ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2024 y principios de 2025

ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2024 y principios de 2025.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES APRUEBA SU CALENDARIO ANUAL DE SESIONES ORDINARIAS Y EL CALENDARIO ANUAL DE LABORES PARA EL AÑO 2024 Y PRINCIPIOS DE 2025.
Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 114, 115 y 116 de la Ley Federal de Competencia Económica; 3 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Estatuto Orgánico), y 69 de las Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se expide el siguiente:
Acuerdo
Primero.- El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones celebrará sesiones ordinarias durante el año 2024, al menos los siguientes días:
10 de enero
24 de enero
7 de febrero
21 de febrero
6 de marzo
20 de marzo
3 de abril
17 de abril
2 de mayo
15 de mayo
29 de mayo
12 de junio
26 de junio
 
10 de julio
7 de agosto
21 de agosto
4 de septiembre
18 de septiembre
2 de octubre
16 de octubre
30 de octubre
13 de noviembre
27 de noviembre
11 de diciembre
 
Lo anterior, sin perjuicio de las demás sesiones ordinarias o extraordinarias que se convoquen en términos de lo dispuesto en el Estatuto Orgánico.
Segundo.- Las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles. Para tal efecto, se consideran hábiles todos los días del año, con excepción de los sábados, domingos y aquéllos en los que se suspendan labores en el Instituto.
Son horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y 18:30 horas de lunes a jueves, y entre las 9:00 y 15:00 horas los viernes, siempre que se trate de días hábiles.
La recepción de documentos en la Oficialía de Partes del Instituto se realizará únicamente en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en Insurgentes Sur, número 1143, colonia Nochebuena, demarcación territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México. El día de vencimiento de los plazos serán admitidas las promociones por transmisión electrónica después de concluido el horario de la Oficialía de Partes, conforme al mecanismo publicado en el portal de internet del Instituto.
Tercero.- Se suspenderán labores en el Instituto los siguientes días del año 2024 y principios de 2025:
5 de febrero
18 de marzo
25 al 29 marzo
1 de mayo
22 al 26 y 29 al 31 de julio, y 1 y 2 de agosto
16 de septiembre
18 de noviembre
19, 20, 23 al 27, 30 y 31 de diciembre
1 al 3 de enero de 2025
Cuarto.- El Pleno, los Titulares de Unidad, el Titular de la Autoridad Investigadora, así como los Directores Generales, podrán habilitar días y horas inhábiles conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Competencia Económica y el Estatuto Orgánico, según corresponda, cuando así lo requiera el asunto.
Quinto.- Para las actuaciones y diligencias relativas al presupuesto para el ejercicio fiscal 2024, se considerarán como hábiles: del año 2023, los días 21, 22 y 26 al 29 de diciembre; del año 2024, los días 2 al 5 de enero, 19, 20 , 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre, y del año 2025 los días 2 y 3 de enero.
Transitorios
Primero.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción IV y 46 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 28, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Comisionado Presidente*, Javier Juárez Mojica.- Firmado electrónicamente.- Comisionados: Arturo Robles Rovalo, Sóstenes Díaz González, Ramiro Camacho Castillo.- Firmado electrónicamente.
Acuerdo P/IFT/081123/498, aprobado por unanimidad en la XXVIII Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, celebrada el 08 de noviembre de 2023.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto, décimo sexto y vigésimo, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 16, 23, fracción I y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 1, 7, 8 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
El Comisionado Arturo Robles Rovalo, previendo su ausencia justificada, emitió su voto razonado por escrito en términos de los artículos 45, párrafo tercero de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 8, párrafo segundo del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Los Comisionados Sóstenes Díaz González y Ramiro Camacho Castillo, previendo su ausencia justificada, asistieron, participaron y emitieron su voto razonado en la sesión utilizando medios de comunicación electrónica a distancia, en términos de los artículos 45, párrafo cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 8, párrafo tercero del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
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*En suplencia por ausencia del Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones, suscribe el Comisionado Javier Juárez Mojica, con fundamento en el artículo 19 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
DAVID GORRA FLOTA, SECRETARIO TÉCNICO DEL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, con fundamento en los artículos 25 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 16, primer párrafo, fracción XIX del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, así como numerales Primero, inciso a) y Cuarto del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece el uso de la Firma Electrónica Avanzada para los actos que emitan los servidores públicos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 2020, CERTIFICA: Que el presente documento, constante de tres fojas útiles, es una representación impresa que corresponde fielmente con el documento electrónico original suscrito con Firma Electrónica Avanzada emitida por el Servicio de Administración Tributaria, del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2024 y principios de 2025.", aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su XXVIII Sesión Ordinaria, celebrada el 08 de noviembre de dos mil veintitrés, identificado con el número P/IFT/081123/498.
Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 14 de noviembre de dos mil veintitrés.- Rúbrica.