CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, que celebran la Secretaría de Salud y la Ciudad de México. CONVENIO ESPEC ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de febrero de 2013, el entonces "EJECUTIVO DEL D.F." y "LA SECRETAR II. De conformidad con lo establecido en la Cláusula TERCERA de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se determinará por parte del entonces "EJECUTIVO DEL DF", por el titular de la Secretaría de Salud y Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, el titular de la Secretaría de Gobierno, el titular de la Secretaría de Finanzas, el titular de la Secretaría de Obras y Servicios y el titular de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; y por "LA SECRETAR III. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento. IV. El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional. Asimismo, dicho Programa en su Objetivo 5. Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea como una forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud, el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos para la salud que incluyen infraestructura y equipamiento. V. Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física. VI. El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ser un programa que, a través de transferencias de recursos presupuestarios federales coadyuve a las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 habitantes. DECLARACIONES I. DE "LA SECRETAR I.1. El Dr. José Meljem Moctezuma, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento. I.2. La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular el Dr. Malaquías López Cervantes, se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento. I.3. Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran contribuir al aseguramiento del acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las entidades federativas, a través de las cuales proporcionarán la atención primaria a la salud en las áreas de enfoque objetivo, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentran contribuir a que las entidades federativas cuenten con unidades médicas móviles (UMM) equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, todo ello conforme a los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 30 de diciembre de 2017. I.4. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico. I.5. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México. II. DE "LA CDMX": II.1. La Secretaría de Finanzas es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal de conformidad con los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal: 1o., 2o., 3o., fracciones I y VIII, 15 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, a la que le corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo de las políticas de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuestación y evaluación del gasto público del Distrito Federal y cuenta con atribuciones para elaborar el Programa Operativo de la Administración Pública del Distrito Federal, para la ejecución del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, determinar recaudar y cobrar los ingresos federales coordinados con base en las leyes convenios de coordinación de acuerdos que rijan la materia, representar en toda clase de procedimientos judiciales o administrativos los intereses de la hacienda pública del Distrito Federal y los que deriven de las funciones operativas inherentes a los acuerdos con el Ejecutivo Federal en materia de ingresos federales coordinados con fundamento en el artículo 30 fracciones I, VI y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. El Secretario de Finanzas, Lic. Edgar Abraham Amador Zamora, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración de conformidad con los artículos 16 fracción IV, 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y acredita su personalidad mediante nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, otorgado a su favor por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe del Gobierno del Distrito Federal. II.2. Que el Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, Dr. Román Rosales Avilés, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 16 fracción IV, 26 fracción XVI, 29, 54 fracción I, 71 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y 14 fracciones IX y XIV del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, y acredita su personalidad mediante nombramientos de fecha 22 de diciembre de 2017, otorgados a su favor por Miguel Ángel Mancera Espinosa, en su carácter de Jefe del Gobierno de la Ciudad de México. II.3. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico. II.4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en el número 23 de la calle Altadena, primer piso, Colonia Nápoles, C.P. 03810, Delegación Benito Juárez, en la Ciudad de México. Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA CDMX" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2018, en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en la Ciudad de México, otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETAR Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2018", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2017, y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio; así como a las disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETAR Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETAR Para tal efecto, "LA CDMX", a través de su Secretaría de Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, que tendrá el carácter de "UNIDAD EJECUTORA" para efectos del presente Convenio. La "UNIDAD EJECUTORA", deberá informar a "LA SECRETAR La "UNIDAD EJECUTORA" deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio. La no ministración de estos recursos a la "UNIDAD EJECUTORA" en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación. La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México y la "UNIDAD EJECUTORA" deberán remitir a "LA SECRETAR Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables. Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio, no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. TERCERA. VERIFICACI I. "LA SECRETAR II. "LA SECRETAR III. "LA SECRETAR En caso de que con motivo de las visitas de verificación "LA SECRETAR IV. "LA SECRETAR V. "LA SECRETAR última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio, al que deberán adjuntarse archivos electrónicos con la documentación soporte. En caso de presentarse la falta de comprobación los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a "LA CDMX", "LA SECRETAR VI. Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETAR CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan: OBJETIVO: Transferir recursos a "LA CDMX" para contribuir con la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el Catálogo Universal de Servicios de Salud que se detalla en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico, en las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo de Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio. INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "UNIDAD EJECUTORA" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico. QUINTA. APLICACI Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETAR "LA CDMX" presentará un informe de los rendimientos financieros y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4 y 10. Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA CDMX", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal 2018, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETAR SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8 del presente Convenio, deberán ser realizados por "LA CDMX" con cargo a sus recursos propios. S I. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, como "UNIDAD EJECUTORA", responsable ante "LA SECRETAR II. Responder a través de la "UNIDAD EJECUTORA", por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presente para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. III. Aplicar a través de la "UNIDAD EJECUTORA", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio. IV. Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México a "LA SECRETAR Asimismo, "LA CDMX" a través de la "UNIDAD EJECUTORA" deberá remitir a "LA SECRETAR V. Mantener a través de la "UNIDAD EJECUTORA", bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETAR VI. Verificar a través de la "UNIDAD EJECUTORA", que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquellos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "UNIDAD EJECUTORA". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Asimismo, deberá remitir a "LA SECRETAR VII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de la "UNIDAD EJECUTORA" dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETAR VIII. Asegurar, por conducto de la "UNIDAD EJECUTORA" las unidades médicas móviles asignadas en comodato al entonces "EJECUTIVO DEL D.F." para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación. Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, la "UNIDAD EJECUTORA" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETAR IX. Realizar a través de la "UNIDAD EJECUTORA", las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. Y remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, adjuntando en archivo electrónico la documentación comprobatoria. X. Realizar con recursos propios de "LA CDMX", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, así como del sistema de posicionamiento global. XI. Brindar las facilidades para que "LA SECRETAR XII. Informar de manera trimestral a "LA SECRETAR XIII. Cancelar, por conducto de la "UNIDAD EJECUTORA", la documentación comprobatoria, con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal 2018". XIV. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la "UNIDAD EJECUTORA", dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio fiscal 2018 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico. XV. La "UNIDAD EJECUTORA", realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2018, conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETAR XVI. La "UNIDAD EJECUTORA", deberá informar a "LA SECRETAR XVII. Mantener actualizada a través de la "UNIDAD EJECUTORA", la información relativa al cumplimiento de los indicadores de desempeño de los recursos presupuestarios federales transferidos para la ejecución del Programa, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos. XVIII. Establecer a través de la "UNIDAD EJECUTORA", medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas. XIX. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA CDMX", por conducto de la "UNIDAD EJECUTORA". XX. Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA CDMX", así como en la página de internet, de la "UNIDAD EJECUTORA". XXI. Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social. Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría social que se utilizarán son: a. Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD"; b. Capacitación y asesoría a servidores públicos.- Instancia Normativa y "LA CDMX"; c. Capacitación a integrantes de Comités.- "LA CDMX", y d. Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA CDMX". OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETAR I. Transferir a "LA CDMX" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2. II. Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA CDMX". III. Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de verificación de acuerdo al Programa que para tal efecto se establezca con la "UNIDAD EJECUTORA", conforme al formato de visitas establecido en su Anexo 12, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato. IV. Solicitar a la "UNIDAD EJECUTORA", a través de la DGPLADES, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se deba reportar, la entrega del informe del avance del cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, a través del formato contenido en su Anexo 7. V. Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias, conforme al formato establecido en su Anexo 10, así como el de certificación de gasto contenido en su Anexo 4. VI. Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA CDMX" debe presentar a "LA SECRETAR VII. Suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquellos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación. VIII. Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio. IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la "UNIDAD EJECUTORA", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico. X. Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA CDMX", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación a que hace referencia el presente instrumento. XI. Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación. XII. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación. XIII. Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables. XIV. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas. NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACI Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación. D jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. D D En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente. D D Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los 10 días del mes de enero de dos mil dieciocho.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, José Meljem Moctezuma.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Malaquías López Cervantes.- Rúbrica.- Por la CDMX: el Secretario de Finanzas, Edgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, Román Rosales Avilés.- Rúbrica. ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPEC RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACI TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $5,749,227.24 (Cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintisiete pesos 24/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo de la Ciudad de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPEC RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACI CALENDARIO DE MINISTRACI
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $5,749,227.24 (Cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintisiete pesos 24/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo de la Ciudad de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México y Servicios de Salud Pública Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPEC RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACI DISTRIBUCI
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $5,749,227.24 (Cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintisiete pesos 24/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo de la Ciudad de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. ![]() INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACI PARA "GASTOS DE OPERACI INSTRUCTIVO Se deberá anotar lo siguiente: 1 Entidad Federativa 2 Monto por concepto de gasto 3 Concepto de Gasto de Aplicación 4 Nombre del Concepto de Gasto 5 Fecha de elaboración del certificado 6 Partida Específica de gasto 7 No. de factura pagada 8 Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado 9 Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica 10 Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP) 11 Especificar si es contrato o pedido 12 Proveedor o Prestador de Servicios 13 Importe neto de la factura (incluye IVA) 14 Observaciones Generales 15 Total del gasto efectuado 16 Nombre del Responsable de elaborar la comprobación 17 Cargo del Responsable de elaborar la comprobación 18 Nombre del Director de Administración 19 Nombre del Secretario de Salud 20 Mes en que se reporta NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACI LA DOCUMENTACI El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $5,749,227.24 (Cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintisiete pesos 24/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo de la Ciudad de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPEC RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACI Catálogo Universal de Servicios de Salud 2017
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $5,749,227.24 (Cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos veintisiete pesos 24/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo de la Ciudad de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPEC RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACI CIUDAD DE M
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