OFICIO 500-05-2021-34537 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de l OFICIO 500-05-2021-34537 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de la resolución a que se refiere el cuarto párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó sin efectos el referido acto. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio Número: 500-05-2021-34537 Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF o en contra de la resolución a que se refiere el cuarto párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó sin efectos el referido acto. Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos sexto del Código Fiscal de la Federación, le comunica lo siguiente:: Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento. Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, y en términos del cuarto párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación: Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | | Medio de notificación al contribuyente | Número y fecha de oficio de resolución definitiva | Buzón Tributario | Estrados de la autoridad | Notificación Personal | Fecha en que se notificó en Buzón Tributario | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | 1 | AID1208037A1 | ASESORIA INTEGRAL DAVANGER, S.A. DE C.V. | 500-26-00-04-02-2018-07914 de fecha 17 de agosto de 2018 | | | 24 de agosto de 2018 | 18 de septiembre de 2018 | | | 2 | ASV1703032Y8 | AGROPECUARIA SOCIAL DEL VALLE, S.P.R. DE R.L. | 500-05-2019-7240 de fecha 29 de enero de 2019 | | | 26 de marzo de 2019 | 22 de abril de 2019 | | | 3 | DIS130604LK7 | DISOLMEX, S.A. DE C.V. | 500-32-00-04-02-2020-6096 de fecha 17 de noviembre de 2020 | 23 de noviembre de 2020 | 24 de noviembre de 2020 | | | | | 4 | EDI100525HZ2 | EFECTO DIGITAL INTERACTIVO, S.A. DE C.V. | 500-46-00-05-02-2019-22263 de fecha 17 de diciembre de 2019 | 18 de diciembre de 2019 | 19 de diciembre de 2019 | | | | | 5 | GAI161128CG1 | GAO ALUMINIO INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | 500-35-00-0-00-2020-5979 de fecha 26 de marzo de 2020 | 26 de marzo de 2020 | 27 de marzo de 2020 | | | | | 6 | NOR170109QL9 | NORMALINE, S.A. DE C.V. | 500-32-00-05-05-2020-2968 de fecha 08 de junio de 2020 | 08 de junio de 2020 | 09 de junio de 2020 | | | | | 7 | ORU161209SI5 | OPERADORA RUHE, S.A. DE C.V. | 500-19-00-05-01-2020-04306 de fecha 20 de abril de 2020 | 20 de abril de 2020 | 21 de abril de 2020 | | | | | 8 | TCO150528DR2 | TUTOR CONSULTORIA, S.A. DE C.V. | 500-54-00-02-01-2019-2097 de fecha 22 de agosto de 2019 | 05 de septiembre de 2019 | 06 de septiembre de 2019 | | | | | Datos adicionales de los contribuyentes. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Domicilio Fiscal | Actividad Preponderante | Motivo del Procedimiento | 1 | AID1208037A1 | ASESORIA INTEGRAL DAVANGER, S.A. DE C.V. | SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO | SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material. | 2 | ASV1703032Y8 | AGROPECUARIA SOCIAL DEL VALLE, S.P.R. DE R.L. | SALAMANCA, GUANAJUATO | COMERCIO AL POR MAYOR DE PRODUCTOS LÁCTEOS, COMO CREMA, MANTEQUILLA, YOGUR, QUESO. COMERCIO AL POR MENOR DE LECHE PROCESADA, OTROS PRODUCTOS LÁCTEOS Y EMBUTIDOS. COMERCIO AL POR MAYOR DE LECHE. COMERCIO AL POR MENOR DE LECHE. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. | 3 | DIS130604LK7 | DISOLMEX, S.A. DE C.V. | ZAPOPAN, JALISCO | SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS Y RECUBRIMIENTOS Y TERMINADOS METÁLICOS | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | 4 | EDI100525HZ2 | EFECTO DIGITAL INTERACTIVO, S.A. DE C.V. | PUEBLA, PUEBLA | EDICIÓN DE SOFTWARE, EXCEPTO A TRAVÉS DE INTERNET. FABRICACIÓN DE COMPUTADORAS Y EQUIPO PERIFÉRICO. COMERCIO AL POR MENOR DE COMPUTADORAS Y SUS ACCESORIOS. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Sin capacidad material | 5 | GAI161128CG1 | GAO ALUMINIO INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO | ALQUILER DE OTROS INMUEBLES E INMOBILIARIAS Y CORREDORES DE BIENES RAICES | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. | 6 | NOR170109QL9 | NORMALINE, S.A. DE C.V. | ZAPOPAN, JALISCO | OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS. | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material. | 7 | ORU161209SI5 | OPERADORA RUHE, S.A. DE C.V. | GUADALAJARA, JALISCO | OTROS SERVICIOS DE APOYO A LOS NEGOCIOS | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Sin capacidad material | 8 | TCO150528DR2 | TUTOR CONSULTORIA, S.A. DE C.V. | HERMOSILLO, SONORA | SIN INFORMACIÓN | Ausencia de activos. Ausencia de personal. Falta de infraestructura. Sin capacidad material | Por lo anterior, el nombre o razón social de los contribuyentes a los que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como a continuación se indica: | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo | Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación | 1 | AID1208037A1 | ASESORIA INTEGRAL DAVANGER, S.A. DE C.V. | Este contribuyente no fue publicado en Listados Definitivos. | 2 | ASV1703032Y8 | AGROPECUARIA SOCIAL DEL VALLE, S.P.R. DE R.L. | 500-05-2019-18165 de fecha 17 de junio de 2019 | 15 de julio de 2019 | 3 | DIS130604LK7 | DISOLMEX, S.A. DE C.V. | 500-05-2021-5303 de fecha 04 de marzo de 2021 | 18 de marzo de 2021 | 4 | EDI100525HZ2 | EFECTO DIGITAL INTERACTIVO, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13568 de fecha 13 de mayo de 2020 | 29 de junio de 2020 | 5 | GAI161128CG1 | GAO ALUMINIO INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13925 de fecha 26 de agosto de 2020 | 17 de septiembre de 2020 | 6 | NOR170109QL9 | NORMALINE, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13880 de fecha 17 de agosto de 2020 | 07 de septiembre de 2020 | 7 | ORU161209SI5 | OPERADORA RUHE, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13692 de fecha 19 de junio de 2020 | 07 de julio de 2020 | 8 | TCO150528DR2 | TUTOR CONSULTORIA, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-7673 de fecha 14 de febrero de 2020 | 06 de marzo de 2020 | Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluyeron con la siguiente resolución o sentencia: | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Medio de defensa | Fecha de la Resolución o sentencia firme | Autoridad que resolvió | Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme | 1 | AID1208037A1 | ASESORIA INTEGRAL DAVANGER, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 5858/18-10-01-6-OT | 24 de mayo de 2019 | Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-26-00-04-02-2018-07914 de fecha 17 de agosto de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guanajuato "3". | 2 | ASV1703032Y8 | AGROPECUARIA SOCIAL DEL VALLE, S.P.R. DE R.L. | Recurso de Revocación RRL2019004705 | 10 de julio de 2019 | Administración Desconcentrada Jurídica de Guanajuato "3" | Se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio 500-05-2019-7240 de fecha 29 de enero de 2019, emitido por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 3 | DIS130604LK7 | DISOLMEX, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 866/21-07-01-4 | 30 de abril de 2021 | Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-32-00-04-02-2020-6096 de fecha 17 de noviembre de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Jalisco "3". | 4 | EDI100525HZ2 | EFECTO DIGITAL INTERACTIVO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 821/20-12-02-9 | 02 de julio de 2021 | Segunda Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-45-00-04-00-2020-1943 de fecha 18 de mayo de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica de Puebla "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2020001377 y acumulado RRL202001467, promovidó en contra de la diversa 500-46-00-058-02-2019-22263 de fecha 17 de diciembre de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Puebla "2". | 5 | GAI161128CG1 | GAO ALUMINIO INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 904/20-29-01-4 | 04 de junio de 2021 | Sala Regional Sur del Estado de México y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-35-2020-2202 de fecha 02 de octubre de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica México "1", en la que se resolvió el recurso de revocación, promovidó en contra de la diversa 500-35-00-00-00-2020-5979 de fecha 26 de marzo de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México "1". | 6 | NOR170109QL9 | NORMALINE, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 5288/20-07-03-3-OT | 01 de septiembre de 2021 | Tercera Sala Regional Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-32-00-05-05-2020-2968 de fecha 08 de junio de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Jalisco "3". | 7 | ORU161209SI5 | OPERADORA RUHE, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 5220/20-07-01-4 | 05 de febrero de 2021 | Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 600-19-00-00-00-2020-1342 de fecha 16 de julio de 2020, emitido por la Administración Desconcentrada Jurídica de Chiapas "1", en la que se resolvió el recurso de revocación número RRL2020004466, promovidó en contra de la diversa 500-19-00-05-01-2020-04306 de fecha 20 de abril de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Chiapas "1". | 8 | TCO150528DR2 | TUTOR CONSULTORIA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 2478/19-02-01-3 | 20 de agosto de 2020 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución consistente en el oficio número 500-54-00-02-01-2019-2097 de fecha 22 de agosto de 2019, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sonora "1". | En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de los medios de defensa señalados en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, seguido a esos contribuyentes también, ha quedado sin efectos. Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal. Atentamente. Ciudad de México a, 09 de noviembre de 2021.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6", con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: Administradora de Fiscalización Estratégica "7", Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.
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