ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés

ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTITRÉS.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 11, 14, 73, 86, 186 y 190, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral están facultados para emitir las disposiciones generales necesarias para determinar, entre otras, el ingreso y los estímulos que corresponden al personal del Poder Judicial de la Federación, atribución que ejercen en el seno de sus respectivos Órganos de Gobierno;
TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 94, párrafo décimo segundo, y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo, como tampoco podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia y que dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, no pueden actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, ni pueden ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esa Constitución;
CUARTO.- El 24 de agosto del dos mil nueve se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en sus disposiciones transitorias establece un régimen de excepción a las retribuciones nominales de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, que estén en funciones al 31 de diciembre de dos mil nueve;
QUINTO.- De conformidad con el artículo 123, apartado B, fracción IV primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley; y,
SEXTO.- De conformidad con el artículo tercero transitorio del Decreto señalado en el considerando Cuarto, se elaboró el documento denominado "Manual que Regula las Remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil veintitrés", con la finalidad de integrar un instrumento administrativo que contenga el sistema de percepciones, así como las normas y lineamientos a observarse para su asignación, indicándose además aquellas prestaciones que se brindan a las personas servidoras públicas a cargo del Poder Judicial de la Federación.
SÉPTIMO.- Los tabuladores de sueldos fueron autorizados por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral, integrantes del Poder Judicial de la Federación, publican la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubren para cada uno de los niveles jerárquicos, atendiendo a los tabuladores vigentes y la normativa aplicable en cada una de las tres Instancias que conforman el Poder Judicial de la Federación.
SEGUNDO. Para los efectos de este Acuerdo, las percepciones de las personas servidoras públicas se sujetarán a los tabuladores autorizados por sus respectivos Órganos de Gobierno.
TERCERO. Adicionalmente a los conceptos que integran el total de sueldo mensual que se incluyen como Anexo 2, se describe el sistema de percepciones establecidas y autorizadas para las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación.
CUARTO. Los Órganos de Gobierno de cada una de las tres Instancias que integran el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán autorizar modificaciones a la nomenclatura, nivel y rango de los puestos que integran los tabuladores y catálogos respectivos, así como a las estructuras y plantillas de personal, sujetándose al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para cada uno de ellos.
QUINTO. El Poder Judicial de la Federación podrá ejercer los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año dos mil veintitrés, en beneficio de las personas servidoras públicas a su cargo, de acuerdo con el nivel jerárquico al que pertenezcan, así como a los lineamientos, montos y periodicidad que para estos efectos autoricen los Órganos de Gobierno de las tres Instancias que lo integran, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los reglamentos y acuerdos generales que emanen de los Órganos de Gobierno.
SEXTO. El Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento con el artículo 21, segundo párrafo del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés, publica el presupuesto analítico de plazas que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, conforme al Anexo 3; así como el Manual que Regula las Remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil veintitrés, que se incluye como Anexo 1.
 
TRANSITORIOS
ÚNICO. Publíquese este Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Diario Oficial de la Federación y en medios electrónicos de consulta pública en términos de lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ciudad de México, a 9 de febrero de dos mil veintitrés.- La Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, y Presidenta del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Norma Lucía Piña Hernández.- Rúbrica.- El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y miembro del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Reyes Rodríguez Mondragón.- Rúbrica.
ANEXO 1
MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTITRÉS
El presente Manual se integra por los siguientes 9 apartados:
I.     Objetivo.
II.     Base Legal.
III.    Ámbito de aplicación.
IV.   Sujetos del Manual.
V.    Responsables de la Aplicación del Manual.
VI.   Definición de conceptos.
VII.   Sistema de Percepciones.
VIII.  Lineamientos de operación.
IX.   Interpretación.
I. OBJETIVO
Establecer las normas y lineamientos que se deben observar para la asignación de las percepciones, prestaciones y demás beneficios que se cubren a las personas servidoras públicas adscritas al Poder Judicial de la Federación, conforme a su nivel jerárquico.
II. BASE LEGAL
·  Artículos 94, 99, 100, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
·  Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
·  Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
·  Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
·  Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.
·  Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
·  Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
·  Ley Federal de Austeridad Republicana.
·  Ley del ISSSTE.
·  Ley del Impuesto sobre la Renta.
·  Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
·  Artículo tercero transitorio del "DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos"
·  Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Condiciones Generales de Trabajo del Personal de Confianza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Condiciones Generales de Trabajo de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.
·  Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.
·  Condiciones Generales de Trabajo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
·  Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1981, mediante el que Ejecutivo Federal facultó a la Secretaría de Programación y Presupuesto así como al Departamento del Distrito Federal, para que contrataran en beneficio de los trabajadores al servicio civil de la Federación, de los Poderes Legislativo y Judicial Federales y del propio Departamento, respectivamente, un seguro colectivo de retiro con Aseguradora Hidalgo, S.A.
·  Acuerdo por el que se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Departamento del Distrito Federal, para celebrar convenios con Aseguradora Hidalgo, S.A., a fin de establecer nuevas condiciones de aseguramiento de los servidores públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de enero de 1997.
·  Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
·  Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Acuerdos Generales y Específicos de los Órganos de Gobierno de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las disposiciones contenidas en el presente Manual son aplicables al Poder Judicial de la Federación.
IV. SUJETOS DEL MANUAL
Las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación.
Quedan excluidos del presente Manual los profesionales que presten sus servicios mediante las modalidades de contratación por honorarios.
V. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL MANUAL
Por la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
El Oficial Mayor, el Contralor, los Directores Generales de Presupuesto y Contabilidad, Recursos Humanos y Tesorería.
Por el Consejo de la Judicatura Federal:
El Secretario Ejecutivo de Administración, así como los Directores Generales de Recursos Humanos; de Servicios al Personal; de Programación, Presupuesto y Tesorería; el Coordinador de Administración Regional; los Administradores Regionales y Delegados Administrativos.
Por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación:
El Secretario Administrativo, Director General de Recursos Humanos; Director General de Recursos Financieros; los Jefes de Unidad de Administración de Personal; y de Prestaciones y Administración de Riesgos; así como los Delegados Administrativos Regionales.
VI. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS
Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:
Catálogo.- Catálogo de Puestos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación; instrumento técnico-administrativo que contiene, entre otros aspectos, la descripción clara de todos los puestos que integran su estructura de organización.
Instancias.- Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
ISSSTE.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Ley Orgánica.- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Nivel salarial.- Escala de sueldos relativa a cada uno de los puestos contenidos en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones.
Órganos de Gobierno.- Máxima autoridad en materia administrativa facultada para tomar decisiones de su competencia, siendo: el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.
PEF.- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.
Plaza.- Posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de una persona servidora pública a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente.
Puesto.- Unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de funciones que deben realizarse y aptitudes que se requieren para su ocupación, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad.
Rango.- Ubicación del nombramiento en el puesto correspondiente, considerando diversos factores que inciden en el monto de sus percepciones.
SAR.- Sistema de Ahorro para el Retiro.
Servidores Públicos.- Personas que desempeñan un empleo en el Poder Judicial de la Federación.
Tabulador.- Tabulador General de Sueldos y Prestaciones, es el instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por nivel salarial las percepciones ordinarias, para los puestos genéricos de cada una de las Instancias del Poder Judicial de la Federación. Se conforma por los conceptos de: Sueldo Base, Compensaciones Garantizada(s) o de Apoyo y Prestaciones Nominales.
VII.   SISTEMA DE PERCEPCIONES.- Conjunto de conceptos que conforman el total de ingresos monetarios, prestaciones y beneficios que reciben las personas servidoras públicas por sus servicios prestados en el Poder Judicial de la Federación. Se conforma por:
1. Sueldo Base.- Remuneración mensual que se asigna a cada puesto.
2. Compensación Garantizada o de Apoyo.- Asignación que se otorga a las personas servidoras públicas de mando superior, medio y personal operativo de manera regular y fija, en función del nivel salarial autorizado en los tabuladores del Poder Judicial de la Federación.
3. Sueldo Básico.- Sueldo base más la compensación garantizada o de apoyo que refleja el tabulador.
4. Prestaciones Nominales.- Son las que se encuentran en el tabulador de sueldos, diferentes al sueldo básico.
5. Sueldo Tabular.- Total de percepciones fijas que refleja el Tabulador.
6. Percepciones Ordinarias.- Es el pago mensual que se cubre a las personas servidoras públicas por el desempeño de sus funciones, y que resulta de la suma aritmética de los montos que integran el sueldo tabular.
7. Percepciones Extraordinarias.- Pagos que se otorgan de manera excepcional a las personas servidoras públicas los cuales deberán autorizarse por sus respectivos Órganos de Gobierno.
8. Prestaciones.- Beneficios que se otorgan a las personas servidoras públicas, previstos en las Condiciones Generales de Trabajo de las tres instancias y demás ordenamientos aplicables, en relación directa con el sueldo y/o en razón del puesto. En los casos de los numerales: 8.3.1; 8.3.2; 8.3.4; 8.3.5; 8.3.6; 8.3.7; 8.3.8; 8.3.9 y 8.3.10, no son aplicables a Ministras y Ministros, Consejeras y Consejeros, así como a Magistradas y Magistrados de Sala Superior. Así mismo, los casos de los numerales 8.1.2; 8.2.3; 8.2.5 y 8.2.6, no son aplicables a Ministras y Ministros.
8.1. Seguros.- Beneficios que se otorgan a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, establecidos en consideración a las necesidades de estos, con el fin de coadyuvar a su estabilidad económica y al bienestar de su familia. Estos seguros los protegen en materia de vida, retiro, incapacidad e invalidez total y permanente, gastos médicos mayores y de separación individualizado.
8.1.1. Seguro de Vida Institucional.- Beneficio que tiene por objeto cubrir los siniestros de fallecimiento o de incapacidad e invalidez total y permanente de las personas servidoras públicas, con lo que se contribuye a su seguridad o la de su familia. La suma asegurada básica es equivalente a 40 meses de sueldo básico, con opción a potenciación de hasta 108 meses, con cargo a la persona servidora pública.
8.1.2. Seguro Colectivo de Retiro.- Beneficio económico en favor de las personas servidoras públicas que se retiren o se jubilen en los términos que establece la Ley del ISSSTE, para hacer frente a las contingencias inherentes a la separación del servicio. Se otorga una suma asegurada de hasta veinticinco mil pesos, de acuerdo con los años de servicio y edad.
8.1.3. Seguro de Gastos Médicos Mayores.- Beneficio que se otorga a las personas servidoras públicas, así como a su cónyuge, concubina o concubinario, o pareja del mismo sexo (por matrimonio civil o cualquier figura reconocida por la legislación civil) y/o hijos solteros menores de veinticinco años, ante la eventualidad de un accidente o enfermedad cubierta que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización.
La suma asegurada básica es hasta de 333 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) mensuales vigentes, con opción de incremento hasta una suma asegurada de 15,000 UMAS mensuales vigentes, con cargo a la persona servidora pública.
8.1.4. Seguro de Separación Individualizado.- Beneficio establecido en favor de las personas servidoras públicas de mando medio y superior, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio; tiene la finalidad de proporcionar una seguridad económica y preservar el ingreso de éstos, en tanto se reincorporan, en su caso, al mercado laboral ante la eventualidad de su separación del servicio público por cualquier causa.
El Poder Judicial de la Federación aportará por cuenta y en nombre de la persona servidora pública una prima neta igual al 2%, 4%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico.
8.2. Prestaciones Económicas.- Las que reciben las personas servidoras públicas conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como los acuerdos que establezcan los Órganos de Gobierno cuyas previsiones deberán estar contempladas en el Presupuesto de Egresos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación. Las prestaciones económicas consisten en:
8.2.1. Aguinaldo.- Cantidad que se otorga por derecho constitucional a las personas servidoras públicas al finalizar el año vigente en los términos que para tal efecto establezcan los Órganos de Gobierno.
8.2.2. Ayuda de Gastos Funerarios.- Prestación de carácter económico que se otorga a los beneficiarios para sufragar los gastos por concepto de sepelio, inhumación o cremación con motivo del fallecimiento de la persona servidora pública, por un monto equivalente a treinta y cinco mil pesos.
8.2.3. Ayuda por Incapacidad Médica Permanente.- Beneficio económico que se confiere a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación cuando se acredite mediante dictamen médico del ISSSTE, la invalidez o incapacidad médica permanente, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos.
 
8.2.4. Estímulo por Antigüedad.- Asignaciones por concepto de antigüedad en beneficio de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.2.5. Estímulo por Jubilación.- Asignación que se confiere a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, por un monto equivalente a treinta mil pesos netos.
8.2.6. Licencia Prejubilatoria.- Otorgamiento de una licencia con goce de sueldo tabular, sin perjuicio de las demás prestaciones y remuneraciones a que tengan derecho las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, por un periodo de dos meses, que se les confiere con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, como reconocimiento a las labores prestadas.
8.2.7. Pago de Defunción.- Prestación de carácter económico para contribuir al bienestar de los beneficiarios de la persona servidora pública con motivo del fallecimiento de ésta. El importe para pagos de defunción será de cuatro meses del último sueldo bruto tabular que hubiere percibido la persona servidora pública fallecida, más quinquenios.
8.2.8. Prima Vacacional.- Importe equivalente al 50% de 10 días de sueldo básico, se otorgará en cada uno de los dos periodos vacacionales, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos.
8.2.9. Prima Quinquenal.- Pago que se otorga a las personas servidoras públicas de manera quincenal en razón de su antigüedad, por cada cinco años de servicios efectivos prestados en el Gobierno Federal, hasta llegar a veinticinco años, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.2.10. Vacaciones.- Las vacaciones son un derecho de todas las personas servidoras públicas que tengan más de seis meses consecutivos de servicios en el Poder Judicial de la Federación, quienes podrán disfrutar de dos periodos anuales con base en lo establecido en los artículos 139, 140, 141 y 142 en relación con el 204, así como el 206, todos de la Ley Orgánica.
En el caso del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, durante los años de proceso electoral federal o durante los períodos de procesos electorales federales extraordinarios, las vacaciones podrán diferirse o pagarse de acuerdo con la elección de la persona servidora pública. En ningún caso se podrán acumular las vacaciones correspondientes a más de dos años.
8.3. Otras Prestaciones.- Percepciones en beneficio de la economía de las personas servidoras públicas. Se establecen de acuerdo con el puesto y nivel salarial y se conforman por las prestaciones que se señalan a continuación, cuyo otorgamiento se realiza atendiendo a las normas, lineamientos, montos y periodicidad aprobados por los Órganos de Gobierno.
8.3.1. Asignaciones Adicionales.- Prestación de carácter general con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida individual y familiar, además de fomentar la cultura del ahorro entre las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno a través de Acuerdos Generales y Específicos.
8.3.2. Ayuda al Personal Operativo.- Beneficio económico anual mediante el cual se reconocen las labores de todo el personal operativo. Se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.3. Pago por Riesgo.- Cantidad que se otorga a las personas servidoras públicas de mando del Poder Judicial de la Federación, dada la naturaleza, complejidad y responsabilidad de las funciones que tienen encomendadas, que se confiere de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.4. Ayuda por Jornadas Electorales.- Compensación extraordinaria que se otorga a las personas servidoras públicas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en retribución al desahogo de cargas de trabajo en exceso o adicionales a sus jornadas y horarios ordinarios durante los procesos electorales federales y locales, que incluye jornadas nocturnas y guardias en sábados, domingos y días festivos, cuyo pago se fundamenta en el artículo 207 de la Ley Orgánica. Sus montos estarán determinados por la disponibilidad presupuestal existente y dependiendo de la autorización expresa de su Órgano de Gobierno.
8.3.5. Ayuda de Despensa.- Beneficio económico anual para las personas servidoras públicas con el fin de coadyuvar a solventar sus gastos de fin de año, se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.6. Estímulo Día de la Madre.- Beneficio económico anual a las servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.7. Estímulo Día del Padre.- Beneficio económico anual a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.8. Fondo de Reserva Individualizado.- Beneficio establecido en favor de las personas servidoras públicas de nivel operativo, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio, teniendo como finalidad fomentar el ahorro.
El Poder Judicial de la Federación realizará aportaciones ordinarias por cuenta y en nombre de la persona servidora pública por un monto neto igual al 2%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico.
8.3.9. Pago de Horas Extraordinarias.- Con excepción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tratándose del pago de horas extras se tomará en cuenta que de la interpretación de lo previsto en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la duración máxima de la jornada diurna semanal es de cuarenta horas. El pago de horas extraordinarias, así como de la prima dominical está condicionado a que se autorice por cada uno de los Órganos de Gobierno conforme al procedimiento que los mismos establezcan.
8.3.10. Apoyos a la Capacitación.- Prestación para la capacitación orientada al desarrollo personal o profesional de las personas servidoras públicas, de conformidad con las disposiciones que para su otorgamiento determinen los Órganos de Gobierno de cada Instancia.
9. Prestaciones de Seguridad Social.- Beneficios que reciben las personas servidoras públicas de conformidad con la Ley del ISSSTE.
VIII. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
Son aquellos acuerdos específicos que emiten los Órganos de Gobierno, así como los lineamientos y manuales de procedimientos autorizados por los mismos.
IX. INTERPRETACIÓN
Los Órganos de Gobierno de cada Instancia serán los facultados para interpretar, modificar o complementar el contenido del presente Manual.
Atentamente
Ciudad de México, a 9 de febrero de dos mil veintitrés.- Secretario Administrativo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Maestro Oscar Santiago Sánchez.- Rúbrica.- Secretario Ejecutivo de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, Doctor Diego Gutiérrez Morales.- Rúbrica.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Maestro Héctor De la Cruz Ostos.- Rúbrica.
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)

 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Medio
Máximo
MINISTRO (De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por
el que se reforma el artículo 127 constitucional)
1
 
 
206,948
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS,
SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA,
COORDINADOR GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA,
OFICIAL MAYOR,
CONTRALOR
2
 
 
127,420
COORDINADOR
3
 
 
126,165
SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
4
 
 
125,779
DIRECTOR GENERAL,
TITULAR DE UNIDAD GENERAL,
SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE CONTROVERSIAS
CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR DE PONENCIA,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR
5
 
 
124,337
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
6
 
 
124,709
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA),
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
7
115,639
 
122,819
SECRETARIO DE ENLACE Y COORDINACIÓN
8
 
 
121,227
SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR
107,038
110,749
121,227
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO
9
91,166
100,116
104,312
SUBDIRECTOR GENERAL
10
84,714
96,865
111,785
ASESOR, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I, DICTAMINADOR I,
SECRETARIO AUXILIAR I
11
86,615
96,875
111,785
SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES
12
88,225
 
111,785
INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL
13
89,612
96,865
104,496
SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
14
 
 
86,615
SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA
15
59,839
68,782
80,490
DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE
COMITES
16
44,177
59,839
80,490
COORDINADOR ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR II, SECRETARIO
AUXILIAR II
17
44,177
53,819
66,079
SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS
18
44,177
53,819
66,037
ACTUARIO
19
39,798
42,984
48,685
ASISTENTE DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO
20
33,153
39,798
48,246
SUBDIRECTOR DE AREA
21
44,177
 
48,246
ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
22
37,229
 
38,808
JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR
23
 
 
41,498
TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA
24
31,686
36,804
41,119
PROFESIONAL OPERATIVO
25
27,766
33,114
41,119
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS
26
34,011
35,177
37,188
SECRETARIA
27
17,831
24,840
34,159
TECNICO EN SEGURIDAD
28
20,097
27,783
34,158
TECNICO OPERATIVO
29
17,831
27,807
34,158
CHOFER DE SERVICIOS
30
16,686
24,834
34,158
TECNICO EN PREVISION SOCIAL, TECNICO EN ALIMENTOS
31
16,686
24,787
34,158
TECNICO ADMINISTRATIVO
32
17,831
27,883
31,686
OFICIAL DE SERVICIOS
33
15,125
16,686
17,831
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETOS ANUALES
(cifras en pesos)

 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO
POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
Mínimo
Medio
Máximo
Mínimo
Medio
Máxim
o
MINISTRO (De conformidad con el artículo tercero
transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127
constitucional)
1
 
 
445,309
416,754
 
 
 
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS,
SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA,
COORDINADOR GENERAL DE ASESORES DE LA
PRESIDENCIA,
OFICIAL MAYOR,
CONTRALOR
2
 
 
265,350
 
 
 
349,442
COORDINADOR
3
 
 
263,050
 
 
 
345,520
SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
4
 
 
262,142
 
 
 
344,363
DIRECTOR GENERAL,
TITULAR DE UNIDAD GENERAL,
SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE
CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE
ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR
DE PONENCIA,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR
5
 
 
259,525
 
 
 
340,037
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
6
 
 
255,741
 
 
 
341,153
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA)
,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
7
232,255
 
251,292
 
313,941
 
335,482
SECRETARIO DE ENLACE Y COORDINACIÓN
8
 
 
247,545
 
 
 
330,705
SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR
220,746
221,039
247,545
 
289,761
299,271
330,705
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO
9
177,419
195,722
205,895
 
241,339
267,373
279,960
SUBDIRECTOR GENERAL
10
162,564
190,071
223,185
 
223,120
257,620
302,380
ASESOR, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I,
DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I
11
172,583
197,118
223,185
 
229,404
259,270
302,380
SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES
12
168,481
 
223,185
 
233,034
 
302,380
INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL
13
179,341
190,071
206,031
 
237,865
257,620
280,514
SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
14
 
 
172,583
 
 
 
229,404
SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA
15
114,686
133,708
159,907
 
156,401
180,164
212,533
DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE
SEGUIMIENTO DE COMITES
16
79,559
114,686
159,907
 
113,734
156,401
212,533
COORDINADOR ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR
II, SECRETARIO AUXILIAR II
17
79,559
101,343
127,762
 
113,734
140,411
172,982
SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS
18
79,559
101,343
127,670
 
113,734
140,411
172,871
ACTUARIO
19
70,281
76,938
89,698
 
102,207
110,365
126,491
ASISTENTE DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO
20
57,195
70,281
88,923
 
85,739
102,207
125,241
SUBDIRECTOR DE AREA
21
79,559
 
88,923
 
113,734
 
125,241
ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
22
65,112
 
67,893
 
95,323
 
99,204
JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR
23
 
 
73,621
 
 
 
106,177
TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA
24
54,922
64,582
73,010
 
81,481
94,201
104,813
PROFESIONAL OPERATIVO
25
46,210
57,886
73,010
 
71,926
85,038
104,813
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS
26
58,985
61,375
65,293
 
87,243
90,146
95,156
SECRETARIA
27
27,366
40,854
60,055
 
46,315
65,077
87,642
TECNICO EN SEGURIDAD
28
31,769
46,321
60,036
 
52,688
71,965
87,636
TECNICO OPERATIVO
29
27,366
46,394
60,036
 
46,315
72,022
87,636
CHOFER DE SERVICIOS
30
24,668
40,810
60,036
 
43,011
65,062
87,636
TECNICO EN PREVISION SOCIAL, TECNICO EN
ALIMENTOS
31
24,668
40,584
60,036
 
43,011
64,953
87,636
TECNICO ADMINISTRATIVO
32
27,366
46,258
54,922
 
46,315
72,199
81,481
OFICIAL DE SERVICIOS
33
21,781
24,668
27,366
 
38,885
43,011
46,315
 
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)

 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Medio
Máximo
CONSEJERA/ CONSEJERO
2
 
 
206,948
TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR
3
 
 
122,549
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL A
5
 
 
122,104
MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO
6
 
 
152,482
TITULAR DE UNIDAD
6A
 
 
122,655
VOCAL,
6B
 
 
122,566
SECRETARIA EJECUTIVA/ SECRETARIO EJECUTIVO,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ASESORAS(ES),
SECRETARIA/ SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA FEDERAL
COORDINADORA ACADÉMICA/ COORDINADOR ACADÉMICO,
7A
 
 
122,348
COORDINADORA/ COORDINADOR DE SEGURIDAD
JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
7
 
 
139,161
SECRETARIA TÉCNICA COORDINADORA/ SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR
DE PONENCIA DE CONSEJERA(O)
8A
 
 
122,029
DIRECTORA/ DIRECTOR GENERAL,
8
 
 
122,196
COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL
SECRETARIA TÉCNICA/ SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE
CONSEJERA(O)
9B
111,444
118,389
 
SECRETARIA TÉCNICA AA/ SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISIÓN
PERMANENTE
9C
107,750
113,554
 
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
9
 
 
113,804
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL B
10
 
 
112,186
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES
DEL PJF,
11
97,618
 
105,266
REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA
COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
SECRETARIA TÉCNICA A/ SECRETARIO TÉCNICO A
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ÁREAS,
12
81,857
87,717
93,682
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL A,
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR DE CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL
RESPONSABLE DE ARCHIVOS JUDICIALES
12A
 
 
80,985
SECRETARIA/ SECRETARIO DE TRIBUNAL,
13A
 
 
78,627
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA,
DELEGADA/ DELEGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE TRIBUNAL
EVALUADORA/ EVALUADOR
13B
 
 
76,178
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZA/ JUEZ DE CONTROL O
JUEZA/ JUEZ DE ENJUICIAMIENTO,
13C
 
 
72,705
SECRETARIA/ SECRETARIO DE JUZGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE JUZGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO DE INSTRUCCIÓN DE LOS JUZGADOS LABORALES
SUPERVISORA/ SUPERVISOR,
13
 
 
70,013
DIRECTORA/ DIRECTOR DE ÁREA,
SECRETARIA/ SECRETARIO DE APOYO B
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL
14
 
56,862
70,013
SECRETARIA/ SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL
PJF,
15
 
 
67,212
ASESORA ESPECIALIZADA/ ASESOR ESPECIALIZADO,
COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR
16
 
 
66,732
COORDINADORA/ COORDINADOR DE GESTIÓN
DEFENSORA PÚBLICA/ DEFENSOR PÚBLICO
16A
 
 
64,106
ASESORA JURÍDICA/ ASESOR JURÍDICO
ASESORA/ ASESOR
20
49,212
53,623
56,862
COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO DE
PROYECTOS
LIDERESA/ LÍDER DE PROYECTO,
COORDINADORA TÉCNICA/ COORDINADOR TÉCNICO,
DIRECTORA/ DIRECTOR DE CENDI
DELEGADA ADMINISTRATIVA/ DELEGADO ADMINISTRATIVO
20A
 
42,730
49,212
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE
ARCHIVOS JUDICIALES
21B
 
40,170
48,717
SUBDIRECTORA/ SUBDIRECTOR DE ÁREA,
21
38,754
42,730
47,053
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,
JEFA/JEFE DE UNIDAD DE NOTIFICADORES COMÚN,
COORDINADORA TÉCNICA A/ COORDINADOR TÉCNICO A,
ACTUARIA/ ACTUARIO JUDICIAL,
ACTUARIA/ACTUARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF
PERITA/ PERITO MÉDICO
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE
CIRCUITO,
21A
 
 
37,174
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS
JUDICIALES,
21C
31,397
32,167
36,786
COORDINADORA/ COORDINADOR DE PROTECCIÓN CIVIL,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE MANTENIMIENTO DEL CENTRO
ARCHIVISTICO JUDICIAL
 
 
JEFA/ JEFE DE DEPARTAMENTO,
24
31,334
32,269
33,059
JEFA/ JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,
AUDITORA/ AUDITOR,
DICTAMINADORA/ DICTAMINADOR,
COORDINADORA TÉCNICA B/ COORDINADOR TÉCNICO B,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD
COORDINADORA TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ COORDINADOR TÉCNICO
ADMINISTRATIVO
24A
 
31,652
32,363
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A
27,757
 
 
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A M1
 
 
30,936
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A M2
 
28,307
 
SECRETARIA/ SECRETARIO
25B
24,831
30,936
 
TAQUÍGRAFA/ TAQUÍGRAFO JUDICIAL PARLAMENTARIA(O),
25
 
 
30,521
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,
ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE,
JEFA/ JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,
OFICIAL JUDICIAL A
AUXILIAR DE ACTUARIA/ ACTUARIO,
26
 
 
28,841
NOTIFICADORA/NOTIFICADOR DE UNC
AUXILIAR DE SALA,
OFICIAL JUDICIAL B
TÉCNICA/ TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL
27A
 
20,097
27,757
OFICIAL JUDICIAL D
OFICIAL ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
27
 
 
27,228
OFICIAL DE PARTES,
ANALISTA ESPECIALIZADA/ ESPECIALIZADO,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN,
ENFERMERA ESPECIALIZADA/ ENFERMERO ESPECIALIZADO,
EDUCADORA/ EDUCADOR,
OFICIAL JUDICIAL C,
TÉCNICA/ TÉCNICO EN SEGURIDAD
28A
20,097
21,409
24,775
SECRETARIA EJECUTIVA A/ SECRETARIO EJECUTIVO A,
28
 
 
24,338
AUXILIAR DE EDUCACIÓN,
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE FUNCIONARIA/ FUNCIONARIO,
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE SERVICIOS,
OFICIAL DE SEGURIDAD,
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS CENDI,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO A,
TÉCNICA OPERATIVA/ TÉCNICO OPERATIVO
28B
17,831
20,117
22,463
ANALISTA A
29A
 
 
20,091
SECRETARIA A/ SECRETARIO A,
29
 
 
19,708
ANALISTA
TÉCNICA ESPECIALIZADA/ TÉCNICO ESPECIALIZADO,
30
 
 
19,111
TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
OFICIAL JUDICIAL E
ANALISTA ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO
31
 
 
18,461
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,
32
 
16,182
17,432
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO B,
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
CONDUCTORA/ CONDUCTOR
33A
 
 
16,686
OFICIAL DE SERVICIOS
33B
 
15,125
15,537
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETA
(cifras en pesos)

 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO
POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
Mínimo
Medio
Máximo
Mínimo
Medio
Máxim
o
CONSEJERA/ CONSEJERO
2
 
 
445,309
416,754
 
 
 
TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR
3
 
 
257,370
 
 
 
350,839
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL A
5
 
 
256,322
 
 
 
349,504
MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO
6
 
 
291,374
474,591
 
 
 
TITULAR DE UNIDAD
6A
 
 
251,735
 
 
 
348,607
VOCAL,
6B
 
 
245,952
 
 
 
346,186
SECRETARIA EJECUTIVO/ SECRETARIO EJECUTIVO,
 
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ASESORAS(ES),
 
SECRETARIA/ SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
 
COORDINADORA ACADÉMICA/ COORDINADOR ACADÉMICO,
7A
 
 
240,073
 
 
 
343,543
COORDINADORA/ COORDINADOR DE SEGURIDAD
 
JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
7
 
 
261,648
424,553
 
 
 
SECRETARIA TÉCNICA COORDINADORA/ SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE
CONSEJERA(O)
8A
 
 
233,038
 
 
 
341,209
DIRECTORA/ DIRECTOR GENERAL,
8
 
 
225,367
 
 
 
338,955
COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL
SECRETARIA TÉCNICA/ SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERA(O)
9B
209,320
213,094
 
 
315,899
336,733
 
SECRETARIA TÉCNICA AA/ SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISIÓN PERMANENTE
9C
209,320
209,407
 
 
304,817
322,229
 
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
9
 
 
207,127
 
 
 
321,735
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL B
10
 
 
219,758
 
 
 
301,603
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
11
185,957
 
200,638
 
257,057
 
279,802
REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES
DEL PJF,
SECRETARIA TÉCNICA A/ SECRETARIO TÉCNICO A
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ÁREAS,
12
157,256
169,299
180,710
 
215,089
231,636
248,479
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL A,
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR DE CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL
RESPONSABLE DE ARCHIVOS JUDICIALES
12A
 
 
160,156
 
 
 
212,626
SECRETARIA/ SECRETARIO DE TRIBUNAL,
13A
 
 
150,871
 
 
 
205,969
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA,
DELEGADA/ DELEGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE TRIBUNAL
EVALUADORA/ EVALUADOR
13B
 
 
146,243
 
 
 
199,055
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZA/ JUEZ DE CONTROL O JUEZA/ JUEZ DE ENJUICIAMIENTO,
13C
 
 
138,554
 
 
 
189,538
SECRETARIA/ SECRETARIO DE JUZGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE JUZGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO DE INSTRUCCIÓN DE LOS JUZGADOS LABORALES
SUPERVISORA/ SUPERVISOR,
13
 
 
131,465
 
 
 
182,384
DIRECTORA/ DIRECTOR DE ÁREA,
SECRETARIA/ SECRETARIO DE APOYO B
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL
14
 
103,871
131,465
 
 
147,439
182,384
SECRETARIA/ SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
15
 
 
125,572
 
 
 
174,942
ASESORA ESPECIALIZADA/ ASESOR ESPECIALIZADO,
COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR
16
 
 
124,562
 
 
 
173,667
COORDINADORA/ COORDINADOR DE GESTIÓN
DEFENSORA PÚBLICA/ DEFENSOR PÚBLICO
16A
 
 
113,849
 
 
 
166,689
ASESORA JURÍDICA/ ASESOR JURÍDICO
ASESORA/ ASESOR
20
87,315
96,842
103,871
 
126,734
138,833
147,439
COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO DE PROYECTOS
LIDERESA/ LÍDER DE PROYECTO,
COORDINADORA TÉCNICA/ COORDINADOR TÉCNICO,
DIRECTORA/ DIRECTOR DE CENDI
DELEGADA ADMINISTRATIVA/ DELEGADO ADMINISTRATIVO
20A
 
73,305
87,315
 
 
108,586
126,734
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE ARCHIVOS JUDICIALES
21B
 
70,633
88,923
 
 
102,603
125,336
SUBDIRECTORA/ SUBDIRECTOR DE ÁREA,
21
66,080
73,305
82,513
 
99,075
108,586
120,629
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,
JEFA/JEFE DE UNIDAD DE NOTIFICADORES COMÚN,
COORDINADORA TÉCNICA A/ COORDINADOR TÉCNICO A,
ACTUARIA/ ACTUARIO JUDICIAL,
ACTUARIA/ACTUARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF
PERITA/ PERITO MÉDICO
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO,
21A
 
 
62,856
 
 
 
95,139
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES,
21C
54,720
55,723
64,511
 
80,834
82,664
94,172
COORDINADORA/ COORDINADOR DE PROTECCIÓN CIVIL,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE MANTENIMIENTO DEL CENTRO ARCHIVISTICO JUDICIAL
JEFA/ JEFE DE DEPARTAMENTO,
24
52,430
54,190
55,623
 
80,588
82,919
84,885
JEFA/ JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,
AUDITORA/ AUDITOR,
DICTAMINADORA/ DICTAMINADOR,
COORDINADORA TÉCNICA B/ COORDINADOR TÉCNICO B,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD
 
 
COORDINADORA TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO
24A
 
52,906
54,177
 
 
81,379
83,152
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A
46,252
 
 
 
71,915
 
 
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A M1
 
 
53,364
 
 
 
79,610
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A M2
 
46,367
 
 
 
73,203
 
SECRETARIA/ SECRETARIO
25B
40,878
53,364
 
 
65,066
79,610
 
TAQUÍGRAFA/ TAQUÍGRAFO JUDICIAL PARLAMENTARIA(O),
25
 
 
51,555
 
 
 
78,562
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,
ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE,
JEFA/ JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,
OFICIAL JUDICIAL A
AUXILIAR DE ACTUARIA/ ACTUARIO,
26
 
 
45,040
 
 
 
74,453
NOTIFICADORA/NOTIFICADOR DE UNC
AUXILIAR DE SALA,
OFICIAL JUDICIAL B
TÉCNICA/ TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL
27A
 
31,770
46,252
 
 
52,688
71,915
OFICIAL JUDICIAL D
OFICIAL ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
27
 
 
45,128
 
 
 
70,676
OFICIAL DE PARTES,
ANALISTA ESPECIALIZADA/ ESPECIALIZADO,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN,
ENFERMERA ESPECIALIZADA/ ENFERMERO ESPECIALIZADO,
EDUCADORA/ EDUCADOR,
OFICIAL JUDICIAL C,
TÉCNICA/ TÉCNICO EN SEGURIDAD
28A
31,770
32,778
40,584
 
52,688
56,312
64,935
SECRETARIA EJECUTIVA A/ SECRETARIO EJECUTIVO A,
28
 
 
39,437
 
 
 
63,911
AUXILIAR DE EDUCACIÓN,
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE FUNCIONARIA/ FUNCIONARIO,
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE SERVICIOS,
OFICIAL DE SEGURIDAD,
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS CENDI,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO A,
TÉCNICA OPERATIVA/ TÉCNICO OPERATIVO
28B
27,366
31,927
36,170
 
46,316
52,776
59,298
ANALISTA A
29A
 
 
31,638
 
 
 
52,638
SECRETARIA A/ SECRETARIO A,
29
 
 
30,576
 
 
 
51,488
ANALISTA
TÉCNICA ESPECIALIZADA/ TÉCNICO ESPECIALIZADO,
30
 
 
29,381
 
 
 
49,781
TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
OFICIAL JUDICIAL E
ANALISTA ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO
31
 
 
28,101
 
 
 
47,957
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,
32
 
23,377
26,064
 
 
41,563
45,051
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO B,
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
CONDUCTORA/ CONDUCTOR
33A
 
 
24,677
 
 
 
43,011
OFICIAL DE SERVICIOS
33B
 
21,808
22,198
 
 
38,885
39,874
 
ANEXO 2
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA NETOS MENSUALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
(cifras en pesos)

 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL
MÍNIMO
MEDIO
MÁXIMO
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
1
 
 
201,973
MAGISTRADO DE SALA REGIONAL
3

 
152,240
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO, COORDINADOR GENERAL DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA
4
 
 
124,640
SECRETARIO INSTRUCTOR, SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
5

 
123,071
SECRETARIO TÉCNICO DE LA PRESIDENCIA, DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL, VISITADOR, CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F., DIRECTOR DE LA ESCUELA JUDICIAL ELECTORAL, SECRETARIO TÉCNICO DE ESTUDIOS Y JUSTICIA ABIERTA
6
 
 
121,565
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
7
85,563
105,540
113,285
SECRETARIO DE TESIS
8

 
102,253
JEFE DE UNIDAD, SECRETARIO TÉCNICO DE COMISIONADO, SECRETARIO TÉCNICO DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO
9
77,138
88,741
102,253
SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
10
 
 
100,677
SECRETARIO TÉCNICO DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I, DICTAMINADOR
11
79,175
82,029
89,025
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES, TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS
12
71,708
79,681
90,860
SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES, DEFENSOR, DELEGADO ADMINISTRATIVO
13
55,358
63,275
74,565
PROFESOR INVESTIGADOR II
14
 
 
61,315
SECRETARIO DE APOYO, CAPACITADOR, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC`S, COMUNICÓLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, INVESTIGADOR, AUDITOR ESPECIALIZADO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I
15
40,979
49,627
58,558
SECRETARIO AUXILIAR
16

 
45,826
ACTUARIO
17
 
 
45,179
SUBDIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL REGIONAL, TITULAR DE OFICIALÍA DE PARTES REGIONAL, TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS REGIONAL, COORDINADOR ADMINISTRATIVO II
18
36,570
40,979
44,705
ACTUARIO REGIONAL, SECRETARIO DE APOYO JURÍDICO REGIONAL
19
 
 
40,896
AUXILIAR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO, AUDITOR ADMINISTRATIVO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO III
20
30,039
33,050
34,930
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS, DISEÑADOR WEB, ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
21
30,039
31,440
33,050
PROFESIONAL OPERATIVO
22
25,523
29,469
33,377
SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA
23
28,638
30,307
33,299
SECRETARIA
24
18,796
21,974
28,947
TÉCNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR, OFICIAL DE PARTES REGIONAL
25
17,789
24,779
28,948
TÉCNICO EN ALIMENTOS, OFICIAL
26
14,636
17,789
24,779
TÉCNICO EN PREVISIÓN SOCIAL
27
16,314
17,789
21,974
OFICIAL DE APOYO, CHOFER DE SERVICIOS
28
14,636
17,789
21,974
OFICIAL DE SERVICIOS
29
13,475
14,636
15,674
 
ANEXO 2
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA NETOS ANUALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
(cifras en pesos)

 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO
POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
MÍNIMO
MEDIO
MÁXIMO
MÍNIMO
MEDIO
MÁXIM
O
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
1
 
 
445,440
385,406
 
 
 
MAGISTRADO DE SALA REGIONAL
3
 
 
313,646
431,957
 
 
 
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS,
SECRETARIO ADMINISTRATIVO,
COORDINADOR GENERAL DE LA OFICINA
DE LA PRESIDENCIA
4
 
 
275,215
 
 
 
347,754
SECRETARIO INSTRUCTOR,
SUBSECRETARIO GENERAL DE
ACUERDOS
5
 
 
271,521
 
 
 
343,045
SECRETARIO TÉCNICO DE LA
PRESIDENCIA, DIRECTOR GENERAL,
TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
ELECTORAL, VISITADOR, CONTRALOR
INTERNO DEL T.E.P.J.F., DIRECTOR DE
LA ESCUELA JUDICIAL ELECTORAL,
SECRETARIO TÉCNICO DE ESTUDIOS Y
JUSTICIA ABIERTA
6
 
 
267,978
 
 
 
338,529
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
7
172,182
218,321
236,550
 
231,735
290,455
313,692
SECRETARIO DE TESIS
8
 
 
210,265
 
 
 
280,187
JEFE DE UNIDAD, SECRETARIO TÉCNICO
DE COMISIONADO, SECRETARIO
TÉCNICO DEL SECRETARIO
ADMINISTRATIVO
9
152,840
178,953
210,265
 
207,560
240,324
280,187
SECRETARIO PARTICULAR DE
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
10

 
204,854
 
 
 
275,458
SECRETARIO TÉCNICO DE MANDO
SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I,
DICTAMINADOR
11
162,508
168,985
184,782
 
213,314
221,373
241,128
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y
CUENTA REGIONAL COORDINADOR,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO
JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA
DE PARTES, TITULAR DE OFICINA DE
ACTUARIOS
12
143,143
160,706
185,032
 
188,528
212,300
246,588
SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL,
DIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE LA
UNIDAD ESPECIALIZADA EN
INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES,
DEFENSOR, DELEGADO
ADMINISTRATIVO
13
107,935
126,033
150,829
 
145,301
167,564
197,973
PROFESOR INVESTIGADOR II
14
 
 
120,612
 
 
 
161,128
SECRETARIO DE APOYO, CAPACITADOR,
PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC`S,
COMUNICÓLOGO, TITULAR DEL
SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL,
SECRETARIO PARTICULAR DE
MAGISTRADO DE SALA REGIONAL,
SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA
SALA REGIONAL, INVESTIGADOR,
AUDITOR ESPECIALIZADO,
COORDINADOR ADMINISTRATIVO I
15
75,183
95,148
114,440
 
105,008
130,070
153,801
SECRETARIO AUXILIAR
16
 
 
86,044
 
 
 
118,709
ACTUARIO
17
 
 
84,610
 
 
 
116,879
SUBDIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE
ARCHIVO JURISDICCIONAL REGIONAL,
TITULAR DE OFICIALÍA DE PARTES
REGIONAL, TITULAR DE OFICINA DE
ACTUARIOS REGIONAL, COORDINADOR
ADMINISTRATIVO II
18
66,861
75,184
83,533
 
94,564
105,009
115,536
ACTUARIO REGIONAL, SECRETARIO DE
APOYO JURÍDICO REGIONAL
19
 
 
74,893
 
 
 
104,647
AUXILIAR JURÍDICO, JEFE DE
DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE
OFICINA DE MAGISTRADO, AUDITOR
ADMINISTRATIVO, COORDINADOR
ADMINISTRATIVO III
20
53,970
60,341
64,438
 
78,148
85,837
90,753
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS,
DISEÑADOR WEB, ASISTENTE DE
MANDO SUPERIOR
21
53,970
56,842
60,341
 
78,148
81,639
85,837
PROFESIONAL OPERATIVO
22
46,072
53,795
61,478
 
67,904
77,419
87,157
SECRETARIA DE MAGISTRADO
REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA
23
51,858
55,912
61,595
 
75,441
79,675
87,257
SECRETARIA
24
32,619
39,067
53,093
 
51,767
59,756
76,294
TÉCNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE
AUDITOR, OFICIAL DE PARTES
REGIONAL
25
30,292
44,744
53,060
 
48,024
66,322
76,254
TÉCNICO EN ALIMENTOS, OFICIAL
26
23,658
30,292
44,744
 
38,763
48,024
66,322
TÉCNICO EN PREVISIÓN SOCIAL
27
27,080
30,292
39,067
 
43,535
48,024
59,756
OFICIAL DE APOYO, CHOFER DE
SERVICIOS
28
23,658
30,292
39,067
 
38,763
48,024
59,756
OFICIAL DE SERVICIOS
29
21,600
23,658
25,784
 
35,757
38,763
41,725
 
 
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
(CIFRAS EN PESOS)

CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCION
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER PERMANENTE
2,816,831,543
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
SUELDOS BASE
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
PRESTACIONES NOMINALES
PRIMA VACACIONAL
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
 
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER TRANSITORIO
43,277,917
 
POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRAN UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL
 
REMUNERACIONES ADICIONALES
785,007,718
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO
VESTUARIO*
AYUDA DE DESPENSA*
AYUDA DE ANTEOJOS
INDEMNIZACIONES
PAGO POR RIESGO
ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE*
ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE*
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD
ESTÍMULO POR JUBILACIÓN*
PRIMA QUINQUENAL
REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS
ASIGNACIONES ADICIONALES*
 
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR
CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y
SEGUROS
693,223,403
 
CONTIENE EL PAGO DE:
 
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
APORTACIONES AL ISSSTE
APORTACIONES AL FOVISSSTE
APORTACIONES AL SEGURO DE CENSANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
CUOTAS PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS
CUOTAS PARA EL SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO
CUOTAS PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
CUOTAS PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
 
PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
137,911,642
 
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR:
 
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LA REMUNERACIONES DE LO SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SCJN
CREACIÓN DE PLAZAS
 
OTROS
197,635,077
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
APOYOS A LA CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
PRESTACIONES DE RETIRO*
PRESTACIONES MÉDICAS COMPLEMENTARIAS Y DE APOYO ECONÓMICO
 
 
4,673,887,300
 
 
 
 
TOTAL PLAZAS OCUPADAS
3,594
 
 
 
 
TOTAL PLAZAS VACANTES
142
 
 
 
 
* No son aplicables a Ministros.
 
 
 
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
(cifras en pesos)

CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCIÓN
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER PERMANENTE
37,482,087,742
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
SUELDO BASE
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
PRESTACIONES NOMINALES
PRIMA VACACIONAL
AGUINALDO
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER TRANSITORIO
476,719,739
POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL
REMUNERACIONES ADICIONALES
10,957,676,665
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
AYUDA A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS OPERATIVAS
VESTUARIO
AYUDA DE DESPENSA
AYUDA POR INCAPACIDAD MEDICA PERMANENTE
COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES
PAGO POR RIESGO
ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE
ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD
ESTÍMULO POR JUBILACIÓN
AYUDA DE TRASLADO
PRIMA QUINQUENAL
PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS
PRIMA DOMINICAL
SERVICIOS DE DOCENCIA
SUBSIDIO DE RENTA A PERSONAS TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
AYUDA ECONÓMICA PARA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRASLADO DE PERSONAS TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
ASIGNACIONES ADICIONALES A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR
CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y
SEGUROS
8,154,336,900
CONTIENE EL PAGO DE:
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
APORTACIONES AL ISSSTE
APORTACIONES AL FOVISSSTE
APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADO
FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA
APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
2,009,996,482
ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PJF.
CREACIÓN DE PLAZAS
OTROS
562,010,243
APOYOS A LA CAPACITACION
APOYO DE ANTEOJOS
PRESTACIONES DE RETIRO
 
59,642,827,771
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS
48,764
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS VACANTES
1,172
 
 
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS
DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
(cifras en pesos)

CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCIÓN
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER PERMANENTE
1,523,833,878
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
SUELDO BASE
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
PRESTACIONES NOMINALES
PRIMA VACACIONAL
AGUINALDO
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
CARÁCTER TRANSITORIO
81,783,628
POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL *
REMUNERACIONES ADICIONALES
431,579,442
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO *
AYUDA PARA VESTUARIO *
AYUDA DE DESPENSA *
PAGO POR RIESGO
ESTIMULO DEL DIA DE LA MADRE *
ESTIMULO DEL DIA DE LA PADRE *
ESTIMULO POR ANTIGÜEDAD
PRIMA QUINQUENAL
AYUDA POR JORNADAS ELECTORALES *
ASIGNACIONES ADICIONALES *
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR
CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y
SEGUROS
311,212,952
CONTIENE EL PAGO DE:
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
APORTACIONES AL ISSSTE
APORTACIONES AL FOVISSSTE
APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO
FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO *
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
60,443,029
ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TEPJF
OTROS
29,363,544
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
PRESTACIONES DE RETIRO *
APOYO A LA CAPACITACIÓN *
APOYO PARA COMEDOR *
APOYO PARA GUARDERÍAS *
 
2,438,216,473
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS
1,560
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS VACANTES
85
* NO SON APLICABLES A MAGISTRADOS DE SALA SUPERIOR
 
__________________________________