ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/222/2017 de fecha 07 de junio de 2017, publicada el 23 de junio de 2017

ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/222/2017 de fecha 07 de junio de 2017, publicada el 23 de junio de 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/222/2017 DE FECHA 07 DE JUNIO DE 2017, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 23 DE JUNIO DE 2017.
Pablo Israel Escalona Almeraya, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2°, Apartado D, fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracción X, 6 fracción XXXIII; 11 fracciones I y V  del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y
CONSIDERANDO
1.    Que el 23 de junio de 2017, se publicó Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación Número DSRDPF/222/2017 de fecha 07 de junio de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en el mismo se consignan que:
"...CONSIDERANDO
1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;
2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como "Inmueble federal", el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la posesión, control o administración a título de dueño;
3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles equiparados a éstos conforme a esta Ley;
4.- Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ha tenido la posesión, custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes,
descritos en el cuadro siguiente:
No.
DSRDPF
RFI
Denominación, ubicación y
superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
222/2017
10-388-4
"Campamento Llano Grande",
ubicado en Carretera Libre
Durango- Mazatlán, No. 40, Km.
76.7, Pueblo Llano Grande, C.P.
34350, Municipio de Pueblo
Nuevo, Estado de Durango, con
superficie de 2067.00 metros
cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Derecho de Vía
Ferrocarril al Salto
Durango.
Carretera Durango
Mazatlán.
Parcela Propiedad
de Delfino Ruíz.
Terreno Baldío.
63.00
63.00
32.80
32.80
 
DECLARATORIA
PRIMERA. Que los inmuebles descritos en el considerando 4 del presente documento, se encuentran sujetos al régimen de dominio público de la Federación..."
2.     Que mediante oficio de fecha 09 de agosto de 2018, el Jefe del Área Jurídica del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Durango (CECyTE Durango), Organismo Público Descentralizado de la Secretaría de Educación Pública, remitió a la Jefa de la Oficina Coordinadora de Recursos Materiales del Centro SCT Durango, la nota de traslado de dominio N° C540395, con el propósito de acreditar el contrato de cesión mediante el cual el CECyTE Durango adquirió los derechos de dominio y posesión jurídica del inmueble localizado en el poblado Llano Grande del municipio de Durango.
3.     Que mediante oficio N° CECYTED.DJyGL.124/2021 de fecha 07 de junio de 2021, el Subdirector Jurídico y de Gestión Legal del Sistema Estatal de Educación del Gobierno del Estado de Durango, precisó al Subdirector de Administración del Centro S.C.T. Durango, la ubicación y superficie del inmueble que en su momento ocupó el Centro S.C.T. denominado Campamento "Llano Grande", el cual se encuentra inmerso dentro de la superficie del "Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Durango".
4.     Que mediante oficio N° -5.3.1-027 de fecha 23 de septiembre de 2021, el Director Coordinador de Adquisiciones y Administración Inmobiliaria de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ahora Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, solicitó al Director de Registro Público y Control Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, emitiera su opinión sobre la posibilidad de llevar a cabo el cambio de administrador a favor de la institución ocupante del inmueble con R.F.I. 10-388-4, denominado "Campamento Llano Grande", ubicado en la carretera 40, Durango- Mazatlán, Km. 76.7, poblado Llano Grande, Municipio de Pueblo Nuevo, Estado de Durango.
5.     Que mediante oficio N° DI/246 21, de fecha 07 de octubre de 2021, el Director de Registro Público y Control Inmobiliario, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, informó al Director Coordinador de Adquisiciones y Administración Inmobiliaria de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ahora Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes,
que del análisis a la información aportada y la que obra en los acervos de esa Dirección, se identificó inscrita bajo el Folio Real 149249, la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/222/2017 de fecha 07 de junio de 2017, por lo que se determinó la no procedencia de llevar a cabo el cambio de administrador a favor de la institución ocupante del inmueble, y se sugirió canalizar la atención a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, a efecto de gestionar el Acuerdo por el que se deje sin efectos la Declaratoria de Sujeción que nos ocupa y una vez que el mismo sea remitido para su inscripción en el Registro Público de la Propiedad Federal, y estar en posibilidad de realizar las acciones procedentes en el Sistema de Inventario.
6.     Que mediante oficios números -5.3.-82 y -5.3.-219, de fecha 08 de febrero y 03 de mayo ambos de 2022, la Dirección General de Recursos Materiales de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, solicitó se realicen las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/222/2017 de fecha 07 de junio de 2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 10-388-4, denominado "Campamento Llano Grande", ubicado en Carretera Libre Durango-Mazatlán, No. 40, Km. 76.7, Pueblo Llano Grande, C.P. 34350, Municipio de Pueblo Nuevo, Estado de Durango.
7.     Que con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección General de Recursos Materiales perteneciente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/222/2017 de fecha 07 de junio de 2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 10-388-4, denominado "Campamento Llano Grande", ubicado en Carretera Libre Durango-Mazatlán, No. 40, Km. 76.7, Pueblo Llano Grande, C.P. 34350, Municipio de Pueblo Nuevo, Estado de Durango.
SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad y de oponibilidad ante terceros.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO. Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México a los 23 días de junio de dos mil veintidós.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.