ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina la logística para el escrutinio y cómputo en la mesa de escrutinio y cómputo electrónica del voto de las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero para el Pr

ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina la logística para el escrutinio y cómputo en la mesa de escrutinio y cómputo electrónica del voto de las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG99/2022.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DETERMINA LA LOGÍSTICA PARA EL ESCRUTINIO Y CÓMPUTO EN LA MESA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO ELECTRÓNICA DEL VOTO DE LAS MEXICANAS Y LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO PARA EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ELECTO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024
GLOSARIO
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Constitución/ CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
COVE
Comisión del Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero.
Covid-19
Enfermedad ocasionada por el coronavirus SARS-CoV-2.
DOF
Diario Oficial de la Federación.
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral.
JGE
Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.
LFRM
Ley Federal de Revocación de Mandato.
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
LNERE
Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero.
LNERE-PRM
Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
LORM
Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la Organización de la Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
LOVEIRM
Lineamientos para la organización y operación del Voto Electrónico por Internet para las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
MEC Electrónica
Mesa de Escrutinio y Cómputo única de la votación emitida desde el extranjero bajo la modalidad electrónica por Internet para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
PIyCPRM
Plan Integral y Calendario del Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República 2021-2022.
PIMDyCE-RM 2022
Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para para el Proceso de Revocación de Mandato 2022.
PRM
Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
RE
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
SIVEI
Sistema del Voto Electrónico por Internet para las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero del Instituto Nacional Electoral.
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
VMRE
Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero.
ANTECEDENTES
 
I.        El 8 de mayo de 2019, mediante Acuerdo INE/CG243/2019, este Consejo General aprobó los Lineamientos que establecen las características generales que debe cumplir el SIVEI.
II.       El 20 de diciembre de 2019, se publicó en el DOF el Decreto mediante el cual se adiciona una fracción IX al artículo 35; un inciso c), al Apartado B de la Base V del artículo 41; un párrafo séptimo al artículo 84; un tercer párrafo a la fracción III del Apartado A del artículo 122 de la CPEUM; dichas disposiciones fueron emitidas para regular la figura de Revocación de Mandato.
III.      A partir de la declaración de pandemia de Covid-19, realizada el 11 de marzo de 2020 por la Organización Mundial de la Salud, así como de las acciones efectuadas por el Estado Mexicano, el INE adoptó, entre otras, las siguientes medidas preventivas y de actuación:
a)    El 13 de marzo de 2020, el Secretario Ejecutivo del INE, mediante comunicado oficial, dio a conocer la implementación de diversas medidas de prevención, información y orientación a fin de mitigar el riesgo de contagio entre personal de este Instituto.
b)    El 17 de marzo de 2020, mediante Acuerdo INE/JGE34/2020, esta JGE aprobó las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia de Covid-19, en cuyo punto Décimo se determinó, entre otras cosas, que el personal del INE pueda realizar solitudes y aprobaciones en medio electrónico.
c)     El 16 de abril de 2020, la JGE aprobó el Acuerdo INE/JGE45/2020 por el que se modifica el diverso INE/JGE34/2020, en el que se determinaron medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia de Covid-19, a efecto de ampliar la suspensión de los plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos del INE, así como cualquier plazo de carácter administrativo, hasta que se determine su reanudación, con base en la información sobre las condiciones sanitarias relacionadas con la pandemia de Covid-19.
d)    El 28 de mayo de 2020, mediante Acuerdo INE/CG97/2020, este Consejo General aprobó reanudar algunas actividades suspendidas como medida extraordinaria con motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia de Covid-19.
e)    El 24 de junio de 2020, mediante Acuerdo INE/JGE69/2020, la JGE aprobó la estrategia y metodología para el levantamiento de plazos relacionados con las actividades administrativas, así como para el regreso paulatino a las actividades presenciales por parte del personal del INE. Con la aprobación de ese Acuerdo, se crearon el Grupo Estratégico INE-C19 y el Grupo consultivo en materia de salud.
f)     A partir de la instalación del Grupo Estratégico INE-C19, se presentaron y validaron diversos protocolos para orientar o definir la forma en que se realizarán diversos procedimientos indispensables para la operación institucional con los debidos cuidados y protección a la salud, en el actual contexto de pandemia en el que se encuentra el país, los cuales se encuentran disponibles en el portal electrónico del INE, https://www.ine.mx/protocolos-para-el-regreso-las-actividades-en-el-ine/
IV.      El 31 de julio de 2020, los entes auditores entregaron a este Instituto los Dictámenes de Auditoría al SIVEI.
V.       El 26 de mayo de 2021, se presentó a este Consejo General el Informe de ratificación de los Dictámenes de Auditoría al SIVEI.
VI.      El 11 de agosto de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1434/2021, este Consejo General aprobó la creación, con carácter temporal, de la COVE. Dicha Comisión quedó formalmente instalada en sesión celebrada el 23 de agosto de 2021.
VII.     El 27 de agosto de 2021, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG1444/2021, los LORM, en los que se establece la participación de las personas ciudadanas mexicanas residentes en el extranjero que podrán ejercer su derecho al voto a través de la modalidad electrónica por Internet en el PRM.
VIII.    El 14 de septiembre de 2021, se publicó en el DOF el Decreto mediante el cual se expide la LFRM, disponiendo en su artículo 8, párrafo segundo que, las personas ciudadanas mexicanas que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en el PRM, aplicándose en lo conducente lo dispuesto en la LGIPE.
IX.      El 30 de septiembre de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1566/2021, se aprobó la modificación de
los LORM con motivo de la expedición de la LFRM y, el 10 de noviembre de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1646/2021, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF en el expediente SUP-RAP-415/2021 y sus acumulados, se estableció como fecha para la celebración de Jornada de Revocación de Mandato, el domingo 10 de abril de 2022.
X.       El 20 de octubre de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1614/2021, este Consejo General aprobó el PIyCPRM, por medio del cual el INE planea y da seguimiento a la organización del PRM y en el que se considera, entre otras actividades estratégicas, la organización de la participación de las personas ciudadanas mexicanas residentes en el extranjero.
XI.      El 29 de octubre de 2021, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG1631/2021, el PIMDyCE-RM 2022.
XII.     El 10 de diciembre del 2021, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG1740/2021, la Adenda "Precisiones Operativas" al PIMDyCE-RM 2022, derivadas del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del TEPJF.
XIII.    El 26 de enero de 2022, mediante Acuerdo INE/CG25/2022, este Consejo General aprobó el Plan Integral de Trabajo del VMRE para el PRM.
XIV.    El 26 de enero de 2022, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG26/2022, los LOVEIRM.
XV.     El 26 de enero de 2022, mediante Acuerdo INE/CG33/2022, este Consejo General aprobó los Lineamientos para la conformación de la LNERE-PRM.
XVI.    El 4 de febrero de 2022, mediante Acuerdo INE/CG51/2022, este Consejo General aprobó la modificación a los LORM, en cumplimiento al diverso INE/CG13/2022, y derivado de la negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la solicitud de otorgar de manera excepcional recursos adicionales para el PRM.
XVII.   El 4 de febrero de 2022, este Consejo General emitió, mediante Acuerdo INE/CG52/2022, la Convocatoria para el PRM.
XVIII.  El 15 de febrero de 2022, la COVE conoció el Anteproyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se determina la instalación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, a propuesta de la JGE.
XIX.    El 15 de febrero de 2022, mediante Acuerdo INE/COVE09/02SE/2022, la COVE aprobó someter a la consideración de este órgano superior de dirección, el Proyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se determina la logística para el escrutinio y cómputo en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM.
CONSIDERANDOS
Competencia
Este Consejo General es competente para determinar la logística para el escrutinio y cómputo en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafo segundo, y Apartado B, inciso a), numeral 5, de la CPEUM; 4, 8, segundo párrafo y 29, fracción III de la LFRM; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 36; 44, párrafo 1, incisos gg) y jj); 329; 339, párrafos 1 de la LGIPE; 102, párrafos 1 y 2; y Transitorio Séptimo del RE; 7 de los LORM; 33, 35 y 33 de los LOVEIRM; así como, actividad 6.1.1.2 del Plan Integral de Trabajo del VMRE para el PRM.
Fundamentación
1.       En el artículo 41, párrafo tercero, Base V de la CPEUM, se determina que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto y los Organismos Públicos Locales en los términos que establece la propia Constitución. En este sentido, de conformidad con lo previsto en el Apartado B, inciso a) de esta misma disposición, al INE le corresponde para los Procesos Electorales Federales y Locales, entre otras actividades, la capacitación electoral; el padrón y la lista de electores; la ubicación de las casillas y la designación de las y los funcionarios de sus mesas directivas, y las demás que determine la ley.
2.       El artículo 4 de la LFRM, señala que la aplicación de las disposiciones previstas en esa Ley corresponde al Congreso de la Unión, al INE y al TEPJF, en sus respectivos ámbitos de competencia y, que el INE tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación en el PRM, incluyendo los Consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.
 
3.       El artículo 5 de la LFRM, establece que el PRM es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza.
4.       El segundo párrafo del artículo 8 de la LFRM, señala que las personas ciudadanas mexicanas que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la Revocación de Mandato, aplicándose en lo conducente lo dispuesto en la LGIPE.
5.       El artículo 27 de la LFRM, establece que el INE es responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la votación de los PRM y de llevar a cabo la promoción del voto, en términos de esa Ley y de la LGIPE, garantizando la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad y perspectiva de género en el ejercicio de la función de la participación ciudadana.
6.       El artículo 29, fracción III de la LFRM, señala que a este Consejo General le corresponde, entre otras, aprobar los Lineamientos o acuerdos necesarios para llevar a cabo la organización y desarrollo de las revocaciones de mandato.
7.       El artículo 40 de la LFRM, señala que la Jornada de Revocación de Mandato se sujetará al procedimiento dispuesto por la LGIPE para la celebración de la Jornada Electoral, con las particularidades que prevé esa sección.
8.       El artículo 46 de la LFRM, establece las reglas para el escrutinio y cómputo de la Revocación de Mandato, señalando que es nulo el voto cuando no sea posible conocer el exacto sentido del mismo, pero siempre será contabilizado dentro de la concurrencia total a la Revocación de Mandato y que, bajo el sistema de voto electrónico se colmarán los requisitos ahí señalados, pero adecuados a la naturaleza del registro, escrutinio y cómputo de los votos.
9.       Conforme al artículo 48 de la LFRM, agotado el escrutinio y cómputo de la Revocación de Mandato se levantará el acta correspondiente, la cual deberán firmar todas y todos los funcionarios de casilla. Se procederá a integrar el expediente del PRM.
10.     El párrafo segundo del artículo 49 de la LFRM, señala que la mesa directiva, bajo su responsabilidad, hará llegar el expediente de la Revocación de Mandato al Consejo Distrital correspondiente. Cuando el sistema opere mediante voto electrónico, la mesa directiva se cerciorará de que la información hubiera sido transmitida correcta y totalmente a través del dispositivo utilizado y así lo hará constar en el acta.
11.     El artículo 9, párrafo 1 de la LGIPE, establece que para que las ciudadanas y los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto, deberán estar inscritos en el Registro Federal de Electores y contar con su Credencial para Votar.
12.     El artículo 30, párrafos 1, incisos a), d), f) y g) y 2 de la LGIPE, son fines del Instituto, entre otros, contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática. Asimismo, todas las actividades del INE se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad, y se realizarán con perspectiva de género.
13.     Según lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso a) de la LGIPE, este Consejo General es uno de los órganos centrales del Instituto.
14.     El artículo 35, de la LGIPE, señala que este Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género guíen todas las actividades del Instituto. En su desempeño aplicará la perspectiva de género.
15.     Las ciudadanas y los ciudadanos que residen en el extranjero, conforme a lo expuesto en el artículo 329, numeral 1 de la LGIPE, podrán ejercer su derecho al VMRE para las elecciones de Presidencia y Senadurías, así como de Gubernaturas de las entidades federativas y Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, siempre y cuando así lo determinen las Constituciones de los estados.
16.     El artículo 329, numeral 3 de la LGIPE, dispone que el VMRE por vía electrónica sólo podrá realizarse conforme a los Lineamientos que emita el Instituto en términos de la propia LGIPE, mismos que deberán asegurar total certidumbre y seguridad comprobada a las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero, para el efectivo ejercicio de su derecho de votar en las elecciones populares.
 
17.     El párrafo 2 del artículo 343 de la LGIPE, dispone que el sistema de voto por medios electrónicos que apruebe este Consejo General deberá cumplir con lo siguiente:
a)    Ser auditable en cada una de las etapas de su desarrollo e implementación;
b)    Dar oportunidad a las personas votantes de corroborar el sentido de su voto antes de su emisión;
c)     Evitar la coacción del voto, garantizando el sufragio libre y en secreto;
d)    Garantizar que quien emite el voto, sea la ciudadana o el ciudadano mexicano residente en el extranjero que tiene derecho a hacerlo;
e)    Garantizar que la persona ciudadana mexicana residente en el extranjero no pueda emitir más de un voto, por la vía electrónica u otra de las previstas en esa misma Ley, y
f)     Contar con un programa de resultados electorales en tiempo real, público y confiable.
         De igual manera, en términos del párrafo 3 del artículo en comento, el Instituto emitirá los Lineamientos tendientes a resguardar la seguridad del voto.
18.     El artículo 347, párrafo 1 de la LGIPE, prevé que las Mesas de Escrutinio y Cómputo se instalarán a las 17:00 horas del día de la Jornada Electoral y a las 18:00 horas iniciará el escrutinio y cómputo de la votación emitida en el extranjero.
19.     De acuerdo con lo previsto en el PIMDyCE-PRM 2022, en su Capítulo V. Mesa de Escrutinio y Cómputo Electrónica del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero para Revocación de Mandato, así como a la Adenda "Precisiones Operativas", y en consideración con lo establecido en los LOVEIRM, la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, será el órgano electoral facultado para realizar el cómputo de la votación recibida desde el extranjero vía electrónica por Internet de las opiniones emitidas por las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero, y se integrará por la ciudadanía seleccionada mediante un doble sorteo y serán capacitadas para realizar esta importante tarea.
         La MEC Electrónica del VMRE para el PRM estará integrada por el siguiente funcionariado:
a)    Un/a Presidente/a;
b)    Un/a Secretario/a, y
c)     Un/a Escrutador/a.
20.     El régimen transitorio de la LGIPE, en su Artículo Décimo Tercero, primer párrafo, dispone que el VMRE por vía electrónica se realizará hasta en tanto el INE haga pública la comprobación del sistema a utilizar para la emisión del voto en dicha modalidad. Para tal efecto, deberá contar con el Dictamen de al menos dos empresas de prestigio internacional. Dicho sistema deberá acreditar certeza absoluta y seguridad comprobada, a efecto de garantizar el efectivo ejercicio del derecho al VMRE. Para ello, el sistema que establezca el INE deberá garantizar, entre otros aspectos:
a)    Que quien emite el voto, sea la ciudadana o el ciudadano mexicano residente en el extranjero, que tiene derecho a hacerlo;
b)    Que la ciudadana o el ciudadano mexicano residente en el extranjero no pueda emitir más de un voto, por la vía electrónica u otra de las previstas en la LGIPE;
c)     Que el sufragio sea libre y secreto, y
d)    La efectiva emisión, transmisión, recepción y cómputo del voto emitido.
21.     De acuerdo con el artículo 102, numeral 1 del RE, para el VMRE, este Consejo General emitirá los Lineamientos a fin de establecer los mecanismos para la inscripción en la LNERE, el envío de documentos y materiales electorales, la modalidad de emisión del voto, así como el escrutinio y cómputo de las ciudadanas y los ciudadanos residentes en el extranjero.
22.     El Artículo Séptimo Transitorio del RE, determina que el VMRE se podrá realizar también a través de la modalidad electrónica.
23.     De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de los LORM, las personas mexicanas ciudadanas residentes en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la Revocación de Mandato, a través de la modalidad electrónica por Internet. Para tales efectos, este Consejo General emitirá, entre otros, los LOVEIRM.
         Asimismo, el INE llevará a cabo acciones de información, promoción y difusión para la participación de las personas mexicanas residentes en el extranjero en el PRM.
 
         La COVE será la encargada de supervisar y dar seguimiento al desarrollo de los trabajos que se lleven a cabo para garantizar la participación de la ciudadanía mexicana residente en el extranjero en el PRM.
24.     El artículo 10 de los LORM, establece que este Consejo General tiene, entre otras, la atribución de aprobar los mecanismos y procedimientos para la conformación de la LNERE-PRM y para la organización y operación del voto electrónico por Internet.
25.     De acuerdo con el numeral 7 de los Lineamientos para la conformación de la LNERE-PRM, las personas ciudadanas interesadas en participar en el PRM y ser incorporadas a la LNERE-PRM, además de cumplir con los requisitos que establecen expresamente los artículos 34 de la CPEUM; 8 de la LFRM; así como 9, párrafo 1 y 330 de la LGIPE, deberán manifestar su decisión de votar desde el país en el que residen, bajo la modalidad electrónica por Internet, de conformidad con los requisitos y los plazos correspondientes. El periodo para realizar la solicitud de inscripción a la LNERE-PRM comprende el periodo del 5 al 25 de febrero de 2022.
26.     La fracción I del artículo 12 de los LORM, señala que, para el cumplimiento del objeto de esos Lineamientos, la COVE tendrá la atribución de presentar para aprobación de este Consejo General el proyecto de los Lineamientos que establezcan los mecanismos y procedimientos para la organización y operación del voto electrónico por Internet.
27.     La Actividad 160 del PIyCPRM, establece que la DECEyEC deberá presentar a la COVE, para su posterior presentación a la JGE y a este Consejo General, la propuesta relativa a la determinación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, para que se apruebe a más tardar el 24 de febrero de 2022.
28.     Finalmente, en la actividad 6.1.1.2 del Plan Integral del VMRE para el PRM, se prevé que este Consejo General deberá aprobar el acuerdo por el que se determina la logística para el escrutinio y cómputo del VMRE en la sede que fungirá como Local Único de la MEC Electrónica, a más tardar el 28 de febrero de 2022.
Motivación
29.     Como resultado de la reforma en materia político-electoral de 2014, las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero, además de poder emitir su voto para la elección de Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, también lo podrán hacer para las elecciones de Senadurías y Gubernaturas de las entidades federativas o Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, entre otros cargos de elección popular, siempre y cuando así lo determinen las Constituciones de los estados.
30.     Entre las atribuciones del Instituto conferidas por la CPEUM, la LFRM, la LGIPE y el RE, así como los LORM, los LOVEIRM y demás normas y acuerdos aprobados por el INE, se encuentran las relacionadas con la organización de los procesos de participación ciudadana, entre las que destacan aquellas relativas a la emisión del VMRE en el PRM.
31.     Ante la solicitud de la ciudadanía para que se realice el ejercicio de Revocación de Mandato, en el que se cumplieron con los requisitos establecidos en la CPEUM y la LFRM, el 4 de febrero de 2022, este Instituto emitió la Convocatoria para la celebración de la Revocación de Mandato.
32.     Bajo esa premisa, se tiene previsto que el domingo 10 de abril de 2022 se celebre la Jornada de Revocación de Mandato para que la ciudadanía determine, en su caso, la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de la pérdida de la confianza, mecanismo de participación ciudadana en el cual también la ciudadanía mexicana residente en el extranjero podrá emitir su voto, desde el país en que residen y previa inscripción en la LNERE-PRM, bajo la modalidad electrónica a través de Internet.
33.     Por lo anterior, resulta necesario implementar acciones que aseguren la adecuada planeación, organización y operación de la modalidad electrónica por Internet para el VMRE para el PRM.
34.     Es pertinente destacar que este Consejo General deberá determinar la instalación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, de conformidad con la propuesta que realice la JGE, consistente en el Auditorio de las Oficinas Centrales del INE en la Ciudad de México.
35.     El documento denominado "Logística para el escrutinio y cómputo del voto electrónico por Internet emitido por las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024", que se encuentra en el Anexo, el cual forma parte integral del presente Acuerdo, contiene la logística que las áreas responsables del INE, en el ámbito de sus atribuciones, implementarán en la Jornada de Revocación de Mandato del 10 de abril de 2022 en el Local Único, donde se reflejan las tareas de preparación a cargo de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas de este Instituto.
 
36.     La logística en el Local Único refleja las tareas de preparación del PRM a cargo de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas del INE, que permiten visualizar con detalle las condiciones en que se desarrollará el escrutinio y cómputo de los votos emitidos por las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero, precisando las competencias de cada una de las áreas que intervendrán.
37.     De igual manera, para la organización del PRM, cada Dirección Ejecutiva y Unidad Técnica del INE dispondrá de su personal para coordinar los trabajos, garantizando así, que los votos de las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero sean contabilizados, registrados y sumados en este mecanismo de participación ciudadana, a efecto de determinar el resultado de la Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
38.     De manera adicional y considerando el contexto que actualmente se vive con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia de Covid-19, la logística también prevé las medidas que, de manera mínima, deberán observarse en el Local Único durante el desarrollo de las actividades previstas, a fin de salvaguardar la salud de todas las personas que intervienen.
         En este sentido, las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas del INE que realicen actividades en el marco de la Logística para el Escrutinio y Cómputo en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, deberán atender las medidas preventivas y de actuación de las autoridades federales y de este Instituto, así como las directrices y recomendaciones del Grupo Estratégico INE-C19 y el Grupo consultivo en materia de salud, a que se refiere el Acuerdo INE/JGE69/2020.
39.     Con base en las atribuciones conferidas a la COVE en su Acuerdo de creación y la normatividad aplicable en materia del PRM, dicha Comisión aprobó someter a la consideración de este órgano superior de dirección, el Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba la logística para el escrutinio y cómputo en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, de conformidad con las consideraciones anteriormente vertidas y el Anexo que forma parte integral del presente Acuerdo.
En razón de los antecedentes y consideraciones expresadas, este Consejo General en ejercicio de sus facultades emite los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO. Se aprueba la logística para el escrutinio y cómputo en la Mesa de Escrutinio y Cómputo Electrónica del Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, de conformidad con el Anexo que forma parte integral de este Acuerdo.
SEGUNDO. Infórmese a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral, sobre el contenido del presente Acuerdo y su Anexo, para su conocimiento y efectos procedentes.
TERCERO. Notifíquese a la Junta Local Ejecutiva y a la Junta Distrital Ejecutiva 05 del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, sobre el contenido del presente Acuerdo y su Anexo, para su conocimiento y efectos procedentes.
CUARTO. El presente Acuerdo y su Anexo entrarán en vigor a partir del día de su aprobación por parte de este Consejo General.
QUINTO. Publíquense el presente Acuerdo y su Anexo en el Diario Oficial de la Federación, la Gaceta Electoral y el portal electrónico del Instituto Nacional Electoral.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 21 de febrero de 2022, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestra Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordán, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no estando presente durante la votación el Consejero Electoral, Doctor Ciro Murayama Rendón.
El Consejero Presidente del Consejo General, Dr. Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Lic. Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.

LOGÍSTICA PARA EL ESCRUTINIO Y CÓMPUTO EN LA MESA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO ELECTRÓNICA DEL VOTO DE LAS MEXICANAS Y LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO PARA EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ELECTO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2018-2024
FEBRERO de 2022
Contenido
acrónimos y siglas empleados en este documento
presentación
1. jornada de revocación de mandato
2. mec electrónica del vmre para el prm
2.1 control de acceso al local único
3. integración y funcionamiento de la mec electrónica
3.1 mec electrónica a instalar e integración por la jde 05
3.2 distribución e integración de la mec Electrónica
3.3 recepción y ubicación del funcionariado de la mec Electrónica
4. asistencia de funcionarias(os) del ine para labores de suplencia
5. recepción y ubicación de representantes de partidos políticos nacionales
6. presencia de observadoras(es) electorales
7. presencia de visitantes extranjeros
8. presencia de invitadas(os) ine
9. recepción y ubicación de representantes de medios de comunicación
9.1 personal
9.2. acreditación
9.3 recepción y ubicación
9.4 apoyo de materiales
10. cobertura y difusión de la jornada de revocación de mandato en el auditorio de oficinas centrales del ine
11. medidas mínimas preventivas de sanidad
Acrónimos y siglas empleados en este documento
ACN                       Acta de Cómputo Nacional de la Mesa de Escrutinio y Cómputo Electrónica de la votación emitida por las y los mexicanos residentes en el extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato
CAE                       Capacitador(a) Asistente Electoral
CAI                        Coordinación de Asuntos Internacionales
CNCS                     Coordinación Nacional de Comunicación Social
DECEyEC               Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica
 
DEOE                     Dirección Ejecutiva de Organización Electoral
DERFE                   Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
ECAE 2020-2021      Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021
INE                        Instituto Nacional Electoral
JDE                       Junta Distrital Ejecutiva
LGIPE                    Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
LNERE-PRM            Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero para el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024
LORM                    Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización de la Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024
LOVEIRM                Lineamientos para la organización y operación del voto electrónico por Internet para las y los mexicanos residentes en el extranjero para el proceso de Revocación de mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
MEC Electrónica      Mesa de Escrutinio y Cómputo única de la votación emitida desde el extranjero bajo la modalidad electrónica por Internet para el Proceso de Revocación de Mandato, que se instalará en las Oficinas Centrales del Instituto Nacional Electoral
PIMDyCE-RM 2022   Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para el Proceso de Revocación de Mandato 2022.
PRM                      Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional ordinario 2018-2024
SE                         Supervisor(a) Electoral
SIVEI                      Sistema de Voto Electrónico por Internet para las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero del INE
UTSI                      Unidad Técnica de Servicios de Informática
VMRE                     Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero
Presentación
En el marco del PRM, se celebrará el ejercicio plebiscitario en el que se consulta a la ciudadanía: "¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?" Este mecanismo de participación ciudadana que se llevará a cabo el 10 de abril de 2022, contempla el VMRE bajo la modalidad de voto electrónico por internet.
A fin de garantizar la implementación del VMRE en el PRM, el 26 de enero de 2022, el Consejo General del INE aprobó, mediante Acuerdo INE/CG25/2022, el Plan Integral de Trabajo del VMRE para el PRM, en cuyo numeral 6.1.1 se establece la determinación, por parte del Consejo General del INE, de la logística para el escrutinio y cómputo del VMRE para el PRM en la sede que fungirá como Local Único y, en el numeral 6.1.2 se establecen las actividades para el escrutinio y cómputo mediante la generación del ACN que emitirá la MEC Electrónica por internet.
Igualmente, el mismo 26 de enero de 2022, el Consejo General del INE aprobó, mediante Acuerdo INE/CG25/2022, los LOVEIRM, que en su numeral 37, dispone que se establecerá como sede de la MEC Electrónica, las instalaciones de las Oficinas Centrales del INE en la Ciudad de México, ubicadas en Viaducto Tlalpan 100, Edificio B, Colonia Arenal Tepepan, Alcaldía de Tlalpan, C.P. 14610, Ciudad de México.
En consonancia con la disposición anterior, el numeral 64 de los propios LOVEIRM establecen que, para llevar a cabo el protocolo de cómputo y resultados se instalará la MEC Electrónica en Oficinas Centrales del INE en la Ciudad de México, a las 17:00 horas del domingo 10 de abril de 2022, tiempo del centro de México, y podrán estar presentes las personas Observadoras Electorales, así como las y los representantes de partidos políticos nacionales.
Así pues, en la MEC se realizará el cómputo de la votación que se reciba desde el extranjero bajo la modalidad electrónica conforme a los LOVEI, así como en atención a las características y operación del SIVEI y lo establecido en el PIMDCyCE RM 2022, Capítulo V, aprobado por el Consejo General del INE mediante Acuerdo INE/CG1631/2021, y en la Adenda PRECISIONES OPERATIVAS, derivada del acatamiento a la sentencia SUP-RAP-415/2021 y acumulados del Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación.
Bajo las premisas antes señaladas, el presente documento tiene por objeto establecer la logística que las áreas responsables del INE, en el ámbito de sus atribuciones, implementarán el día 10 de abril de 2022 en el Local Único donde se instalará una sola MEC, y a través de la cual se contabilizarán los votos emitidos por las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero originarios de las 32 entidades federativas por la vía electrónica por internet. En dicha MEC Electrónica participarán tres (3) ciudadanos/as doblemente insaculados que serán designados funcionarios y funcionarias de MEC, así como los Representantes de Partidos Políticos Nacionales, Observadoras(es) Electorales, SE y CAE, personal del INE de diferentes Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas, visitantes extranjeros y medios de comunicación.
La logística en el Local Único refleja las tareas de preparación de la Jornada de Revocación de Mandato a cargo de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas del INE, que permiten visualizar con detalle las condiciones en que se desarrollará el escrutinio y cómputo de los votos emitidos por las y los mexicanos residentes en el extranjero, precisando las competencias de cada una de las áreas que intervendrán.
De manera adicional y considerando el contexto que actualmente se vive con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del virus SARSCoV-2 (Covid-19), este documento también prevé las medidas que, de manera mínima, deberán observarse en el Local Único y en las Oficinas Centrales del INE durante el desarrollo de las actividades previstas en esta logística, a fin de salvaguardar la salud de todas las personas que intervienen.
1. Jornada de Revocación de Mandato
La Jornada de Revocación de Mandato para el cómputo y resultados del VMRE comienza con la instalación de la MEC Electrónica, en punto de las 17:00 horas, tiempo del Centro de México, del 10 de abril de 2022, para posteriormente dar inicio al escrutinio y cómputo de la votación, como sigue a continuación:
        El escrutinio y cómputo de la votación electrónica por Internet para el PRM dará inicio a las 18:30 horas del 10 de abril, una vez que se haya realizado el cierre automático de la recepción de la votación por esta modalidad, a fin de garantizar que las y los ciudadanos que hayan ingresado al SIVIE antes de las 18:00 horas, cuenten con los 30 minutos para ejercer su sufragio, de conformidad con los establecido en los LOVEIRM.
El escrutinio y cómputo en la MEC Electrónica, comprenderá la ejecución de 5 etapas, que a continuación se describen:
I.        Instalación de las MEC Electrónica para el PRM y actos preparatorios para el escrutinio y cómputo. Comprende la entrega de la documentación, hasta la declaración de la o el Presidente de la MEC que dicha mesa se encuentra debidamente integrada.
II.       Cómputo y resultados. Se refiere al momento del inicio de las actividades protocolarias para la apertura de la bóveda de votos, donde participan las personas custodias de la llave criptográfica que permite el descifrado de los votos recibidos a través del SIVEI.
III.      Generación del ACN de MEC Electrónica. Consiste en la generación del ACN por el SIVEI, misma que posteriormente se imprimirá y será llenada en lo que corresponda por las y los funcionarios de la MEC Electrónica y firmadas en el propio acto, además, por el resto de las/los integrantes de la MEC Electrónica, así como por las representaciones partidistas y la o el representante de la DERFE y la UTSI.
IV.      Integración del expediente de MEC Electrónica. Comprende la conformación del expediente que se integra con la documentación electoral generada en el acto protocolario de cómputo y resultados y la preparación para su debida entrega.
V.       Entrega del expediente de MEC Electrónica. Se refiere a la entrega del expediente que debe
realizar la o el presidente de la MEC en el sitio del Local Único al personal de la DEOE designado para dicha actividad; las y los funcionarios del INE habilitados para ello recibirán el expediente separando la copia del ACN.
Cabe resaltar que las etapas establecidas en los numerales I y II tienen un horario de inicio, mientras que el periodo de realización de las demás acciones depende del tiempo que les tome a las y los funcionarios de la MEC desahogar los actos protocolarios relacionados con el cómputo y resultados.
Asimismo, es importante destacar que las etapas previamente señaladas se encuentran alineadas al PIMDCyCE RM 2022, en su Capítulo V. relativo a la MEC Electrónica del VMRE para Revocación de Mandato.
2. MEC Electrónica del VMRE para el PRM
De acuerdo con el numeral 37 de los LOVEIRM, el Local Único para la instalación, integración y funcionamiento de la MEC Electrónica en la que se realizará el cómputo y resultados de los votos emitidos por las y los mexicanos residentes en el extranjero para el PRM, serán las Oficinas Centrales del INE con domicilio en Viaducto Tlalpan 100 Edificio B, Colonia Arenal Tepepan, Alcaldía de Tlalpan, C.P. 14610 Ciudad de México, específicamente en el Auditorio del Edificio B.

Imagen 1. Espacios que se utilizarán este 10 de abril de 2022 para el escrutinio y cómputo.
2.1 Control de acceso al Local Único
Durante el domingo 10 de abril de 2022, el arribo al auditorio del Edificio B de las Oficinas Centrales del INE iniciará a partir de las 16:30 horas, Tiempo del Centro (UTC-5).
Entre las personas asistentes al Auditorio de las Oficinas Centrales del INE, se consideran las siguientes: integrantes del Consejo General y de la Junta General Ejecutiva del INE, funcionarias y funcionarios de la MEC Electrónica, personas custodias de la Llave Criptográfica del SIVEI, personal que realizará labores de suplencia, representantes de Partidos Políticos; personal de diversas áreas del INE, Observadoras(es) Electorales, visitantes extranjeros, medios de comunicación, así como CAE y SE, e invitadas(os) por parte de las autoridades del INE en virtud de su relación o colaboración con el VMRE y el PRM, debidamente acreditadas(os). En el siguiente cuadro se presenta el detalle de la información:
Asistentes al Local Único el 10 de abril de 2022
Descripción
Consejo General del INE
Secretaría Ejecutiva del INE
Coordinación de Asuntos Internacionales (CAI)
Coordinación Nacional de Comunicación Social (CNCS)
Dirección Ejecutiva de Organización Electoral (DEOE)
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE)
Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEyEC)
Unidad Técnica de Servicios de Informática (UTSI)
Funcionarias y funcionarios de MEC
Personas que fungirán como custodias de la Llave Criptográfica del SIVEI
Personal del INE que realiza labores de suplencia en la Jornada Electoral
SE y CAE del Distrito 05 de la CDMX encargadas(os) de la integración de MEC del VMRE para el PRM
Representantes de Partidos Políticos Nacionales
Representantes generales de Partidos Políticos Nacionales
Observadoras y Observadores Electorales
Visitantes extranjeros
Medios de comunicación
Invitadas(os) INE
Tabla 2. Asistentes al Local Único el 10 de abril de 2022.
En atención a que el Local Único se instalará en el auditorio del Edificio B de las Oficinas Centrales del INE y, dado lo reducido del espacio, la participación de las y los asistentes deberá privilegiarse de manera semipresencial a través del uso de los medios y plataformas institucionales del INE.
Con base en la Tabla 2, y con fines de llevar un control de acceso adecuado a las distintas áreas de dichos inmuebles, se proporcionarán a las y los asistentes, gafetes diferenciados según las especificaciones señaladas en la Tabla 3.
Distinción de Gafetes para controlar el acceso
Áreas
Color de gafete
Consejeras(os) Electorales y sus oficinas,
DECEyEC, DEOE, DERFE, UTSI y CNCS
Rosa Mexicano
Personas funcionarias de MEC VMRE
Morado
Personal del INE que realiza labores de
suplencia en la Jornada Electoral
Lila
SE y CAE del VMRE para PRM del Distrito
05 de la CDMX
Vino
Medios de Comunicación
Azul Claro
Visitantes Extranjeros
El que determine la CAI
Invitadas(os) INE
Blanco
Tabla 3. Personal que estará ingresando al Local Único el 10 de abril de 2022.
Las y los representantes de Partidos Políticos Nacionales, se identificarán con el distintivo a que se refiere el artículo 259, numeral 3 de la LGIPE, así como con el nombramiento que las y los acredite para el ejercicio, a fin de que puedan ingresar al Auditorio de las Oficinas Centrales del INE, a efecto de realizar las actividades contempladas en el presente documento.
3. Integración y funcionamiento de la MEC electrónica
3.1 mec electrónica a instalar e integración por la jde 05
De acuerdo con lo establecido en el artículo 346, numeral 1, inciso a), de la LGIPE, el artículo 7 de los LORM, el Plan Integral del VMRE para el PRM, en particular la Fase 5. Capacitación electoral e integración de MEC así como en lo descrito en el PIMDCyCE RM 2022, el INE aprobó mediante el punto 2 del considerando tercero de los LOVEIRM, que se instalará y se integrará una MEC Electrónica en Oficinas Centrales del INE en la Ciudad de México. Esta única MEC se instalará el 10 de abril de 2022, misma que se hará cargo de todos los votos que resulten de las solicitudes de inscripción a la LNERE recibidas al 25 de febrero de 2022, fecha en que concluye el periodo de registro de conformidad con los Lineamientos para la Conformación de la LNERE para el PRM, aprobados mediante Acuerdo INE/CG33/2022.
El Acuerdo INE/CG26/2022 establece que la Junta Distrital Ejecutiva 05 (JDE 05) del INE en la Ciudad de México, tiene bajo su responsabilidad la integración de la MEC con ciudadanas(os) doblemente insaculadas(os) y capacitadas(os) para que el día 10 de abril realicen el cómputo y resultados de los votos emitidos desde el extranjero para el PRM.
3.2 Distribución e integración de la MEC Electrónica
De acuerdo con lo señalado en los LOVEIRM, el escrutinio y cómputo de los votos provenientes del extranjero para el PRM se llevará a cabo con:
o     Una MEC Electrónica que llevará a cabo las actividades correspondientes para el cómputo y resultados de los votos recibidos vía electrónica desde el extranjero, y que se integrará por una persona presidenta, una secretaria, una escrutadora, las y los Consejeros Electorales que integran la Comisión Temporal del Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero del INE, así como las representaciones partidistas.
       Considerando lo anterior, se requieren un total de 3 ciudadanas(os) que fungirán como Funcionarias y Funcionarios de MEC Electrónica, el día de la Jornada de Revocación de Mandato.
La definición del espacio requerido para la instalación de la MEC Electrónica del VMRE para PRM se realizará considerando:
 
o     El número de funcionarias(os) que tendrá la MEC.
o     La cantidad de representantes de Partidos Políticos que podrían presenciar el escrutinio y cómputo de los votos en la MEC el día de la Jornada de Revocación de Mandato.
o     El tipo, la cantidad y el tamaño del mobiliario que se usará en la MEC.
o     Una distancia segura para atender los protocolos sanitarios para mitigar la propagación del virus SARS CoV-2 (Covid19).
Para la instalación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM se ocupará el espacio que comprende el Auditorio de las Oficinas Centrales del INE, como se muestra en la siguiente imagen.
Asignación de los espacios para la instalación de la MEC Electrónica


3.3 Recepción y ubicación del funcionariado de la mec electrónica
La recepción y registro de las y los funcionarios de MEC Electrónica del VMRE para el PRM, se prevé a partir de las 16:00 horas del domingo 10 de abril de 2022; para tal fin, se considera la participación de funcionariado de la DECEyEC. A continuación, se describen las acciones a efectuar:
1.       El acceso peatonal y vehicular al Local Único para las funcionarias y funcionarios de MEC y del personal del INE que podrá asumir funciones de suplencia de las y los funcionarios de MEC para el VMRE, así como el de los demás asistentes será por la entrada principal del INE, ubicada sobre
Viaducto Tlalpan.
2.       Una vez en las instalaciones del INE, se trasladarán al Auditorio del Edificio B, en donde se llevará a cabo su registro.
3.       Se dirigirán a la mesa de registro del funcionariado de MEC del VMRE, donde se le proporcionará a cada uno un apoyo económico en efectivo para alimentación y un refrigerio empacado.
4.       A las 17:00 horas, serán dirigidos al sitio que ocuparán en la MEC, lugar donde iniciarán los trabajos previos a su instalación, con la finalidad de que a las 17:00 horas se declare formalmente instalada la MEC Electrónica.
5.       Si a las 17:15 horas no se encontrasen las(os) funcionarias(os) de la MEC Electrónica propietarias(os), se procederá a realizar suplencias con personal del INE designado, actividad que coordinará la DECEyEC con las(os) SE y CAE.
4. Asistencia de funcionarias(os) del INE para labores de suplencia
Para el caso de ausencia del funcionariado titular de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, la JGE del Instituto aprobará a propuesta de la DECEyEC a más tardar el 1 de abril de 2022, un listado de personas suplentes integrado por seis Servidores/as Públicos/as del INE que cumplan con los requisitos legales establecidos en el artículo 83 de la LGIPE (el requisito de ser residente en la sección electoral que comprenda a la casilla no aplica para este supuesto, en virtud que la MEC Electrónica se instalará en las Oficinas Centrales del INE), a fin de asegurar la integración y funcionamiento de la MEC Electrónica del VMRE para RM.
Para la recepción, permanencia y retiro de este personal en las Oficinas Centrales del INE, se dispondrá lo siguiente:
1.       Se les citará el domingo 10 de abril de 2022 a las 16:00 horas en las Oficinas Centrales del INE.
2.       Deberán llevar su Credencial para Votar, su nombramiento y su respectivo gafete que los distinguirá de las y los demás funcionarios.
3.       A su llegada, y previa identificación, se ubicarán en la explanada frente al Edificio B en donde se les concentrará.
4.       A las 16:00 horas, personal de la DECEyEC realizará su registro y entrega de un refrigerio. Las y los servidores públicos del INE deberán permanecer en este espacio hasta el momento en que se les indique.
5.       A partir de las 17:00 horas, las y los funcionarios que hayan sido requeridos deberán ubicarse en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM para que, en caso de requerirlo, se realice la suplencia a las 17:15 horas.
6.       Las y los funcionarios del INE que no hayan sido requeridos para desempeñar funciones de suplencia, deberán abandonar las instalaciones del INE a las 17:30 horas bajo las indicaciones del personal de la DECEyEC.
5. Recepción y ubicación de representantes de Partidos Políticos Nacionales
De conformidad con lo establecido en el artículo 346, párrafo 4 de la LGIPE, el INE establecerá los mecanismos para que los Partidos Políticos puedan designar a:
a)       Una persona representante propietaria y un suplente ante la MEC.
b)       Una persona representante general.
En el caso de las y los representantes de Partidos Políticos ante MEC, el día de la Jornada de Revocación de Mandato podrán:
o     Permanecer en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM y contribuir con el buen desarrollo de sus actividades hasta concluir el escrutinio y cómputo de los votos, además de observar y vigilar el desarrollo del cómputo y resultados de la votación.
o     Recibir copia legible de las Actas y la(s) Hoja(s) de Incidentes.
o     Presentar escritos relacionados con incidentes ocurridos durante la instalación de la mesa y el cómputo y resultados de la votación.
o     Presentar escritos de protesta al término del escrutinio y cómputo.
Las obligaciones de estos representantes son las siguientes:
o     Deberán firmar el ACN pudiéndolo hacer bajo protesta con mención de la causa que la motiva.
o     En ningún caso ejercerán o asumirán las atribuciones de las personas funcionarias de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM.
o     No obstaculizarán el desarrollo normal del cómputo y resultados de la votación.
o     No externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, Partidos Políticos.
o     Abstenerse de declarar tendencias sobre la votación.
Por lo que hace a las y los representantes generales, el día de la Jornada de Revocación de Mandato deberán sujetar su actuación a lo siguiente:
o     No sustituirán en sus funciones a las y los representantes ante la MEC; sin embargo, podrán coadyuvar en sus funciones y en el ejercicio de los derechos de éstos ante la propia MEC.
o     En ningún caso ejercerán o asumirán las funciones de los integrantes de la MEC.
o     No obstaculizarán el desarrollo normal del cómputo y resultados de los votos.
o     En todo tiempo podrán presentar escritos de incidentes que se susciten durante el desarrollo de la jornada de revocación de mandato, pero sólo podrán presentar escritos de protesta al término del cómputo y resultados cuando la o el representante de su Partido Político ante la MEC no estuviera presente.
o     Podrán comprobar la presencia de las y los representantes de su Partido Político en la MEC Electrónica y recibir de ellos los informes relativos a su desempeño.
El 10 de abril las y los representantes de Partidos Políticos atenderán a lo siguiente:
o     Ingresarán al Auditorio, por la puerta del acceso principal ubicada en el Edificio B, a partir de las 16:30 horas.
o     Presentarán ante el personal respectivo del INE, su nombramiento de representante y una identificación oficial.
o     Deberán dirigirse al área en la que se ubique la MEC, ante la cual fueron acreditada(o) por su Partido Político.
o     Las y los representantes generales deberán dirigirse al área en la que se localice la MEC Electrónica del VMRE para el PRM
o     Acorde a lo dispuesto en el artículo 259, numeral 3 de la LGIPE, deberán portar en un lugar visible durante todo el día de la jornada electoral, un distintivo de hasta 2.5 por 2.5 centímetros, con el emblema del Partido Político al que pertenezcan o al que representen y con la leyenda visible de "representante".
6. Presencia de Observadoras(es) Electorales
 
El día de la Jornada de Revocación de Mandato, las y los Observadores Electorales podrán ingresar al Auditorio del INE, a partir de las 16:30 horas, presentando ante el personal respectivo del INE, el gafete o identificación que los acredite como observadores.
El 10 de abril, las y los Observadores Electorales podrán presenciar:
o     La instalación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM, además de los actos preparatorios para el cómputo y resultados.
o     El cómputo y resultados de los votos.
o     La integración del expediente de la Mesa.
o     La entrega del expediente.
Siguiendo lo fijado en el artículo 217, numeral 1, inciso e) de la LGIPE, y el artículo 204 del Reglamento de Elecciones del INE, las y los Observadores Electorales que acudan al Auditorio de las Oficinas Centrales del INE deberán abstenerse de:
o     Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, e interferir en el desarrollo de las mismas.
o     Hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de Partido Político alguno.
o     Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales o Partidos Políticos.
o     Declarar tendencias sobre la votación.
o     Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con Partidos Políticos, posturas políticas o ideológicas relacionadas con la Revocación de Mandato.
7. Presencia de Visitantes Extranjeros
Las y los visitantes del extranjero acreditados por la CAI para presenciar el desarrollo del cómputo y resultados del VMRE para el PRM, podrán ingresar al Auditorio de Oficinas Centrales del INE a partir de las 16:30 horas, presentando ante el personal respectivo del INE, el gafete o identificación que los acredite como visitantes.
Con el propósito de facilitar su identificación y acceso, la CAI entregará a la DERFE un listado con el nombre de dichas personas, en el que se especifique el número de acreditación.
Las y los visitantes extranjeros podrán presenciar los siguientes actos:
o     Instalación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM y actos preparatorios para el cómputo y resultados del VMRE para el PRM.
o     Cómputo y resultados de la votación en la MEC.
o     Generación y llenado del ACN y hoja(s) de incidentes de la MEC Electrónica.
o     Integración del expediente de la Mesa.
o     Entrega del expediente de la Mesa
Las y los visitantes extranjeros se abstendrán de:
o     Sustituir u obstaculizar las actividades que realicen las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones e interferir en el desarrollo de las mismas.
o     Hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de Partido Político alguno.
o     Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales o Partidos Políticos.
o     Difundir de manera pública noticias respecto a los votos emitidos.
 
o     Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con Partidos Políticos, posturas políticas o ideológicas relacionadas con la Revocación de Mandato.
o     Declarar tendencias sobre la votación.
8. Presencia de Invitadas(os) INE
Las y los invitados INE, previamente acreditados por la DERFE, a petición expresa de las autoridades electorales del INE, podrán presenciar la Jornada de Revocación de Mandato en el Auditorio de las Oficinas Centrales del INE, a partir de las 16:30 horas ingresando por el acceso principal.
Las y los invitados podrán presenciar los siguientes actos, y en los lugares que para tal efecto se designe por parte del INE:
o     Instalación de la MEC Electrónica del VMRE para el PRM y actos preparatorios para el cómputo y resultados del VMRE para el PRM.
o     Cómputo y resultados de la votación en la MEC Electrónica del VMRE para el PRM
Las y los invitados INE se abstendrán de:
o     Sustituir u obstaculizar las actividades que realicen las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones e interferir en el desarrollo de las mismas.
o     Hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de Partido Político alguno.
o     Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales o Partidos Políticos
o     Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con Partidos Políticos, posturas políticas o ideológicas relacionadas con la Revocación de Mandato.
o     Declarar tendencias sobre la votación.
9. Recepción y ubicación de representantes de medios de comunicación
Para la Jornada de Revocación de Mandato del domingo 10 de abril, la CNCS apoyará las actividades de las y los representantes de los medios de comunicación nacionales y extranjeros que decidan observar el desarrollo de actividades en el Auditorio de las oficinas centrales del INE.
Las actividades de la CNCS consistirán en apoyar y orientar la cobertura de los medios de comunicación que acudan físicamente a las Oficinas Centrales de INE. En la carpa que para tal efecto se instalará, se les proveerá información y guía sobre el ingreso al Auditorio del INE, las medidas de resguardo y prevención en seguridad y sanitarias que deberán observar y se gestionarán entrevistas con distintas autoridades del INE responsables e involucradas con el VMRE. Dado lo reducido del espacio del Auditorio del INE, el seguimiento de los medios de comunicación deberá privilegiarse de manera semipresencial a través del uso de los medios y plataformas institucionales del INE.
De igual manera, la CNCS será la responsable de coordinar las acciones vinculadas a la cobertura informativa y transmisión de las principales actividades relacionadas con la instalación y desarrollo de la MEC durante el día de la Jornada de Revocación de Mandato.
9.1 Personal
El personal de la CNCS que estará en las instalaciones donde se ubicará la MEC son:
o     Persona funcionaria responsable de coordinar la cobertura informativa del tema.
o     Dos personas responsables de cámaras de transmisión.
o     Dos personas de fotografía.
o     Una persona responsable de temas técnicos.
9.2. Acreditación
 
La CNCS realizará la acreditación de los representantes de los medios de comunicación de manera previa a la Jornada de Revocación de Mandato. Los medios recibirán a través de un boletín de prensa o de una nota informativa de la CNCS las indicaciones para llevar a cabo esa actividad.
9.3 Recepción y ubicación
Personal de la CNCS, responsable de la coordinación del VMRE al interior del área, tendrán la lista de personas de medios acreditados con acceso.
o     El horario de ingreso será a partir de las 16:45 horas del 10 de abril del 2022.
o     Las/los representantes de medios de comunicación solamente tendrán acceso a las zonas permitidas para la prensa.
o     Las/los camarógrafos y fotógrafos solamente podrán tomar imagen de la MEC bajo la supervisión del equipo de CNCS y de la DERFE, con la finalidad de mantener la seguridad y control de la zona.
9.4 Apoyo de materiales
El personal de la CNCS brindará materiales e información a los medios de comunicación y apoyará en la gestión de entrevistas de personas funcionarias o invitadas del INE que asistan a las instalaciones para presenciar el desarrollo de actividades de la MEC Electrónica del VMRE.
10. Cobertura y difusión de la Jornada de Revocación de Mandato en el Auditorio de Oficinas Centrales del INE
Como parte de las actividades centradas en la difusión de los trabajos que se realizarán el próximo 10 de abril, la CNCS en coordinación con la DERFE llevarán a cabo la cobertura de la Jornada de Revocación de Mandato en el Auditorio del INE en las plataformas digitales institucionales.
Se realizará la cobertura a través de las redes sociales del INE de Twitter y Facebook enfocadas a promover y explicar las acciones y alcances del VMRE (@votoextranjero y /Voto.Extranjero.MX). La cobertura tiene como objetivo difundir y explicar el desarrollo de las siguientes actividades:
o     Arribo de las personas funcionarias de la MEC;
o     Instalación de la MEC;
o     Desarrollo del cómputo y resultados de la votación;
o     Observación electoral; y
o     Difusión de los resultados preliminares.
11. Medidas Mínimas Preventivas de Sanidad
Considerando el contexto que actualmente se vive con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del virus SARS-CoV-2 (Covid-19), además de las medidas y recomendaciones de las autoridades de salud federales y de la Ciudad de México y de las que, en su caso, emita el Grupo INE-C19, creado mediante Acuerdo INE/JGE69/2020, a continuación, se enlistan las medidas preventivas, y de protección e higiene que deben observarse en el Local Único y en las Oficinas Centrales del INE donde se desarrollarán las actividades establecidas en el presente documento, a fin de salvaguardar la salud de todas las personas participantes:
o     Filtro sanitario, mediante toma de temperatura y oximetría (nivel de oxigenación en sangre). De presentar síntomas, se le invitará a retirarse y asistir al servicio médico.
o     Uso correcto del cubrebocas de manera obligatoria y en todo momento.
 
o     Sana distancia de 1.50 metros entre personas, respetando la señalización colocada para ello.
o     Lavado de manos con agua y jabón al ingresar al Auditorio.
o     Disposición de gel antibacterial durante el desarrollo de las actividades del VMRE.
o     No se permitirá el ingreso al Auditorio de las Oficinas Centrales del INE a personas no acreditadas.
o     Se asegurará una ventilación adecuada del lugar.
o     No se podrán consumir alimentos en espacios cerrados.
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