CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Campeche, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CAM/AC2/IMEC/39, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Campeche, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CAM/AC2/IMEC/39, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO (CONAVIM), REPRESENTADA POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CAMPECHE, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA DEL ESTADO DE CAMPECHE, LAYDA ELENA SANSORES SAN ROMÁN, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, ANÍBAL OSTOA ORTEGA; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, JEZRAEL ISAAC LARRACILLA PÉREZ; LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE LA MUJER DEL ESTADO DE CAMPECHE Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, VANIA MARÍA KELLEHER HERNÁNDEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo sucesivo (LGAMVLV) regula en su Título II, Modalidades de la Violencia, Capítulo V, de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, cuyo objetivo fundamental es garantizar su seguridad, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades que agravian sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate con la finalidad de detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Campeche.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN" la CONAVIM con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, en lo sucesivo (PEF 2022), publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2021, señala que los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la AVGM, Capítulo 4000, Concepto 4300, partida 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", ascienden a $105,116,017.48 (Ciento cinco millones ciento dieciséis mil diecisiete pesos 48/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan
devengado.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará recursos previstos en el PEF 2022, para que se otorguen y apliquen en las entidades federativas y en la Ciudad de México en las que se ha decretado la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres, para atender las acciones descritas, conforme a los siguientes:
De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 19 de enero de 2022, suscrito por Vania María Kelleher Hernández, en su carácter de Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche, lo solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/CAM/AC2/IMEC/39.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en estados y municipios, para el Ejercicio Fiscal 2022, en lo sucesivo (LINEAMIENTOS), el Comité de Evaluación de Proyectos, en lo sucesivo (COMITÉ) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $1,980,000.00 (Un millón novecientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/CAM/AC2/IMEC/39. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CNPEVM/CAAEVF/163/2022 de fecha 31 de enero de 2022.
La Entidad Federativa se compromete a llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, los Acuerdos que emita el COMITÉ a través de la CONAVIM.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.        "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.     Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2.     El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.     La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.     La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.     Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00073.
I.6.     Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.       "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.     Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º y 23 de la Constitución Política del Estado de Campeche, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.     La Gobernadora del Estado de Campeche, Layda Elena Sansores San Román, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 59 y 71, fracción XV, inciso a) de la Constitución Política del Estado de Campeche; 3 y 4, primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.3.     El Titular de la Secretaría de Gobierno, Aníbal Ostoa Ortega, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche; 3, 4, segundo párrafo, 13, fracción IV, 15, 22, Apartado A, fracción I, 23 y 27, fracción LXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Campeche; 2, 3, 8 y 9, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.4.    El Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, Jezrael Isaac Larracilla Pérez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche; 3, 4, segundo párrafo, 13, fracción IV, 15, 22, Apartado A, fracción II, 23 y 28, fracción LII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 3, 4, 13 y 14, fracciones II, XVIII, XLIX y LVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Administración Pública del Estado de Campeche.
II.5.     La Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Vania María Kelleher Hernández, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 3, 46 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 17, 22, fracciones I y II de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Campeche; 5, 8, fracción XXXV, 9 y 18, fracciones I y III de la Ley del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche.
II.6.    Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como domicilio legal ubicado en Calle 8 número 149, entre Calle 61 y Calle 63, Colonia Centro, Código Postal 24000, Localidad San Francisco de Campeche, Municipio de Campeche, Estado de Campeche.
III.      "LAS PARTES" declaran que:
III.1.    Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2.    Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.    Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.    Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres la Acción coadyuvante siguiente: Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
III.5.    Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
III.6.    Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/CAM/AC2/IMEC/39, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022; y que se encuadra en la siguiente Acción coadyuvante:
Acción coadyuvante
Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia se realizará, de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, mismo que se realiza de acuerdo con lo establecido en el numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,980,000.00 [Un millón novecientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.], para el Proyecto: AVGM/CAM/AC2/IMEC/39, aprobado por el COMITÉ en sesión permanente mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/048/31012022.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Administración y Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Nombre del Beneficiario:
Poder Ejecutivo del Estado de Campeche
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA Bancomer, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer
Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) de 18 dígitos:
012050001182809085
Número de Cuenta Bancaria:
00118280908
Tipo de Cuenta:
Productiva
Tipo de Moneda:
Moneda Nacional
Número de Sucursal y Plaza:
Sucursal 7708, Plaza 050 Campeche
Fecha de apertura de la Cuenta:
10 - febrero - 2022
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
Una vez que "GOBERNACIÓN" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Administración y Finanzas la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2022, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éstas se comprometen a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el gobierno estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del
numeral Vigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.     Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y en el Anexo Técnico.
b.     Erogar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.     Realizar por conducto del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche encargada de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a su respectivo Reglamento y la demás normatividad aplicable.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.     Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.     Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de proyecto a desarrollar.
j.      Entregar bimestralmente por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos 015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 13 de enero de 2023, un Acta de cierre del proyecto, firmada por la Titular del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche y por el Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los
principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES" que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2022 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso o) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2022, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán:
POR "GOBERNACIÓN"
NOMBRE:
Susana Vanessa Otero González.
CARGO:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
DIRECCIÓN:
Doctor José María Vértiz Número 852, 5º Piso, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
TELÉFONO:
52098800 extensión 30367
CORREO ELÉCTRONICO
INSTITUCIONAL:
sotero@segob.gob.mx
 
POR "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
NOMBRE:
Vania María Kelleher Hernández.
CARGO:
Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche.
DIRECCIÓN:
Calle 53 sin número, Colonia Centro, entre Calle 16 y Circuito Baluartes, Código Postal 24000, Municipio de Campeche, Estado de Campeche.
TELÉFONO:
981 81 1 26 56
CORREO ELÉCTRONICO
INSTITUCIONAL:
direcciongeneral@imecam.gob.mx
 
A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas. Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico y el inciso f) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento jurídico y en el Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2022, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, previo a la presentación
del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2022 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen el numeral Cuadragésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA. - RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo de los LINEAMIENTOS, procederá a dar por terminado el presente Convenio de Coordinación y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento jurídico corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contralaría de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de éstos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Campeche en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción II, inciso a) del PEF 2022.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 31 del mes de marzo de 2022.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Campeche, Layda Elena Sansores San Román.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Aníbal Ostoa Ortega.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Jezrael Isaac Larracilla Pérez.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto de la Mujer del Estado de Campeche y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Vania María Kelleher Hernández.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación de fecha 31 de marzo 2022 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de Campeche, de conformidad con el numeral Vigésimo octavo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
Campeche
 
Nombre del proyecto:
AVGM/CAM/AC2/IMEC/39
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
2. Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
19 de enero de 2022
 
Instancia Local Responsable:
Instituto de la Mujer del Estado de Campeche
 
Instancia Local Receptora:
Instituto de la Mujer del Estado de Campeche
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$1,980,000.00 (Un millón novecientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.)
 
Monto coparticipación:
No aplica
 
 
Fecha de inicio del Proyecto:
1 de junio 2022
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2022
31 de diciembre 2022
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Lineamiento Décimo noveno he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Vania María Kelleher Hernández
 
Cargo:
Directora General
 
Área de adscripción:
Instituto de la Mujer del Estado de Campeche
 
Teléfono institucional
981 811 26 56
 
Correo Institucional
direcciongeneral@imecam.gob.mx
 
Domicilio
Calle 53 sin número, Colonia Centro, entre Calle 16 y Circuito Baluartes, Código Postal 24000, Municipio de Campeche, Estado de Campeche
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
En Campeche es necesario coadyubar con servicios primarios de atención a mujeres víctimas de violencia, a través de Módulos de Atención Integral Itinerantes, en municipios rurales del estado y comunidades marginadas, mediante atención psicológica, jurídica y capacitación, para prevenir las violencias en contra de las mujeres priorizando dos municipios: Campeche, la capital y Ciudad del Carmen, donde últimamente se han detectado un alto número de casos de mujeres en situación de violencia que requieren contar con atención integral. Cabe mencionar que en la capital del estado, de abril a diciembre del 2021, se atendieron en el Instituto de La Mujer del Estado de Campeche, un total de 966 mujeres, 35 hijas y 19 hijos; se brindaron 839 servicios del área de psicología y 591 servicios del área jurídica de manera presencial. Así como 927 casos vía telefónica, con 1105 servicios de Trabajo Social. 718 atenciones del área psicológica y 716 del área jurídica.
En el municipio de Ciudad del Carmen se atendieron de abril a diciembre de 2021 a 2113 mujeres y 9 hijas con pláticas, talleres de prevención y asesoría legal y psicológica. En el área de psicología se brindaron 622 servicios de atención, 2 atenciones a hijas e hijos de usuarias y 1 canalización. Y en el área jurídica se brindaron 625 atenciones legales de primera vez, 2 acompañamientos, 1 seguimiento, y 9 canalizaciones. Las atenciones se brindaron a mujeres, hijas e hijos en situación de violencia, de zonas urbanas y rurales del municipio a través de las unidades móviles de PAIMEF. En general, se pudo observar que el contexto socioeconómico de la población es de escasos recursos, en su mayoría se dedican a las labores del hogar y no cuentan con ingresos propios. Población no indígena e indígena, provenientes en su mayoría de los municipios de Carmen, Candelaria y Palizada.
 
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
Séptimo C. Desarrollo de acciones estratégicas para la identificación, atención, canalización y seguimiento a niñas, adolescentes y mujeres que sufran violencias.
2. Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas e indirectas.
Contar con servicios de atención integral para abordar la problemática de la violencia contra las mujeres y facilitar el acceso de las mujeres a procesos de empoderamiento económico y autonomía, mediante la capacitación y vinculación con programas federales.
d.2 Metodología
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
Contar con dos módulos itinerantes que presten servicios de atención integral a mujeres, adolescentes y niñas para prevenir y atender la violencia de género.
Contar con una profesionista con experiencia en temas de género y programas enfocados a prevenir la violencia contra las mujeres, para coordinar los Módulos de Atención Integral en Ciudad del Carmen y Campeche, y asegurar la efectividad y eficacia de las acciones.
Contratación de profesionista.
Contrato de prestación de servicios.
Contratar profesionistas con habilidades sociales y de comunicación que puedan brindar la atención de primer contacto a mujeres, adolescentes y niñas y canalizar según sea el caso y sus necesidades, al área jurídica o psicológica del módulo y promover su vinculación a los talleres de prevención y capacitación, así como a los programas federales que impulsen el empoderamiento económico y autonomía de las mujeres.
Contratación de profesionistas.
Contrato de prestación de servicios.
 
 
 
Contratar profesionistas con estudios de psicología para brindar atención continua, a las mujeres que lo soliciten a través de los módulos de atención integral.
Y a su vez pueda brindar herramientas de reflexión y sensibilización a través de grupos focales, para que las mujeres que sufren o han sufrido violencias, se sientan motivadas a recibir una atención integral que las ayude a salir de los círculos de violencia.
Contratación de profesionistas.
Contrato de prestación de servicios.
Contratar profesionistas abogados que puedan brindar asesoría y acompañamiento legal a las mujeres y niñas atendidas por el módulo, para facilitar y garantizar su acceso a la justicia.
Así como apoyar en los grupos focales brindando pláticas jurídicas y de derechos de las mujeres, niñas y adultas mayores.
Contratación de profesionistas.
Contrato de prestación de servicios.
Brindar los servicios de manera itinerante, para poder acercar la atención integral a más mujeres y niñas, principalmente en zonas marginadas y comunidades rurales aledañas a la capital del estado y Ciudad del Carmen.
Adquirir un vehículo para trasladar a los profesionistas a las diferentes comunidades en dónde se estarán brindado los servicios de atención integral durante las jornadas itinerantes.
Contrato de compraventa de vehículo.
Factura del vehículo.
 
 
Promover de forma continua y oportuna las acciones y los servicios que prestan los Módulos de Atención Integral.
Las profesionistas contratadas para brindar la atención de primer contacto, deberán promover de forma continua y oportuna los servicios de los módulos y acciones en los grupos focales, a través de la vinculación con centros educativos, centros de salud, centros de trabajo, autoridades municipales, asociaciones civiles, iniciativa privada, redes sociales, etc.
Instituciones alcanzadas a través de las campañas de difusión.
Informe que describa las estrategias y campañas de difusión realizadas, así como los resultados obtenidos a través de estas.
Los profesionistas del módulo organizarán y promoverán grupos focales de atención a mujeres, niñas y adolescentes que permitan implementar herramientas y dinámicas de detección de casos de violencia, así como talleres y pláticas de prevención. Al mismo tiempo que promueven los servicios gratuitos que brindan los Módulos de Atención Integral.
Grupos focales formados y total de mujeres atendidas en estos.
Informe que contenga:
·  Lugar
·  Fecha
·  Temáticas
·  Listas de asistencia
·  Fotografías
·  Diapositivas
·  Número total de mujeres atendidas.
·  Número de mujeres canalizadas a los servicios psicológicos y jurídicos.
·  Número de mujeres canalizadas a otros talleres y programas federales.
 
 
Dar seguimiento a los casos de violencia y proporcionar herramientas de autonomía.
Brindar de forma gratuita y continua, la atención psicológica y jurídica en los Módulos de Atención Integral, a partir de la contratación de los profesionistas y hasta diciembre del 2022
Número de mujeres atendidas y número de atenciones brindadas a cada mujer, niña o adolescente.
Informe que contenga:
Número de mujeres atendidas y número de atenciones brindadas a las mujeres, niñas y adolescentes víctimas y no víctimas de violencia.
Los profesionistas de los módulos deberán canalizar, a todas aquellas mujeres que así lo requieran a los programas o instituciones especializadas, para garantizar la atención continua una vez que termine el proyecto y promoverán su vinculación e incorporación a las actividades económicas, educativas y programas sociales que impulsa el gobierno federal (ejemplo: Adultos Mayores, Jóvenes Construyendo el Futuro, Jóvenes Escribiendo el Futuro, Sembrando Vida, Becas Benito Juárez, Secretaría de Salud, Centros de Justicia para la Mujer, Fiscalías, Instancias Municipales de la Mujer, programas de Bienestar, Secretaría de Educación, CAPANNA, etc.)). Así como aquellas que promueva el gobierno del estado.
Número de mujeres canalizadas a otras instituciones, para el seguimiento de sus casos.
Informe que contenga:
-Número de mujeres canalizada para su seguimiento.
-Programas o Instituciones a las que fueron canalizadas.
-Oficios de canalización.
Como estrategia para ofrecer herramientas de autonomía y empoderamiento a las mujeres atendidas en los módulos y grupos focales. Contaremos con profesionistas capacitados para implementar talleres de oficios no tradicionales durante la duración del proyecto. Desde la contratación de los profesionistas y hasta diciembre de 2022.
-Contratación de profesionistas
-Número de talleres y horas impartidas.
-Contrato de prestación de servicios.
- Informe que contenga:
·  Lugar
·  Fecha
·  Temáticas
·  Listas de asistencia
·  Fotografías
·  Diapositivas
·  Número total de mujeres atendidas.
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
1.     Contratación
       En esta etapa se contratará a los prestadores de servicios. El proceso de contratación se realizará conforme a la normatividad aplicable vigente.
 
2.     Compra de un vehículo
       Para poder garantizar los servicios itinerantes, se dará prioridad a los procesos que conlleve la adquisición de un vehículo.
3.     Etapa de planeación
       Una vez que se lleven a cabo las contrataciones, se tomará en consideración un periodo de 1 mes para la integración y capacitación de los equipos de trabajo, así como para la planeación y calendarización de actividades. Terminando dicho periodo, se procederá de inmediato con la atención en los módulos, grupos focales y talleres.
4.     Estrategia de difusión
       Se implementará una estrategia de difusión de los servicios que prestaran los módulos de atención integral, a través de redes sociales, campañas digitales y visitas a diferentes instituciones y dependencias.
5.     Intervención a través de pláticas a la comunidad para la detección de casos
       Se impartirán pláticas de sensibilización sobre los tipos y modalidades de violencia, donde se invite a la reflexión de las vivencias personales a mujeres y niñas y se motive para que todas aquellas que son o han sido víctimas de violencia, reciban la atención y seguimiento por parte de los profesionistas en los módulos de atención integral.
6.     Atención Continua
       Se brindará la atención y el acompañamiento que se requiera por parte de los profesionistas durante la duración del programa.
7.     Se brindarán herramientas de autonomía y empoderamiento a las mujeres atendidas. Mediante talleres de oficios no tradicionales, huertos y viveros en casa, comercio electrónico, entre otros.
8.     Seguimiento y Canalización.
       Antes de concluir el proyecto, se promoverá la vinculación e incorporación de las mujeres que así lo requieran, a las actividades económicas, educativas y programas sociales que impulsa el gobierno federal (ejemplo: Adultos Mayores, Jóvenes Construyendo el Futuro, Jóvenes Escribiendo el Futuro, Sembrando Vida, Becas Benito Juárez). Así como aquellas que promueva el gobierno del estado.
9.     Fases del proceso de atención a las mujeres.

d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
 
d.4 Actores estratégicos
Actor
Tipo de participación
Instituto de la Mujer del Estado de Campeche
Vinculación para la aplicación de la estrategia de empoderamiento
Delegación de Programas de bienestar
Vinculación para Programas de Bienestar
Secretaría de Bienestar Social
Vinculación para Programas de Bienestar
Secretaria de Salud
Diagnósticos básicos de salud
 
d.5 Identificación de riegos y cómo afrontarlos
Riesgo
Medidas de afrontamiento
Falta de suficiencia presupuestal
Gestionar fondos para actividades complementarias
Semáforo epidemiológico
Adopción de las medidas sanitarias pertinentes para la ejecución del proyecto
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto
 
Actividades
Concepto de
gasto
Mes
Monto
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Contar con una profesionista con experiencia en temas de género y programas enfocados a prevenir y atender la violencia contra las mujeres, para coordinar los Módulos de Atención Integral en Ciudad del Carmen y Campeche, y asegurar la efectividad y eficacia de las acciones.
Contratación de
profesionista.
x
x
x
x
x
x
x
$ 240,000.00
Contratar profesionistas con habilidades sociales y de comunicación que puedan brindar la atención de primer contacto a mujeres, adolescentes y niñas y canalizar según sea el caso y sus necesidades, al área jurídica o psicológica del módulo y promover su vinculación a los talleres de prevención y capacitación así como a los programas federales que impulsen el empoderamiento económico y autonomía de las mujeres.
Contratación de
profesionistas
x
x
x
x
x
x
x
$ 350,000.00
 
 
Contratar profesionistas con estudios de psicología para brindar atención continua, a las mujeres que lo soliciten a través de los módulos de atención integral.
Y a su vez pueda brindar herramientas de reflexión y sensibilización a través de grupos focales, para que las mujeres que sufren o han sufrido violencias, se sientan motivadas a recibir una atención integral que las ayude a salir de los círculos de violencia.
Contratación de
profesionistas
x
x
x
x
x
x
x
$350,000.00
Contratar profesionistas abogados que puedan brindar asesoría y acompañamiento legal a las mujeres y niñas atendidas por el módulo, para facilitar y garantizar su acceso a la justicia.
Así como apoyar en los grupos focales brindando pláticas jurídicas y de derechos de las mujeres, niñas y adultas mayores.
Contratación de
profesionistas
x
x
x
x
x
x
x
$350,000.00
Contratar profesionistas capacitados para implementar talleres de oficios no tradicionales durante la duración del proyecto. Desde la contratación de los profesionistas y hasta diciembre de 2022.
Contratación de
profesionistas
x
x
x
x
x
x
x
$350,000.00
Trasladar al personal del módulo a las comunidades para las jornadas itinerantes.
Adquisición de un
vehículo
x
 
 
 
 
 
 
$340,000.00
(Un millón novecientos ochenta mil pesos 008/100 M.N.)
$1,980,000.00
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la
elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Tipo de perfil requerido:
Prestador de Servicios Profesionales
 
Áreas de especialización requeridas
Áreas de especialización
Años de Experiencia
Mínima Requerida
Grado o nivel de especialización
Psicología
1 año
Licenciatura
Derecho
1 año
Licenciatura
Ciencias de la comunicación, ciencias sociales o afines.
1 año
Licenciatura
Ingenierías, informática o afines.
1 año
Ingeniería
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal rubrican el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/CAM/AC2/IMEC/39, en la Ciudad de México a 31 de marzo 2022.
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