ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía determina continuar con la extensión de la vigencia del periodo tarifario inicial del servicio público de distribución de energía eléctrica y determina las tarifas reguladas del servicio de distribució

ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía determina continuar con la extensión de la vigencia del periodo tarifario inicial del servicio público de distribución de energía eléctrica y determina las tarifas reguladas del servicio de distribución aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

Comisión Federal de Electricidad.- CFE Distribución.

ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA DETERMINA CONTINUAR CON LA EXTENSIÓN DE LA VIGENCIA DEL PERIODO TARIFARIO INICIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DETERMINA LAS TARIFAS REGULADAS DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN APLICABLES DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2023.
CFE Distribución Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley de la Industria Eléctrica, en ejercicio de sus atribuciones a que se refieren las fracciones I, XVI y XXIV del artículo 4 del Estatuto Orgánico de CFE Distribución y de conformidad con lo establecido en el A/051/2022 del 23 de diciembre de 2022, mediante el cual la Comisión Reguladora de Energía determina continuar con la extensión de la vigencia del periodo tarifario inicial del servicio público de distribución de energía eléctrica y determina las tarifas reguladas del servicio de Distribución aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
Tarifas de distribución de energía eléctrica aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023
División de
Distribución
DB1
DB2
PDBT
GDBT
GDMT
Doméstico
Baja Tensión
hasta 150
kWh-mes
Doméstico
Baja Tensión
mayor a 150
kWh-mes
Pequeña
Demanda Baja
Tensión hasta
25 kW-mes
Gran
Demanda
Baja Tensión
mayor a 25
kW-mes
Gran
Demanda en
Media
Tensión
Pesos/kWh-mes
Pesos/kW-mes
Baja California1
0.7579
0.8633
0.6934
200.25
93.17
Bajío
1.1843
1.0150
0.9655
383.44
101.35
Centro Occidente
1.5928
1.3652
1.2979
514.28
160.81
Centro Oriente
1.4824
1.2709
1.2076
478.65
154.72
Centro Sur
1.6721
1.4323
1.3623
539.90
228.72
Golfo Centro
1.1529
0.9334
1.1573
389.46
128.80
Golfo Norte
0.8379
0.6787
0.8415
283.03
59.81
Jalisco
1.6997
1.4568
1.3856
548.68
165.93
Noroeste
0.9313
0.7359
0.8014
220.50
93.96
Norte
1.3951
1.2364
1.3197
354.59
75.53
Oriente
1.6137
1.3862
1.3192
522.37
209.99
Peninsular
1.0586
0.8745
1.0165
306.82
93.92
Sureste
1.4111
1.2097
1.1504
455.99
146.44
Valle de México Centro
0.7884
0.6761
0.6426
254.71
63.69
Valle de México Norte
1.0124
0.8687
0.8256
326.96
90.51
Valle de México Sur
0.9759
0.8363
0.7956
315.16
70.70
1/ Las tarifas aplican a Baja California y Baja California Sur.
Atentamente
Ciudad de México, a los nueve días del mes de enero de dos mil veintitrés.- El Director General de CFE Distribución, Guillermo Nevárez Elizondo.- Rúbrica.
(R.- 531704)