    El Partido del Trabajo se encuentra en pleno goce de sus derechos y sujeto a las obligaciones previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley General de Partidos Políticos.
IV.   El veinticuatro de junio de dos mil diecisiete se celebró el 10º Congreso Nacional Ordinario del Partido del Trabajo, en el cual se aprobaron diversas modificaciones a sus Documentos Básicos.
V.    Mediante oficio REP-PT-INE-PVG-077/2017 recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto el veintinueve de junio de dos mil diecisiete, el Representante Propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo General informó, a esta autoridad electoral, de las modificaciones a los Documentos Básicos de dicho partido y remitió diversa documentación.
VI.   El cuatro de julio del presente año, mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/1773/2017, dirigido al Representante Propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo General, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos formuló diversas observaciones de fondo respecto de las modificaciones a los Estatutos del mencionado instituto político, para que realizara las adecuaciones pertinentes, o en su caso, manifestara lo que considerara conveniente.
VII.   El once de julio del año en curso, mediante oficio REP-PT-INE-PVG-081/2017, recibido el día de la fecha en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, el Representante Propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo General remitió la documentación soporte para acreditar las modificaciones a los Estatutos aprobadas por la Comisión de Corrección de Estilo, Redacción y Constitucionalidad de los Acuerdos, Decisiones, Resoluciones, Elecciones y Nombramientos del 10º Congreso Nacional Ordinario del mencionado instituto político, en adelante Comisión de Corrección de Estilo, en atención al requerimiento precisado en el punto que antecede.
VIII.  La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos integró el expediente con la documentación presentada por el Partido del Trabajo, con la cual se acredita la celebración de su 10º Congreso Nacional Ordinario.
IX.   En sesión extraordinaria privada efectuada el dieciocho de julio de dos mil diecisiete, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General conoció el AnteProyecto de Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Documentos Básicos del Partido del Trabajo.
X.    El diecinueve de julio de dos mil diecisiete, mediante oficio REP-PT-INE-PVG-090/2017, los integrantes de la Comisión de Corrección de Estilo, informaron la determinación de retirar de la reforma estatutaria el artículo TERCERO TRANSITORIO.
       Al tenor de los antecedentes que preceden; y
 
CONSIDERANDO
1.     El artículo 41, párrafo segundo, Base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, preceptúa que los partidos políticos son entidades de interés público, que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales.
2.     El artículo 41, párrafo segundo, Base V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 29, párrafo 1; 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo que tiene como función estatal la organización de las elecciones, autoridad en la materia y cuyas actividades se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
3.     El artículo 44, párrafo 1, inciso j) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales determina que es atribución del Consejo General vigilar que los partidos políticos cumplan con las obligaciones a que están sujetos y que sus actividades se desarrollen con apego a la citada ley y a la Ley General de Partidos Políticos.
4.     El artículo 25, párrafo 1, inciso l) de la Ley General de Partidos Políticos, establece la obligación de los partidos políticos de comunicar al Instituto cualquier modificación a sus documentos básicos dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se tome el acuerdo correspondiente.
5.     El día veinticuatro de junio de dos mil diecisiete el Partido del Trabajo celebró su 10º Congreso Nacional Ordinario en el cual se aprobaron, entre otros asuntos, diversas modificaciones a sus Documentos Básicos.
6.     Los días veintinueve de junio, once y diecinueve de julio de dos mil diecisiete el Partido del Trabajo, por medio de su Representante Propietario ante el Consejo General, remitió diversa documentación soporte con la que se pretende acreditar, conforme a su normatividad estatutaria, la integración, instalación y sesión del 10º Congreso Nacional Ordinario, en el que se aprobaron diversas modificaciones a sus Documentos Básicos. Dicha documentación consta de:
       a) Originales:
-     Convocatoria al 10º Congreso Nacional Ordinario del Partido del Trabajo de fecha veintidós de febrero de dos mil diecisiete.
-     Lista de asistencia de los integrantes y delegados convocados al 10º Congreso Nacional Ordinario.
-     Dictamen que emite la Comisión de Revisión, Acreditación y Registro del 10º Congreso Nacional Ordinario del Partido del Trabajo, relativo a la declaración de la existencia del quórum legal para sesionar de manera ordinaria.
-     Acta del 10º Congreso Nacional Ordinario celebrado el veinticuatro de junio de dos mil diecisiete.
-     Acuerdos de los delegados nombrados por la Comisión Ejecutiva Nacional para participar en el 10º Congreso Nacional Ordinario, conforme a los artículos 25, inciso h) y 40, párrafo segundo de los Estatutos.
-     Oficios, de fechas once y diecinueve de julio de dos mil diecisiete, signados por los integrantes de la Comisión de Corrección de Estilo.
       b) Copias certificadas:
-     Certificación del registro del Secretario Técnico de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo.
-     Convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo de fecha trece de febrero de dos mil diecisiete.
-     Acuses de recibo de la convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Coordinadora Nacional.
-     Publicación de la Convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Coordinadora Nacional en estrados.
 
-     Lista de asistencia a la Sesión Ordinaria de la Comisión Coordinadora Nacional.
-     Acta de la Sesión Ordinaria de la Comisión Coordinadora Nacional celebrada el dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.
-     Convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo de fecha dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.
-     Acuses de recibo de la convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional.
-     Correo electrónico de la notificación de la convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional.
-     Publicación de la Convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional en estrados.
-     Lista de asistencia a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional.
-     Acta de la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional celebrada el veintidós de febrero de dos mil diecisiete.
-     Listas de los delegados electos en los congresos estatales para participar en el 10º Congreso Nacional Ordinario, conforme al artículo 25, inciso g) de los Estatutos.
       c) Diversa documentación:
-     Publicación de la convocatoria al 10º Congreso Nacional Ordinario en el periódico de circulación nacional denominado "El Sol de México" de fecha siete de junio de dos mil diecisiete.
-     Reglamento de Debates, Participaciones y Votaciones del 10º Congreso Nacional Ordinario del Partido del Trabajo.
-     Textos de la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos en formato impreso.
-     Cuadros comparativos de las reformas a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos en formato impreso.
-     CD que contiene cuadros comparativos de las reformas a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos, así como los textos en formato Word.
-     Acuses de recibo de la notificación por oficio de la sentencia con el número de expediente SUP-JDC-369/2017, SUP-JDC-399/2017 y SUP-JDC-445/2017, acumulados, emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en adelante Sala Superior.
-     Textos de la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos modificados por la Comisión de Corrección de Estilo, en formato impreso.
-     CD que contiene textos de la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos modificados por la Comisión de Corrección de Estilo, en formato Word.
7.     De conformidad con lo previsto en el artículo 46, párrafo 1, inciso e) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos auxilió a la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos en el análisis de la documentación presentada por el Partido del Trabajo, a efecto de verificar el apego de la instalación, desarrollo y determinaciones tomadas en el 10º Congreso Nacional Ordinario, a la normatividad estatutaria aplicable.
8.     El Congreso Nacional del Partido del Trabajo tiene atribuciones para realizar reformas y cambios a los Documentos Básicos, en términos de lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la norma estatutaria vigente, que a la letra señala:
"Artículo 29. Son atribuciones del Congreso Nacional ordinario y extraordinario:
(...)
d) Realizar las reformas y los cambios que se consideren convenientes en la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos del Partido del Trabajo.
(...)"
 
9.     La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, analizó la documentación presentada por el Partido del Trabajo. Del estudio realizado se constató que el 10º Congreso Nacional Ordinario se llevó a cabo con apego a lo previsto en los artículos 24; 25; 26; 28; 29, inciso d); 30; 37; 37 Bis; 39, inciso c) y 40, párrafo segundo de los Estatutos vigentes de dicho partido, en razón de lo siguiente:
a)   Con fecha veintidós de febrero de dos mil diecisiete, la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo aprobó por unanimidad la Convocatoria al 10º Congreso Nacional Ordinario.
b)   Dicha convocatoria fue publicada en un diario de circulación nacional el siete de junio del presente año.
c)   En el 10º Congreso Nacional Ordinario, efectuado el veinticuatro de junio de dos mil diecisiete, se encontraron presentes setecientos catorce de los setecientos ochenta y siete integrantes acreditados ante el Instituto Nacional Electoral, lo que constituye un quórum del 90.72%.
d)   De conformidad con el Acta del 10º Congreso Nacional Ordinario las modificaciones a los Documentos Básicos fueron aprobadas por mayoría de votos de los congresistas presentes, con el voto en contra de dos de ellos.
e)   En el Congreso mencionado se aprobó la integración y constitución de la Comisión de Corrección de Estilo para realizar los ajustes, adecuaciones o modificaciones derivadas de las observaciones elaboradas por el Instituto Nacional Electoral y/o la Sala Superior.
10.   Derivado del análisis vertido en los considerandos anteriores esta autoridad electoral determina la validez del 10º Congreso Nacional Ordinario del Partido del Trabajo, celebrado el veinticuatro de junio de dos mil diecisiete, por lo cual resultan procedentes las modificaciones realizadas a sus Documentos Básicos.
11.   De conformidad con lo previsto en el artículo 10, párrafo 2, inciso a), en relación con el 35 de la Ley General de Partidos Políticos, corresponde a los Partidos Políticos contar con documentos básicos, los cuales deben cumplir con lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 de la mencionada Ley.
12.   La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos procedió al análisis y discusión de las modificaciones presentadas a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos del Partido del Trabajo, determinando que se trata de documentos modificados con respecto a los textos vigentes, por lo que no conforman documentos básicos nuevos.
13.   En relación a las modificaciones de los Documentos Básicos, es de precisar que la Sala Superior al resolver el recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-40/2004, en su Considerando Segundo determinó que este Consejo General debe ceñirse al análisis de aquellas disposiciones que sufran modificaciones sustanciales y que por lo tanto, atendiendo al principio de seguridad jurídica, no es factible que se emita un nuevo pronunciamiento respecto de aquellos preceptos cuyo contenido se mantiene y que ya fueron motivo de una declaración previa. En este sentido serán analizadas las modificaciones a los Documentos Básicos presentadas por el Partido del Trabajo.
14.   Por lo que hace a las modificaciones realizadas a la Declaración de Principios del Partido del Trabajo se observa que son acordes con su libertad de autoorganización ya que se redefinen algunos de sus postulados ideológicos tanto de carácter político, económico y social, como son la oposición a la privatización de los recursos naturales del país, la restricción salarial que sufre la clase trabajadora, así como la propuesta de un bloque de fuerzas democráticas y progresistas y el apoyo a los compromisos tomados en recientes acuerdos internacionales respecto al medio ambiente.
       Por otra parte se advierten modificaciones relacionadas con la adecuación a la normativa vigente, así como ajustes en la redacción que no implican cambio al sentido de los postulados.
15.   En cuanto a las modificaciones realizadas al Programa de Acción del Partido del Trabajo se advierte que son acordes con su libertad de autoorganización debido a que los cambios realizados que se presentan en ciertas líneas de acción, no contravienen los principios ideológicos de dicho partido, entre algunas de las acciones promovidas encontramos la creación de instrumentos de contraloría social, el impulso de la educación tecnológica y agropecuaria, la construcción de un nuevo orden que rompa con la hegemonía política, la instrumentación de una pensión universal que consista en apoyo económico y protección a la salud, una mayor inversión en la educación, así como la construcción de viviendas de interés social, entre otros.
 
       Por otra parte se advierten modificaciones relacionadas con la adecuación a la normativa vigente, así como ajustes en la redacción que no implican cambio al sentido de los postulados.
16.   De lo dispuesto en el artículo 34, párrafo 1 de la Ley General de Partidos Políticos, se advierte que los asuntos internos de los partidos políticos comprenden el conjunto de actos y procedimientos relativos a su organización y funcionamiento con base en las disposiciones previstas en la Constitución, en la mencionada Ley y en la normativa interna que aprueben sus órganos de dirección.
17.   De conformidad con lo previsto en el artículo 36, párrafo 1 de la Ley General de Partidos Políticos, para la declaratoria de procedencia constitucional y legal de los documentos básicos, este Consejo General atenderá el derecho de los partidos políticos para dictar las normas y procedimientos de organización que les permitan funcionar de acuerdo con sus fines.
18.   La Sala Superior en sesión celebrada el primero de marzo de dos mil cinco, aprobó la Jurisprudencia 3/2005, de rubro "ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLTICOS. ELEMENTOS MNIMOS PARA CONSIDERARLOS DEMOCRÁTICOS", la cual describe los elementos mínimos que deben contener los Estatutos de los Partidos Políticos Nacionales para ser considerados democráticos, los cuales también se encuentran inmersos en la Ley General de Partidos Políticos. El texto de la mencionada jurisprudencia es del tenor siguiente:
"ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLTICOS. ELEMENTOS MNIMOS PARA CONSIDERARLOS DEMOCRÁTICOS. El artículo 27, apartado 1, incisos c) y g), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, impone a los partidos políticos la obligación de establecer en sus Estatutos, procedimientos democráticos para la integración y renovación de los órganos directivos; sin embargo, no define este concepto, ni proporciona elementos suficientes para integrarlo jurídicamente, por lo que es necesario acudir a otras fuentes para precisar los elementos mínimos que deben concurrir en la democracia; los que no se pueden obtener de su uso lingístico, que comúnmente se refiere a la democracia como un sistema o forma de gobierno o doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno, por lo que es necesario acudir a la doctrina de mayor aceptación, conforme a la cual, es posible desprender, como elementos comunes característicos de la democracia a los siguientes: 1. La deliberación y participación de los ciudadanos, en el mayor grado posible, en los procesos de toma de decisiones, para que respondan lo más fielmente posible a la voluntad popular; 2. Igualdad, para que cada ciudadano participe con igual peso respecto de otro; 3. Garantía de ciertos derechos fundamentales, principalmente, de libertades de expresión, información y asociación, y 4. Control de órganos electos, que implica la posibilidad real y efectiva de que los ciudadanos puedan elegir a los titulares del gobierno, y de removerlos en los casos que la gravedad de sus acciones lo amerite. Estos elementos coinciden con los rasgos y características establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que recoge la decisión de la voluntad soberana del pueblo de adoptar para el Estado mexicano, la forma de gobierno democrática, pues contempla la participación de los ciudadanos en las decisiones fundamentales, la igualdad de éstos en el ejercicio de sus derechos, los instrumentos para garantizar el respeto de los derechos fundamentales y, finalmente, la posibilidad de controlar a los órganos electos con motivo de sus funciones. Ahora bien, los elementos esenciales de referencia no deben llevarse, sin más, al interior de los partidos políticos, sino que es necesario adaptarlos a su naturaleza, a fin de que no les impidan cumplir sus finalidades constitucionales. De lo anterior, se tiene que los elementos mínimos de democracia que deben estar presentes en los partidos políticos son, conforme al artículo 27, apartado 1, incisos b), c) y g) del Código Electoral Federal, los siguientes: 1. La asamblea u órgano equivalente, como principal centro decisor del partido, que deberá conformarse con todos los afiliados, o cuando no sea posible, de un gran número de delegados o representantes, debiéndose establecer las formalidades para convocarla, tanto ordinariamente por los órganos de dirección, como extraordinariamente por un número razonable de miembros, la periodicidad con la que se reunirá ordinariamente, así como el quórum necesario para que sesione válidamente; 2. La protección de los derechos fundamentales de los afiliados, que garanticen el mayor grado de participación posible, como son el voto activo y pasivo en condiciones de igualdad, el derecho a la información, libertad de expresión, libre acceso y salida de los afiliados del partido; 3. El establecimiento de procedimientos disciplinarios, con las garantías procesales mínimas, como un procedimiento previamente establecido, derecho de audiencia y defensa, la tipificación de las irregularidades así como la proporcionalidad en las sanciones, motivación en la determinación o Resolución respectiva y competencia a órganos sancionadores, a quienes se asegure independencia e imparcialidad; 4. La existencia de procedimientos de elección donde se garanticen la igualdad en el derecho a elegir dirigentes y candidatos, así como la posibilidad de ser elegidos como tales, que pueden realizarse mediante
el voto directo de los afiliados, o indirecto, pudiendo ser secreto o abierto, siempre que el procedimiento garantice el valor de la libertad en la emisión del sufragio; 5. Adopción de la regla de mayoría como criterio básico para la toma de decisiones dentro del partido, a fin de que, con la participación de un número importante o considerable de miembros, puedan tomarse decisiones con efectos vinculantes, sin que se exija la aprobación por mayorías muy elevadas, excepto las de especial trascendencia, y 6. Mecanismos de control de poder, como por ejemplo: la posibilidad de revocar a los dirigentes del partido, el endurecimiento de causas de incompatibilidad entre los distintos cargos dentro del partido o públicos y establecimiento de períodos cortos de mandato.
Tercera poca:
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-781/2002. Asociación Partido Popular Socialista. 23 de agosto de 2002. Unanimidad de votos.
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-021/2002. José Luis Amador Hurtado. 3 de septiembre de 2003. Unanimidad de votos.
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-259/2004. José Luis Sánchez Campos. 28 de julio de 2004. Unanimidad de votos.
La Sala Superior en sesión celebrada el primero de marzo de dos mil cinco, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.
Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2005. Compilación Oficial, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, páginas 120 a 122".
19.   La Sala Superior, en sesión celebrada el primero de marzo de dos mil cinco, aprobó la Tesis VIII/2005, vigente y obligatoria, de rubro "ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLTICOS. EL CONTROL DE SU CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD DEBE ARMONIZAR EL DERECHO DE ASOCIACIN DE LOS CIUDADANOS Y LA LIBERTAD DE AUTOORGANIZACIN DE LOS INSTITUTOS POLTICOS", la cual establece los criterios mínimos que debe seguir la autoridad electoral en el ejercicio de la supervisión de la constitucionalidad y legalidad de las normas estatutarias de los institutos políticos para armonizar la libertad de autoorganización de los mismos y el derecho político-electoral fundamental de asociación, así como de otros derechos fundamentales de los propios ciudadanos afiliados, miembros o militantes, y que a la letra señala lo siguiente:
"ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLTICOS. EL CONTROL DE SU CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD DEBE ARMONIZAR EL DERECHO DE ASOCIACIN DE LOS CIUDADANOS Y LA LIBERTAD DE AUTOORGANIZACIN DE LOS INSTITUTOS POLTICOS. Los partidos políticos son el resultado del ejercicio de la libertad de asociación en materia política, previsto en los artículos 9o., párrafo primero, 35, fracción III, y 41, párrafo segundo, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como 16 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo cual conlleva la necesidad de realizar interpretaciones de las disposiciones jurídicas relativas que aseguren o garanticen el puntual respeto de este derecho y su más amplia y acabada expresión, en cuanto que no se haga nugatorio o se menoscabe su ejercicio por un indebido actuar de la autoridad electoral. En congruencia con lo anterior, desde la propia Constitución federal, se dispone que los partidos políticos deben cumplir sus finalidades atendiendo a lo previsto en los programas, principios e ideas que postulan, lo cual, a su vez, evidencia que desde el mismo texto constitucional se establece una amplia libertad o capacidad autoorganizativa en favor de dichos institutos políticos. Esto mismo se corrobora cuando se tiene presente que, en los artículos 25, 26 y 27 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se prevén las disposiciones normativas mínimas de sus documentos básicos, sin que se establezca, en dichos preceptos, un entero y acabado desarrollo de los aspectos declarativos, ideológicos, programáticos, orgánicos, procedimentales y sustantivos, porque se suprimiría o limitaría indebidamente esa libertad autoorganizativa para el ejercicio del derecho de asociación en materia político-electoral que se establece en favor de los ciudadanos. Sin embargo, esa libertad o capacidad autoorganizativa de los partidos políticos, no es omnímoda ni ilimitada, ya que es susceptible de delimitación legal, siempre y cuando se respete el núcleo básico o esencial del correspondiente derecho político-electoral fundamental de asociación, así como de otros derechos fundamentales de los propios ciudadanos afiliados, miembros o militantes; es decir, sin suprimir, desconocer o hacer nugatoria dicha libertad gregaria, ya sea porque las limitaciones indebidamente fueran excesivas, innecesarias, no razonables o no las requiera el interés general, ni el orden público. De lo anterior deriva que en el ejercicio del control sobre la constitucionalidad y legalidad respecto de la normativa básica de los partidos políticos, la autoridad electoral (administrativa o jurisdiccional), ya sea en el control oficioso o en el de vía de
acción, deberá garantizar la armonización entre dos principios o valores inmersos, por una parte, el derecho político-electoral fundamental de asociación, en su vertiente de libre afiliación y participación democrática en la formación de la voluntad del partido, que ejercen individualmente los ciudadanos miembros o afiliados del propio partido político, y, por otra, el de libertad de autoorganización correspondiente a la entidad colectiva de interés público constitutiva de ese partido político. En suma, el control administrativo o jurisdiccional de la regularidad electoral se debe limitar a corroborar que razonablemente se contenga la expresión del particular derecho de los afiliados, miembros o militantes para participar democráticamente en la formación de la voluntad partidaria (específicamente, en los supuestos legalmente previstos), pero sin que se traduzca dicha atribución de verificación en la imposición de un concreto tipo de organización y reglamentación que proscriba la libertad correspondiente del partido político, porque será suficiente con recoger la esencia de la obligación legal consistente en el establecimiento de un mínimo democrático para entender que así se dé satisfacción al correlativo derecho de los ciudadanos afiliados, a fin de compatibilizar la coexistencia de un derecho individual y el que atañe a la entidad de interés público creada por aquéllos.
Tercera poca:
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-803/2002. Juan Hernández Rivas. 7 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Orozco Henríquez. Secretario: Gustavo Avilés Jaimes.
La Sala Superior en sesión celebrada el primero de marzo de dos mil cinco, aprobó por unanimidad de votos la tesis que antecede.
Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2005. Compilación Oficial, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, páginas 559 y 560".
20.   Para el estudio de las modificaciones a los Estatutos del Partido del Trabajo, éstas serán clasificadas conforme a lo siguiente:
a)   Aquellas modificaciones que se realizan en adecuación a la normatividad vigente: artículos 4, 11, 12, 13, 16, 20, 22, 23, 25, 26, 27, 33, 34, 39, 39 Bis, 40, 41, 42, 44, 46, 47, 47 Bis, 49, 50 Bis, 53, 53 Bis, 54, 55 Bis, 55 Bis5, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 71 Bis, 72, 73, 74, 75, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 107, 117, 118, 119 Bis, 121, 122, 131 y 133.
b)   Aquellas modificaciones que se realizan en ejercicio de su libertad de autoorganización: artículos 6, 10, 15, 15 Bis2, 29, 43, 48, 50 Bis1, 50 Bis2, 50 Bis3, 50 Bis4, 50 Bis5, 51, 76, 114, 119 Bis1 y 132.
c)   Se derogan del texto vigente: artículos 78 Bis, 78 Bis1, 78 Bis2, 78 Bis3, 78, Bis4 y 78 Bis5.
21.   Por lo que hace a las modificaciones a los artículos precisados en el inciso a) del considerando anterior, éstas fueron realizadas con base en el artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y consisten en la actualización de la denominación de la Ciudad de México, así como de las denominaciones contempladas en su Constitución Política.
22.   En relación a las modificaciones a los artículos señalados en el inciso b) del considerando 20 de esta Resolución, del análisis efectuado, se concluye que las mismas no contravienen el marco constitucional y legal aplicable a los Partidos Políticos Nacionales, además de que se realizan en ejercicio de su libertad de autoorganización, conforme a la citada Tesis VIII/2005 vigente y obligatoria, así como a los artículos 34 y 36, párrafo 1 de la Ley General de Partidos Políticos, dichas modificaciones consisten en:
-     Garantizar la paridad entre los géneros en la integración de los órganos directivos.
-     Establecer que la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos es el órgano responsable de coordinar y conducir los procesos de renovación, elección, reelección o sustitución parcial o total de todos los órganos de dirección, contemplando la posibilidad de integrar Comisiones Estatales y de la Ciudad de México para el mismo fin, lo anterior a consideración de los órganos de dirección en las entidades federativas.
-     Cambiar la integración de la Comisión Coordinadora Nacional, estableciendo un mínimo de nueve integrantes y un máximo de diecisiete.
 
23.   Los artículos señalados en el inciso c) del considerando 20 de la presente Resolución, no han de ser objeto de valoración por parte de esta autoridad electoral, toda vez que la derogación de estos artículos no causa menoscabo alguno al contenido de los Estatutos, o bien, al funcionamiento de los órganos del partido, ni a su vida interna. En consecuencia, conforme al principio de seguridad jurídica, no es factible que esta autoridad emita un nuevo pronunciamiento en virtud de que ya fueron motivo de una declaración anterior.
24.   Los textos íntegros de la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos del Partido del Trabajo, así como las clasificaciones de las modificaciones precisadas en los considerandos que anteceden forman parte integral de la presente Resolución, como ANEXOS UNO, DOS, TRES, CUATRO, CINCO y SEIS; en veinte, veintitrés, ochenta y ocho, trece, diecinueve y ochenta y ocho fojas útiles, respectivamente.
25.   En virtud de los razonamientos vertidos en los considerandos anteriores, este Consejo General estima procedente la declaratoria de constitucionalidad y legalidad de las modificaciones a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos del Partido del Trabajo.
26.   Que a efecto de garantizar el principio de certeza con que debe actuar esta autoridad, resulta pertinente requerir al Partido del Trabajo para que emita los Reglamentos, que, en su caso, deriven de la aprobación de las reformas a sus Estatutos y los remita a esta autoridad para efectos de lo establecido en el artículo 36, párrafo 2 de la Ley General de Partidos Políticos.
27.   En razón de los considerandos anteriores, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos aprobó en sesión extraordinaria privada el AnteProyecto de Resolución en cuestión, y con fundamento en el artículo 42, párrafo 8 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales somete a la consideración del Consejo General el Proyecto de Resolución de mérito.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 41, párrafo segundo, bases I y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; relacionado con los artículos 42, párrafo 8 y 55, párrafo 1, inciso o) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 10, párrafo 2, inciso a); 25, párrafo 1, inciso l); 34; 35 y 36 de la Ley General de Partidos Políticos; 46, párrafo 1, inciso e) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; así como la Jurisprudencia 3/2005 y la Tesis VIII/2005 invocadas, y en ejercicio de las facultades previstas en los artículos 43, párrafo 1 y 44, párrafo 1, incisos j) y jj) de la citada Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dicta la siguiente:
RESOLUCIN
PRIMERO. Se declara la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos del Partido del Trabajo, conforme a los textos aprobados en el 10º Congreso Nacional Ordinario celebrado el veinticuatro de junio de dos mil diecisiete.
SEGUNDO. Se requiere al Partido del Trabajo para que remita a esta autoridad, los Reglamentos derivados de la reforma a sus Estatutos, una vez aprobado por el órgano competente para tal fin, a efecto de proceder conforme a lo señalado por el artículo 36, párrafo 2 de la Ley General de Partidos Políticos.
TERCERO. Notifíquese por oficio la presente Resolución a la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo, para que a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, rija sus actividades al tenor de las Resoluciones adoptadas al respecto.
CUARTO. Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial de la Federación.
La presente Resolución fue aprobada en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 20 de julio de 2017, por diez votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, y un voto en contra de la Consejera Electoral, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez.
El Consejero Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del
Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
ANEXO UNO
Declaración de Principios
I.REALIDAD NACIONAL
1.- La modalidad de acumulación capitalista imperante en México es la causa de las condiciones de atraso y subordinación de nuestra economía, de haber creado un mercado interno estrecho, de instalar una capacidad productiva tecnológicamente obsoleta e insuficientemente empleadora de trabajo, de favorecer el auge del capital financiero especulativo, de promover la privatización de los recursos naturales del país, de marginar a regiones enteras y del bajo crecimiento económico; de contaminar y devastar el medio ambiente y, sobre todo, de incrementar la miseria de la mayoría del pueblo, mediante una severa restricción salarial y la sobreexplotación del trabajador, que permite elevar la sobreganancia empresarial y la transferencia del excedente del producto campesino hacia las empresas industriales y agrícolas, en un contexto de instrumentación de la política económica neoliberal que ha privilegiado la apertura comercial indiscriminada, la cual favorece a los grandes grupos económicos y financieros. En contraste, la migración masiva de mexicanos hacia los Estados Unidos ha sido una de las consecuencias más dolorosas de este modelo. Pero hoy ya no representa una "válvula de escape" al desempleo estructural y crónico que padece nuestro país.
Esta modalidad de acumulación también se traduce en el plano político en una seria limitación para transitar a una democracia participativa directa, porque el poder del pueblo que es el fundamento de la Soberanía de la Nación es entregado al grupo hegemónico bajo el cobijo de la democracia burguesa y las instituciones que de ella emanan. En ese mismo tenor, se ubica la apertura comercial que trata de degradar la identidad nacional mediante la incorporación de estereotipos del extranjero, la destrucción progresiva de las lenguas indígenas, de nuestra cultura y nuestra idiosincrasia.
2.- El Gobierno Federal, los gobiernos Estatales, la mayoría de los gobiernos Municipales, el Congreso de la Unión, el Poder Judicial Federal y Estatal, y además los Congresos Locales han actuado como instrumentos del poder hegemónico de la clase dominante, siendo los aparatos de dominación política de las masas populares, ejerciendo sobre ellas el control político, la manipulación mediática, la coerción y la represión con el ejército y la policía. Ambas instituciones, caracterizadas por su violencia, corrupción, violación de los derechos humanos y delincuencia, han sido, además, las responsables directas de incontables violaciones a las garantías individuales, derechos sociales, especialmente los del pueblo trabajador.
Aunque entre los años 2000â2012 se produjo una doble alternancia en el poder entre el PRI y el PAN, el bloque de derechas que estos dos partidos encabezan se ha dedicado a desmantelar los pilares del Estado del Bienestar, a impulsar las privatizaciones, a reforzar su papel como apéndice de la burguesía internacional, a sobreexplotar a la clase trabajadora mexicana manteniéndola sojuzgada con salarios de miseria y a propiciar un sistema fiscal que no grava la riqueza real que ellos generan y poseen. Esta derecha bicéfala no ha sido capaz de articular un nuevo proyecto de país que incorpore las aspiraciones legítimas de todos los sectores de la población, por lo que mantiene a México en un permanente estado de indefinición y desorden. Es por ello que el Partido del Trabajo enarbola un Proyecto Alternativo de Nación que rompa con las viejas prácticas políticas y los privilegios de la oligarquía empresarial que nos gobierna.
3.- Hay otros aparatos del Estado, que sirven para dominar a las masas cumpliendo funciones corporativas paternalistas, controladoras y hegemónicas. Estos aparatos son los sindicatos y las organizaciones campesinas y de colonos que han estado controladas por el Estado (CTM, CNC, CNOP, CROC, etc.) así como sindicatos patronales y la mayoría de los partidos políticos tradicionales, escuelas, medios de comunicación masiva y el sistema educativo que se encuentran en un proceso de erosión.
Mediante estos aparatos se ha mantenido sistemáticamente marginado al pueblo de las decisiones en los asuntos políticos y se le ha manipulado ideológicamente, convirtiendo a la sociedad en un conglomerado de individuos y grupos dependientes del gobierno para que la dominación no tenga que caracterizarse siempre por la represión. El Estado ha intentado permanentemente inhibir la capacidad del pueblo de tomar iniciativas, haciéndolo sentir incapaz de resolver sus problemas por sus propias fuerzas, formas de organización y de lucha, y de crear alternativas autónomas.
4.- Desde mediados del siglo XIX, las principales iniciativas estratégicas para promover la acumulación capitalista y fortalecer a la gran burguesía privada han provenido de los grupos sociales que detentan el poder del Estado. Estos grupos sociales también son responsables de la instauración del corporativismo de Estado, de la manipulación y control de las clases trabajadoras de la ciudad y del campo. Todas estas acciones son las que han permitido que dichos grupos sociales mantengan el predominio en el bloque de clases en el poder
y sean por lo tanto los responsables fundamentales de nuestra estructura social y de la crisis del período que padecemos.
5.- Las contradicciones entre las distintas fracciones del gran capital que conforman el bloque de derechas en el poder y que se ha expresado en la doble alternancia, no han impedido que se llevara a cabo la consolidación de su sistema de dominación y la aplicación del modelo neoliberal de acumulación capitalista, basado en las estrategias económicas que impone el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y otras entidades financieras que han llevado a la quiebra a las micro, pequeña y mediana empresas y a la economía rural, ello ha traído como consecuencia la depauperación de los niveles de vida de las clases trabajadoras y en general de la población. Esta situación ha generado un recambio del proyecto histórico que promovió el Estado de bienestar, la actual correlación de fuerzas ha favorecido a la derecha, y su reversión depende de la conformación de un bloque de fuerzas democráticas y progresistas y de un mayor nivel de concientización del pueblo para instaurar un Proyecto Alternativo de Nación.
6.- El desarrollo económico de México está en función de la nueva modalidad de acumulación imperante donde los propietarios de los monopolios y oligopolios determinan las acciones del Estado; un Estado capitalista que orienta estratégicamente sus acciones para beneficiar a este bloque y no para resolver los problemas del conjunto de la sociedad. La aplicación abierta de políticas contra el interés general del país se ha decidido desde los altos niveles del capital nacional e internacional.
El sistema político en México es una expresión básicamente derivada de la estructura económica del sistema general que se vive en nuestra sociedad y, por lo tanto, tiende a garantizar el dominio de la oligarquía capitalista y preservar su modo de producción. Ello es así aunque en la definición del poder público se busque conciliar los intereses contradictorios de las diversas clases y estratos sociales o cuando menos establecer las condiciones para la convivencia.
La inmensa mayoría de los problemas de la sociedad mexicana derivan de la naturaleza de explotación, sojuzgamiento y dominación de este sistema y, por lo tanto, la solución de raíz sólo se dará mediante una transformación profunda que elimine estos rasgos, como base de las relaciones entre los seres humanos.
Como una consecuencia de lo anterior, para los más de 11 millones de indígenas mexicanos, la explotación y discriminación que padecen desde hace más de 500 años no sólo continúa, sino que se ha recrudecido, negándoles la solución a sus demandas de democracia, justicia, prosperidad, dignidad y autonomía.
A pesar de la importancia histórica, social y cultural de los pueblos indígenas, sus condiciones de vida siguen siendo deplorables y sus derechos continuamente vulnerados y negados.
7.- Por lo que se refiere a las masas populares, existe un sector importante del pueblo mexicano que de mayoritario se ha convertido en minoritario, que aún mantiene esperanzas en el Estado y lo apoya activamente, creyendo obtener beneficios directos que mejoren su nivel de vida. Pero la mayoría de las masas populares, aunque no confía en el Estado ni lo apoya activamente, carece de una dirección organizada para luchar por su autonomía de clase. Solamente un sector de masas, también minoritario, ha elevado su conciencia de clase y se ha reorganizado para luchar por su autonomía. Los fraudes electorales "a la antigita" y cibernéticos han sido catalizadores del crecimiento exponencial de este sector de la población que reforzó su conciencia de clase que se irradió a capas más amplias de la sociedad mexicana que hoy rechazan las privatizaciones y la política entreguista del bloque dominante, y que reclaman un Proyecto Alternativo de Nación.
II. TRABAJO
8.- El trabajo es la actividad natural, creadora y transformadora del ser humano y única fuente generadora de la riqueza social y humana. El presente y el futuro del hombre y la mujer tienen en el trabajo el soporte fundamental para la supervivencia de su vida material y espiritual.
9.- A través del proceso histórico, el trabajo ha sido el eje en torno al cual se han conformado las estructuras sociales. Sin embargo, a partir del esclavismo, todos los sistemas sociales que han existido se han sustentado en la explotación del trabajo del hombre por el hombre. Esta situación sólo podrá ser superada cuando logremos alcanzar una sociedad equitativa, con igualdad de oportunidades y condiciones para todas las mujeres y todos los hombres, y será mediante el trabajo digno del ser humano que podremos hacer posible esta aspiración.
10.- Por el carácter constructivo y transformador del trabajo, nuestra agrupación ha asumido el nombre de Partido del Trabajo. Consideramos que debe existir un trabajo digno y humano sobre bases autogestivas y comunitarias. No existen poseedores de mejores conocimientos, sino de conocimientos diferentes que al socializarse y compartirse generan los cimientos de una nueva cultura y sociedad.
 
11.- Reconocemos los constantes cambios tecnológicos por los que atraviesa el mundo, y que dan al trabajo intelectual un papel cada vez de mayor incidencia sobre el trabajo manual en el proceso de transformación.
12.- Luchamos por una sociedad justa, equitativa y democrática basada en el trabajo, en la incorporación de los constantes cambios tecnológicos a los procesos productivos y en el uso racional de los recursos naturales. Nuestro objetivo es evolucionar constante y permanentemente hacia un futuro mejor, en donde podamos alcanzar la plena satisfacción material y espiritual del ser humano.
La sociedad no encontrará su equilibrio hasta que no gire alrededor del trabajo.
III. LNEA DE MASAS
13.- La principal contribución al pueblo mexicano de los movimientos sociales, desde 1968, ha sido su propósito esencial de colocar a las masas y no al partido o al Estado en el puesto de mando. Por ello, nuestro principio fundamental es la Línea de Masas. La Línea de Masas es la línea orientadora fundamental para todo nuestro trabajo en lo ético, político, económico, social, organizativo, en la formación ideológica y en la implementación de las políticas públicas. Nos sirve como medio de vinculación con el pueblo, de orientación de sus luchas y de herramienta básica para sistematizar sus experiencias. Es a partir de la idea de que sin las masas fundamentales: obreros, campesinos, mujeres, jóvenes, profesionistas, intelectuales, empleados, jornaleros, pequeños comerciantes, empresarios medios y pequeños, indígenas, estudiantes y demás sectores populares, no se puede efectuar la transformación del país. Para dirigentes y militantes petistas implica la necesidad de integrarse plenamente a las masas, aprender de sus luchas, y de sistematizar y sintetizar sus experiencias. La Línea de Masas hace hincapié en la necesidad de desarrollar la capacidad de las masas para decidir organizada y democráticamente la solución de sus problemas concretos y la conducción de sus luchas sociales. La Línea de Masas es un proceso liberador, porque permite aprender a basarse en sus propias fuerzas.
14.- Ha sido el ejercicio de la Línea de Masas lo que nos ha distinguido de otras organizaciones y partidos políticos, porque nuestras organizaciones y el PT realizamos prácticas de masas y establecemos relaciones de masas a masas; porque el propio pueblo participa mediante procedimientos populares en la solución de sus problemas; porque, por lo tanto, no depende principalmente de fuerzas o aparatos ajenos sino de sí mismo, de sus propias fuerzas.
15.- La Línea de Masas nos lleva a colocar en primer plano las iniciativas populares y a cuidar que los objetivos y programas de nuestras organizaciones y del PT, sean la sistematización de sus ideas, deseos, necesidades sentidas, demandas y decisiones; con base en sus instintos, intuiciones, sensaciones, emociones, sentimientos, pasiones, sueños, anhelos, percepciones, estados de ánimo y su humor social; en síntesis, investigar y comprender los intereses, experiencias y conductas de la sociedad y el pueblo; traduciéndolos en acción hasta alcanzar la victoria.
16.- Nuestra línea de principios nos lleva a actuar, a cada paso, conforme a las decisiones de las masas populares tomadas en asamblea; obligándonos a proceder de acuerdo al ejercicio de lo que es, en última instancia, una verdadera democracia directa y centralizada. Es este nuestro principio fundamental.
17.- La democracia directa y centralizada es la base de la autonomía popular cuyas organizaciones se mantendrán autónomas respecto a cualquier partido o al Estado, aún después de la conquista del poder político Nacional y así, no arrancarle a las masas su papel histórico de transformación revolucionaria.
IV. TICA Y POLTICA
18.- Nuestro principio ético central y supremo es servir al pueblo. Nos comprometemos a servir al pueblo, pregonando con el ejemplo. Quien no vive para servir, no sirve para vivir.
19.- Nuestros principios y valores fundamentales son los siguientes: la libertad, la igualdad, la fraternidad, la democracia, la justicia, la superación, la equidad, el respeto, la solidaridad, la honradez, la verdad, la lealtad, la perseverancia, el espíritu de servicio, la modestia, la tolerancia, la bondad, el amor, el trabajo, la audacia, la congruencia y el respeto a la soberanía del pueblo.
20.- Aspiramos a construir, desde hoy, los fundamentos éticos de la sociedad futura a través de la educación y la práctica de la ética revolucionaria y emancipadora, basada en estos principios y valores, que permitan la construcción de una sociedad socialista, es decir, humanista, democrática, igualitaria, equitativa, justa, emancipada y libertaria.
La política petista se guía por la ética de servir al pueblo y no servirse del pueblo.
21.- Las camarillas burocráticas y el burocratismo partidista, gubernamental y sindical, llevan a la corrupción y la demagogia en todos los órdenes. La corrupción moral y económica debe ser vencida. La demagogia como manipulación de las conciencias, debe ser superada por la cultura de la rectitud y la integridad.
Nuestra posición es combatir a los regímenes y a las políticas que han sumido a México en la explotación económica, opresión política, desigualdad social, corrupción y enajenación cultural.
 
22.- Todas las personas que militan en el Partido del Trabajo se identifican con la ética revolucionaria y la toman como base en sus relaciones recíprocas y en su conducta hacia las mujeres y hombres sin distinción de raza, color, creencias, nacionalidad o preferencia sexual.
Quien renuncie, en los hechos, a practicar los principios y valores de nuestra ética, no será digno de ser petista.
Nuestros basamentos éticos y políticos surgen de un reclamo nacional y de nuestra militancia que debe ser atendido.
V. TRANSFORMACIN REVOLUCIONARIA DEL MILITANTE
23.- El objetivo central de nuestro proyecto no es sólo la conquista del poder público, sino sobre todo la transformación de la sociedad.
El cambio de la sociedad sólo es posible a través de la transformación individual y social; empezando por la transformación revolucionaria del militante.
24.- Todos los que queremos transformar la sociedad, los que queremos ser revolucionarios, tenemos que quitarnos nuestras actitudes individualistas e ideas pequeño burguesas y aprender las actitudes e ideas revolucionarias.
Lo más importante para acabar con las actitudes e ideas no revolucionarias es eliminar las prácticas egoístas del tú o yo excluyente e impulsar las prácticas solidarias socialistas del tú y yo incluyentes.
Reivindicamos el papel revolucionario del individuo en la historia y para lograr lo anterior, es necesario ligarse a las masas y participar con el pueblo en sus luchas, la formación teórico-ideológica y la práctica de la autocrítica, la crítica y la lucha ideológica; es decir, hacer de la Línea de Masas un estilo de vida.
VI. PODER POPULAR
25.- La democracia directa y centralizada es el sustento del poder del pueblo. Este poder se ha de desarrollar política, económica y culturalmente, como condición de un México independiente, próspero, justo y democrático.
Los petistas no queremos hacer política a nombre del pueblo, queremos que el pueblo haga su política y nosotros junto con él, esto es hacer política popular. La construcción del poder popular, la autogestión y la autonomía plena de las organizaciones de masas son nuestra esencia.
26.- Nuestras luchas no se reducen a una simple posición contestataria, sino que la lógica misma de nuestros principios y valores nos obliga, para resolver nuestros problemas, a plantear posiciones propositivas y a que las organizaciones de masas construyan su autonomía frente al Estado. Además, los espacios políticos que se conquisten al seno de las luchas del pueblo, no sean corporativizados y nos permitan conquistar el consenso ciudadano. Así, el fortalecimiento de nuestro movimiento no se limita a ser el contrapeso de los detentadores de los poderes político y económico, sino que en los hechos busca crear una fuerza política Nacional que le dispute a los capitalistas su Estado y su Gobierno para ponerlo al servicio del pueblo; y de esta manera, generamos nuevas formas de organización, autogestionarias y autogobernadas, y vamos construyendo nuevas prácticas y relaciones sociales, así como una cultura alternativa.
27.- Mostramos en nuestras prácticas cotidianas en qué consiste la democracia participativa, una sociedad solidaria, democrática y una organización descentralizada. Demostramos cómo se van formando las masas en el ejercicio mismo del poder y cómo es posible desatar las iniciativas y la creatividad del pueblo para emprender las transformaciones que México exige para ser un país libre, democrático, justo y soberano.
28.- El bienestar económico y social se conquista, no sólo se demanda; se va construyendo en nuestras organizaciones a partir de nuestro propio poder. En el movimiento urbano popular, ha sido el ejercicio del poder de masas el pilar fundamental sobre el cual hemos podido mejorar nuestras condiciones de vida.
El movimiento campesino no solamente sigue en la lucha de la conquista de la tierra, su principal medio de producción, también busca incrementar la productividad de su trabajo y apropiarse del excedente que genera.
El obrero empieza a mostrar en sus luchas y con su poder, que además de servirle para mejorar sus condiciones de trabajo y su nivel de vida, le posibilita crear una industria más productiva y más generadora de empleo. El movimiento magisterial ha consolidado importantes posiciones democráticas y sigue bregando por mejorar su nivel de vida. A estas luchas debe agregarse una propuesta alternativa de bienestar para el pueblo, un proyecto educativo que permita a los niños y jóvenes de México aprender a pensar críticamente, a analizar por sí mismos las realidades naturales y sociales, a expresarse verbalmente y por escrito con precisión, a conocer los valores y tradiciones de nuestra identidad Nacional, etc., un proyecto educativo que abarque la capacitación de los trabajadores de la ciudad y del campo para el uso de las nuevas tecnologías y los empleos productivos regionales.
VII. SOBERANA NACIONAL
 
29.- La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo el poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
30.- La soberanía nacional no sólo está sustentada en la dimensión o tamaño de la propiedad del Estado, sino al final de cuentas, en la capacidad de identidad Nacional y fortaleza política, social y económica del propio pueblo mexicano. Por esto, también hemos de desarrollar el poder y la cultura popular.
El Estado debe retomar su carácter rector de la economía Nacional y debe recuperar aquellas áreas estratégicas para el desarrollo nacional, como el sector energético y las comunicaciones, entre otras.
VIII. PARTIDO
31.- Los cambios necesarios para el nuevo poder popular y nuestro proyecto autogestionario, no pueden lograrse plenamente en el marco político actual. Sin embargo, es posible utilizar algunos espacios municipales, estatales y nacionales en beneficio del pueblo. Y conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es a través de los partidos políticos que se tiene acceso al ejercicio del poder público. Por ello, y como un instrumento complementario de lucha, es que formamos un partido político Nacional. Nos constituimos como Partido del Trabajo porque el trabajo es el principal creador de la riqueza universal y es nuestro compromiso convertirlo en un factor esencial para la realización plena del ser humano, además porque es común a todos los individuos que integramos el pueblo mexicano.
32.- El Partido del Trabajo es un organismo cuya línea política, es la expresión de la línea de masas. Es producto del proceso de la lucha de las masas populares, es una forma de organizar y centralizar algunas de sus acciones. Nace del seno de las organizaciones sociales y es un instrumento indispensable en la construcción de movimientos y demás organizaciones del pueblo, para que vaya conquistando cada vez mayor poder político y económico. Está subordinado al proceso de lucha del pueblo mexicano, vive de sus prácticas y relaciones de masas, no se aprovecha ni incurre en la manipulación; se desarrolla como instrumento de las organizaciones sociales y pone el poder público al servicio del fortalecimiento del poder popular.
33.- Nuestro Partido aplica el principio de servir al pueblo, permanece estrechamente vinculado a las masas populares, integrado a sus luchas; compuesto fundamentalmente por los mejores representantes obreros, campesinos, indígenas, colonos, jóvenes, mujeres, estudiantes, profesionistas, intelectuales, artistas y empresarios patriotas; mexicanos que se identifiquen y simpaticen con la línea político-ideológica del partido; recoge las tradiciones de lucha de nuestro pueblo, tanto las actuales como las que se han librado en el pasado contra capitalistas, terratenientes e imperialistas extranjeros; hace suyas las tradiciones y las enseñanzas de Ricardo Flores Magón, Emiliano Zapata, Francisco Villa, Rubén Jaramillo y de todos los luchadores y luchadoras sociales contemporáneos, de las acciones obreras y campesinas de los años posteriores a la Revolución Mexicana hasta nuestros días. Nuestro partido está enraizado en la historia Nacional, con un funcionamiento que prefigura los rasgos socialistas y democráticos de la sociedad del mañana: libertad de expresión, de crítica y disidencia, donde las decisiones mayoritarias son acatadas sin menoscabo del respeto de las minorías y donde es un hecho consistente y no formal, la férrea unidad de acción. Le sirve y no se sirve de él, aprende de sus experiencias para poder devolverlas, más adelante, como enseñanzas revolucionarias y respeta e impulsa la autonomía y la democracia en las organizaciones populares.
34.- Los objetivos estratégicos de las luchas de un partido línea de masas, así como su línea política, no consisten en un proyecto predeterminado por un grupo, sino que son la sistematización periódica de las mejores experiencias e ideas de las masas y de sus organizaciones sociales. Solamente así el Partido del Trabajo se mantendrá como una organización de las masas en el seno del poder del pueblo, en lugar de ser, como en otros casos, un aparato de Estado más, incrustado en la sociedad para organizarla políticamente conforme a los intereses de dominación prevalecientes. Así, los actores sociales definirán y controlarán los actos del gobierno.
35.- Para que el partido político se mantenga sujeto a las voluntades y decisiones de la base, pero actúe como una sola entidad, funcionará dentro de una democracia centralizada, donde prevalezca la opinión de la mayoría, se respete la de la minoría y, sobre todo, se busque el consenso general.
36.- Nuestro partido político es un partido Nacional, federado, y frentista. Existirán aspectos, puntos de vista y opiniones encontradas. Esto no nos atemoriza, sabemos que la confrontación de ideas es un elemento fundamental de la vida de cualquier organización política democrática. Por ello, no tememos expresar nuestros desacuerdos ni pretendemos ocultarlos hipócritamente, para dar una falsa apariencia de monolitismo. Los procesos unitarios estarán permanentemente caracterizados por modalidades y ritmos
diferentes. Habrá siempre la conciencia del respeto a la autonomía de cada organización que lo integra y el convencimiento de que la diversidad nos enriquece. Funcionamos con el principio de unidad política-lucha ideológica, como un mecanismo de cambio revolucionario permanente.
37. La importancia que concedemos a la autonomía de las organizaciones nos lleva lógicamente, a mantener la independencia del Partido del Trabajo -tanto económica como política y propagandísticamente-, respecto a cualquier organización internacional o de extranjeros, así como de ministros de cultos de cualquier religión o secta y de cualquier potencia extranjera, por ello, no se celebran pactos o acuerdos que subordinen o sujeten al Partido del Trabajo a cualquiera de las personas físicas o morales mencionadas.
IX. ECONOMA Y DESARROLLO
38.- La situación de explotación, opresión y empobrecimiento de las grandes mayorías de mexicanos es resultado del sistema económico capitalista, y en particular de la implementación prolongada del modelo neoliberal en nuestro país. Este ha producido el mayor desarrollo de la ciencia, de la tecnología y de la productividad en la historia de la humanidad, pero también uno de los órdenes sociales más desiguales y una enorme concentración de la propiedad y la riqueza en manos de unos cuantos.
39.- En la sociedad mexicana actual podemos reconocer cuatro formas fundamentales de propiedad:
a)    La gran propiedad privada capitalista nacional y extranjera;
b)    La propiedad privada de carácter individual o familiar;
c)     La propiedad pública; y
d)    La propiedad social constituida por cooperativas, comunidades, ejidos, sindicatos y asociaciones civiles.
El desarrollo del capitalismo ha llevado al predominio del gran capital privado que monopoliza y controla enormes recursos productivos y la mayor porción de los mercados; arruina y destruye a la propiedad individual y familiar, ahoga y limita al sector social y pone al sector público al servicio del gran capital. La concentración del capital se realiza a costa de toda la sociedad.
40.- El Partido del Trabajo lucha por un nuevo orden económico que devuelva a la sociedad los recursos y la riqueza que el gran capital le ha quitado, donde desaparezcan la explotación del hombre por el hombre y permita el surgimiento del trabajo emancipado. Una economía que tenga por objeto el bienestar humano y el desarrollo social.
41.- Como vía hacia ese orden igualitario, el Partido del Trabajo reconoce un periodo histórico de transición económica donde coexisten el sector social, el público y el sector privado, pero donde se combata la existencia y formación de monopolios y oligopolios; por el contrario, impulsaremos las formas colectivas de propiedad y de organización productiva, y donde el sector estatal se coloque al servicio de los intereses de toda la sociedad.
X. POR UNA SOCIEDAD ECOLGICA
42.- El Partido del Trabajo asume los compromisos en la Cumbre de Río, signados por México, adoptando plenamente la Agenda 21, así como el Protocolo de Kioto y los recientes acuerdos de la COP 21 sobre cambio climático, legislando e impulsando su aplicación para lograr que la co-evolución hombre-naturaleza se mantenga sin degradar aún más el medio ambiente.
Nos comprometemos a construir una sociedad ecológica sustentable y sostenible, que viva en armonía con la naturaleza y para ello impulsamos una cultura ecológica en toda la población, como condición necesaria para evitar la contaminación, el deterioro del medio ambiente y el calentamiento global, y lograr el uso racional y sustentable de los recursos naturales.
43.- La contaminación y la destrucción desmedida de los ecosistemas en el capitalismo, es el resultado del afán de lucro de los particulares y de la complicidad irresponsable del Estado, que los lleva a explotar irracionalmente a la naturaleza. Estamos a favor de combatir la industria sucia y apoyar a la pequeña y mediana empresa para que avance en sus procesos de industria limpia, así como legislar para evitar la irracional destrucción de la naturaleza. Además impulsar los procesos de recuperación, reutilización y reciclamiento de subproductos y desechos industriales.
44.- Estamos a favor de un medio ambiente sano y sustentable con ciudades limpias y poblaciones sanas.
Estamos a favor de la biodiversidad, de proteger a la naturaleza y combatir la depredación del medio ambiente y de los ecosistemas.
Buscamos un desarrollo ecológico con productividad, que genere una explotación racional de la naturaleza y la preservación de los recursos naturales.
 
Buscamos un desarrollo económico y social sustentable en armonía con la naturaleza.
Nos pronunciamos por las fórmulas alternativas que permitan un uso general de energías y tecnologías limpias, no contaminantes.
XI. JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
45.- El Partido del Trabajo reivindica la vigencia plena de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1950), de los Derechos de las Minorías y de los Pueblos Indios acordados en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de los Derechos de la Mujer (1975, 1985, 1995), los Derechos en favor de la Infancia (1990) y el Tratado de Roma. Su observancia, defensa y promoción es tarea fundamental y debe ser parte de la nueva cultura, en donde se pregone con los hechos y el ejemplo.
46.- En el Partido del Trabajo nos manifestamos a favor del derecho a la vida como derecho inalienable del ser humano, velando por la elección a la maternidad, en razón de la autodeterminación de la mujer y por una sociedad que proteja ese derecho en los casos previstos por la ley.
47. Las garantías individuales, sociales y políticas deben ser parte esencial de los derechos fundamentales de todos los mexicanos.
48.- Nos pronunciamos por el fortalecimiento, autonomía e independencia de los organismos defensores de los derechos humanos, superando las limitaciones jurídicas que tienen actualmente, para poder contar con instrumentos institucionales que garanticen estos derechos.
49.- Nuestra propuesta está enmarcada en un proceso de construcción de una nueva sociedad, en donde no tengamos explotación ni opresión hacia el hombre ni hacia la mujer, como única garantía de vigencia plena de los derechos humanos.
50. También planteamos un Estado de justicia social, rompiendo con la tradición liberal individualista, que ha significado una mentira y la injusticia para la mayoría de los mexicanos.
51.- El Partido del Trabajo plantea que se fortalezca la independencia y funciones de los órganos integrantes del Poder Judicial Federal y Estatal, y que los Ministros, Magistrados y Jueces, así como el Procurador General de la República y los Procuradores Generales de las Entidades Federativas, sean electos democráticamente mediante voto libre y secreto por parte de la sociedad.
52.- Pugnar porque la población cuente con mejores medios de defensa frente a la administración pública Federal, Estatal, Municipal y Demarcación Territorial.
Pugnar por el fortalecimiento de los Tribunales Administrativos Federales y Locales para que éstos puedan ser autónomos del Poder Ejecutivo y de plena jurisdicción.
53. Para lograr una plena justicia social en favor de las clases sociales más necesitadas, nos proponemos presentar iniciativas de Ley que tiendan a reducir y eliminar las desigualdades sociales y que estén en favor de la defensa de obreros, campesinos y de clases medias y populares.
54.- Proponemos crear mecanismos jurídicos que permitan que todas aquellas personas que han sido objeto de acusaciones infundadas por parte del Ministerio Público, y que en los procesos correspondientes se demuestre su inocencia, sean indemnizados por daño moral, económico y psicológico conforme a lo que establezcan las leyes y se les otorgue una declaración pública que les restituya su buena reputación y sus derechos morales.
55.- Se pugnará por crear mecanismos jurídicos que garanticen el cumplimiento de la responsabilidad económica extracontractual por parte del Estado y en favor de los particulares.
XII. ESTADO SOCIAL DE DERECHO
56.- Como partido político respetamos el Estado de derecho y por ende nos obligamos a observar la Constitución y las leyes e instituciones que de ella emanen, así como a conducir nuestras actividades por medios pacíficos y por la vía democrática. No obstante, señalamos que pugnaremos porque desaparezcan las leyes que permiten la represión y explotación del pueblo.
57.- Los Convenios o Tratados Internacionales que México signe, deberán ser ampliamente consultados con el pueblo y difundidos en todos los sectores, especialmente aquellos a los que dichos documentos se refieran, y que una vez firmados sean respetados con carácter de ley y se apliquen debidamente las sanciones correspondientes cuando no se cumplan.
58.- El Estado Mexicano es un conjunto de poderes, contradictorios entre sí. Hasta ahora, el Poder Ejecutivo ha utilizado y manipulado a los Poderes Legislativo y Judicial, violentando la autonomía de los mismos y la soberanía del pueblo.
El fortalecimiento de la autonomía de los Poderes de la Unión y de los niveles de gobierno Estatal y Municipal, en particular de los Municipios donde el pueblo ejerza el poder, es una tarea fundamental del Partido del Trabajo; es ahí donde las organizaciones sociales y el pueblo pueden crear un instrumento directo al servicio de la sociedad y demostrar lo que es el ejercicio democrático, honesto y eficaz de un gobierno al servicio del pueblo.
59. También hemos de pugnar porque el poder del Estado se emplee para salvaguardar los derechos
humanos -del ciudadano y los derechos sociales-, que han sido conquistas de las mejores luchas de la humanidad y del pueblo de México, y que están consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En cuanto a las libertades individuales se insistirá en las de expresión, creencias religiosas, manifestación, profesión, actividad económica, movimiento, petición y asociación.
ANEXO DOS
Programa de Acción
I.- OBJETIVOS SOCIALES
1.- Luchamos porque sean las masas populares, a través de su independencia ideológica y organizativa, de sus movimientos y su acción colectiva, y de sus prácticas de democracia directa y participativa, quienes logren destruir las relaciones sociales capitalistas, la explotación, la opresión del hombre y de la mujer, y la enajenación consumista, para construir una sociedad comunitaria, es decir, una sociedad de individuos libres, solidarios, donde prevalezca la ayuda mutua y la reciprocidad, que promueva el desarrollo integral y pleno del ser humano.
2.- Pugnamos porque todos los trabajadores de la ciudad y del campo seamos propietarios y poseedores colectivos de los medios de producción, por hacer del trabajo una realización del hombre y la mujer, por instaurar un sistema democrático de organización de la producción y la distribución, sustituyendo la autoridad y la disciplina despótica del gran capital, por la autogestión y la disciplina establecida colectivamente por los trabajadores, así como por una economía al servicio de las necesidades del pueblo.
Luchamos contra el neoliberalismo que ha llevado a la pobreza a la inmensa mayoría del pueblo mexicano y a más de la mitad, a la pobreza extrema, siendo los sectores más afectados las mujeres, los niños, los adultos mayores, indígenas, campesinos y personas con capacidades diferentes; también ha perjudicado a sectores importantes de las clases medias, de los empresarios y de los profesionistas, los cuales habrán de jugar un papel significativo en un nuevo orden económico redistribuidor de las riquezas.
3.- Nos comprometemos a luchar contra la injusta distribución nacional, regional y social de la riqueza y por garantizar, a partir de nuestras propias fuerzas productivas, un creciente bienestar a la población en lugar de la expansión de la miseria que hoy domina en el mundo y en nuestro país. Estamos a favor de una sociedad moderna, productiva, eficiente, sustentable y participativa.
4.- Proponemos llevar a cabo una reforma urbana integral que acabe con el centralismo de las grandes ciudades y su crecimiento desmesurado; con la desigualdad ciudad-campo y los desniveles regionales producto de la modalidad de acumulación imperante. Luchamos contra la escasez artificial, derivada de la especulación del suelo, de la vivienda y de los medios de consumo necesarios, especulación provocada por el gran capital y el Estado. Estamos a favor de una vivienda digna y un hábitat que preserve la coevolución hombre-naturaleza y mantenga el equilibrio ecológico y el desarrollo sustentable para todos los mexicanos. Igualmente, nos pronunciamos por llevar los servicios básicos a los poblados rurales. De la misma manera el desarrollo urbano debe guiarse por criterios de participación democrática en la toma de decisiones concernientes al control de los servicios y el abasto de los bienes.
5.- Luchamos contra cualquier tipo de impunidad, de autoritarismo, de corrupción, de gigantismo, de despotismo burocrático y policiaco del Estado. Estamos a favor de la construcción y desarrollo de órganos de poder popular, independientes de los aparatos de Estado, que desconcentren la actividad estatal, asumiendo tareas generales y dando cauce a la iniciativa de las masas para administrar y gobernar el país, hasta que todo el poder sea del pueblo organizado. Asimismo, el Partido promoverá la realización de acciones del poder público tendientes a solucionar las carencias de los distintos sectores de ciudadanos. Nuestro proyecto no concibe la política como un instrumento de dominación y enriquecimiento, la nueva política que practicamos es y debe ser un instrumento al servicio del pueblo.
6.- Luchamos contra un Estado que actúa como si la nación mexicana fuera patrimonio suyo; que ha convertido la propiedad nacional en propiedad privada, la soberanía Nacional en una supuesta soberanía del Estado. Luchamos porque las organizaciones sociales sean dueñas del manejo de las empresas y ocupen los espacios dejados por las desestatizaciones y para que la soberanía Nacional dependa del poder del pueblo mexicano más que de la fortaleza de su Estado. Porque los actores principales de la historia mexicana sean los sujetos sociales y no los detentadores del poder del Estado.
La corrupción en el poder público fue auspiciada por los grupos políticos y económicos dominantes en el Estado mexicano, organizados desde 1929 en el PNR, hoy PRI. Una de las formas más corrosivas de la vida pública que impusieron fue la desmesurada asignación salarial de servidores públicos y representantes populares, que constituía un premio, prebenda y estímulo al servilismo, docilidad y protección de su régimen político; lo que a su vez provocó la nefasta subcultura del arribismo y oportunismo económico y político en los procesos participativos de la estructura de poder público y político y una grave ofensa al promedio de ingresos de los mexicanos. La alternancia en el poder no ha implicado ningún cambio sustancial en relación con este cáncer social.
Asimismo, nos pronunciamos por combatir la corrupción en la vida pública y evitar que los salarios de
servidores públicos y representantes populares constituyan un elemento de motivación distorsionada para participar en cargos del poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y colaterales, por una reducción de estas percepciones en todos los estratos y ámbitos del poder público del Estado mexicano, para convertir esta actividad pública en un verdadero compromiso de servicio al pueblo y no un cargo para lucrar.
Hacemos nuestra la tesis de Benito Juárez en el sentido que los representantes populares y servidores públicos sean revocables y remunerados con una modesta medianía, pero al mismo tiempo, proponemos crear instrumentos de contraloría social y vigilancia ciudadana e imponer sanciones a quienes abusen, realicen y promuevan prácticas de corrupción desde dentro y desde fuera del poder público.
Luchamos por la participación popular en las grandes decisiones públicas, y para ello se promoverá el interés de todos los ciudadanos en la solución de los problemas Nacionales.
Instrumentaremos el referéndum en todas sus modalidades, el plebiscito, la iniciativa popular, la revocación de mandato, la afirmativa ficta y el derecho a la voz ciudadana. Estos son procedimientos efectivos de la democracia directa y participativa, que permiten el ejercicio democrático integral del conjunto de la sociedad en todo lo concerniente a su propio destino.
Impulsamos la cultura de las alianzas, coaliciones y candidaturas comunes y seremos fervientes promotores de los acuerdos y consensos con los partidos de oposición y sectores progresistas que aceleren el bienestar social y profundicen el proceso de alternancia y de transición democrática.
7.- Luchamos por desarrollar y garantizar una actividad cultural y científica, una educación con valores éticos puesta por entero al servicio de las masas, impartiendo una enseñanza temprana, democrática, libertaria, científica, crítica, gratuita y popular en todos los niveles. Una educación que combine la enseñanza teórica con el trabajo productivo; el aula con la fábrica y la unidad de producción agropecuaria.
Estamos a favor de impulsar una educación que permita que los alumnos adquieran los conocimientos y habilidades necesarias para gestionar directamente el proceso de producción material a través de la interacción con las máquinas y el trabajo cooperativo. Ese aprendizaje debe adquirirse desde las aulas a través de planes y programas de estudio que contengan los nuevos conocimientos de la práctica de los negocios y de la organización colectiva del trabajo.
Estamos por un desarrollo científico y tecnológico que sirva para alcanzar una creciente productividad del trabajo, acortando el tiempo necesario para la producción material y permitiendo avanzar en el proceso de liberación de los individuos, ampliando el tiempo disponible para las actividades y la recreación no determinadas por la necesidad económica. Una educación que luche contra el individualismo, el egoísmo y la discriminación y desarrolle en forma multilateral las capacidades y la solidaridad de los individuos.
8.- Luchamos porque las masas de trabajadores del campo construyan una sociedad rural democrática, a través de una reforma al artículo 27 Constitucional que restituya o instituya, según sea el caso:
a.   El derecho a la tierra a las comunidades rurales y la copropiedad del hombre y la mujer en lo que estaba considerado como patrimonio familiar.
b.   Un reparto agrario que reduzca la pequeña propiedad a 20 hectáreas de riego o sus equivalentes.
c.    La organización de los campesinos en cooperativas, unidades colectivas y demás figuras asociativas para que controlen y eleven la calidad de la producción, comercialización, abasto e industrialización; para que incorporen la modernización tecnológica acompañada de educación y capacitación; y para que se lleve a cabo una mayor y mejor inversión pública y privada y financiamiento con créditos blandos.
d.   El control por los pequeños productores agropecuarios, organizados en formas de cooperativas y unidades colectivas, del proceso de producción, comercialización, abasto e industrialización, con la tecnología más adecuada.
e.   El control por las comunidades agrarias y organizaciones sociales campesinas, de los servicios de beneficio social como son: el abasto, la educación, la vivienda, la salud, las comunicaciones y la seguridad pública.
f.    La sindicalización de los obreros agrícolas.
g.   La defensa del ejido y la propiedad comunal.
h.   La vinculación de Instituciones de Enseñanza y Centros de Investigación Agropecuaria con los productores del campo.
Propugnamos por la reforma democrática y la aplicación efectiva de la legislación agraria.
9.- Luchamos por tomar medidas concretas en todos los órdenes para acabar con la opresión, discriminación y violencia contra la mujer, que lleven a la socialización del trabajo en el hogar, a terminar con la discriminación y opresión por razones de sexo en la producción social y en la dirección política de la
sociedad, que promuevan una transformación ideológica de las conciencias, que terminen con la ideología y la organización patriarcal de la sociedad.
Nos manifestamos porque las mujeres sean consideradas sujetos de creación, acción, opinión y decisión. Es decir, sujetos sociales e individuales de transformación social.
Luchamos porque se les brinde atención suficiente y efectiva a todos los jóvenes y se les otorguen espacios educativos, culturales, deportivos y de trabajo. Pugnamos por transformar las condiciones de trabajo para establecer la igualdad de oportunidades y posibilidades entre la mujer y el hombre, de tal suerte que se logre cambiar también las condiciones adversas en que actualmente se mueve la niñez mexicana en el orden afectivo, social y material.
Ello permiti un desarrollo equilibrado y autónomo en los niños y garantizará, por medio de la colectividad y no sólo del Estado, su protección en materia de salud, afecto, cultura, educación, bienestar y recreación.
Promoveremos grupos activos de los adultos mayores y personas con capacidades diferentes, donde puedan desarrollar su capacidad creadora y que su experiencia siga enriqueciendo a la comunidad.
10.- Luchamos por terminar con las distintas formas de opresión que pesan sobre los pueblos indígenas para rescatar, respetar, promover y difundir sus manifestaciones culturales, su lenguaje y sus tradiciones, al mismo tiempo que elevar su nivel de vida e impedir que sean discriminados. El Partido del Trabajo promueve la restitución de sus tierras y el apoyo para impulsar su desarrollo agropecuario y en todos los órdenes. Igualmente, nos pronunciamos en contra del saqueo de los recursos naturales en el territorio nacional y, particularmente en el indígena.
Hacemos nuestros y exigimos el cumplimiento y la plena observancia de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, Chiapas.
11.- Luchamos por una sociedad ecológica que establezca una relación armónica entre la naturaleza, el desarrollo social y económico y que garantice la preservación del medio ambiente del país. Nos manifestamos por crear y fortalecer una cultura ecológica de corresponsabilidad que cuide y proteja nuestra biodiversidad y los ecosistemas. Ante la grave contaminación que vivimos del aire, tierra y agua, y ante la inmoderada e irracional devastación y depredación de nuestra flora y fauna, exigimos la inmediata aplicación de la ley contra todos los agentes que contaminen o afecten nuestros recursos naturales en el campo y en la ciudad, en particular a las empresas contaminantes que están protegidas por autoridades corruptas. Nos pronunciamos por políticas que permitan:
a.   Un ordenado desarrollo económico y ecológico que impida la explotación ilegal e irracional de nuestros recursos naturales.
b.   El respeto y establecimiento de nuevas áreas naturales protegidas.
c.    Incrementar el presupuesto orientado a la preservación del medio ambiente.
d.   Apoyo a la pequeña y mediana industria para que impulsen procesos no contaminantes en cualquiera de sus formas: auditiva, visual, ambiental, etcétera.
e.   La incorporación del sector académico y especialistas en esta materia al sistema productivo.
f.    Nos pronunciamos porque las aguas nacionales de mares y golfos; así como lagos, ríos, lagunas, mantos freáticos, cenotes, manglares y manantiales de agua dulce aptos para el consumo humano, sean declarados zonas protegidas y patrimonio exclusivo del pueblo mexicano, y además por combatir las privatizaciones y las concesiones a particulares, sean nacionales o extranjeros.
g.   Legislar en materia de protección a la biodiversidad, preferentemente en aquellas especies en peligro de extinción.
12.- Luchamos porque nuestro país sea soberano e independiente, acabando con la dependencia científica, tecnológica y económica de los Estados Unidos de Norteamérica y de cualquier otro país o bloque imperialista; porque no se practique una política de expansión y dominación sobre los países pequeños; y porque se promueva una política de paz, amistad y ayuda mutua entre los pueblos. Luchamos por construir un nuevo orden mundial que rompa con la hegemonía política impuesta por los países ricos al resto del mundo, donde prevalezca la cooperación internacional, el apoyo mutuo, la solidaridad y el internacionalismo proletario, así como la integración productiva, científica y tecnológica que beneficie por igual a todos los pueblos del mundo.
Pugnamos para que haya un cambio en la correlación de fuerzas a nivel mundial dentro de una perspectiva que permita en el futuro suprimir las barreras nacionales y bloques internacionales, en aras del interés de toda la humanidad.
13.- Trabajamos por establecer una verdadera solidaridad e internacionalismo con los pueblos del mundo, especialmente con los latinoamericanos y caribeños solidaridad que se exprese cultural, política y económicamente.
14.- Estamos a favor de una sociedad autogestionaria, ética, libre, justa, próspera, productiva, eficiente, plural, democrática, ecológica, humanista y socialista. Aspiramos a una sociedad radicalmente diferente a la
que prevaleció en la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, la cual distorsionó la construcción socialista y degeneró en una organización del trabajo opresiva y burocrática, donde los productores directos estuvieron al margen de la toma de decisiones, y la estratificación social perduró en lugar de extinguirse. El Estado, en lugar de incorporar a las masas a la gestión de sus asuntos, se convirtió en una máquina cada vez más opresiva, centralista y totalitaria.
II.-ESTRATEGIA Y TÁCTICAS
15.- Para que el sistema capitalista deje de ser dominante y la sociedad cambie, se requiere construir el bloque de las masas populares que derrote a los explotadores y opresores, transforme sus propias prácticas y actitudes para que pueda construir nuevas relaciones sociales. Para ello, el bloque de las masas populares debe luchar colectiva y organizadamente en todos los terrenos: el ético, el político, el económico, el ideológico, el social y el cultural. Todos los miembros del Partido del Trabajo impulsamos eslabonadamente, la lucha por satisfacer los intereses inmediatos del pueblo y, al mismo tiempo, por alcanzar los objetivos estratégicos. Ello implica también no olvidar el conjunto de la sociedad al atender una parte y lograr que un adelanto particular tenga consecuencias en la totalidad. En este sentido, debemos sistematizar y evaluar permanentemente el trabajo de las organizaciones autónomas de masas para mantenerlas cohesionadas y protegidas de la represión estatal. De igual forma, debemos definir claramente en cada coyuntura histórica la línea política, la concepción global del Estado y las relaciones de fuerza entre las clases sociales, de tal modo que nos permita establecer nuestro sistema de alianzas, la estrategia y las tácticas adecuadas.
16.- El proceso de transformación social es un proceso de destrucción/construcción. Destrucción de las relaciones sociales de explotación, opresión, dependencia y sometimiento; relaciones sociales que inhiben las iniciativas populares y que fomentan el economicismo, el localismo y las prácticas políticas autoritarias. Al mismo tiempo, la construcción de nuevas relaciones sociales que permitan el acceso del pueblo a un mayor control de sus propias condiciones de existencia y de trabajo en las fábricas, el sindicato, la comunidad, la escuela, los medios de comunicación masiva y todos los ámbitos de la sociedad en su conjunto. Nuevas relaciones sociales que permitan subordinar el Estado a las masas y, en éstas, crear una cultura hegemónica surgida desde abajo. En este proceso, impulsamos la construcción de nuevas formas de organización y autogobierno de las masas desde la base, su educación ética y política permanente y el surgimiento de una nueva cultura. Todos estos son elementos indispensables para construir una nueva sociedad.
Trabajamos por lograr triunfos parciales y el cumplimiento de objetivos tácticos dentro de la línea general de los objetivos estratégicos, de tal manera que la lucha por reformas sociales, políticas y económicas, se encuadre en la concepción revolucionaria de la lucha popular prolongada, ininterrumpida y por etapas, para lograr la nueva sociedad que queremos.
El objetivo fundamental de nuestra participación política no es la conquista del poder del Estado. Esto es sólo un medio que nos permite, una vez conquistado el poder del Estado, transformarlo y colocarlo al servicio de la sociedad civil. Nuestro fin último es la transformación integral de la sociedad.
El Partido del Trabajo no busca el poder para sí, impulsa a la sociedad a que lo asuma siendo el Partido sólo el instrumento. La razón de ser y el quehacer del Partido del Trabajo es luchar por un Partido enteramente nuevo, por un Estado de nuevo cuño, pero sobre todo por una nueva sociedad.
17.- Nuestra estrategia para que la relación de fuerzas nos favorezca nacionalmente debe basarse en la construcción de organizaciones autónomas, independientes y democráticas de masas, en las que desde ahora vaya cristalizando nuestro proyecto de sociedad alternativa. Este proyecto hegemónico incluye la construcción de una fuerza organizada con prácticas democráticas de masas. Implica una lucha ética, ideológica y cultural en las propias organizaciones sociales que ayude a formar al hombre nuevo y la nueva sociedad. También considera la unificación política del bloque de las masas populares mediante la construcción de una conciencia solidaria, que admita sacrificar algunos intereses particulares para trascender el aislamiento y la dispersión de las luchas populares, impulsando y construyendo organizaciones de masas de nuevo tipo; la apertura de espacios políticos que son condición para la construcción de las organizaciones sociales y de la unidad del bloque de las masas populares.
Buscamos la construcción de un amplio sistema de alianzas sociales orientado al desarrollo de un bloque social popular que nos permita derrotar al capitalismo.
18.- Nuestras tareas permanentes en las organizaciones de masas consisten en la concientización y democratización, la lucha por mejores condiciones de vida y de trabajo, la movilización para la conquista y defensa de la libertad política y por construir la unidad del bloque de las masas populares, entendido como la alianza de todos los explotados y oprimidos por el gran capital. Debemos luchar por convertir las organizaciones de masas en escuelas de lucha y de gobierno donde aprendan éstas a ejercer su poder, a autogobernarse y se combata la ideología burguesa, para que estén las masas en condiciones de impedir nuevas formas de opresión y subordinación y evitar la reconquista de sus organizaciones por la burguesía. En una palabra, debemos luchar por la construcción de una democracia directa y centralizada en las organizaciones de masas, estructuradas en el poder popular.
 
19.- Las organizaciones sociales no son el único lugar donde opera el proyecto democrático de las masas. La lucha se da también en otras instituciones como la familia, el sistema escolar, incluidas las universidades y los medios de comunicación masivos. En estos espacios también trabajaremos constructivamente en lo ético, ideológico, político, cultural y artístico para apoyar el proceso de unidad del bloque de las masas populares y su constitución en una fuerza organizada con prácticas democráticas de masas.
20.- Es importante entender que la lucha no avanzará en todo México de manera homogénea y al mismo ritmo. Las regiones que componen la formación social mexicana son desiguales y diferentes. Las clases sociales y fracciones de clase tienen también rasgos distintos en cada región. Esto explica que el proceso de transformación de la sociedad no se desarrolla con el mismo tiempo político y tendrá que ser respetado el ritmo del conjunto de los procesos. Será necesario, entonces, armonizar e integrar el conjunto desigual de los procesos transformadores, de tal manera que nos permita orientar el movimiento bajo una misma línea política y en una misma dirección. La garantía de la correcta conducción de la transformación en México, dependerá de nuestra capacidad para combinar acertadamente el conjunto desigual y complejo de los procesos y subordinarlos a la dirección y dominio del proceso principal en cada etapa.
21.- Como la transformación en nuestro país no se va a realizar de un sólo golpe, el proceso será prolongado y atravesará por diferentes etapas de desarrollo, que necesariamente deben eslabonarse de una manera ininterrumpida para darle continuidad al proceso. Cuando la lucha se estanque en una dirección, habrá que cambiar de terreno para seguir avanzando en beneficio del pueblo. Lo anterior nos obliga a adecuar la estrategia y la táctica a las necesidades de las diferentes etapas. Las formas de lucha y de organización también deberán cambiar como consecuencia de los objetivos fijados en cada etapa.
22.- Los miembros de las organizaciones sociales y del Partido del Trabajo no deberán ser dogmáticos, sino tener la capacidad, la actitud y el sentido crítico para detectar los cambios que tengan lugar, para ser suficientemente flexibles y diestros en generar nuevas alternativas y buscar nuevos caminos. Un revolucionario debe ser autocrítico, crítico y creativo. Debe tener una gran capacidad para entender la realidad y adecuarse a las nuevas situaciones.
23.- Existen contradicciones al interior del Estado mexicano y, además, todos sus aparatos están inmersos de una u otra manera en la lucha de clases, de tal suerte que sus políticas expresan los cambios en la correlación de fuerzas entre las clases y los grupos sociales. Actualmente, en algunos ámbitos de los poderes del Estado y de los tres niveles de gobierno, el bloque de las masas populares ha colocado y seguirá colocando de manera creciente, representantes populares y servidores públicos, los cuales deben instrumentar políticas que beneficien a la sociedad y extiendan el horizonte de su poder a las clases y grupos sociales mayoritarios de nuestro país.
24.- Debemos impulsar el desarrollo de una etapa caracterizada por la movilización masiva encabezando la lucha por las demandas cotidianas, la constitución de organismos dirigentes colectivos, la exigencia a los servidores públicos de negociar de manera clara y transparente en comisiones amplias y representativas la resolución de los problemas de la ciudadanía. En este sentido, es fundamental impulsar la creación de comités de participación ciudadana representativos a nivel nacional, que ejerzan las funciones de contraloría social sobre el desempeño de los servidores públicos del Partido del Trabajo y de todos los demás partidos. Es necesario lograr la asimilación uniforme de las distintas experiencias y un desarrollo armónico de los distintos sectores del Partido del Trabajo. Ocupa un lugar importante en nuestras tareas actuales, la formación y capacitación congruente con la práctica de cuadros partidarios y de masas, generando activistas capaces de convertirse en dirigentes en el Partido del Trabajo y en las organizaciones de masas.
Para alcanzar este objetivo, el Partido del Trabajo desarrollará programas para la permanente formación ética, ideológica y política de cuadros de masas, partidarios, servidores públicos y representantes populares del partido en el ideario revolucionario. Asimismo, se establecerán los programas tendientes a preparar la participación activa, eficaz y equitativa de los militantes del Partido del Trabajo en los procesos políticos electorales.
III.- POLTICAS
25.- Promovemos una soberanía basada en la autonomía política, la identidad nacional, la autosuficiencia alimentaria, la participación democrática del pueblo y la independencia económica. Fortalecer, con todos los países que muestren plena disposición y congruencia práctica, el proceso mundial de la paz. Oponerse a la división del mundo en bloques de tendencia imperialista, político-militares y a la dependencia de los países subdesarrollados respecto a los industrializados. Estrechar los lazos de amistad con los pueblos del mundo y en especial con los latinoamericanos y caribeños.
26.- Promovemos políticas tendientes a erradicar el presidencialismo, el autoritarismo, el clientelismo, el neocorporativismo, la corrupción, el nepotismo, la impunidad y toda clase de violencia de cualquier aparato de Estado. Promovemos políticas que hagan respetar la democracia participativa y las iniciativas de las masas, y erradiquen el fraude electoral y la relación paternalista de dependencia respecto al Estado o cualquier partido político.
 
27.- Promovemos las políticas que hagan inviables los monopolios ideológicos, económicos y políticos. Estamos por la alternancia en los poderes Ejecutivos de los Estados y de la Federación. El poder se debe compartir y son sanos los gobiernos de coalición, de acuerdo a la coyuntura y correlación de fuerzas, en beneficio del pueblo. En esta etapa y en las sucesivas, es de principal importancia la construcción de poderes municipales de nuevo tipo, en donde ejercitemos nuestro proyecto de administraciones públicas alternativas, honestas, eficientes y democráticas, al servicio de la sociedad, en donde el pueblo ejerza el poder.
28.- Promoveremos políticas que no descarguen el peso de la crisis sobre las espaldas del pueblo trabajador de la ciudad y del campo. ste requiere de trabajo y bienestar desde ahora. El empleo productivo y la elevación del ingreso del pueblo son palancas básicas para salir del estancamiento y emprender el desarrollo económico. Es necesario fortalecer el mercado interno para proporcionar el suficiente número anual de empleos y atender el bienestar económico de las masas populares. Estamos a favor de la implantación del seguro del desempleo. Promoveremos la instauración de la pensión universal para adultos mayores, entendido como apoyo en dinero y protección a la salud.
29.- Promovemos políticas económicas que apoyen la lucha antiimperialista y la promoción de la integración de nuestra economía a varias cuencas y regiones internacionales, en igualdad de condiciones y sobre todo, cuidando de no afectar la soberanía Nacional.
30.- Desarrollamos políticas permanentes que a nivel Nacional, Estatal, Demarcación Territorial, Municipal y Comunitario promueven la autogestión, gestión y la gestión compartida de las actividades económicas por los sectores públicos, social y privado.
31.- Estamos a favor de las finanzas públicas sanas y que el gobierno concerte con los empresarios, obreros y campesinos los objetivos y metas macroeconómicas fortaleciendo el poder adquisitivo del salario y la calidad de vida de la población. El sector privado, que realiza inversiones productivas, es factor importante de desarrollo económico, en tanto participe en el proceso de desarrollo del país con un carácter nacionalista y reinvierta sus ganancias en las actividades de la producción y no en las financiero-especulativas.
32.- Se apoya el desarrollo de la ciencia y tecnología propias, así como la transferencia tecnológica a la industria y al campo, para lograr en éste la autosuficiencia alimentaria y que sus excedentes nos permitan mejorar nuestro nivel y calidad de vida y de competitividad en el mercado Nacional e internacional, vigilando que la transferencia y aplicación sean adecuadas a nuestra realidad, para que no genere enclaves, sino que desarrolle nuestra capacidad productiva en general e incremente los ingresos de los trabajadores.
33.- Se promueven políticas tendientes a incrementar el proceso de industrialización del país, garantizando el ahorro y la inversión productiva de manera equilibrada entre los sectores primario, secundario y terciario; y entre los entes social, privado y estatal de la economía.
El Partido del Trabajo impulsa una política industrial que pone como eje de nuestro desarrollo a la creación de un núcleo tecnológico propio, que sea capaz de producir las máquinas, las herramientas y los instrumentos de trabajo que requerimos para generar crecimiento y mayor riqueza material, para romper con nuestra dependencia económica y financiera del exterior. Para ello, proponemos elevar la inversión en educación en todos los niveles y en particular la educación temprana, la educación superior y en la investigación científica y tecnológica y el intercambio académico con el exterior. Proponemos desarrollar las tecnologías actuales y de punta, como la microelectrónica, la nanotecnología y la biotecnología, así como articular el desarrollo de la industria con la agricultura y los servicios financieros, estableciendo los mecanismos que permitan un intercambio equitativo entre esos sectores y el abastecimiento de bienes, insumos, tecnologías y financiamiento entre ellos. También proponemos desarrollar al sector agrícola para garantizar la seguridad y soberanía alimentarias y fomentar el desarrollo de nuestro sector energético para garantizar nuestra soberanía en esta materia.
34.- Proponemos una Banca Pública de Desarrollo, que apoye al sector social, a la pequeña y mediana industria, y al desarrollo rural; así mismo, estamos en contra de la extranjerización del sector financiero nacional.
35.- El Partido del Trabajo está a favor de construir una mayoría de izquierda en el Congreso de la Unión y acceder al Poder Ejecutivo Federal, para romper con la correlación de fuerzas que permite que las fracciones del gran capital utilicen al Estado mexicano para rescatar y socializar las pérdidas de sus negocios fracasados, como el rescate bancario del FOBAPROA-IPAB, de las carreteras concesionadas a los empresarios privados y de los ingenios azucareros, entre otros, sin ningún criterio financiero ni de beneficio público. Estamos en contra de la extranjerización de la Banca.
36.- No se promoverán medidas que tiendan a fortalecer el capitalismo de Estado; estamos a favor de que se impulse el sector social de la economía; deben formularse programas y acciones articuladas que orienten la inversión pública al desarrollo de la infraestructura básica que aún requiere el país. El capitalismo de Estado no es un medio eficaz para el logro del bienestar del pueblo, ni es eficiente para
desarrollar las fuerzas productivas del país.
37.- Proponemos llevar a cabo una verdadera Reforma Fiscal Integral, que sea sencilla, clara, precisa y redistributiva. El principio básico debe ser que pague más impuestos quien más gane y quien más tenga. Ello debe implicar una nueva distribución de los impuestos directos, gravar los flujos internacionales de capital, principalmente los especulativos y los fondos de inversión, así como los capitales ociosos. En los países capitalistas neoliberales existe la tendencia a privilegiar y aumentar los impuestos indirectos sobre los directos. Esto en apariencia hace más justo el pago de impuestos porque quien más consume más paga; sin embargo, los más poderosos sólo consumen una parte menor de lo que ganan, acumulando el resto, lo cual también debe ser gravado, a través de un impuesto patrimonial.
En los impuestos indirectos al consumo, como el IVA, se debe diferenciar claramente el consumo suntuario, el cual debe tener mayor gravamen, bajar el IVA para los bienes de consumo necesario y poner en tasa "cero" una mayor cantidad de bienes básicos.
En lo referente al gasto, con el objeto de contar con un federalismo equitativo que brinde mayores recursos y también mayor competencia fiscal a los Estados y Municipios, para los cuales en la actualidad se mantiene una proporción injusta de 80% a la Federación, 16% a los Estados y 4% a los Municipios, proponemos que gradualmente estos porcentajes varíen hasta alcanzar el nivel de 50% para la Federación, 30% para los Estados y 20% para los Municipios.
38.- Pugnamos por mejorar sustancialmente el nivel productivo de sectores económicos marginados y empresas pequeñas. También impulsamos el desarrollo de regiones deprimidas del agro y, fundamentalmente, aumentar los ingresos de los sectores populares.
39.- Se promueve la regularización de la propiedad de la tierra urbana y la instalación de servicios urbanos en las colonias marginadas de las ciudades y en las comunidades rurales. El Partido del Trabajo impulsará políticas que promuevan la producción de viviendas de interés social por parte del Estado, para permitir que los sectores desposeídos y con bajos niveles de ingreso accedan a un patrimonio familiar. Asimismo, promoveremos políticas de compra de suelo para desarrollos habitacionales populares financiados por el Estado, porque es la base para romper con los abusos de los casatenientes y para reducir radicalmente el déficit de vivienda popular. También promoveremos medidas para extender la seguridad social a las colonias marginadas y a las comunidades rurales.
40.- Promover campañas de concientización para construir una cultura ecológica en todos los sectores de la población, además de una política que implante medidas radicales para resolver dichos problemas ya que la contaminación y el deterioro de los recursos naturales son alarmantes. Asimismo, se propone terminar con los tiraderos de desechos tóxicos y radioactivos de los Estados Unidos de Norteamérica en territorio mexicano. Además, evitar que nuestro vecino del norte, use la frontera sur de su territorio como cementerio de sus desechos tóxicos y radioactivos, que afectan el suelo Nacional.
41.- La juventud y la niñez constituyen más de la mitad de la población mexicana y son el presente y el futuro del país. Habrá que promover su desarrollo humano integral, creándoles condiciones de igualdad de posibilidades y oportunidades a todos los niveles, además del deporte de masas y de excelencia y la recuperación educativa. Por lo tanto, promoveremos las reformas educativas necesarias para garantizar el desarrollo de estos dos grupos de población, mientras logramos el poder político para hacer el cambio estructural del sistema educativo mexicano.
42.- La educación y la cultura representan el eje fundamental para el logro de la equidad social, del desarrollo y progreso del país. El Estado debe garantizar la impartición de una educación integral: ética, laica, pública, crítica, gratuita y científica, así como la formación científica y tecnológica que nos permita un desarrollo moderno y participativo, cumpliendo la exigencia legal de que se ejerza por lo menos el 8 por ciento del Producto Interno Bruto para garantizar el derecho a la educación de los mexicanos. La comunicación masiva debe abrirse a las organizaciones sociales y su programación debe ser verdaderamente educativa, no deformante. El Partido del Trabajo promoverá la apertura de la comunicación masiva para que cumpla objetivos educativos y no sea alienante.
42 Bis.- Por ser la infancia una etapa fundamental para el desarrollo y redimensionamiento físico, social e intelectual de los individuos, el Partido del Trabajo dará un gran impulso a la educación temprana o inicial comprendida entre los cero y tres años de edad y en su caso extensivo hasta los seis años. Los últimos hallazgos de las neurociencias y de la pedagogía establecen que es fundamental en el desarrollo de las inteligencias múltiples y la realización de las conexiones neuronales, proceso conocido como sinapsis, la educación temprana o inicial y una adecuada nutrición. Para que esto pueda ocurrir, es indispensable una estimulación temprana, continua, sistemática y una dieta sobre enriquecida en proteínas, además de otros neuronutrientes en las cantidades requeridas. Por estas razones, la educación temprana o inicial, es fuertemente impulsada por el Partido del Trabajo.
43.- Estamos a favor de promover una política deportiva integral que implemente el deporte a nivel masivo para todas las edades y pondremos especial énfasis en el deporte infantil y juvenil. Impulsaremos una
cultura del deporte para toda la población, incorporando de manera obligatoria, en la actividad laboral y en todos los niveles de la educación.
44.- Pugnamos por fortalecer y crear institutos sociales en el ámbito Federal, Estatal, Municipal, Demarcación Territorial y Comunitario de protección y apoyo a pensionados, jubilados y grupos vulnerables, que les garanticen legalmente la recreación, asistencia social, deporte, cultura, capacitación, creación de incubadoras de proyectos, de empresas sociales generadoras de empleo, alimentación y atención médica.
45.- Nos pronunciamos a favor de un cambio del actual modelo económico neoliberal ya que estamos en contra de la política neoliberal que se aplica en el país desde hace tres décadas y media, porque ha profundizado la polarización de la sociedad. Actualmente hay más pobres y unos cuantos multimillonarios con enormes fortunas. El neoliberalismo también ha destruido las cadenas productivas, desindustrializando al país, fracturando el aparato productivo nacional, generando desempleo y convirtiéndonos en el país con mayor número de migrantes en el mundo.
46.- Combatiremos el desempleo impulsando empresas familiares y la micro, pequeña y mediana empresa privada. Fomentaremos las empresas sociales para impulsar el desarrollo y el autoempleo.
47.- Luchamos por la creación de centros de capacitación y adiestramiento de mano de obra, para incorporar a la actividad productiva a importantes sectores de la población y lograr la especialización, profesionalización y capacitación diversa de los trabajadores.
48.- Apoyaremos a las industrias con tecnología de punta, que busque arrastrar al desarrollo a las pequeñas y medianas empresas, porque eso va a permitir que México se inserte productivamente en la actual revolución tecnológica, es decir, en el campo de la microelectrónica, informática, comunicación satelital, robótica, cibernética, biotecnología e ingeniería genética y nanotecnología. Apoyamos a las empresas nacionales que tengan ventajas competitivas en el mercado internacional.
49.- La política oficial está dirigida a favorecer a unos cuantos grupos económicos. La falacia del neoliberalismo sustenta un supuesto libre juego de las fuerzas del mercado, pero en los hechos los grupos monopólicos y oligopólicos determinan en lo fundamental, junto con la complicidad de la gran burocracia política del Estado, la marcha de la economía condenando a la pequeña y mediana empresa Nacional a su debilitamiento y a la quiebra. Planteamos una política que regule y acote a los monopolios y oligopolios. Estamos a favor de la defensa de los derechos de los consumidores.
50.- Trabajamos porque el gasto público se utilice para reactivar la economía y corregir los desequilibrios que ha generado el neoliberalismo. Debe utilizarse para capacitar la fuerza de trabajo, para desarrollar los sistemas públicos de salud, educación, seguridad, para crear más viviendas de interés social, para garantizar la alimentación de todos los mexicanos, para apoyar a las empresas agropecuarias y para generar las obras de infraestructura necesarias que requiere el desarrollo económico y social del país.
51.- La postración económica en la que mantienen los gobiernos neoliberales a la economía mexicana hace que los enormes pasivos públicos y el servicio que se paga de los mismos ahogue toda posibilidad de desarrollo económico y social. Estamos a favor de una renegociación y quitas de todos los pasivos públicos que disminuya capital e intereses y posibilite la recuperación de la economía y la generación de empleos.
Igualmente, nos pronunciamos por una auditoria a la deuda externa e interna que verifique montos, gastos y deslinde responsabilidades.
Asimismo, repudiamos el uso ilegal de recursos públicos para las precampañas y campañas electorales de los partidos, candidatos y funcionarios públicos a nivel Federal, Estatal, Municipal y Demarcación Territorial, que han beneficiado a diversos grupos de los grandes empresarios.
52.- Impulsamos y exigimos sin concesiones el respeto a los derechos humanos, sociales, laborales, políticos, electorales y culturales de los mexicanos residentes en el extranjero. Se debe pugnar por incluir el tema migratorio en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de Norteamérica y Canadá, y para garantizar estos derechos demandamos al Gobierno Federal que asuma la defensa enérgica de nuestros connacionales en el extranjero.
Promoveremos y facilitaremos la participación de los mexicanos que radican en el extranjero para que ejerzan su derecho a votar en las elecciones Federales, Estatales y Municipales.
53.- Vamos por una nueva cultura empresarial, una nueva cultura laboral, por un nuevo sindicalismo.
Queremos una nueva cultura empresarial, más competitiva, que aumente la calidad total, la productividad y por lo tanto, los salarios y prestaciones sobre la base de la incorporación de tecnología de punta y no sobre la explotación salvaje de los trabajadores.
Planteamos una nueva cultura laboral que signifique capacitación, adiestramiento y aumento permanente de la productividad de los trabajadores para contribuir a crear una nueva industria Nacional más competitiva.
Estamos a favor de un nuevo sindicalismo combativo, activo y propositivo, que busque el aumento de la
eficiencia y la productividad de los trabajadores a cambio del aumento creciente de su bienestar económico y social. Rechazamos el sindicalismo improductivo, que protege la ineficiencia, el desgano, el ausentismo y la irresponsabilidad de los trabajadores. Nos pronunciamos por la incorporación de los trabajadores en la gestión y administración de las empresas y a la participación en la propiedad vía compra de acciones por los sindicatos y trabajadores.
Lucharemos por la revalorización de los salarios para que mejoren las condiciones materiales y por un justo reparto de utilidades.
ANEXO TRES
ESTATUTOS PARTIDO DEL TRABAJO.
CAPTULO I
DEL NOMBRE, EMBLEMA, LEMA Y DOMICILIO.
Artículo 1. Su nombre es PARTIDO DEL TRABAJO Y SUS SIGLAS SON PT.
Artículo 2. Su emblema es un recuadro negro con fondo rojo; con una estrella de cinco picos de color amarillo oro en la parte superior y ocupando un mayor espacio, situadas en la parte inferior de la estrella, las siglas PARTIDO DEL TRABAJO, PT, en color amarillo oro. Los colores que caracterizan al Partido del Trabajo son rojo y amarillo oro.
Artículo 3. Su lema es UNIDAD NACIONAL, ¡TODO EL PODER AL PUEBLO!
Artículo 4. El domicilio de la sede nacional del Partido del Trabajo estará ubicado en la Ciudad de México. Sus Estatales, Municipales, Ciudad de México, Demarcaciones territoriales, Distritales y en su caso Comunitarios tendrán su domicilio en el lugar de su residencia.
La sede Nacional, las sedes Estatales y de la Ciudad de México del Partido del Trabajo, tendrán una Oficialía de Partes, para recibir correspondencia, notificaciones, peticiones, recursos, juicios legales, quejas y cualquier comunicación o documento oficial. Todos los documentos que se reciban en la Oficialía de Partes, deberán ser sellados y recibidos por el responsable de esta instancia. La Comisión Ejecutiva Nacional expedirá el reglamento respectivo, que norme su organización y funcionamiento.
Ninguna comunicación, documento, recurso y juicio legal se dará por recibido ni tendrá validez jurídica plena, si no ingresa a través de la Oficialía de Partes correspondiente.
CAPTULO II
DEL CARÁCTER DEL PARTIDO DEL TRABAJO.
Artículo 5. El Partido del Trabajo es un Partido Político Nacional del pueblo y para el pueblo. Es democrático, popular, independiente y antiimperialista. Lucha por una sociedad autogestionaria, justa, socialista, ecológicamente sustentable, con igualdad social de condiciones y oportunidades, en un ambiente de libertades.
Artículo 6. El Partido del Trabajo considera a la Línea de Masas como la línea fundamental para todo trabajo que realicemos y para toda lucha que se emprenda, tanto en su interior como entre las masas, que permita ir construyendo el Poder Popular Alternativo. La Línea de Masas es la matriz epistemológica, semiótica, neurocientífica y psicológica del Partido del Trabajo.
Artículo 7. El Partido del Trabajo es un proyecto integral. Sus ejes organizativos de acción son el territorio, la promoción de la gestión, la gestión compartida y autogestión social e igualmente, es un proyecto electoral y de opinión pública.
CAPTULO III
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS Y DE FUNCIONAMIENTO.
Artículo 8. Nuestro Partido es independiente en lo económico, político y propagandístico, respecto a cualquier Gobierno extranjero, organización internacional o ministros de culto de cualquier religión o secta. No se celebrarán pactos o acuerdos que subordinen o sujeten a nuestro Partido a Gobiernos extranjeros o cualquiera de las personas físicas o morales mencionadas.
Artículo 9. El Partido del Trabajo es una organización política federada y frentista, que como partido político es de masas y de lucha social, formada por organizaciones políticas, partidos locales y ciudadanos. Las organizaciones sociales autogestivas, son autónomas respecto al Partido del Trabajo.
El Partido del Trabajo agrupa así a distintas expresiones, en una sola posición política e ideológica y es un instrumento al servicio del pueblo, en la lucha revolucionaria para transformar a México.
Artículo 10. El Partido del Trabajo norma su funcionamiento a través de los siguientes principios:
a)   Nuestro modelo de funcionamiento es la democracia centralizada. Por esto entendemos la
aplicación de la línea de masas, en materia de funcionamiento partidario y que implica la combinación equilibrada, de la democracia directa, semidirecta y la democracia representativa.
      Por democracia centralizada también entendemos las tareas por parte de la dirección de centralizar la democracia, es decir, las discusiones, críticas, planteamientos, propuestas, e iniciativas de los militantes y de las distintas instancias organizativas del Partido. Este funcionamiento permite la socialización de las decisiones, de la información, de las experiencias, los conocimientos y las tareas.
      Los rganos de dirección retoman los acuerdos y adoptan las medidas necesarias, para que se instrumenten en forma ejecutiva y eficiente.
      Esta forma de funcionamiento, nos permite superar la verticalidad autoritaria y burocrática que caracteriza a otras organizaciones.
b)   EI funcionamiento de la Dirección será colegiado, combinará la dirección colectiva con la responsabilidad personal.
c)   Las decisiones de trascendencia se tomarán por consenso y si no es posible, se tomarán por el 50% más uno de los individuos presentes. Las decisiones secundarias y operativas se tomarán por mayoría simple. Se respetará a las minorías porque la historia demuestra que ellas pueden tener la razón.
d)   La búsqueda de acuerdos mediante la autocrítica, crítica, lucha ideológica fraterna y el consenso será una práctica permanente al interior del Partido del Trabajo.
e)   Habrá tolerancia recíproca para que puedan sostenerse posiciones diferentes.
f)    La autocrítica, la crítica y la lucha ideológica tendrá como finalidad que los integrantes del Partido se pongan de acuerdo sobre las concepciones y los asuntos esenciales de la lucha social, política y electoral.
g)   La renovación y elección de los integrantes de los rganos Directivos y demás rganos del Partido, se realizará a través del Congreso respectivo, cada seis años, de manera ordinaria.
      Los integrantes de rganos Directivos permanentes que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad al Partido del Trabajo, o que se hayan distinguido por su lealtad a los principios del Partido, honorabilidad, competencia y por sus méritos personales, tendrán derecho, en su caso, a ser reelectos por un periodo adicional inmediato, de hasta seis años.
h)   Habrá rotación de militantes en los cargos de responsabilidad, recomendándose nunca hacerlo al 100%, para aprovechar la experiencia y dar continuidad a los trabajos de dirección.
i)    Todos los integrantes de los rganos de dirección son responsables ante los miembros del Partido del Trabajo y la sociedad, de cumplir y hacer cumplir los Documentos Básicos, las políticas, acuerdos y resoluciones del Partido. Los miembros de los rganos de dirección podrán ser removidos y sustituidos en cualquier momento por causa justificada, por la instancia que corresponda, conforme a los procedimientos señalados en los presentes Estatutos.
j)    Este funcionamiento implica también, la subordinación de la minoría a la mayoría, de los militantes al Partido y de las instancias inferiores a las superiores.
Artículo. 10 Bis. El Partido del Trabajo promoverá y garantizará la paridad entre los géneros, en la postulación de candidatos a los cargos de elección popular para la integración del Congreso de la Unión y los Congresos de las Entidades Federativas.
En la integración de los órganos de dirección nacional, estatal y municipal se garantizará la paridad de género.
Artículo 11. El Partido del Trabajo se construye participando y desarrollando:
a)   Los procesos sociales de masas.
b)   La lucha política y electoral.
c)   La lucha ideológica y la Unidad Política Fraterna y propositiva.
d)   La formación teórica, ideológica y práctica de los cuadros dirigentes y de masas.
Su implantación será territorial, Nacional, Estatal, Ciudad de México, Distrital, Municipal, Demarcación territorial y Comunitario como aspecto central, y sectorial como aspecto secundario.
 
Artículo 12. La integración y la participación en las instancias del Partido del Trabajo serán democráticas y equitativas conforme al nivel de desarrollo, el peso específico, la representación política, electoral y social que tengan las Estatales, Ciudad de México, las Distritales, las Municipales, las Demarcaciones territoriales o las Comunitarias y las corrientes de opinión del Partido del Trabajo.
Artículo 13. El derecho a la libre discusión, a la autocrítica, a la crítica y a la lucha ideológica debe estar garantizado, respetando las instancias y buscando las formas adecuadas para realizarlas y siendo materia de sanción toda acción que quiera impedirla.
En el Partido del Trabajo se reconocen las manifestaciones de libre pensamiento, debiendo éstas sujetarse a las normas de funcionamiento siguientes:
a)   Deben actuar con fraternidad, con respeto, acatar la disciplina, los acuerdos y resolutivos y velar en todo momento por la unidad del Partido del Trabajo.
b)   Deben respetar la estructura Nacional, Estatal, Distrital, Municipal, Demarcación Territorial, Comunitaria, y los rganos de dirección del Partido del Trabajo.
c)   Pueden manifestar sus puntos de vista a nivel personal o de manifestación de libre pensamiento. No deberán hacerlo a nombre del Partido del Trabajo o de alguna de sus instancias.
d)   Deberán abstenerse de realizar gestiones ante autoridades o cualquier otra instancia a nombre del Partido del Trabajo.
CAPTULO IV
DE LOS MILITANTES, AFILIADOS Y SIMPATIZANTES.
DE LOS MILITANTES.
Artículo 14. Son militantes del Partido del Trabajo, los mexicanos, mujeres y hombres, que acepten y suscriban los Documentos Básicos y sus políticas específicas. Deberán participar activa y permanentemente en una instancia del Partido del Trabajo y en una organización social y sus luchas. Deberán aplicar las líneas políticas del Partido, actuar con honestidad y disciplina y pugnar por conservar su unidad. Por tratarse de un Instituto Político Nacional, en el cual sus militantes, afiliados y simpatizantes participan en forma personal y voluntaria, además que el ejercicio de sus actividades políticas se encuentran consideradas en el artículo 35 Constitucional, como prerrogativas de los ciudadanos; en consecuencia, en ningún momento la militancia de los mismos en el Partido del Trabajo, generará derechos laborales.
Artículo 15. Son derechos de los militantes del Partido del Trabajo:
a)   Postularse dentro de los procesos de selección de dirigentes así como votar y ser votados para todos los rganos de Dirección, demás rganos del Partido en todos los niveles y para todas las Comisiones que integran sus estructuras orgánicas, cuando cumplan los requisitos estatutarios para ello.
      Los militantes tendrán derecho a reelegirse por una sola vez en los cargos que hayan sido electos, a nivel municipal, estatal y nacional.
b)   Postularse dentro de los procesos internos de selección de candidatos a cargos de representación popular, así como votar y ser votados, cumpliendo con los requisitos que se establezcan en las disposiciones aplicables y los estatutos.
c)   Discutir, proponer y votar libremente en torno a las líneas generales del trabajo de masas, ideológico, teórico, político y organizativo del Partido, en las instancias respectivas.
d)   Recibir la orientación por las instancias partidarias respectivas, para realizar su trabajo entre las masas y su trabajo partidario.
e)   Recibir el apoyo necesario en el cumplimiento de sus tareas de acuerdo a las posibilidades del Partido. Ser informado de las actividades del Partido del Trabajo en todas sus instancias y regiones, a excepción de los problemas que por su propia naturaleza delicada, deben tratarse con reserva y discreción, así como solicitar la rendición de cuentas a los órganos de dirección, a través de los informes que, con base en los Estatutos, se encuentren obligados a presentar durante su gestión; y exigir el cumplimiento de los documentos básicos del partido.
f)    Manifestar y sostener sus puntos de vista, en todas las instancias del Partido y formar parte de corrientes de opinión, respetando la normatividad estatutaria y no cayendo en prácticas divisionistas.
 
g)   Recibir el apoyo del Partido del Trabajo para su capacitación y formación teórico política, participando en el Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido, asistiendo a los cursos de formación que las diversas instancias de éste organicen o a cualquier evento de formación organizado por el Partido del Trabajo.
h)   Ser designados para representar al Partido del Trabajo en los diferentes foros nacionales e internacionales.
i)    Ser promovido, en forma justa y equitativa, recibir estímulos y reconocimientos del Partido del Trabajo cuando destaque por su trabajo realizado.
j)    Expresar sus puntos de vista libremente con un afán constructivo y propositivo en los periódicos y revistas del Partido del Trabajo.
k)   Libertad para hacer propuestas, emitir opiniones, para realizar críticas y autocríticas y tendrán derecho a ser escuchados en todas las instancias del Partido del Trabajo.
l)    Recibir información para el ejercicio de sus derechos político-electorales, y recibir orientación jurídica en el ejercicio y goce de sus derechos.
m)  Refrendar y en su caso renunciar a su condición de militante.
n)   Impugnar ante el Tribunal o los Tribunales Electorales locales las resoluciones y decisiones de los órganos internos que afecten sus derechos político electorales.
o)   Así como los demás derechos señalados en el artículo 40 de la Ley General de Partidos Políticos.
Artículo 15 Bis. Serán elegibles para ocupar los distintos cargos de Dirección y demás rganos del Partido del Trabajo, los que reúnan los siguientes requisitos:
I.     Ser mayor de edad.
II.     Ser militante o afiliado del Partido del Trabajo.
III.    Lealtad al proyecto y a los postulados del Partido del Trabajo.
IV.   Congruencia con los principios del Partido del Trabajo y su práctica política.
V.    No tener antecedentes de corrupción.
VI.   Compromiso con las luchas sociales y con el desarrollo del Partido del Trabajo.
Artículo 15 Bis 1. No podrán ser reelectos, aquéllos integrantes de los distintos cargos de Dirección y demás rganos del Partido del Trabajo, que se ubiquen en los supuestos siguientes:
1.   Realicen actos de corrupción fundados y probados.
2.   Incumplan los acuerdos tomados en los distintos cargos de Dirección y demás rganos del Partido del Trabajo.
3.   Practiquen una línea teórico-ideológica y una línea política diferente a la aprobada por el Partido del Trabajo.
4.   Expongan o diriman conflictos intrapartidarios ante los medios de comunicación y en las instancias gubernamentales del Estado que no sean competentes.
5.   Promuevan acciones de divisionismo hacia el interior del propio Partido del Trabajo.
6.   Los representantes populares y servidores públicos del Partido del Trabajo, que no coticen o no hayan cotizado en los términos del artículo 16 inciso l); de estos Estatutos.
7.   No presenten, teniendo obligación de hacerlo, la declaración patrimonial.
8.   Practiquen el nepotismo.
9.   Haga uso inadecuado del patrimonio del Partido del Trabajo.
10.  Tomen las oficinas u otras instalaciones del Partido del Trabajo por cualquier medio.
11.  Realice agresiones físicas, calumnie, injurie o difame a militantes o dirigentes del Partido del Trabajo.
Artículo 15 Bis 2. Los militantes que hayan sido electos para integrar la Comisión de Contraloría y Fiscalización, la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, Comisión de Conciliación Estatal o de la Ciudad de México, no podrán por ningún motivo, durante el periodo de su
encargo, formar parte de los rganos de Dirección permanentes del Partido.
Los integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos y de la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, por la naturaleza de sus funciones y atribuciones, no podrán durante el periodo de su encargo, formar parte de los rganos de Dirección permanentes del Partido.
Aquellos militantes del Partido que ocupen el cargo de Presidente de la República o Gobernador no podrán por ningún motivo durante el periodo de su encargo, formar parte de manera simultánea de los rganos de Dirección permanentes del Partido en cualquiera de sus niveles, y de ninguna de las comisiones de las demás estructuras del Partido.
Artículo 16. Son obligaciones de los militantes:
a)   Participar en una instancia de base del Partido del Trabajo e informar periódicamente de sus actividades a la dirección o las direcciones correspondientes.
b)   Participar activa y permanentemente en una organización social.
c)   Acatar los resolutivos de los Congresos y demás instancias del Partido del Trabajo y llevar a la práctica sus líneas generales.
d)   Cumplir con las tareas que le sean encomendadas por las organizaciones sociales y por el Partido del Trabajo, en sus diversas instancias.
e)   Respetar la estructura orgánica del Partido del Trabajo, obedecer su disciplina y acatar sus rganos de Dirección.
f)    Preservar la unidad del Partido del Trabajo.
g)   Defender al Partido del Trabajo en todo lugar y momento.
h)   Cuidar de los recursos financieros, materiales, bienes muebles e inmuebles del Partido del Trabajo que estén bajo su responsabilidad y firmar los resguardos correspondientes. Dar cuenta del destino de los mismos y en su caso, reintegrarlos de inmediato en buen estado cuando le sean requeridos por las instancias partidarias. En caso de incumplimiento o negativa se procederá judicialmente en su contra, por parte de la instancia correspondiente o por parte de las instancias superiores del Partido. Estas obligaciones se hacen extensivas para los afiliados y simpatizantes del Partido del Trabajo.
i)    En su caso, pagar la cuota que le corresponda.
j)    No dirimir conflictos intrapartidarios en los medios de comunicación externos.
k)   Los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, de la Comisión Coordinadora Nacional, los Comisionados Políticos Nacionales y demás rganos Nacionales del Partido; de las Comisiones Ejecutivas Estatales o de la Ciudad de México, de la Comisión Coordinadora Estatal o de la Ciudad de México y los que ocupen un cargo de responsabilidad pública y representación popular, deberán entregar su declaración patrimonial ante la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización, a más tardar dos meses después de su elección o nombramiento.
l)    Los militantes y afiliados que ocupen cargos de representación popular y de servidores públicos, deberán comprometerse a aportar las cuotas al Partido del Trabajo de acuerdo a los siguientes criterios:
I.    Se entiende por percepciones: los sueldos, salarios, dietas y honorarios netos.
II.   Las cuotas que se recauden por este concepto se destinarán al Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros, cuando éstas provengan del ámbito Federal y para las escuelas Estatales o de la Ciudad de México cuando provengan del ámbito Estatal o de la Ciudad de México y Municipal o Demarcación territorial, cuando exista escuela de cuadros Municipal o Demarcación territorial, los ingresos se entregarán en ese ámbito.
Los criterios anteriores se presentan en el siguiente tabulador:
PERCEPCIN
CUOTA
Hasta 5 salarios mínimos mensuales:
2 %
De 6 hasta 12 salarios mínimos mensuales:
5 %
De 13 hasta 30 salarios mínimos mensuales:
10 %
De 31 hasta 42 salarios mínimos mensuales:
15 %
De 43 salarios mínimos mensuales en adelante:
20 %
Quienes no cumplan con lo anterior, serán acreedores a las sanciones que establece el artículo 115 de los presentes estatutos, de conformidad con las resoluciones que emitan las instancias internas encargados de dirimir conflictos.
m)  Aplicar la Línea de Masas para todo trabajo que se realice.
n)   Educarse teórica y políticamente en el Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido del Trabajo.
o)   No permitir ni propiciar la injerencia del Estado en la vida del Partido del Trabajo.
p)   Respetar y cumplir los estatutos y la normatividad partidaria.
q)   Respetar y difundir los principios ideológicos y el programa de acción.
r)    Cumplir con las disposiciones legales en materia electoral.
s)   Cumplir con las resoluciones internas que hayan sido dictadas por los órganos facultados para ello en términos de los Estatutos.
t)    Así como las demás obligaciones señaladas en el artículo 41 de la Ley General de Partidos Políticos.
DE LOS AFILIADOS.
Artículo 17. Son afiliados al Partido del Trabajo los mexicanos mujeres y hombres que acepten la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos y; colaboren con algunas tareas del Partido, especialmente las electorales. Sus derechos son:
a)   Votar y ser votados para ocupar los rganos de Dirección demás rganos del Partido en todos los niveles y para todas las Comisiones que integran sus estructuras orgánicas, cuando cumplan los requisitos estatutarios para ello.
b)   Votar y ser votados como candidatos del Partido del Trabajo a los cargos de elección popular.
c)   Presentar propuestas a las diferentes instancias del Partido del Trabajo sobre aspectos políticos, electorales, organizativos y de lucha de masas.
d)   Capacitarse teórica y políticamente en las Escuelas de Cuadros.
e)   Conocer y discutir los documentos públicos e internos del Partido del Trabajo.
f)    Recibir orientación para realizar su trabajo entre las masas y ser informado de las actividades del Partido del Trabajo en todas sus instancias. Se excluyen un reducido número de problemas que por su naturaleza delicada no pueden informarse abiertamente.
g)   Manifestar y sostener sus puntos de vista en todas las instancias del Partido del Trabajo y formar parte de corrientes de opinión, respetando la normatividad estatutaria, y no cayendo en prácticas divisionistas.
h)   Los afiliados podrán estar incorporados en algún organismo de base del Partido del Trabajo.
i)    Manifestar sus puntos de vista a nivel personal sin involucrar al Partido del Trabajo en su conjunto.
Artículo 18. Son obligaciones de los afiliados:
a)   Aceptar los Documentos Básicos.
b)   Acatar y practicar la línea política, acuerdos y resoluciones del Partido del Trabajo.
c)   Educarse teórica y políticamente en el sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido del
Trabajo y estar actualizado de la situación local, nacional e internacional.
d)   Aplicar la Línea de Masas para todo trabajo que se realice.
e)   Participar en algún nivel de trabajo partidario y además en las organizaciones sociales o en algunas franjas de la sociedad.
f)    Aportar las cuotas establecidas por la instancia del Partido del Trabajo donde se participe.
g)   Los afiliados deberán promover la afiliación permanente en lo individual de personas al Partido del Trabajo y el ingreso formal será revisado por los organismos de dirección correspondientes cuando se considere pertinente.
h)   Cumplir con los compromisos contraídos con el Partido del Trabajo y las organizaciones sociales.
i)    Promover el voto en los distintos procesos electorales de nuestra opción partidaria.
j)    No dirimir conflictos intrapartidarios en los medios de comunicación externos.
k)   No permitir ni propiciar la injerencia del Estado en la vida del Partido del Trabajo.
l)    Cotizar al Partido en los términos que establece el Artículo 16 Inciso l); de los presentes Estatutos.
DE LOS SIMPATIZANTES.
Artículo 19. Son simpatizantes aquellas personas que se identifiquen con el proyecto general del Partido del Trabajo, con su lucha social, política, electoral y ciudadana y promuevan el voto por nuestra opción partidaria.
Artículo 20. Los simpatizantes del Partido del Trabajo participarán principalmente en la lucha electoral, ciudadana, sectorial y social. Colaborarán en aspectos financieros, de infraestructura y en cualquier apoyo en general. Los simpatizantes tendrán los siguientes derechos:
a)   Conocer las líneas fundamentales de nuestro trabajo político, así como la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos de nuestro Partido.
b)   Conocer nuestra política para cada sector del pueblo.
c)   Libertad para emitir opiniones y críticas. Las Comisiones Ejecutivas, Municipales y Demarcaciones territoriales, aceptarán la solicitud de ingreso de los simpatizantes en calidad de afiliados.
En caso de negativa, las solicitudes se podrán hacer ante las Comisiones Ejecutivas Estatales, de la Ciudad de México o ante la Comisión Ejecutiva Nacional.
Artículo 21. Son obligaciones de los simpatizantes:
a)   Conocer nuestra línea política y Documentos Básicos.
b)   Promover el voto a favor de nuestro Partido.
c)   Participar en los actos más relevantes del Partido del Trabajo.
d)   No dirimir conflictos intrapartidarios en los medios de comunicación.
CAPTULO V
DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INGRESO.
Artículo 22. Los requisitos de ingreso de los afiliados al Partido del Trabajo son:
a)   Estar comprometido en la lucha del pueblo mexicano.
b)   Conocer la línea del Partido del Trabajo y coincidir con ella, así como con sus Documentos Básicos.
c)   No militar en otra organización partidaria nacional o antagónica al Partido del Trabajo.
d)   Presentar una solicitud de afiliación por escrito, a la instancia partidaria correspondiente.
e)   Presentar una solicitud de ingreso de manera individual, personal, libre, pacífica y voluntaria ante la Comisión Ejecutiva Municipal, Demarcación territorial, Estatal, de la Ciudad de México y Nacional en su caso.
f)    Cubiertos los requisitos, el Partido del Trabajo podrá aceptar la solicitud de ingreso y emitir la constancia de afiliación.
 
g)   En caso de que la constancia de ingreso respectiva de afiliados, simpatizantes y militantes no sea emitida por la instancia correspondiente, en un plazo de 30 días, ésta se dará por aceptada. Los afiliados podrán ser promovidos a militantes.
CAPTULO VI
DE LAS INSTANCIAS DE DIRECCIN Y OTROS RGANOS DEL PARTIDO.
Artículo 23. Los rganos de Dirección y otros rganos e Instancias del Partido del Trabajo son:
I.     Nacionales:
a)   Congreso Nacional.
b)   Consejo Político Nacional.
c)   Comisión Ejecutiva Nacional.
d)   Comisión Coordinadora Nacional.
e)   Comisionado Político Nacional.
Otros rganos e Instancias Nacionales:
a)   Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización.
b)   Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias.
c)   Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos.
d)   Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos.
II.    rganos de Dirección y otros rganos e Instancias del Partido Estatales o de la Ciudad de México.
a)   Congreso Estatal o de la Ciudad de México.
b)   Consejo Político Estatal o de la Ciudad de México.
c)   Comisión Ejecutiva Estatal o de la Ciudad de México.
d)   Comisión Coordinadora Estatal o de la Ciudad de México.
e)   Comisionado Político Nacional, en su caso.
Otros rganos e Instancias Estatales o de la Ciudad de México:
a)   Comisión de Contraloría y Fiscalización Estatal o de la Ciudad de México.
b)   Comisión de Conciliación Estatal o de la Ciudad de México.
c)   Comisión Estatal o de la Ciudad de México de Elecciones y Procedimientos Internos.
d)   Comisión Estatal o de la Ciudad de México de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos.
III.    rganos de Dirección y otros rganos e Instancias del Partido Municipales y Demarcaciones territoriales:
a)   Congreso Municipal o Demarcación territorial.
b)   Consejo Político Municipal o Demarcación territorial.
c)   Comisión Ejecutiva Municipal o Demarcación territorial.
d)   Comisión Coordinadora Municipal o Demarcación territorial.
e)   Organismos del Partido del Trabajo en las comunidades y en las organizaciones sociales.
f)    Comisionados Políticos Nacionales, en su caso.
Donde se requiera, se establecerán rganos de Dirección e Instancias Distritales siguiendo el procedimiento establecido en los presentes Estatutos.
CAPTULO VII
DEL CONGRESO NACIONAL.
Artículo 24. El Congreso Nacional es el órgano máximo de dirección y decisión del Partido del Trabajo. Sus acuerdos y resoluciones serán obligatorios para todos sus rganos e Instancias de dirección, militantes y afiliados.
 
Artículo 25. El Congreso Nacional se integra por:
a)   La Comisión Ejecutiva Nacional, la Comisión Coordinadora Nacional, la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización.
b)   Legisladores Federales del Partido del Trabajo acreditados conforme a la convocatoria respectiva.
c)   Legisladores Locales del Partido del Trabajo acreditados conforme a la convocatoria respectiva.
d)   Comisionados Políticos Nacionales.
e)   Se deroga.
f)    Representantes Nacionales ante los rganos Electorales Federales.
g)   Delegados en el número y proporción que se establezca en la convocatoria respectiva, que emita la instancia convocante, tomando en cuenta:
-     Crecimiento y consolidación de las organizaciones sociales.
-     El desarrollo político e ideológico del Partido del Trabajo.
-     Compromiso con el proyecto Nacional del Partido del Trabajo.
-     El último resultado electoral. Cuando sean procesos concurrentes se tomará el resultado mayor en la votación de Diputados Federales o Locales.
-     Peso específico de cada Estatal o de la Ciudad de México.
-     También se considerará el número de afiliados de cada entidad federativa, registrados en el Sistema Nacional de Afiliación o Padrón Nacional de Afiliados del Partido del Trabajo.
h)   Los delegados nombrados por la Comisión Ejecutiva Nacional, con base en el artículo 40 párrafo segundo, de los presentes Estatutos.
Artículo 26. El Congreso Nacional se reunirá cada tres años en forma ordinaria y renovará los rganos de Dirección Nacional y demás rganos e Instancias Nacionales cada seis años.
El Congreso Nacional Ordinario y Extraordinario tendrá la facultad para someter a consulta de este órgano máximo, la continuidad o revocación parcial o total del mandato de los dirigentes y demás rganos del Partido del Trabajo en su ámbito de competencia, cuando así lo considere necesario y con motivo justificado.
En este caso, el Congreso Nacional elegirá a quienes sustituyan a los dirigentes que hayan sido revocados en su mandato, para que concluyan el periodo correspondiente.
El Congreso Nacional tendrá validez al contar con el quórum legal establecido y al estar presente la mayoría de los miembros de la Comisión Coordinadora Nacional o el 50% más uno de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, quienes presidirán el evento.
Se deberá aprobar la convocatoria por el 66% de los miembros, cuando menos, de la Comisión Ejecutiva Nacional o por el Consejo Político Nacional en el mismo porcentaje y será emitida por la Comisión Coordinadora Nacional. A negativa u omisión de estas Instancias, se podrá aprobar con el 50% más uno de las Comisiones Ejecutivas Estatales y de la Ciudad de México del país que a su vez, establecido el quórum legal, la aprobarán y/o firmarán con el 50% más uno de sus integrantes presentes. La convocatoria deberá ser firmada y ordenar su publicación por la Comisión Coordinadora Nacional o por el 50% más uno de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, o en su caso, por el 50% más uno de las Comisiones Ejecutivas Estatales y de la Ciudad de México del país, al menos con dos meses de anticipación a su celebración y difundirse en forma amplia a todas las Instancias estatales y de la Ciudad de México. Además, deberá publicarse en un periódico de circulación nacional, al menos quince días naturales antes de la celebración del Congreso.
Artículo 27. El Congreso Nacional podrá ser convocado en forma extraordinaria, cuando sea necesario por las mismas instancias, con los requisitos y proporciones señaladas en el artículo anterior. La convocatoria la acuerda la Comisión Ejecutiva Nacional y la realiza, firma y ordena su publicación, la Comisión Coordinadora Nacional o el 50% más uno de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional o por el 50% más uno de las Comisiones Ejecutivas Estatales y de la Ciudad de México o por lo menos el 15% de los militantes registrados en el padrón del Partido del Trabajo.
El Congreso Nacional extraordinario deberá ser convocado, al menos, con un mes de anticipación a su celebración y sólo tratará el o los puntos para los que expresamente fue convocado. Deberá publicarse la
convocatoria en un periódico de circulación nacional, al menos quince días naturales antes de la celebración del Congreso.
Artículo 28. El quórum legal del Congreso Nacional ordinario y extraordinario será del 50% más uno de sus integrantes. Los acuerdos, decisiones, resoluciones, elecciones, reelecciones, nombramientos y mandatos serán válidos con el voto del 50% más uno de los integrantes presentes.
Se requerirá al menos el voto de dos terceras partes de los integrantes presentes para acordar el cambio de nombre, emblema, lema, fusión, disolución del Partido del Trabajo y la venta o cesión de bienes inmuebles.
Artículo 29. Son atribuciones del Congreso Nacional ordinario y extraordinario:
a)   Conocer y resolver sobre el informe de la Comisión Ejecutiva Nacional.
b)   Determinar la línea teórico-ideológica del Partido del Trabajo.
c)   Fijar la línea política estratégica y táctica. Asimismo, aprobará la línea político-electoral de periodo.
d)   Realizar las reformas y los cambios que se consideren convenientes en la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos del Partido del Trabajo.
e)   Elegir a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, de entre la lista de candidatos registrados ante la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos o de manera supletoria ante la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, que hayan sido previamente propuestos por integrantes del Congreso Estatal o de la Ciudad de México.
      De entre los candidatos electos para integrar la Comisión Ejecutiva Nacional, el Congreso elegirá como mínimo nueve y hasta diecisiete miembros para integrar la Comisión Coordinadora Nacional. En ningún caso, habrá un número superior al cincuenta por ciento más uno de un mismo género.
f)    La elección de los integrantes de los distintos rganos de Dirección y demás rganos Nacionales, se realizará a través de voto nominal, voto secreto por cédula o por votación económica de los congresistas presentes.
      El Congreso determinará el sistema de votación que será utilizado.
g)   Analizar y en su caso, aprobar el informe de actividades del Partido del Trabajo que presente la Comisión Ejecutiva Nacional y la Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio; el informe sobre los Dictámenes de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización y fijar la política financiera del Partido del Trabajo.
h)   Elegir a los integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos, y Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos quienes podrán durar en su encargo hasta el próximo Congreso Nacional Ordinario.
i)    Elegir a los integrantes de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización que es de carácter permanente y se integra por tres miembros y sus respectivos suplentes.
j)    El Congreso Nacional aprobará, a propuesta y/o firma de por lo menos el 50% más uno de los integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional o de la Comisión Ejecutiva Nacional el reglamento de debates que regulará su funcionamiento y toma de decisiones y que a su vez, deberá ser aprobado por el 50% más uno de los integrantes presentes en el Congreso Nacional.
Artículo 30. Los documentos objeto de análisis del Congreso Nacional deberán ser conocidos y discutidos por los militantes. Es responsabilidad de los organismos convocantes, que el debate sea democrático y que las diversas opiniones sean conocidas por el conjunto de los miembros del Partido del Trabajo, antes de la celebración del Congreso Nacional correspondiente.
CAPTULO VIII
DEL CONSEJO POLTICO NACIONAL.
Artículo 31. El Consejo Político Nacional es el órgano máximo de dirección y decisión del Partido del Trabajo entre Congreso y Congreso.
Artículo 32. El Consejo Político Nacional se reunirá ordinariamente cada seis meses; y de manera extraordinaria cada vez que se considere necesario.
 
Artículo 33. La fecha de realización del Consejo Político Nacional ordinario o extraordinario será acordada por la Comisión Ejecutiva Nacional y la convocatoria la instrumentará y firmará la Comisión Coordinadora Nacional o el 50% más uno de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, y a negativa u omisión de éstas, podrá convocar al menos con la aprobación por el 50% más uno de las Comisiones Ejecutivas Estatales y de la Ciudad de México del país que a su vez la aprobarán una vez establecido el quórum legal con el 50% más uno de sus integrantes presentes. El Consejo Político Ordinario deberá convocarse con siete días naturales de anticipación a la realización del mismo y el Consejo Político Extraordinario con un mínimo de tres días naturales de anticipación.
Artículo 34. El Consejo Político Nacional se integra por:
a)   La Comisión Ejecutiva Nacional.
b)   La Comisión Coordinadora Nacional.
c)   Los Comisionados Políticos Nacionales.
d)   Los Senadores de la República acreditados.
e)   Los Diputados Federales acreditados.
f)    Se deroga.
g)   Se deroga.
h)   Los representantes nacionales del Partido del Trabajo ante los rganos electorales Nacionales.
i)    La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización.
j)    Se deroga.
Los delegados de cada Entidad Federativa en el número siguiente: cinco delegados en el caso de los Estados con desarrollo político del Partido consolidado; tres delegados en el caso de las entidades federativas con desarrollo político medio; dos delegados en el caso de entidades federativas con desarrollo político incipiente. La anterior clasificación de conformidad con el Dictamen que para tal efecto apruebe la Comisión Ejecutiva Nacional y emita la Comisión Coordinadora Nacional o el 50% más uno de la mayoría de las Comisiones Ejecutivas Estatales y de la Ciudad de México, y una vez establecido el quórum legal con el acuerdo y/o firma del 50% más uno de los integrantes presentes de las respectivas Comisiones Ejecutivas de las Entidades Federativas.
Artículo 35. El quórum legal del Consejo Político Nacional será del 50% más uno de sus integrantes. Los acuerdos y resoluciones serán válidos con el 50% más uno de los votos de sus integrantes presentes.
Artículo 36. Son atribuciones del Consejo Político Nacional las siguientes:
a)   Instrumentar la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Congreso Nacional.
b)   Convocar cuando así se requiera, a la celebración del Congreso Nacional ordinario o extraordinario, de manera supletoria.
c)   Definir la política financiera del Partido del Trabajo entre Congreso y Congreso.
d)   Impulsar las tareas necesarias para elevar el nivel teórico y político de los militantes. Igualmente definirá la política general del Sistema Nacional de Escuelas de Cuadros del Partido del Trabajo.
e)   Establecer la política general de comunicación social del Partido del Trabajo y sus órganos de información, análisis político, teórico y de debate.
f)    Aprobar y promover referendos y plebiscitos en toda la organización cuando haya posiciones encontradas o cuando se tenga que decidir cuestiones fundamentales para el futuro del Partido del Trabajo.
g)   Elegir a los nuevos integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional y de la Comisión Ejecutiva Nacional por ampliación, sustitución, en caso de muerte, impedimento físico y/o mental o por incumplimiento de sus funciones, así como renuncia o expulsión del Partido del Trabajo. Los nuevos integrantes electos de la Comisión Coordinadora Nacional deberán ser miembros también, de la Comisión Ejecutiva Nacional.
h)   Elegir de manera supletoria a los integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos, y la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, en aquellos casos en que de manera enunciativa más no limitativa, las circunstancias políticas, electorales, operativas o presupuestarias pongan en riesgo un proceso de elección de
dirigentes o un proceso constitucional electoral.
i)    Elegir a los sustitutos de la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización y de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos y la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, en caso de renuncia, expulsión, suspensión, muerte, incumplimiento sistemático e incapacidad física o mental que le impida el cumplimiento de sus funciones.
j)    Decidir la posición del Partido del Trabajo ante la coyuntura política nacional e internacional.
k)   Se requiere aprobar con al menos el voto de las dos terceras partes de los integrantes presentes la fusión del Partido del Trabajo con otras organizaciones políticas y partidarias.
l)    Definir en cada etapa la política general para la construcción de organizaciones sociales y la construcción y consolidación del Partido del Trabajo, así como la estrategia político electoral entre Congreso y Congreso.
m)  Aprobar los reglamentos y normas de la Comisión Ejecutiva Nacional y de sus Comisiones. Además aprobará los reglamentos de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos, Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, del rgano Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y los demás que se requieran para el desarrollo de las tareas propias del Partido del Trabajo.
n)   Ratificar o rectificar los informes y dictámenes que emita la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización.
o)   Todas aquéllas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional.
CAPTULO IX
DE LA COMISIN EJECUTIVA NACIONAL.
Artículo 37. La Comisión Ejecutiva Nacional es el órgano ejecutivo, con carácter colectivo y permanente del Partido del Trabajo, entre sesión y sesión del Consejo Político Nacional. Su funcionamiento es colegiado y combinará la dirección colectiva con la responsabilidad individual. Sesionará ordinariamente una vez a la semana y en forma extraordinaria cuando se considere necesario. Será convocada en forma ordinaria por la Comisión Coordinadora Nacional, por lo menos, con tres días de anticipación y en forma extraordinaria, por lo menos, con un día de anticipación. El quórum legal de la Comisión Ejecutiva Nacional será del 50% más uno de sus integrantes. Los acuerdos y resoluciones serán válidos con el voto del 50% más uno de sus integrantes presentes.
Artículo 37 Bis. Se convocará y notificará a las reuniones a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, por uno o más de los siguientes medios: se dirigirá a la sede Estatal del Partido del Trabajo, en la entidad que corresponda, por vía telefónica, vía fax, telégrafo, correo certificado, página web oficial del Partido del Trabajo, publicación de la convocatoria en el periódico oficial del Partido: "Unidad Nacional", publicación de la convocatoria en un medio impreso de circulación nacional, por medio de la dirección o correo electrónico que cada integrante de la Comisión Ejecutiva Nacional tenga asignado. Una vez realizada la notificación de la convocatoria de que se trata, por cualquiera de las vías señaladas con antelación, surtirá sus efectos legales.
Artículo 37 Bis 1. La Comisión Ejecutiva Nacional designará, un Secretario Técnico que tendrá las siguientes funciones:
a)   Promover por instrucciones de la Comisión Coordinadora Nacional la asistencia de las reuniones de la Comisión Ejecutiva Nacional.
b)   Elaborar el proyecto de las actas de las sesiones de la Comisión Ejecutiva Nacional para su confirmación, modificación o revocación por la mayoría de dicha instancia nacional.
c)   Certificar las actas y acuerdos de la Comisión Ejecutiva Nacional y de la Comisión Coordinadora Nacional cuando así se requiera.
d)   Certificar todos los documentos del Partido del Trabajo cuando así se requiera.
e)   Y todas aquellas tareas que mandate la Comisión Ejecutiva Nacional.
El Secretario Técnico de la Comisión Ejecutiva Nacional lo será, también, de la Comisión Coordinadora con las mismas funciones señaladas en los incisos anteriores.
Durará en su encargo un año o menos, si así lo decide la Comisión Ejecutiva Nacional, pudiendo ser
ratificado en sus funciones.
Artículo 38. La Comisión Ejecutiva Nacional será electa a través de alguna de las siguientes formas de votación: voto nominal, voto secreto por cédula, o por votación económica de por lo menos el 50% más uno de los congresistas presentes.
La elección se realizará por el Congreso Nacional Ordinario respectivo, en el número que éste acuerde, de entre la lista de candidatos propuestos por el propio Congreso Nacional Ordinario, ante la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos o de manera supletoria por la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos.
Artículo 39. Son atribuciones y facultades de la Comisión Ejecutiva Nacional:
a)   Coordinar, promover y supervisar el cumplimiento de los acuerdos de las instancias de dirección nacional.
b)   Dirigir la actividad general del Partido del Trabajo y dar cuenta de su gestión ante el Congreso Nacional y el Consejo Político Nacional.
c)   Aprobar la convocatoria al Congreso Nacional y al Consejo Político Nacional Ordinario o Extraordinario. La Comisión Ejecutiva Nacional podrá prorrogar o anticipar hasta por cuatro meses la realización del Congreso Nacional ordinario cuando así se requiera.
d)   Aprobar el nombramiento de los representantes del Partido del Trabajo ante las autoridades electorales federales y ante los organismos públicos locales y municipales, cuando así se considere necesario. Para instrumentar estas atribuciones se faculta y autoriza plena y ampliamente a la Comisión Coordinadora Nacional, cuyo nombramiento de los representantes electorales de que se trata, prevalecerá por encima de cualquier otro.
e)   En las entidades donde existan conflictos y desacuerdos graves, previo acuerdo de la Comisión Ejecutiva Nacional, la Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio directamente recaudará y se hará cargo de la administración de las prerrogativas correspondientes. De igual manera, nombrará o sustituirá a los representantes del Partido del Trabajo ante los Organismos Públicos Locales. En caso de existir uno o más nombramientos prevalecerá por encima de cualquier otro, el realizado por la Comisión Coordinadora Nacional o por el 50% más uno de los integrantes presentes de la Comisión Ejecutiva Nacional.
f)    Conjuntamente con la Comisión Coordinadora Nacional y la Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio, a través de dos tesoreros nombrados para tal efecto por la Comisión Ejecutiva Nacional, recaudarán y administrarán las finanzas y el patrimonio del Partido del Trabajo y establecerá las normas de organización y funcionamiento administrativo de nuestro Instituto Político. Ordenar periódicamente auditorías a las finanzas Nacionales, Estatales y de la Ciudad de México y a los recursos materiales de las distintas entidades federativas del país del Partido del Trabajo, y de manera obligatoria al término de cada proceso electoral local o federal.
Los tesoreros conjuntamente recibirán el financiamiento público y privado que por derecho le corresponda al Partido del Trabajo, y lo administrarán, ejercerán y operarán con firmas mancomunadas, conforme los mandatos de las instancias nacionales correspondientes.
g)   Aprobar la convocatoria que emita la Comisión Coordinadora Nacional para las conferencias sectoriales y para las reuniones de legisladores y ex-legisladores del Partido del Trabajo.
h)   La convocatoria a los Congresos de las Entidades Federativas ordinarios y extraordinarios será aprobada supletoriamente, cuando así se considere necesario, por la Comisión Ejecutiva Nacional y emitida por medio de la Comisión Coordinadora Nacional o una vez establecido el quórum legal por el acuerdo y/o firma del 50% más uno de los integrantes presentes de la Comisión Ejecutiva Nacional. Esta convocatoria prevalecerá por encima de cualquier otra.
i)    Aprobar los manuales de organización y funcionamiento de las instancias administrativa y financiera y supervisar su aplicación.
j)    Elegir a los integrantes del rgano Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y aprobar la continuidad de los mismos.
k)   En caso de corrupción, estancamiento, retroceso electoral, conflictos reiterados, situaciones políticas graves, indisciplina a la línea general del Partido o desacuerdos sistemáticos en los rganos de dirección local que impidan su buen funcionamiento, nombrará un Comisionado Político Nacional para reorganizar, depurar e impulsar el desarrollo del Partido. El Comisionado Político Nacional asumirá la representación política, administrativa, financiera, patrimonial y legal del Partido en la Entidad Federativa. La Comisión Coordinadora Nacional deberá convocar, una
vez superados los conflictos, a un Congreso Estatal o de la Ciudad de México para nombrar a la Comisión Ejecutiva Estatal o de la Ciudad de México definitiva. En las Entidades Federativas, Municipios, Demarcaciones territoriales, Distritos, Localidades o lugares de los movimientos sociales donde el Partido tenga necesidad de fortalecerse en el terreno político, electoral o de cualquier otra índole o realizar alguna actividad de importancia partidaria, nombrará a Comisionados Políticos Nacionales para impulsar su crecimiento, fortalecimiento y desarrollo. La Comisión Ejecutiva Nacional aprobará el nombramiento y remoción de los Comisionados Políticos Nacionales y facultará a la Comisión Coordinadora Nacional para expedir y revocar los nombramientos correspondientes.
l)    Aprobar y promover referendos y plebiscitos en toda la organización cuando haya posiciones encontradas o cuando se tenga que decidir cuestiones fundamentales para el futuro del Partido del Trabajo.
m)  Aprobar la convocatoria para el proceso de postulación y elección de dirigentes, precandidatos o candidatos en el ámbito Federal, y de manera supletoria en el ámbito de las Entidades Federativas, Municipal, Demarcación territorial o Distrital, cuando así lo considere necesario.
n)   La Comisión Ejecutiva Nacional nombrará una representación que asistirá a los Congresos y Consejos Políticos de las Entidades Federativas ordinarios y extraordinarios, a fin de instalarlos, presidirlos y sancionar la validez de sus acuerdos, elecciones, reelecciones, mandatos, resoluciones y otras actividades que determine.
      De no cumplirse los requisitos anteriores, no tendrán validez jurídica ni política los acuerdos, elecciones, reelecciones, mandatos, resoluciones y otras actividades que se hayan adoptado.
o)   La Comisión Ejecutiva Nacional conforme a la legislación electoral vigente, definirá la política para obtener el voto de los mexicanos residentes en el extranjero y nombrará las comisiones necesarias para realizar las actividades correspondientes.
p)   Todas aquéllas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional, el Consejo Político Nacional y los presentes Estatutos.
Artículo 39 Bis. Son atribuciones de la Comisión Ejecutiva Nacional en materia de alianzas y/o coaliciones y/o candidaturas comunes:
a)   Se faculta y autoriza a la Comisión Ejecutiva Nacional como máximo rgano Electoral equivalente al Congreso Nacional en materia de coaliciones y/o alianzas totales, parciales o flexibles y candidaturas comunes, para que se erija y constituya en Convención Electoral Nacional en el momento en que por sí misma lo considere conveniente, donde se apruebe por mayoría simple del 50% más uno de sus miembros presentes, la realización de convenios, la postulación, registro y/o sustitución de los candidatos al Poder Ejecutivo Federal; candidatos a Diputados Federales y Senadores por ambos principios; de Gobernadores y Jefe de Gobierno de la Ciudad de México; de Diputados Locales por ambos Principios; de Ayuntamientos y Alcaldías de la Ciudad de México.
b)   Aprobar la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos para la alianza y/o coalición o candidaturas comunes de que se trate.
c)   Aprobar la Plataforma Electoral de la alianza y/o coalición total, parcial o flexible y candidaturas comunes para los tipos de elección de que se trate, conforme a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos adoptados por la alianza, coalición o candidaturas comunes de que se trate.
d)   Aprobar el Programa de Gobierno a que se sujetarán los candidatos de la alianza y/o coalición total, parcial o flexible y candidaturas comunes, en caso de resultar electos, conforme a la Plataforma Electoral, Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos adoptados por la alianza, coalición o candidaturas comunes de que se trate.
e)   Aprobar el Programa Legislativo que impulsarán los candidatos de la alianza y/o coalición total, parcial o flexible y candidaturas comunes, cuando sean electos como Diputados Federales, Senadores, Diputados Locales en las entidades federativas.
f)    Aprobar todos los demás aspectos concernientes a las alianzas y/o coaliciones totales, parciales o flexibles y candidaturas comunes y que se requieran por la ley de la materia en el ámbito Federal, Estatal o de la Ciudad de México, Municipal y Demarcación territorial.
 
g)   En las entidades federativas donde el Partido del Trabajo participe en alianzas y/o coaliciones totales, parciales o flexibles o candidaturas comunes con otros institutos políticos en elecciones locales, los convenios respectivos, acuerdos y documentos necesarios, deberán ser ratificados o rectificados por la Comisión Ejecutiva Nacional erigida en Convención Electoral Nacional.
h)   Todas aquellas que por la naturaleza de sus funciones le sean afines y que no sean contrarias a los lineamientos acordados por el Congreso Nacional, el Consejo Político Nacional y los presentes Estatutos.
Las anteriores atribuciones y facultades las deberá instrumentar por acuerdo o firma del 50% más uno, de la Comisión Coordinadora Nacional o por el acuerdo o firma del 50% más uno, de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional.
Artículo 40. La Comisión Ejecutiva Nacional, por conducto de la Comisión Coordinadora Nacional, convocará a los rganos de Dirección Estatal o de la Ciudad de México con el fin de que elijan a sus representantes y delegados a las instancias de dirección Nacional que correspondan, así como a los eventos Nacionales, Estatales y de la Ciudad de México que el Partido del Trabajo organice.
En las Estatales o de la Ciudad de México donde atraviesen por conflictos, y a juicio de la Comisión Ejecutiva Nacional, no existan condiciones para nombrar a sus representantes y delegados al Congreso Nacional, Consejo Político Nacional, Convenciones Electorales, y demás eventos convocados por el Partido del Trabajo, la propia Comisión Ejecutiva Nacional los nombrará directamente, en el número y composición que considere conveniente.
En las Estatales o de la Ciudad de México y en las Municipales o Demarcaciones territoriales donde atraviesan por conflictos o no cumplen con el marco legal y estatutario, la Comisión Ejecutiva Nacional tendrá facultad para anular, suspender, posponer o declarar inexistentes los Congresos y Consejos Políticos Estatales o de la Ciudad de México y Municipales o Demarcaciones territoriales, y en su caso, las Convenciones Electorales correspondientes.
También tendrá facultades para suspender, destituir y nombrar o reestructurar parcial o totalmente a las Comisiones Ejecutivas Estatales o de la Ciudad de México y Municipales o Demarcaciones territoriales y Comisiones Coordinadoras Estatales o de la Ciudad de México y Municipales o Demarcaciones territoriales. En su caso, la representación legal, política, financiera, patrimonial y administrativa recaerá sobre el Comisionado Político Nacional, que para tal efecto designe la Comisión Ejecutiva Nacional.
Los acuerdos y facultades anteriores de la Comisión Ejecutiva Nacional, se instrumentarán a través de la Comisión Coordinadora Nacional o una vez establecido el quórum legal con el acuerdo o la firma del 50% más uno de los integrantes presentes de la Comisión Ejecutiva Nacional.
La Comisión Coordinadora Nacional extenderá y certificará los oficios, nombramientos y documentos de acreditación correspondientes de los distintos rganos de Dirección Nacional, y de otros rganos Nacionales, Estatales, de la Ciudad de México, Municipal, Demarcaciones territoriales, Distrital, de Comisionados Políticos Nacionales y de cualquier otra índole.
Artículo 41. Una representación de la Comisión Ejecutiva Nacional acreditará a los delegados en los Congresos Estatales o de la Ciudad de México en donde existan conflictos y también instalará, presidirá y sancionará los acuerdos del Congreso Estatal o de la Ciudad de México. En estos casos sólo asistirán los delegados acreditados al Congreso Estatal o de la Ciudad de México.
De no cumplirse los requisitos anteriores no tendrán validez jurídica ni política los acuerdos, elecciones, reelecciones, mandatos, resoluciones y otras actividades que se hayan adoptado.
Artículo 42. La Comisión Ejecutiva Nacional se organizará para su trabajo en las Comisiones Nacionales que considere necesarias, las cuales podrán ser cuando menos las siguientes:
a)   Organización.
b)   Movimientos Sociales.
c)   Asuntos Electorales.
d)   Comunicación Social.
e)   Prensa y Propaganda.
f)    Formación Ideológica y Política.
g)   Finanzas y Patrimonio.
h)   Asuntos Municipales o Demarcaciones territoriales.
 
Las funciones de cada Comisión estarán definidas en el Reglamento correspondiente que expedirá la Comisión Ejecutiva Nacional y será aprobado por el Consejo Político Nacional y cada Reglamento de las comisiones se registrará ante las instancias electorales correspondientes, en un plazo no mayor de diez días hábiles después de ser aprobados.
Los reglamentos de estas comisiones serán adoptados por las Comisiones Ejecutivas Estatales o de la Ciudad de México y Municipales o Demarcaciones territoriales.
Cada Comisión elaborará un Plan de Trabajo e Informe Semestral que se someterá a la aprobación de la Comisión Ejecutiva Nacional, además de informar permanentemente de sus actividades.
CAPTULO X
DE LA COMISIN COORDINADORA NACIONAL.
Artículo 43. La Comisión Coordinadora Nacional se integrará con un mínimo de nueve y hasta diecisiete miembros, en ningún caso, habrá un número superior al cincuenta por ciento más uno de un mismo género, se elegirán en cada Congreso Nacional ordinario y será la representación política y legal del Partido del Trabajo y de su dirección Nacional. Deberá ser convocada por lo menos con tres días de anticipación de manera ordinaria una vez a la semana y de manera extraordinaria por lo menos con un día de anticipación, cuando así se requiera por cualquiera de sus miembros. El quórum legal para sesionar se integrará con la asistencia de la mayoría de sus integrantes. Todos los acuerdos, resoluciones y actos de la Comisión Coordinadora Nacional tendrán plena validez en su caso, con la aprobación y firma de la mayoría de sus integrantes.
Artículo 44. Son atribuciones y facultades de la Comisión Coordinadora Nacional:
a)   Ejercer la representación política y legal del Partido del Trabajo en todo tipo de asuntos de carácter judicial, político, electoral, administrativo, patrimonial y para delegar poderes y/o establecer contratos o convenios en el marco de la legislación vigente. También tendrá facultad de mandatar y conceder poder cambiario y autorizar la apertura, cierre, cancelación, ejercicio y operación de cuentas bancarias a los tesoreros nacionales y de las Entidades Federativas, así como a los candidatos Federales, Estatales, de la Ciudad de México, Demarcaciones territoriales y Municipales cuando lo obligue las Legislaciones Electorales vigentes o así se considere necesario.
b)   El mandato y el poder que se otorgue tendrá plena validez con las firmas autógrafas de la mayoría de los integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional. Además contará con las facultades adicionales que a continuación se enumeran:
1.   Poder irrevocable para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio con las facultades generales y aún con las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, en términos de los tres primeros párrafos del artículo 2,554 y 2,587 del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los demás Estados de la República.
      De manera enunciativa y no limitativa, se mencionan entre otras facultades, las siguientes:
I.    Para intentar y desistirse de toda clase de procedimientos, inclusive amparo.
II.   Para transigir.
III.   Para comprometer en árbitros y arbitradores.
IV.  Para absolver y articular posiciones.
V.   Para recusar.
VI.  Para hacer cesión de bienes de conformidad con el artículo 28 de los presentes Estatutos.
VII. Para presentar denuncias y querellas en materia penal y para desistirse de ellas cuando lo permita la Ley.
2.   Poder para otorgar y suscribir toda clase de Títulos y Operaciones de Crédito.
3.   Facultad para otorgar poderes generales y especiales y para revocar unos y otros.
4.   El poder conferido a que aluden las cláusulas anteriores podrán ejercerlo ante personas físicas o morales, particulares y ante toda clase de autoridades administrativas, fiscales, civiles o judiciales, inclusive de carácter federal o local y ante las juntas de conciliación y arbitraje, locales o federales y autoridades del trabajo.
c)   La Comisión Coordinadora Nacional estará legitimada para interponer, en términos de la fracción
II del Artículo 105 Constitucional, las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral que estime pertinentes.
d)   Promover los juicios previstos en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y designar representantes, en términos de las fracciones II y III del artículo 13 de la citada Ley.
e)   Representar y/o nombrar representantes del Partido del Trabajo ante las autoridades, organismos políticos y sociales, eventos y organizaciones, nacionales e internacionales.
f)    Ordenar por sí misma o por mandato de la Comisión Ejecutiva Nacional o del Consejo Político Nacional, auditorías a las finanzas nacionales y recursos materiales de las distintas instancias del Partido del Trabajo en el país y de manera obligatoria al término de cada proceso electoral federal o local.
g)   La Comisión Coordinadora Nacional deberá instrumentar todos los acuerdos y resoluciones que emanen de la Comisión Ejecutiva Nacional, del Consejo Político Nacional o del Congreso Nacional y tendrá además, la representación legal y política del Partido del Trabajo y de todas las instancias de Dirección Nacional del Partido del Trabajo.
h)   Certificar nombramientos, actas y acuerdos de las sesiones, convenciones electorales, congresos, consejos políticos, comisiones ejecutivas de todas las instancias del Partido del Trabajo, cuando así lo decida o se requiera.
i)    Notificar a la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos y la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, la convocatoria a los Congresos ordinarios o extraordinarios que apruebe la Comisión Ejecutiva Nacional, para su conocimiento e instalación en sus funciones.
j)    Todas las facultades y atribuciones otorgadas a la Comisión Coordinadora Nacional por los presentes estatutos pueden ser instrumentadas en su caso, con las firmas del 50% más uno de los integrantes de la misma.
CAPTULO XI
DE LAS FINANZAS Y PATRIMONIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO.
Artículo 45. La Comisión Ejecutiva Nacional nombrará, a propuesta de la Comisión Coordinadora Nacional, una Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio. Esta Comisión contará con el apoyo y material para cumplir con sus tareas. Ningún miembro de la Comisión Coordinadora Nacional podrá participar en la Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio, ni tendrá firma en las cuentas bancarias del Partido del Trabajo.
Artículo 46. Son funciones de la Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio:
a)   Conjuntamente con la Comisión Coordinadora Nacional administrar y ejercer a través de dos tesoreros, todos los recursos financieros que por cualquiera de los rubros legalmente establecidos reciba el Partido del Trabajo, con base en los lineamientos fijados por el Congreso Nacional.
b)   Controlar el patrimonio del Partido del Trabajo conjuntamente con la Comisión Ejecutiva Nacional y/o la Comisión Coordinadora Nacional.
c)   Promover acciones y actividades diversas, con la finalidad de incrementar los fondos financieros del Partido del Trabajo.
d)   Elaborar un proyecto anual de ingresos y egresos del Partido del Trabajo con base en partidas presupuestales, mismo que será aprobado por la Comisión Ejecutiva Nacional.
e)   Recibir los recursos del financiamiento público y privado para las actividades propias del Partido del Trabajo a través de los tesoreros nombrados por la Comisión Ejecutiva Nacional, para que sean depositados a nombre del Partido del Trabajo, en una institución bancaria. Los tipos y reglas de financiamiento privado del Partido del Trabajo serán los previstos en los artículos 53, 54 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Partidos Políticos.
f)    Rendir cada seis meses al Consejo Político Nacional y cada tres años al Congreso Nacional, a nombre de la Comisión Ejecutiva Nacional, un informe completo sobre la administración que guardan los recursos del Partido del Trabajo.
g)   Elaborar todos los informes trimestrales y anuales de ingresos y egresos del Partido del Trabajo y, una vez aprobado por la Comisión Ejecutiva Nacional, hacer entrega del mismo a las autoridades electorales federales en los términos de la legislación electoral vigente.
 
h)   En las entidades federativas donde la prerrogativa que por derecho le corresponde al Partido del Trabajo, y que rebase los cien salarios mínimos mensuales, se mancomunará la firma de un Tesorero de la Comisión de Finanzas y Patrimonio Estatal con un representante Tesorero de la Comisión Nacional de Finanzas nombrado por la Comisión Ejecutiva Nacional y su ejercicio será autorizado por la Comisión Ejecutiva Nacional previa presentación del presupuesto de gastos.
i)    Coordinar, junto con la Dirección Nacional y las Direcciones Estatales o de la Ciudad de México la elaboración de los informes de ingresos y egresos de las campañas electorales, y presentarlos a las autoridades federales electorales, en los términos de la legislación electoral vigente.
CAPTULO XII
DE LOS COMISIONADOS POLTICOS NACIONALES.
Artículo 47. Los Comisionados Políticos Nacionales son representantes de la Comisión Ejecutiva Nacional para las diferentes tareas que se les asigne. En consecuencia, ejercerán las atribuciones que en su favor se establecen en los artículos 39 inciso k) y 40 párrafo cuarto; de los presentes Estatutos. Sus actividades estarán subordinadas a la Comisión Coordinadora Nacional, la Comisión Ejecutiva Nacional y el Consejo Político Nacional.
Para el debido cumplimiento de sus funciones establecidas en el artículo 39 inciso k), el Comisionado Político Nacional deberá proponer dos Tesoreros a la Comisión Ejecutiva Nacional quien valorará y en su caso aprobará la propuesta cuando a juicio la propia Comisión reúnan el perfil necesario.
El Comisionado Político Nacional deberá informar por escrito por lo menos cada cuatro meses a la Comisión Ejecutiva Nacional y a la Comisión Coordinadora Nacional sobre su trabajo realizado.
No se deberá nombrar ni podrá ejercer una misma persona el cargo de Comisionado Político Nacional en dos o más entidades Federativas, simultáneamente.
La Comisión Ejecutiva Nacional evaluará el trabajo desempeñado por el Comisionado Político Nacional en la Entidad Federativa y con base en los resultados de esa evaluación podrá ratificarlo o dar por terminado su encargo, en cualquier momento. El nombramiento de los Comisionados Políticos Nacionales será por un periodo hasta de un año, pudiendo ser ratificado, removido o sustituido cuando así lo considere conveniente, por la Comisión Ejecutiva Nacional.
En todos los procesos electorales que se realicen en las entidades de la República, para renovar Gobernador, Jefe de Gobierno, Alcaldes y Concejales de la Ciudad de México, Presidentes Municipales, Síndicos, Regidores y Diputados Locales por ambos principios y en los procesos electorales federales, con la debida anticipación, la Comisión Ejecutiva Nacional nombrará a los Comisionados Políticos Nacionales de Asuntos Electorales para coadyuvar, supervisar, orientar e implementar las directrices y mandatos de la propia Comisión Ejecutiva Nacional y de la Comisión Coordinadora Nacional para el buen desempeño de las precampañas, de la búsqueda, elección y postulación de candidatos y de las campañas electorales y comicios respectivos. También coadyuvará el Comisionado Político Nacional de Asuntos Electorales en buscar acuerdos para establecer coaliciones, totales, parciales o flexibles o candidaturas comunes, con otros partidos políticos cuando a juicio de la Comisión Ejecutiva Nacional así se considere conveniente. En cada Entidad Federativa, donde sean nombrados Comisionados Políticos Nacionales de Asuntos Electorales, las instancias partidarias seguirán funcionando y cumplirán sus actividades de manera ordinaria.
Los Comisionados Políticos Nacionales de asuntos electorales nombrados por la Comisión Ejecutiva Nacional en las distintas entidades del país, mancomunarán su firma con un representante de la Comisión de Finanzas y Patrimonio de la entidad de que se trate, con la finalidad de ejercer de manera colegiada los recursos financieros estatales y nacionales que se designen para ese propósito.
Artículo 47 Bis. Tratándose de la representación financiera y patrimonial los integrantes de los rganos de Dirección y de otros rganos e Instancias Partidarias, a nivel Nacional, Estatal, de la Ciudad de México, Municipal y Demarcación territorial, incluyendo a los Comisionados Políticos Nacionales y los Comisionados Políticos Nacionales de Asuntos Electorales tendrán las siguientes limitaciones:
a)   No podrán certificar, otorgar, girar, emitir, endosar o por cualquier otro concepto suscribir un título de crédito a nombre del Partido sin previa autorización de la Comisión Coordinadora Nacional en términos del artículo 44, y quien lo hiciere se obliga personalmente como si hubiera obrado en nombre propio, salvo que se trate de la expedición de cheques para ejercer las prerrogativas destinados a alcanzar los fines de nuestro instituto político.
b)   No podrán enajenar, gravar, rentar ni donar los bienes muebles e inmuebles del Partido, ni otorgar en comodato los bienes inmuebles del Instituto Político.
c)   No podrán contraer deudas a nombre del Instituto Político con personas físicas o morales, salvo en procesos electorales y sólo podrán hacerlo por un monto total no mayor a 100 salarios
mínimos mensuales vigentes en la Ciudad de México, salvo autorización expresa y por escrito de la Comisión Coordinadora Nacional.
d)   Los rganos de Dirección del Partido del Trabajo Nacionales, Estatales, de la Ciudad de México, Municipales y Demarcaciones territoriales, no reconocerán como propios la validez de cualquier acto, contrato o convenio de carácter civil, mercantil, laboral o cualquier otro relativo a las finanzas, prerrogativas y patrimonio del Partido, que lleguen a celebrar en nombre y representación del mismo, y que no cuenten con autorización expresa y por escrito de la Comisión Coordinadora Nacional. En su caso, la responsabilidad de los compromisos adquiridos será exclusiva de quien los celebre.
e)   No podrán contratar a nombre del Partido del Trabajo personal para el desarrollo de las actividades ordinarias, específicas o de cualquier otra índole, salvo en la etapa de campañas y precampañas sólo por el término o periodo de las mismas, la modalidad de la contratación será temporal.
Las anteriores limitaciones no son aplicables al Congreso Nacional, al Consejo Político Nacional, a la Comisión Ejecutiva Nacional y a la Comisión Coordinadora Nacional.
La única instancia facultada para celebrar cualquier tipo de contratos o convenios de carácter laboral a nombre del Partido del Trabajo, es la Comisión Coordinadora Nacional.
CAPTULO XIII
DE LA COMISIN NACIONAL DE CONTRALORA Y FISCALIZACIN, DE LA COMISIN NACIONAL DE ELECCIONES Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS, Y DE LA COMISIN NACIONAL DE VIGILANCIA DE ELECCIONES Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS.
Artículo 48. La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización es de carácter permanente y estará integrada por tres miembros y sus respectivos suplentes, que no sean integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, que serán nombrados por el Congreso Nacional y durarán en su encargo hasta el siguiente Congreso Nacional ordinario.
Los propietarios y suplentes de esta Comisión tendrán que ser del mismo género y, en ningún caso, habrá más de dos propietarios del mismo género.
Artículo 49. La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización tendrá las más amplias facultades de fiscalización y revisión de la información financiera de la Comisión Nacional de Finanzas y Patrimonio, de los tesoreros nacionales, estatales y de la Ciudad de México y de todo rgano Nacional, Estatal, de la Ciudad de México, Municipal, Demarcación territorial y en su caso, Distrital que maneje fondos o bienes del Partido del Trabajo, incluyendo las finanzas de los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión y en los Congresos de las Entidades Federativas. Podrá ordenar auditorías internas y externas y proponer a la Comisión Ejecutiva Nacional las medidas para perfeccionar los métodos y sistemas de control que considere convenientes.
Artículo 50. La Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización rendirá informe semestral a la Comisión Ejecutiva Nacional y semestral al Consejo Político Nacional; someterá a la consideración del propio Consejo el Dictamen sobre las finanzas generales, bienes y patrimonio del Partido del Trabajo, que deberá presentarse en el Congreso Nacional. Las instancias del Partido del Trabajo a todos los niveles tendrán la obligación de brindar todas las facilidades para el desempeño de sus actividades.
DE LA COMISIN NACIONAL DE ELECCIONES Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS.
Artículo 50 Bis. Las disposiciones del presente artículo norman los procedimientos relativos a los procesos internos para la elección y reelección de dirigentes y postulación de precandidatos y candidatos a cargos de elección popular en los ámbitos Federal, Estatal, Municipal y Demarcaciones Territoriales, son de observancia general y nacional para todos los militantes, afiliados y simpatizantes, bajo los principios democráticos de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad.
Artículo 50 bis 1. La Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos, es un órgano imparcial con tareas operativas y de supervisión, responsable de coordinar y conducir los procesos de renovación, elección reelección o sustitución parcial o total de los órganos de Dirección a nivel Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial del Partido del Trabajo y postulación de precandidatos y candidatos en los tres ámbitos de gobierno bajo los principios de equidad y transparencia.
Las entidades federativas, que así lo consideren necesario, podrán elegir a su Comisión Estatal de Elecciones y Procedimientos Internos y a su Comisión Estatal de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, en sus respectivos Congresos o Consejos Políticos Estatales.
 
En este caso, las funciones de estas Comisiones serán las mismas que ejercen las Comisiones Nacionales respectivas en su ámbito territorial, y sólo para los procesos electorales locales.
Las entidades federativas que opten por elegir a sus respectivas Comisiones Estatales de Elecciones y de Vigilancia de Procedimientos Internos, estas serán integradas por once miembros.
En ningún caso, su integración contará con más de seis miembros del mismo género.
La Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos estará integrada por quince militantes, electos por el 50% más uno de los integrantes del Congreso o Consejo Político Nacional.
En ningún caso, su integración contará con más de ocho miembros del mismo género. Durarán en su encargo 3 años y podrán ser removidos, por acuerdo de la mayoría de los Integrantes del Consejo Político Nacional, cuando así se considere conveniente.
En ningún caso, los integrantes de esta Comisión, podrán pertenecer al mismo tiempo a la Comisión Ejecutiva Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial, la Comisión Coordinadora Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial, la Comisión Nacional y Estatal de Contraloría y Fiscalización, la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, ni participar como candidato en el proceso electoral en que integren esta Comisión, salvo que se excusen de participar en la aprobación del dictamen en que tengan interés.
La Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos se instalará invariablemente previo al inicio de los procesos constitucionales electorales ordinarios o extraordinarios en los ámbitos Federal, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial, según corresponda, o una vez que la Comisión Ejecutiva Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial haya acordado convocar al Congreso y/o Consejo Político correspondiente para renovar, elegir, reelegir o sustituir parcial o totalmente los rganos Nacionales, Estatales, Municipales o Demarcaciones Territoriales del Partido; será convocada para su instalación por la mayoría de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional o Estatal, la Comisión Coordinadora Nacional o Estatal, según la elección de que se trate.
En su sesión de instalación se nombrará un secretario técnico.
Sus sesiones de trabajo serán convocadas por el Secretario Técnico o por el 50% más uno de las firmas de sus integrantes.
Una vez constituida, el quórum se establecerá con el 50% más uno de sus integrantes. La Comisión funcionará de manera colegiada y tomará sus decisiones por la mayoría de votos de sus integrantes presentes. En caso de empate tendrá voto de calidad el Secretario Técnico.
Todas las decisiones, resoluciones, actuaciones y acuerdos de las Comisiones Estatales o de la Ciudad de México de Elecciones y de Vigilancia de Procedimientos Internos deberán ser confirmados, modificados o revocados por la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos internos, o la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos internos.
Los integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos podrán delegar el registro de precandidatos a uno de sus integrantes, y el dictamen correspondiente podrá ser delegado al menos a tres de sus integrantes en los siguientes casos:
a)   Cuando existan diversos procesos electorales locales de manera simultánea;
b)   Cuando diversos procesos electorales locales coincidan con el federal;
c)   Cuando diversos procesos de elección interna existan de manera simultánea.
d)   Cuando por cuestiones de carga de trabajo así lo consideren necesario.
Una vez concluido el proceso de postulación correspondiente y resueltos los medios de impugnación, la Comisión presentará un informe final de actividades a la Comisión Ejecutiva Nacional, declarando la conclusión de sus actividades.
Artículo 50 Bis 2. La Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos tendrá las siguientes facultades para la postulación de integrantes de los rganos de Dirección Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial:
I.    Organizar, vigilar y conducir los procesos de selección y postulación interna de los órganos de dirección a nivel Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial.
II.   Proponer a la Comisión Ejecutiva Nacional o Estatal, según sea el caso, la convocatoria para el
proceso de elección de dirigentes.
III.   Publicar la convocatoria interna para el proceso de elección de dirigentes.
IV.  Registrar a los precandidatos y dictaminar sobre su procedencia.
V.   Solicitar a los miembros del Consejo Político Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial, según sea el caso, sus propuestas para elegir a los integrantes de los rganos de Dirección Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial.
VI.  Una vez integrada la lista de propuestas la Comisión nombrará de entre sus miembros, al menos a dos escrutadores para que realicen el cómputo correspondiente.
VII. Acto seguido, pondrá a consideración de los integrantes del Congreso o Consejo Político, según corresponda, a los candidatos propuestos y levantará la votación correspondiente a través del sistema de votación que previamente se haya decidido.
VIII. Correrá a cargo de los escrutadores realizar el cómputo de votos y comunicarán a la Presidencia de Debates el resultado de los mismos para que queden debidamente asentados los nombres de dirigentes electos en el acta correspondiente, la que posteriormente se enviará al Instituto Nacional Electoral y/o la autoridad electoral local correspondiente para quedar registrados y surtir los efectos legales a que haya lugar.
IX.  La toma de protesta de los candidatos que resulten electos dentro de un proceso electoral interno podrá realizarse de forma indistinta por:
a)   El Presidente de la Mesa de Debates del Congreso o Consejo Político que corresponda.
b)   El integrante de la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos que sea nombrado por los propios integrantes de la Comisión para ese acto.
El proceso de elección de dirigentes inicia al publicarse la Convocatoria respectiva y concluye con la elección de los integrantes de los órganos de Dirección.
Tratándose de elección de dirigentes a nivel Nacional el plazo entre la publicación de la Convocatoria y la fecha de elección en ningún caso será menor de 10 días naturales.
Tratándose de elección de dirigentes a nivel Estatal, Municipal o Demarcación Territorial el plazo referido en el párrafo que antecede podrá reducirse hasta 5 días naturales.
Cuando se trate de una elección nacional o estatal, la convocatoria interna que emita la Comisión, se publicará en un diario cuya cobertura corresponda al ámbito geográfico de la elección, en la página web oficial del Partido del Trabajo o en los estrados de las oficinas del Partido del Trabajo.
Asimismo, tratándose de una elección municipal o su equivalente, será suficiente con publicar o difundir la convocatoria de forma amplia en espacios públicos.
Esta Convocatoria deberá contener por lo menos los requisitos previstos en el artículo 44 de la Ley General de Partidos Políticos.
Artículo 50 Bis 3. La Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos tendrá las siguientes facultades para la postulación de precandidatos y candidatos a todos los cargos de elección popular:
I.    Organizar, vigilar y conducir los procesos de elección de precandidatos y candidatos.
II.   Proponer a la Comisión Ejecutiva Nacional, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial la convocatoria para el proceso de elección de precandidatos y candidatos.
III.   Publicar la convocatoria interna para el proceso de elección de precandidatos y candidatos.
IV.  Mantener informada a la Comisión Ejecutiva Nacional o estatal, según sea el caso, respecto al desarrollo del proceso.
V.   Recibir las solicitudes de los aspirantes.
VI.  Expedir el dictamen correspondiente.
VII. Remitir el Dictamen de precandidaturas favorables a la Comisión Ejecutiva Nacional o Estatal, quien se erigirá en Convención Electoral Nacional o Estatal, según sea el caso, para elegir a los candidatos, en los términos de los artículos 118, 119 y demás relativos de los presentes Estatutos.
 
El proceso de elección de candidatos inicia al publicarse la Convocatoria respectiva y concluye con la elección de los mismos.
Tratándose de elección de candidatos a nivel Federal en ningún caso, el plazo entre la publicación de la Convocatoria y la fecha de elección será menor de cuarenta y cinco días naturales.
Tratándose de una elección de candidatos de nivel estatal o municipal en ningún caso, el plazo entre la publicación de la Convocatoria y la fecha de elección será menor de diez días naturales, o según lo disponga la legislación local aplicable.
La Convocatoria interna que emita la Comisión se publicará en uno de los diarios de circulación nacional o estatal, en la página web oficial del Partido del Trabajo o en los estrados de las oficinas del Partido del Trabajo según la elección de que se trate.
Esta Convocatoria deberá contener por lo menos los requisitos previstos en el artículo 44 de la Ley General de Partidos Políticos.
Artículo 50 Bis 4. La Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, es un rgano imparcial e independiente con tareas de vigilancia y supervisión, encargada de garantizar la legalidad de los actos y resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos.
Se integrará por quince militantes electos por el voto del 50% más uno del Congreso o Consejo Político Nacional. En ningún caso, tendrá más de ocho integrantes de un mismo género.
Se instalará invariablemente previo al inicio de los procesos constitucionales electorales ordinarios o extraordinarios en los ámbitos Federal, Estatal, Municipal o Demarcación Territorial o una vez que la Comisión Ejecutiva Nacional o Estatal haya acordado convocar al Congreso y/o Consejo Político correspondiente para renovar, elegir, reelegir o sustituir parcial o totalmente los rganos Nacionales o Estatales del Partido; será convocada para su instalación por la mayoría de los integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional o Estatal, o la Comisión Coordinadora Nacional o Estatal, según corresponda.
Artículo 50 Bis 5. La Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos tendrá las siguientes facultades:
I.    Supervisar el desempeño y funcionamiento de la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos para garantizar los principios de legalidad, imparcialidad, equidad, certeza y transparencia del proceso electoral.
II.   Realizar de forma supletoria las tareas encomendadas a la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos en aquéllos casos en que esta última incumpla con las mismas, incurra en irregularidades graves que pongan en peligro el desarrollo del proceso electoral o cuando la Comisión Ejecutiva Nacional considere que existen irregularidades graves que pongan en riesgo el desarrollo de un proceso de elección de dirigentes o un proceso electoral constitucional.
En aquellos casos en que ejerza de forma supletoria las tareas encomendadas a la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos, contará con las mismas facultades y atribuciones previstas para esta última Comisión, realizando los ajustes que crea necesarios a los plazos correspondientes.
La Comisión Ejecutiva Nacional resolverá y determinará cuándo y en qué momento se cumplen los supuestos previamente señalados que justifiquen la acción supletoria de la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos, esta última informará a los rganos de Dirección Nacional o Estatal permanentes, el estado que guardan las distintas etapas del proceso de elección para su conocimiento.
En aquellos casos en que la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos realice de manera supletoria las funciones y atribuciones mencionadas en la fracción anterior, informará a través de estrados o en la página web oficial del Partido para proveer de certeza a los militantes y afiliados.
CAPTULO XIV
DE LA COMISIN NACIONAL DE CONCILIACIN, GARANTAS, JUSTICIA Y CONTROVERSIAS.
Artículo 51. La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, es de carácter permanente y contará con autonomía para emitir sus resoluciones bajo los principios de independencia, legalidad, imparcialidad y objetividad. Estará integrada por quince miembros electos por el Congreso Nacional. En ningún caso se integrará por más de ocho miembros de un mismo género.
Los integrantes de esta Comisión no deberán ser integrantes, de la Comisión Ejecutiva Nacional, de la Comisión Coordinadora Nacional, la Comisión Nacional de Contraloría y Fiscalización, la Comisión Nacional de Elecciones y Procedimientos Internos, la Comisión Nacional de Vigilancia de Elecciones y Procedimientos Internos. Una vez constituida, el quórum legal se establecerá con el 50% más uno de sus integrantes. La
Comisión funcionará de manera colegiada y tomará sus decisiones por la mayoría de votos de sus integrantes presentes. En caso de empate tendrá voto de calidad el Coordinador del Consejo Directivo.
La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias nombrará de entre sus miembros, a siete integrantes para conformar un Consejo Directivo de entre los cuales se nombrará a un Coordinador y un Secretario Técnico.
El Consejo Directivo tendrá facultades para convocar a reuniones con el 50% más uno de sus integrantes.
En caso de no convocar el Consejo Directivo cuando así se requiera, el 50% más uno de los integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias podrá realizar la convocatoria.
El Consejo Directivo tendrá facultades para certificar las actas, acuerdos, dictámenes y resoluciones de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias y demás documentos relacionados con la misma, cuando así se requiera, y notificar las resoluciones a la Comisión Ejecutiva Nacional para los efectos legales que corresponda.
Artículo 51 Bis. El Secretario Técnico, tendrá las siguientes funciones:
a)   Convocar a sesiones por acuerdo y/o firma del 50% más uno de los integrantes del Consejo Directivo.
b)   Convocar a sesiones por acuerdo y/o firma del 50% más uno de los integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias.
c)   Certificará las actas, acuerdos, dictámenes y resoluciones de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias y demás documentos relacionados con la misma, cuando así se requiera.
d)   Llevar el Libro de Gobierno en donde se asentará por orden cronológico, el registro de los recursos que se interpongan, señalando el nombre del actor, el órgano de dirección partidista o integrante, en contra del cual se interpone el recurso y el número de registro que le corresponda.
e)   Y todas aquéllas tareas que mandate y acuerde la mayoría de los integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias.
Durará en su encargo un año, si así lo decide la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, pudiendo ser removido o ratificado en sus funciones en cualquier momento.
Artículo 52. Los integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias así como los integrantes de cualquier otra instancia del Partido del Trabajo, son recusables y también podrán declararse impedidos para conocer alguna queja en los siguientes casos:
a)   Si tienen interés personal en el asunto que haya motivado la queja o bien cuando exista conflicto de intereses.
b)   Si tuvieran parentesco, amistad, enemistad o relaciones personales manifiesta con alguna de las partes en conflicto.
Artículo 53. La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias tendrá las siguientes facultades:
a)   Proteger los derechos de los militantes y afiliados consignados en los artículos 15 y 17 y demás relativos de los presentes Estatutos.
b)   Garantizar el cumplimiento de los presentes Estatutos.
c)   Atender los conflictos intrapartidarios que se susciten a nivel Nacional, en las Estatales o la Ciudad de México, Municipales o Demarcaciones territoriales y Distritales.
d)   Se deroga.
e)   Resolver sobre las controversias que resulten de la aplicación de estos Estatutos y sus Reglamentos en el ámbito de su competencia.
f)    Aplicar las sanciones previstas en el artículo 115 de los presentes Estatutos.
g)   Los integrantes de esta Comisión tendrán derecho a ser oídos en todos los rganos e Instancias del Partido del Trabajo y solicitar toda la información requerida a cualquier órgano de dirección del Partido para resolver algún asunto de los que tiene atribuciones.
DEL MECANISMO ALTERNO DE SOLUCIN DE CONTROVERSIAS Y DE LA COMISIN NACIONAL DE CONCILIACIN, GARANTAS, JUSTICIA Y CONTROVERSIAS.
 
Artículo 53 Bis. El Secretario Técnico y dos integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, tendrán entre sus facultades conocer, prevenir y conciliar conflictos internos de carácter Nacional y actos emitidos por algún órgano Nacional del Partido del Trabajo y cuando se considere necesario también podrá conocer de asuntos de carácter Estatal, de la Ciudad de México, Municipal, Demarcación territorial y Distrital, de acuerdos emitidos por algún órgano Estatal del Partido del Trabajo y en su caso, alcanzar soluciones a los mismos, sin necesidad de agotar los procedimientos de jurisdicción interna.
La Conciliación será el mecanismo que adopte el Partido del Trabajo como método alterno a la justicia intrapartidaria.
En la Conciliación, el Secretario Técnico y dos integrantes de la Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias intervendrán facilitando la comunicación entre las partes en conflicto, proponiendo recomendaciones o sugerencias que auxilien a alcanzar una solución que ponga fin al mismo, total o parcialmente.
La Conciliación como método alterno Intrapartidario se regirá por los presentes Estatutos.
Sólo podrán ser objeto de Conciliación los conflictos derivados por la supuesta violación de un derecho o por incumplimiento de una obligación.
A sugerencia o propuesta de la Comisión Ejecutiva Nacional las partes podrán acudir al método de Conciliación, subsistiendo en todo momento la voluntad de las partes.
En materia de los(as) precandidatos(as), candidatos(as) y fiscalización interna no procederá el método de la Conciliación.
Las declaraciones y manifestaciones que se realicen con motivo del procedimiento conciliatorio carecerán de valor probatorio, no podrán utilizarse en un procedimiento jurisdiccional salvo el convenio debidamente firmado por las partes.
En ningún caso el trámite de la Conciliación tendrá efectos suspensivos para la interposición del recurso de queja.
DEL TRÁMITE
Los interesados en solucionar un conflicto, manifestarán por escrito a la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias que desean someterse a un procedimiento de conciliación, para lo cual, señalarán los siguientes requisitos:
a)   El nombre y apellidos.
b)   Domicilio para oír y recibir notificaciones.
c)   Acto o hecho jurídico intrapartidario materia de conflicto.
d)   Copia de su credencial que acredite su militancia.
e)   Copia de su credencial de elector vigente.
f)    Firma autógrafa o huellas dactilares.
La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, en un término de dos días contados a partir de la recepción de la solicitud de conciliación, prevendrá en su caso, la falta de algunos de los requisitos señalados en el artículo anterior.
En el caso de que sea sólo uno o varios solicitantes, la Comisión notificará en un término de dos días a la contraparte, para que manifieste si es su deseo o no someterse al medio alternativo interno, en caso negativo se desechará la solicitud de conciliación.
En caso de aceptarse por la contraparte, se procederá a señalar lugar, día y hora para que tenga verificativo la sesión conciliatoria en la cual ambas partes exhibirán el original del documento que lo acredite como militante y manifestarán los términos del conflicto, otorgándoles a cada uno de los participantes el derecho a manifestar su postura y pretensiones y el desahogo de los demás puntos que se estimen convenientes por las partes.
Cuando las partes acepten participar en el procedimiento de Conciliación, se les hará saber que el término del mismo será hasta de 10 días naturales.
En caso de llegar a un acuerdo, se celebrará un convenio por escrito, en el que se especifique que ambas partes se comprometen a cumplir todas y cada una de las cláusulas que integren dicho convenio.
Si de lo actuado en la sesión conciliatoria convenida por las partes, los dos integrantes de la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias y el Secretario Técnico consideran que no existe
voluntad de las partes para alcanzar un convenio, deberá dar por terminada ésta, emitir por escrito la declaración de improcedencia del mismo y abstenerse de realizar sesiones subsecuentes. De la declaración de improcedencia que se expida, se proporcionará a los participantes una constancia por escrito, dentro del término de tres días hábiles.
DE LA SESIN DE CONCILIACIN
El Secretario Técnico o los integrantes de la Comisión explicarán brevemente de manera imparcial la naturaleza y origen del conflicto.
Las partes tendrán derecho a expresar en igualdad de condiciones sus puntos de vista pudiendo solicitar las aclaraciones que consideren pertinentes.
Si durante el desarrollo de la sesión de Conciliación se estima necesario por las partes, éstas podrán solicitar al Secretario Técnico o integrantes de la Comisión un receso de hasta 48 horas, con el propósito de aceptar, variar, modificar o rechazar el convenio propuesto, sin exceder el plazo para el desahogo del procedimiento alternativo, debiéndose fijar día, hora y lugar para llevar a efecto su reanudación.
El Secretario Técnico o los integrantes de la Comisión podrán decretar un receso hasta de 48 horas para la aceptación, variación, modificación o rechazo del convenio propuesto por los mismos sin exceder el plazo para el desahogo del procedimiento alternativo, debiéndose fijar día, hora y lugar para llevar a efecto su reanudación.
Si el Secretario Técnico o integrante de la Comisión estiman que existen condiciones para alcanzar la solución al conflicto de manera total o parcial se firmará el convenio respectivo.
DE LAS FORMALIDADES DEL CONVENIO
a)   Constar por escrito
b)   Señalar lugar, hora y fecha de su celebración
c)   Manifestar los generales de las partes
d)   Contener los datos del documento de identificación oficial que presente
e)   Breve descripción de los motivos del conflicto
f)    Cláusulas y términos del convenio
g)   Firmas autógrafas y/o huellas dactilares de los participantes
La conciliación terminará en los siguientes casos:
a)   Por decisión de alguna de las partes, cuando así lo consideren conveniente;
b)   Por inasistencia de alguna de las partes a la sesión sin causa justificada;
c)   Por decisión de la Comisión, cuando a criterio de ésta, las partes incurran en comportamientos irrespetuosos hacia su contraparte o contra algún miembro de la Comisión.
d)   Por convenio que establezca la solución total del conflicto;
e)   Por convenio que establezca la solución parcial del conflicto.
f)    Por haber concluido el término para el desarrollo del procedimiento de Conciliación.
DE LOS DERECHOS DE LOS SOLICITANTES
a)   Solicitar la intervención de la Comisión para someterse al mecanismo interno de conciliación.
b)   Intervenir en la sesión de conciliación.
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES
a)   Asistir a la sesión de conciliación.
b)   Observar buen comportamiento durante la sesión de conciliación, adoptando una actitud y conducta responsable acorde con la intención de resolver en forma pacífica el conflicto;
c)   Cumplir con los compromisos adquiridos y que consten en el Convenio; y
d)   Suscribir el Convenio o estampar sus huellas dactilares en caso de que no sepan escribir, pudiendo en este caso firmar alguien a su ruego, previa lectura que en voz alta haga el integrante de la Comisión.
DE LAS NOTIFICACIONES
 
Todas las actuaciones, deberán ser notificadas a las partes a través de alguno de los siguientes medios:
a)   Por correo electrónico;
b)   En el domicilio que haya manifestado en su escrito inicial;
c)   Por estrados cuando no señale domicilio en el escrito correspondiente;
d)   Por correo certificado;
e)   Mediante notario público; y,
f)    Por medio de fax.
Artículo 54. La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias será competente para conocer:
a)   De las quejas por actos u omisiones de los rganos Nacionales, Estatal o de la Ciudad de México y las de significado Municipal, Demarcación territorial o Distrital, las cuales deberán presentarse dentro de los cuatro días naturales, contados a partir del día siguiente en que se tenga conocimiento del Acto o Resolución.
b)   De las Quejas, conflictos o controversias de significado Nacional, Estatal o de la Ciudad de México y las de significado Municipal, Demarcación territorial o Distrital.
c)   De los conflictos internos y la Conciliación.
(Continúa en la Tercera Sección)