ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación. ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTITRÉS. CONSIDERANDO PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación; SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 11, 14, 73, 86, 186 y 190, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral están facultados para emitir las disposiciones generales necesarias para determinar, entre otras, el ingreso y los estímulos que corresponden al personal del Poder Judicial de la Federación, atribución que ejercen en el seno de sus respectivos Órganos de Gobierno; TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 94, párrafo décimo segundo, y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo, como tampoco podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia y que dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, no pueden actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, ni pueden ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esa Constitución; CUARTO.- El 24 de agosto del dos mil nueve se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en sus disposiciones transitorias establece un régimen de excepción a las retribuciones nominales de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, que estén en funciones al 31 de diciembre de dos mil nueve; QUINTO.- De conformidad con el artículo 123, apartado B, fracción IV primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley; y, SEXTO.- De conformidad con el artículo tercero transitorio del Decreto señalado en el considerando Cuarto, se elaboró el documento denominado "Manual que Regula las Remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil veintitrés", con la finalidad de integrar un instrumento administrativo que contenga el sistema de percepciones, así como las normas y lineamientos a observarse para su asignación, indicándose además aquellas prestaciones que se brindan a las personas servidoras públicas a cargo del Poder Judicial de la Federación. SÉPTIMO.- Los tabuladores de sueldos fueron autorizados por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, se expide el siguiente: ACUERDO PRIMERO. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral, integrantes del Poder Judicial de la Federación, publican la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubren para cada uno de los niveles jerárquicos, atendiendo a los tabuladores vigentes y la normativa aplicable en cada una de las tres Instancias que conforman el Poder Judicial de la Federación. SEGUNDO. Para los efectos de este Acuerdo, las percepciones de las personas servidoras públicas se sujetarán a los tabuladores autorizados por sus respectivos Órganos de Gobierno. TERCERO. Adicionalmente a los conceptos que integran el total de sueldo mensual que se incluyen como Anexo 2, se describe el sistema de percepciones establecidas y autorizadas para las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación. CUARTO. Los Órganos de Gobierno de cada una de las tres Instancias que integran el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán autorizar modificaciones a la nomenclatura, nivel y rango de los puestos que integran los tabuladores y catálogos respectivos, así como a las estructuras y plantillas de personal, sujetándose al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para cada uno de ellos. QUINTO. El Poder Judicial de la Federación podrá ejercer los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año dos mil veintitrés, en beneficio de las personas servidoras públicas a su cargo, de acuerdo con el nivel jerárquico al que pertenezcan, así como a los lineamientos, montos y periodicidad que para estos efectos autoricen los Órganos de Gobierno de las tres Instancias que lo integran, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los reglamentos y acuerdos generales que emanen de los Órganos de Gobierno. SEXTO. El Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento con el artículo 21, segundo párrafo del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés, publica el presupuesto analítico de plazas que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, conforme al Anexo 3; así como el Manual que Regula las Remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil veintitrés, que se incluye como Anexo 1. TRANSITORIOS ÚNICO. Publíquese este Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Diario Oficial de la Federación y en medios electrónicos de consulta pública en términos de lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ciudad de México, a 9 de febrero de dos mil veintitrés.- La Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, y Presidenta del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Norma Lucía Piña Hernández.- Rúbrica.- El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y miembro del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Reyes Rodríguez Mondragón.- Rúbrica. ANEXO 1 MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTITRÉS El presente Manual se integra por los siguientes 9 apartados: I. Objetivo. II. Base Legal. III. Ámbito de aplicación. IV. Sujetos del Manual. V. Responsables de la Aplicación del Manual. VI. Definición de conceptos. VII. Sistema de Percepciones. VIII. Lineamientos de operación. IX. Interpretación. I. OBJETIVO Establecer las normas y lineamientos que se deben observar para la asignación de las percepciones, prestaciones y demás beneficios que se cubren a las personas servidoras públicas adscritas al Poder Judicial de la Federación, conforme a su nivel jerárquico. II. BASE LEGAL · Artículos 94, 99, 100, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. · Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente. · Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. · Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento. · Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. · Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos. · Ley Federal de Austeridad Republicana. · Ley del ISSSTE. · Ley del Impuesto sobre la Renta. · Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. · Artículo tercero transitorio del "DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos" · Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. · Condiciones Generales de Trabajo del Personal de Confianza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. · Condiciones Generales de Trabajo de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación. · Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal. · Condiciones Generales de Trabajo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. · Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1981, mediante el que Ejecutivo Federal facultó a la Secretaría de Programación y Presupuesto así como al Departamento del Distrito Federal, para que contrataran en beneficio de los trabajadores al servicio civil de la Federación, de los Poderes Legislativo y Judicial Federales y del propio Departamento, respectivamente, un seguro colectivo de retiro con Aseguradora Hidalgo, S.A. · Acuerdo por el que se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Departamento del Distrito Federal, para celebrar convenios con Aseguradora Hidalgo, S.A., a fin de establecer nuevas condiciones de aseguramiento de los servidores públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de enero de 1997. · Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. · Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. · Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. · Acuerdos Generales y Específicos de los Órganos de Gobierno de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación. III. ÁMBITO DE APLICACIÓN Las disposiciones contenidas en el presente Manual son aplicables al Poder Judicial de la Federación. IV. SUJETOS DEL MANUAL Las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación. Quedan excluidos del presente Manual los profesionales que presten sus servicios mediante las modalidades de contratación por honorarios. V. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL MANUAL Por la Suprema Corte de Justicia de la Nación: El Oficial Mayor, el Contralor, los Directores Generales de Presupuesto y Contabilidad, Recursos Humanos y Tesorería. Por el Consejo de la Judicatura Federal: El Secretario Ejecutivo de Administración, así como los Directores Generales de Recursos Humanos; de Servicios al Personal; de Programación, Presupuesto y Tesorería; el Coordinador de Administración Regional; los Administradores Regionales y Delegados Administrativos. Por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: El Secretario Administrativo, Director General de Recursos Humanos; Director General de Recursos Financieros; los Jefes de Unidad de Administración de Personal; y de Prestaciones y Administración de Riesgos; así como los Delegados Administrativos Regionales. VI. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Para los efectos del presente Manual, se entenderá por: Catálogo.- Catálogo de Puestos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación; instrumento técnico-administrativo que contiene, entre otros aspectos, la descripción clara de todos los puestos que integran su estructura de organización. Instancias.- Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. ISSSTE.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Ley Orgánica.- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Nivel salarial.- Escala de sueldos relativa a cada uno de los puestos contenidos en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones. Órganos de Gobierno.- Máxima autoridad en materia administrativa facultada para tomar decisiones de su competencia, siendo: el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal. PEF.- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente. Plaza.- Posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de una persona servidora pública a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente. Puesto.- Unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de funciones que deben realizarse y aptitudes que se requieren para su ocupación, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad. Rango.- Ubicación del nombramiento en el puesto correspondiente, considerando diversos factores que inciden en el monto de sus percepciones. SAR.- Sistema de Ahorro para el Retiro. Servidores Públicos.- Personas que desempeñan un empleo en el Poder Judicial de la Federación. Tabulador.- Tabulador General de Sueldos y Prestaciones, es el instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por nivel salarial las percepciones ordinarias, para los puestos genéricos de cada una de las Instancias del Poder Judicial de la Federación. Se conforma por los conceptos de: Sueldo Base, Compensaciones Garantizada(s) o de Apoyo y Prestaciones Nominales. VII. SISTEMA DE PERCEPCIONES.- Conjunto de conceptos que conforman el total de ingresos monetarios, prestaciones y beneficios que reciben las personas servidoras públicas por sus servicios prestados en el Poder Judicial de la Federación. Se conforma por: 1. Sueldo Base.- Remuneración mensual que se asigna a cada puesto. 2. Compensación Garantizada o de Apoyo.- Asignación que se otorga a las personas servidoras públicas de mando superior, medio y personal operativo de manera regular y fija, en función del nivel salarial autorizado en los tabuladores del Poder Judicial de la Federación. 3. Sueldo Básico.- Sueldo base más la compensación garantizada o de apoyo que refleja el tabulador. 4. Prestaciones Nominales.- Son las que se encuentran en el tabulador de sueldos, diferentes al sueldo básico. 5. Sueldo Tabular.- Total de percepciones fijas que refleja el Tabulador. 6. Percepciones Ordinarias.- Es el pago mensual que se cubre a las personas servidoras públicas por el desempeño de sus funciones, y que resulta de la suma aritmética de los montos que integran el sueldo tabular. 7. Percepciones Extraordinarias.- Pagos que se otorgan de manera excepcional a las personas servidoras públicas los cuales deberán autorizarse por sus respectivos Órganos de Gobierno. 8. Prestaciones.- Beneficios que se otorgan a las personas servidoras públicas, previstos en las Condiciones Generales de Trabajo de las tres instancias y demás ordenamientos aplicables, en relación directa con el sueldo y/o en razón del puesto. En los casos de los numerales: 8.3.1; 8.3.2; 8.3.4; 8.3.5; 8.3.6; 8.3.7; 8.3.8; 8.3.9 y 8.3.10, no son aplicables a Ministras y Ministros, Consejeras y Consejeros, así como a Magistradas y Magistrados de Sala Superior. Así mismo, los casos de los numerales 8.1.2; 8.2.3; 8.2.5 y 8.2.6, no son aplicables a Ministras y Ministros. 8.1. Seguros.- Beneficios que se otorgan a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, establecidos en consideración a las necesidades de estos, con el fin de coadyuvar a su estabilidad económica y al bienestar de su familia. Estos seguros los protegen en materia de vida, retiro, incapacidad e invalidez total y permanente, gastos médicos mayores y de separación individualizado. 8.1.1. Seguro de Vida Institucional.- Beneficio que tiene por objeto cubrir los siniestros de fallecimiento o de incapacidad e invalidez total y permanente de las personas servidoras públicas, con lo que se contribuye a su seguridad o la de su familia. La suma asegurada básica es equivalente a 40 meses de sueldo básico, con opción a potenciación de hasta 108 meses, con cargo a la persona servidora pública. 8.1.2. Seguro Colectivo de Retiro.- Beneficio económico en favor de las personas servidoras públicas que se retiren o se jubilen en los términos que establece la Ley del ISSSTE, para hacer frente a las contingencias inherentes a la separación del servicio. Se otorga una suma asegurada de hasta veinticinco mil pesos, de acuerdo con los años de servicio y edad. 8.1.3. Seguro de Gastos Médicos Mayores.- Beneficio que se otorga a las personas servidoras públicas, así como a su cónyuge, concubina o concubinario, o pareja del mismo sexo (por matrimonio civil o cualquier figura reconocida por la legislación civil) y/o hijos solteros menores de veinticinco años, ante la eventualidad de un accidente o enfermedad cubierta que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización. La suma asegurada básica es hasta de 333 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) mensuales vigentes, con opción de incremento hasta una suma asegurada de 15,000 UMAS mensuales vigentes, con cargo a la persona servidora pública. 8.1.4. Seguro de Separación Individualizado.- Beneficio establecido en favor de las personas servidoras públicas de mando medio y superior, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio; tiene la finalidad de proporcionar una seguridad económica y preservar el ingreso de éstos, en tanto se reincorporan, en su caso, al mercado laboral ante la eventualidad de su separación del servicio público por cualquier causa. El Poder Judicial de la Federación aportará por cuenta y en nombre de la persona servidora pública una prima neta igual al 2%, 4%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico. 8.2. Prestaciones Económicas.- Las que reciben las personas servidoras públicas conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como los acuerdos que establezcan los Órganos de Gobierno cuyas previsiones deberán estar contempladas en el Presupuesto de Egresos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación. Las prestaciones económicas consisten en: 8.2.1. Aguinaldo.- Cantidad que se otorga por derecho constitucional a las personas servidoras públicas al finalizar el año vigente en los términos que para tal efecto establezcan los Órganos de Gobierno. 8.2.2. Ayuda de Gastos Funerarios.- Prestación de carácter económico que se otorga a los beneficiarios para sufragar los gastos por concepto de sepelio, inhumación o cremación con motivo del fallecimiento de la persona servidora pública, por un monto equivalente a treinta y cinco mil pesos. 8.2.3. Ayuda por Incapacidad Médica Permanente.- Beneficio económico que se confiere a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación cuando se acredite mediante dictamen médico del ISSSTE, la invalidez o incapacidad médica permanente, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos. 8.2.4. Estímulo por Antigüedad.- Asignaciones por concepto de antigüedad en beneficio de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.2.5. Estímulo por Jubilación.- Asignación que se confiere a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, por un monto equivalente a treinta mil pesos netos. 8.2.6. Licencia Prejubilatoria.- Otorgamiento de una licencia con goce de sueldo tabular, sin perjuicio de las demás prestaciones y remuneraciones a que tengan derecho las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, por un periodo de dos meses, que se les confiere con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, como reconocimiento a las labores prestadas. 8.2.7. Pago de Defunción.- Prestación de carácter económico para contribuir al bienestar de los beneficiarios de la persona servidora pública con motivo del fallecimiento de ésta. El importe para pagos de defunción será de cuatro meses del último sueldo bruto tabular que hubiere percibido la persona servidora pública fallecida, más quinquenios. 8.2.8. Prima Vacacional.- Importe equivalente al 50% de 10 días de sueldo básico, se otorgará en cada uno de los dos periodos vacacionales, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos. 8.2.9. Prima Quinquenal.- Pago que se otorga a las personas servidoras públicas de manera quincenal en razón de su antigüedad, por cada cinco años de servicios efectivos prestados en el Gobierno Federal, hasta llegar a veinticinco años, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.2.10. Vacaciones.- Las vacaciones son un derecho de todas las personas servidoras públicas que tengan más de seis meses consecutivos de servicios en el Poder Judicial de la Federación, quienes podrán disfrutar de dos periodos anuales con base en lo establecido en los artículos 139, 140, 141 y 142 en relación con el 204, así como el 206, todos de la Ley Orgánica. En el caso del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, durante los años de proceso electoral federal o durante los períodos de procesos electorales federales extraordinarios, las vacaciones podrán diferirse o pagarse de acuerdo con la elección de la persona servidora pública. En ningún caso se podrán acumular las vacaciones correspondientes a más de dos años. 8.3. Otras Prestaciones.- Percepciones en beneficio de la economía de las personas servidoras públicas. Se establecen de acuerdo con el puesto y nivel salarial y se conforman por las prestaciones que se señalan a continuación, cuyo otorgamiento se realiza atendiendo a las normas, lineamientos, montos y periodicidad aprobados por los Órganos de Gobierno. 8.3.1. Asignaciones Adicionales.- Prestación de carácter general con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida individual y familiar, además de fomentar la cultura del ahorro entre las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno a través de Acuerdos Generales y Específicos. 8.3.2. Ayuda al Personal Operativo.- Beneficio económico anual mediante el cual se reconocen las labores de todo el personal operativo. Se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.3.3. Pago por Riesgo.- Cantidad que se otorga a las personas servidoras públicas de mando del Poder Judicial de la Federación, dada la naturaleza, complejidad y responsabilidad de las funciones que tienen encomendadas, que se confiere de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.3.4. Ayuda por Jornadas Electorales.- Compensación extraordinaria que se otorga a las personas servidoras públicas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en retribución al desahogo de cargas de trabajo en exceso o adicionales a sus jornadas y horarios ordinarios durante los procesos electorales federales y locales, que incluye jornadas nocturnas y guardias en sábados, domingos y días festivos, cuyo pago se fundamenta en el artículo 207 de la Ley Orgánica. Sus montos estarán determinados por la disponibilidad presupuestal existente y dependiendo de la autorización expresa de su Órgano de Gobierno. 8.3.5. Ayuda de Despensa.- Beneficio económico anual para las personas servidoras públicas con el fin de coadyuvar a solventar sus gastos de fin de año, se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.3.6. Estímulo Día de la Madre.- Beneficio económico anual a las servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.3.7. Estímulo Día del Padre.- Beneficio económico anual a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno. 8.3.8. Fondo de Reserva Individualizado.- Beneficio establecido en favor de las personas servidoras públicas de nivel operativo, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio, teniendo como finalidad fomentar el ahorro. El Poder Judicial de la Federación realizará aportaciones ordinarias por cuenta y en nombre de la persona servidora pública por un monto neto igual al 2%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico. 8.3.9. Pago de Horas Extraordinarias.- Con excepción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tratándose del pago de horas extras se tomará en cuenta que de la interpretación de lo previsto en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la duración máxima de la jornada diurna semanal es de cuarenta horas. El pago de horas extraordinarias, así como de la prima dominical está condicionado a que se autorice por cada uno de los Órganos de Gobierno conforme al procedimiento que los mismos establezcan. 8.3.10. Apoyos a la Capacitación.- Prestación para la capacitación orientada al desarrollo personal o profesional de las personas servidoras públicas, de conformidad con las disposiciones que para su otorgamiento determinen los Órganos de Gobierno de cada Instancia. 9. Prestaciones de Seguridad Social.- Beneficios que reciben las personas servidoras públicas de conformidad con la Ley del ISSSTE. VIII. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN Son aquellos acuerdos específicos que emiten los Órganos de Gobierno, así como los lineamientos y manuales de procedimientos autorizados por los mismos. IX. INTERPRETACIÓN Los Órganos de Gobierno de cada Instancia serán los facultados para interpretar, modificar o complementar el contenido del presente Manual. Atentamente Ciudad de México, a 9 de febrero de dos mil veintitrés.- Secretario Administrativo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Maestro Oscar Santiago Sánchez.- Rúbrica.- Secretario Ejecutivo de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, Doctor Diego Gutiérrez Morales.- Rúbrica.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Maestro Héctor De la Cruz Ostos.- Rúbrica. ANEXO 2 PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO (cifras en pesos) DESCRIPCIÓN | NIVEL | SUELDOS Y SALARIOS | Mínimo | Medio | Máximo | MINISTRO (De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional) | 1 | | | 206,948 | SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA, COORDINADOR GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA, OFICIAL MAYOR, CONTRALOR | 2 | | | 127,420 | COORDINADOR | 3 | | | 126,165 | SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS | 4 | | | 125,779 | DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE UNIDAD GENERAL, SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR DE PONENCIA, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR | 5 | | | 124,337 | SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA | 6 | | | 124,709 | SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA), SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA | 7 | 115,639 | | 122,819 | SECRETARIO DE ENLACE Y COORDINACIÓN | 8 | | | 121,227 | SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR | 107,038 | 110,749 | 121,227 | SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO | 9 | 91,166 | 100,116 | 104,312 | SUBDIRECTOR GENERAL | 10 | 84,714 | 96,865 | 111,785 | ASESOR, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I, DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I | 11 | 86,615 | 96,875 | 111,785 | SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES | 12 | 88,225 | | 111,785 | INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL | 13 | 89,612 | 96,865 | 104,496 | SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA | 14 | | | 86,615 | SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA | 15 | 59,839 | 68,782 | 80,490 | DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE COMITES | 16 | 44,177 | 59,839 | 80,490 | COORDINADOR ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR II, SECRETARIO AUXILIAR II | 17 | 44,177 | 53,819 | 66,079 | SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS | 18 | 44,177 | 53,819 | 66,037 | ACTUARIO | 19 | 39,798 | 42,984 | 48,685 | ASISTENTE DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO | 20 | 33,153 | 39,798 | 48,246 | SUBDIRECTOR DE AREA | 21 | 44,177 | | 48,246 | ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR | 22 | 37,229 | | 38,808 | JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR | 23 | | | 41,498 | TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA | 24 | 31,686 | 36,804 | 41,119 | PROFESIONAL OPERATIVO | 25 | 27,766 | 33,114 | 41,119 | AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS | 26 | 34,011 | 35,177 | 37,188 | SECRETARIA | 27 | 17,831 | 24,840 | 34,159 | TECNICO EN SEGURIDAD | 28 | 20,097 | 27,783 | 34,158 | TECNICO OPERATIVO | 29 | 17,831 | 27,807 | 34,158 | CHOFER DE SERVICIOS | 30 | 16,686 | 24,834 | 34,158 | TECNICO EN PREVISION SOCIAL, TECNICO EN ALIMENTOS | 31 | 16,686 | 24,787 | 34,158 | TECNICO ADMINISTRATIVO | 32 | 17,831 | 27,883 | 31,686 | OFICIAL DE SERVICIOS | 33 | 15,125 | 16,686 | 17,831 | ANEXO 2 PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETOS ANUALES (cifras en pesos) DESCRIPCIÓN | NIVEL | AGUINALDO - PRIMA VACACIONAL | PAGO POR RIESGO | ASIGNACIONES ADICIONALES | Mínimo | Medio | Máximo | Mínimo | Medio | Máxim o | MINISTRO (De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional) | 1 | | | 445,309 | 416,754 | | | | SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA, COORDINADOR GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA, OFICIAL MAYOR, CONTRALOR | 2 | | | 265,350 | | | | 349,442 | COORDINADOR | 3 | | | 263,050 | | | | 345,520 | SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS | 4 | | | 262,142 | | | | 344,363 | DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE UNIDAD GENERAL, SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR DE PONENCIA, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR | 5 | | | 259,525 | | | | 340,037 | SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA | 6 | | | 255,741 | | | | 341,153 | SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA) , SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA | 7 | 232,255 | | 251,292 | | 313,941 | | 335,482 | SECRETARIO DE ENLACE Y COORDINACIÓN | 8 | | | 247,545 | | | | 330,705 | SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR | 220,746 | 221,039 | 247,545 | | 289,761 | 299,271 | 330,705 | SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO | 9 | 177,419 | 195,722 | 205,895 | | 241,339 | 267,373 | 279,960 | SUBDIRECTOR GENERAL | 10 | 162,564 | 190,071 | 223,185 | | 223,120 | 257,620 | 302,380 | ASESOR, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I, DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I | 11 | 172,583 | 197,118 | 223,185 | | 229,404 | 259,270 | 302,380 | SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES | 12 | 168,481 | | 223,185 | | 233,034 | | 302,380 | INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL | 13 | 179,341 | 190,071 | 206,031 | | 237,865 | 257,620 | 280,514 | SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA | 14 | | | 172,583 | | | | 229,404 | SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA | 15 | 114,686 | 133,708 | 159,907 | | 156,401 | 180,164 | 212,533 | DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE COMITES | 16 | 79,559 | 114,686 | 159,907 | | 113,734 | 156,401 | 212,533 | COORDINADOR ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR II, SECRETARIO AUXILIAR II | 17 | 79,559 | 101,343 | 127,762 | | 113,734 | 140,411 | 172,982 | SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS | 18 | 79,559 | 101,343 | 127,670 | | 113,734 | 140,411 | 172,871 | ACTUARIO | 19 | 70,281 | 76,938 | 89,698 | | 102,207 | 110,365 | 126,491 | ASISTENTE DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO | 20 | 57,195 | 70,281 | 88,923 | | 85,739 | 102,207 | 125,241 | SUBDIRECTOR DE AREA | 21 | 79,559 | | 88,923 | | 113,734 | | 125,241 | ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR | 22 | 65,112 | | 67,893 | | 95,323 | | 99,204 | JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR | 23 | | | 73,621 | | | | 106,177 | TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA | 24 | 54,922 | 64,582 | 73,010 | | 81,481 | 94,201 | 104,813 | PROFESIONAL OPERATIVO | 25 | 46,210 | 57,886 | 73,010 | | 71,926 | 85,038 | 104,813 | AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS | 26 | 58,985 | 61,375 | 65,293 | | 87,243 | 90,146 | 95,156 | SECRETARIA | 27 | 27,366 | 40,854 | 60,055 | | 46,315 | 65,077 | 87,642 | TECNICO EN SEGURIDAD | 28 | 31,769 | 46,321 | 60,036 | | 52,688 | 71,965 | 87,636 | TECNICO OPERATIVO | 29 | 27,366 | 46,394 | 60,036 | | 46,315 | 72,022 | 87,636 | CHOFER DE SERVICIOS | 30 | 24,668 | 40,810 | 60,036 | | 43,011 | 65,062 | 87,636 | TECNICO EN PREVISION SOCIAL, TECNICO EN ALIMENTOS | 31 | 24,668 | 40,584 | 60,036 | | 43,011 | 64,953 | 87,636 | TECNICO ADMINISTRATIVO | 32 | 27,366 | 46,258 | 54,922 | | 46,315 | 72,199 | 81,481 | OFICIAL DE SERVICIOS | 33 | 21,781 | 24,668 | 27,366 | | 38,885 | 43,011 | 46,315 | ANEXO 2 PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO (cifras en pesos) DESCRIPCIÓN | NIVEL | SUELDOS Y SALARIOS | Mínimo | Medio | Máximo | CONSEJERA/ CONSEJERO | 2 | | | 206,948 | TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR | 3 | | | 122,549 | VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL A | 5 | | | 122,104 | MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO | 6 | | | 152,482 | TITULAR DE UNIDAD | 6A | | | 122,655 | VOCAL, | 6B | | | 122,566 | SECRETARIA EJECUTIVA/ SECRETARIO EJECUTIVO, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ASESORAS(ES), | SECRETARIA/ SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL | COORDINADORA ACADÉMICA/ COORDINADOR ACADÉMICO, | 7A | | | 122,348 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE SEGURIDAD | JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO | 7 | | | 139,161 | SECRETARIA TÉCNICA COORDINADORA/ SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERA(O) | 8A | | | 122,029 | DIRECTORA/ DIRECTOR GENERAL, | 8 | | | 122,196 | COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL | SECRETARIA TÉCNICA/ SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERA(O) | 9B | 111,444 | 118,389 | | SECRETARIA TÉCNICA AA/ SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISIÓN PERMANENTE | 9C | 107,750 | 113,554 | | TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA | 9 | | | 113,804 | VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL B | 10 | | | 112,186 | REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF, | 11 | 97,618 | | 105,266 | REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF, | SECRETARIA TÉCNICA A/ SECRETARIO TÉCNICO A | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ÁREAS, | 12 | 81,857 | 87,717 | 93,682 | ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL A, | ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR DE CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL | RESPONSABLE DE ARCHIVOS JUDICIALES | 12A | | | 80,985 | SECRETARIA/ SECRETARIO DE TRIBUNAL, | 13A | | | 78,627 | ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA, | DELEGADA/ DELEGADO, | SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE TRIBUNAL | EVALUADORA/ EVALUADOR | 13B | | | 76,178 | ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZA/ JUEZ DE CONTROL O JUEZA/ JUEZ DE ENJUICIAMIENTO, | 13C | | | 72,705 | SECRETARIA/ SECRETARIO DE JUZGADO, | SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE JUZGADO, | SECRETARIA/ SECRETARIO DE INSTRUCCIÓN DE LOS JUZGADOS LABORALES | SUPERVISORA/ SUPERVISOR, | 13 | | | 70,013 | DIRECTORA/ DIRECTOR DE ÁREA, | SECRETARIA/ SECRETARIO DE APOYO B | ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL | 14 | | 56,862 | 70,013 | SECRETARIA/ SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF, | 15 | | | 67,212 | ASESORA ESPECIALIZADA/ ASESOR ESPECIALIZADO, | COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO | SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR | 16 | | | 66,732 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE GESTIÓN | DEFENSORA PÚBLICA/ DEFENSOR PÚBLICO | 16A | | | 64,106 | ASESORA JURÍDICA/ ASESOR JURÍDICO | ASESORA/ ASESOR | 20 | 49,212 | 53,623 | 56,862 | COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO DE PROYECTOS | LIDERESA/ LÍDER DE PROYECTO, | COORDINADORA TÉCNICA/ COORDINADOR TÉCNICO, | DIRECTORA/ DIRECTOR DE CENDI | DELEGADA ADMINISTRATIVA/ DELEGADO ADMINISTRATIVO | 20A | | 42,730 | 49,212 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE ARCHIVOS JUDICIALES | 21B | | 40,170 | 48,717 | SUBDIRECTORA/ SUBDIRECTOR DE ÁREA, | 21 | 38,754 | 42,730 | 47,053 | JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A, | JEFA/JEFE DE UNIDAD DE NOTIFICADORES COMÚN, | COORDINADORA TÉCNICA A/ COORDINADOR TÉCNICO A, | ACTUARIA/ ACTUARIO JUDICIAL, | ACTUARIA/ACTUARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF | PERITA/ PERITO MÉDICO | SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO, | 21A | | | 37,174 | SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES, | 21C | 31,397 | 32,167 | 36,786 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE PROTECCIÓN CIVIL, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE MANTENIMIENTO DEL CENTRO ARCHIVISTICO JUDICIAL | JEFA/ JEFE DE DEPARTAMENTO, | 24 | 31,334 | 32,269 | 33,059 | JEFA/ JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL, | JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B, | AUDITORA/ AUDITOR, | DICTAMINADORA/ DICTAMINADOR, | COORDINADORA TÉCNICA B/ COORDINADOR TÉCNICO B, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD | COORDINADORA TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 24A | | 31,652 | 32,363 | PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO | 25A | 27,757 | | | PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO | 25A M1 | | | 30,936 | PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO | 25A M2 | | 28,307 | | SECRETARIA/ SECRETARIO | 25B | 24,831 | 30,936 | | TAQUÍGRAFA/ TAQUÍGRAFO JUDICIAL PARLAMENTARIA(O), | 25 | | | 30,521 | TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC, | ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE, | JEFA/ JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD, | OFICIAL JUDICIAL A | AUXILIAR DE ACTUARIA/ ACTUARIO, | 26 | | | 28,841 | NOTIFICADORA/NOTIFICADOR DE UNC | AUXILIAR DE SALA, | OFICIAL JUDICIAL B | TÉCNICA/ TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL | 27A | | 20,097 | 27,757 | OFICIAL JUDICIAL D | OFICIAL ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO, | 27 | | | 27,228 | OFICIAL DE PARTES, | ANALISTA ESPECIALIZADA/ ESPECIALIZADO, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN, | ENFERMERA ESPECIALIZADA/ ENFERMERO ESPECIALIZADO, | EDUCADORA/ EDUCADOR, | OFICIAL JUDICIAL C, | TÉCNICA/ TÉCNICO EN SEGURIDAD | 28A | 20,097 | 21,409 | 24,775 | SECRETARIA EJECUTIVA A/ SECRETARIO EJECUTIVO A, | 28 | | | 24,338 | AUXILIAR DE EDUCACIÓN, | CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE FUNCIONARIA/ FUNCIONARIO, | CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE SERVICIOS, | OFICIAL DE SEGURIDAD, | PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS CENDI, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO A, | TÉCNICA OPERATIVA/ TÉCNICO OPERATIVO | 28B | 17,831 | 20,117 | 22,463 | ANALISTA A | 29A | | | 20,091 | SECRETARIA A/ SECRETARIO A, | 29 | | | 19,708 | ANALISTA | TÉCNICA ESPECIALIZADA/ TÉCNICO ESPECIALIZADO, | 30 | | | 19,111 | TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ TÉCNICO ADMINISTRATIVO, | OFICIAL JUDICIAL E | ANALISTA ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO | 31 | | | 18,461 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, | 32 | | 16,182 | 17,432 | PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO B, | OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO | CONDUCTORA/ CONDUCTOR | 33A | | | 16,686 | OFICIAL DE SERVICIOS | 33B | | 15,125 | 15,537 | ANEXO 2 PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETA (cifras en pesos) DESCRIPCIÓN | NIVEL | AGUINALDO - PRIMA VACACIONAL | PAGO POR RIESGO | ASIGNACIONES ADICIONALES | Mínimo | Medio | Máximo | Mínimo | Medio | Máxim o | CONSEJERA/ CONSEJERO | 2 | | | 445,309 | 416,754 | | | | TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR | 3 | | | 257,370 | | | | 350,839 | VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL A | 5 | | | 256,322 | | | | 349,504 | MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO | 6 | | | 291,374 | 474,591 | | | | TITULAR DE UNIDAD | 6A | | | 251,735 | | | | 348,607 | VOCAL, | 6B | | | 245,952 | | | | 346,186 | SECRETARIA EJECUTIVO/ SECRETARIO EJECUTIVO, | | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ASESORAS(ES), | | SECRETARIA/ SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL | | COORDINADORA ACADÉMICA/ COORDINADOR ACADÉMICO, | 7A | | | 240,073 | | | | 343,543 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE SEGURIDAD | | JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO | 7 | | | 261,648 | 424,553 | | | | SECRETARIA TÉCNICA COORDINADORA/ SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERA(O) | 8A | | | 233,038 | | | | 341,209 | DIRECTORA/ DIRECTOR GENERAL, | 8 | | | 225,367 | | | | 338,955 | COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL | SECRETARIA TÉCNICA/ SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERA(O) | 9B | 209,320 | 213,094 | | | 315,899 | 336,733 | | SECRETARIA TÉCNICA AA/ SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISIÓN PERMANENTE | 9C | 209,320 | 209,407 | | | 304,817 | 322,229 | | TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA | 9 | | | 207,127 | | | | 321,735 | VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL B | 10 | | | 219,758 | | | | 301,603 | REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF, | 11 | 185,957 | | 200,638 | | 257,057 | | 279,802 | REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF, | SECRETARIA TÉCNICA A/ SECRETARIO TÉCNICO A | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ÁREAS, | 12 | 157,256 | 169,299 | 180,710 | | 215,089 | 231,636 | 248,479 | ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL A, | ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR DE CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL | RESPONSABLE DE ARCHIVOS JUDICIALES | 12A | | | 160,156 | | | | 212,626 | SECRETARIA/ SECRETARIO DE TRIBUNAL, | 13A | | | 150,871 | | | | 205,969 | ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA, | DELEGADA/ DELEGADO, | SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE TRIBUNAL | EVALUADORA/ EVALUADOR | 13B | | | 146,243 | | | | 199,055 | ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZA/ JUEZ DE CONTROL O JUEZA/ JUEZ DE ENJUICIAMIENTO, | 13C | | | 138,554 | | | | 189,538 | SECRETARIA/ SECRETARIO DE JUZGADO, | SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE JUZGADO, | SECRETARIA/ SECRETARIO DE INSTRUCCIÓN DE LOS JUZGADOS LABORALES | SUPERVISORA/ SUPERVISOR, | 13 | | | 131,465 | | | | 182,384 | DIRECTORA/ DIRECTOR DE ÁREA, | SECRETARIA/ SECRETARIO DE APOYO B | ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL | 14 | | 103,871 | 131,465 | | | 147,439 | 182,384 | SECRETARIA/ SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF, | 15 | | | 125,572 | | | | 174,942 | ASESORA ESPECIALIZADA/ ASESOR ESPECIALIZADO, | COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO | SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR | 16 | | | 124,562 | | | | 173,667 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE GESTIÓN | DEFENSORA PÚBLICA/ DEFENSOR PÚBLICO | 16A | | | 113,849 | | | | 166,689 | ASESORA JURÍDICA/ ASESOR JURÍDICO | ASESORA/ ASESOR | 20 | 87,315 | 96,842 | 103,871 | | 126,734 | 138,833 | 147,439 | COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO DE PROYECTOS | LIDERESA/ LÍDER DE PROYECTO, | COORDINADORA TÉCNICA/ COORDINADOR TÉCNICO, | DIRECTORA/ DIRECTOR DE CENDI | DELEGADA ADMINISTRATIVA/ DELEGADO ADMINISTRATIVO | 20A | | 73,305 | 87,315 | | | 108,586 | 126,734 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE ARCHIVOS JUDICIALES | 21B | | 70,633 | 88,923 | | | 102,603 | 125,336 | SUBDIRECTORA/ SUBDIRECTOR DE ÁREA, | 21 | 66,080 | 73,305 | 82,513 | | 99,075 | 108,586 | 120,629 | JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A, | JEFA/JEFE DE UNIDAD DE NOTIFICADORES COMÚN, | COORDINADORA TÉCNICA A/ COORDINADOR TÉCNICO A, | ACTUARIA/ ACTUARIO JUDICIAL, | ACTUARIA/ACTUARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF | PERITA/ PERITO MÉDICO | SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO, | 21A | | | 62,856 | | | | 95,139 | SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO | COORDINADORA/ COORDINADOR DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES, | 21C | 54,720 | 55,723 | 64,511 | | 80,834 | 82,664 | 94,172 | COORDINADORA/ COORDINADOR DE PROTECCIÓN CIVIL, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE MANTENIMIENTO DEL CENTRO ARCHIVISTICO JUDICIAL | JEFA/ JEFE DE DEPARTAMENTO, | 24 | 52,430 | 54,190 | 55,623 | | 80,588 | 82,919 | 84,885 | JEFA/ JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL, | JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B, | AUDITORA/ AUDITOR, | DICTAMINADORA/ DICTAMINADOR, | COORDINADORA TÉCNICA B/ COORDINADOR TÉCNICO B, | COORDINADORA/ COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD | COORDINADORA TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 24A | | 52,906 | 54,177 | | | 81,379 | 83,152 | PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO | 25A | 46,252 | | | | 71,915 | | | PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO | 25A M1 | | | 53,364 | | | | 79,610 | PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO | 25A M2 | | 46,367 | | | | 73,203 | | SECRETARIA/ SECRETARIO | 25B | 40,878 | 53,364 | | | 65,066 | 79,610 | | TAQUÍGRAFA/ TAQUÍGRAFO JUDICIAL PARLAMENTARIA(O), | 25 | | | 51,555 | | | | 78,562 | TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC, | ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE, | JEFA/ JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD, | OFICIAL JUDICIAL A | AUXILIAR DE ACTUARIA/ ACTUARIO, | 26 | | | 45,040 | | | | 74,453 | NOTIFICADORA/NOTIFICADOR DE UNC | AUXILIAR DE SALA, | OFICIAL JUDICIAL B | TÉCNICA/ TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL | 27A | | 31,770 | 46,252 | | | 52,688 | 71,915 | OFICIAL JUDICIAL D | OFICIAL ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO, | 27 | | | 45,128 | | | | 70,676 | OFICIAL DE PARTES, | ANALISTA ESPECIALIZADA/ ESPECIALIZADO, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN, | ENFERMERA ESPECIALIZADA/ ENFERMERO ESPECIALIZADO, | EDUCADORA/ EDUCADOR, | OFICIAL JUDICIAL C, | TÉCNICA/ TÉCNICO EN SEGURIDAD | 28A | 31,770 | 32,778 | 40,584 | | 52,688 | 56,312 | 64,935 | SECRETARIA EJECUTIVA A/ SECRETARIO EJECUTIVO A, | 28 | | | 39,437 | | | | 63,911 | AUXILIAR DE EDUCACIÓN, | CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE FUNCIONARIA/ FUNCIONARIO, | CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE SERVICIOS, | OFICIAL DE SEGURIDAD, | PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS CENDI, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO A, | TÉCNICA OPERATIVA/ TÉCNICO OPERATIVO | 28B | 27,366 | 31,927 | 36,170 | | 46,316 | 52,776 | 59,298 | ANALISTA A | 29A | | | 31,638 | | | | 52,638 | SECRETARIA A/ SECRETARIO A, | 29 | | | 30,576 | | | | 51,488 | ANALISTA | TÉCNICA ESPECIALIZADA/ TÉCNICO ESPECIALIZADO, | 30 | | | 29,381 | | | | 49,781 | TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ TÉCNICO ADMINISTRATIVO, | OFICIAL JUDICIAL E | ANALISTA ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO | 31 | | | 28,101 | | | | 47,957 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, | 32 | | 23,377 | 26,064 | | | 41,563 | 45,051 | PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS, | TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO B, | OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO | CONDUCTORA/ CONDUCTOR | 33A | | | 24,677 | | | | 43,011 | OFICIAL DE SERVICIOS | 33B | | 21,808 | 22,198 | | | 38,885 | 39,874 | ANEXO 2 PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA NETOS MENSUALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS (cifras en pesos) DESCRIPCIÓN | NIVEL | SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL | MÍNIMO | MEDIO | MÁXIMO | MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR | 1 | | | 201,973 | MAGISTRADO DE SALA REGIONAL | 3 | | | 152,240 | SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO, COORDINADOR GENERAL DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA | 4 | | | 124,640 | SECRETARIO INSTRUCTOR, SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS | 5 | | | 123,071 | SECRETARIO TÉCNICO DE LA PRESIDENCIA, DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL, VISITADOR, CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F., DIRECTOR DE LA ESCUELA JUDICIAL ELECTORAL, SECRETARIO TÉCNICO DE ESTUDIOS Y JUSTICIA ABIERTA | 6 | | | 121,565 | SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA | 7 | 85,563 | 105,540 | 113,285 | SECRETARIO DE TESIS | 8 | | | 102,253 | JEFE DE UNIDAD, SECRETARIO TÉCNICO DE COMISIONADO, SECRETARIO TÉCNICO DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO | 9 | 77,138 | 88,741 | 102,253 | SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR | 10 | | | 100,677 | SECRETARIO TÉCNICO DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I, DICTAMINADOR | 11 | 79,175 | 82,029 | 89,025 | SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES, TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS | 12 | 71,708 | 79,681 | 90,860 | SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES, DEFENSOR, DELEGADO ADMINISTRATIVO | 13 | 55,358 | 63,275 | 74,565 | PROFESOR INVESTIGADOR II | 14 | | | 61,315 | SECRETARIO DE APOYO, CAPACITADOR, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC`S, COMUNICÓLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, INVESTIGADOR, AUDITOR ESPECIALIZADO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I | 15 | 40,979 | 49,627 | 58,558 | SECRETARIO AUXILIAR | 16 | | | 45,826 | ACTUARIO | 17 | | | 45,179 | SUBDIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL REGIONAL, TITULAR DE OFICIALÍA DE PARTES REGIONAL, TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS REGIONAL, COORDINADOR ADMINISTRATIVO II | 18 | 36,570 | 40,979 | 44,705 | ACTUARIO REGIONAL, SECRETARIO DE APOYO JURÍDICO REGIONAL | 19 | | | 40,896 | AUXILIAR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO, AUDITOR ADMINISTRATIVO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO III | 20 | 30,039 | 33,050 | 34,930 | AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS, DISEÑADOR WEB, ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR | 21 | 30,039 | 31,440 | 33,050 | PROFESIONAL OPERATIVO | 22 | 25,523 | 29,469 | 33,377 | SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA | 23 | 28,638 | 30,307 | 33,299 | SECRETARIA | 24 | 18,796 | 21,974 | 28,947 | TÉCNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR, OFICIAL DE PARTES REGIONAL | 25 | 17,789 | 24,779 | 28,948 | TÉCNICO EN ALIMENTOS, OFICIAL | 26 | 14,636 | 17,789 | 24,779 | TÉCNICO EN PREVISIÓN SOCIAL | 27 | 16,314 | 17,789 | 21,974 | OFICIAL DE APOYO, CHOFER DE SERVICIOS | 28 | 14,636 | 17,789 | 21,974 | OFICIAL DE SERVICIOS | 29 | 13,475 | 14,636 | 15,674 | ANEXO 2 PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA NETOS ANUALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS (cifras en pesos) DESCRIPCIÓN | NIVEL | AGUINALDO - PRIMA VACACIONAL | PAGO POR RIESGO | ASIGNACIONES ADICIONALES | MÍNIMO | MEDIO | MÁXIMO | MÍNIMO | MEDIO | MÁXIM O | MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR | 1 | | | 445,440 | 385,406 | | | | MAGISTRADO DE SALA REGIONAL | 3 | | | 313,646 | 431,957 | | | | SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO, COORDINADOR GENERAL DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA | 4 | | | 275,215 | | | | 347,754 | SECRETARIO INSTRUCTOR, SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS | 5 | | | 271,521 | | | | 343,045 | SECRETARIO TÉCNICO DE LA PRESIDENCIA, DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL, VISITADOR, CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F., DIRECTOR DE LA ESCUELA JUDICIAL ELECTORAL, SECRETARIO TÉCNICO DE ESTUDIOS Y JUSTICIA ABIERTA | 6 | | | 267,978 | | | | 338,529 | SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA | 7 | 172,182 | 218,321 | 236,550 | | 231,735 | 290,455 | 313,692 | SECRETARIO DE TESIS | 8 | | | 210,265 | | | | 280,187 | JEFE DE UNIDAD, SECRETARIO TÉCNICO DE COMISIONADO, SECRETARIO TÉCNICO DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO | 9 | 152,840 | 178,953 | 210,265 | | 207,560 | 240,324 | 280,187 | SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR | 10 | | | 204,854 | | | | 275,458 | SECRETARIO TÉCNICO DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I, DICTAMINADOR | 11 | 162,508 | 168,985 | 184,782 | | 213,314 | 221,373 | 241,128 | SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES, TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS | 12 | 143,143 | 160,706 | 185,032 | | 188,528 | 212,300 | 246,588 | SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES, DEFENSOR, DELEGADO ADMINISTRATIVO | 13 | 107,935 | 126,033 | 150,829 | | 145,301 | 167,564 | 197,973 | PROFESOR INVESTIGADOR II | 14 | | | 120,612 | | | | 161,128 | SECRETARIO DE APOYO, CAPACITADOR, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC`S, COMUNICÓLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, INVESTIGADOR, AUDITOR ESPECIALIZADO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I | 15 | 75,183 | 95,148 | 114,440 | | 105,008 | 130,070 | 153,801 | SECRETARIO AUXILIAR | 16 | | | 86,044 | | | | 118,709 | ACTUARIO | 17 | | | 84,610 | | | | 116,879 | SUBDIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL REGIONAL, TITULAR DE OFICIALÍA DE PARTES REGIONAL, TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS REGIONAL, COORDINADOR ADMINISTRATIVO II | 18 | 66,861 | 75,184 | 83,533 | | 94,564 | 105,009 | 115,536 | ACTUARIO REGIONAL, SECRETARIO DE APOYO JURÍDICO REGIONAL | 19 | | | 74,893 | | | | 104,647 | AUXILIAR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO, AUDITOR ADMINISTRATIVO, COORDINADOR ADMINISTRATIVO III | 20 | 53,970 | 60,341 | 64,438 | | 78,148 | 85,837 | 90,753 | AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS, DISEÑADOR WEB, ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR | 21 | 53,970 | 56,842 | 60,341 | | 78,148 | 81,639 | 85,837 | PROFESIONAL OPERATIVO | 22 | 46,072 | 53,795 | 61,478 | | 67,904 | 77,419 | 87,157 | SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA | 23 | 51,858 | 55,912 | 61,595 | | 75,441 | 79,675 | 87,257 | SECRETARIA | 24 | 32,619 | 39,067 | 53,093 | | 51,767 | 59,756 | 76,294 | TÉCNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR, OFICIAL DE PARTES REGIONAL | 25 | 30,292 | 44,744 | 53,060 | | 48,024 | 66,322 | 76,254 | TÉCNICO EN ALIMENTOS, OFICIAL | 26 | 23,658 | 30,292 | 44,744 | | 38,763 | 48,024 | 66,322 | TÉCNICO EN PREVISIÓN SOCIAL | 27 | 27,080 | 30,292 | 39,067 | | 43,535 | 48,024 | 59,756 | OFICIAL DE APOYO, CHOFER DE SERVICIOS | 28 | 23,658 | 30,292 | 39,067 | | 38,763 | 48,024 | 59,756 | OFICIAL DE SERVICIOS | 29 | 21,600 | 23,658 | 25,784 | | 35,757 | 38,763 | 41,725 | ANEXO 3 PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (CIFRAS EN PESOS) CONCEPTO | IMPORTE | DESCRIPCION | REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE | 2,816,831,543 | | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | | SUELDOS BASE | COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO | PRESTACIONES NOMINALES | PRIMA VACACIONAL | GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO | | REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO | 43,277,917 | | POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRAN UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A: | HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS | REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL | | REMUNERACIONES ADICIONALES | 785,007,718 | | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | | AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO | VESTUARIO* | AYUDA DE DESPENSA* | AYUDA DE ANTEOJOS | INDEMNIZACIONES | PAGO POR RIESGO | ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE* | ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE* | ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD | ESTÍMULO POR JUBILACIÓN* | PRIMA QUINQUENAL | REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS | ASIGNACIONES ADICIONALES* | | EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS | 693,223,403 | | CONTIENE EL PAGO DE: | | DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO | APORTACIONES AL ISSSTE | APORTACIONES AL FOVISSSTE | APORTACIONES AL SEGURO DE CENSANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ | CUOTAS PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS | CUOTAS PARA EL SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO | CUOTAS PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL | CUOTAS PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO | APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO | | PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES | 137,911,642 | | ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR: | | PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LA REMUNERACIONES DE LO SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SCJN | CREACIÓN DE PLAZAS | | OTROS | 197,635,077 | | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | | APOYOS A LA CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS | PRESTACIONES DE RETIRO* | PRESTACIONES MÉDICAS COMPLEMENTARIAS Y DE APOYO ECONÓMICO | | | 4,673,887,300 | | | | | TOTAL PLAZAS OCUPADAS | 3,594 | | | | | TOTAL PLAZAS VACANTES | 142 | | | | | * No son aplicables a Ministros. | | | ANEXO 3 PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL (cifras en pesos) CONCEPTO | IMPORTE | DESCRIPCIÓN | REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE | 37,482,087,742 | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | SUELDO BASE | COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO | PRESTACIONES NOMINALES | PRIMA VACACIONAL | AGUINALDO | REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO | 476,719,739 | POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A: | HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS | REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL | REMUNERACIONES ADICIONALES | 10,957,676,665 | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | AYUDA A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS OPERATIVAS | VESTUARIO | AYUDA DE DESPENSA | AYUDA POR INCAPACIDAD MEDICA PERMANENTE | COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES | PAGO POR RIESGO | ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE | ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE | ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD | ESTÍMULO POR JUBILACIÓN | AYUDA DE TRASLADO | PRIMA QUINQUENAL | PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS | PRIMA DOMINICAL | SERVICIOS DE DOCENCIA | SUBSIDIO DE RENTA A PERSONAS TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES | AYUDA ECONÓMICA PARA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRASLADO DE PERSONAS TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES | ASIGNACIONES ADICIONALES A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS | EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS | 8,154,336,900 | CONTIENE EL PAGO DE: | DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO | APORTACIONES AL ISSSTE | APORTACIONES AL FOVISSSTE | APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ | APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES | SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADO | FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO | APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA | APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO | APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO | PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES | 2,009,996,482 | ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR: | PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PJF. | CREACIÓN DE PLAZAS | OTROS | 562,010,243 | APOYOS A LA CAPACITACION | APOYO DE ANTEOJOS | PRESTACIONES DE RETIRO | | 59,642,827,771 | | | | | TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS | 48,764 | | | | | TOTAL DE PLAZAS VACANTES | 1,172 | | ANEXO 3 PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (cifras en pesos) CONCEPTO | IMPORTE | DESCRIPCIÓN | REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE | 1,523,833,878 | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | SUELDO BASE | COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO | PRESTACIONES NOMINALES | PRIMA VACACIONAL | AGUINALDO | REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO | 81,783,628 | POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A: | REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL * | REMUNERACIONES ADICIONALES | 431,579,442 | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO * | AYUDA PARA VESTUARIO * | AYUDA DE DESPENSA * | PAGO POR RIESGO | ESTIMULO DEL DIA DE LA MADRE * | ESTIMULO DEL DIA DE LA PADRE * | ESTIMULO POR ANTIGÜEDAD | PRIMA QUINQUENAL | AYUDA POR JORNADAS ELECTORALES * | ASIGNACIONES ADICIONALES * | EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS | 311,212,952 | CONTIENE EL PAGO DE: | DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO | APORTACIONES AL ISSSTE | APORTACIONES AL FOVISSSTE | APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ | APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES | SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO | FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO * | APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL | APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO | APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO | PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES | 60,443,029 | ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR: | PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TEPJF | OTROS | 29,363,544 | SE UBICAN LOS PAGOS DE: | PRESTACIONES DE RETIRO * | APOYO A LA CAPACITACIÓN * | APOYO PARA COMEDOR * | APOYO PARA GUARDERÍAS * | | 2,438,216,473 | | | | | TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS | 1,560 | | | | | TOTAL DE PLAZAS VACANTES | 85 | | * NO SON APLICABLES A MAGISTRADOS DE SALA SUPERIOR | | __________________________________
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