CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto AVG/OAX/M1/SEPIA, que permita dar cumplimiento a la Resolución de la Secretaría de Gobernación re

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto AVG/OAX/M1/SEPIA, que permita dar cumplimiento a la Resolución de la Secretaría de Gobernación respecto a la Solicitud AVGM/04/2017 de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Oaxaca.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR BALBINA HERNÁNDEZ ALARCÓN, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE UNIDAD DE GÉNERO QUIEN FIRMA EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DE LA PERSONA TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ALEJANDRO ISMAEL MURAT HINOJOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, HÉCTOR ANUAR MAFUD MAFUD, EL SECRETARIO DE FINANZAS, VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN, LA TITULAR DE LA SECRETARÍA DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANO, INSTANCIA ESTATAL RESPONSABLE E INSTANCIA ESTATAL RECEPTORA DEL PROYECTO, EUFROSINA CRUZ MENDOZA A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II Modalidades de la Violencia, Capítulo V de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, alerta de violencia de género contra las mujeres, es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con la Solicitud de subsidio de fecha 27 de febrero de 2020, suscrito por Eufrosina Cruz Mendoza en su carácter de Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVG/OAX/M1/SEPIA.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2020 en lo sucesivo
(Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos en lo sucesivo (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $1,049,400.00 (Un millón cuarenta y nueve mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N), para la ejecución del proyecto AVG/OAX/M1/SEPIA. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio número CNPEVM/231-10/2020 de fecha 24 de marzo de 2020.
La Entidad Federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el Ejercicio Fiscal 2020, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2.   De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5.   La persona Titular de la Comisión Nacional, cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314630.
I.7.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.
II.     "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2.  El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 66, 79, fracción XIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 9 y 15, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.3.  Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 15, primer párrafo, 27, fracción I y 34, fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.4.  Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 27, fracción XII y 45, fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2, 5, 6, fracción V y 7, fracciones III y IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado.
II.5.  La Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, forma parte integrante de la Administración Pública Centralizada del Estado de Oaxaca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. A través de su titular Eufrosina Cruz Mendoza, asiste en la suscripción del presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 27, fracción X y 43, fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.6.  Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.  Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado en Carretera Oaxaca Istmo, Kilómetro 11.5, SN 7, Tlalixtac de Cabrera, Código Postal 68270, Oaxaca.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres la siguiente modalidad: Diseño e implementación de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres, reconstrucción del tejido social y promoción de la paz en las zonas, lugares o territorios con mayor índice de violencia familiar o comunitaria.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
III.6. Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado el 12 de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto: AVG/OAX/M1/SEPIA, que permita dar cumplimiento a la Resolución de la Secretaría de Gobernación respecto a la Solicitud AVGM/04/2017 de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Oaxaca. Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, mismo que se realiza de acuerdo a lo establecido en el Lineamiento Décimo Octavo de los Lineamientos, lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,049,400.00 (Un millón cuarenta y nueve mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N), para el proyecto: AVG/OAX/M1/SEPIA.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Número de plaza: Oaxaca
 
CLABE: 014610655080566890
Cuenta Bancaria: 65508056689
Banco: Banco Santander (México), S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander
A nombre de: Gobierno del Estado de Oaxaca SEFIN Proyecto AVG/OAX/M1/SEPIA
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) prevista en el lineamiento Décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "GOBERNACIÓN" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas, la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
La "GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éstas se comprometen a sacar a "GOBERNACIÓN" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del proyecto AVG/OAX/M1/SEPIA.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el gobierno estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los Lineamientos, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.    Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los
Lineamientos: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio de Coordinación.
b.    Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2020.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano encargada de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f.     Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de proyecto a desarrollar.
j.     Entregar bimestralmente por conducto de la persona Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l.     En términos de los Lineamientos, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2021, un Acta de cierre, firmada por la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano y por el Titular de la Secretaría de Finanzas en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2020 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso o) del Lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
 
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio número SEPIA/OS/0120/2020 de fecha 27 de febrero de 2020 signado por la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, y por "GOBERNACIÓN" la persona que fue designada mediante el Oficio número CNPEVM/232-13/2020 de fecha 24 de marzo de 2020, signado por la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso f), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2020, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos Sexto, Décimo cuarto, Décimo quinto, Décimo sexto, Trigésimo primero, inciso o) y Cuadragésimo de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2020 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
 
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio de Coordinación y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2020. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo.
 
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 29, fracción III, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación 2020.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno México a través de "GOBERNACIÓN".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a 17 de julio de 2020.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.- De conformidad con los artículos 11, fracción II, 115 fracción V y 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, firma en suplencia por ausencia Balbina Hernández Alarcón, Directora General Adjunta de Unidad de Género, servidora pública de nivel jerárquico inferior, con fundamento en el artículo 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, Titular de la Instancia Responsable e Instancia Estatal Receptora del Proyecto, Eufrosina Cruz Mendoza.- Rúbrica.
 
Anexo Técnico
Acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en
estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2020
Entidad Federativa
Estado Libre y Soberano de Oaxaca
 
a) Nombre del proyecto
AVG / OAX / M1 / SEPIA
 
b) Modalidad de acceso al subsidio
Diseño e implementación de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres, reconstrucción del tejido social y promoción de la paz en las zonas, lugares o territorios con mayor índice de violencia familiar o comunitaria.
 
c) fecha en que la entidad federativa solicitó el subsidio
28/02/2020
 
d) Instancia estatal responsable
Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano
 
e) Instancia estatal receptora
Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano
 
f) Monto aprobado:
$1,049,400.00 (Un millón cuarenta y nueve mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.)
 
g) Aportación estatal. En caso de aportar recursos económicos, señalar el monto y el porcentaje que representa en la totalidad de la inversión. Si la aportación fuera en especie, describir dicha aportación
$0.00 (Cero pesos 00/100 M.N.)
 
h) Fecha de inicio del proyecto
20/07/2020
 
i) Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2020
31/12/2020
 
j) Descripción del proyecto
I. Medida de seguridad, de prevención o de justicia, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe del grupo de trabajo a la que hace referencia el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la cual contribuirá el proyecto.
Medida de prevención 4. El diseño de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas y afromexicanas al interior de sus comunidades, que tenga por objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Deberá contener el fortalecimiento y certificación de personas que traducen en las lenguas representativas.
II. Objetivo general
Realizar un programa piloto de intervención psicosocial, en dos grupos diferenciados de edad, en dos localidades indígenas y una afromexicana, para contribuir a la disminución de la violencia de género a través de la formación y entrenamiento de promotores, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca (SSPO).
 
III. Objetivos específicos, actividades, indicadores y medios de verificación
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
Construir un modelo de
intervención integral en
comunidades indígenas y
afromexicana para la
construcción de nuevas
masculinidades con
enfoque intercultural,
orientada a la prevención de
violencia de género.
Integrar un grupo
interdisciplinario de
especialistas en nuevas
masculinidades, violencia
de género, Pueblos
Indígenas y Afromexicanos
con enfoque intercultural.
Realizar sesiones de trabajo
del grupo interdisciplinario
de especialistas abarcando
los siguientes temas:
pueblos indígenas;
antecedentes históricos;
prácticas culturales,
comportamientos, sociales y
familiares; revisión histórica
del trabajo de género con
hombres y mujeres en
comunidades indígenas y
afromexicanas, machismo y
masculinidad.
Elaborar carta descriptiva
estructurada para el taller
de integración e intercambio
metodológico y conceptual
entre personal de la
secretaría de pueblos
indígenas y afromexicanos
(sepia) y el centro de
reeducación para hombres
que ejercen violencia contra
las mujeres de la secretaría
de seguridad pública del
estado de Oaxaca (SSPO),
materiales didácticos y de
apoyo.
3 especialistas contratados
15 sesiones de trabajo
 
1 carta descriptiva
estructurada para el taller
de integración e intercambio
metodológico y conceptual.
Materiales didácticos y de
apoyo.
 
Contratos
Registro de asistencia
Registro fotográfico
Carta descriptiva
Estructurada
Materiales didácticos y de
apoyo.
 
 
Realizar un taller de
especialización dirigido a
psicoterapeutas y/o
trabajadores sociales para
entrenarlos como
formadores de promotores
sociales y culturales, para la
construcción de nuevas
masculinidades con
enfoque intercultural, para
que desarrollen los talleres
de intervención psicosocial,
en comunidades indígenas
y afromexicanas.
Realizar acto protocolario
de firma de convenio con el
centro de reeducación para
hombres que ejercen
violencia contra las mujeres
de la secretaría de
seguridad pública del
estado de Oaxaca (SSPO).
Impartir el taller de
integración e intercambio
metodológico y conceptual
entre personal de la
secretaría de pueblos
indígenas y afromexicanos
(sepia) y el centro de
reeducación para hombres
que ejercen violencia contra
las mujeres de la secretaría
de seguridad pública del
estado de Oaxaca (SSPO).
Elaborar carta descriptiva
del taller de sensibilización
sobre nuevas
masculinidades en
comunidades indígenas y
afromexicanas, dirigido a
autoridades municipales y/o
comunitarias.
Elaborar la carta descriptiva
del taller de formación de
formadores, dirigido a
psicoterapeutas y/o
trabajadores sociales para
entrenarlos como
formadores de promotores
sociales y culturales, para la
construcción de nuevas
masculinidades con enfoque
intercultural, orientada a la
prevención de violencia de
género en comunidades
indígenas y afromexicanas.
Integración de directorio e
invitaciones a
psicoterapeutas y/o
trabajadores sociales,
institucionales e
independientes para
participar en el taller de
formación de formadores.
Impartir el taller de
formación de formadores,
para la construcción de
nuevas masculinidades con
enfoque intercultural.
Firma de un convenio de
colaboración.
1 taller de realizado.
1 carta descriptiva
estructurada para el taller
de sensibilización sobre
nuevas masculinidades en
comunidades indígenas y
afromexicanas.
1 carta descriptiva
estructurada para el taller
de formación de
formadores.
20 participantes
confirmados.

1 taller realizado.
20 profesionistas
capacitados.
Convenio de colaboración
Registro de asistencia.
Registro fotográfico.
Relatoría.

Carta descriptiva
estructurada
Soportes electrónicos de
material multimedia para el
taller.
Formatos para evaluación
de taller.
Carta descriptiva
estructurada.
Soportes electrónicos de
material multimedia para el
taller.
Formatos para evaluación
de taller.
Directorio de participantes.
Registro de asistencia.
Registro fotográfico.
Formatos de evaluación por
participante.
 
Realizar el taller de
sensibilización sobre
nuevas masculinidades en
comunidades indígenas y
afromexicanas, en tres
comunidades, dirigido a
autoridades municipales y/o
comunitarias en los
municipios y/o localidad
donde se realizarán los
talleres y firma de carta
compromiso para garantizar
el respaldo de las
autoridades en el desarrollo
del proyecto.
Impartir el taller de
sensibilización sobre
nuevas masculinidades en
comunidades indígenas y
afromexicanas en los
municipios de villa de
Zaachila, Candelaria
Loxicha y la localidad de el
ciruelo (Santiago Pinotepa
nacional).
Identificar grupos etarios
con apoyo de las
autoridades municipales.
3 talleres realizados en 3
municipios.
3 cartas compromiso
firmadas.

3 grupos de 12 personas de
12 a 17 años integrados.
3 grupos de 12 personas de
18 a 30 integrados.
Registro de asistencia
Evidencia fotográfica
Carta compromiso.
Relación de integrantes de
los grupos etarios.
 
Realizar los talleres de
intervención psicosocial en
dos comunidades indígenas
y una afromexicana, de
práctica y enseñanza-
aprendizaje con el grupo de
formadores para identificar
los factores sociales y
culturales que reproducen la
violencia, dirigidos a los
grupos etarios identificados
en cada municipio.
Impartir 6 talleres de
intervención psicosocial, en
los que se trabajarán 3
sesiones (introducción,
introspección/reflexión; y
cierre) cada una con
duración de 6 horas por
sesión.
6 talleres con duración de
18 horas cada uno,
atendiendo a 72 personas
de los municipios
contemplados en el
proyecto.
Registro de asistencia
Evidencia fotográfica
Fichas de evaluación del
taller por participante.
Elaboración del manual del
capacitador herramienta de
soporte para replicar la
metodología, para la
capacitación de formadores
y replicar el taller de
intervención psicosocial.
Sistematización de la
información resultado de los
talleres de intervención
psicosocial.
Elaboración, diseño e
impresión del manual del
capacitador.
1 manual del capacitador
580 impresiones del manual
del capacitador.
Manual del capacitador
impreso
Soportes electrónicos para
impresión y reproducción.
Integración del Informe final
del proyecto
Elaboración, diseño e
impresión de informe final
del proyecto.
1 informe final
1 memoria audiovisual
Informe impreso y memoria
audiovisual del proyecto.
 
IV. Conjunto de pasos para desarrollar el proyecto (metodología)
La metodología se conforma con la secuencia de objetivos y actividades que a continuación se exponen:
1. Constituir un grupo de especialistas en el tema. Se convocará a tres especialistas en psicología, con amplia y diversa experiencia en los temas de violencia de género, nuevas masculinidades, terapia familiar, violencia en niños y especialista en poblaciones indígenas. Se desarrollará un taller de trabajo con el equipo, para homologar información sobre pueblos indígenas y afromexicano, antecedentes históricos, sus prácticas culturales, comportamientos sociales y familiares, revisión histórica del trabajo de género con hombres y mujeres en comunidades indígenas y afromexicanas, masculinidad; y machismo, y todo lo necesario para su mejor desempeño. Se sistematizará toda la información para el encuadre del programa; particularidades de trabajo con hombres. Se elaborará el programa, el plan de trabajo y los materiales didácticos de apoyo.Esta actividad tendrá una duración de tres semanas días.
2.- Constituir un grupo de promotores y promotoras en nuevas masculinidades y violencia de género.
a)    Con base en acuerdos previos de coordinación de trabajo y aprendizaje, con el centro de reeducación para hombres violentos en Oaxaca que viene trabajando con hombres que asisten voluntariamente a este centro, se organizará un primer acercamiento de trabajo y coordinación para conocer su enfoque, experiencia, método y recabar información.Se pretende que este equipo se integre al grupo de promotores independientes que soliciten su participación.El acercamiento será a través de un curso de duración de 3 días.
b)     Una vez constituido el grupo de postulantes a esta formación, se impartirá el taller de formación de formadores de promotores sociales y culturales, para la construcción de nuevas masculinidades con enfoque intercultural, para que desarrollen los talleres de intervención psicosocial, en comunidades indígenas y afromexicanas.
3.- Realizar de sensibilización sobre nuevas masculinidades en comunidades indígenas y afromexicanas para autoridades municipales y/o comunitarias en las comunidades donde se vayan a desarrollar los talleres de intervención psicosocial, con la finalidad de informarles en profundidad sobre el proyecto, la importancia que tiene y lograr su participación, apoyo, y sobre todo el compromiso de garantizar la presencia de los hombres de sus comunidades en los talleres. Resultado del taller será la firma de una carta compromiso y la integración de los dos grupos focales con los que se trabajará. Tendrá duración de un día.
4.- Realizar talleres en tres comunidades, como práctica y perfección de contenidos. Estos talleres serán sesiones de introspección y reflexión, con grupos de 12 personas. Los grupos estarán constituidos y diferenciados por hombres de distintas edades, cada grupo debe cumplir 9 sesiones: 3 sesiones de introducción, 4 sesiones de introspección y reflexión, con apoyo audiovisual y 2 sesiones de cierre. Cada sesión de 3 horas. Los promotores y promotoras participarán en los talleres, de apoyo y monitoreo junto con el equipo de especialistas. Será una práctica y reforzamiento a los talleres de aula. Estos talleres se realizarán en la Villa de Zaachila, región de los valles centrales, en la comunidad de candelaria Loxicha, región de la costa y El Ciruelo, Pinotepa Nacional, región de la costa
5.- Elaboración y producción de un manual del capacitador. El equipo de especialistas elaborará un manual para el capacitador herramienta de soporte para replicar la metodología, para la capacitación de formadores y replicar del taller de intervención psicosocial, y también para uso de las instituciones que estén trabajando en el tema.
6.- Integración del informe final y memoria audiovisual.
V. Cobertura geográfica y población beneficiaria
Cobertura demográfica
 
Grupo etario
Seleccionar todas las
opciones que coincidan
 
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
30 a 59 años
60 años en adelante
Nombre de los territorios
Villa de Zaachila
Santiago Pinotepa
Nacional
Candelaria Loxicha
Tipo de población que se atiende
Seleccionar todas las opciones
que coincidan
Población de mujeres
Población de hombres
Servidoras y
servidores públicos u
operadores jurídicos
 
En el caso de atender a población
de mujeres, ¿El proyecto va
dirigido para uno o varios grupos
en mayor situación de
vulnerabilidad?
Seleccionar todas las opciones
que coincidan
Niñas y adolescentes
Adultas mayores
Indígenas
Migrantes y/o
refugiadas
Afromexicanas
Desplazadas internas
Con discapacidad
LBGTTTI+
Madres jefas de familia
Usuarias de drogas
En situación de calle
Víctimas de violencia
Familiares de víctimas
Privadas de la libertad
Otras (especifique)
 
 
 
VI. Actores estratégicos
Actor
Tipo de participación
El actor principal del proyecto es población de hombres, jóvenes y adultos. Población de 15 a 30 años de edad de comunidades indígenas y afromexicanas.
Los hombres de la comunidad recibirán los talleres de intervención psicosocial.
En el caso de los promotores y promotoras, se incluirán mujeres si es su deseo hacer la capacitación. De 18 a 59 años de edad.
Los hombres y mujeres promotores recibirán formación y entrenamiento para realizar promoción y movimiento de cambio para nuevas masculinidades.
Autoridades municipales y comunitarias.
Facilitarán los espacios y motivará la participación de sus ciudadanos.
Integrantes del centro de reeducación para hombres que ejercen violencia contra las mujeres de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca (SSPO).
Intercambiar procesos de reeducación para construir una metodología con enfoque intercultural para atender a comunidades indígenas y afromexicanas.
Especialistas en temas de violencia de género, nuevas masculinidades, terapia familiar, violencia en niños y especialista en poblaciones indígenas y afromexicanas.
Construcción de la metodología con enfoque intercultural para atender procesos de reeducación de hombres en comunidades indígenas y afromexicanas en la construcción de nuevas masculinidades.
 
VII. Identificación de riesgos y cómo afrontarlos
Riesgo
Medidas de afrontamiento
Excepción de actividades en espacios públicos, esto debido a recomendaciones sanitarias, por contingencia de salud debido al Covid-19
Adaptar los tiempos de las actividades, y generar estrategias de atención pertinentes.
Que las autoridades comunales no se involucren en el programa.
Realizar un curso, de un día, con el grupo de autoridades municipales y comunitarias para presentarles el programa, explicarles los objetivos y los alcances, y lograr su participación y sobre todo su compromiso.
Que los hombres se nieguen a asistir
Las autoridades deben quedar convencidas y comprometidas con el programa para garantizar la asistencia de los hombres.
VIII. Cronograma de actividades
Actividades
Mes 1
Julio
Mes 2
Agosto
Mes 3
Septiembre
Mes 4
Octubre
Mes 5
Noviembre
Mes 6
Diciembre
Integrar un grupo interdisciplinario de especialistas en nuevas masculinidades, violencia de género, pueblos indígenas y afromexicanos con enfoque intercultural.
x
x
Realizar sesiones de trabajo del grupo interdisciplinario de especialistas abarcando los siguientes temas: pueblos indígenas; antecedentes históricos; prácticas culturales, comportamientos, sociales y familiares; revisión histórica del trabajo de género con hombres y mujeres en comunidades indígenas y afromexicanas, machismo y masculinidad.
x
x
Elaborar carta descriptiva estructurada para el taller de integración e intercambio metodológico y conceptual entre personal de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicanos (SEPIA) y el centro de reeducación para hombres que ejercen violencia contra las mujeres de la Secretaría de Seguridad pública del Estado de Oaxaca (SSPO), materiales didácticos y de apoyo.
x
x
Realizar acto protocolario de firma de convenio con el centro de reeducación para hombres que ejercen violencia contra las mujeres de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca (SSPO).
x
x
x
Impartir el taller de integración e intercambio metodológico y conceptual entre personal de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicanos (SEPIA) y el centro de reeducación para hombres que ejercen violencia contra las mujeres de la secretaría de seguridad pública del estado de Oaxaca (SSPO).
x
x
Elaborar carta descriptiva del taller de sensibilización sobre nuevas masculinidades en comunidades indígenas y afromexicanas, dirigido a autoridades municipales y/o comunitarias.
x
x
 
Elaborar la carta descriptiva del taller de formación de formadores, dirigido a psicoterapeutas y/o trabajadores sociales para entrenarlos como formadores de promotores sociales y culturales, para la construcción de nuevas masculinidades con enfoque intercultural, orientada a la prevención de violencia de género en comunidades indígenas y afromexicanas.
x
x
Integración de directorio e invitaciones a psicoterapeutas y/o trabajadores sociales, institucionales e independientes para participar en el taller de formación de formadores.
x
x
Impartir el taller de formación de formadores, para la construcción de nuevas masculinidades con enfoque intercultural.
x
x
Impartir el taller de sensibilización sobre nuevas masculinidades en comunidades indígenas y afromexicanas en los municipios de Villa de Zaachila, Candelaria Loxicha y la localidad de El Ciruelo (Santiago Pinotepa Nacional).
x
x
Identificar grupos etarios con apoyo de las autoridades municipales.
x
x
Impartir 6 talleres de intervención psicosocial, en los que se trabajarán 3 sesiones (introducción, introspección-reflexión y cierre) cada una con duración de 6 horas por sesión.
x
x
x
Sistematización de la información resultado de los talleres de intervención psicosocial.
x
x
Elaboración, diseño e impresión del manual del capacitador.
x
x
Elaboración, diseño e impresión de informe final del proyecto.
x
x
x
 
K) Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las persona(s) físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean personas servidoras públicas;
I. Tipo de perfil requerido:
Consultor
Capacitador
Diseñador gráfico
Proveedor
 
II. Áreas de especialización requerida:
Área de especialización
Años de experiencia mínima requerida
Grado o nivel de especialización
Psicología
2 años
Pasante/licenciatura
Área de ciencias sociales (antropología, sociología, etnohistoria)
2 años
Pasante /licenciatura
Desarrollo humano
2 años
Certificación
Diseño gráfico
1 año
Pasante/licenciatura
 
III. Competencias requeridas:
Conocimiento y manejo de temas de prevención de violencia de género y construcción de nuevas masculinidades, reconstrucción de tejido social con enfoque intercultural.
 
IV. Labores a realizar:
Talleres de capacitación; cursos de promoción, información y planeación; organización social y laboral; diseño y edición de manual, sistematización de información, informe y gestión con autoridades.
l). Proyección de costo del proyecto
Cronograma de actividades y gasto.
Actividades
Concepto de gasto
Mes
Monto
(Incluido IVA)
Mes 1
Julio
Mes 2
Agosto
Mes 3
Septiembre
Mes 4
Octubre
Mes 5
Noviembre
Mes 6
Diciembre
Construir un modelo de
intervención integral en
comunidades indígenas y
afromexicana para la construcción
de nuevas masculinidades con
enfoque intercultural, orientada a
la prevención de violencia de
género.
Integrar un grupo
interdisciplinario de
especialistas en nuevas
masculinidades, violencia
de género, pueblos
indígenas y afromexicanos
con enfoque intercultural.
X
X




$0.00
Realizar sesiones de trabajo del
grupo interdisciplinario de
especialistas abarcando los
siguientes temas: pueblos
indígenas; antecedentes
históricos; prácticas culturales,
comportamientos, sociales y
familiares; revisión histórica del
trabajo de género con hombres y
mujeres en comunidades
indígenas y afromexicanas,
machismo y masculinidad.
2 servicios profesionales en
el área de psicología y 1
servicio especializado en
desarrollo humano.
X
X




$73,758.50
Gastos de alimentación y
cafetería para 6 personas
por 15 días.
X
X




$14,605.25
Materiales de papelería
(block para rotafolio,
plumas, lápices, cuadernos
profesionales, folders) y
materiales didácticos
(marcadores didácticos,
crayolas, hojas blancas).
X
X




$1,040.52
Adquisición de
Videoproyector PowerLite
U42 Plus con luminosidad
3600 lúmenes de brillo de
color, 3600 lúmenes de
brillo blanco. Resolución
WUXGA, Full HD, de 1920
× 1200 p. Duración de
lámpara 6000 horas
(Normal), 10000 horas
(ECO). Tapa de lente,
Miracast incorporado.
Capacidad de enlace de
alta definición móvil (MHL),
1 puerto VGA, 1 HDMI, 1
entrada Mini DIN, 1 USB, 1
RCA. Tecnología Wifi
X
X




$22,500.00
Compra de 30 memorias
USB de almacenamiento
masivo, con capacidad de
16 gb para el equipo que
implementará el proyecto, e
instituciones participantes
en el proyecto.
X
X




$2,970.00
Diseño e impresión de
displays, para identificación
del proyecto.
X
X




$2,071.76
 
Elaborar carta descriptiva para
estructurada para el taller de
integración e intercambio
metodológico y conceptual entre
personal de la Secretaría de
Pueblos Indígenas y
Afromexicanos (SEPIA) y el
centro de reeducación para
hombres que ejercen violencia
contra las mujeres de la
Secretaría de Seguridad Pública
del Estado de Oaxaca (SSPO),
materiales didácticos, de apoyo y
de identidad del proyecto.
Carta descriptiva
X
X




$0.00
Realizar acto protocolario de firma
de convenio con el centro de
reeducación para hombres que
ejercen violencia contra las
mujeres de la secretaría de
seguridad pública del estado de
Oaxaca (SSPO).
Cafetería para 20 personas
(café, agua, azúcar,
galletas)
X
X




$500.00
Impartir el taller de integración e
intercambio metodológico y
conceptual entre personal de la
Secretaría de Pueblos Indígenas
y Afromexicano (SEPIA) y el
centro de reeducación para
hombres que ejercen violencia
contra las mujeres de la
Secretaría de Seguridad Pública
del Estado de Oaxaca (SSPO).
Gastos de alimentos (30
comidas) y cafetería para
10 personas (café, agua,
azúcar, galletas), durante 3
días.
X
X




$4,872.00
Materiales de papelería
(block para rotafolio,
plumas, lápices), materiales
didácticos (marcadores
didácticos, crayolas y hojas
blancas tamaño carta)
X
X




$860.41
Elaborar carta descriptiva del
taller de sensibilización sobre
nuevas masculinidades en
comunidades indígenas y
afromexicanas, dirigido a
autoridades municipales y/o
comunitarias.
Carta descriptiva del taller
X
X




$0.00
Elaborar la carta descriptiva del
taller de formación de formadores,
dirigido a psicoterapeutas y/o
trabajadores sociales para
entrenarlos como formadores de
promotores sociales y culturales,
para la construcción de nuevas
masculinidades con enfoque
intercultural, orientada a la
prevención de violencia de género
en comunidades indígenas y
afromexicanas.
Carta descriptiva del taller
X
X




$ 0.00
Integración de directorio e
invitaciones a psicoterapeutas y/o
trabajadores sociales,
institucionales e independientes
para participar en el taller de
formación de formadores.
Directorio
X
X




$0.00
 
Impartir el taller de formación de
formadores, para la construcción
de nuevas masculinidades con
enfoque intercultural.
2 servicios profesionales en
el área de psicología y 1
servicio especializado en
desarrollo humano, para
implementación del taller de
formación de formadores
con duración de 5 días.
X
X




$73,758.50
Gastos de alimentos para
25 personas (125 comidas)
y cafetería por 5 días (café,
agua, azúcar, galletas).
X
X




$20,300.00
Materiales de papelería
(block para rotafolio,
plumas, lápices, hojas
blancas tamaño carta,
masking tape, etiquetas
rectangulares) y material
didáctico (marcadores
didácticos, crayolas).
X
X




$1,788.72
Impartir el taller de sensibilización
sobre nuevas masculinidades en
comunidades indígenas y
afromexicanas en los municipios
de Villa de Zaachila, Candelaria
Loxicha y la localidad de el ciruelo
(Santiago Pinotepa Nacional).
2 servicios profesionales en
el área de psicología y 1
servicio especializado en
desarrollo humano.

X
X



$73,758.50
Gastos de traslado
(combustible) Oaxaca-Villa
de Zaachila-Oaxaca, para
las personas que
implementan el proyecto (6
personas).

X
X



$2,300.00
Gastos de alimentación
(16 comidas) y cafetería
para 16 personas por 1 día
(café, agua, azúcar,
galletas).

X
X
?
?
?
$2,691.00
Materiales de papelería
(plumas, lápices, hojas
blancas tamaño carta,
masking tape).

X
X



$486.00
Gastos de traslado
(combustible) Oaxaca-
Candelaria Loxicha-
Oaxaca, para las personas
que implementan el
proyecto (6 personas).

X
X



$3,000.00
Gastos de hospedaje y
alimentos para las
personas que implementan
el proyecto en el municipio
de Candelaria Loxicha. (6
personas).

X
X



$8, 120.00
Alimentos para las
autoridades de candelaria
Loxicha, que asistan al
taller de sensibilización
sobre nuevas
masculinidades. (comida,
café, agua)

X
X



$1,450.00
 
 
Materiales de papeleria
(plumas, lápices, hojas
blancas tamaño carta,
masking tape).

X
X



$486.00
Gastos de traslado
(combustible) Oaxaca-el
ciruelo (Santiago Pinotepa
Nacional-Oaxaca, para las
personas que implementan
el proyecto (6 personas).

X
X



$7,000.00
Gastos de hospedaje y
alimentos para las
personas que implementan
el proyecto en el ciruelo
(Santiago Pinotepa
Nacional-Oaxaca (6
personas).

X
X



$7,000.00
Alimentos para las
autoridades de El Ciruelo,
Santiago Pinotepa
Nacional, que asistan al
taller de sensibilización
sobre nuevas
masculinidades. (Comida,
café, agua).

X
X



$1,450.00
Materiales de papelería
(plumas, lápices, hojas
blancas tamaño carta,
masking tape)

X
X



$486.00
Impartir 6 talleres de intervención
psicosocial, en los que se
trabajarán 3 sesiones
(introducción, introspección/
reflexión; y cierre) cada una con
duración de 6 horas por sesión.
2 servicios profesionales en
el área de psicología y 1
servicio especializado en
desarrollo humano.

X
X



$73,758.50
Gastos de traslado
(combustible) Oaxaca-Villa
de Zaachila-Oaxaca, para
las personas que
implementan el proyecto
(17 personas) por 6 días.

X
X



$7,000.00
Gastos de alimentación
para las personas que
participan en el proyecto
(28 personas por día
durante 6 días).

X
X



$28,260.00
Materiales de papelería
(plumas, lápices) y
materiales didácticos
(crayolas y hojas de papel
bond).

X
X



$785.00
Gastos de traslado
(combustible) Oaxaca-
Candelaria Loxicha-
Oaxaca, para las personas
que implementan el
proyecto (9 personas).


X
X


$8,000.00
Gastos de alimentación de
21 personas que participan
en el proyecto por 6 días,
en Candelaria Loxicha.


X
X


$36,500.00
 
 
Gastos de hospedaje de 9
personas que implementan
el proyecto en Candelaria
Loxicha, por 7 días.


X
X


$31,350.00
Materiales de papelería
(plumas, lápices) y
materiales didácticos
(crayolas y hojas de papel
bond).


X
X


$785.00
Gastos de traslado
Oaxaca-el ciruelo (Santiago
Pinotepa Nacional)-
Oaxaca, para las personas
que implementan el
proyecto (9 personas).


X
X


$10,000.00
Gastos de alimentación de
21 personas que
implementan el proyecto
por 6 días, en el ciruelo,
Santiago Pinotepa
Nacional.


X
X


$36,500.00
Gastos de hospedaje de 9
personas implementan el
proyecto por 7 días en El
Ciruelo, Santiago Pinotepa
Nacional.


X
X


$43,850.00
Materiales de papelería
(plumas, lápices) y
materiales didácticos
(crayolas y hojas de papel
bond).


X
X


$785.00
Sistematización de resultados de
los talleres implementados
durante la ejecución del proyecto.
Servicio profesional por
sistematización.



X
X

$53,360.00
Elaboración, diseño e impresión
del Manual del capacitador para la
construcción de nuevas
masculinidades, reconstrucción
de tejido social con enfoque
intercultural.
Servicios de diseño del
manual del capacitador.




X
X
$19,333.34
Servicios de impresión de
1000 ejemplares del
manual del capacitador.




X
X
$170,000.00
Elaboración, diseño e impresión
de informe final del proyecto.
Memoria audiovisual e
Informe final del proyecto.



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X
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$210,000.00
Un millón cuarenta y nueve mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.
$1,049,400.00
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a 17 de julio de 2020.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.- De conformidad con los artículos 11, fracción II, 115 fracción V y 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, firma en suplencia por ausencia Balbina Hernández Alarcón, Directora General Adjunta de Unidad de Género, servidora pública de nivel jerárquico inferior, con fundamento en el artículo 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, Titular de la Instancia Responsable e Instancia Estatal Receptora del Proyecto, Eufrosina Cruz Mendoza.- Rúbrica.